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ORDENANZA NÚMERO 3.697 VISTO el Expediente Nº 11.943/2015 C.D. (Archivo Nº 57/2015) "IM" 54/2015. INTENDENTE MUNICIPAL. R/Nota adj. proyecto de Ordenanza. Solicitando la convalidación del Dec. Nº 324/15 que otorgó un subsidio a la Sra. Castillo Nestthaus M. Eugenia, por la suma de $ 9.500.-, en el marco de la Ordenanza 1.429/1996. Con Despacho de las Comisión de Presupuesto y Hacienda. Tratado y aprobado por unanimidad EL CONCEJO DELIBERANTE DEL PARTIDO DE AZUL Sanciona con fuerza de ley la siguiente ORDENANZA ARTÍCULO 1º.- CONVALÍDASE el Decreto Nº 324/2015, a través del cual se otorgó a la Señora Castillo Nestthaus María Eugenia DNI 94.165.254 un subsidio por la suma de $ 9.500.(Pesos nueve mil quinientos), en el marco de la Ordenanza Nº 1.429/1996, destinado a mejorar el emprendimiento de la huerta orgánica que posee, ubicada en la ruta prov. Nº 51, paraje La Colorada, que como Anexo integra la presente Ordenanza. ARTÍCULO 2º.- COMUNÍCASE al Departamento Ejecutivo. DADA en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante del Partido de Azul, en la ciudad de Azul, Provincia de Buenos Aires, a los veintiún días del mes de julio de dos mil quince. 22/07/2015.- mav.- ANEXO A LA ORDENANZA Nº 3.694/2015.- Azul, 18 de febrero de 2015 VISTO la Ordenanza Nº 1429/96 mediante la cual se otorgan subsidios dinerarios o en especie a nuevos emprendimientos productivos que generen empleo, y CONSIDERANDO Que la promoción económica local surge como una respuesta ante las transformaciones productivas y tecnológicas de este mundo globalizado y particularmente del intenso ajuste que provoca efectos claves como desempleo, desarraigo de familias rurales y otras consecuencias sociales negativas. Que se visualizan en nuestra región emprendimientos productivos grupales de tipo agrícola, agropecuarios, granja integral, pequeños emprendimientos de producción artesanal, dulces, quesos, miel, entre otros. El Intendente Municipal del Partido de Azul DECRETA ARTÍCULO 1º: OTÓRGASE un subsidio por la suma de pesos nueve mil quinientos ($ 9.500), a la Señora Castillo Nestthaus, María Eugenia DNI N° 94.165.254, con el fin de mejorar el emprendimiento de la huerta orgánica que posee, ubicada en la Ruta Prov. 51, Paraje La Colorada. ARTÍCULO 2º: EL gasto que origine el otorgamiento del subsidio referido será imputado a la Subsecretaría de Desarrollo Económico y Trabajo - Jurisdicción 1110112000- Actividad 31-02-Código 5.1.7.0.ARTÍCULO 3º: EL beneficiario deberá presentar en el plazo de 30 días, rendición de cuentas del subsidio otorgado. ARTÍCULO 4º: EL presente decreto se encuadra dentro de los lineamientos de la Ordenanza 1.429/1996 y se dicta ad referéndum del Concejo Deliberante de Azul. ARTÍCULO 5º: Comuníquese, regístrese, publíquese, tomen conocimiento quienes corresponda y gírense las actuaciones a la Contaduría General para la continuidad del trámite. Fdo: Cr. Daniel R. MUJICA Secretario de Economía y Finanzas Fdo: Dr. José Manuel INZA Intendente Municipal ES COPIA DECRETO Nº 324 FUNDAMENTOS VISTAS las actuaciones "IM" 54/2015. Y CONSIDERANDO Que este Cuerpo ha tomado conocimiento de las presentes actuaciones. Que el otorgamiento de esta ayuda financiera se da en el marco de la Ordenanza 1.429/1996. Que, mediante nota, este Cuerpo Deliberativo expresó su voluntad de que los pequeños subsidios sean entregados de forma directa por el Departamento Ejecutivo. Que el subsidio que se otorgó es por la suma de Pesos tres mil quinientos ($ 3.500.-). Que no hay objeciones que formular al respecto. Por ello, el Concejo Deliberante del Partido de Azul, sanciona con fuerza de ley la presente Ordenanza. ORDENANZA Nº 3.697/2015.-