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MEDIOS ALTERNATIVOS DE RESOLUCION DE CONFLICTOS VISION POPULAR ACERCA DE LOS MEDIOS ALTERNATIVOS DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS (2002). La comunidad y su percepción de la justicia y de los MARC.1 Medios que conocen los encuestados para solucionar los conflictos Las organizaciones comunitarias El diálogo entre los involucrados Los órganos competentes del Estado 57% 37% 6% Conocimiento de medios alternativos de resolución de conflictos No conocen Conocen 71% 29% Encuestados que les interesaría conocer los medios alternativos de resolución de conflictos Si están interesados No están interesados 67% 33% Razones por las cuales hay interés en conocer los medios alternativos de resolución de conflictos Porque beneficiarían la convivencia armoniosa en la comunidad Para resolver asuntos personales Razones por las cuales no hay interés en conocer los medios alternativos de resolución de conflictos Por falta de interés Porque desconocen el potencial de estos medios para la solución efectiva de los conflictos 89% 11% Opinión sobre aprobar una ley de medios alternativos de resolución de conflictos Si No 23% 77% 85% 15% Razones para aprobar una ley de medios alternativos de resolución de conflictos Para conferirles fuerza de ley Porque son una forma de solucionar conflictos entre los individuos y por tanto de garantizar el acceso a la justicia Para promover su uso y garantizar que se apliquen como procedimientos rápidos, sencillos y eficientes Para desahogar los órganos administradores de justicia 1 43% 33% 19% 5% ASOCIACIÓN CIVIL CONSORCIO DESARROLLO y JUSTICIA, (2002) “Visión Popular acerca de los Medios Alternativos de Resolución de Conflictos”, Asociación Civil Consorcio Desarrollo y Justicia, Caracas. 1 Razones para no aprobar una ley de medios alternativos de resolución de conflictos Por desconfianza hacia estos métodos Porque son voluntarios y no ameritan ley que obligue a su cumplimiento 90% 10% Opinión sobre los efectos de los medios alternativos de resolución de conflictos Deben tener efectos absolutos (los acuerdos, no ir a otra instancia) Deben tener efectos relativos (los acuerdos puedan ser revisados en otra instancia) 66% 34% VISION POPULAR ACERCA DE LOS MEDIOS ALTERNATIVOS DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS (2002). Opinión de los órganos administradores de justicia sobre los MARC. Opinión respecto de los beneficios que les reportaría la ejecución efectiva de los medios alternativos de resolución de conflictos Sería beneficiosa su aplicación No reportaría ningún beneficio al órgano 97% 3% Beneficios de los medios alternativos de resolución de conflictos para los órganos Desahogo de los órganos Ahorro de tiempo y dinero Solución inmediata de conflictos Imagen institucional resulta favorecida Economía procesal Acceso a la justicia 40% 37% 15% 3% 3% 2% Razones por las cuales los medios alternativos de resolución de conflictos no reportarían ningún beneficio Su aplicación no disminuiría los casos que atienden los órganos No son medios ideales para ser utilizados en las instituciones No respondieron Limitaciones con las que se enfrenta el desarrollo efectivo de los medios alternativos de resolución de conflictos La ausencia de educación y cultura respecto a los MARC La insuficiencia de recursos financieros Las limitaciones impuestas por la ley La ausencia de mecanismos para obligar a cumplir los acuerdos La falta de capacitación respecto a los MARC 25% 25% 50% 33% 21% 17% 15% 14% Opinión respecto a la creación de una ley de medios alternativos de resolución de conflictos De acuerdo En desacuerdo 80% 20% 2 Razones para crear una ley de medios alternativos de resolución de conflictos Fuerza de ley para las decisiones tomadas a través de los MARC Desahogo de los órganos de administración de justicia Mayor acceso a la justicia Solución rápida de conflictos Especificar pautas para implementar los MARC Ahorro de tiempo y dinero para el Estado 41% 16% 16% 15% 6% 6% Razones para no crear una ley de medios alternativos de resolución de conflictos Los MARC son de carácter voluntario Los MARC ya están contemplados en la ley pero no se practican Los MARC son lentos y complicados Opinión sobre los efectos de los medios alternativos de resolución de conflictos Deben tener efectos absolutos Deben tener efectos relativos 63% 37% Razones por las cuales deben tener efectos absolutos Los MARC deben dar solución definitiva al conflicto Al tener fuerza de ley sus efectos deben ser absolutos Garantizan el acceso a la justicia El carácter absoluto genera el desahogo de los órganos 47% 41% 12% 59% 37% 5% 4% Razones por las cuales deben tener efectos relativos La Constitución consagra recursos de apelación y doble instancia Se evita la concentración de poder La revisión por incumplimiento debe ser considerada 48% 46% 6% VISION POPULAR ACERCA DE LOS MEDIOS ALTERNATIVOS DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS (2002). Opinión de los usuarios de la Justicia de Paz. Opiniones positivas sobre el juez de paz en general (98% de los encuestados) Resuelve los conflictos de la comunidad Tiene experiencia, accesibilidad y valores éticos Aconseja y orienta a la comunidad Lucha por el acceso a la justicia 45% 26% 16% 13% Opiniones positivas sobre la labor del juez de paz del sector (98% de opiniones positivas) Cumple los lapsos previstos en la ley Resuelve los conflictos efectivamente Es responsable Es participativo Es colaborador Tiene capacidad de decisión Es objetivo e imparcial Orienta a la comunidad 33% 25% 14% 9% 8% 7% 2% 2% 3 Personas que acudieron a la Justicia de Paz y resolvieron sus conflictos Si No 88% 12% Personas que manifestaron que con la experiencia de la Justicia de Paz aprendieron cómo resolver los conflictos Si No 84% 16% 4