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DECRETO Nº 645 MDS Paraná, 19 de marzo de 2012 VISTO: Las presentes actuaciones iniciadas ante el Ministerio de Desarrollo Social por la Secreta-ría de Gestión Jurisdiccional; y CONSIDERANDO: Que mediante las mismas interesa la aprobación del proyecto denominado “Iniciativas Po-pulares Para Mi Barrio”, el que pasa a formar parte del presente, y que será ejecutado a través de la Subsecretaría de Desarrollo Territorial de la Jurisdicción; Que el mismo consiste en la realización de un concurso tendiente a incentivar a personas o grupos al desafío y presentación de iniciati-vas populares que mejoren la realidad social de su barrio, seleccionándose las 50 mejores propuestas, a las cuales se les brindarán los fondos necesarios para la ejecución de las mismas; Que sus objetivos serán brindar un espacio de participación popular en el desarrollo social desde el barrio, transformar realidades sociales con actividades destacadas a partir de una labor conjunta, identificar actores sociales comprometidos, apostar al aprendizaje recí-proco entre la población y quienes participen de esta iniciativa; Que las propuestas presentadas deberán ser enfocadas a niños o adolescentes, estable-ciéndose en tal sentido dos categoría de presentación de 5 a 11 años y de 12 a 18 años respectivamente; Que todas las iniciativas deberán enfocarse en un único eje temático seleccionado entre: 1) Trabajo y Producción, 2) Cultura, Educación y Deporte y 3) Medio Ambiente, no debiendo superar las tres páginas y deberán contener los ítems requeridos al respecto; Que cada iniciativa seleccionada recibirá un aporte por hasta la suma de $ 1.250, por única vez, la cual será no reintegrable y deberá ser rendida ante el Tribunal de Cuentas de la Pro-vincia, para lo cual se faculta por el presente al Ministerio de Desarrollo Social, a aprobar y disponer los pagos respectivos mediante el dictado de resoluciones del titular de dicha cartera; Que para su ejecución se estima una inversión de la suma total de $ 62.500, a cuyo efecto la Subsecretaría de Administración del Ministerio de Desarrollo Social, practicó la reserva preventiva de los fondos con la pertinente in- tervención de la Sra. Contadora Auditora de la Contaduría General de la Provincia; Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Jurisdicción ha tomado intervención dictaminando al respecto; Que en virtud de todo lo expuesto, resulta procedente dictar la norma de aprobación de dicho proyecto, como así también declarar de interés provincial su implementación; Que lo que en el presente se dispone es competencia del área del Ministerio de Desa-rrollo Social, según lo establecido por la Ley N° 10093 de Ministerios; Por ello; El Gobernador de la Provincia D E C R E T A : Art. 1º — Declárase de interés provincial y apruébase el proyecto denominado “Iniciativas Populares Para Mi Barrio”, el cual pasa a formar parte integrante del presente texto, que será ejecutado por la Subsecretaría de Desarrollo Territorial del Ministerio de Desarrollo Social y que consiste en la realización de un concurso tendiente a incentivar a personas o grupos al diseño y presentación de iniciativas populares que mejoren la realidad social de su barrio, seleccionándose las 50 mejores pro-puestas, a las cuales se les brindarán los fondos necesarios para su ejecución, detallándo-se en el mismo sus objetivos, modalidad e implementación del mismo, como así también sus especificaciones de conformidad a lo expresado en los considerandos del presente. Art. 2º — Facúltase al Ministerio de Desa-rrollo Social a invertir hasta la suma total de pesos sesenta y dos mil quinientos ($ 62.500),en la ejecución del proyecto aprobado en el artículo precedente durante el ejercicio 2012, y a disponer la aprobación y pago de la suma que corresponda a favor de las propuestas seleccionadas, mediante el dictado de resoluciones del Sr. Ministro del área, con cargo de rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia. Art. 3º — Impútese el gasto con cargo a los siguientes créditos del presupuesto vigente: Dirección de Administración 959- Carácter 1-Jurisdicción 40- Subjurisdicción 00- Entidad 0000Programa 01- Subprograma 00- Proyec-to 00- Actividad 01- Obra 00- Finalidad 1- Fun-ción 31Fuente de Financiación 11- Subfuente de Financiación 0001- Inciso 5- Partida Princi-pal 1Partida Parcial 4- Partida Subparcial 0000- Departamento 84- Ubicación Geográfica 07. Art. 4º — Autorízase a la Subsecretaría de Administración Jurisdiccional, a emitir ordenes de pago con sus respectivas solicitudes de fondos ante la Tesorería General de la Provin- cia y a efectuar los pagos pertinentes. Art. 5º — El presente decreto será refrenda-do por el señor Ministro Secretario de Estado de Desarrollo Social. Art. 6º — Regístrese, comuníquese, publí-quese y archívese. SERGIO D. URRIBARRI Carlos G. Ramos