Download TRABAJA - Municipio de La Estrella
Document related concepts
no text concepts found
Transcript
./ Acuerdo N°OOS-MINIMO VITAL DE AGUA ACUERDO Nro. 005 2 8 'ABR 2012 "POR MEDIO DEL CUAL SE INSTITUCIONALlZA El PROGRAMA MíNIMO VITAL DE AGUA PARA lOS SUSCRIPTORES DE lA EMPRESA DE SERVICIOS PUBLlCOS lA ESTREllA S.A. DEL MUNICIPO DE lA ESTRELLA" El Concejo Municipal de la Estrella en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confieren los artículos 313, 365 Y 366 de la Constitución Política, el artículo 32 de la ley 136 de 1994, el artículo 76 de la ley 715 de 2001, el artículo 65 de la ley 99 de 1993 y el artículo 5 de la ley 142 de 1994. ACUERDA ARTíCULO PRIMERO: CREAR el programa "MíNIMO VITAL DE AGUA" para el Municipio de la Estrella, el cual aplicará a la población Siderense suscriptora de los servicios públicos de agua y saneamiento básico prestados por lA E.S.P. lA ESTREllA S.A. PARAGRAFO: Entiéndase como mínimo vital de agua aquella cantidad de agua medida en metros cúbicos/mes que requiere un grupo familiar para satisfacer sus necesidades básicas tanto fisiológicas como de preparación de alimentos, higiene y saneamiento principalmente. ARTíCULO SEGUNDO: En cumplimiento del programa aquí establecido, se autoriza al Alcalde (sa) del Municipio de la Estrella para que auspicie hasta 10 metros cúbicos por mes del servicio público domiciliario de acueducto y de alcantarillado a cada uno de los suscriptores que cumplan requisitos para beneficiarse con este programa, PARÁGRAFO PRIMERO: El criterio de selección estará establecido conforme a la estratificación de las viviendas, aplicando el auspicio a la población ubicada en los estratos 1 y 2. PARÁGRAFO SEGUNDO: Para los suscriptores de la E.S.P. LA ESTRELLA S.A., que no tengan medidor de consumo, el mínimo vital de agua auspiciado corresponderá al 50% del valor de la tarifa plena que cancelan a la empresa. ARTíCULO TERCERO: El Alcalde Municipal al realizar el presupuesto anual de rentas y gastos para presentárselo al Concejo para su aprobación, tendrá en cuenta la institucionalización de este programa y destinará los recursos ..necesarios para hacerlo efectivo. Oñ" Concejo que TRABAJA ...de Verdad CAM calle Teléfonos: 80 sur No. 58 - 78 3090901 - 3090921 - 3091904 WWW.concejolaestrella.gov.co concejolaestrella@hotmail.com CONCEJO MUNICIPAL DELAESTRELLA Acuerdo N°005-MINIMO VITAL DE AGUA ARTíCULO CUARTO: AUTORICESE al Alcalde (sa) para que realice los movimientos presupuestales necesarios para que cumpla con el objeto del presente, y firme Convenio Interadministrativo con la ESP LA ESTREllA S. A. ARTíCULO QUINTO: El Alcalde (sa) deberá encargar a un funcionario dependencia de la administración para que asuma las siguientes funciones: o 1. Determinar quiénes son beneficiarios del programa del mínimo vital de agua potable de conformidad con el presente acto. 2. Brindar acompañamiento y realizar el seguimiento a las familias beneficiarías, con el fin de determinar el impacto que el programa del mínimo vital tiene en su calidad de vida y en el consumo promedio de agua. 3. Establecer las condiciones que permitan proveer el mínimo vital de agua a las personas beneficiarías del programa, de forma ininterrumpida. 4. Presentar un informe al Concejo Municipal una vez por cada periodo de sesiones ordinarias, con respecto al desarrollo del presente acuerdo. ARTíCULO SEXTO: Quienes a la entrada en vigencia del presente acuerdo tengan el servicio suspendido o cortado, podrán acceder al auspicio del mínimo vital de agua, realizando el correspondiente acuerdo de pago sobre la obligación pendiente con la E.S.P. lA ESTREllA S.A. ARTíCULO SEPTIMO: El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su sanción. Dado en el Salón del Honorable Concejo del Municipio de la Estrella, a los veintiocho (28) días del mes de abril de dos mil doce (2012), luego de haber sido discutido y aprobado en dos debates y en fechas diferentes (24 de abril) correspondiente a la Comisión Segunda o de Presupuesto,(28 de abril) correspondiente a la sesión plenaria durante el período de sesiones extraordinarias de los meses de abril-mayo de 2012. COMUNíQUESEY CUMPLi~ iiiA'~=a;f~~-;:-:~~~ 44~ CARLOS MA~REPO G. Secretario General 2 Acuerdo N°005-MINIMO VITAL DE AGUA CONCEJO MUNICIPAL DELAESTRELLA CONSTANCIA SECRETARIAL La Estrella - Antioquia, 28 de abril de 2012, por disposiciones de la Mesa Directiva y dando cumplimiento al artículo 73 de la Ley 136 de 1994, en la fecha se remite el presente Acuerdo N° 005 del 2012, al despacho del señor Alcalde para lo de su competencia. /!,i(L/ CARLOS MARI~~EPO GARCÉS Secretario General Concejo Municipal. ;',.~-ilJitUJ ¡>ov ue --11 ¡I Al D~cho ,-U.>GAL·UU:" ,!!Á Ut>!i~J"~~ A,J.- LA :::3T.:1E!..L.A ~cnHari" DI ti d"3 -- 2------..~ ABj~ ••",,,,,,, ··ft_~l·." LU lL,,_(!..? , 19_ i'-.~~ .~.n. :._(IV r~":-~L:QUE~E y ~..r.~:C~TU~~ t..: I SccTelario =TI JUl"I-GU i)ue el anterior V\ CoV\cejo que TRABAJA ...de Verdad Hü:- CAM calle 80 sur No. 58 - 78 Teléfonos: 309 09 01 - 309 09 21 - 3091904 www.concejolaestrella.gov.co concejolaestrellfl@hotmail.com