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NECESIDADES ESPECIALES DIETÉTICAS DE MPS: EVALUACIÓN DE COMIDA Y ALIMENTACIÓN Si llena la Parte A, use tinta negra o azul solamente (NO USE LÁPIZ). Llene todos los campos y entregue al Gerente de Alimentos PARTE A. NOMBRE del Estudiante INFORMACIÓN DEL ESTUDIANTE APELLIDO del Estudiante Fecha de Nacimiento Nombre de la Escuela No. de Identificación Edad Grado Clase 1. ¿Tiene el niño una discapacidad* como se define más abajo? Especifique la actividad que se ve afectada por la discapacidad en el espacio provisto (por ej., comer, hacer labores manuales, cuidar de sí mismo, caminar, escuchar, hablar, respirar y/o aprender). Sí No Sí No Sí No Si respondió sí, llene la Parte B de este formulario y pida al médico que lo firme. 2. Restricciones religiosas –Marque las casillas que correspondan No carne Otro - ________________________________ No cerdo PROCEDA A LA LÍNEA DE FIRMA DEL PADRE/TUTOR LEGAL MÁS ABAJO 3. Si el niño no está discapacitado, ¿tiene el niño necesidades de alimentación especiales? Si respondió sí, llene la Parte B de este formulario y pida a una Autoridad Médica reconocida que lo firme. Si llena la Parte B, use tinta negra o azul solamente (NO USE LÁPIZ). Llene todos los campos y entregue al Gerente de Alimentos. PARTE B. NECESIDADES DIETÉTICAS ESPECIALES Diagnóstico/Necesidades dietéticas especiales- Nota: Las alergias a alimentos severas o MORTALES (anafilaxis) requieren la firma de un médico. Comidas a evitar: Restricciones médicas – Alergias O intolerancia a alimentos –Marque todas las que correspondan No Leche o Productos Lácteos Intolerancia a la Lactosa (Sólo Leche Sin Lactosa) No Trigo/Gluten No Cacahuetes o Mantequilla de Cacahuete No Soya No Pescado No Nueces No Huevos No Crustáceos Otros -_____________________________________________________________________________ Comidas a sustituir (Alternativas aceptables): Modificación de textura –Marque las Casillas Cortado (en trozos pequeños) Molido Licuado Puré Nombre del Médico/Autoridad médica Firma Teléfono Fecha: Nombre del padre/tutor legal Firma Teléfono Fecha: *Bajo la Sección 504 de la Ley de Rehabilitación de 1973 y la Ley de Estadounidenses Discapacitados (ADA) de 1990, una “persona con discapacidades” significa cualquier persona con una discapacidad física o mental que sustancialmente limita una o más actividades mayores de vida, tiene un expediente de dicha discapacidad o se considera como que padece de esa discapacidad. Esta definición incluye a los niños con severas alergias a la comida. Bajo la Parte B de la Ley de Educación para Personas con Discapacidades (IDEA) se entiende por niño “discapacitado” a los niños evaluados de conformidad con IDEA y considerados que padecen una o más de las trece categorías de discapacidades y quienes por esa razón requieren de educación especial y servicios relacionados. ACTUALIZACIÓN ANUAL. La orden es válida por un año a partir de la fecha de firma del Médico o Autoridad Médica o por el año escolar. Sigue Declaración del médico para niños con discapacidades y necesidades dietéticas especiales Los reglamentos de USDA 7 CFR Parte 15b exigen hacer sustituciones o adaptaciones especiales de alimentos en las escuelas para los niños cuyas discapacidades restrinjan su dieta. Un niño con discapacidades debe recibir sustituciones de alimentos cuando la necesidad sea corroborada por una declaración firmada por un médico acreditado. La declaración del médico debe identificar los siguientes puntos: • • • • Discapacidad del niño Actividad principal en la vida del niño afectada por la discapacidad Comidas a ser omitidas de la dieta del niño Comidas que deben sustituirse El formulario de NECESIDADES ESPECIALES DIETÉTICAS DE MPS: EVALUACIÓN DE COMIDA Y ALIMENTACIÓN ha sido adaptado de las guías de USDA: Adaptación para niños con necesidades especiales: Guía para personal de servicios de alimentación de las escuelas y puede usarse para obtener la información requerida del médico y/o autoridad médica (consulte la referencia más abajo). Manejo de alergias a alimentos severas/mortales con reacciones anafilácticas Si la evaluación del médico indica que la alergia a los alimentos puede dar como resultado reacciones anafilácticas severas, mortales (anafilácticas), la condición del niño será considerada como una “discapacidad”. En esos casos, las sustituciones indicadas por el médico deben hacerse. Adicionalmente, el médico debe firmar el formulario de NECESIDADES ESPECIALES DIETÉTICAS DE MPS: EVALUACIÓN DE COMIDA Y ALIMENTACIÓN (sección amarilla). Manejo de alergias a alimentos (no severas) y/o intolerancia a alimentos La autoridad de servicios de alimentación de la escuela no está en la obligación de hacer sustituciones de alimentos para niños con alergias a alimentos no severas o intolerancia a los alimentos que no tengan una discapacidad como se define bien sea bajo la Sección 504 de la Ley de Rehabilitación o la Parte B de IDEA. La autoridad de servicios de alimentación de la escuela podría decidir hacer sustituciones de alimentos, a su discreción, para niños individuales que no padezcan de una discapacidad, pero que sean certificados médicamente con una necesidad médica especial o dietética. Las determinaciones se hacen de acuerdo al caso. Esta disposición incluye a los niños que tienen intolerancia o alergia a los alimentos pero que no tienen reacciones mortales. En este caso, la Autoridad Médica (además del médico) puede llenar y firmar el formulario de NECESIDADES ESPECIALES DIETÉTICAS DE MPS: EVALUACIÓN DE COMIDA Y ALIMENTACIÓN. El formulario lleno y firmado debe enviarse al departamento de Servicios de Nutrición Escolar. Otras necesidades de alimentación especiales (restricciones religiosas) Si no existe alergia conocida, intolerancia a la comida o discapacidad, pero el padre solicita que se elimine un alimento en particular por razones religiosas, la autoridad de servicios de alimentos puede decidir, a su discreción hacer la sustitución, aunque no está obligada a hacerlo. En este caso, el padre puede llenar, firmar y entregar el formulario al gerente de servicios de alimentación. *Referencia: Adaptación para niños con necesidades especiales: guía para el personal de servicios de alimentos de las escuelas, Departamento de Alimentos y Nutrición de los Estados Unidos, otoño de 2001. http://www.fns.usda.gov/cnd/Guidance/default.htm 8-20-10 BRG/KM/SNS