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CERTIFICADO DE COMPAÑÍA ASEGURADORA QUE ACREDITA LA CONSTITUCIÓN DE SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL PARA LAS INSTALACIONES O ACTIVIDADES DE PRODUCTORES DE RESIDUOS PELIGROSOS (Artículo 17.7 Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados y artículo 6 Real Decreto 833/1988, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento para la ejecución de la Ley 20/1986, Básica de Residuos Tóxicos y Peligrosos) D./Dª………………………………………………………………………………………………………………………………, en representación de la compañía aseguradora ………………………………………………con N.I.F…………………., y con poder suficiente para obligarle en este acto, CERTIFICA Que la empresa ……………………………………………………, con C.I.F/N.I.F……………………., tiene contratada la póliza de responsabilidad civil número: ……………………… que cubre las responsabilidades que se deriven del ejercicio de una actividad que produce residuos peligrosos en las instalaciones que se citan a continuación (1): ……………………………………………………………………………………………. ……………………………………………………………………………………………. ……………………………………………………………………………………………. De acuerdo con lo establecido en las condiciones particulares y generales de la póliza arriba indicada, queda garantizado que el seguro cubre hasta un límite de …………………… € (mínimo 150.000 €), en los términos del artículo 6 del Real Decreto 833/1988, de 20 de julio, cubriendo, en todo caso: Las indemnizaciones debidas por muerte, lesiones o enfermedad de las personas. Las indemnizaciones debidas por daños a las cosas. Los costes de reparación y recuperación del medio ambiente alterado. La citada póliza tiene validez desde el ………/…….../……… hasta el …….../…….../……... Y para que conste y a los efectos oportunos, se expide el presente certificado en………………………………….... a ….. de ………….. de ………. (sello y firma) NOTAS: (1) Se deberán relacionar las instalaciones fijas ubicadas en la Comunidad Autónoma de Cantabria en las que se producen residuos peligrosos como consecuencia del ejercicio de la actividad objeto de comunicación previa conforme a lo establecido en el artículo 29.1, apartado a), de la Ley 22/2011, de 28 de julio (en el caso de no ser suficiente el espacio indicado al efecto, se deberá adjuntar un anexo relacionando las mismas debidamente firmado y sellado por la compañía aseguradora). (2) En caso de existir exclusiones en lo que respecta a los residuos asegurados, se deberán relacionar en un anexo debidamente firmado y sellado por la compañía aseguradora los residuos excluidos o no cubiertos por la póliza. (3) En el supuesto de la suspensión de alguna de las coberturas de la póliza indicadas, o de extinción del contrato de seguro por cualquier causa, la compañía aseguradora comunicará tales hechos a la Dirección General de Medio Ambiente, a los efectos previstos en el artículo 6, punto 7, del Real Decreto 833/1988, de 20 de julio.