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ZONA MARÍTIMO TERRESTRE Ley sobre la Zona Marítimo Terrestre Ley 6043. 16-12-1977 Diana Vargas Gustavo Carrillo DEFINICIÓN Artículo 9: “ Zona marítimo terrestre es la franja de doscientos metros de ancho a todo lo largo de los litorales Atlántico y Pacifico de la República, cualquiera que sea su naturaleza, medidos horizontalmente a partir de la línea de la pleamar ordinaria y los terrenos y rocas que deja el mar en descubierto en la marea baja…” ¿Que comprende? •Islas o islotes •Peñascos marítimos •Toda tierra de formación natural que salga del nivel de océano (excepto Isla del Coco) ¿Cómo se determina? Reglamento ZMT: Artículo 2 inciso ch. Pleamar ordinaria: bancos de nivel que determina el IGN línea horizontal de 50 metros (línea de mojones) ¿Cómo se divide? • Zona Pública: Comprende la franja de cincuenta metros de ancho a contar de la pleamar ordinaria y las áreas que quedan al descubierto durante la marea baja. • Zona Restringida: La franja de los ciento cincuenta metros restantes. También incluye las demás áreas pequeñas y formaciones naturales que sobresalgan del mar. Actualmente Pleamar Ordinaria: Pacifico: a nivel medio del mar 15 cm Atlántico: a nivel medio del mar 20 cm Instrumento: GPS de doble frecuencia SOLICITANTE Anuencia Municipal Elaboración del Estudio Técnico del Plan Regulador Solicitud de Concesión Levantamiento Topográfico Amojonamiento ante el IGN Declaratoria de Aptitud Turística ante el ICT Inspección de Campo Solicitud de Avalúo a Tributación Directa Presentación de Anteproyecto en el ICT Visado IGN Publicación del Amojonamiento en La Gaceta Publicación de la Declaratoria en La Gaceta Publicación del Edicto en La Gaceta Avalúo de Tributación Directa Aprobación del Anteproyecto por el ICT Visado MINAE Revisión y Aprobación por el ICT Plazo de 30 Días Hábiles Envío del Avalúo a la Municipalidad Presentación del Anteproyecto ante la Municipalidad Visado Municipal Revisión y Aprobación por el INVU Certificación de Oposiciones al Edicto Notificación del Avalúo al Solicitante Audiencia Pública Proyecto de Resolución Aprobación por la Municipalidad Contrato de Concesión Publicación del Plan Regulador en La Gaceta Aprobación del ICT Inscripción ante el Registro Nacional Catastro del Plano