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ORDENANZA NÚMERO 2.864 VISTO el Expediente N° 9.690/2009 C.D. (Archivo N° 269/2008) “L” 254/2008. LESCANO OLGA LIDIA. R/ informe de que hasta el día de la fecha no ha percibido el cobro correspondiente al mes de julio/07 presentada la boleta N° 167. Con los Despachos de la Comisión de Interpretación, Legislación y Seguridad Pública y de Presupuesto y Hacienda. Tratado y aprobado por unanimidad EL CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE AZUL Sanciona con fuerza de ley la siguiente ORDENANZA ARTÍCULO 1°.- AUTORÍZASE al Departamento Ejecutivo a registrar como deuda y pagar como gasto de ejercicios (Art. 54 Decreto Provincial N° 2980/2000 RAFAM y Art. 140/141 del Reglamento de Contabilidad) el importe equivalente a $ 640,00 (Pesos Seiscientos Cuarenta con 00/00), a favor de LESCANO OLGA LIDIA correspondiente a la carrera de Licenciatura en Turismo. ARTÍCULO 2°.- EL gasto correspondiente a ejercicios anteriores, debió haberse imputado a la siguiente partida presupuestaria: Ejercicio 2007 Jurisdicción 2 “Secretaría de Gobierno” Programa 24.01.00 “Licenciatura en Turismo” 3-4-1-0 Estudios, Investigaciones y Proyectos ARTÍCULO 3°.- $ 640,00 COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo. DADA en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante del partido de Azul, en la ciudad de Azul, provincia de Buenos Aires, a los veintitrés días del mes de noviembre de dos mil nueve. 24-11-2009.- mav.- FUNDAMENTOS VISTAS, las actuaciones L-254/2008; por la cual la Lic. Lescano, Olga Lidia reclama el pago del Honorario del mes de julio/07 por el dictado de la materia Matemática I (Álgebra) correspondiente a la carrera de Licenciatura en Turismo. Y CONSIDERANDO Que los dictámenes de los distintos funcionarios, que por el período reclamado y estando el ejercicio contable finalizado, corresponde aplicar el trámite de reconocimiento de deuda establecido en el Decreto Provincial N° 2980/2000 RAFAM en su artículo 54. Que en el precitado expediente se ha anexado la documentación que dio origen a la deuda, como así también el cumplimiento de los requisitos exigidos por ordenamiento legal citado. Por ello, el Concejo Deliberante del partido de Azul sanciona con fuerza de ley la presente Ordenanza. ORDENANZA N° 2.864/2009.-