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TEMA 1 INTRODUCCIÓN AL DERECHO 1. Introducción al Derecho APARICIÓN DEL DERECHO Conjunto de normas que regulan el comportamiento individual con efectos sociales, las relaciones sociales REALIDAD SOCIAL El Derecho nos involucra a todos MUDABLE Y PERMANTE REALIDAD (social) MUDABLE: 1+1 # 2 PERMANENTE: “MATAR ES MALO” FIN DEL DERECHO: LA JUSTICIA Directum (origen latin) Diritto (Italiano) Dret (Catalán) Droit (Francés) Pravo/Pravda (lenguas eslavas): Verdad El Derecho va en la búsqueda de la verdad y de la solución buena, correcta, adecuada: ¡¡JUSTA!! EL DERECHO/LA MORAL Sujetos: Objetos: Actos lícitos o ilícitos/debidos o indebidos (conciencia) Coactividad: Aspecto EXTERNO del acto/motivos internos Valoración A y B/ B Heterónomo/Autónomo Fin Perseguido: Servicio de la Sociedad/mi propio servicio DERECHO/USOS SOCIALES Sujeto: Objeto: A y B/ A, B, C … El mismo: conducta externa del individuo Coactividad: Si/Invitación 2. Caracteres del Derecho - Es esencialmente humano - Tiene una finalidad social - Coactivo y sancionatorio. - Busca soluciones y dirime conflictos. - Cierta finalidad de legitimación del poder. - Protege al ciudadano de ese poder, limitándole. ¿DERECHO? Conjunto de reglas exteriores de la conducta humana. Conjunto de técnicas jurídicas que promueve la implantación de un determinado modo de organización social. Conjunto de normas y técnicas jurídicas dirigidas a la búsqueda de la justicia, la igualdad y la libertad humana en un ámbito social. 3. Derecho Positivo y Derecho Natural Derecho Positivo/Derecho Natural Válido aquí y ahora. Recogido en cuerpo escrito (positivizado). Atemporal, válido en todo tiempo y lugar. Inherente a la condición humana. Del Derecho Positivo a la Ley Ley Norma Jurídica Ordenamiento Jurídico Derecho Positivo Ley: Partiendo de la noción de norma jurídica, llegamos a la LEY, tipo concreto de norma jurídica. Norma Jurídica: el ordenamiento jurídico está constituido por el conjunto de todas las normas jurídicas. Ordenamiento Jurídico: se refiere sólo al D. Positivo interno de un país: el ordenamiento jurídico español, el inglés; el ordenamiento jurídico internacional; ordenamiento jurídico comunitario. 4. La formación del ordenamiento jurídico: las fuentes del Derecho ¿Fuentes del ordenamiento? DEBER INEXCUSABLE DE LOS JUECES DE RESOLVER LOS CONFLICTOS, ATENIÉNDOSE A ESTE SISTEMA DE FUENTES Artículo 1 del Código Civil Las fuentes del ordenamiento jurídico español son: 1. la Ley, 2. la Costumbre y 3. los Principios Generales del Derecho. • • • La costumbre Sólo regirá en defecto de Ley aplicable, No podrá ser contraria a la moral o al orden público Debe resultar probada. Los principios generales del derecho Se aplicarán en defecto de Ley o costumbre, sin perjuicio de su carácter informador del ordenamiento jurídico. Las Fuentes del Derecho Fuentes del Derecho F. Primarias: - Escritas, -Generalidad, - Publicidad, -Jerarquización, -Pervivencia hasta su derogación, -Vocación de futuro (irretroactividad). F. complementarias: -La costumbre -Los principios Generales del Derecho F. aclaratorias: La jurisprudencia. Instrumentos Jurídicos de la UE Directivas -Instrumento Jurídico más utilizado. -Marco General. -Necesitan -transposición Reglamentos - Alcance general. - Directamente Aplicables. Decisiones - Directamente Aplicables. -Sólo a determinados Destinatarios -A veces desarrollan Reglamentos. Fuentes Primarias del Derecho Estatal Instrumentos Jurídicos Españoles CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA 1978 Ley - P. Legislativo. -Marco General. -Orgánicas (D. Fundamentales) y Ordinarias. Normas con rango de Ley - P. Ejecutivo - Decreto-Ley (extraordinaria y urgente). - Decreto Legislativo (TRefund). Reglamentos -P. Ejecutivo. -Regl. Ejecutivos (completan, Concretan). -Regl. De Organización -(estructura Ministerios …). Constitución Española 1978: -Prima sobre las demás Leyes. - Garantizado el respeto a sus directrices mediante el TC. -Procedimiento especial para su reforma o revisión (arts. 166 a 169 CE). Leyes Orgánicas (art. 81 CE y arts. 15 a 29 CE) y leyes ordinarias (estatales y autonómicas) Normas con rango de ley: -Decreto- Ley (art. 86 CE). -Decretos legislativos (art. 82 CE). Reglamentos (art. 97 CE) (estatales y autonómicos): -Ejecutivos o normativos. -Organizativo o independiente. Órdenes Ministeriales. Órdenes Administrativas. Las Fuentes del Derecho: Los principios de Jerarquía y competencia →(F. primarias) Tratados UE/ Constitución Española/ Estatutos de Autonomía Reglamentos, Directivas y Decisiones/ Leyes (Orgánicas y ordinarias), Decretos (ley y legislativos)/ Leyes y Decretos (ley y legislativos) Decretos (Gobierno), Ordenes Ministeriales, Circulares/ Decretos (Consejo de Gobierno), Ordenes y Circulares/ Reglamentos orgánicos municipales, Ordenanzas, Bandos Fuentes aclaratorias. La Jurisprudencia. La jurisprudencia complementará el ordenamiento jurídico con la doctrina que, de modo reiterado, establezca el Tribunal Supremo al interpretar y aplicar la Ley, la costumbre y los principios generales del derecho. Ejemplo del uso de la costumbre como fuente de Derecho - Distancia mínima de 5 ó 10 metros para plantar árboles cerca de heredad ajena (AUDIENCIA PROVINCIAL DE LUGO, 09/04/2003). - Servidumbre de vistas a una distancia diferente a la que señala el Cc. LAS RAMAS DEL DERECHO El Derecho regula realidades sociales Ámbito muy amplio de aplicación: - Entre particulares, - Entre particulares y Administraciones Públicas. - Del particular con los Tribunales … Tipos de Derecho Positivo D. Público: - Imperium, subordinación. - Intereses Generales. - D. necesario. - De oficio D. Privado: - Igualdad, autonomía. - Intereses Particulares. - D. dispositivo. - Rogado Las ramas del Derecho Constitucional y Político Derecho Público y Derecho Privado Derecho constitucional y Derecho político Conjunto de normas constitutivas del ser de cada Estado, que se plasma en su Constitución Derecho Público/Derecho Privado • Administrativo: relaciones del particular con las AAPP y de las AAPP entre sí. • Financiero o Tributario: regula los impuestos. • Civil: relaciones entre particulares. • Mercantil: Derecho de las relaciones mercantiles y negociales entre sujetos privados. • Laboral o social: regula las relaciones entre el empresario y sus trabajadores.