Download UNIÓN DE POLICÍA MUNICIPAL U PM A C C IO N SIN D IC A L 10
Document related concepts
no text concepts found
Transcript
UNIÓN DE POLICÍA MUNICIPAL ¿A quiénes les computa parte del servicio militar a efectos de trienios? 1º.- A quienes realizaron la mili obligatoria establecida con anterioridad al 1/1/2003 de manera voluntaria y a los que se reengancharon una vez finalizado el periodo obligatorio que les correspondiera. 2º.- A quienes realizaron las Milicias Universitarias: Instrucción Militar Escala de Complemento (IMEC) como oficiales (Alférez) o suboficiales (Sargento) de complemento. Se excluye para el cómputo de trienios el periodo de la Instrucción Militar en la Escala de Complemento. . 3º.- A quienes han realizado la mili profesional. A este colectivo les computa únicamente el periodo extra que permanecieron en el ejército después del declarado obligatorio de acuerdo al año de incorporación. ¿Cuál es el procedimiento para solicitar el reconocimiento de trienios? Hay que presentar en el registro de Personal de cualquier Delegación o Subdelegación de Defensa, de cualquier provincia de España (en Madrid ubicada en la calle Quintana, nº 5), la siguiente documentación: • • • • Original y fotocopia compulsada de los siguientes documentos: Documento Nacional de Identidad (D.N.I.). Cartilla militar. Con esta documentación se expedirá el certificado de anexo I. ¿Dónde hay que presentar el Certificado que nos expidan (Anexo I)? Calle Bustamante 16, modelo de instancia general; a efectos de reconocimiento de trienios. EL CÓMPUTO DEL SERVICIO MILITAR PARA LA JUBILACIÓN. A efectos de Seguridad Social, del periodo de servicio militar obligatorio o de prestación social sustitutoria. WhatsApp: Difusión 601353668 / Interactivo 601353678 · Telegram: @sindicatoupm · Twitter: @upmt · FB: sindicatoupm UPM ACCION SINDICAL Reconocimiento del Servicio Militar a efecto de trienios y de jubilación. 10/02/2017 Pº de los Olmos 20, 28005 Madrid Tembleque 12, 28024 Madrid Teléfono 91 468 13 31 Fax 91 527 21 69 www.sindicatoupm.es ¿A quiénes les computa parte del servicio militar a efectos de trienios? 1º.- A quienes realizaron la mili obligatoria establecida con anterioridad al 1/1/2003 de manera voluntaria y a los que se reengancharon una vez finalizado el periodo obligatorio que les correspondiera. 2º.- A quienes realizaron las Milicias Universitarias: Instrucción Militar Escala de Complemento (IMEC) como oficiales (Alférez) o suboficiales (Sargento) de complemento. Se excluye para el cómputo de trienios el periodo de la Instrucción Militar en la Escala de Complemento. . 3º.- A quienes han realizado la mili profesional. A este colectivo les computa únicamente el periodo extra que permanecieron en el ejército después del declarado obligatorio de acuerdo al año de incorporación. ¿Cuál es el procedimiento para solicitar el reconocimiento de trienios? Hay que presentar en el registro de Personal de cualquier Delegación o Subdelegación de Defensa, de cualquier provincia de España (en Madrid ubicada en la calle Quintana, nº 5), la siguiente documentación: • • • • Original y fotocopia compulsada de los siguientes documentos: Documento Nacional de Identidad (D.N.I.). Cartilla militar. Con esta documentación se expedirá el certificado de anexo I. ¿Dónde hay que presentar el Certificado que nos expidan (Anexo I)? Calle Bustamante 16, modelo de instancia general; a efectos de reconocimiento de trienios. EL CÓMPUTO DEL SERVICIO MILITAR PARA LA JUBILACIÓN. A efectos de Seguridad Social, del periodo de servicio militar obligatorio o de prestación social sustitutoria. 10/02/2017 UPM ACCION SINDICAL Reconocimiento del Servicio Militar a efecto de trienios y de jubilación.