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Derechos y normatividad en protección del ambiente Mario Ríos Barrientos Derechos humanos Inherentes Valores “mínimos” Pacto Social Individuo – Estado Satisfacer necesidades colectivas que los individuos no pueden realizar por su cuenta Las personas como contraprestación pagamos impuestos y nos subordinamos a las normas Características de Los derechos humanos Indivisibles Interdependientes Integrales Obligaciones del Estado Respeto: El Estado debe ser el primero en respetar los derechos de los ciudadanos, sus políticas no deben afectar a los ciudadanos. Proteger: El Estado debe impedir que terceros vulneren los derechos de los ciudadanos Cumplimiento: El Estado debe propiciar a través de políticas y programas la realización de los derechos Obligaciones esenciales del Estado Disponibilidad: Que los recursos para la prevención de los efectos de contaminación en la salud de las personas se encuentran disponibles. Accesibilidad: Los ciudadanos tienen accesibles servicios para la prevención de los efectos de la contaminación ambiental. Adaptabilidad: Los servicios de salud están adaptados a las necesidades de atención de la población y responden frente a la existencia de cualquier riesgo a su salud. Calidad: Los bienes y servicios son los idóneos técnicamente y socialmente para atender las necesidades de servicios de la población. Salud Como derecho El Artículo 2º incisos 1) y 22) de la Constitución Política del Perú1 establece como derechos fundamentales de la persona el “...derecho a la vida, a su integridad moral, psíquica y física y a su libre desarrollo y bienestar” y el derecho “...a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado para el desarrollo de su vida”. Además el Artículo 7° precisa que “Todos tienen derecho a la protección de su salud, la del medio familiar y la de la comunidad así como el deber de contribuir a su promoción y defensa...”. Ley de Salud El Título Preliminar de la Ley General de Salud3 señala que “toda persona tiene derecho a la protección de su salud en los términos y condiciones que establece la ley”. Además precisa que “el derecho a la protección de la salud es irrenunciable y que el concebido es sujeto de derecho en el campo de la salud”. El mismo texto legal indica que “el ejercicio del derecho a la propiedad, (...) la libertad de trabajo, empresa, comercio e industria (...) están sujetos a las limitaciones que establece la ley en resguardo de la salud pública”. Funciones esenciales de salud pùblica 1. Seguimiento, evaluación y análisis de situación de salud 2. Vigilancia en Salud Pública, investigación y control de riesgos y daños 3. Promoción de la salud 4. Participación de la comunidad 5. Desarrollo de políticas y capacidad institucional para planificación y gestión 6. Fortalecimiento capacidad de Regulación 7. Acceso equitativo servicios de salud 8. Desarrollo y capacitación de Recursos Humanos 9. Garantía y mejoramiento calidad de Servicios 10. Investigación 11. Reducción impacto emergencias y desastres