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Las Mujeres y su Derecho a la Ciudad: Una Mirada a Su Goce y Reconocimiento en el Distrito Cultural y Turístico de Cartagena de Indias-Colombia ELABORADA POR: Ana Milena Montoya Ruiz -Colombia- DIRECTORA DE TESIS: Flor María Díaz Chalarca Coordinadora Nacional Programa Integral Contra las Violencia Basadas en el Género UNIFEM-Colombia. TUTORA PRIGEPP: María del Carmen Tamargo FECHA: septiembre de 2011 Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales “FLACSO” Programa Regional De Formación En Género y Políticas Públicas “PRIGEPP” Argentina 1 PRESENTACIÓN Las ciudades actuales son una construcción cultural compleja, en las cuales se establecen diversas relaciones sociales. Las ciudades han nacido de los procesos de industrialización –urbanización-, los cuales según Alejandra Massolo (2005), se han caracterizado por su carácter violento, traducido en las desigualdades sociales, la segregación espacial, la lucha por la supervivencia en las condiciones de pobreza, la ineptitud, la corrupción, los autoritarismos de los poderes públicos y el establecimiento de excluyentes ordenes de género, lo cual ha impedido el goce diferencial de los derechos humanos por hombres y mujeres. El proyecto se realizó como requisito para obtener el título de magister en Género y políticas públicas, delPrograma Regional de Formación en Género y Políticas Públicas “PRIGEPP” de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales FLACSO-Argentina. El propósito de éste fue aproximarse a las complejidades de la ciudad como espacio no neutral, donde se evidencian las desigualdades y discriminaciones de género. En él se define el Derecho a la Ciudad de las mujeres, desde el enfoque de la seguridad humana, como derecho colectivo en construcción que reivindica el disfrute y goce de los espacios urbanos. Se indagó, de manera particular, cómo las mujeres disfrutan de este derecho en la ciudad de Cartagena, principal destino turístico del Caribe Colombiano. Situar la elaboración teórica de esta investigación en Cartagena, es significativo, pues la cultura machista dominante se prolonga en prácticas discriminatorias con múltiples interseccionalidades como son: raza, condición económica, orientación sexual, creencias, nivel educativo y demás. Igualmente, es un desafío pensar cómo las mujeres han participado en el desarrollo, construcción y planeación de Cartagena, la cual está marcada por procesos de exclusión (sexual y de género, racial, económica, social y cultural), por la ausencia de control social y por la débil formación política de los habitantes, convirtiéndola, sin lugar a dudas, en una ciudad insegura para las mujeres en los ámbitos privados y públicos. Acorde con lo anterior, el problema central de investigación es: ¿Qué significa el derecho a la ciudad para las mujeres?; pregunta que se intentó responder a partir de la 2 mirada previa de los aportes de la categoría de género en los estudios de ciudad, con los cuales se analizaron las acciones político administrativas del gobierno local de la ciudad de Cartagena, hechas con el finde salvaguardar la seguridad ciudadana y humana de las mujeres en el contexto urbano, seguridades fundamentales para garantizar el goce pleno del derecho colectivo a la ciudad, derecho en construcción. Las hipótesis del proyecto de investigación, que se trataron de demostrar a lo largo del texto son: Primero:Las aportes sobre la definición del derecho a la ciudad de las mujeres desde la categoría de género, requieren la inclusión del desarrollo de las dimensiones del enfoque de la seguridad humana para la garantía efectiva del derecho. Segundo: la violencia urbana basada en género atenta directamente, contra la ciudadanía de las mujeres y la igualdad de oportunidades para ejercer sus derechos en los contextos urbanos, participar de la vida pública, gozar de las libertades democráticas y contribuir al desarrollo local, en ejercicio de su derecho a la ciudad. Tercero: el predominio de una perspectiva androcéntrica, en la definición y real aplicación de las políticas públicas de seguridad ciudadana en la ciudad de Cartagena de Indias, lo cual limita el alcance de su derecho a la ciudad y la eficacia de las disposiciones de las Política pública de equidad de Género “Cartageneras en pleno goce de nuestros derechos 2008-2011”. Éstas se trataron en tres capítulos: en el primero y el segundo se presentan los principales aportes de los estudios de la ciudad desde la categoría de género y a partir de éstos, se reelabora el concepto de derecho a la ciudad y el de seguridad ciudadana en el marco de la seguridad humana. En el tercer y último capítulo se hace el estudio de caso de la ciudad de Cartagena de Indias, y se diseña y aplica unaruta para el análisis del reconocimiento del derecho a la ciudad de las mujeres. Finalmente, se presentan las conclusiones del estudio y se formulan algunas recomendaciones generales para garantizar a las mujeres el derecho a la ciudad y el goce en ella de sus derechos humanos. Para concluir esta presentación, presento mis reconocimientos a las personas sin las cuales la culminación de este trabajo no hubiera sido posible. En primer lugar agradezco 3 la comprometida asesoría de mi tutora Flor María Díaz Chalarca durante el desarrollo y ajuste del proyecto; el acompañamiento en la formulación del proyecto de la profesora María del Carmen Tamargo, y a Pedro di Pietro, mi tutor durante todo el curso de la maestría, quienes marcaron las luces conceptuales de esta investigación. También mis más sinceros agradecimientos al movimiento social de mujeres de Cartagena, en especial a Gloria Elena Gil Zea, Rubiela Valderrama, Nina Ferrer Araujo y Bexy Cruz, quienes compartieron sus saberes y experiencias de vida sobre la ciudad conmigo; así como a todas las mujeres con quienes hemos compartido nuestros pasos para descubrir esta mágica y compleja ciudad. Finalmente, agradezco a mi familia, Marleny Ruiz Hoyos mi madre, Agustín J. Montoya mi padre, y Carolina Montoya Ruiz mi hermana, y a todas las maravillosas mujeres que la conforman, abuelas, tías y primas, quienes me acompañan, apoyan y enseñan día a día una manera diferente de tomar un lugar en el mundo. Así como a mis amigos y amigas, con quienes compartí cada una de estas reflexiones, en especial a Lucas Correa Montoya, con quien soñé el comienzo de esta reflexión sobre la ciudad, a Alejandra Restrepo, Clara Atehortua Arredondo, Luz Dary Ruiz, VaninaMoadie, Paola Andrea Cataño Gómez, Biviana Ramírez Cardona, Alicia Avellaneda, Inés Ayestaran, Olga Cecilia Restrepo, y a todos los integrantes del Colectivo del Interés Público, plataforma académica e investigativa quienes me han alentado a culminar estas líneas. 4 Contenido Capítulo I: La ciudad, el derecho a la ciudad y la seguridad, desde el enfoque de género. Una mirada a las categorías de la investigación. ............................................ 7 1.Aproximación al concepto de ciudad desde la categoría de género. ....................... 8 2. Derecho a la ciudad y derecho a la ciudad de las mujeres .................................... 15 2.1 Derecho a la ciudad. ............................................................................................... 16 2.2 Derecho a la ciudad, de las mujeres ..................................................................... 20 3. Seguridad ciudadana para las mujeres desde el enfoque de la seguridad humana. ......................................................................................................................... 26 4. Violencia Basada en Género en los contextos urbanos ......................................... 30 5. Palabras Finales ........................................................................................................ 35 Capítulo II La ciudad y derecho a la ciudad, de las mujeres, y la seguridad ciudadana desde el enfoque de seguridad humana.................................................... 36 1.Apuntes sobre la ciudad ............................................................................................ 37 2.Mujeres y definición de los derechos. ...................................................................... 46 2.1.Críticas al pensamiento liberal transformador de la Teoría General del Derecho .......................................................................................................................... 47 2.2. Críticas a la identificación y aplicación del derecho y su relación con el patriarcado. ................................................................................................................... 51 3. Apuntes previos sobre el derecho a la ciudad necesarios para conceptualizar el derecho a la ciudad, de las mujeres............................................................................. 53 3.1Carta Mundial del Derecho a la Ciudad: principios y contenido ....................... 56 3.1 Facetas y elementos del Derecho a la Ciudad ...................................................... 60 4. El derecho a la ciudad, de las mujeres: declaraciones internacionales su y contenido........................................................................................................................ 62 5. Definición del derecho a la ciudad, de las mujeres: facetas, enfoque y contendidos ........................................................................................................................................ 70 6.Derecho a la Ciudad, de las Mujeres y su relación con el enfoque de seguridad humana. ......................................................................................................................... 74 6.1 Antecedentes, concepto y dimensiones del enfoque de seguridad humana para su inclusión en la definición del derecho a la ciudad, de las mujeres. ..................... 78 5 6.2 Recomendaciones para la vivencia del derecho a la ciudad de las mujeres, desde el enfoque de seguridad humana y su inclusión en políticas públicas de ciudad ............................................................................................................................. 82 Capítulo III: Disfrute del Derecho a la Ciudad de las Mujeres en Cartagena de Indias Distrito Cultural y Turístico: estudio de caso de las políticas públicas y sus contenidos sobre la seguridad de las mujeres en la ciudad....................................... 88 1.Ruta para el análisis del reconocimiento del derecho a la ciudad, de las mujeres. Elementos para identificar en las Políticas Públicas. ................................................ 88 1.1. Primer momento: análisis axiológico de los componentes de la política pública ........................................................................................................................................ 90 1.2 Segundo momento: identificación de la idea de ciudad de los actores de la política pública .............................................................................................................. 92 1.3 Tercer momento: revisión de contenidos de la política pública conforme a las facetas del derecho a la ciudad, de las mujeres .......................................................... 93 2. Estudio de caso de las políticas públicas y sus contenidos sobre la seguridad de las mujeres en la Ciudad de Cartagena de Indias Distrito Cultural y Turístico. ... 96 2.1 Aspectos generales del contexto: posibilidades para vivir bien sin humillaciones y como se quiere, por las mujeres en la ciudad de Cartagena .................................. 96 2.2 El disfrute del derecho a la ciudad de las mujeres cartageneras: facetas, posibilidades y limitaciones........................................................................................ 107 2.3 La idea de ciudad, de las mujeres, orientadora para la formulación de políticas públicas ........................................................................................................................ 117 2.4 Contenidos de la política pública y condiciones de seguridad ciudadana de las mujeres en la ciudad de Cartagena ........................................................................... 122 Conclusiones ................................................................................................................ 133 Referencias Bibliográficas .................................................................................... 135 Anexos .................................................................................................................. 143 Anexo 1: Guía de Entrevistas semiestructuradas........................................... 143 Anexo 2: Derechos de Petición dirigidos a Instituciones Públicas .................. 146 Derecho 1: Secretaria del Interior del Distrito de Cartagena ......................... 146 Derecho 2: Secretaria de Participación y Desarrollo Social de Cartagena .... 147 6 Capítulo I: La ciudad, el derecho a la ciudad y la seguridad, desde el enfoque de género. Una mirada a las categorías de la investigación. “La ciudad, las ciudades son al mismo tiempo compartidas y excluyentes. A quienes las viven y las aman les toca transformar su realidad para acercarlas al modelo que aspiran para el próximo futuro”. (La ciudad Compartida. María Ángeles Durán) Ir tras las huellas de lo que se pretende investigar es una labor que debe realizar todo investigador(a) que asume un proceso investigativo, para trascender los parámetros de lo “conocido” conociendo cuánto se sabe y cuánto se desconoce sobre el tema de investigación con el fin de construir un conocimiento crítico. Este camino, lo orienta la comprensión de la construcción teórica del problema de su investigación desde una perspectiva particular, permitiéndole identificar conclusiones y hallazgos previos sobre las categorías y conceptos fundamentales, y echar un vistazo sobre los logros, avances, limitaciones, dificultades, y vacíos que ofrece la investigación sobre determinado objeto1 (Consuelo Hoyos, 2001) En este capítulo presenta un sondeo completo a nivel descriptivo, sinóptico y analítico sobre fuentes de información relacionadas con las categorías de la investigación, con el fin de dar cuenta de las tendencias y perspectivas metodológicas, enfoques teóricos y disciplinarios que han sido utilizados, y delimitar qué tanto se ha investigado y qué aspectos faltan por abordar y dimensiones explorar sobre el objeto de estudio, aspectos de gran importancia para el desarrollo teórico e investigativo. Se conceptualizará desde la categoría de género los conceptos de ciudad, derecho a la ciudad, y derecho a la ciudad, de las mujeres; y seguridad ciudadana y seguridad humana, en la cual se incluyen los temas de inseguridad y violencia urbana de género, a 1 Siguiendo a Consuelo Hoyos (2001) y su Guía Teórico Práctica para la Construcción de los Estados del Arte, este capítulo presentará la revisión bibliográfica, que en forma de espiral nos desliza por la producción teórica constitutiva del saber acumulado sobre el fenómeno previamente escogido, lo cual lo enfoca, describe y contextúa desde distintas disciplinas, referentes teóricos y perspectivas metodológicas. 7 partir de la lectura inicial de algunos textos seleccionados, respondiendo a las preguntas de ¿Qué se produce?; ¿Dónde se ha producido?, ¿Quiénes han hecho los estudios?, y ¿Cuál ha sido su finalidad?. Para su elaboración se realizó una revisión de estudios, artículos académicos, resultados de investigaciones, ensayos, declaraciones internacionales, entre otra literatura sobre el tema, diversos autores, privilegiando los aportes de las mujeres y los estudios latinoamericanos. 1. Aproximación al concepto de ciudad desde la categoría de género. La ciudad es una construcción cultural compleja donde surgen tensiones de poder entre géneros por el usufructo de los bienes que en ella se ofrecen, y en la cual se instalan y reproducen un conjunto de inequidades y desigualdades de género, al ser un centro dicotómico entre lo público y lo privado, la producción y la reproducción, el desarrollo económico y la vida doméstica (Alejandra Massolo, 2005). La ciudad y su relación con el género, ha sido abordada desde diversas disciplinas principalmente por la arquitectura, la sociología, la historia, y el urbanismo que, motivadas por encontrar explicaciones a las formas como se construyen códigos de relacionamiento entre hombres y mujeres, como seres culturales en permanente definición y redefinición, han ido poco a poco corriendo el velo de la desigualdad entre los géneros en la ciudad y en sus espacios urbanos. Las primeras interpretaciones realizadas sobre la relación de los conceptos de género y ciudad, los encontramos en los estudios de Caren Levy (2003) 2 refiriéndose a los estudios sobre participación de las mujeres en la sociedad urbana, identificando como centro propicio para las luchas de las mujeres en la ciudad por los derechos políticos, y las problemáticas sociales y económicas, las cuales difieren a la de los hombres, centrando sus hallazgos en dos líneas de análisis: la participación de las mujeres en los movimientos sociales y el análisis de las relaciones de género con respecto a los problemas de los servicios urbanos. 2 Levy Caren. Profesor Titular de la Unidad de Planificación del Desarrollo del University Collage of London, Directora del Programa “GenderPolicy and Planning”. Levy Caren (2003). Ciudad y Género Una ciudad más justa: El género y la planificación. Compiladores MarcelloBalbao& otros. En: Cuadernos de la Cepal. La Ciudad Inclusiva ( pp. 237-259). Santiago de Chile: CEPAL &Cooperazione Italiana. 8 Se ubican en la primera línea, participación de las mujeres en los movimientos sociales al interior de las ciudades,las indagaciones por establecer las razones por las cuales las mujeres ha sido poco reconocidas por las políticas y la planificación urbana, procurando identificar su participación en los movimientos sociales urbanos, los cuales han sido los escenarios propicios, para reforzarles su conciencia del lugar que ocupan en el cambio urbano3. La segunda línea, análisis de las relaciones de género con respecto a los problemas de los servicios urbanos, ha sido un tema de gran interés por ser las mujeres, quienes históricamente se han dedicado a las actividades domésticas, del cuidado y prestación de servicios sociales. El desarrollo de ambas líneas, según Caren Levy, han permitido dar cuenta de cómo a partir de la participación comunitaria, las mujeres han incrementando su propia conciencia y cuestionan los roles asumidos, así mismo, destaca su influencia en el cambio de las ciudades solucionando problemas sociales como: hacerse cargo de los niños, las personas mayores, los problemas de agua, alimentación, servicios higiénicos, sanitarios y de salud. Los avances en estas dos líneas de análisis sobre la relación Género y ciudadhan importantes, sobre todo en los años ochenta y noventa, conservando estrecha relación con la crisis del estado de bienestar imperante en esta época, en la cual los temas de supervivencia de las mujeres como habitantes de las ciudades, tomaron mayor importancia para las organizaciones sociales y redes nacionales e internacionales de activistas y académicas. Sin embargo, han sido criticados porque no profundizaron en el tema de las relaciones de género, poder y dominación existente en las ciudades, las cuales paulatinamente comienzan a ser nombradas en el ámbito comunitario, que es el escenario donde las mujeres buscan solución a sus necesidades urbanas, y profundizan su conciencia política a partir de las críticas sobre las implicaciones de las diferencias y desigualdades de clase y género en las urbes. 3 Ejemplo de este tipo de estudios pueden encontrarse en la selección de artículos “Como las mujeres están estrechamente vinculadas a la búsqueda de alternativas que desafían las visiones y estructuras globalocentricas, los marcos y regímenes que invisibilizan las actividades políticas locales mediante las cuales ellas recrean y redefinen sus lugares” HARCOURT WENDY & ESCOBAR ARTURO (2007) Las mujeres y las políticas de lugar (1era edición en español). México: Universidad Nacional Autónoma de México, PUEG Programa Universitario de Estudios de Género. 9 Identificamos de esta manera como los estudios de la relación de género y ciudad comienzan a inscribirse en la investigación urbana, haciendo visibles las actividades desempeñadas por hombres y mujeres en los contextos urbanos y las implicaciones de su papel social, económico y político, como actores y actoras con necesidades y potencialidades. No obstante, no se encuentra en qué medida estos estudios han perfilando propuestas para la elaboración de políticas de planeación urbana renovadas, que tengan en consideración con las necesidades de las mujeres como grupo específico, como base para fundar su participación en las decisiones y en la gestión de la ciudad. Otra línea de análisis identificada en los estudios de ciudad y género, ha sido los temas de urbanismo feminista y urbanismo con enfoque de género, que se inician según María Lourdes García Vásquez4 (2010) en Estados Unidos y Europa a mediados de los años sesenta por mujeres geógrafas, que ven la necesidad de construir una geografía de género, planteando preguntas sobre el origen y las consecuencias de la división de la esfera masculina y femenina en las ciudades, hasta situar en los estudios geográficos y en la teoría urbana, la relación entre el trabajodoméstico y el remunerado, y sus conexiones con la desigualdad en la ciudad, percatándose de cómo ésta se divide y produce efectos diferenciados5. Además de las anteriores líneas, la relación entre ciudad y género también han sido desarrollados los estudios sobre roles de género en los espacios urbanos,liderados por el Institute of International Development de la Universidad de Harvard en los años ochenta, desde los cuales se concluye la no neutralidad del espacio en cuanto al género, y se identifican las formas como los roles de la mujer en la familia y sus actividades domésticas, condicionan su percepción, acceso y uso de la ciudad, haciéndola diferente a los hombres.(Bowlby, 1990 citado por García Vásquez). Igualmente, se complementan los anteriores postulados de la relación del género y ciudad, con el avance conceptual en los años ochenta del enfoque de desarrollo propuesto por las Naciones Unidas, trascendiendo los postulados de Mujer en el 4 Docente de de la Facultad de Arquitectura de la Universidad Autónoma de México. García Vásquez María Lourdes ( SF) Ciudad y Género. Recuperado el 6 de Junio de 2010, del sitio web de la Universidad de Barcelona Grupo Género y Multiculturalismo: http://www.ub.es/multigen/donapla/lourdes_garcia.pdf. 5Citadopor Alejandra Massolo: J. Little, L. Peak y P. Richardson “Introduction: Geography and Gender in the Urban Environment”, en: Women in Cities. Gender in the Urban Environment, J. Little, L. Peak y P. Richardson (eds), New York University Press, 1988. 10 desarrollo (MED) a Género en el desarrollo (GED), éste ultimo considerado como un enfoque progresistas que resaltó la injerencia de la mujer en el desarrollo, abandonando las explicaciones a sus problemas en razón de su sexo, y diferencias biológicas con los hombres. Esta nueva mirada lleva a sumir como problema, su posición subordinada frente a los hombres, la cual le impide participar como actora y participe del desarrollo, y en este caso del desarrollo de las ciudades. En este contexto se fortalecen los estudios sobre mujer y género, y se tejen las alianzas globales, entre ellas encontramos en el año de 1988 la creación de la Red de Mujer y Hábitat6 adscrita a Habitat International Coalition del centro de las Naciones Unidas para los Asentamientos Humanos CNUAH, fijándose como misión unir, promover y apoyar a las mujeres y a sus organizaciones en el desarrollo de asentamientos humanos para mejorar su calidad de vida y la de sus comunidades, fundación que marcó el comienzo para explorar, en el mundo, y especialmente en América Latina, un nuevo abanico de problemas sociales y líneas de estudio, además de las expuestas, sobre la forma en que la mujer vive y se define en las ciudades, estas son: Desigualdad en la participación del poder y la toma de decisiones a todos los niveles. Insuficiencia de mecanismos para promover una mejoría en la situación de las mujeres en términos sociales, económicos y políticos en las ciudades. Falta de conciencia y compromiso para la defensa de los derechos de las mujeres en las ciudades. Feminización de la pobreza. Desigualdad en la participación y acceso de las mujeres a la definición de políticas. Desigualdad en el acceso a la educación, la salud y el empleo. Violencia en contra de la mujer. Ciudades y conflictos nacionales e internacionales. 6 Ver: Red de Mujer y Hábitat http://www.redmujer.org.ar/instituciones.html Hábitat International Coalition del centro de las Naciones Unidas para los Asentamientos Humanos CNUAH http://www.hic-net.org/es_about.php 11 Otra línea de estudios identificados en la relación ciudad y género son los presentados por la arquitectura y género, que analiza la concepción androcéntrica dominante en la historia de la arquitectura occidental, y que usando el enfoque materialista histórico, formulan algunas explicaciones sobre el lugar y el espacio que ocupan las mujeres en las ciudades, y las diferencias presentadas en el uso y apropiación del espacio realizadas por hombres7. Estos estudios cuestionan la producción de conocimiento en la arquitectura, por desconocer la ubicación del cuerpo y la percepción femenina como bases del conocimiento, analizando el papel de los sentidos en la vida urbana, que determinan las relaciones entre la organización del tiempo y la frontera doméstica para la organización del contrato social implícito en las ciudades. Así mismo, otra de las líneas temáticas encontradas en esta relación, género y ciudad, son los estudios de antropología y género desde los cuales se crítica el sexismo en las ciudades, en este sentido los estudios de Teresa del Valle (1997) y su comparación de ciudades con dinámicas urbanas diferentes, como lo fue San Sebastián, ciudad pequeña dedicada al turismo, y Bilbao gran ciudad dedicada a la industria, en el cual se preguntó ¿Cómo el espacio afecta a las mujeres, que en un amplio abanico de formas distintas, residen en las ciudades? y como respuesta identifica los lugares que atemorizaban a las mujeres, denominándoles “Ciudades Prohibidas”8. Los principales aportes de esta línea temática ha sido la elaboración de un nuevo concepto de ciudad que incluya la mirada socio cultural identificando como las relaciones de género juegan un papel crucial en el urbanismo, la formulación de cuestionamientos a la fijación de espacios de representación de los que están excluidos las mujeres, y la asignación de lugares específicos a partir de una visión concreta del trabajo que adscribe roles fijos, llamando la atención en la necesidad de un nuevo paradigma de la casa, la vecindad, el barrio, la ciudad, en la que se tenga a la mujer como ciudadana con derecho a acceder a los espacios diversos de la urbe, proponiendo la incorporación en la política urbanística de: 7En esta línea de estudio se destaca la politóloga española María Ángeles Duran (2008) y la Arquitecta española Mónica Cevedio (2003)7, ambas españolas. 8 Éste estudio de Teresa del Valle fue iniciado desde 1988 hasta 1995 y presentado en el texto Andamios para una Nueva Ciudad. Lecturas desde la Antropología. Instituto de la Mujer, Universidad de Valencia, Madrid en el año 1997. 12 La preocupación por una dimensión social y simbólica propia de los grupos silenciados, que permitan aplicaciones innovadoras así como formas nuevas y alternativas de inserción social (…) todo ello debe quedar, a mi entender, comprendido en el pensamiento de las urbes y ayudar así a cuestionar concepciones monolíticas de las ciudades o pensadas desde las áreas dominantes de influencia económica y política (Del Valle, 1997 pág. 19). Finalmente, la última línea de estudios identificada son los trabajos de sociología urbana, los cuales presentan un recorrido sobre las relación de las mujeres y la ciudad en las agendas temáticas, y las discusiones que reorientan las discusión urbana en la región, tomando como referente los estudios de Manuel Castells9, a partir de los cuales se incluye, en los años ochenta y noventa, el tema de mujeres en la ciudad en las investigaciones latinoamericanas, y la cuestión de género en el análisis de los movimientos y cambios urbanos. En este sentido, se destacan los trabajos de la especialista Alejandra Massolo10,quien se pregunta por el papel de las mujeres en las investigaciones urbanas en México en su texto, discutiendo temas como: (1) las formas espaciales y las relaciones entre la dominación de género y la vida familiar; (2) la consideración de las relaciones de género en las fuentes del cambio social urbano; y (3) el papel decisivo de las mujeres en las luchas urbanas contribuyendo a legitimar las relaciones de género y las luchas de las mujeres en la investigación de las ciudades (Massolo, 1992). Estos estudios han develado las interrelaciones que existen entre las relaciones de género, social e históricamente constituidas, y el espacio urbano socialmente construido, evidenciando la función que cumplen los espacios en la construcción de las 9 Citado por Alejandra Massolo: Manuel Castells (1983). The City and the Grassroots. A Crosscultural Theory Of Urbana Social Movements, University of California Press, 1983. Traducido al Español en Alianza Editorial, España 1986. 10 Algunos estudios de Alejandra Massolo: MASSOLO, Alejandra. 1994. “Introducción. Política y mujeres: una peculiar relación”. En Alejandra Massolo (comp), Los Medios y los Modos: participación política y acción colectiva de las mujeres, PIEM, El Colegio de México, Méxic"Amor y coraje, las mujeres en el movimiento urbano en la ciudad de México, D.F. Massolo, Alejandra. 1998. “Pluralidad política y pluralidad de género a favor de ayuntamientos democráticos”. En Dalia Barrera Bassols y Alejandra Massolo (coords), Mujeres que gobiernan municipios. Experiencias, aportes y retos, PIEM, El Colegio de México, México, D.F. 13 relaciones desiguales de género, y el papel de la diferencia de género en los procesos y desarrollos de los cambios urbanos, citando las palabras de Massolo: “Los hombres y las mujeres perciben, acceden, usan la ciudad de manera diferente, y la vida cotidiana y las experiencias cotidianas de las mujeres son cualitativamente distintas a las de los hombres aunque pertenezcan a la misma clase social, raza, etnia, zona habitacional o barrio (…) La focalización sobre la presencia de las mujeres ha superado la etapa de verlas como víctimas del medio ambiente urbano, sufriendo pasivamente las restricciones para verlas y conceptualizarlas como actores del espacio urbano que contribuyen a edificar, modificar y reestructurar el entorno físico-social en que viven” (Massolo, 1992 pp 12). En la obra de Alejandra Massolo, da cuenta de importantes avances investigativos en el contexto mexicano, que se convierten en referente para el desarrollo de futuras investigaciones en América latina estos son: (1) carencias y problemas de vivienda, equipamientos y las condiciones integrales del hábitat, y como estos afectan diferencial y gravemente la vida de hombres y mujeres; (2) las condiciones de vida de las mujeres en los sectores populares y urbanos y los efectos de políticas de desarrollo económico, social y político y cultural11; (3) la participación de las mujeres en los movimientos urbanos y sus luchas por la defensa y regularización del suelo urbano para autoconstruir viviendas y las luchas inquilinarias; (4) la participación de las mujeres en las asociaciones vecinales y órganos de colaboración vecinal; (5) la relación entre vivienda, mujeres jefas de hogar y autoconstrucción como solución al problema habitacional, y su relación con la feminización de la pobreza en contextos urbanos; y finalmente (6) la reacciones y transformaciones entre familia nuclear y los espacios habitacionales 12. En el contexto colombiano, lugar donde es desarrollado el proyecto de investigación, encontramos escasas investigaciones, algunas de ellas impulsadas por los trabajos de la Red de Mujer y Hábitat, representada por la Asociación de Vivienda Popular 11 Considera como texto pionero de esta temática: CEPAL, La Mujer en el Sector Popular Urbano, Varios Autores, Chile 1984. 12 Alejandra Massolo (1992). Mujeres y Ciudades. Participación Social, Vivienda y vida Cotidiana. (compilación) Primera Edición. México Colegio de México: Programa Interdisciplinario de Estudios de la Mujer. Páginas 297 14 (AVP)quien en los años noventa desarrolla la investigación "Mujeres de sectores populares y crisis urbana" presentando en ella, de qué manera, el trabajo de mujeres en ciertos sectores del país, permitió la superación de los problemas de servicios públicos, sociales y de vivienda en los barrios de las zonas más deprimidas de la ciudad de Santa Fe de Bogotá 13. Entre los más recientes estudios se encuentra el diagnóstico “Del derecho de las Mujeres a la vivienda adecuada y el acceso a la propiedad de la tierra, desde una perspectiva de género en Colombia”14en el cual se presenta la situación que viven las mujeres con respecto al derecho a la vivienda adecuada y el derecho al acceso a la propiedad de la tierra, haciendo especial énfasis sobre la situación que viven las mujeres en condiciones de desplazamiento forzado por causa del conflicto armado y social, y la violencia sociopolítica del país durante el periodo 2002-2006, en el cual a partir de fuentes primarias y secundarias se reseñan casos emblemáticos de violación de derechos de las mujeres a la vivienda y a la propiedad de la tierra. De igual manera, realiza un análisis de la política habitacional en el país y recopila el marco jurídico internacional y constitucional sobre el derecho a la vivienda adecuada. Estas líneas de abordaje de la ciudad y los avances existentes en su estudio, cobran sentido cuando la misma será definida como derecho en construcción, con aspectos diferenciales para hombres y para mujeres, que pretenda hacer de ella como construcción cultural compleja, un espacio no homogéneo, en el cual se pueda desarrollar la vida de hombres y mujeres en igualdad de condiciones y oportunidades. 2. Derecho a la ciudad y derecho a la ciudad de las mujeres La segunda categoría de la investigación es el derecho a la cuidad y el derecho a la ciudad, de las mujeres, definido como un derecho colectivo en construcción, de disfrute de una vida urbana renovada, que hace de la ciudad un lugar para el goce pleno 13 Dalmazoo , Marisol (1990) cartilla “Nosotras en la ciudad aporte invisible de las mujeres al desarrollo urbano en Colombia, FEDEVIVIENDA, Enda América Latina y la financiación de ROOFTOP. 14 Chacón María Eneida, Ramírez María Eugenia, Zea Margarita, &Yañez Silvia (2007) diagnostico “Del Derecho de las Mujeres a la Vivienda Adecuada y el Acceso a la Propiedad de la Tierra, Desde una Perspectiva de Género en Colombia”, Colombia: ILSA & Mujeres y Organizaciones vinculadas al proceso del Tribunal Nacional de Mujeres DESC con el Apoyo de la Agencia Catalana para la Cooperación y el Desarrollo. Pag 86. 15 y efectivo de los derechos humanos, donde se debe vivir dignamente. Su definición está en construcción, pero existen acuerdos en que debe comprender las siguientes facetas: (a) Física, como el derecho al lugar, a permanecer, a la movilidad, es el derecho a la centralidad accesible, al entorno bello y al espacio público significante; el derecho a la seguridad, a la convivencia pacífica; (b) La individual, como el derecho a definir el proyecto de vida libremente, el derecho a no vivir alejado, en espacios invisibles y sin cualidad; y finalmente (c) La colectiva, como el derecho a la participación en los ámbitos reales de la decisión y la gestión 15. Para analizar esta categoría y sistematizar los hallazgos la subdividimos en el derecho a la ciudad, y el derecho a la ciudad, de las mujeres por considerar que los roles y papeles que ellas asumen en la ciudad, que hacen que el mismo deba de tener contenidos diferenciales. 2.1 Derecho a la ciudad. El antecedente teórico sobre el derecho a la ciudad es la obra de Henri Lefebvre (1969) 16 , retomada por movimientos sociales, y organizaciones de la sociedad civil, gremiales y académicas, a partir del Tercer Foro Social Mundial realizado en Porto Alegre, Brasil, en 2003 donde se formula la Carta Mundial por el Derecho a la Ciudad, promoviéndolo como un nuevo derecho humano de carácter colectivo. Henri Lefebvre nombra el “Derecho a la Ciudad” y comienza a darle sentido al asumir la ciudad como lugar del deseo y considera que la problemática urbana está relacionada con el proceso de industrialización en las ciudades, “motor de las transformaciones en la sociedad” y núcleo de la vida política, social, cultural, y de intercambio comercial. Ella es el fruto de la industrialización, se convierte en espacios mercantiles de producción, comercio, usura, generando consecuencias inherentes al crecimiento, expansión y 15 Para profundizar en la explicación de cada una de las facetas ver CORREA MONTOYA Lucas (2008) Qué significa Tener Derecho a la Ciudad. La ciudad Como Lugar y posibilidad de los derechos humanos. En: Colectivo del Interés Público http://colectivoip.blogspot.com/ publicaciones http://issuu.com/colectivodelip (Fecha de Consulta Junio 27 2010) 16 LEFEBVRE, Henri. (1978). El Derecho a la Ciudad. Barcelona: Península. Barcelona. 1969. 169p. 16 desarrollo urbano, en condiciones desiguales entre sus habitantes olvidándose así el lado humano de la vida en la ciudad. Los planteamientos de Lefebvre se fundamentan en los postulados de la dialéctica materialista, y a partir de sus conceptos establece relaciones entre industrialización y urbanización, crecimiento y desarrollo, y producción económica y vida social, para criticar el desconocimiento de aspectos indispensables para el desarrollo humano y el respeto a los derechos sociales integrales17. En esta mismo sentido, retomando la denominación realizada por Lefebvre del derecho a la ciudad, se encuentran los trabajos del urbanista brasilero EdésioFernandes 18, quien unido a esta mirada filosófica aporta fundamentos para comprender desde el marco jurídico, los preceptos del derecho a la ciudad desde el derecho urbanístico actual, que según su opinión, no se puede desprender de la gestión urbana. Su propuesta se centró en proponer un nuevo enfoque para el derecho urbano, que elimine el paradigma individualista y privatista del derecho civil inspirado en la autonomía privada y que le ha servido de fuente, para proponer uno nuevo que privilegie el concepto de función social de la propiedad y el interés colectivo.19 Estos aportes comienzan a ser estudiados por algunas académicas, quienes comienzan a leerlos y analizarlos a partir del enfoque de género y los estudios feministas, contribuyendo así, desde su conocimiento y saber femenino a la definición de este derecho en construcción, entre sus producciones encontramos el texto “Hacer de nuestra Ciudad Nuestra propia Casa” de Nadia Nehls Martínez (2008) 20 , la cual resalta en Lefebvre su humanismo como eje rector del proceso de desarrollo urbano, dado su interés en centrar las necesidades humanas en las ciudades. En sus textos, 17 Lefebvre Henri. El derecho a la ciudad. Península. Barcelona, 1978. Algunos textos del autor: FERNANDES, Edésio. (2006a). The City Statute in Brazil. En: UNESCO. (2006). International Public debates.Urban Policies and the Right to the City. Paris: UNESCO.------. (2006b). Updating the Declaration of the Rights of Citizens in Latin America: Constructing the Right to the City in Brazil. En: UNESCO. (2006). International Public debates.Urban Policies and the Right to the City. Paris: UNESCO.------. (2007). Constructing the "Right to the City" in Brazil. En: Social & Legal Studies, 2007; 16; 201. pp 201 - 219 19 FernandesEdésio. «Del código civil al estatuto de la ciudad: algunas notas sobre la trayectoria del derecho urbanístico en Brasil» en Revista Eure (Vol.xxix, Nº 87), pp. 63-78, Santiago de Chile, septiembre de 2003. 20 Nehls Martínez Nadia (2008) Hacer de nuestra Ciudad Nuestra propia Casa En: Derecho a la Ciudad en el mundo. Compilación de documentos relevantes para el debate, Coalición Internacional para el Hábitat Oficina Regional para América Latina HIC-A (2008) Compiladora Nadia Nehls Martínez, México. P 416 18 17 comienza a llamar la atención en cuáles son las respuestas a las necesidades básicas en la ciudad, y lo que otorga posibilidades de gozo pleno de los espacios y los derechos colectivos, entre ellos está poseer servicios e infraestructura urbana, y otros que superen el intercambio de mercancías en las ciudades, para lograr intercambios que fortalezcan en la ciudad lazos de identidad entre su habitantes. Así mismo, en la propuesta de EdésioFernandes, Nehls destaca su visión de la ciudad como un conjunto articulado y no como una unión de fracciones, y la clave para lograrlo es establecer un cambio de paradigma en la concepción del derecho urbanístico, que se construya a partir del concepto del bien común y subordine la propiedad individual a los intereses sociales y ambientales esenciales, y de esta manera tener ciudades plenas, donde el derecho a la ciudad constituya un derecho colectivo fundamental (Nehls Nadia, 2008). Es así, que las mujeres comienzan a definir el derecho a la ciudad, de las mujeres, mirada que será complementada más adelante. A pesar de lo reciente que ha sido la demanda y la discusión en las agendas internacionales globales la consagración del derecho a la ciudad, encontramos la cronología realizada por Enrique Ortiz Flores (2007) quien ubica como hitos la Cumbre de la Tierra realizada en Río de Janeiro, Brasil, en 1992, en la cual se redactó el Tratado sobre Urbanización “Por ciudades, villas y poblados justos, democráticos y sustentables”, la Cumbre de la Tierra, Túnez, 1992; el Foro Internacional sobre Medio Ambiente, Pobreza y Derecho a la Ciudad; y la Carta Mundial por el Derecho a la Ciudad construida por delegados de 35 países en la Asamblea Mundial de Pobladores “Repensando la ciudad desde la gente”, realizada en México en el año 2000, retomada con posterioridad en 2003 y 2005 en el III y V Foro Social Mundial en Porto Alegre, Brasil. Todos estos antecedentes son un mosaico de propuestas orientadas a la construcción de ciudades democráticas, incluyentes, educadoras, habitables, sustentables, productivas y seguras. La Carta del Derecho a la Ciudad aun es un instrumento jurídico no vinculante con la pretensión de llegar a ser un instrumento internacional de derechos humanos, pendiente de ser adoptado por el la Organización de las Naciones Unidas, los Sistemas Regionales de Derechos Humanos, y los Estados. Ha sido el resultado de la lucha de movimientos populares, organizaciones no gubernamentales, asociaciones profesionales, foros y 18 redes nacionales e internacionales de la sociedad civil, comprometidas con las luchas sociales por ciudades justas, democráticas, humanas y sustentables, y el desafío de una vida urbana sustentable, basada en los principios de solidaridad, libertad, equidad, dignidad y justicia social (Carta Mundial por el Derecho a la Ciudad, 2005)21. Por su origen y significado social, la Carta Mundial del Derecho a la Ciudad es, ante todo, un instrumento dirigido a fortalecer los procesos, reivindicaciones y luchas urbanas. Está llamada a constituirse en plataforma capaz de articular los esfuerzos de todos aquellos actores – públicos, sociales y privados – interesados en darle plena vigencia y efectividad a este nuevo derecho humano mediante su promoción, reconocimiento legal, implementación, regulación y puesta en práctica Carta Mundial por el Derecho a la Ciudad, 2005). En este sentido, definir la naturaleza y alcance del Derecho a la Ciudad ha sido un compromiso a escala global, toda vez que guarda interdependencia con otros derechos reconocidos por los principales pactos y convenciones de derechos humanos, entre los principios que lo inspiran Ortiz (2007) destaca: (1) Ejercicio pleno de la ciudadanía: la ciudad como ámbito de realización de todos los derechos humanos. (2) Función social de la ciudad y de la propiedad urbana: equidad distributiva y usufructo pleno por parte de todos los habitantes de los recursos, bienes y Servicios que la ciudad ofrece, prevaleciendo el interés colectivo por encima del derecho individual de propiedad y de los intereses especulativos. (3) Gestión democrática de la ciudad: papel determinante de la participación ciudadana en la gestión urbana a través de formas directas y representativas (Ortiz, 2007, pág. 21) El compromiso para definir a escala Global el derecho a la ciudad, no ha sido un tema únicamente de hombres, este ha sido abordado por los estudios de género y teorías 21 Carta Mundial por el Derecho a la Ciudad. Versiones: Foro Social de las Américas – Quito, Julio 2004, Foro Mundial Urbano – Barcelona, Octubre 2004, Foro Social Mundial – Porto Alegre, Enero 2005, Revisión II Foro Urbano Mundial previa a Barcelona, Septiembre 2005. 19 feministas, dando sentido de lo que significa la ciudad para las mujeres y el desarrollo en ella como ciudadanas plenas. 2.2 Derecho a la ciudad, de las mujeres Las mujeres han generado y difundido un nuevo conocimiento, entre ellas se encuentran los estudios de género y los teorías feministas, que han aportado una nueva interpretación del mundo y la sociedad, al convertir en centro de sus postulados, los cuestionamiento a la subordinación de las mujeres como sustento de las relaciones sociales, y reinterpretar los conocimientos de las diversas ciencias y disciplinas, producto de la lógica androcéntrica de comprensión y construcción del mundo. Estas corrientes de pensamiento ha representado uno de los mayores cambios culturales en el último siglo, y ha otorgado así nuevos contenidos sobre los conceptos de democracia, ciudadanía y participación, entre otros. En ellos ha tenido lugar la definición de los derechos de las mujeres, en el cual ubicamos su derecho a la ciudad, surgiendo declaraciones internacionales, artículos y ensayos sobre el tema, y estudios realizados por redes académicas como Habitat International Coalition (HIC) y la Red Mujer y Hábitat de América Latina22, adscripta a HIC, los cuales no se han referido directamente al Derecho a la Ciudad, de las mujeres, sino que se han centrado en múltiples temas que afectan y comprometen la vida de las mujeres en las ciudades, la violencia urbana, vivienda adecuada, seguridad y espacio público . Originalmente, la propuesta del derecho a la ciudad, de las mujeres, la encontramos en la Carta Europea de la Mujer en la Ciudad de 1996 y la Carta por el Derecho a la Ciudad de las Mujeres presentada en el Foro Urbano Mundial, Barcelona 2004, un año después del III Foro Social Mundial realizado en 2003 en Porto Alegre, la cual nace como documento de discusión para la inserción de la voz de las mujeres en su definición. Al igual que la Carta Mundial por el Derecho a la Ciudad, la Carta Europea y la Carta por el Derecho a la Ciudad de las Mujeres, que son declaraciones 22 Ver Red de Mujeres y Hábitat de América Latina. http://www.redmujer.org.ar/red.html Países integrantes Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Ecuador, el Salvador, Guatemala, México, Nicaragua, Paraguay, Perú, Uruguay. 20 internacionales no vinculantes, pero que han puesto el tema de su denominación, reconocimiento y justiciabilidad en la agenda global, antes de las discusiones realizadas en el Foro Social Mundial del Porto Alegre, 2005 en el cual se inicia la primera redacción de la Carta Mundial del Derecho a la Ciudad23. La Carta Europea de la Mujer en la Ciudad (Bruselas, 1995)24, es el primer referente que encontramos sobre el derecho a la ciudad, de las mujeres, es considerada como un documento de Buenas Prácticas de las Organización de las Naciones Unidas (Dubái, 1996) y fue escrita por las organizaciones de mujeres en Europa para ser presentado en la II Conferencia de Naciones Unidas sobre Asentamientos Humanos (Hábitat II), realizada en Estambul (Turquía) en 1996. Su elaboración es resultado del proyecto de investigación La ciudad, la ciudadanía y el género (1994-1995) que se propuso conocer la situación actual de las mujeres europeas en las ciudades, subvencionado por la Comisión de la Unión Europea (Unidad en Igualdad de Oportunidades), identificando en la investigación los siguientes cinco aspectos prioritarios de las mujeres en las ciudades: 1) planeamiento urbano y desarrollo sostenible, 2) seguridad 3)movilidad, 4) hábitat y equipamientos locales, y 5) estrategia urbana. La investigación La ciudad, la ciudadanía y el género (1994-1995), previa a la elaboración de la carta, considera que los principales elementos y factores que influyen en la vida de las mujeres en la ciudad, y que aun no son garantizados, son: 1) posibilidades para el acceso al empleo, 2) la proximidad y calidad de los servicios comunitarios que les facilite las actividades de la economía del cuidado, 3) el acceso y participación en los centros de decisiones, la cultura y las actividades de ocio, 4) la 23 Además de las anteriores, las siguientes sonDeclaraciones Internacionales No Vinculantes en las cuales encuentra asiento y reconocimiento el derecho a la ciudad de las mujeres: La Conferencia de Naciones Unidas, de Medio Ambiente y Desarrollo (1992); Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer (Beijing, 1995); II Conferencia de las Naciones Unidas sobre los Asentamientos Humanos (Hábitat, 1996); La Declaración Los Objetivos del Milenio (2002); Declaración Mundial IULA sobre la Mujeres en el Gobierno Local (1998); Declaración del Congreso Fundador de Ciudades y Gobiernos Locales Unidos de Paris (2004); Declaración de Montreal sobre la seguridad de las mujeres. Declaraciones vinculantesConvención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer CEDAW (1979-1981) y su Protocolo Facultativo; y Convención de Belém do Pará (1994) 24 CARTA EUROPEA DE LA MUJER EN LA CIUDAD (1995) La ciudad, la ciudadanía y el género. Investigación-Acción 1994-1995 subvencionada por la “Unidad para la igualdad de oportunidades” de la Comisión Europea organizaciones Plataforma Común de Reflexión sobre el Plan Europeo. Organizaciones: City &Shelter - Bruselas, Bélgica - Fopa - Dortmund, Alemania, Groupe Cadre de Vie Meudon, Francia - Praxis - Atenas, Grecia SeirovNirov - La Haya, Países Bajos. En línea: http://www.cityshelter.org/03.charte/chartes/02charte-es.htm. Fecha de Consulta 19 de Junio de 2010. 21 seguridad y las medidas contra todos los factores de inseguridad en la ciudades, 5) la falta de equilibrio en el transporte individual y colectivo, y finalmente 5) La calidad y conservación del medio ambiente En la formulación del problema se identifican los siguientes aspectos relevantes que orientan los objetivos de la carta: Las mujeres no forman parte (o sólo de forma insignificante) de ninguno de los niveles de decisión que influyen en la creación y la gestión de la Ciudad, el entorno de vida y el ordenamiento territorial. El Marco de vida en la Ciudad (a nivel del barrio y la vivienda) influye (…) en las mujeres porque muchas tienen doble jornada de trabajo y dependen por eso más de la calidad de los servicios urbanos y de las opciones adoptadas para transporte y medio ambiente. (…) La exclusión como usuario de la ciudad y su no participación en los proyectos urbanos y de vivienda. Las discriminaciones en las ofertas de empleo, dado que constituyen el sector de población relativamente más pobre y que sufren los peores efectos del mal funcionamiento de las ciudades. La dificultad de acceso a la vivienda, las limitaciones de movilidad, y la violencia. La consideración en planificación Urbana de modelos de familia nuclear, con la mujer dedicada a las labores domésticas y sólo el hombre trabajando fuera del hogar. (La ciudad, la ciudadanía y el género. Investigación-Acción, 1994-95). La Carta Europea tuvo como principales objetivos proponer una nueva filosofía de la planificación urbana, y el desarrollo de una sociedad más emancipada y libre de estereotipos, en la medida que sea incluido el factor género en la planeación urbana. Complementario a ello y como estrategia de movilización y posicionamiento del tema, se propuso crear una Red Internacional de Acciones y de Expertos sobre Género y Asentamientos Humanos, para desarrollar investigaciones sobre diversos enfoques en materia de planeamiento urbano, movilidad, seguridad ciudadana y vivienda. La Carta Internacional por el Derecho a la Ciudad de las Mujeres fue presentada y difundida por redes de América Latina en el Foro Mundial de las Mujeres, con el propósito de adicionar La Carta Mundial por el Derecho a la Ciudad presentada en el II Foro Urbano Mundial, Barcelona 2004. Sin lugar a dudas, esta carta es el avance más 22 importante en la definición, declaración y reconocimiento del derecho a la ciudad, de las mujeres, ella incluye en la agenda social y de los gobiernos los temas de preocupación mundial desde la visión de las mujeres, enfatizando en los desafíos pendientes para lograr las ciudades equitativas y democráticas, donde sean incluidas y reconocidos sus aportes históricos a la construcción y planificación de los asentamientos humanos (Carta Internacional por el Derecho a la Ciudad de las Mujeres, 2004). Es una carta abierta a futuras y nuevas propuestas. Es el camino construido por las organizaciones de mujeres y feministas en el mundo para alcanzar muchos de los derechos a los que estuvimos históricamente excluidas. Articulando esfuerzos entre mujeres de todos los países y regiones, evaluando críticamente los resultados de las acciones, respetando la diversidad que nos caracteriza(clase social, etnia, edades, nacionalidad, cultura) y consensuando intereses en pos de la utopía de otro mundo posible, donde la diferencia sexual no se traduzca necesariamente en desigualdad social (Carta Internacional por el Derecho a la Ciudad de las Mujeres, 2004). En los documentos previos a su elaboración de la Carta Internacional por el Derecho a la Ciudad, de las Mujeres, se problematiza su situación en las ciudades, centrándose en dos aspectos, que serán fundamentales en la propuesta de definición que se realiza en el segundo capítulo del derecho a la ciudad, de las mujeres: 1) las mujeres y su incidencia en la gestión democrática en la ciudadincluyendo su participación en el poder local, la planificación urbana y territorial, el control en las inversiones y el gasto público, y la visibilización de los obstáculos para su participación y ciudadanía activa. 2) La sustentabilidad de las ciudades relacionada con el acceso a los servicios públicos urbanos, el acceso al agua potable, las condiciones de seguridad y movibilidad en la ciudad, el disfrute de un medio ambiente sano, y el acceso a la tenencia segura de la vivienda por las mujeres. En el análisis de esta categoría, hallamos otros aportes diversos a los intentos de positivización y formación de un articulado sobre el derecho, entre ellos se encuentra en Latinoamérica la traducción de textos, en su mayoría de autores y autoras norteamericanas y francesas, quienes desde el enfoque de género y feminista aportan a 23 la definición y conceptualización de las facetas: Goce de los derechos humanos,oportunidad de usufructo de los bienes urbanos, y participación efectiva en los asuntos de ciudad25. El primero de ellos es el artículo de Shelley Buckingham (2010) 26donde en su intento de definirlo, observa cómo es violado el derecho a la ciudad, de las mujeres todos los días en sus viviendas y encuentros diarios en la ciudad. Su tesis se funda en asumir la ciudad como el espacio donde se convierten en cotidianidad las funciones y roles construidos por la sociedad a la que le pertenece. De esta manera, defiende la hipótesis de la no neutralidad del espacio, clave para entender las particularidades del derecho a la ciudad, de las mujeres, el cual comprende entre otros componentes: la seguridad en los ambientes urbanos, la infraestructura y el transporte público, la proximidad entre sus viviendas y sus empleos, el rompimiento entre la dicotomía de las esferas pública y privada, la participación en la toma de decisiones, gobernanza y planificación, entre otros. Esta primera elaboración teórica del derecho a la ciudad, se une a los planteamientos de ToviFenster (2010)27, quien a partir de la crítica feminista y la categoría de género, critica la noción Lefebvriana de Derecho a la Ciudad por no prestar suficiente atención a las relaciones de poder patriarcal ni a las experiencias cotidianas de las mujeres, las cuales considera reflejadas en los sentimientos de comodidad, pertenencia, y compromiso experimentados en relación con la ciudad en la cual se vive 28 . Concluyéndose que existen escalas que hacen parte del entorno cotidiano en la ciudad, 25 Ana Sugranyes y Charlotte Mathivet (Compiladoras) (2010). Ciudades para tod@s: Por el derecho a la ciudad, propuestas y experiencias Editado por - Habitat International Coalition(HIC)Primera ediciónSantiago de Chile. 26 Buckingham Shelley (2010) El derecho a la ciudad desde la perspectiva de género. En: Ana Sugranyes y Charlotte Mathivet (Compiladoras) Ciudades para tod@s: Por el derecho a la ciudad, propuestas y experiencias (pág 59-65) Editado por - Habitat International Coalition(HIC)Primera ediciónSantiago de Chile. 27 FensterTovi (2010) El derecho a la ciudad y la vida cotidiana Basada en el género. En: Ana Sugranyes y Charlotte Mathivet (Compiladoras) Ciudades para tod@s: Por el derecho a la ciudad, propuestas y experiencias (pág 66-80) Editado por - Habitat International Coalition(HIC)Primera edición-Santiago de Chile. 28 Enuncia en su artículo los estudios realizados durante los años 1999 y 2002 (citando a Fenster, 2004, con quien realizó investigaciones) a mujeres residentes en Londres y Jerusalén, ciudades escogidas por sus contrastes (Londres por ser una ciudad globalizadas, cosmopolita, e intolerante con los extranjeros y Jerusalén ciudad estricta, regida, sagrada y habitada por diversas identidades) para analizar las experiencias cotidianas en relación con la comodidad, pertenencia y responsabilidad, determinantes para la calidad de vida y el goce del derecho a la ciudad . 24 que a pesar de los contrastes son coincidentes en varias ciudades, estas son: el hogar, el inmueble, la calle, el barrio, el centro de la ciudad, ciudad, y parques urbanos, que requieren ser redefinidas. En este sentido, la definición del derecho a la ciudad debe de incluir la restructuración y reterritorialización, del concepto de ciudadanía plena, cuestionando el estrecho vínculo entre la ciudadanía, soberanía territorial del estado-nación, lealtad política, y dirigiendo su mirada hacia la ciudad como espacio de los ciudadanos no homogéneos con necesidades prácticas y estratégicas que interactúan con autoridades locales. (Tovi Fenster,2010) Así mismo, la investigadora Liliana Rainero29 comienza analizar el tema urbano desde una perspectiva socio-espacial, y del derecho a la ciudad aunque directamente no lo nombran en sus trabajos, siendo uno de sus propósitos que se reconozca y garantice el derecho de las mujeres a vivir en ciudades libres de violencia, lo cual implica el uso y el disfrute del espacio público, la recuperación de la calle como lugar de encuentro y de interacción social, donde las mujeres puedan transitar sin peligro ni temor30. Estos aportes sobre lo que significa el derecho a la ciudad de las mujeres, aportan a nuestra propuesta de definición, la cual será abordada desde el enfoque de seguridad humana, la inclusión de dimensiones sociales y culturales de las mujeres, entre las principales encontramos el derecho a la vivienda en la ciudad, el derecho a las ciudades seguras, el derecho a espacios públicos y servicios públicos desde un enfoque diferencial, el derecho a condiciones y alternativas que faciliten su vida cotidiana y uso del tiempo libre, el derecho a la ciudadanía y a participar en la gobernabilidad de la 29 Sus estudios se encuentran en el portal de la Red Mujer y Hábitat de América Latina adscripta a HIC – Coalición Internacional del Habitat Liliana Rainero Arquitecta, egresada de la Facultad de Arquitectura, Urbanismo y Diseño de la Universidad Nacional de Córdoba. Coordinadora Regional de la Red Mujer y Hábitat de América Latina, adscripta a HIC –Coalición Internacional del Hábitat Ver Red de Mujeres y Hábitat de América Latina. http://www.redmujer.org.ar/red.html 30 Se destacan los siguientes textos de Liliana Rainero: Derechos, Legislaciones y Prácticas de Acceso a la Vivienda y la ciudad presentado en el Foro de Género de las Américas, panel sobre Igualdad de Género en el Goce de los Derechos Sociales y Culturales, Ciudad de Buenos Aires: 7 al 9 de abril de 2005 consultado en la Página web de la Red Mujer y Hábitat en América Latina http://www.redmujer.org.ar/articulos/art_14.pdf. Y su ponencia en el Seminario Internacional Ciudades Seguras Para Mujeres Y Niñas.Segunda Conferencia Internacional “Bogotá, Ciudad de Paz”, Colombia 22 al 25 de noviembre de 2004 consultado en la página web de la Red Mujer y Hábitat en América Latinahttp://www.redmujer.org.ar/articulos/art_13.pdf Fecha de consulta Enero de 2011. 25 ciudad, el derecho a incidir en el ciclo de las políticas públicas, y el derecho a beneficiarse de los programas de crédito y financiamiento, entre otros. 3. Seguridad ciudadana para las mujeres desde el enfoque de la seguridad humana. Esta categoría corresponde al enfoque definido en el proyecto desde el cual se espera analizar el derecho a la ciudad, de las mujeres, aportando a los avances hasta hora realizados en la región y en el contexto latinoamericano, partiendo del supuesto de que sólo las mujeres podrán garantizary disfrutar de su derecho a la ciudad sí cuentan con condiciones de seguridad humana, en especial con garantías de seguridad ciudadana, al interior de las ciudades. Los estudios sobre seguridad han tenido dos tendencias para abordarla, la primera de ellas como concepto, y la segunda como responsabilidad de los estados, tendencias que han sido objeto de diversas teorías y estudios durante el tiempo. En su acepción clásica encontramos su definición como defensa militar de la soberanía, la independencia y la territorialidad del Estado, frente a posibles interferencias de otros estados, haciendo indispensable que éstos persigan su propia seguridad a través del incremento de su poder político y militar. No obstante, la acepción clásica de seguridad ha sido limitada, lo cual inspira un nuevo enfoque sobre este concepto que considere otras fuentes de seguridad de origen interno y global, tales como las económicas, medioambientales, sociopolíticas, entre otras que comienzan a poner en el centro de la seguridad a las personas y sus derechos, desplazándola de a la soberanía de los estados. Es por ello que a partir de este nuevo enfoque, comienzan a resinificarse y crearse nuevos derechos, tal y como el derecho a la ciudad, que hacen de la vida de las personas posible y perdurable en con condiciones de digna. En la literatura revisada, sobre el abordaje del tema de seguridad ciudadana con enfoque de género encontramos los trabajos de Giulia Tamayo 31 quien profundiza en la 31 Giulia Tamayo -Abogada Amnistía Internacional-(2002) Seguridad Ciudadana con Enfoque de Género, ponencia presentada en la Conferencia Centro Americana y del Caribe Reducción de la Pobreza, 26 crítica, iniciada en los años noventa, de las concepciones, modelos de intervención, y estructuras tradicionales sobre los cuales se ha gestionado la seguridad ciudadana y la seguridad pública en América Latina en el marco de los procesos de globalización, y que han desconocido la violencia sistemática que experimentan las mujeres. Siguiendo los planteamientos de Pierre Bordieu sobre la violencia simbólica, explica la relación entre género, violencia y criminalidad, y profundiza en cómo las construcciones sociales de género influyen en la adopción de comportamientos violentos, y los roles asumidos por hombres y mujeres en la perpetración de diversos delitos, y explora las teorías sobre la criminalidad femenina para proponer desafíos a la gestión de la seguridad ciudadana. La propuesta de definición del derecho a la ciudad, de las mujeres desde los postulados de la seguridad humana, implica además de la consideración de la seguridad objetiva, referida a la medición de la violencia en términos de registro y medición en términos de actividad delictiva y en relación a la eficacia en la respuesta institucional, la producción de información diversa que dé cuenta de otros delitos y temores en la población en los contextos urbanos, entre ellas se encuentra los seguimientos a la violencia sexual, familiar, y datos sobre las características de las mujeres víctimas. Y el seguimiento a la seguridad subjetiva, referida a las representaciones colectivas que involucran sentimientos de temor o percepción de amenazas y riesgos de las mujeres en la ciudad. Entre otros estudios sobre seguridad ciudadana y enfoque de género, identificamos el proyecto Género, Seguridad y Consolidación de la Paz” realizado por la Fundación Género y Sociedad GESO, quienes realizan un estado del arte sobre la relación género y seguridad, observando en sus hallazgos, que los principales estudios sobre la temática se han referido a la situación de las mujeres en los ámbitos de paz y conflicto armado, en ellos los principales núcleos temáticos abordados han sido, la participación de mujeres en fuerzas armadas y policía, mujeres víctimas y actoras de los conflictos armados (muerte, violación, desplazamiento, refugio, etc), mujeres y procesos de paz, Gobernabilidad Democrática y Equidad de Género Colaboradora del CLADEM, el Comité de América Latina y el Caribe para la defensa de los derechos de las mujeres. En Nicaragua, agosto de 2002. Organizado por el Proyecto Promoción de las Políticas de Género de la GTZ. 27 mujeres y violencia doméstica, mujeres e inseguridad ciudadana, mujeres y participación en los escenarios de decisión sobre la seguridad, y las relaciones entre mujeres y defensa, sistemas de paz y seguridad, y seguridad interna y policial (García Quesada Ana Isabel y Gomáriz Moraga Enrique, 2002)32. En este sentido, se concluye que el concepto de seguridad ha sido explorado sobre sus principales paradigmas teóricos entre los cuales se encuentra: la seguridad nacional, la seguridad democrática –visiones clásicas de la seguridad-, la seguridad pública, la seguridad ciudadana –posturas críticas a la mirada clásica militarista- .Todos estos enfoques, unos más que otros, han contemplado el tema de la seguridad en sus ámbito interno, externo y regional, proponiendo como desafío nuevas miradas y abordajes teóricos y políticos entre los que se destaca el enfoque de seguridad humana, que considera la inseguridad como resultado de la insatisfacción de las necesidades básicas de los individuos, por diferentes causas posibles, entre ellas se encuentran: la degradación medioambiental, desastres naturales, acelerado crecimiento demográfico, la violencia sociopolítica, entre otras, proponiéndose un cambio de paradigma sobre las definiciones y acciones anteriores para su garantía. Los avances en el enfoque de seguridad ciudadana y el aumento de conflicto civiles que comenzaron afectar la seguridad al interior de los estados, causados no por agresiones externas sino por factores políticos, económicos y culturales de tipo interno, conllevaron a nuevos análisis sobre el tema de seguridad, la cual no podía seguir siendo definida exclusivamente en el ámbito externo, con base a las fronteras y el equilibrio militar, sino que procuró identificar nuevas causas generadoras de peligros a escala local, justificados en la incapacidad del modelo de desarrollo de satisfacer las necesidades básicas de la población. Y proponiéndose como alternativa, la definición de la seguridad definida en relación a las posibilidades de desarrollo humano de cada persona, enfoque central del interés de esta investigación. 32 García Quesada Ana Isabel y Gomáriz Moraga Enrique - investigadores de la Fundación Género y Sociedad GESO- San Josa de Costa Rica- (2002) Estado del Arte sobre la relación género y seguridad. Ponencia presentada en la Conferencia Centro Americana y del Caribe Reducción de la Pobreza, Gobernabilidad Democrática y Equidad de Género. En Nicaragua, agosto de 2002. Organizado por el Proyecto Promoción de las Políticas de Género de la GTZ. 28 Este cuestionamiento sentó las bases de una nueva visión de la seguridad, dando nacimiento al tema de la seguridad humana, concepto que irrumpe en el panorama mundial a finales de los 80 y principios de los 90, que comienza a ser recomendado por la Organización de las Naciones Unidas para reforzar su capacidad de actuación en materia de paz y seguridad internacional en el nuevo contexto de la post-guerra fría. En 1994El Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), precisa su contenido y lo difunde mediante su Informe sobre el Desarrollo Humano, planteando: La seguridad humana está centrada en el ser humano. Se preocupa por la forma en que la gente respira en sociedad, la libertad con que puede ejercer diversas opciones, el grado de acceso al mercado y a las oportunidades sociales, y a la vida en conflicto o en paz. Lo que significaría que la gente puede ejercer esas opciones en forma segura y libre, con la confianza relativa en que las oportunidades que tiene hoy no desaparecerán totalmente mañana. Encontramos estudios y teorías que se enfocan en conceptualizar la seguridad humana, entre ellos se encuentra Promover la Seguridad Humana: Marcos Éticos, Normativos y Educacionales en América Latina y el Caribe realizado por la Facultad Latinoamérica de Ciencias Sociales y Humanas FLACSO auspiciado por la UNESCO 33, quienes al observar las limitaciones del concepto por su enfoque multidimensional, proponen un enfoque inclusivo para establecer una plataforma de acción común entre los estados que sensibilice sobre la necesidad de apoyar el desarrollo teórico y práctico de este concepto, en una sólida base ética, formada por valores comunes, que conduzcan al compromiso de proteger la dignidad humana, elemento clave para la seguridad humana, convirtiendo en centro de sus intereses a las poblaciones, en particular los de sus segmentos que requieren mayor protección. En este sentido, recogen y analizan los debates sobre el concepto, las iniciativas hemisféricas de promoción e inclusión del concepto en los estados, su dimensión ética y normativa fundada en el derecho internacional y el respeto prioritario por los derechos humanos, y las principales amenazas a la seguridad humana en América Latina. 33 Rojas Aravena Francisco & Fuentes F. Claudia (2005). Promover la Seguridad Humana: Marcos Éticos, Normativos y Educacionales en América Latina y el Caribe Facultad Latinoamérica de Ciencias Sociales y Humanas FLACSO, UNESCO: S.I Pag 215 29 Se concluye de manera general de dicho estudio que, para la mayoría de las personas, el sentimiento de inseguridad se focaliza más en las preocupaciones de la vida cotidiana que en el temor de una guerra en el mundo, por consiguiente los estados y gobiernos locales, deben garantizar a la población la posibilidad de vivir sin temor ni carencias, asegurando la procura de seis dimensiones, que se articularan con la definición del derecho a la ciudad, de las mujeres: económica, salud, medio ambiente, personal, comunitaria y política, que aunque distinguibles, forman parte de un sólo fenómeno, el de la seguridad humana, y su desconocimiento e insatisfacción afecta el desarrollo de las otras dimensiones generando contextos de vulnerabilidad e inseguridad. En la tarea de escindir el tema de la seguridad de la intervención militar, y aportar a nuevos miradas sobre el tema de la seguridad ciudadana, es de resaltar los aportes del feminismo, que desde mediados de los 80, han posicionado una dimensión personal de la seguridad, que depende no sólo de la condición de ciudadano de un determinado país, sino de categorías individuales como el género, identificando distintas causas de inseguridad lejanas a las agresiones militares extranjeras, como lo ha sido la violencia doméstica, la explotación laboral de las mujeres, la inseguridad ciudadana, la violencia de género que atropella la dignidad de las mujeres, entre otros temas abordados en investigaciones sobre derechos de las mujeres. 4. Violencia Basada en Género en los contextos urbanos El análisis de la seguridad, de sus nuevos enfoques y contenidos, y sus relaciones con las facetas y postulados del derecho a la ciudad, de las mujeres, nos obligan hacer referencia entre las distintas causas de inseguridad que pueden afectar las mujeres a la violencia basada en género en los contextos urbanos, concepto que será transversal a toda la investigación dado su carácter de imprescindible para comprender las posibilidades y limitaciones que afectan el goce del derecho a la ciudad de las mujeres La violencia basada en el género es según la Convención De Belém Do Pará cualquier acción o omisión que le cause la muerte, daño o sufrimiento físico, sexual, psicológico, económico ó patrimonial por su condición de mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, bien sea que se presente en el ámbito público o en el privado. 30 Los estudios sobre violencia basada en género son amplios, por ello precisamos la búsqueda sobre los estudios de violencia de género en contextos urbanos, entre ellos encontramos las investigaciones realizadas por el Fondo de las Naciones Unidas para la Mujer –UNIFEM- y otras organizaciones como la Agencia de Cooperación Española, la Red Mujer y Hábitat, en Latinoamérica. En Colombia identificamos diversas investigaciones desarrolladas por la Corporación de Investigación y Acción Social y Económica – CIASE y los generados en desarrollo del Programa Regional Ciudades Sin Violencia Hacia Las Mujeres, Ciudades Seguras Para Todos y Todas de UNIFEM, los cuales se constituyen en las principales referencias sobre este tópico. Así mismo, el Programa Ciudades Seguras: Violencia Contra las Mujeres y Políticas Públicas, ejecutado por UNIFEM, con el apoyo de la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECI) ha ido elaborando informes para explicar la violencia contra las mujeres en los contextos urbanos en varias ciudades de Sudamérica. En el ámbito regional ha incluido las ciudades de Rosario, Santiago, y Bogotá, siendo de ésta última de gran relevancia para la investigación por ubicarse cerca del espacio geográfico de nuestra investigación, la ciudad de Cartagena 34. Es común en éstos estudios, concluir que se debe reducir la violencia pública y privada de la que son victima las mujeres, y para ello se sugiere la inclusión de la perspectiva de las mujeres en la planificación de la seguridad en las ciudades, vital para que ellas pueda usar y disfrutar de los servicios y espacios públicos, así como de todo los componentes esenciales del derecho a la ciudad. Sus investigaciones han tenido como propósito, entre otros, fortalecer el ejercicio de los derechos de las mujeres y su ciudadanía activa en las ciudades, para que puedan disfrutar de una ciudad más segura en la cual gocen de su derecho a la vida libre de violencias en los ámbitos privados y públicos. 34 Entre los principales estudios del Programa Ciudades Seguras: Violencia Contra las Mujeres y Políticas Públicas –UNIFEM- Falú Ana, Segovia Olga (2007). Ciudades para Convivir sin Violencia Hacia las Mujeres. Debates para la construcción de propuestas. UNIFEM, Agencia de Cooperación Española, y Red Mujer y Hábitat-América Latina (HIC), Chile. Producto inicial del Programa «Ciudades Seguras». UNIFEM. Su contenido remite al debate realizado en el marco del Seminario Internacional «Ciudades sin violencia para las mujeres, ciudades seguras para todas y todos». llevado a cabo en Santiago, Chile, en agosto de 2006. 31 Los principales temas desarrollados alrededor de la categoría, e identificados desde el 2006 son 1)políticas de género en América Latina y los desafíos que representan para éstas la construcción de respuestas efectivas para la seguridad de las mujeres en las ciudades, 2) inseguridad, violencia y género en la ciudad, presentándose presupuestos y consideraciones generales acerca de la violencia urbana, la violencia basada en género, el feminicidio, y las políticas de seguridad ciudadana. La tendencia de estos estudios ha sido dar una nueva mirada a los protagonistas de la inseguridad urbana a la luz de los procesos de exclusión y segregación de las ciudades, con la cual han reafirmando la asunción de la seguridad como bien público y componente esencial del entorno cotidiano, además de condición inalienable en la vida de cada habitante. Así pues, a partir de este tópico, se ha sugerido explorar las razones por las cuales las mujeres se sienten inseguras y cuáles son sus necesidades para sentirse seguras en los contextos urbanos, en razón de su disfrute del derecho a la ciudad. Otros temas desarrollados y presentados como objeto de nuevos análisis sobre el tema central de esta categoría son: 3) inseguridad y temor en la ciudad, desde donde se ha explorado sobre el temor en las urbes y su relación con las especificidades del género, que ha venido convirtiendo a las mujeres, en mayor grado víctimas de las agresiones sexuales, y doblemente vulnerables a la violencia urbana. Lo anterior justificado en la subordinación histórica y las relaciones desiguales determinantes en su proceso socializador en la familia, la escuela, la iglesia, y la calle. Finalmente, están los análisis sobre 4) gobiernos locales, seguridad ciudadana y género que hacen énfasis a los gobierno locales, y como desde su perfil institucional, competencias y funciones, deben garantizar el ejercicio real de la ciudadanía de las mujeres a través de la prevención de la violencia y delincuencia, y la creación de indicadores, normas e instrumentos para medir e interpretar los índices de inseguridad Ciudadana de manera diferenciada35. 35 Las ponencias centrales sobre cada uno de estos ejes de reflexión mujeres en las ciudades, compilados en el libro Falú Ana, Segovia Olga, (2007). Ciudades para Convivir sin Violencia Hacia las Mujeres. Debates para la construcción de propuestas, fueron acompañadas por algunas textos y comentarios de otros autores, a saber: 1) Políticas de género en América Latina: contexto político, desafíos y oportunidades. Ponencia María Jennie Dador Tozzini, Universidad Nacional Mayor de San Marcos, Perú. 32 Dado la proliferación de estudios y enfoques de análisis de esta categoría, se destacan por un lado las líneas temáticas presentadas, y los nuevos estudios y enfoques, que han buscado comprender las relaciones entre violencia doméstica y violencia social, y violencia doméstica en contextos de los conflictos y los postconflictos armados internos y externos. De igual manera, se identifica la prevalencia en proponerse herramientas diagnósticas de planificación y gestión, para el diseño de políticas públicas y la implementación de planes y programas concretos, que impacte sobre los contextos de inseguridad ciudadana, no obstante estos últimos son temas aun insuficientemente desarrollados en clave la violencia urbana. La producción nacional sobre el tema se ha centrado en la victimización y participación de las mujeres en el conflicto armado, el cual se a extendió a los espacios rurales y urbanos, en este sentido se encuentran numerosos informes e investigaciones de organizaciones de la sociedad civil y centros académicos sobre la consecuencias y afecciones de las mujeres en la dinámica del conflicto y sus efectos, entre ellos se encuentran los informes sobre “violencia contra las mujeres y conflicto armado en colombiano” realizados, desde el 2001, por la mesa de trabajo “Mujer y Conflicto Armado”36. En el contexto de la violencia urbana, contra las mujeres en Colombia, se encuentran los informes sobre Violencia de Género producidos por el Programa Ciudades Seguras de UNIFEM, La Corporación de Investigación y Acción Social y Económica – CIASE, entre otras instituciones ejecutantes de este programa 37 , quienes han propuesto un nuevo sentido al concepto de violencia urbana contra las mujeres, para abarcar todas Comentaristas: Nieves Rico y Eugenio Lahera. 2) Inseguridad, violencia y género en la ciudad. Ponencia de Claudia Laub. Comentaristas: José Olavarría. 3) Inseguridad y temor en la ciudad. Ponencia Lucía Dammert Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales, Flacso-Chile. Comentaristas: Ivonne Fernández, Mariana Alonso, Enrique Oviedo. 4) Gobiernos locales, seguridad ciudadana y género. Ponencia: Alejandra Massolo Red Mujer y Hábitat América Latina. Comentaristas: Fernando Carrión y Andreina Torres, Patricia Provoste. 4) Seguridad ciudadana y violencia de género: indicadores, normas e instrumento. Ponencia: AnalíaAucía Comentaristas: Teresa Valdés. 36 Ver informes de la Mesa de Trabajo Mujer y Conflicto Armado en Colombia, la cual busca documentar y dar seguimiento a las formas de violencia que afectan las vidas de mujeres, jóvenes y niñas. Los cuales son enviados a la Relatoría Especial de las Naciones Unidas Sobre Violencia contra las Mujeres de las Naciones Unidas. http://www.mujeryconflictoarmado.org/informes.html Consultado Julio de 2010. 37 Instituciones Ejecutantes: Red Nacional de Mujeres, Ciase, Red de Mujeres de América Latina, Asociación de Vivienda AVP. Contrapartidas: Alcaldía Mayor de Bogotá, y Política Pública de Mujer y Género. Coordina: UNIFEM. Financia Embajada de España para Colombia y la Agencia de Cooperación Internacional, Oficina Técnica de Cooperación. 33 aquellas violencias que se cometen en el espacio público, y en los lugares de la institucionalidad, al interior de los hogares o sitios de habitación, ya sean ejercidas por personas de la familia, conocidos y desconocidos. Entre los trabajos realizados en la ciudad de Bogotá, referentes importantes la investigación, se analizó particularmente el caso de las mujeres de la localidad de Suba, cuyo propósito fue “Fortalecer la participación y autonomía de las mujeres en la definición y gestión de políticas públicas distritales y locales contra la violencia urbana de género, promover la mayor apropiación y recuperación del espacio público urbano por las mujeres, y las y los jóvenes, y avanzar en el reconocimiento de las violencias urbanas como una violación a los derechos de las mujeres en la ciudadanía en general”. Ésta investigación concluyó que las principales manifestaciones de violencia contra las mujeres en el espacio público son las violaciones, robos y atracos, manoseo y piropos ofensivos, los cuales son realizados con mayor frecuencia en humedales, parques, lotes baldíos, calles cerradas, y en los espacios del sistema de transporte, identificando entre ellos espacios donde a las mujeres les es prohibido transitar, vendándoles así sus derechos a la movilidad, recreación, y educación. Entre sus hallazgos se identifican causas especiales, culturales y políticas de la violencia contra las mujeres en los espacios urbanos de la ciudad de Bogotá, los cuales son de interés para contrastar otros escenarios urbanos al interior del país, particularmente la ciudad de Cartagena de Indias, estas son: Causas especiales: abandono y deterioro de lotes, ausencia institucional para el mantenimiento e invasiones de los espacios públicos, consumo de alcohol y drogas, y saturación de personas en los medios de transporte. Causas culturales: convicciones masculinas sobre la propiedad del cuerpo de las mujeres, representación de las mujeres como objeto sexual en los medios de comunicación, persistencia de roles tradicionales en el sistema educativo, revictimización de las mujeres afectadas por la violencia en el entorno familiar, aceptación de los delitos y falta de denuncia, entre otras. 34 Causas políticas: poca sensibilidad e interés de funcionarios públicos sobre la problemática de las violencias contra las mujeres, impunidad de los delitos, falta de atención integral para las mujeres víctimas de los diferentes tipos de violencia, poca articulación institucional y rutas de atención ineficientes, desconocimiento de las mujeres de sus derechos y mecanismos de protección y garantía, y finalmente, vacío de las perspectiva de género en las políticas públicas38. 5. Palabras Finales El panorama abarcado en este primer capítulo da cuenta de una variedad de investigaciones, teóricas, aplicadas y documentales, sobre las categorías de la investigación, y el posicionamiento del tema de mujeres y ciudades a nivel latinoamericano como uno de los principales avances de los estudios del feminismo y de género. No obstante, se evidencia que la articulación entre ellas: mujeres, derecho a la ciudad, seguridad ciudadana entendida desde el marco de la seguridad humana, y violencia contra las mujeres en los espacios urbanos, no ha sido explorada, llevándonos a concluir al final de este recorrido, que aún no se ha pensado en la riqueza conceptual y práctica que ofrecería la articulación de estos enfoques como ejes interpretativos y propositivos de nuevos contendidos para la formulación y seguimiento de políticas públicas. 38 Dalmazoo Marisol, Serrano Nicolás, Cardona Lucy (2008). En Bogotá, ciudad segura. La violencia contra las mujeres es inaceptable. Documento de Avances y Resultados. Programa Regional Ciudades Seguras: Violencia Contra las Mujeres y Políticas Públicas. Localidad de Suba. En: http://www.redmujer.org.ar/pdf_publicaciones/art_32.pdf Consultado Julio de 2010. 35 Capítulo IILa ciudad y derecho a la ciudad, de las mujeres, y la seguridad ciudadana desde el enfoque de seguridad humana. “Hablar de la ciudad es hablar de sujetos, de las ideas del cuerpo que la portan, el sentido que provee el reconocimiento cifrado en metáforas que acumulan historias que nos ha contenido; cada esquina, cada rincón, cada plaza y calle han signado la experiencia y el haber de una identidad encontrada y desencontrada en el circuito de la luz que la habita. Algo le pasa a las palabras cuando incapaces refieren el significado que se apodera de la ciudad definida, no existe un lenguaje coherente para referirla, quizás porque hay muchas ciudades en la ciudad dependiendo de los sujetos y de las intenciones que hacen de sus deseos, de ahí que las palabras impidan cercar la sensación múltiple que condensa la ciudad acechada por la noción de los tiempos que la trazan”(Marta López, Ciudad y desencuentro dos miradas de mujer en Pensar la Ciudad, 1996) En este capítulo se presenta las conceptualizaciones sobre el derecho a la ciudad y el derecho a la ciudad, de las mujeres los cuales se encuentran en proceso de construcción y debate global. La pregunta central que orienta su elaboración, y a la cual no se espera dar una respuesta definitiva, toda vez que es un concepto polisémico es ¿Qué significa el derecho a la ciudad para las mujeres?aportando con ello a la discusión sobre la conceptualización del derecho a la ciudad como derecho colectivo, definido a partir de las necesidades, demandas, y oportunidades de ejercicio y goce de las mujeres a una “Buena vida” en las ciudades, que les permita acceder a la vida urbana renovada en condiciones de igualdad. Se definiráel derecho a la ciudad, de las mujeres, a partir de la división de sus facetas: 1) goce de los derechos humanos, 2) usufructo equitativo de los bienes de la ciudad, y 3) participación en los asuntos de ciudad, y cómo las mismas atraviesan la vida cotidiana de las mujeres en las ciudades reafirmando su condición y papel como ciudadanas.Así mismo, se hará hincapié en su vida social cotidiana urbana y cómo a partir de su resignificación y reinterpretación, es posible transformar las relaciones de género en 36 las ciudades, las cuales siguiendo a Lefebvre (1969) responden a una historia y son una obra histórica, realizada por personas y grupos determinados, que aportan acciones, decisiones, y conductas que conforman la realidad urbana, la cual se compone por relaciones a concebir, a construir o reconstruir por el pensamiento. En primer lugar se presentanalgunos apuntes sobre la ciudad y larelación que algunos teóricos han hecho de ella con las mujeres y las relaciones de género. En segundo se plantean las críticas realizadas a la teoría general del derecho por las feministas, ysu relación con la creación y definición de los derechos con el fin de explicar el por qué hablar de un derecho a la ciudad, de las mujeres. En tercer lugar se expone que es el derecho a la ciudad, explicando los orígenes de su conceptualización y las declaraciones internacionales que lo recogen.Y en cuarto lugar, se define que es el derecho a la ciudad, de las mujeres articulándolo a los conceptos seguridad ciudadana desde el enfoque de seguridad humana, que serán fundamentopara construir una ruta de análisis para el estudio del contenido de las políticas públicasy sus contendidos sobre la seguridad en la ciudad de las mujeres Cartagena de Indias – Colombia- 2008-2010, a presentarse en el tercer capítulo. 1. Apuntes sobre la ciudad Tal y como ha sido presentado en el primer capítulo, definir la ciudad como una construcción cultural compleja, implica observar en ella no sólo su conjunto arquitectónico y urbano, conformado por un conglomerado físico y espacial, sino que requiere detenerse en las relaciones que en ella se tejen, ésta es más que calles y edificios, es una “proyección de la sociedad global sobre el terreno” en la cual según Lefebvre(1969), seplasma en su estructura y forma urbana, los conflictos entre clases y otras contradicciones múltiples, en las cuales incluimos las diferencias de género. En este sentido,la ciudad se produce y “Si hay producción de la ciudad y relaciones sociales en la ciudad, ello no es otra cosa que producción y reproducción de seres humanos por seres humanos, mejor aún que producción de objetos. La ciudad tiene su historia, es una obra de la historia, es decir personas y grupos muy determinados que 37 realizan esta obra en condiciones históricas”(Lefebvre, 1969: 65), grupos en los cuales no han sido tradicionalmente incluidas las mujeres. Lo urbano se encuentra vinculado a tres elementos:el espacio, la cotidianidad y la reproducción capitalista de las relaciones sociales, por ello las problemáticas urbanas están estrechamente ligadas con la vida cotidiana, puesto que las relaciones capitalistas (las producidas entre capital, trabajo y salario, y en términos de agentes sociales, las existentes entre burguesía y proletariado) se reproducen todos los días e la utilización cotidiana del espacio(José Luis Lezama (2002). Es en el espacio como ámbito de reproducción de la vida cotidiana donde los habitantes de las ciudades están obligados a satisfacer sus necesidades, sin embargo, están alienados al encontrar en las ciudades únicamente las relaciones de producción propias de la ciudad industrial y capitalista –valor de cambio-, haciéndose necesario pensar en las relaciones de consumo –valor uso-, los cuales al unirse, valor de cambio y valor de uso, en palabras del autor, dará lugar a la desaparición de la alienación de la vida cotidiana porque existiría la posibilidad de que los hombres y las mujeres (no mencionadas por el autor) creen la ciudad como una obra de arte susceptible de su apropiación. Finalmente, según los planteamientos de Lefebvre la ciudad es el territorio donde se desarrolla la vida cotidiana, es el espacio-tiempo en el cual se contiene lo esencial del hombre (y la mujer aunque no la menciona); por tanto, constituye el gran escenario en el cual debe producirse la liberación del ser humano. En ella se proyecta sobre el terreno la totalidad social, la economía, la cultura, las instituciones, la ética, los valores, y es en elladonde los hombres con sus ideas, sus proyectos de vida, sus iniciativas, dan lugar al espacio y al orden urbano,mientras las mujeres dan vida al espacio privado. Aunque Lefebvreexplica los conflictos urbanos, es decir, los que se originan por el uso del espacio y del dominio de la vida cotidiana, no determinan los actores en condición a su sexo -hembras y machos- y género –hombres y mujeres-, ni hizo una alusión directa a las relaciones de poder entre hombres y mujeres al interior de las ciudades. Sin embargo, al entenderlas como producto histórico hace que en ellas se instalen y reproduzcan inequidades y desigualdades de género y sean un lugar dicotómico, donde se vive de un lado lo público y de otro lo privado, lo productivo y lo reproductivo, lo 38 visible y looculto. Lo anterior no impidió que reconociera que al interior de las ciudades se gestan códigos de relacionamiento, normas y valores, entre hombres y mujeres, quienes por ser seres culturales, los usan para masculinizar o feminizar su habitar. De esta manera, la ciudad “escribe, prescribe, es decir, significa: ordena y estipula” (Lefebvre, 1969: 66) la construcción de realidades urbanas diversas, entre las cuales se encuentra un contrato sexualimplícito en su organización y en el uso diferencial que hombres y mujeres realizan del espacio, haciendo de ellos escenarios no neutrales en cuanto al género, y condicionando su acceso, uso y goce a los estereotipos de género y a los roles marcados por la división del trabajo, hombres trabajo productivo y mujeres trabajo reproductivo, que a pesar de ser paulatinamente transformada, en las ciudades, las mujeres continúan al servicio de los demás y no de sí mismas, limitando de ésta manera su ro, las diversas formas de habitar y apropiarse del espacio, y el ejercicio y exigencia de sus derechos, en el cual ubicamos el derecho a la ciudad y los derechos relacionados.En este sentido, retomamos las palabras de Lefebvre: … los tiempos y los espacios urbanos [han permitido] producirse en ellos a grupos, tomarlos a su cargo, apropiarlos; y ello inventado, esculpiendo el espacio (para emplear una metáfora) adoptando unos ritmos. Estos grupos han aportado innovaciones en la manera de vivir, de tener una familia, de criar y educar a los niños, de permitir a las mujeres un puesto de mayor o menor, de utilizar o transmitir la riqueza. Estas transformaciones de la vida cotidiana modificaron la realidad urbana sin por ello apartarse de las motivaciones de ésta. La ciudad fue a la vez lugar y medio, teatro y empeño de estas interacciones complejas (1969: 70). Aunque enel discurso de Lefebvre, nose hizo menciónde las relaciones del poder patriarcal existentes en las ciudades,si da cuenta como a partir de procesos globales, económicos, sociales, políticos, y culturales, se conforma el espacio urbano y se moldeasu dinámica, a partir de la transformación del tejido urbano, el cual se ha ido extendiendo hasta lograr densidades alarmantes haciendo que las ciudades pierdan su forma original, razón por la cual hace necesario que reviva en su planeación“el humanismo” muerto y que es el eje rector del proceso de desarrollo urbano, indispensables para el desarrollo humano de hombres y mujeres. 39 Posteriormente, los planteamientos de Castellssobre lo urbano complementan la mirada de Lefebvre sobre la producción de relaciones sociales, en las cuales se incluyen las relaciones de género en la ciudad. Sus planteamientos son realizados a partir de la teoría social marxista, y considera que el espacio urbano es el soporte de una trama social que se explica por las relaciones sociales que se estructuran en la sociedad, las cuales son determinadas, en un primer momento por la economía, considerando el espacio y su proceso de urbanización, desde una lógica estrictamente mercantilista, por ser en el donde se concreta un modo de producción especifico, el modo de producción “Capitalista” (José Luis Lezama, 1993). José Luis Lezama (1993) quien presenta los principales postulados sobre los planteamientos de Castells, considera como destacable dos momentos en su teoría, en el primero de ellos explica el proceso de urbanización como resultado de la lógica estrictamente económica, que hacen a la ciudad producto de los procesos de reproducción de la fuerza de trabajo, y considerando los siguientes componentes del espacio urbano, importantes para definir los sistemas de relaciones de género al interior de las ciudades: 1) la producciónreferido a las realizaciones espaciales que resultan del proceso social de reproducción de los medios de producción y el trabajo 2) el consumo, referido a las concreciones del espacio que provienen de la reproducción de los medios de trabajo, ejemplo de ellos son las viviendas –donde ubica a las mujeres- y otros casos de bienes de consumo colectivo; y finalmente 3) el intercambio referido a la concreción espacial de un conjunto de transferencias o relaciones de circulación que se producen entre la producción y el consumo, todas ellas se convierten en expresión del aparato jurídico y político que determinan las formas de organización del espacio y aseguran la dominación de las clases [y sexo] dominantes (José Luis Lezama, 1993: 265). En un segundo momento Castells amplía su mirada sobre el concepto de lo urbano, dado su fracaso en la aplicación de la teoría marxista para su estudio por no incluir el concepto de movimiento social como agente de transformación, y que ha sido determinante para establecer el protagonismo de las mujeres en la ciudad y el disfrute de su derecho a la ciudad. De tal manera inicia, considerando a principios de los ochenta, 40 como el proceso de urbanización ya no aparece como el simple resultado del despliegue de una lógica de carácter estrictamente económica que hace de la ciudad el ámbito específico de los procesos de reproducción y fuerza de trabajo, por el contario, la ciudad es un producto social resultante de los intereses y valores sociales en pugna, lo que significa que lo urbano es resultado de las acciones conscientes de individuos, grupos y clases sociales que participan en la conformación de la ciudad a la imagen y semejanza de sus elecciones (José Luis Lezama, 2002: 277). Dada esta nueva concepción, define y caracteriza los movimientos sociales urbanos como protagonistas de la transformación de la ciudad, ellos resignifican el espacio urbano con luchas y propuestas de base popular para que ésta no continúe siendo el resultado de la acción de los intereses y prácticas políticas de las clases dominantes, ampliándose la idea que se tenía de la lucha de clases como factor del conflicto y fuente primaria del cambio social urbano, por el papel decisivo que tiene las relaciones entre los sexos, los movimientos étnicos nacionales, los movimientos ciudadanos, entre otros Es así como para Castells la ciudad aparece como producto histórico, no sólo en su materialidad física, sino en su significado cultural, y lo urbano como significado social de una forma espacial que expresa a una sociedad históricamente definida, de esta manera los actores sociales, hombres, mujeres, instituciones, movimientos, entre otros, han estructurado la ciudad de acuerdo con sus intereses y valores, conformándose por la unidad de los siguientes procesos: 1) Los que son motivados por la definición del significado urbano, 2) aquellos que derivan del cumplimiento adecuado de las funciones urbanas y que provienen de las diversidad de valores e intereses dentro de un mismo marco aceptado, así como por los distintos enfoques adoptados en el cumplimiento de objetivos compartidos en la función urbana, 3) los motivados por la adecuada expresión simbólica del significado urbano y, o de las funciones urbanas (Lezama, 2002: 278). En estos procesos, emerge en su planteamiento el concepto de cambio urbano que alude a la redefinición del significado de lo urbano a partir de laacción consciente y colectiva del movimiento social urbano. Entre los factores de cambio social urbano considera: la 41 producción por las acciones de las clases dominantes, la toma del poder de una clase dominada, la construcción de un significado propio y autónomo por parte de un movimiento social en contradicción con el significado dominante, y hace hincapié en el feminismo como movimiento que impone un nuevo significado de lo urbano en contradicción con el significado institucionalizado y los intereses del patriarcado. En este sentido, las mujeres que se movilizan para satisfacer las necesidades de carácter familiar, con lo cual contribuye así a luchas políticas para su inserción en la estructura de clase y para romper con la dominación estructural de un género sobre otro “en el caso de las luchas feministas, en Thecity and thegrassroots, señala que las luchas por cambiar un significado urbano (vinculado por el valor de cambio, por otro en el que predomine el valor de uso) están conectadas al tema feminista de la identidad y la comunicación”, reconociendo de esta manera a las mujeres y al feminismo como un importante movimiento social urbano generador de cambio social y agente en la satisfacción de las demandas del consumo colectivo, una cultura comunitaria, y la auto gestión política. A pesar de ser un referente importante y obligatorio para hablar de la ciudad y las mujeres, ha sido criticado por las interpretaciones feministas, entre dichas críticas se encuentra el análisis de Blanca Oliva Peña Bolívar (2008), quien usando algunos de los conceptos de la teoríafeminista (género, patriarcado, división sexual del trabajo, ámbito privado y ámbito público)lo criticaa pesar que reconocelas diferencias degénero como dicotómicas entre la producción y el consumo, y la diversidad entre las actividades masculinas y femeninas, mujeres consumidoras y hombres productores, en primer lugar por asumir en la ciudad moderna la subordinación de las mujeres como consumidoras y no como productoras en la reproducción y cuidado de la fuerza de trabajo. Y en segundo lugar porque a pesar de resaltarelpapel de la mujer en sus luchas por cambiar el significado de lo urbano, donde están vinculadas la identidad y la comunicación,no desarrolla el asunto desde el punto de vista teórico. De otro lado, Alejandra Massolo (1992), destaca en los planteamientos de Castells su influencia del pensamiento marxista, a partir del cual confiere a la mujer un rol de consumidora pasiva, separando la esfera del trabajo del hogar, y creando un patrón urbano ineficiente para las mujeres que supone gasto de tiempo, acceso a la vida urbana 42 y al trabajo remunerado, de ésta manera refuerza la segregación espacial de las mujeres a la residencia y su papel doméstico. Acorde con ello, considera que en dichos estudios se ignoró las relaciones patriarcales que organizan a la familia, así como la forma en que esta última conforma los espacios urbanos contemporáneos, razón por la cual no evidencia la condición de subordinación de las mujeres, sino que simplemente las considera como reproductoras de la fuerza de trabajo, sin vincular los patrones espaciales de distribución de bienes y servicios públicos y sus efectos sobre la distribución de trabajo y tiempos domésticos dentro del hogar. Dadas las anteriores consideraciones sobre el pensamiento de los principales exponentes de la ciudad, concluimos que las ciudades no son una simple proyección de la sociedad en el espacio urbano, sino que ellas son producto de la relación entre los hombres y las mujeres quienes moldean el espacio y le aseguran tanto una función y una significación social, haciendo de ellas un lugar para el nacimiento y la vivencia de los derechos, lo cual incluye: Contar con elementos indispensables que le dan vida a una metrópoli, elementos que constituyen y configuran el ritmo, la esencia y la trascendencia de una ciudad y que responden no solamente a las necesidades básicas sino que otorgan la posibilidad del gozo pleno de los espacios y de los derechos colectivos. Significa poseer servicios e infraestructura urbana, transporte, tener una centralidad, contar con plazas, mercados, centros educativos, de recreación y esparcimiento de carácter público para que todos los pobladores tengan acceso a ellos, de espacios adaptados para las personas con capacidades diferentes, espacios incluyentes; se trata pues, de construir lugares donde no sólo se dé el intercambio de mercancías sino donde existan las posibilidades del intercambio cultural, espacios que fortalezcan los lazos de identidad entre los habitantes (Nehls Martínez Nadia, 2008:29). La visión de ciudad para y desde las mujeres, la considera como el lugar para la realización de los derechos, la cual coincide con los planteamientos de Jordi Borja (2004) quien la define como un producto cultural, colectivo y político, donde es posible la expresión de las voluntades colectivas, las prácticas solidarias pero también las 43 conflictivas, entre las cuales destacamos las tensiones de poder entre los géneros por el usufructo de los bienes que hacen parte de la ciudad. Estas tensiones se producen y reproducen en la ciudad al considerar que es en ella donde se teje, produce, reproduce, o altera, el sistema de relaciones de género, entendido este como un sistema de relaciones económicas, sociales, políticas y culturales entre hombres y mujeres que contienen dimensiones simbólicas, normativas y subjetivas, las cuales configuran las prácticas sociales en distintos espacios de la sociedad. Por ello, la mirada de la ciudad como una construcción cultural compleja, nos conlleva analizar siguiendo a Mónica Ceveido (2003) cómo la definición de tiempo y espacio, a partir de los géneros,a puesto a las mujeres siempre al servicio de los demás, limitando sus roles y las diversas formas de habitar y apropiarse del espacio, encontrándose representado en las diferencias de género en el uso y apropiación del espacio urbano. Las mujeres residen en las ciudades sin que estén reconocidas como colectivo con intereses diferenciados que haya que tener en cuenta, sobre ello Teresa del Valle (1997) considera que las ciudad y sus espacios pude ser entendida desde dos puntos de vista, en primer lugar por los espacios físicamente delimitables, y en segundo por las actividades que se llevan a cabo en ellos, la gente que los ocupa, los elementos que los contienen o los contenidos simbólicos que se le atribuyen, ellas son un espacio genérico y dan cuenta de cómo directamente o indirectamente, se configuran por la construcción sexuada de una cultura. Es así como pueden distinguirse espacios denominados de forma permanente como femeninos y otros como masculinos, así como otros aquellos que a mereced de actuaciones y significados alternativos, pueden considerarse como espacios de igualdad y que son resultados de cambios significativos. Ésta autora, representante de la concepción que las mujeres hacen de la ciudad desde una mirada dinámica y cultural, considera que se debe entender la separación de los espacios públicos y privados, en sus palabras la misma “sirve para separar, y con frecuencia va unido a las formas de cómo una sociedad elabora y expresa sus relaciones de poder, sus conceptos de igualdad y desigualdad”(Teresa del Valle, 1997: 26). Es así como a partir de su visión dinámica del espacio,explicacómo influye en el orden sociocultural, los entornos los cuales se componen de formas concretas, edificaciones, 44 caminos, y lugares, que basados en actividades y formas de interacción de la población, pueden definirse y cambiarse teniendo como presupuesto las relaciones que hombres y mujeres hagan de su entorno, al respecto expresa: …se cuestiona la fijación de espacios de representación de los que están excluidos las mujeres o la asignación de lugares específicos a partir de una división concreta del trabajo y una adscripción de roles fijos. De ahí que parezca la necesidad de un nuevo paradigma de la casa, la vecindad, el barrio, la ciudad, en el que se tenga en cuenta a la mujer como ciudadana con derecho acceder a los espacios diversos de la urbe. Que su hacer quede incorporado a la memoria social a través de las representaciones simbólicas del espacio urbano (Teresa del Valle, 1997: 27). Otra definición del concepto de ciudad como concepto cultural y complejo, está en la mirada de “ciudad compartida” realizada por María de los Ángeles Durán (2008), la cual es opuesta a la ciudad violenta, discriminatoria, desigual y fragmentada. La “Ciudad Compartida” es el lugar donde todos y todas podemos estar, toda vez que compartir es distribuir algo en partes, también es participar en algo, y lleva consigo un deseo de futuro: una ciudad de la que todos seamos partícipes, en sus palabras: Una ciudad contiene muchas ciudades, cada una con su verdad propia. Lasciudades no se muestran enteras ni uniformes y cuesta trabajo acceder a lo queesconden tras sus apariencias obvias. El viaje por los circuitos explícitos se deslizafácilmente por códigos simples, los que dominan. Pero no son los únicos, niserán los mismos para siempre. Frente a la lectura estandarizada de la ciudad(el circuito, la guía oficial, el trayecto turístico), hay otras formas más trabajosas,pero igualmente verdaderas, de acercarse a ella. Son las aproximaciones desdela ausencia, la queja y el deseo de cambio, que buscan el sentido por encima omás allá de los aparentes significados neutrales de las cosas(María de los Ángeles Durán,2008: 51). Estos apuntes sobre la concepción de ciudad, desde su construcción cultural compleja visión que permite entender y comprender las relaciones que se construyen a su interior 45 entre los géneros, sugieren la reformulación de la vida urbana con mayor equidad, donde la mayoría de los habitantes logren ser felices, solidarios, generando y redistribuyendo los beneficios de la ciudad para todos y todas, razón por la cual hombres y mujeres deben de tener el derecho a transformarla, a disfrutarla y soñarla, todos ellos atributos importantes en la definición del derecho a la ciudad. Su conceptualización como espacio no neutral, que hace de ella un lugar para la inseguridad, supone las distinciones entre las necesidades de hombres y mujeres, convirtiéndose en prioritario condiciones para el “Buen Vivir”, el cual depende del reconocimiento y goce de los derechos humanos y las satisfacciones de las necesidades prácticas e intereses estratégicas de sus habitantes, y que para particularmente para las mujeres se definen como: Necesidades Prácticas:Demandas que surgen de la vida cotidiana en razón de los roles que les son asignados, son vinculadas a las condiciones materiales, las cuales son diversas según la edad y la clase social, entre ellas se encuentran las generadas por la división sexual del trabajo: cuidado y educación de los hijos, tareas domésticas, sostenimiento de las redes familiares, intereses estratégicos relacionadas con la necesidad de modificar ciertas estructuras de poder y privilegio de un género sobre otro. Ambas confluyentes en las dimensiones de seguridad humana, necesarias a procurar y garantizar el derecho a la ciudad, al respecto se profundizará en la ruta de análisis de política presentada en el capítulo III. 2. Mujeres y definición de los derechos. Dado nuestro propósito de definir el Derecho a la Ciudad, de las mujeres, se presentarán algunos aspectos críticos de la teoría general del derecho y las características que la misma ha dado a la definición de los derechos, los cuales son resultado de una concepción general revelada en la concepción unisex de los derechos humanos, en los cuales subyace aun el concepto de hombre como sujeto universal que representa y contiene a los sujetos particulares, dejando a las mujeres sin existencia propia, considerando irrelevante su distinción para la definición de sus prerrogativas y su justiciabilidad. 46 La comprensión del derecho como conjunto de instituciones formales que regula la vida en sociedad, estableciendo contendidos, teorías, conceptos e instituciones, algunos de ellos anquilosados en el tiempo, otros dinámicos dadas las necesidades del cambio de las sociedades, han sido objeto de las críticas del feminismo y herramientas de lucha de las mujeres por alcanzar el lugar que desean tener dentro de la sociedad. Es por ello que formular respuestas a la pregunta ¿Qué es el derecho a la ciudad, de las mujeres? hace necesario presentar algunas de estas críticas, formuladas por las teorías feministas a la teoría jurídica, a sus conceptos e instituciones fundamentales, los cuales son el centro de la disciplina jurídica y de sus fundamentos científicos y filosóficosinspiradores de la definición y reconocimiento de los derechos como postulados universales, generales y abstractos. Agruparemos estas críticas en aquellas realizadas al pensamiento liberal transformador de las instituciones jurídicas e inspirador del discurso de los derechos humanos, en los cuales ubicamos el Derecho a la Ciudad como derecho humano y colectivo en construcción, vinculado al goce de los otros derechos humanos en las ciudades, y las realizadas por la influencia de la ideología patriarcal en la definición, identificación y aplicación del derecho y sus valores masculinizados. 2.1. Críticas al pensamiento liberal transformador de la Teoría General del Derecho La teoría social y política del liberalismo siguiendo a Mary G. Dietz (1986) cuenta con los siguientes rasgos que han justificado el desencadenamiento de las críticas feministas al discurso liberal, este último determinante para transformar el discurso romano y canónico de la juridicidad y la consecuente evolución de las instituciones jurídicas, las cuales convierten al “individuo”, “la persona” y el “ser humano” en el centro del discurso jurídico. Entre sus argumentos discursivos, los cuales son criticados por las teóricas feministas encontramos: 47 1) la noción que los seres humanos son agentes autónomos y racionales, los cuales tienen necesidades y capacidades que son independientes de su posición social y política inmediata.2) el principio político por medio del cual toda la sociedad deberá garantizar la libertad de todos sus miembros.3) la insistencia en los principios de libertad individual e igualdad humana; y por último 4) la concepción del individuo como portador de derechos formales. A partir de estos supuestos, inspiradores del pensamiento político liberal y de su discurso de los derechos humanos, el feminismo refuta y cuestiona la responsabilidad de las sociedades en garantizar la libertad de todos sus miembros para la realización de sus capacidades, y el logro de la igualdad humana.En primer lugar por olvidar que las necesidades y capacidades de los individuos, hombres y mujeres, no son iguales, sino que por el contrario, dependen de su situación social y política, siendo ontológicamente previos a la sociedad. En segundo, por desvalorar el contexto al considerar que las expectativas de los individuos son independientes de cualquier condición social o política y del lugar en el cual se encuentre. Y en tercer lugar, por concebirles seres separados e independientes, portadores de derechos formales, universales y abstractos (Mary G. Dietz, 1986). Es así como cuestionando estos planteamientos, la crítica feminista comenzó a dejar al descubierto la realidad escondida tras la idea de la igualdad de oportunidades, conductora aun de los hilos del pensamiento y discurso político contemporáneo, el cual se divide en lareafirmación de la universalidad de los derechos, y en la definición de nuevos derechos justificados en la orientación sexual, la identidad de género, las limitaciones físicas, las minorías étnicas, entre otros. En este sentido, las mujeres partieron de considerar que el axioma de “acceso igual no basta”, sintiéndose atrapadas por su primacía en una red de conceptos liberales: derechos, intereses, contratos, individualismo, gobierno representativo, libertad negativa, entre otras instituciones y conceptos jurídicos hijos del liberalismo, que a pesar de haber abierto algunos canales del discurso, al mismo tiempo bloquearon otros como la política, la vivencia de la ciudadanía, y las posibilidades para una buena vida, que incluyera los valores e intereses feministas, en la definición y reconocimiento de derechos para sí. 48 En razón de ello, concluyenla teoría feministas del derecho, que la consideración del individuo como concepto abstracto, destinatario y portador de derechos, está unido a jerarquías entre lo universal, lo general y lo abstracto, conceptos dominantes en la definición de los derechos humanos y en la evolución de las instituciones jurídicas, que en primer lugar, han descartado los conceptos de concreto, particular y diferente, por ser amenazadores del orden social y de género establecido, y en segundo, han perpetuado relaciones jerárquicas entre hombres y mujeres, creadoras de brechas de desigualdad para la subordinación. Sus postulados, fueron sintetizados en asumir el concepto de hombre como sinónimo de humanidad, el cual fue inspirador de los Derechos del Hombre del ciudadano y la posterior Declaración de los Derechos Humanos, controvertida por Olympe de Gougesen su Declaración de los Derechos de la Mujer y la Ciudadana en el siglo XVIII, toda vez que las propiedades de generalidad, universalidad y abstracción de las normas jurídicashan desconocido las identidades y subjetividades, éstas últimas llenas de significado, en tanto que se redefinen en su particularidad a partir de sus necesidades y capacidades, imponiendo un “Ser Humano” único, homogéneo y con virtudes estandarizadas y masculinizadas, que ha permeado la definición y el ejercicio de los derechos, siendo este discurso el seno donde comienza a ser nombrado los nuevos derechos colectivos, tal y como lo es el Derecho a la ciudad. Dadas estas críticas, existen otras visiones sobre la definición, ejercicio y protección de los derechos humanos, al respecto Chantal Moufle (2001), presenta un planteamiento igualmente crítico pero diverso, sobre el debate liberal igualdad vs diferencia, que siguiendo sus palabras, no se derrumba por tener una entidad homogénea “mujer” enfrentada con otra entidad homogénea “varón”, si no que por el contrario, la composición de la vida social depende de la multiplicidad de relaciones sociales, en las cuales se incluye la diferencia sexual, de suerte que se hagan necesario plantear la lucha contra la subordinación desde formas específicas y diferenciales. A pesar de que el fin de los postulados liberales al interior de la teoría jurídica fue la humanización delderecho,a partir del los principios de generalidad como garantía de imparcialidad del Estado respecto a grupos sociales, igualdad como defensa de los 49 privilegios a grupos determinados, y la abstracción como garantía del orden jurídico por la certeza y previsibilidad que implicaba para elderecho (Zagrebelsky Gustavo, 1999), las feministas han opinado que no fue vista con lentes de género, poniéndose de manifiesto las desigualdades entre hombres y mujeres, ocultas tras el mito de las oportunidades legales y la universalidad de los derechos, en este sentido consideran que: Si bien los ideales han demostrado ser eficaces en acabar con las restricciones que sufrían las mujeres como individuos, la teoría liberal no proporciona el lenguaje ni los conceptos que puedan ayudarnos a entender las diversas clases de interdependencia humana que forman parte de la vida tanto de las familias como de los gobiernos, ni de articular una concepción feminista de “Buena Vida”. Las feministas se encuentran, pues, en la difícil posición de tener que recurrir a la retorica cuando se refieren a un estado que no describe los fines de ellas de manera adecuada y que puede tratar de debilitar los intentos que ellas hacen para inaugurar nuevas formas de vida (Shanley citada por Mary G Dietz, 1987:6). Haciéndose de tal manera necesario, redefinir los valores jurídicos y las conceptualizaciones realizadas sobre los derechos humanos, exigiendo de ellos nuevas definiciones, normatividades y esquemas interpretativos que contemplen el género como categoría política y teórica, la cual siguiendo a Gloria Bonder (1998) permite comprender el tejido de relaciones de poder social, que involucra tanto a las mujeres y lo femenino, como a los varones y lo masculino, profundizando y trascendiendo, la denuncia de la condición discriminada o subordinada de la mujer. En este sentido, es necesario pensar en nuevos significados y contenidos de los derechos y de los derechos humanos, proponiendo nuevas interpretaciones y aplicaciones, resultantes de ubicar en el centro de los planteamientos a las y los sujetos de los derechos, y destinatarios de las normas, trascendiendo con ello, la categoría normativa y universal del sujeto portador de derechos fundante del discurso jurídico, que sin realizar distinciones, considera a los seres humanos como unidades socialesautodeterminadas, racionales,con sentido moral y de alcance universal, para hablar de sujetos hombres y mujeres construidos cultural y socialmente, en contextos diversos. 50 2.2. Críticas a la identificación y aplicación del derecho y su relación con el patriarcado. El análisis de los postulados liberales inspiradores de la transformación de las instituciones jurídicas, que definen el sujeto de derechos como ser universal e invariable, no son las únicas críticas realizadas a la mirada del derecho sobre los derechos, por ello ubicamos un segundo grupo correspondiente a las interpretaciones que se han realizado de la teoría jurídica y la forma como ésta define los derechos a partir de la influencia de la ideología patriarcal, como otro foco de análisis importante para presentar las definiciones realizadas sobre el Derecho a la Ciudad y sus acepciones para las mujeres. Siguiendo a Isabel Cristina Jaramillo (2000) quien analiza el debate teórico sobre el carácter androcéntrico de la Teoría Jurídica y la definición que ella hace de los derechos,se consideran como principales aportes del feminismo, en primer lugar la critica que ha realizado sobre la identificación delderecho como producto de sociedades patriarcales y producto de los valores masculinos. Y en segundo, la insuficiencia ensu aplicación y reconocimiento de los derechos e intereses de las mujeres, a pesar de dar cuenta de avances en su reconocimiento, por parte de instituciones y funcionarios, quienes son influenciados mayoritariamente por la ideología patriarcal. El feminismo ha sido crítico del derecho y de sus postulados fundamentales, no obstante, sus contenidos tambiénhan sido retomados por las mujeres como estandartes y herramientas estratégicas de defensa de las mujeres. Retomando los planteamientos de Isabel Cristina Jaramillo (2000) la crítica desde la teoría jurídica, la cual define el contenido de los derechos, la estructura de las normas, sus medios de aplicación y coerción para su cumplimiento, ha versado en tres aspectos, los cuales se presentarán sucintamente: El primero de ellos son las críticasa los paradigmas generales existentes y sus postulados de la teoría general del derecho, señalando que el derecho y los derechos con sus correspondientes corresponsabilidades, ha sido producto de las sociedades patriarcales y construido desde el punto de vista masculino, por ello refleja y protege los valores y atiende a sus necesidades e intereses, al respecto considera que:“…cuando el derecho protege los intereses y necesidades de las mujeres e introduce su punto de 51 vista, en su aplicación por instituciones e individuos moldeados por la ideología patriarcal, ha desfavorecido a las mujeres” (Isabel Cristina Jaramillo, 2000: 52). El segundo grupo de críticas son las dirigidas a las instituciones jurídicas, entre las cuales se destacan las realizadas a las normas jurídicas que excluían a las mujeres como destinatarias de ciertos derechos, ejemplo de ello fueron las normas que preveían el voto sólo para hombres, el establecimiento de la potestad marital, las limitaciones de acceso a la educación superior, la tipificación de los derechos sexuales, las restricciones a la autonomía del cuerpo femenino, entre otras. Éstas críticas permitieron que las normas jurídicas fueran transformándose para proveer formalmente iguales derechos a hombres y a mujeres, y se reconocieran nuevas situaciones en su beneficio, tal y como ha sido la aplicación de acciones positivas, y el reconocimientos de losderechos políticos y sociales, hasta proponer un nuevo esquema de derechos especiales a través de los cuales se reconozca y valore el punto de vista y las prácticas particulares de las mujeres, propuesta en la cual se asienta construir una definición del derecho a la ciudad, de las mujeres, que les permita habitar las ciudades y encontrar en ellas las condiciones necesarias para su seguridad humana y buena vida. Paralelo a ello han propuesto métodos de análisis jurídicos, aplicables a los ordenamientos jurídicos internos y a las normas, convenciones, y declaraciones de carácter internacional donde se han hecho la pregunta por las mujeres y las consecuencias diferenciadas por género que puedan derivarse de las normas jurídicas cuando estas son aplicadas. Así mismo, se ha sugerido la relectura de los textos jurídicos para entender de qué manera las experiencias de las mujeres han quedado marginadas en las lecturas tradicionales y como sus experiencias y valores pueden ser incluidas en las nuevas relecturas, y en las nuevas definiciones de derecho como actualmente ocurre con el derecho a la ciudad, el cual dadas sus vivencias y necesidades en las ciudades sus contenidos serán definidos, interpretados y aplicados para que vivan en condiciones de dignidad escuchando sus voces para la creación y recreación de la ciudad. 52 3. Apuntes previos sobre el derecho a la ciudad necesarios para conceptualizar el derecho a la ciudad, de las mujeres El derecho a la ciudad se manifiesta como forma superior de los derechos: el derecho a la libertad, a la individualización en la socialización, al hábitat y al habitar. El derecho a la obra (a la actividad participante) y el derecho a la apropiación (muy diferente del derecho a la propiedad) están imbricados en el derecho a la ciudad. (El Derecho a la Ciudad, Henri Lefebvre, 1969) Para acércanos a la definición del derecho a la ciudad, de las mujeres, asumimos que los derechos humanos trátese de los fundamentales o de los socioeconómicos y culturales, o de los derechos colectivos, son social y políticamente producidos, y culturalmente sostenidos, lo que traduce su carácter socio histórico, haciendo de ellos postulados para la humanidad, no agotados ni definitivos,sino que por el contrario están en constante definición. Retomando la definición que de ellos hace Helio Gallardo (2006) quien establece su fundamento son las luchas sociales necesarias para que sean reconocidos y aceptados culturalmente, con posibilidades de exigir su efectividad ante tribunales internacionales. Es a partir de la identificación de estas luchas sociales, en las cuales inscribimos el feminismo y la movilización social de las mujeres, como fuerzas modernizadoras, que se han propuesto el reconocimiento y relectura de los derechos, con el fin de contemplar la perspectiva de género y el contexto cultural desde el cual son vivenciados. Propuesta que se cruza con las criticas presentadas sobre la universalidad, la generalización y la abstracción de los derechos, y que encuentra como punto de conexión,la proposición de nuevas definiciones, contenidos e interpretaciones a la luz de los sujetos y sujetas, hombres y mujeres, con realidades e historias diversas. En este sentido, los planteamientos anteriores son la preludio para presentar el Derecho a la Ciudad, derecho colectivo en actual definición por movimientos sociales a escala global y quienes se encuentran luchando por su reconocimiento en instrumentos internacionales vinculantes para los estados, desde lavisión de las mujeres las cuales habitan y se apropian de las ciudades de forma diversa a los hombres, y donde su ser 53 mujer, determina, condiciona y limitan las posibilidades de goce, disfrute de la vida urbana renovada. En el Capítulo I se presentaron los antecedentes del derecho a la ciudad, los cuales se encuentran en la obra de Henri Lefebvre (1969) quien lo nombra y comienza a definirle en los albores de la industrialización. Frente a este derecho o pseudoderecho, el derecho a la ciudad se anuncia como llamada, como exigencia. Este derecho, a través de sorprendentes rodeos (la nostalgia, el turismo, el retorno hacia el corazón de la ciudad tradicional, la llamada de centralidades existentes o nuevamente elaboradas) camina lentamente. [Hacia] la reivindicación de la naturaleza, el deseo de gozar de ella… El derecho a la ciudad no puede considerarse como un simple derecho de visita o retornohacia las ciudades tradicionales. Sólo puede formularse como derecho a la vida urbana transformada, renovada(Henri Lefebvre, 1969: 139). La complejidad de nuestras sociedades, su inmersión en las dinámicas globales “desde arriba”, y la urgencia de garantizar y transformar su desarrollo humano y social a escala local, ha hecho que en su médula se comiencen a hilar nuevas situaciones, impensables en el desarrollo histórico de los derechos, convirtiéndose en prioridad la generación de nuevos derechos, derechos complejos, dinámicos y flexibles para adaptarse a la diversidad social. Los aportes de Lefebvre son releídos y retomados por movimientos sociales y organizaciones de la sociedad civil, quienes comienzan a promoverlo como un nuevo derecho humano de carácter colectivo, y proponen en 2003 en el desarrollo del Tercer Foro Social Mundial realizado en Porto Alegre, Brasilla redacción de la primera versión de Carta Mundial por el Derecho a la Ciudad, la cual es complementada en el Foro Social de las Américas realizado en Quito (Ecuador) en 2004 y el Foro Urbano Mundial convocado en Barcelona (España) en el mismo año, en los cuales se planteó como necesidad urgente modificar la realidad urbana mundial mediante la construcción deciudades justas, humanas, democráticas y sustentables, hasta realizar su formulación final en el Quinto Foro Social Mundial convocado en Porto Alegre en el año de 2005. 54 En razón de ellos es imperante construir conceptualmente y desarrollar el derecho a la ciudad, así como complementar los derechos históricamente existentes, integradosen el ordenamiento jurídico teniendo en cuenta las criticas anteriormente realizadas en el aparte anterior a su definición y constitución, en este sentido, no será suficiente hablar del derecho al trabajo, sin que se complemente con el derecho al mínimo vital y móvil, ni del derecho a la educación en una etapa inicial de la vida,para comenzara hablar del derecho a la educación continuada, ni del derecho a elegir y ser elegido, sin mecanismos de participación y control, entre otros. Dado el apremio de complejizar los derechos como conceptos dinámicos que procuran el bienestar y la existencia de la humanidad, ha sido significativo como en los últimos años organismos internacionales, diversos, unos representativos de los estados y otros de las autoridades locales, así como las organizaciones de la sociedad civil y los movimientos sociales, han elaborado propuestas, cartas, y declaraciones de derechos, entre las que podemos citar las referidas al derecho a la ciudad: El artículo«Por ciudades, villas y poblados justos, democráticos y sustentables» (no declaración ni carta, pero hito en la condensación de las propuestas de la sociedad civil) en la Cumbre de la Tierra organizadapor Naciones Unidas en Río de Janeiro, 1992. La Carta Europea de la Mujer en la Ciudad, presentada en la II Conferencia de Naciones Unidas sobre Asentamientos Humanos, (Hábitat II) en Estambul en 1996.Las resoluciones de la Asamblea Mundial de Pobladores, en Ciudad de México, 2000. La Carta por el Derecho de las Mujeres a la Ciudad, II Foro Urbano Mundial, Barcelona, 2004. La Carta Europea de Salvaguarda los Derechos Humanos en la Ciudad, la cual fuepresentada en Saint-Denis, Francia 2000. Las Declaraciones del Foro Mundial de Autoridades Locales, en el Marco de los Foros Sociales Mundiales, desde 2002 hasta 2009, y del Foro Mundial Urbano – Barcelona, Octubre de 2004. La Carta de Derechos Humanos en la Ciudad en Brasil, antecedente civil del Estatuto de la Ciudad, 2001. Y la Carta Mundial por el Derecho a la Ciudad, primera versión Porto Alegre, Brasil, 2003. Segunda versión. V Foro Social Mundial, Porto Alegre Brasil, 2005. (Elaboración Propia. Fuente Libro El Derecho a la Ciudad en el Mundo). Dichas propuestas, cartas y declaraciones constituyen un patrimonio de gran valor para visibilizar el derecho a la ciudad y reformular derechosciudadanos correspondientes a 55 nuestra época donde se tenga como centro de su contenido a sus sujetos destinatarios, sin embargo, aun su carácter y eficacia inmediata es muy limitada. 3.1Carta Mundial del Derecho a la Ciudad: principios y contenido La Carta Mundial del Derecho a la Ciudad se origina debido al crecimiento de la vida urbana y los modos de vida que en ella se construyen, y que son influyentes en el modo como establecemos vínculos hombres y mujeres en las ciudades, las cuales son el centro donde vive la mitad de la población mundial y donde se desarrollan diversos modelos de desarrollo que determinan las condiciones materiales y sociales de existencia. Según su preámbulo los modelos de desarrollo en los países periféricos y empobrecidos han generado entre otras consecuencias, la concentración de la renta y del poder, la depredación del ambiente, la aceleración de los procesos migratorios, la segregación social y espacial, y la privatización de los bienes comunes y del espacio público. Estas situaciones han generado la proliferación de grandes áreas urbanas en condiciones de pobreza, precariedad y vulnerabilidad, poniendo en riesgo la seguridad humana de hombres y mujeres, y en especial de estas últimas en las ciudades, al limitárseles sus medios de supervivencia para la vida, es decir, seguridad económica, seguridad alimentaria, seguridad en salud, seguridad medioambiental, seguridad económica, seguridad personal, y seguridad política, todas ellas necesarias para vivir en condiciones de dignas y de seguridad humana, enfoque desde el cual se especifican los alcances de su de derecho a la ciudad. En este contexto, la Carta Mundial del Derecho a la Ciudad, ha sido el resultado de constantes procesos y reivindicaciones de los movimientos sociales y las organizaciones no gubernamentales a nivel mundial, y especialmente Latinoamericanas, quienes desde la década del 80, interesados en darle plena vigencia y efectividad a este nuevo derecho humano mediante su promoción, reconocimiento legal, implementación, regulación y puesta en práctica, comenzaron a proclamar la urgencia de asignar el rol que las ciudades debían de jugar como lugar donde se garantizará a todos los habitantes el 56 disfrute colectivo de las riquezas, la cultura, los bienes y el conocimiento que de ella hacen parte. Dirigidos a alcanzar este propósito, el Derecho a la Ciudad, fue definido en el artículo primero de la Carta como un derecho colectivo, que incluye el usufructo equitativo de las ciudadespor parte de sus habitantesdentro de los principios de sustentabilidad, democracia, equidad y justiciasocial, y confiere legitimidad a la acción y organización de los grupos vulnerables que buscan alcanzarel pleno ejercicio del derecho a la libre autodeterminación y un nivel de vidaadecuado al interior de las ciudades: Todas las personas tienen Derecho a la Ciudad sin discriminaciones de género, edad, condiciones de salud, ingresos, nacionalidad, etnia, condición migratoria, orientación política, religiosa o sexual, así como a preservar la memoria y la identidad cultural en conformidad con los principios y normas que se establecen en esta Carta (Artículo 1, Carta Mundial por el Derecho a la Ciudad 2005). En este orden de ideas, se considera la ciudad como un espacio colectivo, culturalmente rico que pertenece a todos sus habitantes, quienes tienen el deber de respetar a las minorías, la pluralidad étnica, racial, sexual y cultural, deberes en los cuales incluimos el respeto a la diversidad de géneros y diversidad de opción sexual, de todos aquellos que están en la ciudad de forma permanente o transitoria. En este sentido, el Derecho a la Ciudad por sí solo no existe, ni significa lo mismo para hombres y mujeres,sino que es interdependiente con todos los otros derechos humanos existentes, derechos civiles, políticos, económicos, sociales, culturales y ambientales, reglamentados y con fuerza de normativa vinculante y preferente en todos los ordenamientos jurídicos del mundo. Su naturaleza de macro derecho, es decir, que contiene y realiza el ejercicio de otros derechos, incluye: el derecho al trabajo en condiciones equitativas y satisfactorias; el derecho de libertad de reunión y asociación; el derecho a ejercer plenamente la ciudadanía a partir de la participación en la planeación, construcción y gestión de la ciudad; el desarrollo socialmente consciente del hábitat, es decir el goce de la 57 salud pública, el agua potable, la energía eléctrica, el transporte público; el derecho a contar con servicios sociales como alimentación y vestido; el derecho a la vivienda adecuada y digna; el derecho a la educación pública de calidad y a la cultura; el derecho a la información; el derecho a la participación ciudadana; el derecho a la convivencia pacífica; el derecho al acceso a la justicia para resolución de los conflictos y el acceso a la justicia y la protección de los intereses de los ciudadanos; el derecho a la libre expresión; el derecho a un medio ambiente sano, al disfrute y preservación de los recursos naturales; y el derecho a la herencia histórica y cultural de la ciudad. Estos derechos dan cuenta de su carácter complejo, no refiriéndose a la ciudad como hoy la conocemossino a la que soñamos y deseamos construir, en sus dos acepciones la primera de ella referida a su carácter físico, es decir la ciudad como metrópoli, urbe, villa, o poblado “que está organizando institucionalmente como unidad local de gobierno”, y la segunda la ciudad como espacio político conformada por el conjunto de instituciones y actores que intervienen en su gestión, en los que se encuentran las autoridades gubernamentales, los cuerpos legislativo y judicial, y las organizaciones y movimientos sociales. A esta posición adicionamos la presentada a lo largo de este capítulo que considera la ciudad como una construcción social compleja y producto cultural, en la cual se tejen las relaciones de género, por elloconsideramos apremiante incluir el enfoque de género en todos los aspectos que el derecho a la ciudad considera, y que tiene que ver con su planeación, producción, uso y consumo, gestión gubernamental, participación ciudadana. Igualmente se sugiere complementar en su conceptualización las diversas relaciones sociales, de convivencia, condiciones de seguridad ciudadana, y manejo de los espacios públicos, que realizan hombres y mujeres en la ciudad, necesario para proteger, mejorar y dar sentido social al patrimonio ambiental, cultural y construido en la ciudad, hasta lograr de forma completa la efectividad de los derechos humanos en su interior. 58 La definición del derecho a la ciudad parte de la definición de principios y fundamentos estratégicos, los cuales son el centro de su contenido, y que requieren ser repensados desde el rol que cumplen y se espera que cumplan las mujeres en la ciudad, estos son: El ejercicio pleno de la ciudadanía y gestión democrática de la ciudadde todas las personas, hombres y mujeres deben de encontrar en las ciudades condiciones necesarias para su realización política, económica, cultural, social y ecológica, a partir la elaboración de sus políticas públicas, a través de participación directa o a través de sus representantes. Función social de la ciudad y de la propiedad urbana, que incluyelos bienes que de ella hacen parte garantizando a todos sus habitantes el usufructo pleno de los recursos que ella ofrece, concretándose en: 1) la formulación e implementación de las políticas públicas de interés social y cultural colectivo; 2) la participación en la realización de proyectos e inversiones en beneficio de la comunidad urbana; 3) el uso de los bienes públicos y privados de la ciudad en razón del interés social, cultural y ambiental; el acceso a la propiedad del territorio; y el goce de condiciones de seguridad urbana. Igualdad de oportunidades y no discriminación dehombres y mujeres para que habiten la ciudad de forma permanente o transitoria, principio que profundizaremos en el apartado siguiente sobre el derecho a la ciudad, de las mujeres. Protección especial de grupos y personas en situación de vulnerabilidadtales como pobreza, amenazadas por desastres naturales, víctimas de la violencia, discapacitados, migrantes forzados y refugiados, por encontrarse en situación de desventaja respecto al resto de habitantes de la ciudad, y objeto prioritario de atención las personas mayores, los niños/as , y las mujeres en especial las jefas de hogar. Compromiso social del sector privado e impulso de la economía solidaria y políticas impositivas progresivas, promoviendo que los agentes del sector privado participen en programas sociales con el propósito de desarrollar la solidaridad y la igualdad plena entre los habitantes de la ciudad, necesarias para garantizar una justa distribución de los recursos. 59 La concertación en estos fundamentos axiológicos del derecho a la ciudad, amplía la mirada del enfoque tradicional que sobre la calidad de vida de las personas en las ciudades se ha tenido, el cual en palabras de Leticia Márquez Osorio (2005) se centró en las condiciones de la vivienda y el barrio, sin abarcar la calidad de vida a escala de ciudad y las diferentes formas de apropiación que de ella hacen hombres y mujeres. Por el contrario, ésta visión implica, tal y como se establece en el preámbulo de la Carta, una nueva manera de entender la calidad de vida en la ciudad, que incluye además de lo anterior: 1) La justa distribución de los beneficios y responsabilidades resultantes del proceso de urbanización; 2) El cumplimiento de la función social de la ciudad y de la propiedad; 3) La distribución de la renta urbana;4) La democratización del acceso a la tierra y a los servicios públicos para todos los ciudadanos, especialmente aquellos con menos recursos económicos y en situación de vulnerabilidad, todos ellos necesarios para construir un modelo sustentable de sociedad y vida urbana. 3.1 Facetas y elementos del Derecho a la Ciudad Retomando los estudios y análisis realizados sobre el derecho a la ciudad encontramos el realizado por Lucas Correa(2009) quien propone como línea analítica del estudio del derecho a la ciudad hacer claridad sobre su objeto, contenido, naturaleza y objeto al interior de la clasificación internacional de los derechos humanos, dividendo para ello el derecho a la ciudad en las siguientes facetas: 1)El usufructo equitativo de los bienesy oportunidades que la ciudad tiene para ofrecer a sus habitantes;2) El mandato de construcción colectiva y participativa de los asuntos de ciudad; 3)El goce efectivo de los derechos humanos en los contextos urbanos. La primera faceta, el usufructo equitativo de los bienes, y oportunidades que la ciudad tiene para ofrecer a sus habitantes, convierte a la ciudad en el lugar de las oportunidades y goce de los derechos, donde hombres y mujeres puedan disfrutar plenamente de la vida urbana renovada propuesta por Lefebvre, convirtiéndose en un lugar para la realización y desarrollo humano, y no en un lugar de penurias y carencias. 60 Este usufructo equitativo de la ciudad, conforme a los planteamientos de Jordi Borja prestados por Lucas Correa implica el disfrute de su espacio físico urbano y los derechos a permanecer en ella, a movilizarse, a disfrutar de la centralidad accesible, del entorno bello, del espacio público significante, en el cual sea posible sentirse seguro y se disfruten de relaciones fundadas en la convivencia pacífica. Implica la posibilidad individual de definir a su interior su proyecto de vida libremente, y el derecho a no vivir alejado, ni en espacios invisibles y sin cualidad, además de la oportunidad de participar e incidir en los ámbitos reales de decisión y gestión. La segunda faceta, el mandato de construcción colectiva y participativa de los asuntos de ciudad, consiste en tener poder real deagenciamientoe incidencia en el manejo de los asuntos de la ciudad, es decir, poder ser parte de los procesos de discusión y acción de la ciudad. Su realización incluye la participación activa, la cual no consiste exclusivamente, en incluir y tomar encuenta a las comunidades en los procesos de discusión, gestión e implementación de los asuntos de ciudad, sino que la impone como corresponsabilidad de los ciudadanos/as, colectividades y organizaciones sociales tomar parte activa de los asuntos que en ella se desarrollan, aportando a su construcción mutua y colectiva. Finalmente, La tercera faceta comprende el goce efectivo de los derechos humanos en los contextos urbanos,siendo ella una apuesta por la realización armónica de los derechos civiles y políticos, económicos, sociales y culturales, y colectivos de las personas y grupos residentes en la ciudad, que se materializa en circular libremente y sin peligro, tener derecho a los servicios sociales, contar con una vivienda digna, espacios de ocio y recreación, un trabajo digno, educación, entre otros. En cada una de estas facetas se sintetiza a groso modo, la naturaleza compleja del derecho a la ciudad, el cual involucra dimensiones políticas, sociales, económicas y culturales, que parten de la noción de ciudad como una realidad socio cultural compleja que se produce, crea, y transforma, y que debe ofrecer a sus habitantes espacios sociales con oportunidades iguales de vivir con dignidad, independiente de las características sociales, culturales, étnicas, de género y edad. 61 Las tres fases del derecho a la ciudad retoman la esencia de los contenidos del derecho a la ciudad expresados en la Carta Mundial, los cuales son relativos a los siguientes derechos: ejercicio de la ciudadanía y a la participación en la planificación, producción y gestión de la ciudad; producción social del hábitat; desarrollo urbano equitativo y sustentable; información pública; manifestación y uso democrático del espacio público; acceso a la justicia; seguridad pública y convivencia pacífica, solidaria y multicultural; agua y acceso al suministro de los servicios públicos domiciliarios; transporte público y la movilidad urbana; vivienda; trabajo; y al derecho a un ambiente sano y sostenible; entre otros que se asocien a la vivencia de lo urbano como garantía para el disfrute de hombres y mujeres de contextos urbanos renovados. El cumplimiento de sus contenidos, hará posible que las personas que viven en las ciudades, hombres y mujeres, disfruten de ciudades justas, libres de todo tipo de discriminación de género, edad, raza, condiciones de salud, ingreso, nacionalidad, etnia, condición migratoria, orientación política, religiosa o sexual, siendo las prácticas discriminatorias a su interior, constitutivas de su desconocimiento y violación. 4. El derecho a la ciudad, de las mujeres: declaraciones internacionales su y contenido Es una Carta abierta a futuras y nuevas propuestas. Este es el camino construido por las organizaciones de mujeres y feministas en el mundo para alcanzar Muchos de los derechos que estuvimos históricamente excluidas (Carta por el Derecho de las mujeres de la ciudad, 2004) Dadas las anteriores reflexiones sobre el concepto de ciudad como escenario complejo, no neutral, donde se construyen y reconstruyen un determinado sistema de género, y las conceptualizaciones recientes del derecho a la ciudad, relacionadas con el ejercicio pleno de la ciudadanía, la función social de la ciudad y la propiedad urbana, y la participación en la gestión democrática de la ciudad, promovidas por movimientos sociales urbanos, realizaremos nuestra propuesta de definición del derecho a la ciudad, de las mujeres, concepto central del desarrollo de la investigación que permitirá analizar como las mujeres de la ciudad de Cartagena lo comprenden, viven y disfruta, y las 62 conciencia que del tienen las autoridades locales para desarrollarlo y protegerlo a partir de sus decisiones político-administrativas. Retomaremos las reflexiones académicas de las mujeres, así como la normativa internacionaly las declaraciones de sus derechos para dar respuesta, de manera concreta, a la pregunta ¿Qué significa el derecho a la ciudad para las mujeres?,¿Viven las mujeres la ciudad de forma diferente?, ¿Ha cambiado la forma en que ellas habitan la ciudad?definiciónque propondremos desde el enfoque de las realidades, posibilidades y necesidades de los sujetos de derechos, indispensable para que las mujeres disfruten de una “Buena vida” en las ciudadesy encuentren en ellas las condiciones necesarias para su seguridad humana. Durante los últimos 50 años, la vida cotidiana de las mujeres en las ciudades ha experimentado cambios, entre los cuales se encuentra su incorporación al mundo laboral remunerado, alternando la vida doméstica y del hogar, y permitiéndoles su exploración progresiva en la vida pública generando diversas transformaciones económicas, culturales y políticas, entre las que se destaca las doble o triple jornada de trabajo (remunerado, doméstico y comunitario); el acceso a la educación superior, la participación en cargos de elección popular, la defensa de sus derechos sexuales y reproductivos; la feminización de la vejez y el retraso progresivo y una reducción significativa de la nupcialidad y la maternidad; el incremento de los hogares unipersonales y monoparentales que tienen como referencia a la mujer; la inmigración de estas a otros países, entre otros. Todos estosdan cuentacomo las ciudades no son habitadas por ciudadanos homogéneos, sino que son complejas y dinámicas, que han ido creciendo reflejándose en ellas un amplio abanico de intereses económicos, sociales y políticos, así como de necesidades diferenciadas entre sus habitantes, hombres, mujeres, ancianos y ancianas, jóvenes, ancianos y ancianas, entre otros, en palabras de Shelley Buckingham: Naturalmente, no existe un prototipo humano homogéneo singular que pueda servir de base para definir cuáles son las necesidades de la gente y, a su vez, cómo deben satisfacerse a través de la articulación de sus respectivos derechos. El proceso de definir la particular necesidad humana de tener un nivel de vida 63 adecuado debe considerar una multitud de identidades diferentes y cruzadas que habitan en un contexto particular, y cómo su identidad social moldea las formasen que viven y crean el entorno (Shelley Buckingham, 2010: 61). En dicho orden de ideas, el género es entre tantas, una sola categoría que diferencia en la identidad pero que afecta a todas las personas del planeta, aunque de manera distinta. Es producto de las funciones y roles construidos por la sociedad, la misma que crea, usan, y habita las ciudades, y los cuales se traducen en desigualdades,resultado de las relaciones de poder patriarcal. En coherencia con el planteamiento (Shelley Buckingham, 2010) consideramos que las personas no son neutrales, sino que, son construidas socialmente a través de categorías de género a la cual incluimos también las categorías de raza y clase, que hacen que los espacios productos sociales no neutrales, y expresión de los diferentes actores, hombres y mujeres, de acuerdo a las funciones que la sociedad le otorgue en la creación de la vida diaria. Lo anterior es el fundamento para entender las particularidades del derecho a la ciudad, de las mujeres, pues serán sus experiencias diarias en las ciudades el resultado directo de las interpretaciones sociales de género y espacio. Resultando de esta manera imprescindible que, todo debate acerca de los derechos humanos, y en este caso el derecho colectivo a la ciudad, incorpore un análisis de género para examinar a fondo las desigualdades que existen,identificando y satisfaciendo cada una de sus facetas1) usufructo equitativo de los bienes, y oportunidades que la ciudad tiene para ofrecer a sus habitantes; 2) mandato de construcción colectiva y participativa de los asuntos de ciudad; y 3) goce efectivo de los derechos humanos en los contextos urbanos conforme a sus particularidades, historias y contextos. En este sentido, es importante entender como la consagración de los derechosde las mujeres en los instrumentos internacionales y su consideración como derechos humanos ha sido un avance en modificar las condiciones de universalidad de los derechosy un resultado en la toma de conciencia de la situación de las mujeres en el mundo. Es así como el decreto de la década internacional de la mujer por parte de la Organización de las Naciones Unidas entre 1975 y 1985 reviste gran importancia 64 simbólica y un hito en el reconocimiento jurídico, y adecuación de los derechos de las mujeres conforme a sus condiciones sociales, políticas e históricas. Según Florence Thomas (2006) fue la manera de recordarle a un mundo aún tan masculino, que las mujeres representan más de la mitad de la humanidad, y que sus aportes al desarrollo aunson desconocidos e invisibles en la mayoría de los índices y estadísticas de los estados. Desde este pronunciamiento de laOrganización de las Naciones Unidas, se recomienda integrar formalmente a las mujeres al desarrollo, y en particular al desarrollo de las ciudades, prestando mayor atención a sus condiciones de vulnerabilidad y reconociéndoles como una población visible en cuanto población especifica con necesidades particulares. Entre los hitos en la especificidad de los derechos de las mujeres, los cuales son los antecedentes de su derecho a la ciudad, y que por práctica jurídica, éste debe no sólo contenerles sino ser coherente con cada uno de sus postulados, encontramos los siguientes referentes normativos: Las Conferencias Internacionales sobre la Mujer han tenido lugar en México (1975), en Copenhague (1980), en Nairobi (1985), en Beijing (1995) y en Nueva York (2000 y 2005); la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer en 1979; la Cumbre Mundial de la Tierra, Rio de Janeiro, 1992; La Conferencia Internacional de Derechos Humanos, Viena 1993; La Conferencia Internacional de Población y Desarrollo, el Cairo 1994; La Cumbre Mundial de la Alimentación, Roma 1996; y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar Y Erradicar La Violencia Contra La Mujer "Convención De Belem Do Para" Brasil 1994. De esta manera, su garantía y cumplimiento por parte de los Estados inspiró las discusiones sobre el derecho a la ciudad de las mujeres, quienes antes de que existiera la Carta Mundial por el Derecho a la Ciudad proponen los siguientes documentos: La Carta Europea de la Mujer en la Ciudad, Bruselas 1995 y la Carta por el Derecho de las Mujeres en la Ciudad 65 La primera de ellas, la declaración del Derecho a la Ciudad, de las Mujeres: Carta Europea de la Mujer en la Ciudad, ha sido un documento de buenas prácticas de las Organización de las Naciones Unidas (ONU)concebida por las organizaciones de mujeres en Europa fundada en el proyecto de investigación “La Ciudad, la Ciudadanía y el Género” en la cual se identificó como aspectos prioritarios para la vida de las mujeres en la ciudad: su participación en la planeación urbana y desarrollo sostenible, el ofrecerles condiciones de su seguridad y movilidad, y proveerles equipamientos locales y viviendas adecuadas, todos ellos contenidos iníciales para el disfrute de su derecho a la ciudad, al respecto señala “Debemos admitir el factor género en la ciudad como la fuente de una nueva cultura compartida, y debemos participar en la definición de una nueva filosofía del ordenamiento territorial (Carta Europea de la Mujer en la Ciudad, 1996) Con estos propósitos, las organizaciones declarantes de la Carta Europea en 1995 formularon esta propuesta por considerar a las ciudades lugares donde se han perpetuado las discriminaciones entre hombres y mujeres, y que por diversas condiciones históricas y socio culturales aún persistían, determinado de manera definitiva los mecanismos de creación y gestión de las ciudades, además del ordenamiento de los espacios urbanos. De acuerdo a estaCarta, la cual no nombra directamente el derecho a la ciudad, de las mujeres, pero establece sus contenidos generales,considera que en las ciudades se debe garantizar el goce pleno de sus derechos humanos, implicando así la garantía de un medio ambiente sano, posibilidades para el acceso al empleo,proximidad y calidad de los servicios comunitarios, que facilitan las actividades de la economía del cuidado,además de el acceso y participación en los centros de decisiones, la oferta de la cultura y las actividades de ocio, y finalmente el disfrute de ciudades seguras. Conforme a la explicación realizada sobre cada una de las facetas del derecho ciudad a partir del análisis realizado a la Carta Mundial en el 2004, la cual nombró el derecho a la ciudad, encontramos que la Carta Europea a pesar de no nombrarlo, incluye una visión inicial de lo que se debe entender por el derecho a la ciudad, de las mujeres, con el desarrollo y garantía de las garantía de las siguientes facetas:mandato de construcción 66 colectiva y participativa de los asuntos de ciudad, y goce efectivo de los derechos humanos en los contextos urbanos, recogidas en los siguientes doce puntos: La Igualdad de Oportunidades, las mujeres en la ciudaddeben de contar con iguales oportunidades en los escenarios, educativos, formativos y decisión sobre el ordenamiento territorial, el espacio urbano, la vivienda, la movilidad y la seguridad, promoviéndose en ellos la toma de decisiones que favorezcan la aparición de nuevas relaciones de solidaridad. Para ello, será condición sine qua non,la ciudadanía activa yplena de las mujeres, eliminando para el goce del derecho a la ciudad, los obstáculos que limitan el acceso de las mujeres a la vida pública, siendo su corresponsabilidad participar en todas las instancias de representacióndonde se toman las decisiones políticas y económicas que forjan la ciudad, en especial de aquellos relativos a los temas de empleo, vivienda, coexistencia social, valores culturales y calidad del medio ambiente. En este mismo sentido, el derecho a la ciudad, de las mujeres, incluye el establecimiento de formas de gobierno democrático y paritarioy su efectivaparticipación en todos los niveles de decisión sobre temáticas como: ordenamiento del territorio, espacio urbano, vivienda, transporte y medio ambiente, donde puedan exponer sus argumentos, los cuales no han sido escuchados en la evolución de las ciudades, convirtiendo así en prioridad política, sus necesidades cotidianas en el proyecto urbano, el cual tiene como gran desafíola renovación democrática, a partir de procesos que supongan una mayor participación de las mujeres en la toma de decisiones. De otro lado consideran indispensable que las mujeres gocen de condiciones de seguridad y movilidad, con posibilidades de acceder a los medios de transporte y desplazarse libremente y con toda seguridad en horas diurnas y nocturnas, evitando el riesgo de aislamiento y ser blanco de agresiones y víctimas de la violencia,en este sentido, la ciudad debe permitir el desarrollo de lavida cotidiana de las mujeres donde puedan satisfacer sus necesidades, y disfrutar de sus entornos de vida, mientras disfrutan del desarrollo duradero, el cual incluye disfrutar de una ciudad con calidad medio ambientaly un entorno de vida apropiados, que tenga en cuenta sus necesidades, y la proximidad de los servicios sociales que hacen más llevaderas las obligaciones, que aun en la mayoría de los casos asumen las mujeres. 67 Finalmente, sugiere la Carta la inclusión del factor género en la planeación, organización y gestión de la ciudad, el cual debe influir en la definición de una nueva filosofía del ordenamiento territorial, quefacilite nuevas alternativas para la planeación urbana, contemplando para su inclusión la educación y la experimentación local, apoyada en la realizacióndeinvestigaciones y peritajes que determinen en qué medida han sido discriminadas las mujeres en los programas y políticas públicas y en la modificación de los mismos conforme a nuevas estrategias de gestión políticoadministrativas. De igual modo, analiza la función de los medios de comunicación, con el fin de que en las ciudades no se difunda mensajes con estereotipos de género, y sean usados para divulgar globalmente esta carta. Esta declaración inicial da cuenta como las diferencias de género llevan a modos diferentes de vivir la ciudad, y de entender cómo a su interior, hechos como la pobreza y la desigualdad afecta de manera diferencial a hombres y mujeres. Su redacción es la primera respuestas que nos conduce a una mirada diferencial del derecho a la ciudad alejándonos de la mirada universalista y general de los derechos humanos, hasta convertirlo en una estrategia jurídica y política para diezmar, en primer lugar, las manifestaciones de injusticia distributiva consistente en las posibilidades de acceso a los recursos, bienes y servicios que la ciudad ofrece y a los cuales todas las franjas de población urbana no acceden de igual manera,y en segundo lugar, para disminuir la injusticia institucional que limita el potencial de las y los ciudadanos para participar en las decisiones sobre sus propios derechos, intereses y necesidades. Posterior a la Carta Europea redes de mujeres en América Latina propone la Carta por el Derecho de las Mujeres a la Ciudad, 2004 presentada en el II Foro Urbano Mundial de Barcelona, en la cual incluye los temas de preocupación mundial desde la visión de las mujeres, y a partir de la cual se proponen el desafío de habitar en ciudades equitativas y democráticas “Tenemos derecho a exigir igualdad cuando la desigualdad nos inferioriza, pero tenemos el derecho de reivindicar las diferencias cuando la igualdad nos descaracteriza, nos oculta o nos desconoce”(Declaración Redes Feministas de A. Latina y el Caribe CEPAL, México, 2004). Su formulación nace de la identificación de los siguientes problemas de las dinámicas urbanas a nivel mundial y situado en los contextos locales. 68 1. El acelerado proceso de urbanización de las ciudades como principales asentamientos humanos. 2. La concentración de la riqueza y la generalización de la pobreza como condición de vida de muchas mujeres en el mundo. 3. La división de las ciudades y ciudadanos según su ubicación en el mundo, siendo las ciudades del tercer mundo lugares para ciudadanas y ciudadanos excluidos, carentes en muchas de ellas, de los derechos sociales y económicos básicos. 4. La implementación del modelo neoliberal y su impacto en la vida de las mujeres, el cual las considera mano de obra barata para el funcionamiento de la economía global, y quienes han asumido el costo social de la privatización de los servicios públicos, estos últimos responsabilidad de los Estados y que benefician directamente la vida de las mujeres. Tendientes a superar estos problemas, los contenidos de la Carta del Derecho a la Ciudad de las Mujeres del 2004, aportan a una nueva interpretación del mundo y de la sociedad, cuestionando la subordinación de las mujeres como sustento de las relaciones sociales, definiendo nuevos derechos y contenidos a sus vidas como son la democracia, la ciudadanía y la participación. Realiza una definición explícita del derecho a la ciudad, de las mujeres y formula alternativas para el logro de sus derechos interdependientes, tales como el derecho a la educación, salud, trabajo remunerado, participación política, decidir sobre sus cuerpos, y el acceso a los bienes y servicios de la ciudad. De esta manera el derecho a la ciudad, de las mujeres comienza a inspirar sus contenidos en los siguientes principios realizables, incidencia en la gestión democrática en la ciudad, el cual se alcanza con el protagonismo de las mujeres en la participación en el poder local para la planificación urbana y territorial y el ejercicio de su ciudadanía activa para el control ciudadano en las inversiones y el gasto público, y la sustentabilidad de las ciudades, beneficiándose ellas del acceso a los servicios públicos urbanos, agua potable, contextos seguros y con posibilidades de movilidad. Y goce de un medio ambiente sano, y acceso a la tenencia segura de la vivienda por las mujeres 69 Esta Carta y la definición de sus principios, es un hecho de gran relevancia porque permite colocar en la agenda social y de los gobiernos, los temas de preocupación de la comunidad mundial desde la visión de las mujeres, no obstante, las brechas entre sus enunciados y el cumplimiento de los mismos aun son relevantes, en primer lugar porque aun los mecanismos para efectivizarlos son débiles, y en segundo porque la asignación de recursos técnicos y económicos para llevarlos adelante y monitorear su cumplimiento son escasos. 5. Definición del derecho a la ciudad, de las mujeres: facetas, enfoque y contendidos El derecho a la ciudad es interligado e interdependiente a todos los derechos humanos internacionalmente reconocidos, concebidos integralmente. Luego, incluye el derecho a la tierra, a los medios de subsistencia, al trabajo, a la salud, educación, cultura, habitación, protección social, seguridad, medio ambiente sano, saneamiento, transporte público, entretenimiento e información (Carta Mundial por el Derecho a la Ciudad Suscripta por distintas organizaciones y movimientos sociales.FSM, Porto Alegre 2002). La definición del derecho a la ciudad, de las mujeres que sea complementario y analítico de lo establecido por las Cartas Internacionales que lo contienen, implica la teorización de las tres facetas propuestas a partir de las particularidades de las mujeres, asumiendo las críticas de la teoría feminista a la definición de los derechos y abandonando el discurso liberal de los derechos humanos, convirtiendo en alternativa la des -universalización, des-abstracción, y des-generalización de los derechos humanos. La CartaMundial por el Derecho a la Ciudad, de las mujeres suscrita por distintas organizaciones y movimientos sociales considera limitantes a la primera faceta de la definición del derecho a la ciudad, usufructo equitativo de los bienes y oportunidades que la ciudad tiene para ofrecera sus habitantes lassiguientes: 70 1. La consideración en las políticas urbanas y habitacionales de un concepto limitado de vivienda, que no considera la relación de ésta con el empleo, los servicios públicos, las redes de infraestructura, la calidad ambiental, que influencian directamente la vida de las mujeres al ser las principales responsables de la economía del cuidado. 2. Las medidas de privatización del agua excluye del acceso al servicio a quienes no puedan pagarla, poniendo en peligro la vida y la salud de la población. 3. Las limitaciones en el acceso, propiedad y tenencia de la vivienda por parte de las mujeres, en especial de aquellas de sectores empobrecidos, solas con hijos, desplazadas por conflictos armados ó por desastres naturales. Así mismo sufren limitaciones y discriminaciones para el acceso a la tenencia segura a la vivienda, y no cumplen fácilmente con los criterios de elegibilidad para el acceso a la vivienda subsidiada o subvencionada. 4. La habitación en asentamientos informales sin servicios de saneamiento básico, en zonas de riesgo ambiental, y la construcción de viviendas con materiales inadecuados y peligrosos para la salud humana. La precisión de dichas limitaciones implica que el beneficio y uso de los bienes y posibilidades que la ciudad tiene para ofrecer a sus habitantes, en especial a las mujeres, los cuales deben de estar dirigidos a su sustentabilidad, con conciencia de los roles y papeles que ellas cumplen a diario en la ciudad tales como: las condiciones de la economía del cuidado, responsabilidad en las actividades domésticas, e intermediación de las necesidades familiares, las cuales hace de ellas las principales usuarias de estos servicios y equipamientos urbanos, así como las nuevos bienes y oportunidades que comienzan a requerir a partir de las modificaciones que sus vidas cotidianas producto de las nuevas interacciones urbanas que se desarrollan entre la tensión exclusión-inclusión. Igualmente la incidencia de las mujeres en el mandato deconstrucción colectiva y participativa de los asuntos de ciudad, significa que las mujeres tengan poder de participación influyente en la gestión democrática de la ciudad, en las decisiones sobre su planificación urbana y territorial, en el control sobre el gasto público, superando las siguientes barreras que las alejan del derecho de participar para crear y recrear la ciudad: 71 1. La inequidad en el porcentaje de participación de las mujeres en los máximos cargos ejecutivos y de decisión política en los gobiernos de las ciudades. 2. La baja corresponsabilidad de los hombres en el ámbito reproductivo. 3. La debilidad operativa y presupuestal ó inexistencia de las institucionalidades de género en las ciudades. 4. La naturalización del trabajo doméstico y privado asignado históricamente a las mujeres, y la realización del trabajo no remunerado y voluntario, particularmente en los sectores más empobrecidos de las ciudades, por las mujeres. 5. La ausencia de políticas públicas especificas para las mujeres. 6. La reducción y privatización de los servicios sociales y servicios públicos, y el cumplimiento de estos por las mujeres como extensión de su trabajo no remunerado. 7. La ausencia de las mujeres en las decisiones vinculadas a la planificación territorial y urbana, y al entorno físico donde viven, trabajan y sueñan. 8. La neutralidad de los presupuestos públicos respecto al género, negando la existencia de diferencias sociales, culturales y de sexo, desconociendo por lo tanto las necesidades y requerimientos de las mujeres, y sus aportes económicos a través del trabajo no remunerado en el ámbito privado y comunitario. Tener mandato deconstrucción colectiva y participativa de los asuntos de ciudad, representa a las mujeres su participación a través de los mecanismos tradicionales de la democracia representativa y de los no tradicionales como son: la movilización social, la resistencia pacífica y la confluencia de fuerzas sociales, para incidir en el poder local y en los espacios de decisión, presentando y exigiendo la satisfacción diferencial de sus necesidades prácticas e interés estratégicos, tendiente alcanzar en los gobiernos el alcance de beneficios para todas y todos en la ciudad con plena responsabilidad de la no neutralidad de los espacios, ni la homogeneidad en las formas de vivencia y apropiación de la ciudad de hombres y mujeres. En este sentido, particularmente para construir colectiva y participativamente los asuntos de ciudad, la participación de las mujeres y la presentación de sus necesidades en estos niveles de decisión requiere:la sensibilidad de sus representantes a los temas de género, el conocimiento de sus equipos de las necesidades e intereses de las mujeres, y 72 su participación directa en la formulación y ejecución de políticas que promueva su plena participación e igualdad en la planificación de los asentamientos humanos. Dicha actuación incluye de manera especial su participación en la planificación urbana y territorial, para incidir en la construcción, mejoramiento y mantenimiento de los asentamientos humanos, y la participación en el control de las inversiones y el gasto público,para incidir directamente en la gestión democrática de la ciudad y en la definición de las prioridades económicas, sociales y culturales, alcanzado los beneficios de la asignación y distribución de los recursos públicos, al respecto la Carta considera: Para participar es necesario tener las condiciones para hacerlo, no basta la libertad y el derecho. Un tratamiento igualitario en un contexto de desigualdad puede significar reforzar inequidades. Sabemos que las necesidades no se dirimen en un plano de igualdad, prevaleciendo las necesidades de los que tienen mayor poder (social y de género).y en consecuencia legitimando como intereses colectivos sus propios intereses (Carta por el Derecho a la Ciudad de las Mujeres, 2004). Finalmente,La CartaMundial por el Derecho a la Ciudad, de las mujeres 2004 considera, además, de las limitaciones expuestas otras que afectan y limitan el derecho a la ciudad de las mujeres, relacionándolas directamente con el goce efectivo de los derechos humanos en los contextos urbanos, última faceta de realización del derecho a la ciudad, de las mujeres, estos son: 1. La inseguridad urbana y las consecuencias de respuestas represivas y autoritarias, ha generado un ambiente de violencia en las ciudades limitando en especial a las mujeres el acceso, uso y apropiación, de sus espacios urbanos, elevándose los niveles de violencia basada en género. 2. Las limitaciones a su movilidad y desplazamiento hacia los diferentes lugares de la ciudad, y el consecuente aislamiento de las mujeres más pobres de las centralidades urbanas. 3. Los condicionantes del transporte público que condicionan las decisiones de las mujeres respecto a las actividades a realizar, los costos económicos y el uso de 73 tiempos, toda vez que en su mayoría van acompañadas de niños, enfermos y ancianos. 4. La contaminación de las zonas urbanas generan efectos diferentes en la salud de las mujeres y menores, en razón de su diferente susceptibilidad a los efectos tóxicos de sustancias químicas, y exposición a las mismas debido al carácter de las tareas que frecuentemente realizan, y emplearse en actividades mal remuneradas y sin medidas de protección. 5. La ausencia de vinculación entre prevención del delito y las condiciones de diseño de la ciudad, y su planificación física. Todos estos efectos limitan las condiciones delas mujeres para su movilidad en la ciudad, dado que no son consideradas las diferencias de hombres y mujeres en las políticas de transporte público. De otro lado son obstáculos para el disfrute de condiciones deseguridad de las mujeres en la ciudad, toda vez que se ha invisibilizando cómo la inseguridad afecta específicamente a las mujeres, no sólo en el ámbito privado, sino las prácticas de violencia basada en género en las ciudades y sus calles, donde sus habitantes realizan conductas agresivas y violentas que las afectan tales como: ofensas, acoso sexual, violaciones, en espacios privados, públicos, medios de transporte, y atracos, que hace parte de una criminalidad que no siempre es denunciada y menos aun sancionada. Las anteriores situaciones generales a los contextos de las ciudades y las pistas que ofrece sobre lo que debe incluir el derecho a la ciudad, de las mujeres para la realización de sus facetas y el disfrute de los contextos urbanos en igualdad de oportunidades, justifica hacer un aporte a su definición desde los postulados y enfoque de la seguridad humana, entendiéndola como condición necesaria y principal para el reconocimiento, garantía, y satisfacción del derecho a la ciudad de las mujeres. 6. Derecho a la Ciudad, de las Mujeres y su relación con el enfoque de seguridad humana. Las anteriores consideraciones sobre los contenidos de la definición del derecho a la ciudad de las mujeres según las cartas internacionales que comienzan a nombrarlo, 74 precisan qué su reconocimiento requiere de nuevas conceptualizaciones que lo complementen y fortalezcan, incluyendo la reinterpretación de prácticas culturales que permitan a las mujeres una nuevas forma de sentirse y habitar las ciudades, sintiéndose en ellas seguras y con condiciones para disfrutar de una “Buena Vida”, concepto a partir del se realiza sus aportes a su definición a partir del enfoque de seguridad humana. En este sentido, hace parte del derecho a la ciudad y en especial del derecho a la ciudad, de las mujeres, la posibilidad de disfrutar de una vida digna en las ciudades, al respecto tomamos la distinción que ha realizado la Corte Constitucional Colombiana, corporación que con sus conceptos ha aportado a la definición de los derechos humanos y ha salvaguardado el cumplimiento de los preceptos constitucionales a la luz del los principios inspiradores del Estado Social de Derecho, quien en sus jurisprudencias T881 de 2002yC-075 de 2007 define el principio de dignidad humana como principio rector de todo el ordenamiento jurídico colombiano, en las siguientes dimensiones: 1. La posibilidad de vivir como se quiera, consiste en vivir sin interferir en la órbita de los derechos de los demás,de modo que cada cual elija el plan vital que prefiera sin afectar la órbita de los derechos ajenos, de esta manera, el derecho a la ciudad, de las mujeres implica la garantía a su autonomía individual para elegir su proyecto de vida y determinarse a sí mismas, siendo de esta manera una urgencia el replanteamiento de las relaciones de género en las ciudades, y la adopción por parte de las autoridades públicas,de medidas afirmativas tendientes a que realmente las mujeres puedan auto determinarse económica, fisca y sexualmente. 2. La posibilidad de vivir bien, en otras palabras, la realización del derecho a la ciudad, de las mujeres, implica que ellas cuenten con ciertas condiciones materiales de existencia,y gocen de manera real y efectiva de los bienes y servicios que ofrece la ciudad. En este sentido, la ciudad debe de garantizarles los medios y recursos para que desarrollen un papel activo en la sociedad, y vivan en ellas condiciones de bienestar, entre lo que se encuentra gozar con los mínimos patrimoniales para la satisfacción de sus necesidades vitales,salud, educación, alimentación, vestido, ocio, cultura y recreación. 75 3. La posibilidad de vivir sin humillaciones,consiste en preservar su integridad física y moral y espiritualpermitiéndoles escoger el plan de vida que deseen sin que este condicionado por estereotipos de género que denigren su existencia en las ciudades. Dadas las anteriores distinciones, proponemos establecer como pilar axiológico del derecho a la ciudad, de las mujeres, la dignidad humana, indispensable para que en los contextos urbanos se les proporcione las condiciones necesarias para su seguridad humana que les garantice disfrutar de “buena vida”, alcanzable a partir de la satisfacción de sus necesidades básicas y estratégicas. La cual da contenido axiológico al planteamiento realizado en el aparte anterior sobre las facetas del derecho a la ciudad, de las mujeres según la interpretación de las cartas y declaraciones internacionales que lo definen y que se centran en: 1) promover y garantizar su incidencia en la gestión democrática de la ciudad, a partir de su participación en los poderes locales y en los procesos de planificación urbana y regional;y 2) participar en el control ciudadano, entre otras manifestaciones que las incluyan en la realización plena de su ciudadanía; ambas otorgándoles oportunidad y responsabilidad en la sustentabilidad de las ciudades, facilitándoles el acceso a los servicios públicos domiciliarios, los servicios públicos urbanos, contextos seguros, movilidad, vivienda, salubridad pública, entre otros. De tal manera que el derecho a la ciudad, de las mujeres es un derecho colectivo propio y definible según las especificidades y particularidades de ellas como grupo poblacional, que la habitan, acceden y usan, suponiendo no solamente usar lo que ya existe en los espacios urbanos, sino también, definir y crear lo que debería existir con el fin de satisfacer la necesidad humana de llevar una vida decente, traducida en condiciones de “Buena Vida” y dignidad. En razón de ello, además del postulado axiológico de “buena vida”, aportamos a la definición del derecho a la ciudad, la inclusión de las dimensiones del enfoque de seguridad humana, que introduce los elementos fácticos para que las mujeres puedan usar de forma libre y segura lo que la ciudad lesofrece, e incidan en la creación y recreación de aquellos elementos de los cuales carece en condiciones de equidad. 76 El enfoque de seguridad humana define cuales son las condiciones con las cuales deben contar las ciudades para la garantía y satisfacción de cada una de sus faceta del derecho a la ciudad, de las mujeres identificadas en los contenidos de las cartas internacionales 1) usufructo equitativo de los bienes y oportunidades que la ciudad tiene para ofrecer a sus habitantes; 2) mandato de construcción colectiva y participativa de los asuntos de ciudad; y 3) goce efectivo de los derechos humanos en los contextos urbanos, siendo ella la principal condición fáctica para el disfrute las mujeres, de condiciones de vida digna y “Buen Vivir” en las ciudades. El enfoque de seguridad humana definido por el Programa Nacional de las Naciones Unidas PNUD en su informe sobre Desarrollo Humano en el año de 1994, hace de la seguridad en las ciudades una prioridad para defenderlas de las amenazas no militares tales como: debilidad de la democracia en los estados, aumento de la pobreza, la inequidad, la violencia y la criminalidad urbana. Esta nueva mirada de la seguridad,fundada en el derecho internacional y el respeto prioritario por los derechos humanos,ha sido impuesta a nivel mundial como un tema prioritario de los programas políticos de la región y la vida en sus ciudades, y ha obligado para su consecución, a la toma de decisiones innovadoras para la atención de las necesidades y preocupaciones de grupos excluidos y vulnerables, para lograr que se pueda vivir en un mundo libre de temor donde las personas, hombres y mujeres se sientan protegidos con calidad de vida y vida digna. Dada la importancia de garantías materiales para la satisfacción del derecho a la ciudad, de las mujeres, nos remitiremos algunos aspectos esenciales sobre el alcance de este enfoque, que asimila la seguridad de los Estados con “la calidad de vida y la dignidad humana en términos de libertad, acceso al mercado y oportunidades sociales”. Y que ha obligado a los gobiernos del mundo a comprometerse con la defensa de todas aquellas amenazas para la paz y la seguridad, entre las establecemos de manera especial para las mujeres: la inequidad entre hombres y mujeres, la feminización de la pobreza, la violencia basada en género, y su débil participación y representación política. 77 6.1 Antecedentes, concepto y dimensiones del enfoque de seguridad humanapara su inclusiónen la definición del derecho a la ciudad, de las mujeres. El concepto de seguridad humana surge a mediados de los noventa como un nuevo paradigma para replantear los tradicionales conceptos de seguridad que inspiraron la acción de los países durante el siglo pasado. Se ha fundamentado en la protección de la dignidad humana –Vivir como se quiera, Vivir Bien, y Vivir sin Humillaciones- , los cuales son el sustento axiológico de nuestra propuesta de definición de derecho a la ciudad, de las mujeres, con el fin de establecer los nuevos desafíos para la seguridad desde la perspectiva de las personas y los ciudadanos. Siguiendo los postulados del Programa de Seguridad Humana de FLACSO-Chile, los cuales son presentados por Claudia F. Fuentes Julio y Francisco Rojas Aravena, presentados en el texto “Promover la Seguridad Humana: Marcos Éticos, Normativos y Educacionales” (UNESCO, 2005), presentaremos las principales conceptualizaciones sobre seguridad humana, vinculadas a dos informes sustanciales con objetivo de ilustrar ampliamente su inclusión como enfoque en la definición del derecho a la ciudad, de las mujeres: El primero de los informes es La Responsabilidad de Proteger de la Comisión Internacional sobre Intervención y Soberanía del Estado en el año 2001, en el cual se describir la intervención humanitaria y la responsabilidad de la comunidad internacional frente a poblaciones cuyos derechos humanos son gravemente vulnerados. En éste la se define la seguridad humana como protección de las libertades vitales de las personas, y sugiere la creación de acciones y políticas basadas en la protección ypotenciación de los individuos para 1) promover el entendimiento público de la seguridad humana y de los imperativos que esta perspectiva conlleva; 2) desarrollar el concepto de seguridad humana como una herramienta operativa para la formulación y aplicación de políticas; y 3) proponer un programa de acción con miras a determinar las medidas más convenientes para enfrentar las amenazas a la seguridad humana (Fuentes & Rojas, 2005: 28). A partir de este primer informe se crea en el marco de la Cumbre del Milenio la Comisión de Seguridad Humana, quien elabora el 2003 el segundo informe La 78 seguridad humana, ahora, en el cual se considera como principales estrategias para alcanzarla: la proteccióno aislamiento de las personas de los peligros, y el empoderamiento de las personas para que participen plenamente en la toma de decisiones en sus localidades, pretensiones similares a las que hemos realizado sobre el derecho a la ciudad, de las mujeres y sus condiciones de “Buena Vida”, en este informe se define la seguridad humana como: “la seguridad humana significa proteger las libertades vitales. Significa proteger a las personas expuestas a amenazas y a ciertas situaciones, robusteciendo su fortaleza y sus aspiraciones. También significa crear sistemas que faciliten a las personas los elementos básicos de supervivencia, dignidad y medios de vida. La seguridad humana conecta diferentes tipos de libertades: libertad frente a las privaciones, frente al miedo y libertad para actuar en nombre propio” (Fuentes & Rojas, 2005: 29) Estos informes dan cuenta de una nueva perspectiva de seguridad, no dependiente exclusivamente de las fuerzas militares, y que se vincula con la complejidad de los problemas mundiales y sus repercusiones sobre millones de hombres y mujeres, quienes habitan masivamente las ciudades y quienes comienzan a ser amenazados por: 1) problemas ambientales, la criminalidad en las ciudades, el narcotráfico, el lavado de dinero, la esclavitud y servidumbre de las personas; 2)brechas en el desarrollo por las grandes dificultades para superar la pobreza y los graves desequilibrios y desigualdades en la distribución de los recursos económicos;3) impactos de la mundialización y las relaciones de interdependencia entre los estados, que ha alterando su soberanía y los ha inscrito en el nuevo sistema mundial; desplazándosede esta manera el debate de la seguridad territorial hacia la seguridad basada en el desarrollo humano, el acceso a la alimentación, el empleo y la seguridad ambiental determinantes para la vivencia urbana y la vivencia de los nuevos derechos colectivos en construcción como lo es el derecho a la ciudad y el derecho a la ciudad, de las mujeres. Previo a estos informes que profundizaron el concepto de seguridad humana, encontramos el documento “Nuevas Dimensiones de la Seguridad Humana” del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo PNUD en 1994, que intenta por 79 primera vez analizar el tema globalmente difundiendo el cumplimiento de dos condiciones básicas para garantizar la seguridad humana de las sociedades humanas, la primera eliminar el temor en la población y la segunda eliminar sus carencias, toda vez en la mayoría de las personas el sentimiento de inseguridad se focaliza más en las preocupaciones de la vida cotidiana, en especial en las ciudades en las cuales viven más de la mitad de la población mundial, que en el temor de una guerra en el mundo, al respecto dice “la seguridad humana está centrada en el ser humano. Se preocupa por la forma en que la gente respira en sociedad, la libertad con que puede ejercer diversas opciones, el grado de acceso al mercado y a las oportunidades sociales, y a la vida en conflicto o en paz. La seguridad humana significa que la gente puede ejercer esas opciones en forma segura y libre, y que puede tener relativa confianza en que las oportunidades que tiene hoy no desaparecerán totalmente mañana” (citado por Fuentes & Rojas, 2005: 34) Esta concepción amplia de la seguridad supone una preocupación universal por la vida y la dignidad humana, de hombres y mujeres, que se encuentra representadas en dimensiones que poseen un carácter integrador e indivisible, tal y como ocurre con las facetas del derecho a la ciudad, y que son diferentes con las concepciones tradicionales de seguridad, limitadas a la defensa del territorio, el poder militar y el carácter defensivo. En este sentido, éste enfoque explicativo aporta a la conceptualización del derecho a la ciudad, de las mujeres porque centra el tema de la seguridad en las personas y en sus condiciones de desarrollo, más que en las estructuras androcentricas establecidas en la sociedad, con tal fin establece siete dimensiones (PNUD, 1994) coincidentes y concurrentes con los presupuestos del goce y disfrute del derecho a la ciudad, de las mujeres, ellas son: 1) dimensión económica: consiste en la disponibilidad de ingresos básicos procedentes del trabajo o del Estado, y de los mecanismos de ayuda familiar y comunitaria, entre sus principales amenazas se encuentra: el aumento del desempleo, reducción de los salarios reales, aumento de la inflación, pérdida de los bienes productivos, aumento de 80 disparidad de ingresos entre ricos y pobres.2)dimensiónalimentaria: consiste en la disponibilidad de alimentos y recursos con los cuales acceder a ellos. Entre sus principales amenazas se encuentra: deterioro del consumo, agotamiento de las reservas alimentarias, aumento de los precios de alimentos, descenso de la producción per cápita de alimentos y aumento de la dependencia de importaciones. (Diccionario de Acción Humanitaria, 2009) 3) dimensión de salud: consiste en la posibilidad de contar con un cuerpo sano y disfrutar de un entorno en condiciones de salubridad y cobertura del sistema sanitario, entre sus principales amenazas se encuentra: aumento de insalubridad, propagación de epidemias, deterioro del sistema sanitario, y empeoramiento del acceso al agua potable. 4) dimensión medio ambiental: consiste en disfrutar de los beneficios del desarrollo sostenible, en gozar de un ambiente sano y con equilibrio ecológico, entre sus principales amenazas se encuentran: el deterioro de los ecosistemas local y mundial y el agotamiento de los recursos (Diccionario de Acción Humanitaria, 2009). 5) dimensión personal:es la ausencia de violencia física, verbal ó psicológica, entre sus principales amenazas se encuentra el incremento de diferentes tipos de violencia física, represión política, agresiones extranjeras, conflictos civiles étnicos o religiosos, delincuencia, malos tratos a mujeres y niños, narcotráfico, entre otras afectaciones a los individuos. 6)dimensión comunitaria: es la protección dada al individuo por la comunidad, familia o grupo étnico, es la protección física, ayuda material, sentimiento de grupo e identidad cultural, entre otras., entre sus principales amenazas se encuentra: prácticas opresivas por parte de comunidades tradicionales, mano de obra forzada, trato cruel a la mujer, discriminación étnica, y deterioro del tejido cívico. 7) dimensión política: consiste en el respeto a los derechos fundamentales del individuo y el goce de las garantías democráticas,sus principales amenazas son: el incremento de la represión política (encarcelamientos, torturas, desapariciones, censura), violaciones de derechos humanos, y autoritarismo; desintegración del Estado 81 nación por rivalidades (étnicas, religiosas, políticas), escalada del gasto militar, entre otras (Diccionario de Acción Humanitaria, 2009). El contenido y cumplimiento de estas dimensiones no se limita a la ausencia de los conflictos sino al tratamiento y evitación de los mismos para no poner en peligro a las comunidades, es por ello que su procura en los espacios urbanos se traduce en la posibilidad de realización del derecho a la ciudad, y los esfuerzos por adecuar los contenidos de estas dimensiones según las particularidades de cada uno de los grupos poblacionales tal y como son las mujeres. Dichas dimensiones son garantías fácticas para que las mujeres usufructúen los bienes y oportunidades que ofrece la ciudad, participen en su funcionamiento y gestión, y gocen de los derechos humanos. 6.2 Recomendaciones para la vivencia del derecho a la ciudad de las mujeres, desde el enfoque de seguridad humana y su inclusión en políticas públicas de ciudad El logro de los presupuestos fácticos de la seguridad humana, presentados en las anteriores siete dimensiones de la seguridad humana, es la vivencia de las mujeres de su derecho a la ciudad, la cuales analizándolas desde las necesidades e interés estratégicos de las mujeres, los presupuestos teóricos de los estudios de género sobre la ciudad, los contenidos de la Carta Mundial por el Derecho de las Mujeres a la Ciudad (2004), y el enfoque de seguridad humana se sintetizan en los siguientes recomendaciones para la vivencia del derecho a la ciudad: 1)condiciones de seguridad en los espacios públicos urbanos, 2) infraestructura y transporte público adecuado, 3) posibilidades de acceso a la tenencia de la propiedad y proximidad entre sus viviendas, 4) rompimiento de la dicotomía de la esfera pública y privada, y 5) participación en la toma de decisiones, gobernanza y planificación (Shelley Buckingham, 2010) 6.2.1. Condiciones de seguridad en los espacios públicos urbanos El uso de los espacios públicos y urbanos en condiciones de seguridad es fundamental para la vida de las mujeres, teniendo en cuenta que ellos ocurren diversas prácticas de 82 violencia basadas en género, las cuales están asociadas a las relaciones de poder patriarcal y de dominación que prevalecen en las sociedades, generándose representaciones de peligro. A pesar que gran parte de esta violencia ocurredentro del hogar o la esfera “privada”, los espacios urbanos presentan peligro para la vida de muchas mujeres e incluyen otras manifestaciones que atentan contra su seguridad humana, toda vez que son un espacio no neutral. Su característica de no neutralidad del espacio por las relaciones patriarcales que en ellas se producen son las que generan mayores riesgos para la violencia de las mujeres, en especial para la violencia sexual, creándose para ellas “ciudades prohibidas” conformadas por zonas peligrosas, limitando el goce completo de los espacios que la ciudad les ofrece. Al respecto Shelley Buckingham (2010) considera que “al limitar su movilidad a causa del temor, las mujeres reproducen involuntariamente la dominación masculina sobre el espacio”, convirtiéndose así la seguridad de las mujeres en el espacio, en un reto que desafía la dominación masculina y el patriarcado en general. Garantiza “Ciudades seguras para todos serán ciudades seguras para las mujeres”, lo cual justifica tener presente en el diseño de políticas de seguridad urbanas que a todos los sectores sociales para prevenir la violencia ejercida sobre las mujeres y las niñas/os en la ciudad, basadas en nuevas formas de cuidado y protección, desde un enfoque preventivo y no represivo. Por consiguiente, los contenidos de la Carta Mundial por el Derecho de las Mujeres a la Ciudad (2004) propone:primero integrar la seguridad urbana como atributo del espacio físico en la planificación de la ciudad, la cual debe de vivirse y sentirse en: espacios públicos, entornos barriales, centros de las ciudades, calles, periferias urbanas, y en todos los entornos urbanos. Y segundo la promoción de campañas de sensibilización sobre la violencia contra las mujeres en el marco de los derechos humanos, dirigidas a la población en general que involucre a distintos sectores sociales, comunidades educativas, medios de comunicación, con el fin de cuestionar los estereotipos culturales que legitiman conductas violentas contra las mujeres. 83 6.2.2. Infraestructura y transportes públicos adecuados Para garantizar condiciones de seguridad humana, para las mujeres en las ciudades, y con ello su derecho al goce y disfrute de la ciudad, se demanda de infraestructura y transportes públicos adecuados y seguros, apropósito de que el riesgo de violencia e inseguridad para las mujeres, normalmente aumenta en las noches en calles y parques, espacios en los cuales se encuentran vulnerables cuando cuentan con iluminación inadecuada, escasa disponibilidad y frecuencia de los medios de transporte, de esta manera será necesario medios de transporte seguros, asequibles, prioridad para que las mujeres puedan ejercer totalmente sus derechos a una ciudad segura. Análogamente, la planificación urbana debe procurar que los edificios, calles, parques, avenidas, placas deportivas, centros de comercio, entre otros cuenten: con buena iluminación, teléfonos públicos para situaciones de emergencia, señalización apropiada para indicar los recorridos del transporte público, servicios de emergencia y de información de la ciudad. En particular, se requiere una infraestructura de transporte público que conecte a las mujeres con los servicios públicos, las fuentes de empleo, y sus hogares, y adicional a ello, que sean accesibles para niños/as y personas adultas cuyos principales cuidadores son las mujeres. En este sentido Carta Mundial por el Derecho de las Mujeres a la Ciudad (2004) considera como derecho de las mujeres el acceso al transporte público, seguro y adecuado a los requerimientos de movilidad de las mujeres, considerando necesario la generación de información desagregada por sexo sobre los desplazamientos en la ciudad, representada en estudios sobre el origen y destino de los viajes, que orienten políticas de transporte público y respondan a las necesidades diferenciadas hombres y mujeres, facilite el uso, disfrute y apropiación de la ciudad. 6.2.3. Acceso a la tenencia y propiedad de los bienes de la ciudad, y proximidad entre viviendas y servicios y empleo Aunque de manera casi unánime se ha reconocido a las mujeres, por los ordenamientos jurídicos de los países, el derecho a la propiedad susceptible de adquisición por cualquiera de los modos de adquirir dominio establecidos en las legislaciones civiles de 84 la mayoría de los países de tradición romano germánica: sucesión por causa de muerte, ocupación, prescripción, y accesión, aun persisten prácticas culturales que limitan la efectiva aplicación de esta leyes, entre ellas la administración del patrimonio de familia, la sexualización de los ingresos, consistente en la preponderancia del ingreso del hombre proveedor, y los bajos y nulos ingresos de las mujeres que obstaculizan su acceso a créditos de financiación para la adquisición de inmuebles en las ciudades. La Carta Mundial por el Derecho de las Mujeres a la Ciudad (2004), considera como garantía del derecho a la ciudad de las mujeres el acceso a la tenencia segura de la vivienda y a los servicios urbanos, reconociendo que, más allá de las legislaciones en las cuales se establecen que hombres y mujeres tienen iguales derechos, se requiere de la transformación de la cultura (prácticas tradicionales) que permitan subvertir situaciones de subordinación e inequidad. En este orden de ideas acude a la implementación de políticas de vivienda que contemplen, en primer lugar, la inserción social diferenciada de las mujeres, contemplando planes acordes con las distintas situaciones de vulnerabilidad de las mujeres: dedicadas a la economía informal, desplazadas por conflictos armados, inmigrantes, mujeres únicas responsables de sus hogares, entre otros. Y en segundo lugar, que incluyan perspectivas de diversidad cultural y étnica, sugiriendo incluso desarrollar una política de descentralización funcional, que considere la distribución equitativa en el territorio de los servicios y equipamientos urbanos, contemplando en proyectos habitacionales el acceso a los servicios interdependientes de la vivienda, tales como servicios sociales, centros de trabajo, guarderías, centros de salud, y otros que eleven su calidad de vida, en las que se priorice la creación de infraestructuras, servicios y equipamientos destinados a la población dependiente (niños/as, ancianos/as, y discapacitados/as) cuyo cuidado ha sido y continúa siendo responsabilidad de las mujeres, superando de esta manera las barreras arquitectónicas que obstaculizan el uso de la misma, y excluye a personas con discapacidades transitorias o permanentes, ancianas/os, y otros. Al mismo tiempo, que se demanda control sobre la prestación de los servicios públicos, en especial el acceso al agua potable y saneamiento ambiental, justificado en el impacto a la salud de las mujeres, quienes están más expuestas por las actividades domésticas y 85 comunitarias, socialmente impuestas al uso de los servicios públicos, lo que genera corta pizas, al encarecimiento de las prestaciones, mayor calidad en los servicios públicos, ymecanismos para su acceso como subsidios y tarifas diferenciadas. Finalmente, la ubicación de la vivienda es un tema importante cuando se considera el hábitat de las mujeres en las ciudades, en palabras de Shelley Buckingham (2010) al ser ella las principales responsables del trabajo reproductivo –como el cuidado de niños y personas mayores y del hogar– y su reciente participación en las actividades productivas, hace que ellas requieran cercanía con los servicios que necesitan con su uso diario en la ciudad, toda vez que, facilita la satisfacción de sus necesidades y el cumplimiento de sus roles dentro de la ciudad. 6.2.4 Rompimiento de la dicotomía de esferas públicas y privadas en la ciudad La comprensión del derecho a la ciudad, de las mujeres sugiere el análisis de la separación entre las esferas públicas y privadas, en las cuales se ubican sus necesidades particulares relacionadas con su trabajo productivo y reproductivo. El disfrute del derecho a la ciudad, de las mujeres impone como reto romper esta dicotomía, que ha atravesado la historia de las mujeres , y que ha obstaculizado el uso igualitario de la ciudad, las cuales están diseñadas actualmente para favorecer el trabajo productivo impulsado por la economía. Ésta perpetuación dicotómica de los espacios, hacen que las ciudades sean poco amigables para las actividades del trabajo reproductivo, especialmente desempeñado por las mujeres, y que debe ser analizado desde la perspectiva de su impacto directo sobre la capacidad del trabajo productivo en la esfera pública, valorando cómo el cuidado del hogar, de los niños, de personas mayores, y de los esposos o parejas, sirve de apoyo para que estos individuos sean productivos en sus emprendimientos económicos, académicos, sociales y políticos fuera del hogar (Shelley Buckingham, 2010). Al respecto, la Carta Mundial por el Derecho de las Mujeres a la Ciudad (2004) exige una transformación cultural en las ciudades que reviertan las situaciones de inequidad social y subordinación de género en todos los ámbitos de la vida, que comprometa a 86 hombres y mujeres en la creación de ciudades justas, equitativas y solidarias, necesarias para la generación de una nueva conciencia social, sobre la división del trabajo, los obstáculos de la ciudadanía plena de las mujeres, y la recreación de nuevas relaciones sociales de género. Tal fin requiere de la participación de los gobiernos locales, para priorizar la capacitación de funcionarios/as, técnicos y profesionales, en la temática de género, que permitantransversalizar el diseño de las políticas públicas, programas y proyectos urbanos. Así mismo, y de manera directa, vincular: al sector educativo para responsabilizarlo de la promoción del enfoque de género como parte constitutiva del conocimiento disciplinar, y el desarrollo de investigaciones que aporten a transformar la visión androcéntrica de las ciudades, y a los medios de comunicación para la difusión de los principios de una nueva cultura, basada en la equidad entre hombres y mujeres y en a no exclusión de las mujeres en la ciudad. 6.2.5 Participación en la toma de decisiones, gobernanza y planificación Finalmente, es componente del derecho a la ciudad, desde los planteamientos centrales de las dimensiones de la seguridad humana, es la posibilidad de que las mujeres participen en la creación o recreación de la ciudad, haciendo imprescindible su voz en la planificación urbana, la gobernanza local y los procesos de toma de decisiones relativos a sus ambientes urbanos. Para ello se debe garantizar su participación igualitaria en todos los niveles de gobierno, y espacios sociales dónde se piensa la ciudad, ejerciendo plenamente su ciudadanía y con el fin de impulsar a su interior, los cambios necesarios para arribar a la igualdad entre los géneros y formación de modos de vida equitativos entre hombres y mujeres. 87 Capítulo III: Disfrute del Derecho a la Ciudad de las Mujeres en Cartagena de Indias Distrito Cultural y Turístico: estudio de caso de las políticas públicas y sus contenidos sobre la seguridad de las mujeres en la ciudad Este capítulo presenta una aplicación práctica de los contenidos esbozados en los capítulos anteriores sobre el derecho a la ciudad, de las mujeres desde el enfoque de seguridad humana, a partir de la presentación de una ruta metodológica de análisis del contexto y de los contenidos de las políticas públicas a la luz de los contenidos generales del derecho a la ciudad, de las mujeres, definidos en el texto, con el fin de identificar cómo la ciudadanía imagina el derecho a la ciudad, de las mujeres y de qué manera éste es reconocido por las instituciones de la administración pública local. Inicia con la presentación metodológica de la ruta de análisis, la cual articularlos presupuestos axiológicos del derecho a la ciudad, de las mujeres y las relaciones de estos con las facetas del derecho a la ciudad y las dimensiones del enfoque de seguridad humana.Posteriormente analiza el disfrute del derecho a la ciudad, de las mujeres en el Distrito Turístico de Cartagena de Indias y los contenidos de Política Integral de Convivencia y Seguridad Ciudadana de Cartagena De Indias 2008, y la Política Pública de Mujeres para la Equidad de Género Cartageneras en Pleno Goce de Nuestros Derechos 2008-2019, que son oportunos para su satisfacción. Las preguntas orientadoras de este capítulo final y con las cuales se concluye el abordaje del problema de investigación son: ¿Qué entienden por derecho a la ciudad las mujeres cartageneras? y de ¿Qué manera las políticas públicas de seguridad y convivencia ciudadana y de equidad de género, permiten su goce del derecho a la ciudad garantizando su seguridad humana?, preguntas que son abordadas desde los saberes de las mujeres entrevistadas, representantes de la administración pública, y del movimiento social de mujeres, y el análisis de los documentos de política pública. 1. Ruta para el análisis del reconocimiento del derecho a la ciudad, de las mujeres. Elementos para identificar en las Políticas Públicas. Los planteamientos axiológicos, teóricos y conceptuales, del capítulo anterior, el derecho a la ciudad, de las mujeres implica la existencia de garantías para que ellas 88 habiten, usen, accedan a los espacios públicos de la ciudad, y además puedan participar en la definición de su transformación y evolución, permitiéndoles encontrar en ella la satisfacción de sus necesidades humanas y disfrutar de una vida digna y en condiciones de seguridad, tanto humana como y ciudadana. Durante el abordaje temático, hemos precisado que no es factible tener miradas homogéneas sobre la ciudad, sino que es necesario pensar la ciudad como un escenario de encuentro y desencuentro entre los géneros, que se analizaconforme a sus prácticas particulares, toda vez que ella no es un espacio neutro que disfrutan de igual manera hombres y mujeres. Por tal razón, nos abocamos a proponer un marco explicativo del derecho a la ciudad, de las mujeres, que sea útil para el diseño y planificación de políticas públicas y tienda al alcance de la equidad entre los géneros. El punto de partida ha sido entender la ciudad como obra, creación y espacio en el cual las mujeres han y siguen adquiriendo, conciencia de su ser, modo de estar y pertenecer a un lugar concreto, de esta manera los espacios públicos y privados transforman su experiencia individual y colectiva, siendo fuerza creadora de lo propuesto como derecho a la ciudad, de las mujeres. Asumiendo el reto de definir y analizar en una política específica, qué es y cómo se alcanza el derecho a la ciudad, de las mujeres, el punto inicial es entender que una política pública que lo reconozca y garantice es una política de ciudad, toda vez que sus contenidos trasciendan los problemas de la ciudad de lo meramente territorial y funcional para concentrarse en sus dinámicas y en sus actores, hombres y mujeres protagonistas, hasta hacer de ella una obra humana, en la cual se subviertan o perpetúen los sistemas de subordinación entre los géneros y sexos existente en su interior, al respecto dicen Lucas Correa (2011): “Como creación humana la ciudad halla en la presencia física de hombres y las mujeres, sus acciones y cotidianidades, deseos y frustraciones, su razón de ser, situación debe ser tenida en cuenta de forma decisiva por las políticas de ciudad. La ciudad está unida a los hombres y las mujeres, no puede pensarse una sin los otros, por lo tanto pensar la ciudad es pensar al hombre y a la 89 mujer, y pensarlos a ellos es pensar la ciudad” (Lucas Correa, 2011: 37 citando a Malaver, 1996) Proponer el análisis de políticas públicas, implica observar si sus contendidos responden a los desafíos de las políticas de ciudad, las cuales son un avance que hacen ver la ciudad como un derecho para las mujeres. Los componentes definidos para este marco explicativo son: 1) Análisis axiológico desus componentes de la política pública; 2) Identificación de la idea de ciudad orientadora de la política pública; y 3) Revisión de contenidos de la política pública conforme a la luz de las facetas del derecho a la ciudad, de las mujeres y las dimensiones de la seguridad humana. 1.1. Primer momento: análisis axiológico de los componentes de la política pública Para afirmar en el estudio deuna política pública,sí ésta facilita ó no el derecho a la ciudad, de las mujeres, se debe iniciar con identificar su contenido axiológico, es decir, los principios y valores que la inspiran como proceso de legitimación social, los cuales siguiendo a Roth, están conformados: “uno o varios objetivos colectivos considerados necesarios o deseables y por medios y acciones que son tratados, por lo menos parcialmente, por una institución u organización gubernamental con la finalidad de orientar el comportamiento de actores individuales o colectivos para modificar una situación percibida como insatisfactoria o problemática” (Roth, 2003: 27). En este sentido, el valor que debe inspirar las políticas objeto de análisis, es en primer lugar, el desmontar y eliminar las inequidades entre los géneros, incluyendo todas las formas de subordinación y dominio, que determinan las relaciones, funciones y obstáculos, que enfrentan los hombres y las mujeres para desarrollarse como personas, en contextos de igualdad de oportunidades al interior de la ciudad. Y en segundo lugar la dignidad humana, definida como “Buena Vida” tal y como ha sido presentadaen este trabajo de tesis. En coherencia con lo anterior, aproximarse al contenido axiológico de las políticas públicas locales, nacionales y regionales, es contemplar dentro de sus contenidos, objetivos, medios y acciones que les permitan a las mujeres habitar y 90 disfrutar las ciudades en condiciones de dignidad, contando en ellas con posibilidades reales para: 1) Vivir como quieran, escogiendo su plan de vida al interior de las ciudades, autodeterminándose física, emocional, económica, y sexualmente. 2) Vivir bien, contando y disfrutando, al interior de la ciudad de todas las condiciones materiales de existencia para la satisfacción de sus necesidades vitales, prácticas y estratégicas. Y finalmente, 3) Vivir sin humillaciones basadas en su género, que les permita reafirmar la identidad femenina sin censura, ni discriminación por lo establecido por el orden de género, construido por normas y reglas, formales e implícitas, construidas y reproducidas en la ciudad, entre las cuales destacamos el asumir la restricción sobre los lugares, sus usos y consumos, así como las prescripciones y sanciones, diferenciales para hombres y para mujeres, con base en el orden establecido. El análisis de estos contenidos axiológicos en las políticas públicas, desde la mirada del derecho a la ciudad, de las mujeres, que estamos proponiendo, se inspira en cómo desde un análisis de política pública, se identifican logros o se descubren retrocesos en la forma de planificación de la ciudad por no incluir la perspectiva de género, la cual debe de favorecer emancipación y empoderamiento de hombres y mujeres, como ha sido planteado por Carolina Moser: “El objetivo de la planificación de género es emancipar a la mujer de su subordinación y llevarla a alcanzar la igualdad, la equidad y el empoderamiento. Esto varía ampliamente según los diferentes contextos, dependiendo del grado en que las mujeres (como categoría) tengan un estatus subordinado respecto de los hombres (como categoría). La base de conocimientos explorada en recientes debates feministas y del desarrollo aporta la lógica conceptual para varios principios claves. Estos, a su vez, se traducen en herramientas y técnicas para un proceso de planificación de género. Estos principios analíticos se vinculan a roles y a necesidades de género, así como al control de los recursos y a las decisiones tomadas en el hogar, la sociedad civil y el Estado”. (Carolina Morse, 1998: 2) 91 1.2 Segundo momento: identificación de la idea de ciudad de los actores de la política pública La identificación de la idea de ciudad, es el segundo componente propuesto en este marco explicativo de la política pública de ciudad, que reconozca y garantice el derecho a la ciudad, de las mujeres. Entender qué se entiende y cómo se comprende la ciudad, para los hombres y las mujeres, se infierede las agendas propuestas y decididas, en sus percepciones sobre la ciudad, en las actividades, programas y proyectos que materializan las disposiciones de las políticas públicas las cuales determinan el rol asumido por hombres y mujeres en los contextos urbanos, evaluando las implicaciones del significado que tiene sus papel en su desarrollo social, económico y político, como actores sociales con necesidades y potencialidades diferentes y diferenciables. Así mismo, da cuenta de ello la idea de ciudad que se encuentra intrínseca en los antecedentes de la política pública, indagándose en: 1) la idea de ciudad de la autoridad gubernamental que se desprende de los planes de gobierno y desarrollo, documentos de organización territorial y espacial de la ciudad, entre otros; 2) en la percepción de ciudad de los actores sociales, identificable a partir del planteamiento de losproblemas a los cuales se ven enfrentados,indagadles en las agendas públicas y percepciones ciudadanas. 3) la definición de los objetivos y metas que expresan los contenidos de la política pública; y finalmente 4) en la propuesta de programación estratégica que contiene la política, indagando si hay beneficios diferenciales para hombres y mujeres en la ciudad, presentados en los contenidos del plan de acción y desarrollo de la política. Conforme a lo anterior, es indispensable examinar cada uno de las etapas del Policy Cicle (Roth, 2003) analizando a la luz de sus postulados, previamente definidos de las políticas de ciudad: 1) cómo se identifican los problemas y demandas de las mujeres al interior de los contextos urbanos; 2) qué acciones y soluciones se proponen para alcanzar la seguridad humana y ciudadana de las mujeres; 3) cómo las mujeres participan en la toma de decisiones e implementación de cada uno de los componentes de las políticas públicas. 92 1.3 Tercer momento: revisión de contenidos de la política pública conforme a las facetas del derecho a la ciudad, de las mujeres La garantía y reconocimiento del derecho a la ciudad en las políticas públicas, debe estar dirigida en los siguientes aspectos: 1) el establecimiento de mecanismos y herramientas para que las mujeres incidan en planes, programas, leyes y acciones públicas, y 2) en la designación de bienes y servicios, para las mujeres dentro de la ciudad que les facilite la realización de su derecho conforme a las tres facetas propuestas:usufructo equitativo de los bienes y oportunidades que la ciudad les ofrece, participación y gestión en los asuntos de ciudad, y goce de su derechos humanos en los contextos urbanos. En tal sentido, una política pública que reconozca y garantice el derecho a la ciudad, de las mujeres, debe estipular en sus contenidos, elementos, estrategias, y acciones dirigidas a “desmontar y eliminar las inequidades entre los géneros y todas las formas de subordinación y dominio. [Para] modificar las relaciones, funciones y obstáculos específicos que enfrentan hombres y mujeres para desarrollarse como personas” (Loria, 2002). Para ello es necesario identificar las estrategias que establece la política para responder a las necesidades humanas e intereses de las mujeres al interior de la ciudad y las condiciones mínimas para asegurar la subsistencia de una persona, sobre las cuales existe la responsabilidad pública de su satisfacción. Se encuentran divididas en dos grandes grupos: El primero conformado por las necesidades prácticas, en las cuales ubicamos las demandas que surgen de la vida cotidiana de las mujeres, al interior de los contextos urbanos, en razón de los roles que les son asignados dentro de la ciudad por la división sexual del trabajo, estas son el cuidado y educación de los hijos, las tareas domésticas, el sostenimiento de las redes familiares, la prestación de servicios a la comunidad, la vinculación con los sistemas de salud y educativos y de otras condiciones materiales de vida, las cuales varían en la ciudad, según su lugar de habitación, clase social, diferencias raciales, grupo social al cual pertenecen, diferencias de edad, nivel educativo, entre otras. El segundo integrado porintereses estratégicos que son aquellos 93 que modifican dentro de las ciudades las estructuras de poder, subordinación de hombres a mujeres, y condicionan su participación en el desarrollo de la vida urbana. Conforme a la interacción propuesta entre los conceptos de derecho a la ciudad y sus facetas; derecho a la ciudad, de las mujeres y sus aspectos diferenciables para cada contexto; dignidad humana y “buena vida”; y las siete dimensiones de la seguridad humana, se sugiere el siguiente cuadro de análisis para leer los contenidos de las políticas públicas e identificar sí efectivamente con ellos se reconoce y garantiza el derecho a la ciudad, de las mujeres que les asegure su pervivencia en la sociedad creando contextos de igualdad de oportunidades, en los que se redefina y revalore lo femenino en los contextos urbanos. Esquema 1. Vivir Bien: primera faceta del derecho a la ciudad, de las mujeres usufructo equitativo en la ciudad. Componente Axiológico Primera Faceta del Derecho a la Ciudad Dimensiones de seguridad humana, aspectos a reconocer y garantizarse en la ciudad a las mujeres Acceso a Servicios Públicos. Vienda Adecuada. Vivir Bien ¿Cuentan las mujeres en la ciudad con condiciones materiales para llevar una vida satisfactoria? Uso Democrático del Espacio Público Usufructo equitativo de los bienes que la ciudad tiene para ofrecer a sus habitantes Necesidades Prácticas -Fisicas Satisfechas: Alimento y vestuario, Vivienda, su equipamiento y servicios, Otros bienes durables, Salud, Transporte Núcleo social básico (familia y/u otros) 94 Esquema 2 Vivir como se quiere: segunda faceta del derecho a la ciudad, de las mujeres, participación en los asuntos de ciudad Componente Axiológico Segunda Faceta del Derecho a la Ciudad Dimensiones de seguridad humana, aspectos a reconocer y garantizarse en la ciudad a las mujeres Participacion ciudadana. Ejercicio de control Social. Organización Política y comunitaria. Participación en la planificacion territorial y urbana. Existencia de una política pública de género Vivir como se quiera eligiendo su plan de vida en la ciudad, con autodeterminacio n fisica, económica y sexual Mandato de construccion colectiva y participación en los asuntos de ciudad Necesidades Prácticas Satisfechas: Seguridad, solidaridad, integración social , Forma de vida vecinal y urbanización, Libertades individuales garantizadas; organización de la vida individua, participación en decisiones de diversos tipos y niveles, Propiedad personal; garantías y límites, Participación en Política de desarrollo regional para el país, Política para el tamaño y estructura de población, Estructura institucional: características de las instituciones. Esquema 3 Vivir Sin Humillaciones Tercera faceta del derecho a la ciudad, de las mujeres, Goce Efectivo de los Derechos Humanos en los contextos urbanos. Componente Axiológico Vivir Sin Humillaciones con identidad femenina, integridad fisica y moral en ciudades libres de estereotipos de género y sin violencia de género. Tercera a Faceta del Derecho a la Ciudad Goce efectivo de los Derechos Humanos en los Contextos Urbanos. Dimensiones de seguridad humana, aspectos a reconocer y garantizarse en la ciudad a las mujeres seguridad pública. Transporte público y movilidad,. Empleo Ambiente Sano y Sostenible. Acceso a eduación de Calidad. Acceso a la eficiente adminisytración de justicia. Acceso a servicos culturales y recreativos suficentes. Necesiades Prácticas Satisfechas: Acceso a información y comunicación globales, Igualdad en la distribución del producto y el prestigio, Educación y entretenimiento, Ocio recreativo y deporte, Ocio creativo, innovador, científico, artístico, artesanal, Imagen del mundo, Métodos de resolución de conflictos sociales 95 2. Estudio de caso de las políticas públicas y sus contenidos sobre la seguridad de las mujeres en la Ciudad de Cartagena de Indias Distrito Cultural y Turístico. Siguiendo la ruta de análisis propuesta se realizael análisis de la situación de la seguridad humana y ciudadana de las mujeres en la ciudad de Cartagena, a continuación se presenta a partir de las voces de las mujeres sus percepciones sobre la seguridad en la ciudad y su mirada del derecho a la ciudad, y los contenidos de las políticas públicas de seguridad y convivencia ciudadana, y de mujeres para la equidad de género “Cartageneras en Pleno Goce de nuestros Derechos”. Para su elaboración se realizaron entrevistas a mujeres líderes cuyo perfil agrupa las voces de las mujeres integrantes del movimiento social de mujeres y la administración pública. Rubiela Valderrama Hoyos, feminista trabajadora social y funcionaria de la Secretaría de Educación Distrital. Fundadora de la Red de Mujeres, integrante de la Mesa del Movimiento Social e Mujeres, y coordinadora del diseño de la Política Pública de Equidad de Género de la ciudad de Cartagena “Cartageneras en Pleno Goce de Nuestros Derechos. Política Pública de Mujeres para la Equidad de Género en el Distrito de Cartagena 2008-2009”. Gloria Elena Gil Zea, feminista, fundadora de la red de mujeres, abogada del colectivo de abogadas Elenita Gonzales, e integrante de la organización Asodemuc y la Mesa del Movimiento Social e Mujeres. Carolina León Núñez, trabajadora social y especialista en gerencia de servicios sociales, coordinadora de la Oficina de la Mujer de la ciudad de Cartagena, y Duvina Torres Coe, abogada, integrante del Consejo Distrital y del partido de la U. 2.1Aspectos generales del contexto: posibilidades para vivir bien sin humillaciones y como se quiere, por las mujeres en la ciudad de Cartagena La ciudad de Cartagena de Indias es la capital del Departamento de Bolívar, ubicada sobre el Mar Caribe al norte del país, ha sido reconocida por ser destino turístico y patrimonio histórico y cultural de la humanidad. Se configura como Distrito Turístico y Cultural, dividido en tres localidades: Histórica y Caribe Norte, Virgen y Turística, e Industrial y de la Bahía, en las cuales según proyecciones realizadas por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística, en el 2010 tuvo una población total de 944.250 habitantes, de los cuales el 52 % mujeres (489.409) y 48% hombres 96 (454.841) pertenecientes a diferentes grupos étnicos -negros, mestizos y raizales, predominando la población afrocolombiana, la cual según los datos del Censo General 2005 corresponde al 35% de la población Cartagenera, siendo 50,8% mujeres. Al respecto, las mujeres opinan que: “La ciudad tiene sectores de gran marginalidad donde hablar de derechos y calidad de vida es algo exótico, tanto los niños y las mujeres no saben que significa, ellas tienen necesidades tan básicas que hablar de derechos resulta algo extraño, para ellos no es tan importante eso, para ellos lo importante es resolver su día a día. ¿Qué van a comer? Así sea una sola comida al día, ni siquiera hablamos de ropa, eso no les preocupa, les preocupa el día a día, el techo, así sea una casa, una casa en muy mal estado y el día a día de la alimentación” (Mujer-Movimiento Social de Mujeres). Encontramos en la ciudad dos ciudades existentes en el mismo espacio urbano, la ciudad turística e histórica en la cual se concentra la mayor parte del ingreso y la gran ciudad popular habitada por el 90% de la población, conformada en un 51% por estratos socio económico, 1 y 2 que se encuentra en condiciones de pobreza y miseria. Y la otra ciudad, conformada por el 10% restante, y por la gran masa de población flotante derivada del turismo, quienes son los principales usuarios y destinatarios de los servicios que ofrece la ciudad. En este contexto se indagó por las acciones que han sido dirigidas a la protección y prevención de la violencia de género en la ciudad de Cartagena y las garantías necesarias para garantizar a las mujeres la seguridad ciudadana, desde el enfoque de seguridad humana, para tal fin se realizó la revisión de documentos públicos, y se aplicaron entrevistas semi estructuradas a mujeres representativas de las autoridades oficiales y del movimiento social de mujeres, a quienes se les formularon las siguientes preguntas: ¿Qué entienden las mujeres por el derecho a la ciudad? con el fin de ampliar la significación planteada del mismo, y explorar como la ciudad de Cartagena es un espacio seguro para ellas. 97 Ante la pregunta ¿Cómo definiría usted el derecho a la ciudad, de las mujeres en la ciudad de Cartagena?, dicen que es primera vez que escuchan hablar de éste derecho, pero coinciden en identificarlo con el disfrute participativo y democrático de la ciudad, incluyendo espacios públicos y escenarios para la participación social y económica, “es el derecho a disfrutar la ciudad en su plenitud”(Mujer -Movimiento Social de Mujeres).Coinciden en opinar que el derecho a la ciudad, incluye “espacios públicos seguros y plenamente habilitados para el goce de sus derechos”, siendo ella, un lugar donde puedan generar ingresos y participar en su construcción sociopolítica, ultima situación que es determinante para habitarla en condiciones de seguridad humana. Afirman que las mujeres no están disfrutando de la ciudad, por dos motivos, el primero de ellos es no contar con ingresos suficientes, y el segundo es el sentimiento de inseguridad que la ciudad les genera, lo cual explica el gran tiempo que pasan en sus lugares de habitación u otros lugares privados, y frecuentes visitas a centros comerciales u otros espacios semi privados, identificados como los “principales espacios públicos de la ciudad”, al respecto opinan: “las personas sólo se sienten seguras en los centros comerciales porque hay un vigilante en cada puerta”, “queremos ir a la playa, a un teatro, a museos, al Castillo de San Felipe, pero acá la mayoría de personas no conocen los museos, no conocen los parques del centro histórico, y las playas están divididas, unas para los turistas y otras para las cartageneras/os” (Mujer-Movimiento Social de Mujeres). A pesar de la novedad que les suscita hablar del derecho a la ciudad, identifican claramente las corresponsabilidades que implica su disfrute, entre las cuales destacan el ejercicio de los deberes políticos y el sentido de pertenencia sobre la ciudad: “hablaría también de derechos y deberes con la ciudad, el Derecho a la Ciudad es poder disfrutarla en su plenitud, pero también es tener sentido de pertenencia hacia ella. Cartagena es una ciudad discriminatoria, los lugares son restringidos y dedicados al turismo nacional e internacional, se nombran lugares para el turista y otros para los cartageneros. La falta de inclusión en la 98 ciudad no les permite a hombres y mujeres tener sentido de pertenencia hacia ella” (Mujer -Movimiento Social de Mujeres). Las principales corresponsabilidades identificadas por ellas son: la conservación del medio ambiente, la participación cívica en el control social y en los entes donde se deciden los asuntos de ciudad, lo cual les implica trabajar en su formación sociopolítica para pensar con sentido crítico, propositivo y divergente el desarrollo de la ciudad: “el disfrutar la ciudad implica el conocimiento de unos deberes, si conocemos nuestros derechos no conocemos nuestros deberes, falta amor y sentido de pertenencia por la ciudad, falta inclusión social e inclusión de todos y todas en los espacios urbanos” (Mujer -Movimiento Social de Mujeres); “ las mujeres nos tenemos que arriesgar para ingresar donde se toman las decisiones, solamente llegando a estos espacios es posible la transformación de una cultura de la indiferencia y de pocas oportunidades, es necesario liderazgos donde las mujeres logremos demostrar que somos capaces de construir la ciudad que soñamos” (Mujer-Concejal). Consideran que existen formas diversas de habitar la ciudad de hombres y mujeres, siendo los primeros quienes han construido su lugar de prestigio en los espacios públicos, mientras que las mujeres lo han hecho desde la casa, la cual es su circunscripción principal. No obstante, comienzan a estar más presentes en la ciudad, dejando su anonimato de amas de casa dedicadas al cuidado, transeúntes o vendedoras ambulantes y dan la lucha constante en aquellos lugares de los cuales han sido excluidas, sin haber tenido siquiera la ocasión de ocuparlos; al respecto opinan: “los hombres y las mujeres se encuentran en la ciudad de Cartagena en condiciones diferentes, no es lo mismo una ciudad pensada para los hombres que una ciudad pensada para las mujeres, no es lo mismo una ciudad habitada por hombres que una ciudad que va a estar también habitada por mujeres, niñas, en condición de discapacidad, afro, desplazadas” (Mujer- Funcionaría Pública). Coinciden en que el mejoramiento de su calidad de vida en la ciudad, y las nuevas formas de relacionarse en ella con los varones, va más allá de sugerir transformaciones 99 puntuales y ven necesario un total replanteamiento de la ciudad y de los espacios donde se deciden sus políticas, al respecto opinan: “Para garantizar oportunidades de igualdad e inclusión, es necesario transformar los espacios de decisión, iniciando por el Consejo de la Ciudad, integrado por 17 hombres y sólo dos mujeres, una de las alternativas para cambiar nuestro entorno es posicionamiento y en este sentido reconocimiento, para ello es necesario estudiar, trabajar y hacer las cosas con amor” (Mujerintegrante del Consejo de la Ciudad). Las anteriores percepciones son fundamentales, toda vez que el derecho a la ciudad según los destinatarios de la norma y las condiciones de quienes disfrutan la ciudad, sean hombres o mujeres, sigue siendo una construcción colectiva, y un compromiso por el otorgamiento a las mujeres de los beneficios que los asentamientos urbanos ofrecen, con miras a lograr ciudades democráticas y equitativas.Se intentó contrarrestar el planteamiento teórico realizado en el capítulo segundo indagando por aquellos elementos que las mujeres de la ciudad de Cartagena de Indias Distrito Cultural y Turístico, incluirán en la definición de este derecho que las motive a usarla, gozarla crearla y recrearla, estos son: Una ciudad con espacios accesibles e infraestructura adecuada, que pueda ser disfrutada colectivamente. Una ciudad con dinámicas plurales y diversas, que incluya a las mujeres con discapacidad, negras, lesbianas, y otras minorías identitarias, donde se les garantice posibilidades para vivir sin exclusiones. Una ciudad que permita a las mujeres alcanzar autonomía económica, con oportunidades para generar ingresos en empleos que les proporcionen estabilidad y movilidad laboral. Una ciudad menos mercantilizada y consumista, con lugares y servicios accesibles económicamente, que les permitan disfrutar de restaurantes, cafés, centros culturales, servicios de transporte, espacios arquitectónicos, ofreciendo alternativas y precios diferenciales para turistas y residentes. Una ciudad con espacios seguros, con entornos arquitectónicos adecuados, iluminados, reconfigurando las construcciones físicas tales como: calles sin salida, 100 vías poco iluminadas, playas seguras, y parques públicos típicamente dominados por actividades masculinas (Algunas de estas son el juego del dominó, las partidas de softball y futbol; el consumo de licor, las fiestas de picos, entre otras) los cuales propician sentimientos de miedo en mujeres que los transitan. Una ciudad que les permita conocerla y disfrutarla, apropiando y resinificando su patrimonio e historia, con el fin de crear identidades sociales en ella. Una ciudad que cuente con ofertas culturales, artísticas y recreativas inclusivas en todos los sectores sociales. Una ciudad con una administración pública eficiente y transparente en la gestión de su patrimonio y bienes públicos. En la cual sean atendidas sin discriminación y diferencia en las instituciones públicas y privadas, ofreciéndoseles un servicio ágil y oportuno, que les generé seguridad jurídica al momento de acudir ante sus autoridades encargadas de coordinar y gestionar los asuntos públicos. Una ciudad con servicios completos, suficientes e integrales para las mujeres que permitan la redistribución de las cargas del trabajo doméstico; les ofrezca atención especializada y ofertas culturales, recreativas, educativas, adecuadas. Una ciudad con garantías jurídicas y un sistema de administración de justicia fortalecido, sensibilizado y ágil para la protección de sus derechos, contando con acceso rápido y oportuno a la protección policiva cuando sientan que se encuentran en peligro, y sean efectivas sus denuncias. Una ciudad que ofrezca alternativas y soluciones a temas prioritarios para las mujeres en la ciudad, tales como la prevención y atención de laviolencia sexual y la violencia económica, planes de subsidios, acceso a servicios públicos, calles pavimentadas, equipamientos urbanos usables, entre otros. Una ciudad que elimine la división entre centro turístico y periferia, contando con medidas arquitectónicas, sociales y culturales, orientadas a elevar la calidad de vida, estableciendo mayor equilibrio entre las zonas de localidades y los centros turísticos, entre las cuales se encuentra mejorar la iluminación, pavimentación de vías, y la creación y conservación de zonas de esparcimiento y descanso en condiciones de seguridad ciudadana y ambiental. Todas estas ideas, se encuentran incluidas en las tres facetas determinantes del derecho a la ciudad y proponen nuevas formas de convivencia igualitaria para las mujeres, 101 necesarias para que vivan en condiciones de dignidad gozando de nuevas formas de convivencia igualitaria. A pesar de no existir conocimiento, difusión, reglamentación, de este derecho colectivo, que nace, acepta y legitima el imaginario social, de todas las personas que viven, acceden y hacen uso de la ciudad, haciendo diferentes su características según las condiciones del contexto urbano, identificamos que las mujeres lo relacionan con el derecho a crear y definir lo que debería existir, uniendo a su contenido la satisfacción de las necesidades de las personas para tener una vida decente en el entorno urbano, que transforma su vida y conciencia: “El movimiento de mujeres han sido fuerte en la ciudad, el Movimiento Social de Mujeres ha trabajado en la defensa y promoción de derechos, se han atrevido a tomarse una plaza, hacer una marcha, el estar juntas con la administración en algunos espacios importantes de la ciudad, en recintos donde nosotras nunca imaginamos que estaríamos y que tomamos conciencia de hacerlo, todo esto es parte de un proceso para decir que la ciudad de Cartagena es también para las mujeres y requiere ser pensada por y para nosotras”(Mujer-Funcionaría Pública). En éste sentido, las mujeres de la ciudad comienzan a tomar conciencia de su género y las limitaciones que representa ser mujer en la ciudad, poco a poco comienzan a disfrutarla a pesar de las prohibiciones existentes en sus espacios públicos para transitarlos en ciertos sectores, las restricciones para acceder a ofertas culturales y recreativas diversas, entre otras limitaciones que excluyen a unas mujeres más que a otras en especial a las mujeres de estratos 1 y 2 quienes son doblemente discriminadas por su condición económica y por el color de la piel: “Las mujeres populares sólo encuentran espacio de goce y disfrute en los pikos (fiestas populares con sonidos móviles, de alto nivel, donde se escucha champeta, ritmo caribeño influenciado por la salsa y el reggae que transmite el sentir, formas de vida y de interpretar la realidad de la clase popular de la ciudad) allí están expuestas a constantes acosos y situaciones de violencia generadas por rencillas a causa del licor y celos. Ésta es su única alternativa porque aun no las hemos motivado para que acedan recreativos en la ciudad” (Mujer-Movimiento Social). 102 a otros espacios Opuesto a éste sector de mujeres, se encuentran aquellas que han accedido a la educación superior, siendo en este momento universitarias y académicas, de clase media y media alta, quienes en mayor medida se movilizan y hacen presencia en los espacios de ciudad cuestionando con sus ideas y conductas renovadas las prácticas machistas y androcéntricas, que han sido fuertemente arraigadas en la costa Caribe. Así mismo, se indagó sobre prácticas y acciones simbólicas realizadas por las mujeres o en las que han participado, que fuesen significativas para ellas por ser formas de resinificar el espacio público y ejercer de alguna manera su derecho a la ciudad, entre ellas se encuentran las actualmente lideradas por la institucionalidad de género –Unidad de Género del Distrito-, las impulsadas por el equipo coordinador de la política pública, y las gestadas por el movimiento social de mujeres y otras organizaciones sociales estas son: Las acciones que corresponden al segundo eje de la “Política Pública de Mujeres para la Equidad de Género en el Distrito de Cartagena 2008-2019” una vida libre de violencia cuyo propósito “es garantizar a las mujeres una vida libre de violencias, a través de acciones de prevención, atención, protección y acceso a la justicia. Las actividades realizadas en el marco de la Campaña “Oye Man no le Pegue a la Negra” financiada por el Programa Integral de Violencias Contra la Mujer MDGF durante el cual “se han realizado cuñas radiales y se ha llevado a la plaza telones para que hombres y mujeres dejen su firma pactando su no agresión, para no maltratar más a las mujeres, principales víctimas de violencia” (Mujer-Funcionaría Pública). Otras acciones realizadas en el marco del Programa son: la creación de Hogares de Acogida para la protección de mujeres víctimas de la violencia intrafamiliar, y el Diplomado en Calidad de Atención y Violencia de Género dirigidos a operadores de justicia para el tratamiento según criterios de calidad de la violencia basada en género en la ciudad, entre otras. La Escuelas de Formación de las Mujeres y su incidencia en la secciones de Gobierno al Barrio, en el cual las mujeres de las localidades participan activamente enaspectos que son competencia de las alcaldías locales, presupuestos participativos 103 y otros “las mujeres en las mesas de trabajo han incidido para que se movilicen recursos y se inscriban proyectos al interior de la Secretaría de Planeación, a ellas les motivan mucho los temas que tienen que ver con el desarrollo al interior de sus comunidades, y lo referente a centros de salud, juntas de acción comunal, jardines infantiles, los centros para el adulto mayor”(Mujer-Funcionaria Pública). Las acciones para el conocimiento, promoción y fortalecimiento de sus derechos, entre ellas se encuentran: el conocimiento y la promoción de sus derechos por las organizaciones sociales y las comisiones de igualdad en las Juntas de Acción Comunal, la toma masiva de espacios públicos, entre ellas las celebraciones del 8 de marzo, las acciones de incidencia política, organizadas por la Mesa del Movimiento de Mujeres, y la noche de mujeres del 8 de marzo, decretada por el gobierno distrital. La asignación de subsidios para madres sustitutas y comunitarias para sufragar servicios públicos, y otros beneficios a madres cabeza de hogar del Programa Familias en Acción39. Las nuevas oportunidades de acceso a la educación técnica, tecnológica y universitaria a través de los CERES- Centros de Educación Regional Superior-, ubicados en los barrios de la ciudad. Las asignaciones de cabildeo ante el ente rector de la política pública de vivienda urbana COORVIVIENDA para exigir prioridades en el tema de vivienda para las mujeres, logrando que se establezcan criterios para la entrega de vivienda de interés social, la asignación a madres cabeza de familia, con hijos, y con bajos ingresos. Las acciones de incidencia en las administración pública, el posicionamiento de los temas de la mujer en la institucionalidad de género existente, y las acciones de cabildeo para la creación de la Secretaría de la Mujer como instancia rectora de la Política de Equidad De Género, con funciones de coordinación, regulación, ejecución, monitoreo y asesoría en los componentes de la política. 39 Iniciativa del Gobierno Nacional para entregar subsidios de nutrición a los niños menores de siete años y un subsidio escolar a los niños entre 7 y 18 años que pertenezcan a las familias del nivel 1 del SISBEN, el cual se realiza a través de las madres quienes, por lo general, tienden a distribuir los ingresos de la casa hacia el consumo de alimentos, educación y salud. 104 Por otro lado, se destaca la creación deotras institucionalidades para la defensa de los derechos de las mujeres tal y como el Comité Distrital de Trata de Personas, ordenando por disposición del Gobierno Nacional para prevenir y proteger a las víctimas de este delito, el cual destaca en la ciudad por fomentar la interinstitucionalidad de una temática de la cual se ha hablado mucho en la ciudad. Estas acciones dan cuenta de cómo la existencia de la Política Pública de Equidad de Género en la ciudad y la exigencia de su cumplimiento, ha potenciado el ejercicio del derecho a la ciudad, de las mujeres, cuya formulación ha permitido orientar su actividad política, y con ella su capacidad de organización y movilización, tomando conciencia de los roles asumidos, para ubicar en la agenda pública sus necesidades, problemas y expectativas en la ciudad, a través del uso de mecanismos de participación ciudadana “tradicionales” como el voto, la vinculación a partidos y movimientos políticos; y formas de participación “no tradicionales” como la movilización, la militancia, la resistencia política, la reflexión académica, entre otras. Entre las acciones de ejercicio pleno de su ciudadanía y goce de su derecho a la ciudad, consideran las siguientes: Gestiones del Movimiento Social de Mujeres, para incluir sus inquietudes y propuestas en los contendidos de los Planes de Desarrollo Distrital formulados por candidatos a la alcaldía de la ciudad, en especial durante las últimas administraciones. Participación en el diseño y formulación de la política pública “Cartageneras en pleno Goce de nuestros derechos”, la definición de sus ejes: mujeres con autonomía económica, las mujeres decidimos sobre nuestros cuerpos, una vida libre de violencias, las mujeres decidimos sobre el ejercicio del poder, y Cartagena libre de una cultura machista, y el cumplimiento de sus componentes Las acciones de cabildeo para la creación de la Secretaría de la Mujer Capacitaciones en la normativa que protegen los derechos de las mujeres, y en especial la difusión de la Ley 1257 de 2008. 105 Presencia en los cuerpos colegiados, asambleas, concejos, juntas administradoras locales, equipos de personal de la alcaldía distrital, entre otras. Gestión y participación comunitaria en especial en las zonas de menores recursos. Finalmente, advierten que la ciudad debe disfrutarse sin distinciones, por hombres y mujeres, contando con condiciones económicas y de acceso similar, a todos los bienes culturales que les ofrece la ciudad, e incrementado su incidencia y participación, en la planeación, gestión, y organización de la ella, al respecto opinan: “Pensaría en este momento que no se requiere algo diferencial, si no que hombres y mujeres puedan gozar de igual manera la ciudad, gozando de los espacios de la ciudad sin que les pase nada” (Mujer-Movimiento Social de Mujeres) Situación que demuestra que la ciudadanía del común aun no tiene la suficiente conciencia de las inequidades que presenta la ciudad que impiden disfrutarla. “ Existe poca participación de las mujeres en cada uno de estos aspectos, la gran masa de mujeres de la ciudad es indiferente, sin embargo el Movimiento Social de Mujeres que representa a las mujeres organizadas, ha tratado de incidir, hemos logrado en avanzar en esos temas, salvo en el de seguridad, pues cuando se estaba trazando la política de seguridad, nosotras insistimos en conocer el documento, estudiarlo, hacer propuestas, pero el tema se ha manejado muy cerradamente y no se han tenido posibilidades para que seamos incluidas” (Mujer-Movimiento Social) Sobre el ejercicio de su ciudadanía plena su poder de mando en los asuntos de la ciudad las mujeres opinan: “Las mujeres en la participación han sido tímidas, aunque se han logrado avances, ejemplo de ello es la existencia de las organizaciones de mujeres, pero debemos ser mucho más decisivas para lograr que nos escuchen en los asuntos de planeación, cultura, proyectos productivos, proyectos de ciudad y convivencia, de tal manera se logrará la equidad. No queremos que sea una 106 sociedad matriarcal, porque esa historia ya pasó, sino una sociedad en la que nosotros nos pongamos de acuerdo, donde hombres y mujeres puedan construir lo que deseamos, soñando el desarrollo. Sé que eso se lo podemos transmitir a los hombres, hijos, maridos, amigos, de esta manera las mujeres podemos liderar procesos de transformación de la ciudad y de su cultura patriarcal” (Mujer-Distrital Concejal) 2.2 El disfrute del derecho a la ciudad de las mujeres cartageneras: facetas,posibilidades y limitaciones Presentadas las percepciones que las mujeres tienen del Derecho a la Ciudad, de cómo es imaginado por ellas, reconocido por las instituciones de la administración pública local, y disfrutado en clave de ciudadanía plena, en este apartado se incluyen algunos datos del contexto de las mujeres a partir de los elementos axiológicos del derecho a la ciudad, la distinción de sus facetas, y los contenidos de las políticas públicas, teniendo como norte la aplicación de la ruta de análisis propuesta, para analizar las políticas públicas y las acciones político administrativas, centrando nuestra atención en las acciones políticas que se han propuesto para garantizar la seguridad ciudadana. 2.2.1 Limites a la primera faceta del derecho a la ciudad: usufructo de los bienes y oportunidades que la ciudad ofrece a sus habitantes. En la consulta de datos del informe de la Alianza Cartageneras (2008), encontramos que el 68% de los hogares de la ciudad se encuentra bajo la línea de pobreza, siendo estos losque tienen el nivel más alto de hijos e hijas, nivel educativo más bajo, y mayor número de jefaturas femeninas, hechos que sin lugar a dudas, limitan el disfrute del derecho a la ciudad, de las mujeres; al respecto opinan: “Si miramos los hogares de la ciudad existe pobreza en la mayoría de los que están encabezados pormujeres, ellas tienen menos oportunidades de empleo, y están más ocupadas pero en empleos subnormales y en las ventas callejeras y eso no redunda en beneficios para su calidad de vida. Cuando ellas van a ocupar un espacio laboral formal también la remuneración es menor, siendo su calidad de vida menor” (Mujer-Movimiento Social). 107 En el desarrollo de la investigación se identifica Laprecariedad de recursos de las mujeres en la ciudad, como principal limitación parael goce de la primera de las facetas del derecho a la ciudad, al respecto se halla que ellas no hacen uso democrático del espacio porque no cuentan con las garantías mínimas para vivir bien, tales como: acceso a servicios públicos, viviendas adecuadas, alimento, vestuario suficiente, servicios de seguridad, transporte, y salud que les propicie condiciones para hacer un uso democrático del espacio público. Sobre ésta limitación las mujeres entrevistadas opinan: “La calidad de vida en general tanto en lo ambiental y en lo económico, como en oportunidades de participación, son bastantes bajas, supremamente bajas. La calidad de vida es bastante precaria, el gobierno actual ha hecho un esfuerzo enorme por superar la situación, pero realmente no se logra, porque primero, en cuatro años no se logra, y segundo eso requiere unos recursos y una apuesta política muy fuerte. Éste gobierno se lo propuso a través del Plan de Emergencia Social Pedro Romero, pero realmente el plan ni se oye nombrar, así que es muy poco lo que se ha podido hacer. Se camina por las barriadas populares y encuentras absolutamente la misma pobreza, parece que por allí no hubiese pasado nada. En la otra Cartagena, en la cual vive una minoría de cartageneras, las personas tienen todas las posibilidades de vivir en los lugares de desarrollo de la ciudad” (Mujer-Movimiento Social). El alto nivel de pobreza de las mujeres en Cartagena, les trae como consecuencia la imposibilidad del “buen vivir”, es decir, de vivir con plena satisfacción de sus necesidades vitales y gozar de los bienes que la ciudad ofrece a sus habitantes.La ausencia de condiciones materiales de existencia, es decir de recursos y autonomía económica para satisfacerlas en la ciudad, equivale al desconocimiento de sus derechos en el espacio urbano, escenario preferente para la vivencia, goce y disfrute de prerrogativas económicas, sociales y culturales reconocidos internacionalmente por los estados, traduciéndose en condiciones de inseguridad humana y limitaciones objetivas de las mujeres para vivir como quieran, con libertad y autonomía de decidir sobre sus proyectos de vida. 108 Según las apreciaciones de las mujeres entrevistadas, los beneficios que ofrece la ciudad en la mayoría de los espacios públicos céntricos con equipamientos urbanos, están dedicados a actividades turísticas, lo cual ha promovido la creación de otros puntos céntricos, menos embellecidos y con insuficiencias aun en su dotación, que hacen parte de “otra ciudad”, dentro de la misma, toda vez que su dinámica turística deja con pocas alternativas a quienes residen en ella; algunas causas de estoson: la insuficiencia de los servicios públicos, la ausencia de controles y regulación diferenciales en los precios y tarifas para acceder a los lugares y servicios de la ciudad, y otras garantías que permitan acceder a las oportunidades y bienes públicos que la ciudad tiene para ofrecer a sus habitantes, tales como playas, parques, bibliotecas, baluartes, entre otras. “Esta ciudad es supremamente excluyente y mucho más en términos económicos, tu para sentarte en un café en el centro histórico, ubicado en una plaza, tienes que llevarte 50.000 pesos en el bolsillo, siempre tienes que tener dinero (…) aunque puedo por mi posición económica acceder a algunos lugares de la ciudad, a uno le da pánico salir porque siempre te cobran mucho, como si una fueras turista” (Mujer-Movimiento Social de Mujeres). Las pocas posibilidades de las mujeres para obtener ingresos económicos suficientes y permanentes, explican la insatisfacción de algunas de sus necesidades básicas y el desencanto por no poder realizar sus expectativas de autonomía económica,las cuales les procuran condiciones para vivir bien, sin humillaciones de tipo económico. El hecho objetivo que explica dicha condición de las mujeres de la ciudad Cartagena, el cual puede ser recurrente en otros contextos, es su precaria participación en el mercado laboral, caracterizado por contar con una alta tasa global de participación de 65% hombres y 35% mujeres, (Cartageneras en Cifras, 2008. Pág.26)quienes en pocas ocasiones cuentan con condiciones suficientes y alternativas variadas para realizar trabajos dignos, de los cuales puedan generar ingresos suficientes y alcanzar autonomía económica, y una conciencia libre de esquemas patriarcales;al respecto las mujeres entrevistadas opinan que: “Las mujeres se están fortaleciendo para mejorar sus condiciones de vida en su entorno, participan en actividades económicas, pero requieren de mayor capacitación y profesionalización, de unas competencias y saberes, de una formación en artes y oficios, que les permita realizar alguna actividad 109 económica que les provea recursos. Las ofertas de capacitación ofrecidas por las instituciones y el gobierno local, no son efectivas porque tratan de masificar a las mujeres, por ejemplo capacitan a 300 mujeres en peluquería, pero no todas las mujeres tienen las competencias ni las capacidades para ser peluqueras, y no las capacitan para ser independientes, lo cual evidencia que falta planeación y diseño en las ofertas para las mujeres” (Mujer-Movimiento Social de Mujeres). Las pocas posibilidades de vincularse a un empleo digno, hace evidente el porqué mujeres con vida laboral activa, se encuentran en condiciones de informalidad laboral en las ciudades haciendo del intercambio mercantil su forma de uso y apropiación del espacio público más representativa, con la pretensión de generar recursos para su supervivencia, entre ellas se encuentran las ventas ambulantes y el turismo sexual, actividades que están lejos de dignificarlas y las excluye de la vivencia de otras prácticas sociales tales como el ocio y la recreación en el espacio urbano. Las tendencias del mercado laboral de las mujeres en la ciudad de Cartagena, son similares a las que tienen las mujeres en grandes urbes, ellas son más en el comercio callejo, en el las labores de servicio al cliente en restaurantes y hoteles, en la prestación de servicios sociales y personales propios de labores del cuidado, destinando su mano de obra en gran medida al sustento de los servicios turísticos de la ciudad de los cuales no reciben sus beneficios, y que supone para muchos de los visitantes la prestación de servicios de cuidado, situación que hace suponer a los clientes que entre los servicios ofrecidos pueden requerirlas como prostitutas, lo cual ha perfilado a la ciudad como una zona de turismo sexual. Encontramos que poco es su desempeño en el industrial, portuario, empresarial y manufacturero, principal impulsador del desarrollo de la ciudad,el cual garantiza estabilidad laboral, trabajo remunerado, y beneficios de la seguridad social. En palabras de las mujeres entrevistadas, la falta de ingresos e igualdad de oportunidades “convierte a las mujeres en la ciudad en dependientes socialmente, resignadas a condiciones de humillación y exclusión, que impiden que piensen en forma diferente y se acomoden a las beneficios que reciben, situación que no motiva su 110 participación” (Mujer-Movimiento Social de Mujeres). Por el contario, su dependencia económica ha ampliado la brecha existente entre hombres y mujeres, justificando formas de vida y condiciones de existencia no igualitarias y discriminatorias, arraigadas en la cultura y generan diferencias estructurales en la calidad de vida de hombres y mujeres; sobre el tema ellas opinan: “Los hombres en la ciudad tienen mayor calidad de vida que las mujeres, tienen más oportunidades, más posibilidades, están ocupando en estos momentos más y mejores espacios que las mujeres a nivel laboral, están ocupando en estos momentos más y mejores espacios que las mujeres en escenarios de decisión y participación política, en los gremios, en la academia. Las mujeres tienen ahí un gran reto para equiparar las cargas” (Mujer-Funcionaría Pública) Al indagar por su derecho a la propiedad de bienes muebles e inmuebles, de la vivienda, derechos que hacen parte del derecho a la ciudad, consideran las mujeres que la dinámica inmobiliaria de la ciudad de Cartagena impide que ellas cuenten con viviendas propias, construidas y ajustadas a sus necesidades; generalmente, los títulos de propiedad son de los hombres y/o hacen parte del patrimonio de familia lo cual ha facilitado, no en pocas ocasiones, que sean desplazadas de ellas por el actuar de sus compañeros, siendo los principales motivos riñas violentas, ventas, e hipotecas, y el maltrato físico y psicológico, y otras manifestaciones alas cuales se ven expuestas en contextos de violencia intrafamiliar. Lo anterior da cuenta de cómo hombres y mujeres en la ciudad ejercen su derecho a la propiedad de manera diferente, apropiándose el varón de la vivienda mediante su presencia en ella, mientras que las mujeres lo hacen a través del cuidado que otorga a sus pertenencias y las labores domésticas que les permiten mantenerlas habitables y embellecerlas, lo cual da cuenta de las dificultades de las mujeres para asumirse como propietarias, siendo ello un rezago disposiciones normativas que: no les permitía administrar su riqueza, negaban sus derechos hereditarios, limitaban su acceso a la propiedad, entre otras situaciones constitutivas del desmedro de sus derechos patrimoniales, y que han trasladado en el imaginario femenino el goce del derecho a la propiedad asumiendo sus labores domésticas. 111 Resaltan las mujeres entrevistadas lo oportuno que sería en la asignación de viviendas de interés social que los títulos sean realizados a nombre de ellas como medida para deslegitimar la práctica patriarcal de asignar el derecho de propiedad a los hombres; al respecto señala una de las entrevistadas “En el Barrio Revivir de los Campanos, que son viviendas de interés social para la población desplazada, las viviendas eran asignadas a los hombres y ellos en poco tiempo comenzaron a botar a las mujeres e hijos/as de sus casa, hemos trabajado como equipo coordinador de la política pública, con la administración pública para que los subsidios para vivienda sean entregados a las mujeres, no porque de ellas depende la unión del hogar, sino para que no queden desprotegidas y con la carga familiar por el actuar de sus compañeros” (Mujer-Movimiento Social de Mujeres). Entre las principales limitaciones impuestas por cultura machista, se encuentran las referidas a la carencia de ingresos ya evidenciada como obstáculo para su “buen vivir” y al “Vivir como quieran”, sobre las limitaciones a la tenencia de bienes muebles e inmuebles y acceso de la propiedad: “la mayoría de los propietarios son hombres, somos muy pocas las mujeres que podemos decir que contamos con una propiedad que nos sirva de recurso para garantizar nuestro proyecto de vida, aún no tenemos las mismas capacidades económicas para decir que somos propietarias, las familias tradicionalmente han transmitido la propiedad a los hombres, ellos son quienes figuran en los títulos y toman las decisiones dentro de los bienes, el hombre es el que manda, es el mayor generador de ingresos, cuando mueren los padres las propiedad quedan en manos de los hijos hombres, transmitiéndose así este machismo cultural”. (Mujer-Movimiento Social de Mujeres). Finalmente, se concluye que tal y como ha sido puesto en evidencia por los movimientos sociales que propugnan por el reconocimiento del derecho a la ciudad, de las mujeres, sus derechos aún no han sido suficientemente considerados en la 112 planeación de la ciudad y organización del territorio. Afirman no ser consultadas por las entidades encargadas de la reorganización del territorio, quienes desconocen que son ellas, por ser mayoría poblacional y desarrollar las actividades de cuidado doméstico, las principales afectadas por la ausencia de acueductos y alcantarillado. No obstante, esta situación no les ha impedido tomariniciativas para mejorar sus condiciones de vida, y en el peor de los casos las ha obligado a adaptarsu estilo de vida a la precariedadde la ciudad. “Mujeres de la ciudad de Cartagena son quienes han gestionado acueductos, centros de vida, tomando iniciativas para la pavimentación de las calles, lo que pasa es que ese reconocimiento aun no les ha llegado” (Mujer-Movimientos Social de Mujeres). 2.2.2 Limites a la segunda faceta del derecho a la ciudad: mandato de construcción colectiva y participativa de los asuntos de ciudad. Identificamos como principal limitante del ejercicio de la ciudadanía plena de las mujeres en la ciudad la cultura machista, fuertemente arraigada en las ciudades a pesar de ser las mujeres quienes dominen las ciudades numéricamente, en ellas poco son tenidas en cuenta sus necesidades de vida, trabajo, seguridad, movilidad y representación, las cuales no se hacen visibles al momento de formular políticas organizativas de los asentamientos urbanos. El predominio en la ciudad de Cartagena de la cultura machista, no ha permitido integralmente a las mujeres Vivir como ellas quieran eligiendo su plan de vida en la ciudad y participando de la construcción de los asuntos de ciudad, aspectos que integran la segunda faceta del derecho a la ciudad, y que son desconocidos con la generación, creación y perpetuación de prácticas ofensivas, llevadas a cabo en pro del mantenimiento de un orden social que somete y discrimina a las mujeres. Para entender los efectos de la cultura machista típica de la ciudad, y en especial en las ciudades del Caribe, se recurre a las siguientes estrategias presentadas por Teresa del 113 Valle (1997): la primera ha sido naturalizar la presencia masculina en los cimientos del poder de la ciudad , estrategia que ha sido asumida preferentemente por los varones y traducida en mecanismos de poder y prestigio para su beneficio, ejemplo de ello es su incidencia en los órganos de decisión y gestión de la ciudad, y la instauraciónen ella de sus proyectos sociales, económicos y de ocio. La segunda estrategia, usada en ocasiones por las mujeres, ha sido generar el inmovilismoproducto de la desigualdad social, que obstaculiza con frecuencia la fluidez de los roles tradicionales que ejercen las mujeres, evitando el cambio de los roles tradicionalmente femeninos, deteniendo con ello la posibilidad de ejercer nuevos roles. Ambas estrategias les impiden a las mujeres asumir su autonomía en el espacio público, decidiendo resguardar sus expectativas de vida en los espacios interiores y domésticos. La preocupación por librar a la ciudad de una cultura machista se considera eje estratégico de la política pública de equidad de género, cuya implementación a contribuido, especialmente en el área de violencia contra las mujeres, a la visibilización de la problemática en las instancias institucionales, judiciales y organizacionales. Estos actores han puesto en evidencia las situaciones de inseguridad y las principales violencias a las cuales están expuestas las mujeres en la ciudad, y en especial en los espacios urbanos en los cuales 58,0% de las mujeres son víctimas a maltratos físicos, 26.0% a maltratos verbales, 8,0% a maltratos sexuales, 6,0% agresiones psicológicas, y finalmente 2.0% a agresiones económicas (Alianza Cartageneras, 2008), cuyos motivos originadores son poco denunciados e inhiben a las mujeres en la elección de sus proyectos de vida, confinándolas a una vida marcada de humillaciones. De otro lado, en razón de su mandato en la construcción colectiva y participativa de los asuntos de ciudad, encontramos que en el período 2008 al 2010 las mujereshan tenido mayor participación en los espacios de dirección y deliberación pública, ocupando puestos estratégicos de poder, desde los cuales comienzan a ejercer control socialy político, que les ha permitido dirigir la organización política y comunitaria, e incidir políticamente hasta lograr: 1) la formulación de una política pública de equidad de género “Cartageneras en Pleno Goce de Nuestros Derechos. Política Pública de Mujeres para la equidad de género en 114 la ciudad”; 2) ocupar puestos de elección y dirección local, tales como alcaldía municipal, secretarías de despacho, juntas administradoras locales y concejo municipal, no obstante, consideran que aun su participación ha sido insuficiente en estos espacios y no alcanza las cuotas mínimas de participación femenina establecidas en la Ley 581 de 2000: “sólo existen dos mujeres en las Juntas Administradoras Locales (JAL) de un total de 27 ediles, y en el Concejo únicamente dos mujeres de un total de 19 Concejales. No obstante, no debe desconocerse que la elección de una mujer a la Alcaldía ha permitido la conformación del gabinete con participación de mujeres, camino para alcanzar la Ley de cuotas” (Cemci, 2008). A pesar de las debilidadespresentadas en el cumplimiento del mandato de construcción colectiva de los asuntos de ciudad, desde tiempos anteriores las mujeres participan y fortalecen su incidencia en la construcción de asuntos de ciudad, por sus capacidades asociativas y de representación colectiva, de lo cual ha sido ejemplo el Movimiento Social de Mujeres, y la Red de Empoderamiento al cual pertenecen aproximadamente cincuenta y nueve organizaciones sociales, artículadas a plataformas de trabajo, para incidir y aportar a la construcción de la ciudad que sueñan y desean. 2.2.3 Limites a la tercera faceta del derecho a la ciudad: goce efectivo de los derechos humanos en los contextos urbanos. Además de los obstáculosa la vivencia de las facetas del derecho a la ciudad, la discriminación de las mujeres por razones de género, condición socioeconómica, opción sexual, nivel de formación, lugar de habitación, profesión, arte u oficio realizado, y la subvaloración de la representación de lo femenino, son situaciones que se convierten en obstáculos para Vivir sin humillaciones, sin violencia y libre de los estereotipos de género gozando efectivamente de la realización de sus derechos humanos en el contexto urbano. Vivir sin humillaciones, implica para las mujeres de la ciudad de Cartagena el goce de sus derechos humanos, disfrutando en el espacio público de condiciones de seguridad humana, incluyendo: condiciones de transporte público formal que garanticen su 115 movilidad, disfrute de un medio ambiente sano, acceso a ofertas educativas suficientes y de calidad, existencia de espacios para el ocio y la recreación, y acceso a un sistema de administración de justicia eficiente, que tramite con celeridad y prontitud las quejas elevadas para la protección de sus derechos humanos. La ciudad de Cartagena, ha sido históricamente racista y excluyente, su sociedad ha marginalizado por décadas la población afro descendiente, la cual resulta ser mayoritaria en la ciudad, situación que ha puesto a las mujeres en condiciones de habitantes invisibles, víctimas de una intersección de situaciones de discriminación relacionadas con su raza, género y posición económica. Éste escenario discriminatorio, hace a las mujeres cartageneras más sensibles a vivir con humillaciones en el contexto urbano, limitando la expresión de su identidad femenina por los estereotipos de género existentes, muchos de ellos presentes, en el proyecto colonial euro céntrico que las marginó y trató como esclavas de segunda categoría cuyo costo era inferior a los esclavos hombres por el hecho de ser mujeres. “todavía se discrimina tanto por raza como por género, se discriminan frecuentemente por el color de la piel para ingresar a ciertos lugares (…) las mujeres dedicadas al servicio doméstico son tratadas como esclavas, legitimando en nuestra cultura relaciones de servilismo que limitan el pensamiento femenino” (Mujer Movimiento Social). El pensamiento colonial dominante yla poca valoración que en éste se hace de la mujer, aun es causa que limita su potencial para participar y construir asuntos de ciudad y justifica la exposición de sus vidas a constantes humillaciones, además de ello existen pocas investigaciones y falta conocimiento sobre los imaginarios y formas de vida de las mujeres afro de Cartagena, y hace falta escucharles en los rumbos de desarrollo de la ciudad; sobre este asunto opinan: “En Cartagena aun existe el servilismo, las mujeres son empleadas en oficios domésticos, la mayoría de ellas son mujeres de color” (…) además, “En el mercado laboral y en las partidos políticos, hay sesgos coloniales, toda vez que la mayoría de las mujeres de Cartagena son morenas, negras y descendientes de 116 afros, rechazadas por su contextura la cual no está definida en los perfiles clasistas de esta ciudad” (Mujer Movimiento Social de Mujeres). Finalmente, las mujeres hablan de otras situaciones que les impiden vivir sin humillaciones en la ciudad: alta deserción del sistema educativo, el marcado desconocimiento de sus derechos sexuales y reproductivos, el alto índice de embarazo adolescente, la tradición de matrimonios a temprana edad, las pocas oportunidades para disfrutar del ocio creativo y recreativos, y la vivencia personal de las diversas manifestaciones de violenciafísica, psicológica, sexual, patrimonial, basada en género. Sobre las posibilidades de cambiar este escenario, las mujeres entrevistadas venuna esperanza en la nueva generación de mujeres, ellas son quienes acceden a la educación, fortalecen la academia, se movilizan políticamente y acceden a trabajo independiente, lo cual les permite incursionar en otras actividades y construir nuevos modelos de vida con mayores posibilidades. Son ellas quienes se están empoderando y tienen apertura para modificar este patrón cultural; no obstante son conscientes de que esta situación no es la que viven la mayoría de mujeres populares; al respecto opinan “el empoderamiento les llega hasta poderse tomar igual una cerveza, emborracharse, jugar toda la tarde dominó (su juego ha sido considerado una actividad esencialmente masculina en los barrios) y salen de sus actividades, de disfrute de los fines de semana, lascuales son rallar coco, y atender a sus hijos y a los hombres mientras juegan dominio” (MujerMovimiento Social de Mujeres). 2.3 La idea de ciudad, de las mujeres, orientadora para la formulación de políticas públicas El segundo componente propuesto para el análisis de políticas públicas y acciones político administrativas que garantiza el derecho a la ciudad en la ciudad, de las mujeres y su seguridad ciudadana en Cartagena, consiste en identificar en primer lugar, la idea de ciudad de los actores gubernamentales, y en segundo la percepción de la ciudad que tienen los actores sociales, en especial las mujeres. Al preguntarles a las mujeres sobre qué idea tienen de ciudad y cómo en ella se vivencian los derechos a la seguridad, movilidad, empleo, propiedad, ambiente sano, 117 educación, salud, justicia, encontramos como punto común de sus respuestas afirmar que son desconocidos, violados, y vulnerados en los espacios urbanos,impidiendo en la ciudad de Cartagena su disfrute del derecho a la ciudad y el alcance de las siete dimensiones de la seguridad humana; sus opiniones sobre el ejercicio de estos derechos son: Derecho a la Justicia: existe ineficacia y morosidad del sistema de administración de justicia para atender los requerimientos de las mujeres lo cual impide que la ciudad sea un espacio para el goce pleno de sus derechos humanos, opinan al respecto “cuando a las mujeres se les vulneran sus derechos (en el ámbito público o privado) no tienen con qué pagar un abogado que las represente, los operadores de justicia aun piensan que si una mujer fue golpeada es porque ella se lo buscó”.(Mujer-Movimiento Social). Ellas consideran que el acompañamiento institucional es precario por no contar con los suficientes recursos humanos, financieros y físicos “Las mujeres llegan a la comisarias de familias a denunciar y no encuentran un espacio adecuado, no encuentran al funcionario allí para hacer la denuncia, entonces cuando acceden a la justicia y no encuentran herramientas ellas se van y no denuncian” (Mujer-Funcionaria Pública). Derecho a la Movilidad: es un derecho que las mujeres de la ciudad desconocen, ellas tienen limitaciones que configuran la “ciudad prohibida” toda vez que existen lugares que no son para ellas, además de las limitaciones para movilizarse por donde les plazca; entre estos están las restricciones de visitar los lugares a determinadas horas porque están solos ó son peligrosos por la presencia de personas vinculadas a grupos al margen de la ley ( guerrilleros y paramilitares) y pandillas urbanas, y las presiones territoriales de grupos armados y desmovilizados que comienzan a ganar territorio en la ciudad. A ello se le suma las deficiencias en los medios de transporte público tales como buseta y taxis, no son seguros para ellas, y los medios de transporte informal como son los taxis-colectivos y las moto-taxis, son usados frecuentemente por las mujeres sin importar la edad, por economía, rapidez y alternativas de interconexión entre los barrios, “conocemos casos de algunas mujeres han sido llevadas por motaxistas a lugares solitarios y apartados para violarlas o atracarlas. En las motos no tienen 118 protección están en funcionamiento sin regulación, sin seguro obligatorio, son una fuente de riesgo para las mujeres” (Mujer-Movimiento Social de Mujeres). Derecho al Medio ambiente:se considera desconocido a pesar de los avances en cobertura de la presentación de servicios públicos domiciliarios y el mejoramiento en los sistemas de recolección de basuras, manejo de residuos, y tratamiento de agua. No obstante, aun la prestación de estos servicios es insuficiente en la ciudad, entre ellas se destacan las deficiencias en los sistemas de acueducto y alcantarillado, circunstancia que han aceptado las mujeres, quienes son las principales afectadas de vivir en condiciones insalubres en los sectores populares. Derecho al Empleo:además del trabajo informal y el desconocimiento de sus derechos laborales, las mujeres consideran queno están lo suficientemente capacitadas para acceder al mercado laboral, el cual se caracteriza por la inestabilidad y precariedad en general, sobre este tema opinan: “Cuando se crean oportunidades, liderando procesos en los cuales las mujeres puedan participar, y tengan ingresos van a mejorar sus condiciones de vida, la generación de ingresos les va a permitir tener un entorno saludable, van a tener la oportunidad de prepararse, de tener una mejor alimentación. Tener ingresos permite librarse de la sumisión, del maltrato, y de la relegación, porque siempre dependen de la otra persona, sea su esposo, su padre, su amigo o su amante para poder salir adelante” (Mujer-Concejal) Derecho a la Propiedad: la gran mayoría de mujeres en la ciudad carecen de bienes materiales, muebles e inmuebles, carecen de patrimonio propio e ingresos que les permita ser autónomas económicamente, principal situación que hace que acepten la violencia ejercida contra ellas como modo de supervivencia. Derecho a la Salud: aun en la ciudad las mujeres no cuentan con hábitos de vida saludable, han comenzado a tomar conciencia sobre ello asumiendo el cuidado de su propio cuerpo como un derecho. A pesar de la existencia de centros médicos especializados, la atención a servicios de salud especializados para las mujeres aun es poca, se resalta la existencia de programas de atención para mujeres embarazadas 119 “mujer sana y madre activa” y las acciones realizadas para la prevención del embarazo adolescentes. Derecho a la Seguridad:este derecho de las mujeres se ve vulneradopor múltiples razones, entre ellas resaltan: 1) su consideración como ciudadanas pasivas en la ciudad y no como actoras, situación que las hace más vulnerables a las situaciones de violencia “Nuestros espacios no son los ideales para las mujeres, no hay lugares para las mujeres de la tercera edad, las mujeres dedicadas a la prostitución son perseguidas todo el tiempo y sobornadas por las autoridades de policía para que ellas les presten servicios sexuales” (Mujer-Funcionaria Pública). Así mismo, la explotación sexual unida a la oferta turística, es una situación no controlada suficientemente por las autoridades públicas quienes comienzan a convertirse en sujetos pasivos de ésta conducta, la cual aumenta año tras año, incrementándose significativamente en espacios públicos tales como calles, parques y avenidas, tanto del centro turístico como de las localidades que albergan la población más vulnerable de la ciudad: “se cree que las mujeres nativas de Cartagena están en ese plan de transar servicios sexuales, los turistas creen que porque una mujer es de color se encuentra dispuesta a acostarse por dinero, el ver a las mujeres como objetos sexuales se ha convertido en una fantasía turística” (Mujer-Movimiento Social). (…)“ en nuestro contexto es inconcebible que una mujer se desplace sola por ejemplo a las diez u once de la noche, colocando a quien lo hace en situaciones de riesgo, una ciudad segura es aquella en la que nosotras podamos salir a cualquier hora del día sin peligro de ser acosadas, robadas, o abusadas ” (Mujer-Movimiento Social de Mujeres). Al mismo tiempo, la ciudad es insegura para las mujeres por ser las principales víctimas de los delitos contra el patrimonio económico, ejemplo de estos son: los atracos callejeros, efectuados con o sin armas blancas, las extorsiones y pago de deudas con intereses diarios superiores a los establecidos legalmente, entre otros susceptibles de atribuírseles a paramilitares desmovilizados, quienes han comenzando a actuar organizadamente, situación que ha sido tímidamente tratada por las autoridades locales 120 “los paramilitares vinieron a tomarse a Cartagena, la ciudad se paramilitarizó, se han presentado muchos asesinatos en la ciudad y esto antes no ocurría de la misma manera como está pasando ahora” (Mujer-Movimiento Social). La presencia de desmovilizados ha aumentado la percepción de inseguridad de barrios, zonas y localidades, toda vez que han generado situaciones nuevas en los espacios urbanos tales como: control del vestuario, vidas y proyectos de vida, relaciones de pareja, y amenazas a organizaciones sociales, en especial al movimiento social de mujeres por la difusión de la Resolución 1325 del 31 de octubre del 2000, emitida por el Consejo de Seguridad de NacionesUnidas que reivindica la participación de las mujeres en la solución pacífica de los conflictos, a través de los procesos de diálogo y negociación de la paz en los escenarios de postconflicto. “las chicas no pueden usar blusas que muestren su ombligo, en varias zonas de la ciudad éste les fue quemado con ácido (…) está influyendo en las relaciones de pareja de las chicas de la ciudad, estos nuevos señores llegan con armas, dinero, con motos de alto cilindraje, y muchas de sus parejas han sido asesinadas en diferentes sectores de la ciudad”, por último se resaltan los controles sobre sus horarios y rutas de salida”. (Mujer-Movimiento Social). Adicional a ello, los homicidios en los espacios urbanos es de 5.1 mujeres por cada 100 mil habitantes (Cartagena en Cifras, 2008) sobre ello opinan que cada vez las mujeres “son víctimas de asesinos a sueldo, que en la mayoría de los casos, ajustan deudas económicas y venganzas personales” (...) “por no tener recursos suficientes las mujeres comienzan a prestar dinero para pagar los gastos de alimentación de sus hijos y comprar el diario, sufren para pagar sus deudas y si no lo hacen les quitan la vida” (Mujer-Movimiento Social) (..) Otro tipo de homicidios se atribuye a los casos de violencia intrafamiliar identificados por ocurrir en sus lugares de residencia. Opinan que la ciudad tiene muchos lugares inseguros para ellas tales como: lugares solitarios, sin iluminación, carentes de instalaciones físicas y de presencia institucional, algunos de estos son las paradas de bus, parques, parajes solitarios, calles específicas del centro histórico de la ciudad, playas y otros alejados del centro histórico amurallado, 121 por lo cual concluyen que la ciudad no tienen espacios suficientes para ellas “en las localidades hay muchos sectores, caminos y cruces que son imposibles para las mujeres, porque ese sector es propiedad de alguna padilla o de algunos consumidores de drogas, esos sectores están vedados para nosotras” (Mujer-Movimiento Social de Mujeres). Estas circunstancias particulares, dan cuenta de cómo la ciudad es insegura para las mujeres, opinan “La seguridad en Cartagena hoy tiene grandes dificultades, y en especial para las mujeres,existen situaciones de intolerancia e irrespeto por su condición de ser mujer, siendo frecuente la desvalorización de lo femenino. Igualmente, la debilidad de gobernabilidad y falta de autoridad en muchas circunstancias las hace víctimas y víctimarias de la violencia urbana, no obstante, sigue siendo la principal causa de su inseguridad su pobreza” (Integrante-Consejo Distrital). Finalmente, se encuentra una causa adicional que no depende de las condiciones objetivas de seguridad de la ciudad, sino que es su percepción - seguridad subjetiva -, referidas a sus miedos y temores para enfrentarse al espacio público y a la vivencia de las dinámicas urbanas,ella es el no sentirse suficientemente empoderadas para el ejercicio de sus derechos en la ciudad: “Las mujeres al no sentirse empoderadas de sus derechos, acuden a cualquier institución de la ciudad y/o en los diferentes espacios urbanos, no se sienten ciudadanas, acuden con temor, y en vez de exigir un derecho actúan como si estuvieran pidiendo un favor, lo anterior se debe a la falta de formación y a las malas prácticas políticas heredadas de quienes han manejado la ciudad” (Mujer-movimiento social de mujeres) 2.4 Contenidos de la política pública y condiciones de seguridad ciudadana de las mujeres en la ciudad de Cartagena Finalizado el análisis de cada uno de los componentes axiológicos del derecho a la ciudad, los cuales corresponde en términos generales a los contenidos de la dimensiones de seguridad humana, de las mujeres: económica, alimentaria, salud, medioambiental, personal, ciudadana y política, y cómo sus obstáculos representan factores de riesgo 122 para la seguridad ciudadana de las mujeres y el goce de sus principales , se analizarán los contenidos del Diagnóstico y Estratégico de Política Integral de Convivencia y Seguridad Ciudadana En Cartagena De Indias, Colombia40 y sus recomendaciones para la formulación de la Política Integral de Convivencia y Seguridad Ciudadana, y los ejes de la Política Pública de Mujeres para la Equidad de Género, Cartageneras en Pleno Goce de Nuestros Derechos (2008-2019). En el estudio sobre seguridad ciudadanase propone: 1)plan maestro de equipamientos de justicia, convivencia y seguridad ciudadana; 2) acciones integrales de prevención de la violencia; 3) fortalecimiento policial y de justicia; 4) disuasión y control del crimen; y 5) promoción de una cultura cívica que estimulará el cumplimiento voluntario de normas, la confianza en las autoridades y en los demás y la defensa por los intereses públicos. Como resultado de la investigación se encontró que dicho documento no fue debatido ni elevado a acto administrativo emitido por el Concejo Distrital, siendo resultado de un gran esfuerzo técnico y financiero, cuyo propósito es aportar a la ciudad para que ésta sea un espacio que posibilite la vida, integridad, libertad y patrimonio de sus habitantes, a través de prevenir, reducir y atender los factores que generan la inseguridad para disminuir los indicadores de seguridad objetiva y cambiar la percepción que de la inseguridad como fenómeno multicausalque va desde la violencia accidental hasta el crimen organizado. Entre los hallazgos del Diagnóstico de Convivencia y Seguridad Ciudadanalos problemas de seguridad en la ciudad, comparada con otras del contexto latinoamericano, superan el nivel intermedio existente en temas de inseguridad ciudadana y constituyen obstáculos para la realización del derecho a la ciudad, de las mujeres, estos son: 40 Diagnóstico y de Convivencia y Seguridad Ciudadana de Cartagena de Indias (2008)”elaborado para la Alcaldía de Cartagena Distrito Cultural y Turístico por el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo PNUD. 123 1) La amplia percepción de inseguridad que existe en la ciudad, generada por las siguientes causas: desempleo, situación económica, falta de educación, drogadicción, ineficacia policial, desigualdades sociales, pérdida de valores, falencias en el sistema de administración de justicia, violencia intrafamiliar, y la actividad de desmovilizados, quienes se han reinsertado a la vida civil abandonado la lucha armada y se han dedicado a la delincuencia general. 2) La existencia de espacios públicos peligrosos e inseguros, y en algunos lugares marginales e inhabitados, por ser en ellos donde se consume y traficadrogas y alcohol, y permanecen las pandillas dedicadas a los asaltos de casas de habitación y establecimientos de comercio. 3) Dinámicas de seguridad urbana que generan en hombres y mujeres, pero en especial en éstas últimas, falta de confianza en las autoridades, y sensación de miedo al recorrer los espacios públicos. Así mismo, el Diagnóstico de Convivencia y Seguridad Ciudadana (2008) coloca en evidencia otros factores asociados al crimen y a la violencia urbana, algunos de ellos coincidentes con los obstáculos que limitan la realización del derecho a la ciudad, de las mujeres y su goce en condiciones de seguridad humana, estos son: A) Déficit de capital social y aceptación social del incumplimiento de normas: a pesar de existir un conocimiento de las normas de convivencia se encuentra en la ciudad arraigada a la cultura de su incumplimiento, y de la desconfianza en los otros/as para que las cumplan, por razones de: negligencia, desconocimiento de los alcances de la norma, y consideración de que sus contenidos no se corresponden con el interés general. B) Riesgo en grupos poblaciones de convertirse en víctimas y victimarios: se hace especial énfasis en la juventud por estar expuestos a drogas, alcohol y porte ilegal de armas, no obstante, no se hace alusión alguna a las mujeres como grupo en riesgo en los espacios urbanos. C) Existencia de contextos socio urbanos inseguros:la ciudad se encuentra en un estado crítico y supera los promedios de los países latinoamericanos, por tener espacios 124 mal iluminados y/o sin uso, deteriorados, sin mantenimiento, con alta presencia de ventas informales, poca señalización, con congestión de tráfico, inseguridad en el transporte público formal e informal, existencia de zonas subnormales, entre otras situaciones, que facilita en ellos el surgimiento de prácticas violentas, en especial en el transporte público (taxis, buses, y moto-taxis), generando sensación de miedo y temor para recorrerlos. D) Debilidad institucional:se traducen en el reducido cuerpo de policía e ineficacia en su actuar, además de la ineficiencia del sistema judicial lo que genera en los ciudadanos y ciudadanas, desconfianza en las autoridades, bajo nivel de denuncia, e incitación a promover acciones en su propia defensa, aceptando el uso de armas y otras actividades de violencia privada. Además de los anteriores factores generalizados para toda la población, se hace alusión directa a la violencia intrafamiliar identificada como problemática de seguridad ciudadana, siendo uno de los principales peligros en el ámbito privado para el disfrute del derecho a la ciudad, de las mujeres en el ámbito público, sobre ello consideran: “la violencia física en la ciudad en muchas ocasiones ha llegado hasta el asesinato, el problema que existe en la ciudad y que tiene que ver con la seguridad de las mujeres, es que ellas aun no identifican cual es la violencia física, dicen que sus parejas, esposos y compañeros, solamente las sacude o estruja, pero todo esto es un casi me pega” (Mujer -Movimiento de Mujeres). La propuesta de Política Pública de Convivencia y Seguridad Ciudadana en la ciudad de Cartagena propone las siguientes acciones: 1) fortalecer el capital social y la cultura ciudadana; 2) reducir los factores de riesgo de ser víctima o victimario tales como el expendio y uso de alcohol, otras drogas y armas ; 3) reducir, atender, prevenir y realizar seguimiento a las víctimas de la violencia doméstica, las violencias juveniles y violencia contra la mujer; 4) generar contextos socio-urbanos seguros; 5) mejorar la eficiencia y eficacia de las autoridades policiales y de justicia y 6) reducir el crimen organizado (Propuesta Política Integral de Convivencia y Seguridad Ciudadana, 2008) 125 Con estas se pretende hacer de la ciudad un lugar “indispensable para contribuir a una situación social libre de amenazas, donde las personas pueden gozar plenamente y ejercer integralmente sus derechos, deberes y libertades (...) administrando el conjunto de riesgos o conflictos, concretos o previsibles, que lesionen aquella libertad o el goce pleno de esos derechos, mediante su prevención, atención, seguimiento, control o represión” ( PPISC, 2008), lo cual la ajusta a los postulados del concepto de seguridad humana el cual hemos considerado fundamento y garantía para el disfrute del derecho a la ciudad. Es relevante en el marco conceptual de la propuesta la definición de los conceptos de desarrollo humano, objetivos del milenio, y su alusión directa al tema de seguridad humana para definir y lograr la seguridad ciudadana. Afirmando que los atentados contra la vida, la libertad, la integridad y el patrimonio de los seres humanos/as obstaculizan la lucha contra la pobreza y las condiciones de seguridad económica, alimentaria, medioambiental, personal, comunitaria y política: “La seguridad ciudadana deviene entonces una condición necesaria –aunque no suficiente- de la seguridad humana que, finalmente, es la última garantía del desarrollo humano. Por consiguiente, las intervenciones institucionales destinadas a prevenir y controlar el fenómeno del delito y la criminalidad urbana (políticas de seguridad ciudadana) buscan responder a las amenazas a la seguridad provenientes de la violencia y en particular de la violencia cotidiana, la que se genera al interior de la familia, de la colonia, o que padecen los ciudadanos como resultado de situaciones de riesgo o de la actividad de organizaciones criminales asociadas a delitos de mayor entidad y que pueden ser prevenidos o enfrentados con políticas locales” ( PPISC-, 2008:7). Se propone que los programas establecidos en el Plan de Desarrollo de la ciudad aprobados por el Concejo de la ciudad se rediseñen dirigiéndose hacia dos grandes estrategias, la primera modificar el comportamiento ciudadano y con ello mejorar la aceptación social de incumplimiento de las normas y la violencia asociada a los jóvenes en riesgo, y la segunda mejorar la eficacia policial y la percepción de seguridad de los 126 ciudadanos en lugares con alta percepción de inseguridad y concentración de delitos, y superar la debilidad institucional. No obstante, en las estrategias y acciones propuestas no se plantea un abordaje desde el enfoque de género con acciones específicas que garantice la seguridad ciudadana de las mujeres en los espacios urbanos, y mucho menos aborda otras dimensiones de la seguridad humana para las mujeres en la ciudad. Sin embargo, se hacen recomendaciones específicas para prevenir, tratar y sancionar la violencia intrafamiliar y prevenir los delitos sexuales. Finalmente el Diagnóstico de Convivencia y Seguridad Ciudadana (2008)planteaprogramas y recomendaciones generales para el disfrute de la ciudad en términos seguros, estableciendo responsabilidades directas a las autoridades públicas para que actúen en defensa de la seguridad en los espacios urbanos. 2.4.1 Los principales programas en estado de ejecución son: Programa de cultura ciudadana Vales Almirante Padilla, su objetivo es “Contribuir al buen uso, goce y disfrute del espacio público a través de la promoción de prácticas ciudadanas orientadas al respeto por las normas, autorregulación de sus comportamientos y al ejercicio responsable de sus derechos y deberes para mejorar la convivencia y la percepción de seguridad de la ciudadanía cartagenera”. Programas de fortalecimiento institucional, sus objetivos son “el fortalecimiento institucional de la gestión de la convivencia y la seguridad ciudadana, equipamientos de Seguridad y equipamientos de justicia”. Programa para la recuperación de zonas con altos índices de inseguridad, su objetivo es “Controlar las acciones delincuenciales y poner a disposición de la justicia a sus actores. Esta intervención debe garantizar la presencia y operatividad permanente de la policía”. 127 Las principales recomendaciones que se establecen para la seguridad de la ciudad son: 1) Recomendaciones para el control delictivo del homicidio:realización de estudios criminológicos y victimológicos para precisar las causas de la violencia; fortalecimiento de la investigación criminal y la inteligencia; identificación de los factores de conflictividad en riñas y situaciones de violencia intrafamiliar; implementar medidas administrativas para reducir los riesgos de violencia tales como límite en los horarios de funcionamiento de establecimientos de comercio, redadas y batidas en sitios de alta conflictividad, estrategias para el control de armas cortopunzantes; entre otras. 2) Recomendaciones para reducir los lesionados y los muertos:identificación de sitios de alta siniestralidad por accidentes de tránsito y aplicación de correctivos y sanciones de transito; reducir la corrupción de los agente transito; realizar campañas para mejorar la cultura ciudadana en la vía pública; mejorar la iluminación de los corredores viales, y los paseos peatonales para que los ciudadanos puedan disfrutar y movilizarse en las ciudades. 3) Recomendaciones para reducir los suicidios: formulación de acciones para su prevención; creación de una línea de atención a posibles suicidas y reducir los tiempos de atención; y desarrollo de estudios epidemiológicos sobre este tema. 4) Recomendaciones para el control del robo a personas: mejorar la presencia policial; promover la investigación criminal detectando, deteniendo y poniendo a disposición de la justicia a los delincuentes; ubicar cámaras en la ciudad, garantizar el adecuado funcionamiento del alumbrado público; realizar campañas de medidas de seguridad orientadas hacia los ciudadanos, con el fin de que asuman comportamientos seguros en el espacio público, cuando llevan consigo dinero o cuando disfrutan de la ciudad. 5) Recomendaciones para el control del robo a residencias: establecer la caracterización geográfica de las zonas donde se concentra este delito, en aspectos como: desorden, existencia de medidas de seguridad en las casas y conjuntos residenciales, organización de la comunidad, vulnerabilidades; afinar la inteligencia y la investigación criminal para desvertebrar las bandas delincuenciales dedicadas a esta actividad, generar conocimiento y lazos de solidaridad entre los vecinos para que 128 cualquier ciudadano que observe algún movimiento sospechoso o poco usual, pueda avisar a sus vecinos y a las autoridades. 6) Recomendaciones para el control de los hurtos y robos de vehículos y motos:realizar campañas educativas para que los ciudadanos desarrollen ciertas medidas de seguridad cuando van en los vehículos y motos o a la hora de dejarlos en la calle, divulgación medios de información. (Volantes, emisoras, televisión, prensa), instalación de puestos de control y retenes para la revisión técnica de vehículos y motos y detectar posibles vehículos y motos robadas, capacitación del personal uniformado para realizar control de vehículos y motos, e identificación minuciosa de los mismos, entre otras. 7) Recomendaciones para el control de las lesiones personales:realización de estudios criminológicos por la policía y por las instituciones involucradas en el análisis y atención de conflictos entre particulares, familiares y comunitarios, para identificar las causas y factores que inciden sobre la comisión de las lesiones; identificar los factores de conflictividad que pueden provocar lesionados por riñas, conflictos entre particulares y violencia intrafamiliar y en asocio con las instituciones que atienden los problemas de violencia intrafamiliar y que promueven la resolución pacífica de conflictos, trabajar estrategias propender por la implementación de soluciones integrales y concertadas de los conflictos identificados. 8).Recomendaciones para enfrentar los delitos sexuales: trabajar con las familias para que puedan detectar los posibles abusadores al interior de los hogares, así como con las comunidades de los sectores más afectados para conseguir información respecto a los victimarios; realizar trabajos conjuntos de investigación criminal y de inteligencia para detectar a los violadores, capturarlos y judicializarlos; capacitar a los funcionarios que atienden este tipo de problemáticas sin revictimizar a las víctimas; promover formas de atención especial para los menores víctimas de este delito; realizar campañas para que se denuncie este delito. 9) Recomendaciones para enfrentar y reducir la violencia intrafamiliar: fortalecer las instituciones que tienen que atender este tipo de problemática social y el trabajo interinstitucional entre los establecimientos del sector público y privado que trabajan en el tema, para diseñar políticas integrales de atención de la violencia intrafamiliar y el maltrato infantil. 129 Capacitar a los funcionarios para que el servicio sea cada vez de mayor calidad y acorde con la problemática que se trata; realizar campañas de prevención y atención de la violencia intrafamiliar y el maltrato infantil; generar cultura social para conversar, concertar, proteger y guiar a la familia en todo lo relacionado con su problemática; capacitar a líderes sociales que pueden contribuir a generar y reconocer espacios sociales que promuevan la prevención, la detección, el tratamiento y solución de los problemas de violencia intrafamiliar y el maltrato infantil; detectar y atender con mecanismos alternativos de resolución de conflictos familiares e interpersonales; brindar atención y asesoría individual y grupal en resolución pacífica de conflictos. Finalmente se recomienda divulgar y promover la cultura de la convivencia pacífica en los hogares y en las comunidades; generar espacios de participación comunitaria y de programas y procesos de convivencia; conformar y apoyar redes comunitarias de convivencia que cuenten con herramientas concretas de comunicación e intervención; establecer gestión interinstitucional con las entidades que promuevan la convivencia y la resolución pacífica de conflictos, en especial al interior de la familia. El establecimiento de estos programas y estrategias han sido generales pero no incluyen los aspectos diferenciales que requieren las mujeres para disfrutar contextos socio urbanos seguros, confirmándose en sus contenidos la ausencia de un enfoque de género, lo cual ha sido determinante para existencia de un contexto social potencialmente inseguro para las mujeres, afectando el pleno goce de su derecho a la ciudad. “La Política Pública de Mujeres para la Equidad de Género en el Distrito de Cartagena 2008-2009 Cartageneras en pleno goce de nuestros derechos 2008-2019”, la cual se encuentra definida desde el enfoque de derechos con el propósito de superar las múltiples discriminaciones a las cuales han estado sometidas las mujeres” siendo un compromiso la construcción de una ciudad más incluyente y democrática en la cual “ se garantice el ejercicio pleno de los derechos humanos de las mujeres cartageneras, propiciando la adecuación de las instituciones y la transformación de las prácticas culturales que menoscaban sus derechos, a través de procesos y acciones articuladas con los entes públicos y privados del Distrito, con el propósito de mejoramiento integral de la condiciones de acceso al empleo e ingresos, la salud sexual y reproductiva, una vida libre de violencias y la participación política y representación de las mujeres” (Objetivo General de la Política Pública de Equidad de Género). 130 Para su cumplimiento se propone el desarrollo de los siguientes ejes de trabajo: 1) Eje Económico “mujeres con autonomía económica”,2) Eje de Salud “las mujeres decidimos sobre nuestros cuerpos”, 3) Eje de prevención de violencia “una vida libre de violencias”, 4) Eje de participación política “las mujeres decidimos sobre el ejercicio del poder”, 5) Eje de cultura “Cartagena Libre de la Cultura Machista”. Cada uno de ellos incluye en diferentes aspectos de ciudad la mirada de las mujeres, teniendo en cuenta sus necesidades y sus condiciones actuales en la ciudad. El contenido de cada uno de los ejes aporta al logro de la propuesta del derecho a la ciudad de las mujeres, y propende por hacer de la ciudad un espacio seguro para alcanzar condiciones de seguridad humana, entre ellos se destacan los siguientes propósitos: Crear condiciones para el acceso de las mujeres al empleo digno y a la generación de ingresos, en concertación con el sector privado y con las políticas de desarrollo distritales y nacionales. Garantizar a las mujeres a una vida libre de violencias, a través de acciones de prevención, atención, protección, y acceso a la justicia, en coordinación con las entidades nacionales, los diversos sectores sociales. Asegurar la atención adecuada y oportuna a las mujeres en materia de salud, con énfasis en el ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos, para disminuir la mortalidad materna, prevenir y atender los embarazos no deseados y las enfermedades de transmisión sexual. Generar condiciones para la participación y representación política y social de las mujeres, especialmente en los espacios de toma de decisión del nivel público distrital y local. Contribuir al derecho que tienen todas las mujeres a gozar de una cultura libre de machismo y discriminaciones, y al reconocimiento público de los aportes que han realizado las mujeres en diversas esferas del desarrollo de la ciudad. 131 De los contenidos de los documentos analizados se concluye que la mirada a la seguridad es una mirada restringida a la integridad física, personal y patrimonial, sin valorarse el amplio espectro que significa la seguridad humana para garantizar la vida digna, protegiendo a la población, diferenciándola conforme a grupos poblacionales, de los efectos que genera la insatisfacción de sus necesidades básicas tales como: la degradación medioambiental, desastres naturales, acelerado crecimiento demográfico, la violencia sociopolítica, estableciéndose de tal manera limitaciones en el alcance y realización del derecho a la ciudad de las mujeres y el goce de cada una de sus facetas. Así mismo, la carencia en el Distrito Cultural y Turístico de la Cartagena de Indias de una reglamentación depolítica de seguridad ciudadana, construida y agenciada por todos los actores sociales de la ciudad con posibilidad de incluir su necesidades e interés estratégicos en las agendas de discusión, no ha permitido, en primer lugar que se avance en la identificación de la seguridad de las mujeres con sus situaciones en los contextos de violencia intrafamiliar y su vulnerabilidad a los delitos sexuales, y en segundo, se alcance la transversalización de las dimensiones de la seguridad humana, las cuales concretan y posibilitan el goce del derecho a la ciudad en el contexto urbanos No obstante dichas falencias, la participación de las mujeres en la Política Pública de Mujeres para la Equidad de Género 2008-2019, y en la definición de sus ejes de acción política y programación estratégica, les permitió adquirir conciencia de su papel en la ciudad y cuestionar la perspectiva androcéntrica en la definición de las políticas públicas característica en la ciudad. 132 Conclusiones Durante el desarrollo de la investigación se encontró una variedad de investigaciones teóricas, aplicadas y documentales, sobre las categorías de la investigación, y el posicionamiento del tema de mujeres y ciudades a nivel latinoamericano como uno de los principales avances de los estudios del feminismo y de género. No obstante, se evidencia que la articulación entre ellas: mujeres, derecho a la ciudad, seguridad ciudadana entendida desde el marco de la seguridad humana, y violencia contra las mujeres en los espacios urbanos, no ha sido explorada, por lo que sería importanteaprovechar la riqueza conceptual y práctica que ofrece la articulación de estos enfoques como ejes interpretativos y propositivos de nuevos contenidos para la formulación y seguimiento de políticas públicas. De acuerdo con esta articulación conceptual, se concluye que el derecho a la ciudad como derecho colectivo que tienen las personas que habitan, acceden y usan la ciudad,no es universal a pesar de ser discutido globalmente, sus contenidos dependen del contexto y la ciudad, así como de los destinatarios, hombres y mujeres, que se relacionan y construyen en los espacios urbanos, identidades diversas. En otras palabras, no supone únicamente el uso de lo que ya existe en los espacios urbanos, sino también es la posibilidad de definir y crear lo que debería existir con el fin de satisfacer la necesidades humanas para llevar una vida decente y digna, disfrutando de lo que ciudad le ofrece, y participando en la creación o re-creación de aquellos elementos de los que carece. Al mismo tiempo, las luchas por el reconocimiento internacional de su obligatoriedad, y la definición de su contenido en relación a los sujetos destinatarios del derecho, en éste caso las mujeres como titulares, es una propuesta y un aporte al nuevo enfoque de de derechos especiales según los grupos destinatarios de las normas, proponiendo nuevos contenidos, a través del reconocimiento de las diferencias de género, desuniversalizando sus contenidos y elevando la conciencia sobre relaciones de poder existentes, que limitan el goce y disfrute de los derechos. De tal manera que, la crítica sobre su visión homogénea, teniendo como referente las prácticas particulares de las mujeres, desde las cuales se les debe permitir habitar las ciudades hasta encontrar en ellas condiciones necesarias para su seguridad humana, es 133 camino para alterar el sistema de relaciones de género y reconocer la ciudad como lugar de encuentro entre ellos con igualdad de oportunidades y posibilidades. Es así comose concilian las diferencias de género en la vida diaria y se deja de pensar el espacio y las decisiones que en él se toman como neutras a los géneros, incluyendo las particularidades que le dan vida a la ciudad, configurando su ritmo, esencia y trascendencia, además de ello, posibilitando el goce pleno de los espacios y derechos colectivos, y asegurando condiciones de seguridad humana. Finalmente, el estudio de las políticas en la ciudad en el Distrito Cultural y Turístico de la ciudad de Cartagena de Indias Colombia, da cuenta de que las situaciones de violencia de género en los contextos urbanos atenta directamente, contra la ciudadanía de las mujeres y la igualdad de oportunidades para ejercer sus derechos en laciudad, siendo verdaderos límites para su participación en la vida pública, el goce de sus libertades democrática, y la garantía de su seguridad humana necesaria para “vivir bien”, “vivir como se quiere” y “vivir sin humillaciones”. 134 Referencias Bibliográficas _____________________(2007) Presidente de la Coalición Internacional para el Hábitat (2003-2007). Derecho a la Ciudad en el mundo. Compilación de documentos relevantes para el debate, Coalición Internacional para el Hábitat Oficina Regional para América Latina HIC-A (2008) Compiladora Nadia Nehls Martínez, México. ALCALDIA DISTRITAL DE CARTAGENA DE INDIAS & Programa de Las Naciones Unidas para el Desarrollo (2008) Diagnóstico y Política Integral de Convivencia y Seguridad Ciudadana Cartagena de Indias Cartagena de Indias, CI, Colombia, C. ALCALDIA DISTRITAL DE CARTAGENA DE INDIAS (2008) Cartageneras en pleno goce de nuestros derechos. Política Pública de Mujeres para la Equidad de Género en el Distrito de Cartagena 2008-2019. Cartagena de Indias, CI, Colombia, C. ALIANZA CARTAGENERAS(2010) Cartageneras Cifras y Reflexiones Publicación realizada con el apoyo de GTZ, Cooperación Técnica Alemana y Programa Cercapaz. Cartagena de Indias, CI, Colombia, C. ARVILLA HERRERA Manuela, PEREZ SALGADO Tatiana & NORIEGA LUZ (2008) Diagnóstico de las Mujeres de Cartagena de Indias. Bases para la Política Pública de Mujeres con Perspectiva de Género. Convenio Alcaldía de Cartagena de Indias – Corporación Escuela de Mujeres CEMCI. Cartagena de Indias, C, Colombia, C. BONDER Gloria, (1998) Género y Subjetividad: Avatares de una Relación No Evidente. En: “Género y Epistemología: Mujeres y Disciplinas" Programa Interdisciplinario de Estudios de Género (PIEG), Universidad de Chile,C. BORJA, Jordi. (2004). La Ciudad como Derecho. En: Caja de Herramientas, Año 13, Número 100, Bogotá, 06 – 2004. BUCKINGHAM, Shelley (2010) El derecho a la ciudad desde la perspectiva de género. En: Ana Sugranyes y Charlotte Mathivet (Compiladoras) Ciudades para tod@s: 135 Por el derecho a la ciudad, propuestas y experiencias (pág 59-65) Editado por - Habitat International Coalition(HIC)Primera edición, Santiago de Chile. CARTA EUROPEA DE LA MUJER EN LA CIUDAD, 1996. CARTA MUNDIAL POR EL DERECHO A LA CIUDAD. Versiones: Foro Social de las Américas – Quito, Julio 2004, Foro Mundial Urbano – Barcelona, Octubre 2004, Foro Social Mundial – Porto Alegre, Enero 2005, Revisión II Foro Urbano Mundial previa a Barcelona, Septiembre 2005. CARTA POR EL DERECHO de las mujeres a la CIUDAD, Barcelona, 2004. CASTELLS Manuel (1986).The City and the Grassroots. A Crosscultural Theory Of Urbana Social Movements, University of California Press, 1983. Traducido al Español en Alianza Editorial, España. CEPAL (1984) La Mujer en el Sector Popular Urbano, Varios Autores, Chile. CEVEDIO, Mónica (2003) Arquitectura y género. Espacio público, espacio privado. Editorial Icaria: Barcelona, España. CEVEDIO, Mónica (2003) Arquitectura y género. Espacio público, espacio privado. Editorial Icaria: Barcelona, España. CHACÓN María Eneida, RAMÍREZ María Eugenia, ZEA Margarita, & YAÑEZ Silvia (2007) Diagnostico Del Derecho de las Mujeres a la Vivienda Adecuada y el Acceso a la Propiedad de la Tierra, Desde una Perspectiva de Género en Colombia, Colombia: ILSA & Mujeres y Organizaciones vinculadas al proceso del Tribunal Nacional de Mujeres DESC con el Apoyo de la Agencia Catalana para la Cooperación y el Desarrollo. COMISIÓN EUROPEA ORGANIZACIONES PLATAFORMA COMÚN DE REFLEXIÓN SOBRE EL PLAN EUROPEO (1995) La ciudad, la ciudadanía y el género. Investigación-Acción 1994-1995 subvencionada por la Unidad para la igualdad 136 de oportunidades. En línea: http://www.cityshelter.org/03.charte/chartes/02chartees.htm. Fecha de Consulta 19 de Junio de 2010. CORREA MONTOYA Lucas (2008) Qué significa Tener Derecho a la Ciudad. La ciudad Como Lugar y posibilidad de los derechos humanos. En Revista de Estudios Urbano Regionales: Territorios. Número 22, primer semestre 2010, página 125. Consultada el Junio 27 de 2010. CORTE CONSTITUCIONAL COLOMBIANA, Sentencia C-075 de 2007 Magistrado Ponente Dr. RODRIGO ESCOBAR GIL, Bogotá D.C, Colombia; C. COLOMBIANA, Sentencia T881 de 2002 Magistrado Ponente: Dr. EDUARDO MONTEALEGRE LYNETT , Bogotá D.C, Colombia; C. DALMAZO, Marisol & SERRANO Nicolás, Cardona Lucy (2008). La violencia contra las mujeres es inaceptable. En: Bogotá, ciudad segura. Documento de Avances y Resultados. Programa Regional Ciudades Seguras: Violencia Contra las Mujeres y Políticas Públicas. Localidad de Suba. En: http://www.redmujer.org.ar/pdf_publicaciones/art_32.pdf Consultado Julio de 2010. DALMAZO, Marisol (1990) cartilla “Nosotras en la ciudad aporte invisible de las mujeres al desarrollo urbano en Colombia, FEDEVIVIENDA, América Latina y la financiación de ROOFTOP. DEL VALLE, Teresa (1997) Andamios para una Nueva Ciudad. Lecturas desde la Antropología. Instituto de la Mujer, Universidad de Valencia, Madrid. DIETZ, Mary G. (2001) El Contexto es lo que Cuenta: Feminismo y Teorías de la Ciudadanía. En Ciudadanía y Feminismo (pp 1-19). México, M: Debate Feminista. DURAN. María Ángeles (1998) La ciudad Compartida: Conocimiento, Afecto y Uso, Consejo Superior de los Colegios de Arquitectos España, Madrid. 137 ENRIQUE ORTIZ, Florez (2007) Presidente de la Coalición Internacional para el Hábitat (2003-2007). Hacia una Carta Mundial por el Derecho a la ciudad En: Derecho a la Ciudad en el mundo. Compilación de documentos relevantes para el debate, Coalición Internacional para el Hábitat Oficina Regional para América Latina HIC-A (2008) Compiladora Nadia Nehls Martínez, México. FALÚ, Ana & SEGOVIA, Olga (2007). Ciudades para Convivir sin Violencia Hacia las Mujeres. Debates para la construcción de propuestas. UNIFEM, Agencia de Cooperación Española, y Red Mujer y Hábitat-América Latina (HIC), Santiago, Chile, en agosto de 2006. FENSTER Tovi (2010) El derecho a la ciudad y la vida cotidiana Basada en el género. En: Ana Sugranyes y Charlotte Mathivet (Compiladoras) Ciudades para tod@s: Por el derecho a la ciudad, propuestas y experiencias (pág 66-80) Editado por - Habitat International Coalition(HIC)Primera edición-Santiago de Chile. FERNANDES, Edésio. (2006a). The City Statute in Brazil. En: UNESCO. (2006). International Public debates. Urban Policies and the Right to the City. Paris: UNESCO.-----. (2006b). Updating the Declaration of the Rights of Citizens in Latin America: Constructing the Right to the City in Brazil. En: UNESCO. (2006). International Public debates. Urban Policies and the Right to the City. Paris: UNESCO.------. (2007). Constructing the "Right to the City" in Brazil. En: Social & Legal Studies, 2007; 16; 201. pp 201 – 219. FUENTES JULIO, Claudia & ROJAS Aravena Francisco (2005). Promover la Seguridad Humana: Marcos Éticos, Normativos y Educacionales. Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales- Chile. UNESCO, S.L 215 p. GARCÍA QUESADA, Ana Isabel y GOMÁRIZ MORAGA, Enrique (2002) En: Universidad Andina Simón Bolívar, Ecuador GARCÍA VÁSQUEZ, María Lourdes (SF) Ciudad y Género. Recuperado el 6 de Junio de 2010, del sitio web de la Universidad de Barcelona Grupo Género y Multiculturalismo: http://www.ub.es/multigen/donapla/lourdes_garcia.pdf. 138 HÁBITAT INTERNATIONAL COALITION del Centro de las Naciones Unidas para los Asentamientos Humanos CNUAH http://www.hic-net.org/es_about.php. HARCOURT WENDY & ESCOBAR ARTURO (2007) Las mujeres y las políticas de lugar (1era edición en español). México: Universidad Nacional Autónoma de México, PUEG Programa Universitario de Estudios de Género. HOYOS BOTERO, Consuelo (2001) Un modelo para investigación documental. Bogotá: SeñalEditora. J. LITTLE, L. Peak y P. RICHARDSON “Introduction: Geography and Gender in the Urban Environment”, en: Women in Cities. Gender in the Urban Environment, J. Little, L. Peak y P. Richardson (eds), New York University Press, 1988. JARAMILLO, Isabel Cristina (2000) La Critica Feminista al Derecho. En Género y Teoría del Derecho En: Robin West (Traducción y Estudio Preliminar Isabel Cristina Jaramillo) (pp.25-60) Ediciones UNIANDES, Instituto Pensar & Siglo de Hombres Editores. Colombia, C. LEFEBVRE, Henri. (1978). El Derecho a la Ciudad. Barcelona: Península. Barcelona. 1969. 169p. LEVY, Caren (2003). Ciudad y Género Una ciudad más justa: El género y la planificación. Compiladores MarcelloBalbao& otros. En: Cuadernos de la Cepal. La Ciudad Inclusiva ( pp. 237-259). Santiago de Chile: CEPAL &Cooperazione Italiana. LEZAMA, José Luis (2002) Teoría Social, Espacio y Ciudad. Editorial: Colegio de México, México. LOPEZ MARTA Cenac&Fedevivienda (1996) (Eds), Ciudad Pensar y la VivescasComp (pp 415-430). Colombia, C. 139 Desencuentro. Ciudad, Fabio En Giraldo TM Editores, y Fernando LORIA, Cecilia (2002). El enfoque de género en las políticas públicas y la legislación mexicana. Documento preparado para el Programa Regional de Formación en Género y Políticas Públicas PRIGEPP-FLACSO. MASSOLO, Alejandra (1992). Mujeres y Ciudades. Participación Social, Vivienda y vida Cotidiana. (Compilación) Primera Edición. México Colegio de México: Programa Interdisiplinario de Estudios de la Mujer. México, M. MASSOLO, Alejandra (1994) Introducción. Política y mujeres: una peculiar relación En Alejandra Massolo (comp), Los Medios y los Modos: participación política y acción colectiva de las mujeres, PIEM, El Colegio de México, M. MESA DE TRABAJO MUJER Y CONFLICTO ARMADO EN COLOMBIA. http://www.mujeryconflictoarmado.org/informes.html Consultado Julio de 2010. MOSER, Caroline (1998). Planificación de género, objetivos y obstáculos. Género en el Estado de Género. Isis Internacional. Ediciones de las Mujeres, Nº 27, Santiago S, Chile C. MOUFFE, Chantal (2001) Feminismo Ciudadanía y Política Democrática Radical (pp 2-14) México, M: Debate Feminista. (Documentos PRIGEPP, 2008). NEHLS MARTÍNEZ, Nadia (2008) Hacer de nuestra Ciudad Nuestra propia Casa En: Derecho a la Ciudad en el mundo. Compilación de documentos relevantes para el debate, Coalición Internacional para el Hábitat Oficina Regional para América Latina HIC-Oficina Regional para América Latina HIC-. PEÑA BOLÍVAR Blanca Oliva (2008) Apuntes para una metodología en el estudio del binomio género y espacio urbano. Editorial: Instituto Juan de Herrera., México. Recuperado de: http://habitat.aq.upm.es/b/n7/abpen.html Agosto de 2009. RED DE MUJER Y HÁBITAT http://www.redmujer.org.ar/instituciones.html 140 ROJAS ARAVENA Francisco & FUENTES F. Claudia (2005). Promover la Seguridad Humana: Marcos Éticos, Normativos y Educacionales en América Latina y el Caribe. Facultad Latinoamérica de Ciencias Sociales y Humanas FLACSO, UNESCO. ROTH, André Noel (2003). Políticas públicas formulación, implementación y evaluación. 1era Edición. Bogotá, B, Colombia, C. Ediciones Aura. ROTH, André Noel (2006). Discurso sin compromiso. La política pública de Derechos Humanos en Colombia. 1era Edición. Bogotá, B, Colombia, C. Ediciones Aura. Señal Editora. SUGRANYES, Ana & MATHIVET Charlotte (Compiladoras) (2010). Ciudades para tod@s: Por el derecho a la ciudad, propuestas y experiencias Editado por - Habitat International Coalition(HIC)Primera edición, Santiago de Chile. TAMAYO, Giulia (2002) Seguridad Ciudadana con Enfoque de Género. En: Portal América Latina Genera: Gestión del concomimiento para la Equidad de Género. Consultada en línea: http://www.americalatinagenera.org/documentos/publicaciones/doc_4_Genero-yseguridad-ciudadana.pdf Consultada: Junio de 2010. ZAGREBELSKY Gustavo (1999) El Derecho Dúctil. Tercera Edición. Valladolid, España: Editorial Trotta. Mujeres entrevistadas: RUBIELA VALDERRAMA HOYOS, feminista trabajadora social y funcionaria de la Secretaría de Educación Distrital. Fundadora de la Red de Mujeres, integrante de la Mesa del Movimiento Social e Mujeres, y coordinadora del diseño de la Política Pública de Equidad de Género de la ciudad de Cartagena “Cartageneras en Pleno Goce de Nuestros Derechos. Política Pública de Mujeres para la Equidad de Género en el Distrito de Cartagena 2008-2009”. 141 GLORIA ELENA GIL ZEA, feminista, fundadora de la red de mujeres, abogada del colectivo de abogadas Elenita Gonzales, e integrante de la organización Asodemuc y la Mesa del Movimiento Social e Mujeres. CAROLINA LEÓN NÚÑEZ, trabajadora social y especialista en gerencia de servicios sociales, coordinadora de la Oficina de la Mujer de la ciudad de Cartagena. DUVINA TORRES COE, abogada, integrante del Consejo Distrital y del partido de la U. 142 Anexos Anexo 1: Guía de Entrevistas semiestructuradas Objetivo del proyecto: Determinar si la política pública de seguridad ciudadana en la ciudad de Cartagena de Indias D. C. y T. consideran y facilita el ejercicio y goce del derecho a la ciudad, de las mujeres. Objetivo de trabajo de campo: Analizar en las políticas públicas de seguridad ciudadana y de equidad de género de la ciudad de Cartagena, las acciones dirigidas a la protección y prevención de la violencia de género en los contextos urbanos, y sus garantías para la seguridad ciudadana, desde el enfoque de seguridad humana. Guía Número 1: Entrevista funcionaria pública de la Oficina de la Mujer de la ciudad de Cartagena. Persona Propuesta: Dra Carolina León encargada de la oficina de la Mujer. Preguntas de identificación: nombre, formación, tiempo en la dependencia, responsabilidades en ella. 1. ¿Qué piensa usted sobre la calidad de vida de la ciudad de Cartagena para hombres y mujeres? 2. ¿Qué cree usted que significa el derecho a la ciudad? 3. ¿Cree usted que es posible tener derecho a este de manera diferencial por hombres y mujeres? 4. ¿Cree que las mujeres en la ciudad ejercen su derecho a la ciudad? ¿De qué manera lo hacen? 5. ¿Cómo las mujeres de la ciudad de Cartagena se encuentran participando en su organización, planeación y gestión?, 6. ¿Cuál es su percepción sobre la apropiación y disfrute que las mujeres hacen de la ciudad? 7. ¿Considera que existe al interior de la ciudad espacios físicos donde sean excluidas las mujeres en razón de su género? 8. ¿Qué acciones, programas y políticas existen sobre mujeres y espacio público, vivienda, servicios públicos, entre otras relativas a la satisfacción de las necesidades vitales de las mujeres? 9. ¿Qué componentes de la política pública de género en la ciudad “ Cartageneras en pleno goce de sus derechos” tiene que ver con la seguridad de las mujeres en la ciudad y por qué? 10. ¿Considera usted que en la ciudad las mujeres tiene las posibilidades de gozar y vivir su derecho humanos en la ciudad? 143 11. ¿Cuál de los siguientes derechos considera usted que es el derecho más desconocido, violado o vulnerado a las mujeres dentro del espacio urbano: seguridad, movilidad, empleo, propiedad, ambiente sano, educación, salud, justicia, y por qué? 12. ¿Conoce usted la política de seguridad y convivencia ciudadana de la ciudad de Cartagena? ¿tiene estas enfoque de género? ¿Qué planes y acciones concretas se propone la política para la seguridad de las mujeres de la ciudad? 13. ¿Cuáles son las principales razones de inseguridad urbana en la ciudad? 14. ¿Cuáles son las principales razones por las cuales considera usted que las mujeres se pueden sentir inseguras en la ciudad? 15. ¿Cuáles son las principales manifestaciones de inseguridad para las mujeres en la ciudad de Cartagena? 16. ¿Cuáles son las principales manifestaciones de inseguridad social, económica, personal, medio ambiental, y política de las mujeres? 17. ¿Cuáles son los principales lugares de la ciudad donde considera usted que las mujeres se sienten inseguras? 18. ¿En los escenarios urbanos cuales son las principales causas de la violencia? 19. ¿Existen políticas y decisiones institucionales para prevenir y tratar la violencia basada en género, en caso afirmativo cuáles son? 20. ¿Existen normas e instrumentos para medir e interpretar los índices de inseguridad ciudadana de manera diferencial? 21. ¿Cómo sueña usted una ciudad para las mujeres? ¿Cómo sería la buena vida de ellas en condiciones de seguridad? Guía Número 2: Entrevista a funcionaria público de la Secretaría de Gobierno de la ciudad de Cartagena. Persona propuesta: Por definir 1. ¿Qué piensa usted sobre la calidad de vida de la ciudad de Cartagena para hombres y mujeres? 2. ¿Qué cree usted que significa el derecho a la ciudad? 3. ¿Cree usted que es posible tener derecho a este de manera diferencial por hombres y mujeres? 4. ¿Cuáles son los componentes principales de la política de seguridad y convencía ciudadana? 5. ¿Cuál es la definición o enfoque de la administración sobre el concepto de seguridad ciudadana? 6. ¿Qué acciones concretas están dirigidas hacia las mujeres y por qué? 7. ¿Cuáles son las principales razones de inseguridad en la ciudad y cómo estas afectan directamente a las mujeres? 8. ¿Cuáles han sido los alcances, logros y limitaciones de esta política? 144 9. ¿Existen normas e instrumentos para medir e interpretar los índices de inseguridad ciudadana de manera diferencial? 10. ¿Cómo sueña usted una ciudad para las mujeres? ¿Cómo sería la buena vida de ellas en condiciones de seguridad? Guía 3: Mujer Integrante del Movimiento Social de Mujeres. Personas Propuestas: Rubiela Valderrama y Ciria Marrugo. Integrantes del Movimiento de Mujeres de la Ciudad de Cartagena. Preguntas de identificación: nombre, formación, tiempo en la dependencia, responsabilidades en ella. 1. ¿Qué piensa usted sobre la calidad de vida de la ciudad de Cartagena para hombres y mujeres? 2. ¿Qué cree usted que significa el derecho a la ciudad? 3. ¿Cree usted que es posible tener derecho a este de manera diferencial por hombres y mujeres? 4. ¿Cree que las mujeres en la ciudad ejercen su derecho a la ciudad? ¿De qué manera lo hacen? 5. ¿Cómo las mujeres de la ciudad de Cartagena se encuentran participando en su organización, planeación y gestión? 6. ¿Cómo ha incidido el movimiento social de mujeres de la ciudad en la planificación urbana de la ciudad y el control de las inversiones del gasto público? 7. ¿Cuál es su percepción sobre la apropiación y disfrute que las mujeres hacen de la ciudad? 8. ¿Considera que existe al interior de la ciudad espacios físicos donde sean excluidas las mujeres en razón de su género? ¿Cuáles son estos? 9. ¿Tienen conocimiento sobre programas y políticas para la apropiación del espacio público, vivienda, servicios públicos, entre otras relativas a la satisfacción de las necesidades vitales de las mujeres? 10. ¿Ha sido efectiva la aplicación de la política pública en el componente de una vida libre de violencias para las mujeres? 11. ¿Considera usted que en la ciudad las mujeres tiene las posibilidades de gozar y vivir su derecho humanos libremente? 12. ¿Cuál de los siguientes derechos considera usted que es el derecho más desconocido, violado o vulnerado a las mujeres dentro del espacio urbano: seguridad, movilidad, empleo, propiedad, ambiente sano, educación, salud, justicia, y por qué? 13. ¿Conoce usted la política de seguridad y convivencia ciudadana de la ciudad de Cartagena? ¿tiene estas enfoque de género? ¿Qué planes y acciones concretas se propone la política para la seguridad de las mujeres de la ciudad? 14. ¿Cuáles son las principales razones de inseguridad urbana en la ciudad? 145 15. ¿Cuáles son las principales razones por las cuales considera usted que las mujeres se pueden sentir inseguras en la ciudad? 16. ¿Cuáles son las principales manifestaciones de inseguridad para las mujeres en la ciudad de Cartagena? 17. ¿Cuáles son las principales manifestaciones de inseguridad social, económica, personal, medio ambiental, y política de las mujeres? 18. ¿Cuáles son los principales lugares de la ciudad donde considera usted que las mujeres se sienten inseguras? 19. ¿En los escenarios urbanos cuales son las principales causas de la violencia? 20. ¿Existen políticas y decisiones institucionales para prevenir y tratar la violencia basada en género, en caso afirmativo cuáles son? 21. ¿Denuncia el movimiento situaciones de violación de los derechos de las mujeres en la ciudad? ¿Qué casos han sido representativos? 22. ¿Cómo sueña usted una ciudad para las mujeres? ¿Cómo sería la buena vida de ellas en condiciones de seguridad? 23. Anexo 2: Derechos de Petición dirigidos a Instituciones Públicas Derecho 1: Secretaria del Interior del Distrito de Cartagena Cartagena de Indias, 13 de Mayo de 2010. Doctora Sindis Paola Meza Pineda Secretaria del Interior del Distrito de Cartagena Asunto: Derecho de Petición art. 23 C. P Reciba un cordial saludo. Yo Ana Milena Montoya Ruiz Ciudadano (a) colombiano (a) identificado con cedula de ciudadanía número 32.244.119 del municipio de Envigado-Antioquia residente en la ciudad de Cartagena, en ejercicio del derecho de petición consagrado en el artículo 23 de la Constitución Política de Colombia y con el lleno de los requisitos del artículo 5 del Código Contencioso Administrativo, respetuosamente me dirijo a su despacho con el fin de solicitarle: 1. Copia del Plan Integral de Seguridad y Convivencia Ciudadana de la ciudad. 2. Copia del Programa de Fortalecimiento De La Gestión en Cuanto a Temas de Convivencia y Seguridad Ciudadana. 3. Copia de la línea de base de Promoción Y Protección De Los Derechos Humanos En El Distrito De Cartagena. 4. Copia de la línea de base Cartagena Por La Convivencia. 146 Así mismo, copia de los documentos que no tengan, que no tenga carácter de reservado, que permitieron su elaboración. Así mismo, solicito a ustedes información sobre las acciones, programas y proyectos implementados por la administración en el tema de seguridad ciudadana, con énfasis en la seguridad ciudadana para las mujeres en el periodo 2006-2010. Motiva esta solicitud la realización del estudio académico denominado” El Derecho a la Ciudad para las Mujeres en Cartagena” el cual está siendo elaborado en el marco del trabajo de grado de los estudios de Maestría Género y Políticas Públicas, lo cual justifica el fin exclusivamente académico del uso y manejo de la información por ustedes amablemente suministrada. Atenta a su respuesta, y de antemano agradeciendo la contestación de este derecho de petición dentro del término legal Atentamente, Ana Milena Montoya Ruiz C.C: 32.244.119 Envigado. Dirección: Cra 44D Nª30-A-91 Barrio España. Fundación Universitaria Tecnológico Comfenalco Celular: 3012972594. Mail: amilemr@yahoo.com Derecho 2: Secretaria de Participación y Desarrollo Social de Cartagena Cartagena de Indias, 13 de Mayo de 2010. Doctora NUBIA CHAMS SANMARTÍN Secretaria de Participación y Desarrollo Social de Cartagena Asunto: Derecho de Petición art. 23 C. P Reciba un cordial saludo. Yo Ana Milena Montoya Ruiz Ciudadano (a) colombiano (a) identificado con cedula de ciudadanía número 32.244.119 del municipio de Envigado-Antioquia residente en la ciudad de Cartagena, en ejercicio del derecho de petición consagrado en el artículo 23 de la Constitución Política de Colombia y con el lleno de los requisitos del artículo 5 147 del Código Contencioso Administrativo, respetuosamente me dirijo a su despacho con el fin de solicitarle: Información sobre la implementación de los Programas y Proyectos desarrollados por la oficina de las mujer en el marco del desarrollo de POLÍTICA PÚBLICA DE MUJERES CON PERSPECTIVA DE GÉNERO, los cuales tengan énfasis en la seguridad ciudadana, prevención de la violencia sexual y socio económica, de las mujeres en el periodo 2006-2010. Motiva esta solicitud la realización del estudio académico denominado” El Derecho a la Ciudad para las Mujeres en Cartagena” el cual está siendo elaborado en el marco del trabajo de grado de los estudios de Maestría Género y Políticas Públicas, lo cual justifica el fin exclusivamente académico del uso y manejo de la información por ustedes amablemente suministrada. Atenta a su respuesta, y de antemano agradeciendo la contestación de este derecho de petición dentro del término legal Atentamente, Ana Milena Montoya Ruiz C.C: 32.244.119 Envigado. Dirección: Cra 44D Nª30-A-91 Barrio España. Fundación Universitaria Tecnológico Comfenalco Celular: 3012972594. Mail: amilemr@yahoo.com 148