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Boletín 08, Año 01, 2013 ANAISA OTROS TEMAS DE INTERÉS LEGISLACIÓN SANITARIA SUPLEMENTOS ALIMENTICIOS ¿CUÁL ES EL MARCO LEGAL DE LOS SUPLEMENTOS ALIMENTICIOS EN MÉXICO? LEY GENERAL DE SALUD (LGS).- Artículo 200bis a 202; 212, 215 y 216. REGLAMENTO DE CONTROL SANITARIO DE PRODUCTOS Y SERVICIOS (RCSPS).Artículos 168 a 179 REGLAMENTO DE LA LEY GENERAL DE SALUD EN MATERIA DE PUBLICIDAD.Artículos 21, 22, 27 y 79 NOM-251-SSA1-2009, PRÁCTICAS DE HIGIENE PARA EL PROCESO DE ALIMENTOS, BEBIDAS O SUPLEMENTOS ALIMENTICIOS. ACUERDO POR EL DETERMINAN LOS ADITIVOS Y COADYUVANTES EN ALIMENTOS, BEBIDAS Y SUPLEMENTOS ALIMENTICIOS, SU USO Y DISPOSICIONES SANITARIAS (2012), se actualiza cada 6 meses. SOBRE ¿QUÉ ES UN SUPLEMENTO ALIMENTICIO? ¿QUIÉN REGULA Y VIGILA A LOS SUPLEMENTOS ALIMENTICIOS EN MÉXICO? De acuerdo al artículo 215, fracción V, de la Ley General de Salud, los Suplementos Alimenticios son "...productos a base de hierbas, extractos vegetales, alimentos tradicionales, deshidratados o concentrados de frutas, adicionados o no, de vitaminas o minerales, que se puedan presentar en forma farmacéutica y cuya finalidad de uso sea incrementar la ingesta dietética total, complementarla o suplir algún componente..." La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) es la entidad encargada de regular y vigilar el cumplimiento de la regulación, además de otorgar permisos sanitarios: • Previos de importación • Publicidad Y recibir los avisos de : •Funcionamiento establecimientos •Avisos de funcionamiento de productos ACUERDO POR EL QUE SE DETERMINAN LAS PLANTAS PROHIBIDAS O PERMITIDAS PARA TÉS, INFUSIONES Y ACEITES VEGETALES COMESTIBLES (1999), se está trabajando en su actualización. FARMACOPEA HERBOLARIA (2012). Av. San Antonio No. 256 – 6° Piso, Col. Ampliación Nápoles, Del. Benito Juárez, México, D.F. C.P. 03849 www.anaisa.mx Tel (55)56151564 correo: gerencia@anaisa.mx de ¿QUÉ PUEDE Y NO PUEDE CONTENER UN SUPLEMENTO ALIMENTICIO? (art. 168 del RCSPS) Los Suplementos Alimenticios pueden contener: ¿Cuál es la diferencia entre un Suplemento Alimenticio y un Producto Milagro? Los Suplementos Alimenticios, Tienen un marco regulatorio definido Su publicidad requiere de un permiso sanitario (COFEPRIS) La industria formal está comprometida con las autoridades para garantizar la salud de los consumidores. No pretenden curar, disminuir o prevenir enfermedades Carbohidratos Proteínas Aminoácidos Ácidos Grasos Metabolitos Plantas Algas Aditivos Mientras que los Productos Milagro, (art. 169 del RCSPS) Los Suplementos Alimenticios NO pueden contener: x x x x x x Sustancias con acción farmacológica reconocida o con propiedades terapéuticas, preventivas o rehabilitatorias. Procaína, efedrina, yohimbina, germanio, hormonas animales o humanas, plantas que no se permiten para infusiones o te. Sustancias farmacológicas reconocidas o que representen un riesgo para la salud. Plantas con toxicidad reconocida de la Farmacopea Herbolaria de los Estados Unidos Mexicanos. Son productos cuya publicidad les atribuye propiedades similares a las de medicamentos. Sus fabricantes y/o anunciantes desconocen el marco regulatorio existente. Se desconoce sí en su elaboración se cuenta con las buenas prácticas de manufactura para garantizar la calidad y la salud de los consumidores No están avalados por investigación o por la ciencia. “Los Suplementos Alimenticios no son medicamentos” Bibliografía: 1. 2. 3. 4. 5. 6. Ley General de Salud Reglamento de Control Sanitario de Productos y Servicios Reglamento de la Ley General de Salud en materia de Publicidad NOM-251-SSA1-2009, Prácticas de Higiene para el Proceso de alimentos, bebidas o suplementos alimenticios. Acuerdo por el que se determinan los aditivos y coadyuvantes en alimentos, bebidas y suplementos alimenticios, su uso y disposiciones sanitarias Acuerdo por el que se determinan las plantas prohibidas o permitidas para tés, infusiones y aceites vegetales comestibles. Av. San Antonio No. 256 – 6° Piso, Col. Ampliación Nápoles, Del. Benito Juárez, México, D.F. C.P. 03849 www.anaisa.mx Tel (55)56151564 correo: gerencia@anaisa.mx