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informe EL ESTADO TIENDE UNA RED DE SEGURIDAD JORGE PALLARÉS SANCHIDRIÁN Las medidas normativas excepcionales para hacer frente a los efectos de la crisis financiera internacional persiguen inicialmente recuperar la confianza, la liquidez y la solvencia del sistema El presente artículo describe de forma resumida las medidas normativas adoptadas por el Gobierno español para hacer frente a los acontecimientos acaecidos como consecuencia de los efectos de la crisis financiera internacional. Este trabajo compendia, puntualiza y pone en claro los aspectos más relevantes del conjunto de medidas adoptadas. 38 BOLSA 4º TRIMESTRE DE 2008 Inspector de entidades de crédito del Banco de España1(*) (*) Este artículo es responsabilidad exclusiva del autor y no reƀeja necesariamente la opinión del Banco de España. EL ESTADO TIENDE UNA RED DE SEGURIDAD e l pasado 7 de octubre, el Consejo de Ministros de Economía y Finanzas de la Unión Europea (ECOFIN), teniendo en cuenta las iniciativas adoptadas por algunos de sus miembros de manera nacional, asumió el compromiso de adoptar todas las medidas necesarias para preservar la estabilidad del sistema financiero en su conjunto. En este sentido, el Gobierno de España, redacta tres Reales Decretos con el propósito de mejorar los mecanismos de financiación de los mercados y preservar la confianza en las entidades financieras. MEDIDAS PARA REFORMAR EL SISTEMA FINANCIERO FONDO DE GARANTÍA DE DEPÓSITOS CONFIANZA Medidas adoptadas por el que se fijan los importes garantizados a que se refiere el Real Decreto 2606/1996, de 20 de diciembre, del Fondo de Garantía de Depósitos de Entidades de Crédito y el Real Decreto 948/2001, de 3 de agosto, sobre sistemas de indemnización de los inversores. El ECOFIN acordó aumentar el umbral mínimo de cobertura, que a nivel europeo eran 20.000 euros, esta cantidad era la adoptada por España, tal y como disponía el artículo 7.1 del RD 2606/1996, este umbral se eleva hasta los 50.000 euros. Estas cifras suponen cantidades mínimas, por lo que en este caso, el Gobierno ha querido reforzar dicha cobertura aumentando la protección a 100.000 euros por titular y entidad. > REAL DECRETO-LEY 6/2008, de 10 de octubre, por el que se crea el Fondo para la Adquisición de Activos financieros. Se crea un Fondo adscrito al Ministerio de Economía y Hacienda, con cargo al Tesoro. Su objeto es la adquisición de activos españoles de la máxima calidad de las entidades financieras, siempre con carácter voluntario por parte de éstas y con criterios de mercado. Serán preferentes los activos garantizados con nuevos créditos, porque se persigue revitalizar los canales de financiación hacia las empresas, autónomos y familias. > REAL DECRETO-LEY 7/2008, de 13 de octubre, de Medidas Urgentes en Materia Económico-Finan- LIQUIDEZ ESQUEMA <1> AVALES Y ADQUISICIÓN DE RECURSOS PROPIOS LIQUIDEZ Y SOLVENCIA TRANSPARENCIA Se aprueban tres Reales Decretos que contienen una serie de medidas con las que el Gobierno quiere reforzar tanto la liquidez, como la solvencia de las entidades financieras buscando reactivar la confianza de los mercados y de los ciudadanos en las mismas tras las situaciones de quiebra de entidades importantes vividas en los Estados Unidos fundamentalmente (ver esquema 1). > REAL DECRETO 1642/2008, de 10 de octubre, FONDO PARA LA ADQUISICIÓN DE ACTIVOS FINANCIEROS informe MEJORAR EL FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA FINANCIERO EN SU CONJUNTO ciera en relación con el Plan de Acción Concertada de los Países de la Zona Euro. El presente texto autoriza el otorgamiento de avales del Estado a las operaciones de financiación nuevas que realicen las entidades de crédito. Además se faculta al Ministerio de Economía y Hacienda, con carácter excepcional, la adquisición de títulos que tengan la consideración de recursos propios, para tratar de reforzar la posición de solvencia de las entidades. Todas estas medidas llevan consigo una obligación de información, con la intención de garantizar la mayor transparencia. En este sentido se prevén distintos mecanismos de comunicación de las Comisiones encargadas de las mismas hacia el Congreso de los Diputados, así como la publicación en el BOE de los acuerdos adoptados y la comparecencia del Ministro de Economía y Hacienda (cuatrimestralmente) como del Secretario de Estado de Economía (cada dos meses) ante la Comisión de Economía y Hacienda. Objetivos Los objetivos generales que se persigue cumplir son: a) preservar las condiciones de liquidez de las entidades financieras que aseguren el correcto funcionamiento de los mercados financieros; b) facilitar su acceso a la financiación, para no estrangular las fuentes de financiación de particulares y empresas; c) establecer mecanismos de fortalecimiento de la solvencia de las entidades, para asegurar el funcionamiento de la economía real. Estos objetivos generales, se complementan con >> BOLSA 4º TRIMESTRE DE 2008 39 informe >> EL ESTADO TIENDE UNA RED DE SEGURIDAD otras acciones como, por ejemplo, la reciente creación, por parte de los principales reguladores contables(1), de un comité para el análisis de la excepcional situación actual de los mercados y los criterios contables a aplicar. Además, en nuestro país, se han adoptado otras medidas que buscan estabilizar la situación del mercado de trabajo, y ayudar a las familias con cargas hipotecarias que tengan algún miembro en situación de desempleo. El aumento de la cobertura del Fondo de Garantía de Depósitos, persigue reforzar la confianza en las entidades de depósito, evitando situaciones de pánico bancario (retiradas masivas de depósitos) como consecuencia de la incertidumbre que la actual situación financiera internacional ha producido en la sociedad. Retiradas de fondos impulsivas debidas a rumores, infundados en la mayoría de los casos, ocasionarían graves inconvenientes para las entidades. Hay que tener en cuenta que el negocio bancario, es un negocio basado en la confianza, donde sus principales activos, son activos monetarios, por lo que el aumento de la garantía sobre los depósitos, debe templar los ánimos en cuanto a la eventualidad de perder los fondos depositados en una entidad. Con la creación del Fondo para la Adquisición de Activos, se busca inyectar liquidez a las entidades financieras, ya que sus tradicionales mercados de financiación, han reducido su actividad debido a la perdida de confianza, entre las mismas entidades, como consecuencia del entorno de incertidumbre actual. Las entidades de crédito constituyen un pilar fundamental en la sociedad, por cuanto canalizan los excedentes monetarios y los ponen a disposición de las unidades deficitarias de fondos, a través de diferentes productos financieros que tratan de satisfacer las necesidades de todos los actores de los mercados. Esta relación tan directa entre la economía real y el sistema financiero requiere de medidas que traten de evitar trastornos con consecuencias en los sectores productivos del país que requieren de financiación para el desarrollo de su actividad. El otorgamiento de avales y la autorización al Estado para adquirir títulos calificables como recursos propios, trata de restablecer la confianza y el buen funcionamiento del mercado de financiación en primera instancia, y fortalecer la solvencia de las entidades financieras en segundo término. En el panorama actual las entidades de crédito tienen un papel fundamental en las decisiones de inversión, ahorro y financiación de familias y empresas como vehículos de las mismas. Por ello esta medida trata de restablecer el consumo y la inversión, a través de los tradicionales cauces que 40 BOLSA 4º TRIMESTRE DE 2008 constituyen las entidades financieras. Un objetivo o un propósito es que todas estas medidas se lleven a cabo con la mayor transparencia, debido a la especial sensibilidad que produce en la opinión pública, el empleo de dinero de los contribuyentes en la ayuda a empresas privadas, en este caso entidades financieras. A este respecto cabe comentar que el dinero destinado a estos efectos, incide en el buen funcionamiento del mercado de financiación, clave para el desarrollo del tejido empresarial y de las familias. En este sentido la publicación (que no el conocimiento) de ciertos datos, debido al riesgo reputacional que puede generar en las entidades que acudan a estas medidas, debería quedar en un segundo plano en relación a la efectividad de las medidas tomadas, tal y como ocurre en los países competidores de nuestras entidades internacionalmente activas. Las disposiciones aprobadas por el Gobierno no vienen a sustituir a los tradicionales medios de financiación de las entidades, sino que complementan las posibles maniobras de éstas en cuanto a sus fuentes de financiación Instrumentación de las medidas Fondo de Garantía de Depósitos Es la medida más sencilla de aplicar, por la que se modifica el artículo 7.1 del RD 2606/1996, y el artículo 6.1 del RD 948/2001, quedando los importes garantizados, a partir del pasado 11 de octubre de 2008, en 100.000 euros por titular y entidad. Fondo para la adquisición de activos financieros Se crea un Fondo adscrito al Ministerio de Economía y Hacienda con cargo al Tesoro. El importe de dicho Fondo asciende a la cantidad de 30.000 millones de euros, ampliables a 50.000 millones de euros, con cargo a los Presupuestos Generales del Estado. De esta cantidad se destinan 10.000 millones de euros para operaciones a realizar durante 2008. Los órganos de gobierno del Fondo, lo constituyen un Consejo Rector, compuesto por las más altas instancias, con los objetivos de establecer las directrices de inversión, y realizar el seguimiento y evaluación del mismo; una Comisión Ejecutiva, compuesta por Altos Funcionarios del Estado, con la misión de realizar las operaciones del Fondo, elaborar los presupuestos e informes cuatrimestrales; Un Comité Técnico, compuesto por representantes del Banco de España, CNMV, Tesoro e ICO, que asistirá a la Comisión Ejecutiva en el desarrollo de sus funciones. Las entidades que podrán participar en la venta de activos al Fondo son las entidades de crédito (Bancos, Cajas, Cooperativas de Crédito, EFC), así como las sucursales y filiales en España de bancos extranjeros con una actividad destacada en nuestro país. NOTA (1) El International Accounting Standards Board (IASB) y el Financial Accounting Standards Board (FASB), los principales reguladores contables, han creado un comité, con fecha 16 de octubre, para adecuar los criterios contables a aplicar, a efectos de valoración principalmente, a la vista de la situación excepcional en la que se encuentran los mercados. EL ESTADO TIENDE UNA RED DE SEGURIDAD Los activos elegibles para el Fondo pueden ser de dos clases, activos adquiridos en firme o activos adquiridos en operaciones simultáneas (con pacto de recompra): 1. Activos adquiridos en firme: cédulas hipotecarias y bonos de titulización respaldados por cédulas hipotecarias (multicedentes) que se emitan a partir del 15 de octubre, y con una calidad contrastada: calificación crediticia triple A, vencimiento de los títulos no superior a 3 años y que sean admitidos (al menos solicitado) a negociación en un mercado regulado. No pudiendo constituir más de un 10% de un solo emisor. 2. Activos adquiridos en operaciones simultáneas: cédulas hipotecarias, bonos de titulización de activos y bonos de titulización hipotecaria que se emitidos a partir del 1 de agosto de 2007, que cumplan con las condiciones para ser activos elegibles del BCE, con calificación crediticia de al menos doble A, con un vencimiento superior a 12 meses e inferior a 2 años, admitidos (al menos solicitado) a negociación en un mercado regulado. El importe adquirido no podrá ser superior a un 10% con una misma entidad. La compra se realizará a través de subasta, con liquidación de las operaciones en las cuentas de efectivo y de valores que tienen las entidades en el Banco de España y en Iberclear respectivamente. El tipo de interés mínimo no será inferior al coste de la financiación del Tesoro, por lo que no se están subvencionando fondos sino que se están facilitando. Se fija un límite por entidad, siendo el importe máximo adjudicado el menor entre el 10% del volumen a adquirir por el Fondo en la subasta, y el porcentaje informe que resulte de multiplicar por 2,5 la cuota de mercado de la entidad por el volumen máximo a adquirir por el Fondo en la subasta. Está previsto que durante los dos últimos meses de 2008 se pongan en el mercado 10.000 millones de euros, a través de dos subastas por 5.000 millones cada una, en noviembre (activos adquiridos en operaciones simultáneas) y diciembre (activos adquiridos en firme). Otorgamiento de Avales y Adquisición de títulos Se destina para el otorgamiento de avales en 2008 un importe de 100.000 millones de euros, en 2009 dicho importe se fijará en la Ley de Presupuestos. Los avales sólo se otorgarán hasta el 31 de diciembre de 2009 con un vencimiento inferior a 5 años. Las emisiones nuevas avaladas serán de pagarés, bonos y obligaciones admitidas a negociación en los mercados secundarios oficiales españoles. Dichas emisiones devengarán una comisión que será armonizada para toda la zona euro. En cuanto a la adquisición de títulos computables como recursos propios, dicha medida tiene carácter excepcional y finaliza el 31 de diciembre de 2009. El Estado podrá adquirir cualquier instrumento computable como recursos propios, según la Circular 3/2008, de 22 de mayo, del Banco de España, a entidades de crédito, sobre determinación y control de los recursos propios mínimos, quedando dichos títulos fuera de las limitaciones establecidas por la Circular para su computabilidad como recursos propios, aumentando la efectividad de los mismos. Estas adquisiciones se harán previo informe del Banco de España. CONCLUSIONES > Estas medidas suponen una iniciativa por parte de los Gobiernos europeos con la intención de revitalizar los mercados ³nancieros en general, inyectando liquidez en el sistema a través de las entidades ³nancieras, de reparar la con³anza en las mismas y de reforzar la solvencia de las entidades. > Las disposiciones aprobadas por el Gobierno no vienen a sustituir a los tradicionales medios de ³nanciación de las entidades que, sin duda, seguirán funcionando aunque tengan mayores di³cultades de colocación en estos momentos, sino que complementan las posibles maniobras de éstas en cuanto a sus fuentes de ³nanciación. > Las exigencias de calidad en la compra de activos por parte del Fondo son superiores a las requeridas por el BCE en sus subastas de liquidez. Este dato, de alguna manera, revela que no se está subvencionando a las entidades, sino que se está aportando liquidez a unos activos cuyos mercados están secos. > El hecho de que se instrumenten mediante reales decretos, en mi opinión, aporta transparencia al proceso, este es un aspecto muy demandado por la opinión pública, y que creo que no debería debilitar los objetivos de las mismas, pudiendo provocar el efecto contrario si la publicación de determinados datos no se interpreta o utiliza de manera correcta. BOLSA 4º TRIMESTRE DE 2008 41