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Lógica clásica y derecho: una aproximación Classical logic and law: AN APPROACH Resumen No existen dudas respecto a la importancia del estudio de la lógica en las distintas profesiones y disciplinas, pues la misma se ha convertido en una herramienta invaluable y de gran aplicación en otras ciencias. Pero de lo que sí puede dudar quien se adentra en el estudio de la lógica es de cuán valiosa en términos prácticos resulta ser, ya que se tiene la errada concepción de que es una disciplina alejada por completo de la realidad y por lo tanto, sin utilidad alguna. Lo primero resulta cierto por la misma naturaleza de la lógica en sí, y sus preocupaciones más sintácticas que semánticas. Pero lo segundo es incierto, pues como se desarrollará en este escrito, específicamente en el Derecho la lógica resulta ser una herramienta muy preciada. Abstract There are no doubts regarding the importance of the study of the logic in different professions and disciplines, because it has became an invaluable tool of great applicability in other sciences. But what can be doubtable to whom gets immerse on the study of logics is how valuable it is in practical terms, due to the misconception of it as a discipline far away from reality and hence completely useless. The first asseveration is right, due to the nature of logics itself, and its concerns more syntactic than semantic. But the second asseveration is false, because as it will be explained in this paper, specifically in Law, logics come to be a very valuable tool. CARLOS ALBERTO PEÑA OROZCO Filósofo, Magíster en Educación Docente Jornada Laboral Completa Universidad Libre Seccional Barranquilla cpena@unilibrebaq.edu.co Recibido: 11 de abril de 2011 Aceptado: 29 de agosto de 2011 Key words: Logics, Judicial logic, Law. Palabras clave: Lógica, Lógica jurídica, Derecho. Advocatus | Edición especial No. 17: 51 - 57, 2011 | Universidad Libre Seccional | Barranquilla 52 Advocatus | Edición especial No. 17: 51 - 57, 2011 | Universidad Libre Seccional | Barranquilla La lógica es una forma de describir situaciones o conocimiento, se interesa por el razonamiento correcto, por la validez de la inferencia. Por estas características la lógica ha sido útil desde el principio para las distintas disciplinas, ya que ha posibilitado la representación de problemas que se quieren resolver. No obstante, resulta adecuado preguntarse: ¿por qué no utilizar para dicho fin el lenguaje natural en vez de usar un lenguaje tan difícil de leer y entender como en ocasiones puede ser la lógica? La respuesta es muy sencilla: el lenguaje natural carece de la precisión que posee la lógica, precisión que es indispensable (en innumerables ocasiones) a la hora de resolver tareas específicas. Advocatus | Edición especial No. 17: 51 - 57, 2011 | Universidad Libre Seccional | Barranquilla Es la monoticidad de la lógica su más grande plo: María es virgen y José es carpintero. Estas en el lenguaje. Por ejemplo: si yo soy fortaleza, pues constituye un cuerpo de ra- proposiciones se pueden formar a partir de la estudiante, entonces el gato es un feli- zonamientos demostrativos que al partir de unión de proposiciones atómicas (A y B), de no. Ejemplo: reduce(empresa,costos) ® ciertas verdades (y siendo correctamente for- varias moleculares [(A y B) y (C y D)] y de aumentan(ganancias,empresa). muladas) pueden producir verdades tras ver- moleculares con atómicas [(B y C) y A]. El primero de estos términos de enlace es sin- dades. En aras de mostrar de manera clara y pragmática dicha monoticidad serán expues- TÉRMINOS DE ENLACE O CONECTI- gular, pues actúa sobre una sola proposición, tos los fundamentos de la lógica de proposi- VOS en tanto que los restantes son términos de enlace binario puesto que actúan sobre dos ciones y la de términos y predicados, así como los conceptos de especificación universal y el Son elementos lógicos de gran importancia empleo de los cuantificadores universales. Se que son utilizados para enlazar proposicio- procede entonces a mostrar sus aplicaciones nes. Posibilitan la formación de fórmulas bien en el Derecho. formadas a partir del enlace de proposiciones Al desarrollar este escrito se obviarán algunas Es el proceso mediante el cual se deducen, ción de atómicas con moleculares. de manera correcta, conclusiones a partir de un conjunto de premisas. Cuando se parte de La idea de la mecanización del proceder inferencial data de algún tiempo atrás. Wilhelm Leibniz (1646-1716) trató de reducir la inferencia lógica a un proceso puramente mecánico aplicado a un lenguaje formal. Uno de los primeros artefactos creados con esta intención fue el Demostrador de Stanhope, el cual fue construido por el Conde III de Stanhope (1753-1816). Los trabajos de Boole y Schröeder fueron referentes importantes, así como la construcción en 1869 del piano lógico por parte de William Stanley Jevons, el cual realizaba inferencias en la lógica booleana. sobrepasa su objetivo. Por lo tanto, algunas Estos términos son los siguientes: reglas como las de paréntesis, las de asigna- • Negación: En 1957 Newell, Shaw y Simon desarrollaron el primer programa de computadoras que realizaba inferencias lógicas: El Teorizador Lógico. En 1958 McCarthy difundió la idea de agentes que utilizaban el razonamiento lógico para mediar entre percepciones y acciones . ~P, ¬P. Ejemplo: ~limón(fruta_dulce) • Conjunción: y, P·Q, P^Q. Ejemplo: para su análisis. Otras reglas como el enca- sabor(limón,ácido)^ sabor(naranja, áci- denamiento frontal y retroencadenamiento sí do). LÓGICA DE PROPOSICIONES válido, las conclusiones que se alcancen serán verdaderas también. Algunas de las principales reglas de inferencia son: 1. Modus PonendoPonens (PP): siempre que nos sea dada una proposición con- • Disyunción: o, PvQ. Hay dos clases dicional (P→Q) y su antecedente P, esta- de disyunción: disyunción exclusiva y remos en condición de deducir su conse- disyunción inclusiva. En la disyunción cuente Q. Esta regla opera con el término exclusiva no hay posibilidad de que ambas de enlace condicional. Esta lógica trabaja con proposiciones sin te- proposiciones sean verdaderas (por ejem- 2. Modus TollendoTollens (TT): cuando ner en cuenta su estructura interna (sujeto plo: los secuestrados están vivos o están poseemos una proposición condicional y predicado). Existen dos clases de proposi- muertos). En la disyunción inclusiva uno (P→Q) y negamos su consecuente (~Q), ciones: atómicas y moleculares. Las atómicas de los dos disyuntandos es verdadero o se puede negar su antecedente (~P). Esta son proposiciones que no están ligadas a otras son verdaderos ambos (por ejemplo: este regla opera al igual que la anterior, con el proposiciones y que tampoco se encuentran hombre está bajo el efecto de algún potente condicional. afectadas por la negación. Por ejemplo: María narcótico o de algún calmante neuromus- 3. Doble Negación (DN): nos permite pasar es virgen (Vm). cular. Ejemplo: mira(sebastián,televisión) a una conclusión a partir de una premisa. v juega(sebastián,parque). Esta regla tiene dos formas: de P se sigue 1 1.Cfr. McCorduck, Pam. Machines who think. San Francisco: W.H. Freeman, 1979. no, premisas verdaderas y el modo inferencial es gismo disyuntivo, etc., no serán incluidas estarán presentes en este escrito. INFERENCIA LÓGICA atómicas o moleculares, así como la hibridareglas de la lógica, pues condensarlas todas ción y diagramación de certeza, las del silo- proposiciones. ~~(P), o de ~~(P) se sigue P. Las proposiciones moleculares son el resulta- • Condicional: si…entonces…, P®Q. Este do de la unión, mediante términos de enlace, término de enlace no expresa relación 4. Modus TollendoPonens (TP): al negar de varias proposiciones atómicas. Por ejem- de causalidad, sino relaciones lógicas un miembro de la disyunción afirmamos 53 54 Advocatus | Edición especial No. 17: 51 - 57, 2011 | Universidad Libre Seccional | Barranquilla al otro miembro. Por ejemplo: de la premisa disyuntiva (PvQ), y la premisa ~P, se puede concluir Q. Esta regla trabaja con la disyunción. 5. Adición (A): partiendo de una proposición cierta, la disyunción de esa proposición y cualquier otra será cierta también. Por ejemplo: de la proposición P se sigue la proposición (PvQ). Esta regla opera con la disyunción. 6. Silogismo Hipotético (HS): se forma a partir de dos proposiciones condicionales. Cuando el antecedente de una de las condicionales es igual al consecuente de la otra, se concluye una condicional “… cuyo antecedente es el otro antecedente de una de las premisas y cuyo consecuente es el consecuente de la otra premisa” 2. Por ejemplo: de las premisas (P→Q) y (Q→R), se concluye (P→R). 7. Simplificación Disyuntiva (DP): para llevar a cabo esta simplificación es indispensable que las dos proposiciones enlazadas por la disyunción sean iguales. Por ejemplo: de la proposición (PvP) se sigue P. encuentran, aparentemente, estructurados de manera correcta. Observemos el siguiente silogismo: Todo ladrón es pobre Ningún abogado es pobre Luego, algunos abogados son ladrones Una vez detallada la estructura interna del anterior silogismo podrá notarse que la estructura no es válida, que el término medio se excluye y que de premisas negativas no se siguen conclusiones afirmativas. TÉRMINOS El término es la “…expresión con la que se nombra o se designa a un único objeto”3. Tanto un nombre como una frase pueden aparecer como términos en las proposiciones. Por ejemplo la frase Este gato en la proposición Este gato es blanco, o el nombre Juan en la proposición Juan es alto. PREDICADOS LÓGICA DE TÉRMINOS Y PREDICADOS El predicado no nombra objetos pero sí nos A diferencia de la lógica de proposiciones, la lógica de términos y predicados prestará cuidadosa atención a la estructura interna de las proposiciones: términos, predicados y cuantificadores. Gracias a este cuidadoso estudio podrá cuestionarse la validez de cier- proposiciones Juan es alto y El gato es blanco, tos silogismos cuyos tríos proposicionales se dice algo acerca de ellos4. Por ejemplo: en las los predicados son alto y blanco respectivamente. Advocatus | Edición especial No. 17: 51 - 57, 2011 | Universidad Libre Seccional | Barranquilla la variable de un cuantificador universal por otro término cualquiera, y es llevado a cabo con base en la idea de “… que cada proposición que es cierta para todo, ha de ser cierta para cualquier individuo específico que se pueda elegir”5. El cuantificador universal utiliza una variable (como la letra x, por ejemplo, en la frase para cada x) “…para afirmar que cada cosa en el universo tiene una cierta propiedad…” 6 y se simboliza con una letra A al revés:∀. clusiones y se va hacia atrás para llegar a los hechos que las originaron. Por ejemplo: un camión realiza un trayecto consistente en tres recorridos entre cuatro puntos equidistantes (A, B, C, D) y lo finaliza con un litro de gasolina y un kilogramo de carga (véase figura 1). ENCADENAMIENTO FRONTAL Y RETROENCADENAMIENTO Independientemente de la carga, el camión consume dos litros de gasolina en cada recorrido. Este consumo varía en función de que cada kilogramo de carga requiere el consumo adicional de un litro de gasolina. Con esta información y sabiendo que se queda con un cuarto de carga al finalizar cada recorrido, ¿con cuánta carga partió del punto A el camión y cuánto combustible empleó en total? El encadenamiento frontal y el retroencadenamiento son dos técnicas de, o si se quiere las dos direcciones del proceso lógico deductivo de búsqueda. Ambas reglas son de gran utilidad, pues permiten determinar la selección y el uso de reglas para manejar y resolver problemas. El encadenamiento frontal (o dirigido por datos) consiste en partir de un conjunto de hechos para alcanzar conclusiones que se desprenden del mismo. Esta técnica es la que se utiliza cuando se infieren lógicamente conclusiones a partir de premisas. Por ejemplo: Mi hermano es deportista Juan es mi hermano Luego, Juan es deportista ESPECIFICACIÓN UNIVERSAL La especificación universal posibilita sustituir El retroencadenamiento (o dirigido por objetivos) toma lugar cuando se parte de las con- Figura 1 Lo primero que se hace es averiguar con cuánta carga inició el recorrido tres (r3). Se sabe que un kilogramo es la cuarta parte de la carga con la que partió del punto C. Al introducir estos datos en la siguiente función lineal, Y=4X, en donde y es la cantidad de carga que se busca averiguar y x es la cantidad de carga con la que finaliza el recorrido hacia cada punto. Entonces la función quedaría Yc=4(1)=4. Así, 4 kilogramos era la cantidad de carga con la que partió del punto C. El combustible utilizado en este recorrido fueron 6 litros, pues se sabe que r3 lo realizó con 2 litros de combustible más 4 adicionales por el peso de la carga. Se asume entonces que del 2.SUPPES, P. y HILL, S. Introducción a la lógica matemática. Santa Fe de Bogotá: Reverté, 1988. p. 86. 3.SUPPES, P. y HILL, S. Ibíd., p. 187. 4.Cfr. SUPPES, P. y HILL, S. Ibíd., p. 192. 5.SUPPES, P. y HILL, S. Ibíd., p. 217. 6.SUPPES, P. y HILL, S. Ibíd., p. 202. punto C partió con 4 kilogramos de carga y 6 litros de combustible. 55 56 Advocatus | Edición especial No. 17: 51 - 57, 2011 | Universidad Libre Seccional | Barranquilla Con esta información se pasa a averiguar qué cantidad de carga tenía el camión al inicio del recorrido dos (r2) aplicando la misma función Y=4X. El resultado de dicha operación sería 16 kilogramos, pues Yb=4(4)=16. Con este resultado se deduce que fueron 18 los litros de combustible empleados por el camión a razón de 16 litros por la carga más 2. Este nuevo paso indica entonces que del punto B el camión partió con 18 litros de combustible y 16 kilogramos de carga. El próximo paso será averiguar, a la luz de la última información obtenida, la carga que tenía el camión al iniciar el recorrido uno (r1). Para esto se utiliza una vez más la función Y=4X, siendo el resultado 64 kilogramos, pues Ya=4(16)=64 a la vez que sabemos que se utilizaron 66 litros de combustible, debido a que fueron 2 litros más 64 adicionales por la carga transportada. Podemos concluir, que del primer punto (A) el camión partió con 66 litros de combustible y 64 kilogramos de carga. El último paso en la resolución del interrogante inicial sería sumar todas las cifras del combustible utilizado durante el trayecto, siendo el resultado 91 litros, pues 66+18+6+1=91. El camión empleó 91 litros de combustible en el trayecto y partió con 64 kilogramos de carga (véase figura 2). Figura 2 Para finalizar, cabe destacar que tanto el encadenamiento frontal como el retroencadenamiento son presentados como procedimientos no monotónicos (son no monotónicos los razonamientos que a partir de información difusa o incompleta permiten obtener proposiciones probables y no verdades completas en cadena como los razonamientos monotónicos), esto debido a que pueden ser empleados con finalidades no demostrativas. Cuando son utilizados con fines demostrativos su carácter monotónico es indudable. RELACIÓN LÓGICA CLÁSICA Y DERECHO Establecer una relación entre lógica clásica y Derecho no es un intento descabellado, pero tampoco resulta el más sencillo de los ejercicios, cuando se desconoce el soporte que ha prestado la lógica clásica, en su matiz jurídico, al Derecho. Sin embargo, teóricos del Derecho como Carlos Cossio reconocen la importancia de la lógica, hasta el punto de afirmar que la teoría pura del Derecho dista mucho de ser una doctrina del Derecho positivo como afirmaba Kelsen, y que resulta ser más que nada lógica jurídica7. Este soporte de la lógica al Derecho no consiste en una simple extrapolación de las leyes supremas de la lógica pura al Derecho, pues “mientras las últimas se refieren a juicios enunciativos, y afirman o niegan algo de su verdad o falsedad, los otros principios aluden siempre a normas, y afirman o niegan algo de su validez 7.Cfr. Cossio, Carlos. La valoración jurídica y la ciencia del Derecho. Santa Fe: Universidad Nacional del Litoral, 1941. Advocatus | Edición especial No. 17: 51 - 57, 2011 | Universidad Libre Seccional | Barranquilla o invalidez. Aquellas pertenecen, por ende, a la lógica del ser; estos a la del deber jurídico”8. En vez de esto, la lógica aplicada al Derecho permite identificar la validez o invalidez de los enunciados jurídicos, en lugar de promulgar leyes sobre cómo deberían pensar los miembros de la comunidad jurídica. Esta relación lógica clásica-Derecho se evidencia al observar la aplicación de los principios lógicos en principios jurídicos. Por ejemplo: “el principio general de contradicción en el orden lógico enseña que dos juicios contradictorios no pueden ser ambos verdaderos. El principio jurídico dice que dos normas de Derecho contradictorias no pueden ser válidas ambas”9. También podría mencionarse el principio lógico del tercer excluido, el cual afirma que “cuando dos juicios se contradicen, no pueden ser ambos falsos. El principio jurídico del tercer excluido afirma que cuando dos normas de Derecho se contradicen, no pueden ambas carecer de validez”10. La manifestación más clara del apoyo fructífero que le brinda la lógica es la del doctor Nelson Barros Cantillo, quien afirma en una de sus invaluables obras sobre lógica jurídica que “la lógica jurídica, como aplicación que es al campo del Derecho de los principios rectores y reglas fundamentales de inferencia de la lógica formal, representa el prontuario completo de los esquemas derivativos que hacen posible 8. García Maynez, Eduardo. Introducción a la lógica jurídica. México: Fondo de Cultura Económica, 1951. p. 10. 9. García Maynez, Eduardo. Ibíd., p. 27. 10. García Maynez, Eduardo. Ibíd., p. 39. la corrección formal en el trabajo deductivo de los profesionales y estudiosos de las ciencias jurídicas”11. Buscar el valor real de la relación lógica clásica o formal y Derecho en aplicaciones de tipo práctico constituye un sinsentido. En vez de eso, el real valor de esta relación consiste en poder determinar mediante la lógica si los enunciados normativos son o no válidos, pues dichos enunciados “no se comprueban ni se confutan por medio de contrastaciones empíricas sino que dependen para su vigencia de las disposiciones constitucionales y de los criterios hermenéuticos propios del sistema jurídico vigente”12. Por esto los enunciados normativos no deben tener sentido, en lugar de eso deben evidenciar validez lógica. BIBLIOGRAFÍA BARROS CANTILLO, Nelson. La lógica del silogismo jurídico. Santa Fe de Bogotá: Librería del Profesional, 1994. GARCÍA MAYNEZ, Eduardo. Introducción a la lógica jurídica. México: Fondo de Cultura Económica, 1951. McCORDUCK, Pam. Machines who think. San Francisco: W.H. Freeman, 1979. SUPPES, P. y HILL, S. Introducción a la lógica matemática. Santa Fe de Bogotá: Reverté, 1988. 11. Barros Cantillo, Nelson. La lógica del silogismo jurídico. Santa Fe de Bogotá: Librería del Profesional, 1994. p. 9. 12. Barros Cantillo, Nelson. Ibíd., p. 18 57