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I CONFERENCIA HEMISFERICA SOBRE PROTECCION AMBIENTAL PORTUARIA LA INDUSTRIA PORTUARIA Y EL IMPACTO AMBIENTAL PANAMA, PANAMA DEL Marzo 10 AL 13 ABRIL, 2004 2007 PUERTOS DE MEXICO EL DESARROLLO DE LOS PUERTOS ES SUSCEPTIBLE DE GENERAR IMPACTOS NEGATIVOS AL AMBIENTE COMO LA CONTAMINACION DEL AIRE, CONTAMINACION POR RUIDO Y CONTAMINACION VISUAL PUERTOS DE MEXICO PUERTO EL LUGAR DE LA COSTA O RIBERA HABILITADO COMO TAL POR EL EJECUTIVO FEDERAL. RECINTO PORTUARIO LA ZONA FEDERAL DELIMITADA Y DETERMINADA POR LA SECRETARÍA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES Y LA SECRETARIA DEL MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES MARCO JURIDICO •CONSTITUCION POLITICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS •LGEEPA FEDERAL Y ESTATAL •LEY DE NAVEGACIÓN REGLAMENTO •LEY DE PUERTOS REGLAMENTO Y Y SU SU MARCO JURIDICO •REGLAMENTO PARA LA PROTECCION DEL AMBIENTE CONTRA LA CONTAMINACION ORIGINADA POR LA EMISION DE RUIDO •REGLAS DE OPERACIÓN DEL PUERTO •LEY FEDERAL DEL TRABAJO Y REGLAMENTO FEDERAL DE SEGURIDAD, HIGIENE Y MEDIO AMBIENTE DE TRABAJO •REGLAMENTO DE LA LGEEPA EN MATERIA DE PREVENSION Y CONTROL DE LA CONTAMINACION DE LA ATMOSFERA •NORMAS OFICIALES MEXICANAS (STPS, SEMARNAT, SCT, SSA) MARCO JURIDICO NORMAS OFICIALES MEXICANAS EN MATERIA DE AIRE Y RUIDO NOM-034-SEMARNAT- Determina la concentración de monóxido de carbono en el 1993 aire ambiente. NOM-035-SEMARNAT1993 Determina la concentración de partículas suspendidas totales en el aire ambiente. NOM-036-SEMARNAT- Determina la concentración de ozono en el aire ambiente. 1993 NOM-038-SEMARNAT1993 Determina la concentración de bióxido de azufre en el aire ambiente. NOM-039-ECOL-1993 Niveles máximos permisibles de emisión a la atmósfera de bióxido y trióxido de azufre y neblinas de ácido sulfúrico, en plantas productoras de ácido sulfúrico. NOM-081-SEMARNAT1994 Limites máximos permisibles provenientes de fuentes fijas. de emisión de ruidos NOM-080-SEMARNAT- Limites máximos permisibles de emisión de ruidos vehículos 1994 automotores, motocicletas y triciclos motorizados. NOM-037-SEMARNAT1993 Determina la concentración de bióxido de nitrógeno en el aire ambiente. MARCO JURIDICO PRINCIPALES TRATADOS INTERNACIONALES EN MATERIA AMBIENTAL •CONVENIO DE VIENA PARA LA PROTECCIÓN DE LA CAPA DE OZONO, DE 1985 •MARPOL 73/78 •CONVENCIÓN MARCO DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE EL CAMBIO CLIMÁTICO, DE 1992 •PROTOCOLO DE KYOTO DE LA CONVENCIÓN MARCO DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE EL CAMBIO CLIMÁTICO, DE 1997 •PROTOCOLO DE MONTREAL PUERTOS DE MEXICO •CONTAMINACION DEL AIRE EN EL ENTORNO PORTUARIO CONTAMINACION DEL AIRE RECINTO PORTUARIO: • ALMACENAMIENTO DE MERCANCÍAS A GRANEL. * NAVES INDUSTRIALES *INSTALACIONES DE ASPERSIÓN PARA MANTENER HÚMEDO EL MATERIAL. • BANDAS TRANSPORTADORAS HERMÉTICAS. • DURANTE LA DESCARGA DE BUQUES DE MINERALES A GRANEL CON ALMEJAS, ABREN LO MAS CERCA AL PUNTO DE DESCARGA PARA EVITAR LEVANTAMIENTO DE POLVOS ASPERSORES DE AGUA EN LAS TOLVAS. *MONITOREO SEMESTRAL DE CALIDAD DEL AIRE EN EL PUERTO. LA CONTAMINACION DEL AIRE EN LA INDUSTRIA: •PREVIO AL INICIO DE OPERACIONES, DEBEN OBTENER LA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO O LICENCIA AMBIENTAL UNICA. •INTEGRACION DE INVENTARIOS DE EMISIONES •INSTALAR PLATAFORMAS Y PUERTOS DE MUESTREO. •CONDUCIR EMISIONES MEDIANTE DUCTOS O CHIMENEAS. •PRESENTAR SU CEDULA DE OPERACIÓN ANUAL. •REALIZAR MONITOREO PERIMETRAL DE SUS EMISIONES CONTAMINANTES. CONTAMINACION DEL AIRE OPERACIÓN DE TERMINALES Y EJECUCION DE OBRAS: •AUTOTRANSPORTE CUENTE CON CERTIFICADOS DE VERIFICACION DE HUMOS. •PROGRAMAS DE MANTENIMIENTO DE MAQUINARIA Y EQUIPO. •RIEGO PERMANENTE EN TERRASERIAS PARA EVITAR LEVANTAMIENTO DE POLVOS. •NO SE PERMITE LA QUEMA A CIELO ABIERTO •MONTACARGAS Y GRUAS CON REGULADORES DE GASES DE ESCAPE. PUERTOS DE MEXICO •CONTAMINACION POR RUIDO PRODUCTO DE ZONAS PORTUARIAS CONTAMINACION POR RUIDO •INSTALACION DE PANTALLAS ACUSTICAS EN LOS LIMITES DEL RECINTO PORTUARIO Y EN LA PERIFERIA DE LAS INDUSTRIAS INSTALADAS EN LOS PUERTOS. •MEDICIONES DE RUIDO EN AREAS DE TRABAJO •INSTALACION DE BLINDAJE ACUSTICO EN GRUAS DE PATIO, MONTACARGAS, REMOLCADORES Y AUTOTRANSPORTE PUERTOS DE MEXICO •CONTAMINACION VISUAL CONTAMINACION VISUAL ES LA ALTERACIÓN DE LAS CUALIDADES DE IMAGEN DE UN PAISAJE NATURAL O URBANO, CAUSADA POR CUALQUIER ELEMENTO FUNCIONAL O SIMBÓLICO, QUE TENGA CARÁCTER COMERCIAL, PUBLICITARIO, PROPAGANDÍSTICO O DE SERVICIO. CAUSAS •EXCESO DE INFORMATIVOS AVISOS PUBLICITARIOS E •NUEVAS EDIFICACIONES O DISTORCIONES EN PAISAJES NATURALES AFECTACIONES •ESTRÉS •ACCIDENTES •AFECTACION ECOLOGICA CONTAMINACION VISUAL •PLANEACION ADECUADA DE TIPO DE CONSTRUCCIONES, SEÑALAMIENTOS Y MATERIALES A USAR. ADAPTACION ARQUITECTONICA DE LOS EDIFICIOS ELEVADOS AL ESTILO CONSTRUCTIVO DE LA REGION. CONTAMINACION VISUAL •REFORESTACION ORDENADA DE AREAS VERDES CON ÁRBOLES DE LA REGION •INTERCALAR ZONAS VERDES EN AREAS ABIERTAS EN TORNO A LOS EDIFICIOS. PUERTOS DE MEXICO COMPROMISOS DE MÉXICO ANTE LA CONVENCIÓN MARCO Y EL PROTOCOLO DE KIOTO ESTABLECER PROGRAMAS NACIONALES PARA MITIGAR EL CAMBIO CLIMÁTICO Y MEDIDAS PARA ADAPTARSE A SUS IMPACTOS REALIZAR INVENTARIOS NACIONALES DE EMISIONES DE GASES DE EFECTO INVERNADERO (GEIS) Y ACTUALIZARLOS PERÍODICAMENTE PRESENTAR INFORMES SOBRE LA IMPLEMENTACIÓN DE LA CONVENCIÓN (COMUNICACIONES NACIONALES) COMPROMISOS ADQUIRIDOS POR MÉXICO ANTE EL PROTOCOLO DE MONTREAL Sustancia Agotadora de la Capa de Ozono Compromiso CFC’S • Reducción del 50% a partir del 1° de enero de 2005. • 65% a partir de 2007. • 100% a partir de 2010. Halones • Reducción del 50% a partir del 1° de enero de 2005. • 65% a partir de 2007. • 100% a partir de 2010. Bromuro de Metilo • Reducción de 20% a partir del 1° de enero de 2005. • 100% de reducción a partir del 1° de enero de 2015. CONCLUSIONES •FOMENTAR EL TECNOLOGIA ALTERNATIVOS. USO O DE NUEVA EQUIPOS •PROMOVER CON AUTORIDADES AMBIENTALES PROGRAMAS DE CONCIENTIZACION EN LA PROTECCION AMBIENTAL. •GESTIONAR EL ORDENAMIENTO ECOLOGICO DE LOS PUERTOS. •EMPLEO DE SUSTANCIAS DE BAJO IMPACTO AMBIENTAL EN OBRAS O SERVICIOS. •CREACION DE AREAS VERDES. •PLANEACION CON ANTELACION DEL DESARROLLO DE LOS PUERTOS •PROMOVER EN LAS EMPRESAS DEL PUERTO IMPLEMENTEN UN SISTEMA DE ADMINISTRACION AMBIENTAL