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Reestructuración de la Tarifa Arancelaria y cambios en la normatividad del Comercio Exterior. 1 REESTRUCTURACIÓN DE LA TARIFA ARANCELARIA Y CAMBIOS EN LA NORMATIVIDAD DEL COMERCIO EXTERIOR. Mayo / 2007 INTRODUCCIÓN La Legislación en materia arancelaria es expedida por el Congreso de la Unión, a propuesta del C. Presidente de la República. La Secretaría de Economía es la dependencia responsable de preparar proyectos. La COCEX se encarga de la coordinación La Tarifa arancelaria de México está basada en la Nomenclatura del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías (SA), de la Organización Mundial de Aduanas. Organización Mundial de Aduanas La OMA es el organismo internacional que expide el Sistema Armonizado, y está dedicada a estudiar mercancías, desarrollar técnicas aduaneras y otros asuntos arancelarios. Sede: Bruselas. 196 miembros activos Casi todo el mundo usa la nomenclatura del SA México suscribió el 6 de septiembre de 1991. Desde julio de 1988 lo adaptó en las Leyes. La Nomenclatura del SA es herramienta estadística. El Sistema Armonizado Lista, relación, catálogo de bienes agrupados en forma sistemática, según su importancia comercial y de acuerdo a criterios tales como: origen, materia, usos, aplicaciones. Ejemplo: “reproductores de raza pura” 0101.10.01: Caballos. en donde: FRACCIÓN Subpartida Partida Capítulo Los primeros seis dígitos de la clasificación deben ser idénticos para todos los países miembros de la OMA. El SA incluye todos los bienes, incluso los “no inventados” Siempre que sean Tangibles Muebles Objeto de comercio Ejemplo: 01.01 Caballos, asnos, mulos etc.. 0101.10 - reproductores de raza pura 0101.10.01 Caballos 0101.10.99 Los demás 0101.90 – Los demás 0101.90.01 Caballos para saltos o carreras 0101.90.02 Caballos sin pedigree, para reproduccion 0101.90.99 Los demás El Sistema Armonizado Imprescindible para implementar políticas de comercio exterior Tarifas arancelarias (TIGI; TIGE; TIGIE) Esquema arancelario de transición (aranceles en la frontera). Aranceles preferenciales (TLC’s). Medidas de regulación no arancelaria. 10 La expedición de esta nueva Ley fue de suma importancia para el comercio exterior de México, porque, independientemente de la actualización y modernización tecnológica que se introduce a la Tarifa de dicha Ley, nuestro país se pone a la par con nuestros socios comerciales en el lenguaje común para identificar y clasificar mercancías a nivel mundial, lo cual dará certeza en la aplicación de los tratos preferenciales pactados. La Tarifa arancelaria de México es la columna vertebral de la política comercial ya que es la base técnica en la que se expresan los aranceles, las regulaciones no arancelarias de todas las dependencias, todas las disposiciones aduaneras y reglas de origen y tasas arancelarias preferenciales y la información estadística del comercio. La Tarifa arancelaria de México es la columna vertebral de la política industrial y comercial, ya que es la base en la que se expresan los aranceles, las regulaciones no arancelarias de todas las dependencias (como las sanitarias, agrícolas, ecológicas, de seguridad nacional, etc.), todas las disposiciones aduaneras, las reglas de origen, las tasas arancelarias preferenciales y el registro de las estadísticas de comercio exterior. En esta Tarifa se registran y gravan todas las operaciones de importación y exportación. En el caso de las importaciones para el 2006, éstas representaron aproximadamente 480 mil millones de dólares (EUA), con un arancel promedio ponderado del orden de 2.7%, por lo que se muestra la importancia de la Ley que expidió el Ejecutivo Federal, previo análisis y aprobación del H. Congreso de la Unión. LAS RAZONES DEL CAMBIO Enmiendas de la OMA al SA. Versión en Español del SA. Revisión textos de TIGIE. TIGIE Fuentes de la modificación Por la OMA Enmiendas aprobadas por el Comité del Sistema Armonizado, se revisa la Nomenclatura cada cuatro años y se prepara un paquete de reformas que entra en vigor al mismo tiempo en todo el mundo. Por la VUESA Enmiendas aprobadas por el COMALEP (grupo de expertos), se revisa la consistencia lingüística de la versión en español y si hace falta se reforma la versión para que sea verdaderamente útil. Enmiendas aprobadas por la OMA El Comité de Nomenclatura de la OMA revisa permanentemente el SA; propone enmiendas para: a) b) c) d) adecuar los textos del SA a los avances tecnológicos; oficializar decisiones internacionales de clasificación; reubicar mercancías mal agrupadas; reflejar cambios en los patrones mundiales de comercio: mercancías de comercio escaso o nulo, mercancías novedosas; e) identificar bienes materia de Convenios Internacionales; f) introducir cambios en los criterios de agrupación, o g) corregir errores de ortografía o de alineación. Los cambios acordados en el Comité entran en vigor cada 4 años. ENMIENDAS 30 de junio de 1984 (01-06-1988) 5 de julio de 1989 (01-01-1992) 6 de julio de 1993 (01-01-1996) 25 de junio de 1999 (01-04-2002) 26 de junio de 2004 (01-07-2007) primera publicación modificaciones editoriales 393 modificaciones 374 modificaciones 542 modificaciones 19 Enmiendas al SA aprobadas en la OMA El Comité de Nomenclatura de la OMA acordó recientemente unos 354 cambios al SA, entre otros: Creación de 1 partida y más de 60 subpartidas destinadas a describir individualmente diversos productos que son objeto de Convenios Internacionales (por ejemplo, el Convenio de Rótterdam); Eliminación de varias partidas (95.01 y 95.02, por ejemplo) por cambios en la metodología de agrupación, y de más de 100 subpartidas que describen productos que han reportado escaso movimiento a nivel mundial; Eliminación o renumeración de unas 120 subpartidas cuyos productos se reagrupan en otras partidas, o que amplían o reducen su cobertura; Creación de subpartidas para clasificar mercancías de tecnología novedosa, o reclasificar ciertos productos (por ejemplo: multifuncionales, celulares, pez espada); Ajuste de más de 40 textos de Notas Legales, para precisar o delimitar campos de aplicación del Sistema Armonizado. Versión en español del SA Convenio Internacional del Sistema Armonizado escrito en inglés y francés. Cada país miembro de la OMA hace su traducción. Las traducciones presentan diferencias entre sí Se dificultan las negociaciones entre países de habla hispana Para disponer de una nomenclatura unificada, y evitar las discrepancias provocadas por el uso de traducciones —ó términos— diferentes, expertos aduaneros de la ALADI, coordinados por México y España, elaboraron una versión conjunta en español del Sistema Armonizado (VUESA) Una nueva Tarifa El Secretariado Técnico de la COCEX convocó a los principales actores del comercio exterior para analizar la implementación de las reformas al SA y, al mismo tiempo, revisar las fracciones. En la revisión y adecuación de enmiendas del Sistema Armonizado, la implementación de la VUESA y la revisión de la TIGIE participaron: — Expertos en clasificación arancelaria; — Especialistas en Química, Textiles, Metalurgia, Electrónica, etc. Organismos empresariales: CAAAREM, CONCAMIN, ANIERM, CANACINTRA etc. Cámaras Industriales: ANIQ, ANAFATA, CANACERO, AMIA, AMDA, AMIJU, CNIH, CNIP, CANIFARMA, etc. Representantes de la SHCP (ADUANAS, LEGISLACIÓN TRIBUTARIA, JURÍDICA, AUDITORÍA FISCAL, ETC. Modificaciones La reforma no modificará la política arancelaria, ni los compromisos internacionales en materia de aranceles (TLC´s), o la cobertura de las restricciones y regulaciones no arancelarias vigentes (RNA’s), pero obligará a reclasificar ciertas mercancías y asignar nuevos códigos a otras. Por ejemplo: TELÉFONOS CELULARES TARIFA ACTUAL TARIFA PARA 2007 • SE CLASIFICAN COMO RADIOTELECOMUNICACIÓN • LA OMA DECIDIÓ TRATARLOS COMO EQUIPOS DE TELFONÍA • FRACCIÓN 8525.90.12 FRACCIÓN: • 8517.62.01 • ARANCEL 10% • ARANCEL 10% ADEMÁS: 13 Acuerdos de Regulación del C. E. (8900 fracciones ) Decretos Aranceles Cupo Unilaterales NUEVA TARIFA ARANCELARIA 2007 Nuevas Notas Explicativas Decreto Prosec (6200 fracciones en 22 sectores) Decretos de Preferencias en frontera Decretos Preferencias para TLC´S Notas Explicativas Se publicarán al mismo tiempo que la TIGIE/2007. Atienden las necesidades nacionales de seguridad jurídica Incluyen los avances de la OMA. Se alinearán con la VUESA Notas Explicativas de Aplicación Nacional en varios Capítulos. REGULACIONES COMERCIALES NÚMERO DE FRACCIONES REGULACIÓN PERMISOS Importación Definitiva. Importación Temporal Constancia Prod. Nvo Exportación AVISOS AUTOMÁTICOS NOM’s 1985 1994 2000 2006 11,000 (aprox.) 276 352 202 149 135 129 1 25 392 3,151 3,672 ----- 1,218 763 1,396 ----- 326 342 330 27 SEGURIDAD FITOSANITARIAS INFORM. COMERCIAL EXPORTACION CUOTAS COMPENSATORIAS CERTIFICACIÓN DE PAÍS DE ORIGEN (CPO’s; número de reglas) OTRAS DEPENDENCIAS NÚMERO DE FRACCIONES SECRETARÍA SAGARPA SALUD REGULACÓN 1985 1994 2000 2006 Autorizaciones de Importación e Inspecciones sanitarias. 840 736 785 884 549 835 929 1,294 ----- ----- ----- 22 Autorizaciones previas, Registros sanitarios Avisos de Importación. Químicos esenciales Guías ecológicas Autorizaciones ecológicas Inspecciones forestales 70 23 ----- ----- ----- ----- 223 584 CICOPLAFEST Autorizaciones Importación 44 326 342 367 ENERGIA Autorizaciones de Importación / Exportación ----- 10 9 10 9 19 SEDENA Autorizaciones de Importación / Exportación ----- ----- ----- SEDESOL / SEMARNAT de 132 28 Adicionalmente, será necesario: Actualizar las Reglas de Origen de los TLC’s, que están redactadas, en su mayoría, en términos del SA. Publicar Decretos relativos a los aranceles de desgravación de los TLCs, los específicos, los de salvaguardia y los cupos. Actualizar los Acuerdos que establecen regulaciones no arancelarias (RNA’s): Permisos previos y avisos automáticos, NOM’s, Cupos, Cuotas Compensatorias, CPO’s, SAGARPA, SS, SEMARNAT, CICOPLAFEST, SEDENA, SEP, Energía. Publicar en internet una tabla de correlación para indicar, respecto a las mercancías que se reclasifican: dónde estaban antes y su nueva ubicación. RESUMEN DE MODIFICACIONES Modificaciones a los textos de partida, subpartida y Notas: Suma de modificaciones a las fracciones arancelarias de la TIGIE: Modificaciones a las Notas Legales (de Sección, Capítulo o subpartida): 542 4,137 250 Total aproximado de reformas por la OMA: 4,929 Número aproximado de modificaciones por ajustes en la Versión Única (VUESA): 1,158 NUMERO TOTAL MODIFICACIONES : 6,087 30 Tarifa: antes y después Total de Fracciones: 2006 2007 11,929 12,450 (estimado) Importación Exportación ALGUNOS EJEMPLOS TIGIE 2007 32 Ejemplo de traslado de fracciones: ASPIRADORAS Y SUS PARTES : Tarifa 2002 Nuevo texto: Aparatos electromecánicos con motor Aparatos electromecánicos con eléctrico incorporado, de uso doméstico, motor eléctrico incorporado, de uso exceptodoméstico. las aspiradoras de la partida 85.08. 8509.10 - Aspiradoras, incluidas las de materias secas y líquidas. 8509.10.01 << Mismo texto >> 8509.90 - Partes (…de aspiradoras...) 8509.90.02 Carcazas 8509.90.99 Los demás. 84.79 Las demás máquinas y aparatos … 8479.89 -- Las demás máquinas …. 8479.89.17 Aspiradoras, enceradoras o pulidoras de pisos, con peso superior a 20 kg, para uso industrial 8479.89.99 Las demás 8479.90 - Partes 8479.90.16 Reconocibles como concebidas exclusivamente para lo comprendido en la fracción 8479.89.17 85.09 NOTA: Tarifa 2007 85.08 Aspiradoras [SUPRIMIDA EN LA TIGIE DE 2002.] - Con motor eléctrico incorporado: 8508.11 -- De potencia inferior o igual a 1500 w y de capacidad del depósito o bolsa para el polvo inferior o igual a 20 l. 8508.11.01 << Mismo texto >> 8508.19 -- Las demás 8508.19.01 Aspiradoras, con peso superior a 20kg, para uso industrial. 8508.19.99 Las demás. 8508.60 - Las demás aspiradoras 8508.60.01 << Mismo texto >> 8508.70 - Partes 8508.70.01 Reconocibles como concebidas exclusivamente para lo comprendido en la fracción 8508.19.01. 8508.70.02 Carcazas. 8508.70.99 Las demás. Los aranceles se mantienen intactos 8509.80 Traslado de fracciones: ASPIRADORAS Y ELECTRODOMÉSTICOS: 85.09 8509.10 8509.10.01 8509.20 8509.20.01 8509.30 8509.30.01 8509.40 8509.40.01 8509.40.02 8509.40.03 8509.40.99 8509.80 8509.80.01 8509.80.02 8509.80.03 8509.80.04 8509.80.05 8509.80.06 8509.80.07 8509.80.08 8509.80.09 8509.80.10 8509.80.99 8509.90 8509.90.01 8509.90.02 8509.90.99 Tarifa 2002 Aparatos electromecánicos con motor eléctrico incorporado, de uso doméstico. - Aspiradoras, incluidas las de materias secas y líquidas. Aspiradoras, incluidas las de materias secas y líquidas. - Enceradoras (lustradoras) de pisos. Enceradoras (lustradoras) de pisos. - Trituradoras de desperdicios de cocina. Trituradoras de desperdicios de cocina. - Trituradoras y mezcladoras de alimentos; extractoras de jugo de frutos u hortalizas (incluso silvestres). Licuadoras, trituradoras o mezcladoras de alimentos. Exprimidoras de frutas. Batidoras. Las demás. - Los demás aparatos. Molinos para carne. Máquinas para lustrar zapatos. Cuchillos. Cepillos para dientes. Cepillos para ropa. Limpiadoras lustradoras con peso unitario inferior o igual a 3 kg, con depósito para detergente. De manicura, con accesorios intercambiables. Afiladores de cuchillos. Abridores de latas. Con dispositivos intercambiables, para uso múltiple. Los demás. - Partes. Reconocibles como concebidas exclusivamente para lo comprendido en la fracción 8509.80.10. Carcazas. Los demás. Tarifa 2007 85.08 85.09 8509.40 8509.40.01 8509.40.02 8509.40.03 8509.40.99 8509.80 8509.80.01 8509.80.02 8509.80.03 8509.80.04 8509.80.05 8509.80.06 8509.80.07 8509.80.08 8509.80.09 8509.80.10 8509.80.11 8509.80.12 8509.80.99 8509.90 8509.90.01 8509.90.02 8509.90.99 Aparatos electromecánicos con motor eléctrico incorporado, de uso doméstico, excepto las aspiradoras de la partida 85.08. -Trituradoras y mezcladoras de alimentos; extractoras de jugo de frutos u hortalizas Licuadoras, trituradoras o mezcladoras de alimentos. Exprimidoras de frutas. Batidoras. Las demás. -Los demás aparatos Molinos para carne. Máquinas para lustrar zapatos. Cuchillos. Cepillos para dientes. Cepillos para ropa. Limpiadoras lustradoras con peso unitario inferior o igual a 3 kg, con depósito para detergente. De manicura, con accesorios intercambiables. Afiladores de cuchillos. Abridores de latas. Con dispositivos intercambiables, para uso múltiple. Enceradoras (lustradoras) de pisos. Trituradoras de desperdicios de cocina. Los demás. -Partes Reconocibles como concebidas exclusivamente para lo comprendido en la fracción 8509.80.10. Carcazas. Las demás. PARTIDA 03.01 Nuevas subpartidas 0301.94 Atunes de aleta azul (Thunnus thynnus) 0301.95 Atunes del Sur (Thunnus maccoyii) 35 Partida 03.02 Nuevas subpartidas para 0302.67 : Pez espada Xiphias gladius 0302.68 : Austromerluza Dissostichus mawsoni (Del Antartico) Dissostichus eleginoides (De la Patagonia) CAPÍTULO 28 LA PARTIDA 28.52 FUE CREADA PARA CLASIFICAR COMPUESTOS INORGÁNICOS Y ORGÁNICOS DE MERCURIO, DISTINTOS DE LAS AMALGAMAS. IMPLICA TRANSFERENCIA DE PRODUCTOS CLASIFICADOS ACTUALMENTE EN MÁS DE 29 PARTIDAS ESTA PARTIDA SE CREO EN BASE AL CONVENIO DE ROTTERDAM SOBRE EL PROCEDIMIENTO DE CONSENTIMIENTO INFORMADO PREVIO (PIC) APLICABLE A CIERTOS PRODUCTOS QUÍMICOS Y PESTICIDAS PELIGROSOS QUE SON OBJETO DE COMERCIO INTERNACIONAL. 37 Ejemplos de enmiendas SA para 2007 CREACIÓN DE LA SUBPARTIDA 4409.21 PARA CLASIFICAR TABLILLAS DE MADERA DE BAMBÚ. (ACTUALMENTE SE CLASIFICAN JUNTO A LAS TABLILLAS DE MADERAS DE OTRAS ESPECIES, EN LA SUBPARTIDA 4409.20). ELIMINACIÓN DE LA SUBPARTIDA 6101.10 RELATIVA A ABRIGOS, CHAQUETONES Y CAPAS, DE PUNTO, DE LANA O DE PELO FINO, A CAUSA DE SU BAJO VOLUMEN DE COMERCIO (MENOS DE 50 Millones de dlls). Productos de alta tecnología: Capítulos 84, 85 y 90 Maquinaria Industrial – – Eléctrica y no eléctrica Manufacturas, energía y comunicaciones Fotográficos, científicos y médicos 84.43 Maquinaria para impresión 84.86 Equipo de fabricación de semiconductores 85.17 Telecomunicaciones 39 85.19 Reproductores de sonido 85.23 Soportes magnéticos para grabar datos 85.28 Receptores y monitores de TV Monitores Proyectores Receptores de television 90.09 (SA 2002) Fotocopiadoras (ELIMINADA) 40 • Partida 84.43 Para 2007: • • • • Impresoras de toda clase. Todos los tipos de copiadoras y fotocopiadoras, incluyendo escáners. Aparatos de facsimilado (fax). Combinaciones de los anteriores. Incluso para usar con PC’s. 41 Contacto: LEVA. Sergio J. Figueroa Valenzuela Director de Política Arancelaria y de Regulaciones no Arancelarias, Comisión de Comercio Exterior Tel. Directo: (01) (55) 5229.61.96 Fax: (01) (55) 5229.65.29 y 5229.65.30 Conm.: (01) (55) 5229.61.00 Ext. 34304 E-mail: sjfiguer@economia.gob.mx FIN DE LA PRESENTACIÓN 44