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SEGURIDAD EN LA CADENA ALIMENTARIA En el artículo 25 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, entre otros derechos, se reconoce el derecho que tiene toda persona de acceso a una alimentación suficiente, sana y nutritiva. Por otro lado, la Conferencia Internacional sobre Nutrición de la FAO/OMS, declara que “el acceso a una nutrición adecuada y a un alimento inocuo es un derecho de cada individuo”. Estas declaraciones a nivel internacional, se recogen en nuestra Constitución de 1978 en algunos de sus artículos. El art. 10.2 trata sobre las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que se interpretarán de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los Tratados y Acuerdos Internacionales ratificados por España. El art. 15 establece que todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral y, en el art. 43.1, se reconoce el derecho a la protección de la salud. La protección de la salud es un área de la salud pública, diferente de la medicina clínica ya que, la protección de la salud se desarrolla en torno a la seguridad alimentaria y a la salud ambiental. La seguridad alimentaria son el conjunto de actuaciones basadas en el análisis de riesgos, encaminadas a que en las etapas de producción, transformación y distribución de alimentos, se consiga que éstos sean inocuos y sanos, que nutran suficientemente y que no causen enfermedades. Según la OMS, los principales agentes o circunstancias ligadas al consumo de alimentos que suponen un riesgo para la salud son: a) agentes de naturaleza biológica transmitidos por alimentos (zoonosis transmisibles, intoxicaciones e infecciones bacterianas, infestaciones parasitarias e infecciones víricas), b) agentes de carácter abiótico (pesticidas, metales pesados, residuos de medicamentos o de contaminantes ambientales), c) por consumo defectuoso o excesivo de algunos nutrientes (productos con exceso de proteínas para práctica deportiva, de vitaminas, de sal), d) ingestión de tóxicos naturales presentes en los alimentos (hongos venenosos o biotoxinas marinas), e e) intoxicaciones por la presencia en los alimentos de aditivos y colorantes utilizados sin autorización previa. El sector agroalimentario tiene una gran importancia socioeconómica cuantitativa y cualitativa estratégica en la Unión Europea ya que, es uno de los grandes productores de alimentos del mundo y esto le supone: un gran aporte económico, una gran aportación de empleos estables y vinculados al territorio y una gran contribución al progreso y estabilidad del mundo rural. En los años 80 y 90, una serie de hechos minaron la confianza de los consumidores hacia la cadena alimentaria. En 1981 se produjo en España la 1ª gran crisis alimentaria que podamos recordar, el “Síndrome tóxico” o “Enfermedad de la colza”. En Europa en 1986 se desató la “Enfermedad de las vacas locas” o EEB y en 1999 saltó el problema de las dioxinas en los piensos o crisis de los “pollos belgas”. Ante esta situación, la UE se planteó el gran reto de restablecer la confianza de los consumidores y la necesidad de adoptar medidas para conseguir dicho objetivo. Para ello, las autoridades comunitarias han ido dictando normas sobre productos alimenticios, que son muy cuidadosas con lo que respecta a la salud y protección de los consumidores. Una muestra de esa preocupación es la creación en 2002 de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria, encargada de estudiar y evaluar posibles riesgos alimentarios. Se decidió que debían asumir una mayor responsabilidad todos los sectores: productores, industriales, distribuidores, comercializadores y las distintas administraciones existentes (europea, nacional y las de las Comunidades Autónomas), con el fin de mejorar y reforzar globalmente los sistemas de control de los alimentos. Dada la necesidad de reforzar la coordinación e integración en la producción de alimentos, se elaboró el “Libro Blanco de la Seguridad Alimentaria en la UE”, en el cual se definía claramente la responsabilidad de cada uno de los actores de la cadena alimentaria. Los alimentos siguen un proceso desde que se crían, cultivan o extraen, hasta que el producto final llega al consumidor. Este trayecto que recorren los alimentos se resume en la frase “de la granja a la mesa”. El control sanitario de la producción de alimentos en todas sus fases y su trazabilidad es un elemento básico en la protección de la salud. La trazabilidad es una pieza muy importante de la seguridad alimentaria. La trazabilidad es la posibilidad de seguir el rastro o la pista de un alimento a lo largo de todos y cada uno de los pasos que da, gracias a un sistema de identificación y control. La trazabilidad facilita que se localicen y se inmovilicen o se retiren del mercado los animales o productos alimenticios afectados en caso de que se detecte un determinado peligro, y todo ello con una gran rapidez. La producción primaria, es decir, la “materia prima”, es el primer eslabón de la cadena alimentaria. Todos aquellos profesionales y empresas que se dedican a la cría, producción o cultivo de los productos de la tierra, la ganadería, la caza y la pesca, así como aquellos que se encargan de la recolección, en el caso de los productos agrarios y de todas las etapas anteriores al sacrificio, en el caso de los animales, se consideran responsables de la seguridad de los alimentos. Los productores de materia prima agrícola, ganadera y pesquera deben responder de los perjuicios que pudieran causar sus productos a los consumidores y están obligados a adoptar una serie de medidas que contribuirán a una mayor seguridad alimentaria. Entre ellas destacan: las que garantizan condiciones higiénico-sanitarias, las que evitan peligros para el medio ambiente, el control de contaminantes, plagas, enfermedades e infecciones de animales y plantas, uso racional de medicamentos, mejora del bienestar animal en la explotación y en el transporte, y la obligación de informar a la autoridad competente si se sospecha que hay un problema que pueda afectar a la salud humana. El segundo eslabón de la cadena alimentaria lo constituye “la industria alimentaria”. Ésta son todas aquellas empresas que llevan a cabo una, varias, o todas la etapas del proceso por el que pasa un alimento desde que termina la fase de producción primaria hasta que se envía al punto de venta o distribución. Estas etapas son: preparación, fabricación, almacenamiento y transporte. transformación, manipulación, envasado, Existen un gran número de normas que en este punto de la cadena alimentaria se deben de cumplir. Estas normas van dirigidas a: locales y lugares donde se preparan y transforman alimentos, materiales y equipos de contacto, transporte, personal en contacto con alimentos, almacenamiento, envasado y embalaje, suministro de agua y aire…Entre estas normas figura el que cada una de las industrias debe aplicar un meticuloso sistema de autoinspección, llamado Análisis de Peligros y Puntos de control críticos, también conocido como APPCC. Además cada vez son más las industrias que, voluntariamente, ponen en marcha programas propios de control de calidad. Entre las normas y medidas de control que se aplican a la industria alimentaria destacan, por su especial interés para los consumidores, las que se refieren a las etiquetas que han de llevar la mayor parte de los alimentos. Y es que la etiqueta es como un documento que proporciona al consumidor una información muy útil sobre el producto que va a comprar y le facilita elegir de acuerdo con sus gustos y preferencias. El proceso de comercialización o venta de los alimentos sería el tercer eslabón de la cadena alimentaria. Pero este eslabón no se refiere sólo al acto de entregar a un comprador una mercancía por un precio determinado, sino que abarca acciones que pueden llevarse a cabo en el propio punto de venta, como son: manipulación, transformación y almacenamiento de productos alimenticios. Abarca, principalmente, aquellos establecimientos cuya actividad principal es el almacenamiento para la venta, o la venta directa de productos de alimentación al consumidor final, ya sea a través de centros de distribución, tiendas al por mayor, hipermercados, supermercados y tiendas tradicionales, como mediante máquinas expendedoras, tiendas ambulantes o provisionales. También incluye a los establecimientos que realizan actividades de restauración (restaurantes, bares, cafeterías, restauración colectiva, restauración rápida, etc.) y otras similares de servicios de alimentos. Se ha desarrollado una amplísima normativa con requisitos muy estrictos de higiene alimentaria, de aplicación en estos establecimientos en lo referente a: locales, materiales y equipos, personal empleado, almacenamiento, conservación, envasado y embalaje. Y el cuarto eslabón de la cadena alimentaria son los consumidores que también tienen importantes responsabilidades para garantizar la seguridad alimentaria. Los consumidores no solo tienen derechos en cuestión de seguridad alimentaria, sino también deberes y responsabilidades que hay que cumplir como eslabón último, pero no menos importante, de la cadena alimentaria. Entre los derechos se encuentran: demandar productos que ofrezcan plenas garantías de inocuidad; requerir una información veraz, objetiva, comprensible, amplia y detallada sobre todos los alimentos; y denunciar públicamente los casos de fraude o incumplimiento de las normativas. Respecto a los deberes, hay que tener en cuenta que la mayor parte de las intoxicaciones alimentarias se producen por una deficiente manipulación de los alimentos por parte del propio consumidor. No hay que olvidar que la manera de hacer la compra y la forma en que se guardan, almacenan, conservan y preparan los alimentos en el hogar, tienen una influencia directa en la seguridad alimentaria. Sobre todas estas actividades, el consumidor es quien tiene la máxima responsabilidad.