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DIRECCIÓN CUARENTENA ANIMAL Rige a partir de: 15/01/2009 Código: DCA-PG12-RE-20 Cuestionario para la evaluación de plantas elaboradoras de alimentos para animales Versión 01 Página 1 de 2 Elaborado por: Departamento Regulatorio Revisado por: Unidad de Gestión de Calidad Aprobado por: Director Cuarentena Animal Para los establecimientos que elaboran materias primas: 1. Establecimientos faenadores de donde proceden las materias primas para la manufactura de las harinas, los mataderos y renderings deben estar autorizados por la Autoridad Competente. 2. Transporte de las materias primas al rendering o establecimiento donde se elaboran las harinas. 3. Descripción del proceso de elaboración de la harina de carne de bovino, porcino, pollo, pescado u otra especie. 4. Temperatura, tiempo y presión de elaboración de las harinas. Se deberá presentar la documentación que valide los tratamientos térmicos a los que se someten las materias primas y el alimento terminado. Estos tratamientos podrán ser verificados in situ. Los tratamientos térmicos que se utilicen deben ser capaces de inactivar los agentes etiológicos que causan la fiebre aftosa, peste porcina clásica, influenza aviar, enfermedad de Newcastle y se debe declarar que una vez procesadas no entran en contacto con productos crudos. 5. Con relación a encefalopatía espongiforme bovina, se deben adjuntar los diagramas de flujo, indicando en cada paso del proceso las temperaturas y presiones alcanzadas. Detallar el proceso al que se someten los materiales específicos de riesgo para EEB. 6. Medidas de bioseguridad pos proceso de la harina y en la planta donde se elaboran los alimentos. 7. Plano de distribución de planta y equipos por cada tipo de harina. 8. Diagrama de flujo de proceso para cada planta indicando tiempos, temperaturas, presiones y tamaño de las partículas pos picado. Para las plantas que elaboran los alimentos: 9. Plano de distribución de planta y equipos donde se elaboran los alimentos. 10. Diagrama de flujo de proceso para cada planta según el tipo de alimento indicando tiempos, temperaturas, presiones y tamaño de las partículas pos picado. 11. Temperatura y tiempo de extrusión del alimento 12. Descripción del proceso de recubrimiento de los alimentos extrusados con grasa animal o caldos de carne o hígado, se debe indicar la especie de la que provienen. 13. Separación de líneas de producción de alimentos para perros y gatos. 14. Formulación cualitativa de los alimentos, debe incluir productos de origen vegetal o de síntesis química.. 15. Materiales de empaque para productos terminados. © Documento Normativo Propiedad del SENASA, el documento vigente se encuentra en INTERNET cualquier versión impresa es una copia no controlada DIRECCIÓN CUARENTENA ANIMAL Rige a partir de: 15/01/2009 Código: DCA-PG12-RE-23 Versión 01 Página - 2 de 2 16. Es necesario aclarar si se incluirán alimentos esterilizados enlatados. Formulación: 17. Fórmula cualitativa de los productos. 18. En el caso de alimentos para gatos se debe indicar la especie animal de la que procede cada una de las materias primas. 19. Cuando se usen hidrolizados proteicos, se debe especificar la especie animal y el tipo de tejido utilizado. 20. Especificar la especie de la que proceden las grasas de origen animal. El cebo bovino debe estar desproteinizado, indicar el porcentaje de proteínas remanente. Rastreabilidad 21. Registros de rastreabilidad que permitan identificar el origen de las materias primas utilizadas en su elaboración así como su destino. Este registro debe permitir su asociación con los registros de proceso. 22. Señalar el significado de los códigos que se imprimen en el material de empaque, suministre un ejemplo de registro en blanco. © Documento Normativo Propiedad del SENASA, el documento vigente se encuentra en INTERNET cualquier versión impresa es una copia no controlada Página - 2 - de 2