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ESCUELA OFICIAL SUPERIOR DE PRÁCTICA JURÍDICA FORENSE CURSO INTENSIVO 2013/2014 ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE SEVILLA 2 Í N D I C E I. INFORMACION GENERAL II. Presentación Consejo Rector Plan de formación Enseñanza y Metodología Cuadro de Profesores por Áreas Cuadro de Profesores de Prácticas Externas Admisión de Letrados en Práctica Regímenes Académico, Disciplinario y Económico Certificado de Aptitud Profesional Observaciones e información PROGRAMA DOCENTE DEL CICLO INTENSIVO 2013/2014 DE LA ESCUELA SUPERIOR DE PRÁCTICA JURÍDICA FORENSE DEL ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE SEVILLA. Clases Prácticas Internas. Clases Prácticas Externas. Áreas del Ciclo Intensivo. Calendario docente del Ciclo Intensivo III. PROGRAMACION A APLICAR: OBJETIVOS Y ACTIVIDADES IV. PROGRAMACION DE OBJETIVOS DE ENSEÑANAZA MÍNIMOS Y DE ACTIVIDADES (conocimientos, habilidades, actitudes) sugeridos por la Comisión de Formación del C.G.A.E.): Objetivos en el Área de Deontología Objetivos en el Área de Materias Transversales Objetivos en el Área de Materias Instrumentales Objetivos en el Área Penal Objetivos en el Área Civil Objetivos en el Área Mercantil Objetivos en el Área Administrativo Objetivos en el Área de Tributario Objetivos en el Área Laboral y de Seguridad Social 3 4 INFORMACIÓN GENERAL 5 6 PRESENTACIÓN La ESCUELA SUPERIOR DE PRÁCTICA JURÍDICA FORENSE DEL ILTRE. COLEGIO DE ABOGADOS DE SEVILLA, que vio la luz por primera vez en el año 1975, ha desarrollado ininterrumpidamente sus cursos y ciclos anuales con la finalidad de facilitar a los Licenciados en Derecho su acceso al ejercicio profesional, aportando la ayuda necesaria para salvar el paso de la FACULTAD al FORO. Su creación, por tanto, respondía -y sigue respondiendo hoy- a la necesidad de proporcionar una formación específica, profesionalizante y práctica a los Licenciados en Derecho que, cada año, se incorporan al ejercicio profesional, dando pleno cumplimiento, desde el punto de vista práctico, a la labor formativo-teórica de la Facultad de Derecho y suministrándoles ese complemento práctico imprescindible en el ejercicio de la abogacía; espíritu que viene manteniendo a través de todos estos años. Nuestros PROFESORES, que constituyen el Claustro de Profesores de esta Escuela, han sido elegidos entre personas relevantes, individual y profesionalmente, del mundo del Derecho en sus diversas parcelas de actuación, preferentemente abogados en ejercicio, que han demostrado una capacidad jurídico-profesional y una dedicación eficaz, contribuyendo de forma notable a incrementar el conocimiento práctico. Por supuesto, también forman parte de nuestro cuadro de profesores, prestigiosos juristas no ejercientes de la abogacía, como son magistrados, jueces, fiscales, profesores universitarios, secretarios judiciales, médicos forenses, etc. No debe olvidarse que, hasta ahora, España ha sido el único país de la Comunidad Europea que ha permitido el acceso al libre ejercicio de la profesión de abogado únicamente con el título universitario de Licenciado expedido por las Facultades de Derecho, sin otras pruebas ni enseñanzas prácticas. No parece este un sistema idóneo para que, en consecuencia, tenga que formarse el Licenciado por sí solo en la práctica profesional, ni pueda estar a expensas de conseguir incorporarse a un bufete experimentado donde poder practicar la pasantía, esto última cada vez más difícil de conseguir. Precisamente por ello y a propuesta del Ministerio de Justicia, tras años de espera por parte de la Abogacía Española -cuyo Consejo General y sus Colegios de Abogados que lo integran, han clamado insistentemente para hacer realidad esta necesidad- el Congreso de los Diputados aprobó la Ley de Acceso a la Profesión de Abogado con fecha 30 de octubre de 2006, con una “vacatio legis” de cinco años, por lo que, en principio, entró en vigor en octubre de 2011. Durante este periodo las actuales Escuelas de Práctica Jurídica de los Colegios de Abogados podrán gestionar los oportunos convenios con las correspondientes Universidades, a fin de dar paso a las futuras Escuelas adaptadas a la nueva Ley y a su Reglamento. Por Real Decreto 775/2011, de 3 de junio, el Consejo de Ministros ha aprobado el Reglamento de la Ley de Acceso de 30 de octubre de 2006. Por lo tanto, la Ley y su Reglamento entraron en vigor el 30 de octubre de 2011. Pero, naturalmente, su aplicación práctica no podrá iniciarse hasta el 30 de octubre de 2013 y ello, por la siguiente razón: el sistema que esta nueva legislación 7 contempla para acceder a la profesión de Abogado, se exigirá a los Graduados en Derecho. Pero es lo cierto, que al no estar derogada la Orden Ministerial de 3 de junio de 1997, por la que se establecen los requisitos mínimos de formación y especialización necesarios para prestar los servicios de asistencia letrada gratuita, aquellos Licenciados en Derecho a los que no les es aplicable la nueva normativa de acceso a la profesión, aunque puedan colegiarse, no deben acceder al turno de oficio y asistencia jurídica gratuita sin cumplir los requisitos exigidos por esta Orden Ministerial. En consecuencia, es absolutamente necesario que la Abogacía española, su Consejo General, los Consejos autonómicos, los Colegios de Abogados y los profesionales del derecho atiendan en la medida de sus posibilidades a la formación práctica complementaria de quienes han de asumir la responsabilidad de defender ante los tribunales y asesorar jurídicamente a aquellos ciudadanos beneficiarios de la Justicia gratuita. A tal finalidad, la normativa actualmente vigente incluye, entre las exigencias para poder intervenir en el Turno de Oficio y Asistencia Letrada al Detenido, cursos homologados impartidos por Escuelas de Práctica Jurídica, entre las que se encuentra la ESCUELA SUPERIOR DE PRÁCTICA JURÍDICA FORENSE DEL ILTRE. COLEGIO DE ABOGADOS DE SEVILLA que ahora presentamos que, sin ánimo de lucro, tiene por finalidad la eficaz preparación de los Licenciados en Derecho a través de las Prácticas de Iniciación a la Abogacía en las técnicas y modos de actuación profesional propios de esta actividad jurídica. Precisamente por todo ello, el Consejo General de la Abogacía Española aprobó el 24 de septiembre de 2004, a propuesta de la Asamblea de Escuelas de Práctica Jurídica de España, el aún vigente Reglamento Regulador de la Homologación de las Escuelas de Práctica Jurídica de España, y las Prácticas de Iniciación a la Abogacía, a cuya normativa vigente se adaptó nuestra Escuela a través de su nuevo Estatuto aprobado en julio de 2006 por este Iltre. Colegio de Abogados de Sevilla. Esta normativa estableció, como requisito imprescindible para obtener el Certificado de Aptitud Profesional (C.A.P.), las pruebas pertinentes que han de tener lugar, con carácter obligatorio para obtener el correspondiente diploma o certificado, al terminar los ciclos de prácticas previamente organizados, pruebas que -por vez primerase celebraron en el mes de julio de 2006 en nuestra Escuela. Por cuanto antecede, esta Escuela que se sigue esforzando, sin escatimar medios, en lograr la preparación adecuada de estos licenciados, se encuentra –en este curso 2013/2014- en pleno proceso de adaptación al nuevo Reglamento de Escuelas de Práctica Jurídica promulgado por el Consejo General de la Abogacía Española con fecha 14 de diciembre de 2012, como consecuencia de la Ley de Acceso a la profesión de Abogado de 30 de octubre de 2006 y su Reglamento que la desarrolla de fecha 30 de junio de 2013. 8 CONSEJO RECTOR DE LA ESCUELA PRESIDENTE Decano del Iltre. Colegio de Abogados de Sevilla EXCO. SR. DON JOSE JOAQUIN GALLARDO RODIGUEZ VOCALES Miembros de la Junta de Gobierno del Iltre. Colegio de Abogados de Sevilla SR DON FERNADO PIRUAT DE LA BARRERA SR. DON JOSE MARIA MONZON RISTORI SR. DON OSCAR CISNEROS MARCOS SR. DON FERNANDO ANGEL GONZALEZ DE LA PEÑA YSERN SR. DON ANTONIO MUÑOZ RUIZ SR. DON JUAN ANTONIO MORA CABO SRA. DOÑA PATRICIA MARTINEZ-CONRADI ALAMO SR. DON MANUEL PEREZ CUAJARES SRA. DOÑA CONSUELO RODRIGUEZ TORNE SR. DON JUAN ANTONIO NAVAS CORDOBA SR. DON SALVADOR JIMENEZ RODRIGUEZ SR. DON JOSE MANUEL SANCHEZ CARRILLO SR. DON JOSE ANTONIO DEL BARCO AUMESQUET SRA. DOÑA REYES GALLARDO NAVARRO SRA. DOÑA DEBORAH DELMAS LIROLA SRA. DOÑA ROSA MARIA SELVA MORAN Director SR. DON FERNANDO PIRUAT DE LA BARRERA Secretaria (La que lo es de la Junta de Gobierno) SRA. DOÑA ROSA MARIA SELVA MORAN 9 10 PLAN DE FORMACIÓN Para cumplir sus fines, esta ESCUELA SUPERIOR DE PRÁCTICA JURÍDICA FORENSE organiza sus cursos y ciclos a través de una serie de actividades incluidas en su PLAN DE FORMACIÓN anual, que se enuncia a continuación, de conformidad con lo previsto en sus Estatutos y en los artículos 6 y 18 del REGLAMENTO para la Homologación de las Escuelas de Práctica Jurídica y las Prácticas de Iniciación a la Abogacía aprobado por el Pleno del Consejo General de la Abogacía Española el 24 de septiembre de 2004, al que posteriormente se le han introducido leves reformas. La primera cuestión planteada es la de determinar cómo se desarrollarán las ACTIVIDADES DE LA ESCUELA, que se pueden resumir en los siguientes apartados, de conformidad con lo autorizado en el Art. 20 y dispuesto en el articulado del Reglamento de las Prácticas de iniciación a la abogacía: A) Un CICLO INTENSIVO de 12 meses (de octubre a octubre), destinado a complementar la formación teórica recibida en la Universidad por los Licenciados en Derecho adscritos a la Escuela, todo ello con el estudio y trabajo práctico de las actuaciones jurídicas, adiestrándoles en la solución de aquellos supuestos que se producen en la vida jurídica y en el ejercicio de la profesión de la abogacía con mayor intensidad. B) Asistencia a despachos, gabinetes jurídicos, visitas a órganos jurisdiccionales y a otras instituciones de carácter jurídico, que se traducirá en la puesta en contacto de los Letrados en práctica con aquellas personas y organismos que diariamente desarrollan actividades relacionadas con la vida jurídica. A tal finalidad, asistirán a actuaciones judiciales que se desarrollen en las cuatro jurisdicciones básicas, como son la Civil, Penal, Contencioso-administrativa y Laboral, mediante presencia de juicios, vistas, comparecencias, práctica de pruebas y demás actuaciones procesales; también se procurará la comparecencia en Juzgados de Guardia para presenciar actuaciones judiciales en defensa del detenido y en las dependencias policiales a los mismos efectos; en el C.E.M.A.C. a efectos de actos conciliatorios previos a la jurisdicción laboral; establecimientos de prisiones, Notarías, Registros de la Propiedad, Colegio Profesional, Defensor del Pueblo, etc. C) Asistencia a seminarios, reuniones, jornadas, conferencias, coloquios y cursos de especialización y actualización, destinados a profesionales del derecho, que contribuyan a mejorar su formación en materias jurídicas de especial interés, ya sean organizados por la propia Escuela, por el Colegio de Abogados o por otras instituciones relacionadas con la actividad jurídica. D) Utilización de textos del fondo de la Biblioteca colegial, así como de material informático, destinados a la búsqueda de textos legales, jurisprudencia, doctrina, etc. 11 E) La relación de contenidos a trabajar en cada disciplina, de prácticas externas e internas, que en este mismo texto se relacionan. F) La atribución de carga de trabajo para cada Letrado en práctica, expresada en horas y finalmente en créditos. A este respecto, el Consejo General de la Abogacía Española tiene establecido como carga horaria recomendada una duración mínima de 60 créditos y máxima de 120, a cuyo efecto se adopta el concepto de crédito de los artículos 3 y 4.3 del Real Decreto 1125/03 de 5 de septiembre, de forma que -cada crédito- se computará a razón de 25 horas. Naturalmente, habrán de tenerse en cuenta a efectos de cómputo de horas y créditos correspondientes, no sólo las asistencias a las horas lectivas de prácticas internas y externas, sino también el cómputo horario de trabajo encargado para realizar fuera de la Escuela, así como asistencias a otros cursos, seminarios, jornadas, conferencias, trabajos jurídicos publicados, experiencia profesional como abogado ejerciente, bien en despacho propio, bien en otros bufetes, y tiempo invertido en formación jurídica en cualquier otro ámbito jurídico, etc. A tales efectos, dentro de los límites máximos y mínimos determinados por la Comisión de Formación del Consejo General de la Abogacía, esta Escuela, para el presente curso, ha fijado la distribución de los créditos, expresados en horas, como carga horaria recomendada para las distintas ÁREAS, de acuerdo con los siguientes porcentajes recomendados: ÁREAS Civil Penal Administrativo Laboral Mercantil Instrumentales Transversales Tributario Deontología % RECOMENDADO 20-30 % 15-25 % 10-20 % 10-15 % 5-10 % 5-10 % 5-10 % 4-8 % 4-8 % Naturalmente, esta carga horaria responde al mínimo previsto, sin perjuicio de ser elevada en la práctica, sin pasar del máximo recomendado, a la vista de los cupos horarios distintos a las horas lectivas antes indicados y de las conveniencias que el desarrollo de los ciclos vayan aconsejando. G) Criterios de evaluación a tener en cuenta. A los efectos anteriormente indicados se fija, a título meramente enunciativo, que no exhaustivo, con independencia de los objetivos contenidos en la programación que se inserta más adelante en este mismo texto, los siguientes OBJETIVOS, también “de carácter mínimo”, a conseguir: 12 a) Asumir la abogacía como una función social y solidaria. b) Defender con lealtad los intereses confiados por el cliente. c) Realizar, con desenvoltura y seguridad, las tareas cotidianas en los ámbitos en los que desarrolle la profesión de abogado. d) Tener siempre presente la trascendencia deontológica de sus actos profesionales y apreciar su importancia para sí mismo, el cliente, la sociedad, la justicia y el colectivo profesional. e) Apreciar la conveniencia de propiciar una solución negociada al conflicto y conocer las técnicas de la negociación. f) Conocer y aplicar las técnicas, tácticas y estrategias que les permitan dirigir, seguir y resolver cualquier asunto jurídico, tanto judicial, como extrajudicial. g) Argumentar con corrección jurídica, tanto oralmente como por escrito. h) Localizar, analizar y valorar la legislación, jurisprudencia y doctrina científica aplicable al caso. i) Identificar las implicaciones interdisciplinares del asunto que se le encargue. j) Conocer el funcionamiento de un despacho de abogados y el “usus fori” de los Juzgados y Tribunales donde desarrolle su actividad. k) Elegir, si procede, la acción judicial más adecuada para la resolución del caso. l) Analizar la viabilidad de las posibles soluciones al conflicto desde el punto de vista jurídico, sustantivo y procesal, tomando en consideración la posible duración del litigio o de la negociación, los aspectos económicos, incluidos los fiscales, y las repercusiones en el aspecto humano para las partes en conflicto. m) Identificar los aspectos sustantivos de cada caso y valerse de los medios de prueba más adecuados. n) Mantener una adecuada relación y comunicación con el cliente. ñ) Conocer el contenido y utilidad de los documentos notariales y registrales. o) Conocer el funcionamiento de los servicios del turno de oficio y asistencia al detenido, así como el de orientación jurídica. p) Todos aquellos Objetivos previstos y relacionados en el “programa por objetivos” que se inserta en la presente edición programática. q) Cuantos objetivos puedan ampliar los PROFESORES en relación con las correspondientes áreas y sub-áreas que tengan a su cargo. 13 ENSEÑANZA Y METODOLOGÍA Para alcanzar los objetivos anteriormente relacionados, la enseñanza o docencia de la Escuela estará a cargo fundamentalmente de abogados en ejercicio y también de magistrados, jueces, fiscales, médicos forenses, secretarios judiciales, registradores de la propiedad, profesores universitarios y otros operadores jurídicos de reconocido prestigio. Desde el curso 2005-2006 se viene aplicando de forma continuada, eficaz y plena la nueva programación por objetivos, lo que en definitiva ha venido a traducirse en un programa de actividades a desarrollar en la aplicación de los contenidos de las disciplinas que integran las diferentes áreas, superando de esta forma la ya antigua aplicación del programa de materias. Sin perjuicio, naturalmente, de que las distintas disciplinas jurídicas puedan considerarse un referente para el desarrollo práctico de las actividades a realizar y los objetivos a alcanzar. En definitiva, se trata de alcanzar los objetivos que se insertan en el programa global más adelante, sin perjuicio de que cada Profesor aplique, dentro de su competencia, las actividades que -en esos mismo objetivos- se relacionan a título meramente enunciativo, que no exhaustivo, es decir, aquéllas actividades que, además de las previstas, estime conveniente introducir en función de las áreas que les están encomendadas, siguiendo el concepto de crédito-hora señalado en apartado F) del Plan de Formación antes indicado. Se establece una distribución de actividades programadas, siguiendo un plan sistemático en cuanto a las prácticas internas a desarrollar en la sede colegial conforme a la programación que más adelante se indica. La horas lectivas de prácticas internas se establecen en el programa que se inserta más adelante en cuanto a fechas y horarios, pero, con independencia de estos horarios marcados para prácticas internas, oportunamente se advertirá de las actuaciones extraordinarias que resulten obligatorias, así como de los horarios y fechas de prácticas externas en juzgados, tribunales y demás órganos jurídicos y judiciales que se fijen -con posterioridad, en el momento pertinente- dentro del desarrollo del curso. Aunque inevitablemente se impartan ciertas explicaciones teóricas sobre determinados temas, la docencia será eminente y fundamentalmente práctica, destinada a cumplir los objetivos previstos, con la realización de actividades establecidas en dichos objetivos, tanto en cuanto a horas lectivas, como en cuanto a los trabajos que se encomienden a los Letrados en práctica para desarrollarlos en horas libres, trabajos estos últimos que serán igualmente computados en horas, completándose todo ello con la entrega de documentación jurídica sobre las distintas disciplinas jurídicas relacionadas con los objetivos pretendidos. En el segundo trimestre del curso, se comunicará a los Letrados en práctica el calendario de Prácticas Externas. Se relacionan igualmente en este texto los PROFESORES que componen el claustro de profesores, tanto de prácticas internas como externas. 14 Las aulas donde se impartirán las prácticas internas se encuentran ubicadas en la sede del Iltre. Colegio de Abogados de Sevilla, sita en calle Chapineros nº 6. De conformidad con lo establecido con carácter imperativo en el Reglamento antes indicado, al final de las prácticas regladas, con carácter obligatorio, se celebrarán las pruebas para la obtención del CERTIFICADO DE APTITUD PROFESIONAL (prueba C.A.P.), que consistirán en un EJERCICIO ESCRITO (que comprenderá, a su vez, una prueba de Deontología y otra a escoger entre Civil, Penal, Administrativo, Social y Extrajudicial) y otro EJERCICIO ORAL, éste último a escoger entre las materias troncales antes citadas, excluyendo aquélla a la que se optó para la ejercicio escrito. Las demás características de las pruebas se contienen en el anteriormente reiterado Reglamento. Las pruebas serán únicas para todo el territorio nacional y se realizarán en los Colegios de Abogados ante las correspondientes Comisiones de Evaluación presididas por el Decano del Iltre. Colegio de Abogados o miembro de Junta de Gobierno en quien delegue, un Magistrado-Juez, un Catedrático o Profesor Titular de Derecho, un funcionario Licenciado en Derecho dependiente del Ministerio de Justicia o Comunidad Autónoma, un Abogado con más de diez años de ejercicio profesional y el Director de la Escuela, este último con voz y sin voto. A la finalidad de alcanzar los objetivos previstos, se aplicarán estrategias metodológicas de carácter práctico y participativo, en las que el Letrado en práctica desarrollará las actividades que posteriormente habrá de llevar a efecto como abogado ejerciente. Las prácticas externas se desarrollarán ante los órganos jurisdiccionales y demás instituciones jurídicas en grupos constituidos, cada uno de ellos, por un número reducido de Letrados en práctica. 15 CUADRO DE PROFESORES POR ÁREAS Y SUBÁREAS CICLO INTENSIVO 2013 – 2014 DEONTOLOGÍA: DON OSCAR CISNEROS MARCO, Abogado PRÁCTICA PROCESAL CIVIL: BUFETE PIRUAT, Abogados DON ADOLFO CUELLAR PORTERO, Abogado DON JOSÉ MANUEL GARCÍA-QUILEZ GÓMEZ, Abogado DON FRANCISCO BERJANO ARENADO, Magistrado PRÁCTICA DERECHO DE FAMILIA: DOÑA CONCEPCIÓN MONTERO CUADRADO, Abogada DON RAFAEL CABALLERO LOBATO, Abogado DOÑA PAZ ALMEIDA LORENCES, Abogada PRÁCTICA JURIDICA LABORAL Y SEGURIDAD SOCIAL: DON GUSTAVO CABELLO MARTÍNEZ, Abogado PRÁCTICA DE DERECHO ADMINISTRATIVO: DOÑA ROCÍO CAÑAL HERNÁNDEZ-DÍAZ, Abogada DON JACINTO GUTIÉRREZ HERRERA, Abogado PRÁCTICA DE DERECHO PENAL: DOÑA PALOMA PÉREZ SENDINO, Abogada DON MANUEL PÉREZ CUAJARES, Abogado DOÑA PATRICIA FERNÁNDEZ FRANCO. Magistrada DON LUIS FERNÁNDEZ ARÉVALO, Fiscal PRÁCTICA DE MEDIACIÓN CIVIL: DON ADOLFO FRAILE NIETO, Abogado TÉCNICA Y PRÁCTICA EXTRAJUDICIAL DEL DERECHO PRIVADO: DON JUAN ANTONIO NAVAS CÓRDOBA, Abogado PRÁCTICA DE DERECHO MERCANTIL: DON DANIEL MARIÑO RIPOLLÉS, Abogado PRÁCTICA DE DERECHO PRIVADO: DON RAMÓN REINA REINA, Abogado 16 PRÁCTICA DE DERECHO DEL DEPORTE: DON ADOLFO FRAILE NIETO, Abogado PRÁCTICA DE DERECHO TRIBUTARIO: DON JOSÉ ÁNGEL GARCÍA DE LA ROSA, Abogado DON JORGE CORTÉS JIMÉNEZ, Abogado PRÁCTICA DE R. CIVIL DEL ABOGADO; RÉGIMEN DISCIPLINARIO EN EL TURNO DE OFICIO: DON JUAN JOSÉ GONZÁLEZ FERRER. Abogado PRÁCTICA DE DERECHO AMBIENTAL: DON JESUS VOZMEDIANO GÓMEZ-FEU, Abogado PRÁCTICA DE ORATORIA FORENSE: DON JESÚS VOZMEDIANO GÓMEZ-FEU, Abogado PRÁCTICA DE REGISTRO MERCANTIL: DON LEOPOLDO PORFIRIO CARPIO, Abogado PRÁCTICA DE ARRENDAMIENTOS URBANOS Y PROPIEDAD HORIZONTAL: DON ALBERTO DONAIRE IBAÑEZ. Abogado PRÁCTICA DE DERECHO SOCIETARIO: BUFETE OLIVENCIA BALLESTER, Abogados BUFETE BORES Y CIA., Abogados PRÁCTICA DE DERECHO URBANISTICO: BUFETE PÉREZ MARIN, Abogados PRÁCTICA DE DERECHO CONSTITUCIONAL: DON HERIBERTO ASENCIO CANTISÁN, Magistrado PRÁCTICA DE R. C. Y VALORACION DAÑO CORPORAL: DON JERONIMO ZAMORA LÓPEZ, Abogado PRÁCTICA DE DERECHO EXTRANJERIA: DON MAX ADAM ROMERO, Abogado PRÁCTICA DE DERECHO DE PROPIEDAD INTELECTUAL: DON PABLO JOSÉ ABASCAL MONEDERO, Abogado PRÁCTICA DE DERECHO DEL CONSUMO: DOÑA DOLORES MOLINA ÁLVAREZ, Abogada 17 PRÁCTICA DE PROTECCIÓN DE DATOS: DON ADOLFO FRAILE NIETO, Abogado PRÁCTICA DE DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO: DOÑA JACKELINE FLORES MARTÍN, Abogada 18 CUADRO DE PROFESORES DE PRÁCTICAS EXTERNAS CICLO INTENSIVO 2013/2014 ÁREA CIVIL DOÑA MARÍA PAZ ALMEIDA LORENCE (FAMILIA), Abogada DON RAFAEL MARTÍNEZ RUIZ, Abogado DON VICENTE JIMÉNEZ FILPO, Abogado ÁREA PENAL DON MANUEL PÉREZ CUAJARES, Abogado DON JOSÉ FAUSTINO DE LA BANDA MESA, Abogado ÁREA CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DON JOSÉ ANTONIO DEL BARCO AUMESQUET, Abogado ÁREA LABORAL DON GUSTAVO CABELLO MARTÍNEZ, Abogado DON RAMÓN JOSÉ CHAVEZ GUTIÉRREZ, Abogado 19 ADMISIÓN DE LETRADOS EN PRÁCTICA CICLO INTENSIVO Tiene derecho a inscribirse los Licenciados en Derecho que hayan terminado la Licenciatura. Las inscripciones deberán realizarse en la Secretaría del Iltre. Colegio de Abogados de Sevilla, calle Chapineros nº 6, antes del 30 de septiembre de 2013, y podrán inscribirse los Letrados colegiados y los Licenciados en Derecho. Los Licenciados en Derecho por cualquier Universidad extranjera no podrán presentarse a tales pruebas hasta que acrediten haber obtenido el reconocimiento en España de su Licenciatura. Se formalizará la inscripción mediante la presentación en la citada Secretaría Colegial de dos fotografías tamaño carnet y resguardo de ingreso de los derechos de matrícula señalados para este ciclo por importe de 3.500€, pudiendo verificarla en cuatro plazos de 750€, del siguiente modo: Primer plazo: antes del 30.09.2013, junto con el impreso de solicitud. Segundo plazo: antes del 31.12.2013. Tercer plazo: antes del 31.03.2014. Cuarto plazo: antes del 30.06.2014. R É G I M E N A C A D É M I CO Para superar los ciclos citados serán necesarios: 1º. Asistencia, a un mínimo del 80% de las clases lectivas programadas y al número de horas lectivas y realización de trabajos encomendados que, en unión de las prácticas en despachos, instituciones, cursos, seminarios, jornadas, conferencias, trabajos jurídicos publicados, experiencia profesional, cursos de postgrado, etc., cubra un mínimo de 60 créditos y un máximo de 220 créditos, a cuyo efecto, cada crédito se computará a razón de 25 horas. 2º. Desarrollo de un mínimo del 80% de los trabajos que se encarguen para realizar fuera de la sede lectiva y también de un mínimo del 80% de asistencia a las prácticas externas. 3º. Exigencia de colaboración e interés, así como asistencia a las actuaciones externas y complementarias que se programen. 4º. Cumplimiento de la normativa de los Estatutos de la Escuela. 20 RÉGIMEN DISCIPLINARIO Los Letrados en práctica que no asistan con regularidad a las clases; no se sometan al régimen de trabajo que se establezca o dejen de abonar las tasas académicas, causarán baja después de ser apercibidos. R É G I M E N E C O N Ó M I CO Para atender a los gastos ocasionados por el funcionamiento de la Escuela, constituidos en su mayor parte por la remuneración del profesorado, conferenciantes auxiliares y adquisición de material, su presupuesto anual se nutre de los ingresos provenientes de los derechos de matrícula, aportación del Iltre. Colegio de Abogados de Sevilla, subvenciones que otorguen las Instituciones estatales, autonómicas, provinciales o locales y otras entidades, corporaciones o instituciones privadas. A falta de subvenciones, el presupuesto se cubrirá con los ingresos procedentes de las matrículas y, si fuere necesario, por ayuda del Iltre. Colegio de Abogados al que la Escuela pertenece, con cargo a sus presupuestos. CERTIFICADO DE APTITUD PROFESIONAL A la terminación de los ciclos programados, los Letrados en práctica que haya superados -mediante el cumplimiento de los requisititos exigidos- los ciclos anteriormente citados, de los que se compone EL Ciclo Intensivo en la Escuela, habrán de someterse a las pruebas que para la obtención del Certificado de Aptitud Profesional (prueba CAP) exigen los artículos 29 al 36 del Reglamente regulador de las Prácticas de Iniciación a la Abogacía. Aquellos que superen dichas pruebas obtendrán el CERTIFICADO DE APTITUD PROFESIONAL expedido por el CONSEJO GENERAL DE LA ABOGACÍA ESPAÑOLA y EL CONSEJO ANDALUZ DE COLEGIOS DE ABOGADOS, documento acreditativo de la estancia en la Escuela y la superación de las pruebas. OBSERVACIONES E INFORMACIÓN A disposición de los letrados en práctica se encuentra la Biblioteca del Iltre. Colegio de Abogados. Por la propia índole de las actividades proyectadas, muchas de ellas resulta imposible programarlas con excesiva anticipación. Es posible incluso que alguna vez se produzca determinada alteración motivada por las propias características de la actividad a realizar. No obstante, cualquier modificación del calendario y programación de las enseñanzas que imparte la Escuela será anunciada previamente a los letrados en práctica. 21 Quienes deseen obtener más información sobre el funcionamiento y las características de esta ESCUELA, pueden dirigirse a: ILTRE. COLEGIO DE ABOGADOS DE SEVILLA c/ Chapineros nº 6 Teléfono 954502757 Fax: 954217290 41004-Sevilla epf@icas.es 22 CICLO INTENSIVO 2013/2014 CLASES PRÁCTICAS INTERNAS El PROGRAMA a aplicar será el de OBJETIVOS trascrito a continuación en estas instrucciones, al que cada Profesor deberá adaptar las disciplinas que imparta, de forma que se actúe induciendo a los Letrados en práctica a llevar a cabo las actividades indicadas en dicha programación correspondientes a sus respectivas áreas, así como aquellas otras actividades que cada Profesor estime pertinente dentro de su disciplina. CLASES PRÁCTICAS EXTERNAS Las actividades señaladas con “EX” en el Programa de Objetivos se sugiere sean realizadas en “Prácticas Externas”. Las actividades programadas son orientadoras y pueden ampliarse. ÁREAS DEL CICLO INTENSIVO Y COORDINADOR ÁREA CIVIL (Coordinadora del Área: Dña. Concepción Montero Cuadrado): - Práctica de Derecho Procesal Civil Práctica de Derecho Familia Práctica de Derecho Privado Práctica de Arrendamientos Urbanos y Propiedad Horizontal. Práctica de la Mediación Civil Práctica de la Responsabilidad Civil y Daño Corporal Práctica de la Responsabilidad Civil del Abogado Práctica Externa Civil ÁREA PENAL (Coordinador del Área: D. Manuel Pérez Cuajares): - Práctica Penal - Práctica Externa Penal ÁREA ADMINISTRATIVA (Coordinador del Área: D. Adolfo Fraile Nieto): - Práctica de Derecho Administrativo Práctica de Derecho Urbanístico Práctica de la Protección de Datos de Carácter Personal Práctica Externa Administrativa ÁREA LABORAL (Coordinador del Área: D. Adolfo Fraile Nieto): - Práctica de Derecho Laboral y de la Seguridad Social - Práctica Externa Laboral 23 ÁREA MERCANTIL-SOCIETARIA-TRIBUTARIA (D. José Ángel García de la Rosa): - Práctica de Derecho Mercantil Práctica de Derecho Societario Práctica de Derecho Tributario Práctica de Registro Mercantil ÁREA DE DEONTOLOGÍA (Coordinador del Área: D. Oscar Cisneros Marcos): - Práctica de la Deontología ÁREA TRANSVERSAL-INSTRUMENTAL (Coordinador del Área: D. Adolfo Fraile Nieto): - Práctica de Derecho Constitucional Práctica de Derecho del Deporte Práctica de Derecho del Consumo Práctica de Derecho Ambiental Práctica de Derecho de la Propiedad intelectual Práctica de Oratoria Forense Práctica de Derecho de Extranjería Práctica de Derecho Internacional Privado 24 25