Download Escrito remitido al Director General Personas Discapacidad
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Asociación Corazón y Vida Les significamos que al hablar de discapacidad vs cardiopatía congénita, no aludíamos al total de los afectados por estas patologías sino a aquellos que padecen una cardiopatía severa, crítica, compleja. Esto es, de la gran casuística que puede catalogarse como “cardiopatía congénita”, y que representa aproximadamente un 8 ‰ de los niños nacidos vivos, tan sólo un 30% requiere tratamiento invasivo1-3 (el 2,4 ‰), de los que en sólo el 60 % de los casos dicho tratamiento es con circulación extracorpórea (CEC), esto es, un 1,44 ‰. A ello ha de añadirse que la mortalidad global (operados y no operados) oscila entre el 10 %2-3 y el 14,43 %1. Estamos hablando de enfermos crónicos, de cardiopatías que se encuadran como enfermedades raras por la propia Junta de Andalucía4, en un listado elaborado considerando el “concepto de enfermedades raras planteado por REpIER de prevalencia menor de 5 por 10.000, cronicidad, escaso conocimiento etiológico, falta de tratamiento curativo o de baja accesibilidad, importante carga de enfermedad o limitación de la calidad de vida” y, entre las que se encuentran: Transposición de grades vasos Ventrículo derecho de doble salida Tetralogia de fallot Ventrículo común Defecto ostium primum Anomalía cierre septal no especificado Anomalía de la válvula pulmonar no especificado Estenosis congénita valvula pulmonar Atresia congénito válvula pulmonar Síndrome de corazón izquierdo hipoplásico Atresia y estenosis válvula tricúspide, congénitas Anomalía de Ebstein Estenosis congénita válvula aórtica Insuficiencia congénita válvula aórtica Estenosis mitral congénita Estenosis congénita válvula pulmonar De la reunión aludida salimos con sentimientos enfrentados, contentos por haber podido contactar directamente con usted, así como por su atención y comprensión, pero con un gran desaliento por la falta de resultados concretos. Es más, nos resultaba irónico que se nos emplazara a efectuar y presentar un trabajo sobre las cardiopatías congénitas complejas a nosotros, pobres padres afectados, cuando la Junta de Andalucía dispone de todo tipo de excelentes profesionales. No hace mucho más de tres décadas, los niños que nacían con una cardiopatía congénita rara vez sobrevivían mucho más allá de su infancia y, si lo hacían, a menudo era con una calidad de vida tan reducida e ínfima que la mayor parte de la atención que recibían era médica y circunscrita a mantenerles con vida, de la manera que fuese. La audacia y eficacia de los tratamientos médicoquirúrgicos en estos últimos años han cambiado y transformado profundamente el pronóstico de estas enfermedades. La consecuencia obligatoria ha de ser asegurarles cierta calidad de vida y preocuparnos por el desarrollo ulterior de una vida que ha sido protegida ó salvada, lo que representa apoyos educativos y psicosociales previos a un empleo y autonomía económica que les permita una vida familiar normal. C/ Castillo Alcalá de Guadaira 3, 6º D, CP. 41013, Sevilla. Tfno. 95 465 54 84 asociación@corazonyvida.org . www.corazonyvida.org Asociación Corazón y Vida No puedo por último resistirme a denunciarle lo que consideramos un incumplimiento de la legislación vigente, convirtiendo en una quimera gran parte de lo relatado con anterioridad y expresado por la Junta de Andalucía en Planes, legislación,..., dando la impresión de que preocupa más publicitar las excelencias del sistema que solventar sus carencias. Consideramos inaceptable, además de ilegal conforme a lo establecido por la Ley 30/92, los plazos de respuesta actuales desde la solicitud de una valoración del grado de minusvalía hasta su materialización y dictamen, no puede ser que los padres de una niña con hipoplasia de ventrículo izquierdo, Arancha Pavón Díaz, efectúen la solicitud en diciembre de 2008 y se la valore en marzo de 2010 ó que se efectúe la solicitud de valoración a Mª Luisa Morales Ginés, con atresia pulmonar y CIV, amén de problemas psicológicos, en octubre de 2009 y aún no haya recibido noticia alguna sobre la fecha de valoración, pero es más, aunque en este caso no se trata de una cardiopatía, D. José Ignacio Guisado Hueso solicitó valoración en noviembre de 2008 y se le citó para la valoración el 5 de agosto de 2010. Podría continuar los ejemplos pero estimo son más que suficientes y descriptivos de lo denunciado. Espero sepa comprender que una de nuestras funciones como Asociación es la defensa de los intereses del colectivo que represento, extremo que no impide establecer espacios de colaboración con la Administración, convencidos de que unificando esfuerzos será más fácil lograr una mayor eficacia y rentabilidad a los recursos disponibles. Por ello le brindo nuestro apoyo y ayuda para abordar cuantos aspectos estime podemos hacerlo en pro de lo que entendemos constituye un objetivo común y principio inspirador de la LISMI, “lograr la completa realización personal y total integración social de los disminuidos en sus capacidades físicas, psíquicas o sensoriales”. Agradeciendo su atención y sin otro asunto que tratar, le saluda atentamente Fdo. Mª del Rosario Real Ramos Presidenta 1. CARDIOPATÍAS CONGÉNITAS EN RECIÉN NACIDOS: ANÁLISIS Y RESULTADOS DE 787 PACIENTES (AÑOS 1998-2002) J. Grueso, J. Santos, J.L. Gavilán, J. Castillo, A. Moruno, A. Álvarez, A. Descalzo y M. Gil-Fournier 2. EPIDEMIOLOGÍA DE LAS CARDIOPATÍAS CONGÉNITAS. Dr. Felipe Moreno Granado (Servicio de Cardiología Pedíatrica del H.U. La Paz). 3. INCIDENCIA DE LAS CARDIOPATÍAS CONGÉNITAS EN NAVARRA (1989-1998) Patricia Martínez Oloróna, Carlos Romero Ibarrab y Valentín Alzina de Aguilar. 4. PLAN DE ATENCIÓN A PERSONAS AFECTADAS POR ENFERMEDADES RARAS (2008-2012) Consejería de Salud de la Junta de Andalucía. C/ Castillo Alcalá de Guadaira 3, 6º D, CP. 41013, Sevilla. Tfno. 95 465 54 84 asociación@corazonyvida.org . www.corazonyvida.org