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Hispania, LXIVIl, n6m. 216 (2004) PARA EL SOSIEGO Y QUIETUD DEL REINO. EN TORNO A FELIPE 11Y EL PODER ECLESIASTICO EN EL PORTUGAL DE FINALES DEL SIGLO XVI FEDERICOPALOMO Centro de Estudos de Histdria Religiosa, Lisboa RESUMEN: LUJ negociacionej con el brazo eclesiijtico en las Cortes de Tomar adquirieron contornos jingufares que persegui'an Ia conseruacidn del auentajado statu quo de que gozaba Za Iglejia portugueja fiente a su bomdloga cajtellana. Esta posicidn resultaba de las bases sobre Las cualej, desde La segunda mitad del siglo XVI, je dejnieron las relaciones entre la Covonaportuguesa y ef poder eclesidstico, marcadajpor la necejidad de configurar una polftica conjjional catdlica, cuyoj prirzc$ios y elementos princz$ales estaban ya ejtablecidoj a la llegada de Fel$e XI al trono portuguis. Con la intencidn de ejbozar algunoj de los aspectos que orientaron la pofftica del nueuo monarca con las jerarquias eclesihstica~y religiojaj del reino, este estudio pemite jubrayar la adopcibn de estrategias que, j i bien, por un lado, perjeguian La eliminacibn de La oposicibn a Ja candidaturafif$ina proueniente de los g~uposecfesihtiCO-religiosoj, por otro, estuuieron marcadaj por La continuidad en el dejarroLlo de 10 que babfan sido laj li'neas de fuerza estabfecidascon arzteriori&d a lS8O. PALABMSC u v E : ABSTMCT: Iglesia portuguesa. Uni6n Ib6rica. Oposici6n politiCa. Poder episcopai. Felipe 11. Negotiations witb churcbmen in the Cortes of Tomar ficujed On preserving the conuenient jtatus quo that Portuguese churcb retained, compared witb tbe Spanijh church. This Position arose fiom the bctorj conditioning tbe rehtionjbip between tbe Portugufle w n and ecclesiasticalpmuerfiom tbe second bavof tbe sixteentb centuty, cbaraaerised by the need t o d@ne a Catbolic confessional jtrategy. Tbe main a i m and nzetbod afthij jtrategy were a l r d y ejtablijhed by the time Phi/.$ I1 became king in 1S8O. With tbe aim oj outlining jome elements oj tbe religious poficies of Phi@ II in Portugal, t b i papw ~ + -n the one band- traces the implmentatiorz jtrategia deafing witb ecclesiastzcaf oppositton to Pbif$'s acce.rsion. On the otber band it addresjej continuity in the confusionalgaidelines dejned b&re 1S8O. FEDERICO PALOMO KEY WODS: Portuguese church. Union of Spain and Portugal. Ecclesiastical power. Philip 11. Cortes. Cuando la muerte sin descendencia del rey Sebastikn I, en 1578, abri6 el camino a Felipe 11Para hacer d e r sus alegados derechos de sucesi6n al trono portuguis, el monarca casteliano, ciertamente, debi6 ser consciente no s610 de los recelos que en muchos suscitaba su candidatura, sino tambiin de la complejidad que entraiiaba incorporar a su Monarquia un rein0 como e1 portuguis, cuya configuraci6n pofitica, a pesar de las semejanzas, distaba de ser idkntica a la de otros territorios peninsulares, habiendo sido objeto, por 10 dem&, de importantes transformaciones durante el gobierno de los 6ltimos monarcas de la dinastia de Avis y, en partidar, desde el reinado de Juan 111. En otras pdabras, ademks de la coyuntura especifica creada por la crisis sucesoria, una arquitectura de poderes relativamente consolidada y definida distinguia este proceso politico -hacikndolo rn& complicado- de experiencias semejantes, habidas en el pasado, en el seno de la Monarquia Hispinica. En este sentido, es bien conocido que las negociaciones con el brazo eclesikstico, dentro del contexto de las Cortes de Tomar y de la definicibn del estatut0 politico que habria de determinar la integraci6n de Portugal en la Monatquia de Felipe 11, adquirieron contornos Singulares que, frente al principio de equiparacih con los privilegios castellanos que, en general, marc6 el compromiso con la nobleza y el tercer estado, perseguian la consemaci6n del aventajado statg p o de que gozaba la Iglesia portuguesa frente a su homdoga castellanal. Esta posici6n resultaba de las bases sobre las cuales, a 10 largo del siglo XVI, se definieren las relaciones entre la Corona portuguesa y el poder eclesiistico, las cuales, desde la segunda mitad de dicha centuria, se vieron marcadas por Ja necesidad de configurar una polftica confesional de signo catblico, cuyos principios y elementos principales estaban ya establecidos a la llegada de Felipe I1 al trono portuguis2. En realidad, aunque las pautas que orientaron las inicia1 BOUZA, Fernando: Portugal en la Monarquf'a Hispdnica (1580-1 640), Felipe 11, Las Cortes de Tomr y la girzejix del Portugal catdico (tisis docroral), vol. 11, Madrid, Universidad Complurense, 1987, pp. 559-612. vkanse, en particular, los En relaci6n con el concepto historiogrifico de ~~confesionalizaci6n~~, trabajos de REINHARD,Wolfgang: <~Confessionalizzazioneforzata? Prolegomeni ad una teoria deil'etii confessionale)>,Annali deli'lstz'tuto storico italo-gemunico in Tvento, 8 (1982), pp. 13-37; id., (<Disciplinamento sociaie, confessionalizzazione, modernizzazione. Un discorso storiografico)), en PRODI,Paolo ed,, Disc$liza deipunima, di~ciplznadeL coqo e dz~ciplinadelh societd tva mediomo ed etd modema, Bolonia, 11 Mulino, 1994, pp. 101-123; SCHILLING, Heinz: <~Confessionalizationin the Empire: Religious and Societal Change in Gerrnany Between 1555 and 1620)), en id., Religion, Political Culture and the Emergeng of Eavb Modem State. Essays in G e m n and Dutch Histoty, LeidenNueva York, E.J. Brill, 1992, pp. 205-245. Para una aproximaci6n a la recepcih de este concepto, asi como de la idea de cdisciplinarniento social)),en la historiografia italiana e ibkrica, nos permitimos remitir a PALOMO,Federico: ((Disciplina christiana. Apuntes historiogrificos en torno a la tivas de carficter religioso de los monarcas portugueses, en general, füerosemejantes a las que Se observaron en otros territorios de la Europa catdlica y, en concreto, en la Monarquia HispAnica, dichas iniciativas y las propias bases sobre las que asent6 la confesionalizaci6n cat6lica en Portugal adquirieron algunos rasgos especificos, que conviene tener presentes a la hora de, como nos proponemos en las siguientes pAginas, poder esbozar algunos de los elementos que caracterizaron la politica religiosa de Felipe I1 en el rein0 recikn incorporado a su monarquia3. h IGLEsIA PORTUGUESA Y LOS ULTIMOS MONARCAS DE Ji4 D I N A S T ~DE AVIS Contrariamente a 10 que ha sido una tendencia comcn en la historiografi'a espafiola de la kpoca moderna, sobre todo Para el reinado de Felipe 11, las relaciones entre el poder regio y la Iglesia no parecen haber constituido, en el caso de Portugal, un objeto de especiai inter& Para los historiadores contemporineos. Bien es verdad que una bibliografia, en generai, anticuada y fragmentaria ha dado paso, en los 15ltirnos tiempos, a algunos trabajos que, a pesar de, en la mayoria de los casos, no abordar expresamente la cuestidn, han contribuido a delinear un cuadro generai, construido desde perspectivas historiogriificas modernas, de 10 que füla articulaci6n entre el poder politico y el reiigioso en el Portugal del Antiguo Rkgimen. Se ha puesto asi' de relieve, por un lado, el peso que, dentro del campo politico portuguks, tuvieron los diferentes poderes conformadores del propio campo religioso; por otro, se ha subrayado la importancia del catoiicismo, no s610 como un factor esencial de la propia identidad regnicola portuguesa, sino tambikn como vector hndamentai del ideario politico de la monarquia lusitana, cuyo orden politico, juridico y social, por 10 dern&, asentaba sobre las bases teoldgicas de yna renovada tradicidn escol6stica, que tuvo en las universidades de Coimbra y Evora algunos de sus m6s insignes cultivadores4. disciplina y el disciplinarniento social como categorias de la historia religiosa de la alta edad rnodernap>,Cuadernos de Hijtoria Moderna, 18 (1997), pp. 119-136. 3 E1 presente ensayo asienta fundamentalmente sobre la inforrnaci6n recogida en documentaci6n portuguesa. Un trabajo futuro en los fondos del Archivo General de Simancas y en el Archivo Segreto Vaticano, que no hernos tenido ocasi6n de consultar, perrnitiri matizar e, incluso, corregir algunas de las ideas que se articulan en este estudio. 4 En este sentido, cabe destacar, sobre todo, la sintesis de PAIVA, Josk Pedro: <qAIgreja e o podern, en AZEVEDO,Carlos Moreira dir., HistO'rza Religiosa de Portugal, vol. 11, MARQUES, Joä Francisco y GOUVEIA, Ant6nio Camöescoords., Hamanijmoj e Rgormas, Lisboa, Circulo de Leitores, 2000, pp. 135-185. De este rnismo autor, aunque centrado en el estudio de un caso particular, viase tambihn, NASrela~öeentre o Estado e a Igreja ap6s a h s t a u t a ~ à ¤Ao correspond&nciade D. Joä IV Para o cabido da S6 de ~vora,>, Revi~tade Hi.rt&ia ah Ideia, 22 (2001),pp. 107-131. En relaci6n con la presencia del pensarniento teol6gico de la Segunda Escol&tica en Ia cultura politica y en en el discurso y las representaciones del poder en el Portugal rnoderno, cabe destacar, entre otros, los trabajos de CARDIM,Pedro: <<Religiä e ordern social. Ern torno dos fundamentos cat6licos 66 FEDERICO PALOMO Lo cierto es que, de forrna semejante a 10 ocurrido en otros territorios de la peninsula Iberica y siguiendo estrategias paralelas? las bases principales sobre las que asentaron durante gran Parte de la ipoca moderna las relaciones entre la Corona portuguesa y los diferentes grupos y niveles jerdrquicos que articulaban las estructuras de poder eclesiAstico y religioso dentro del reino, fueron en buena medida definidas desde finales del siglo xv y a 10 largo de la centuria de 1500- Es en este periodo, de hecho, cuando se asiste a una progresiva intensificaci6n de l a intervenci6n regia en los asuntos religiosos, siendo, en muchos casos, la principal promotora de las reformas que se llevaron a cabo dentro de las congregaciones regulares, asi como entre el clero secular y, en concreto, entre el episcopado portuguis. La man0 del monarca Se hizo sentir, en primer lugar, sobre las propias jerarquias eclesiisticas y religiosas, gracias a la capacidad de la Corona Par%,en la prhctica, intervenir en los procesos de elecci6n de los prelados y reform%doresde algunas 6rdenes y, sobre todo7 de los obispos, a pesar de las diferencias juridicas (que no priicticas) existentes entre las prerrogativas que a este respecto tenian los reyes de Castilla y las que usufruian los monarc?s portugueses sobre aquellas iglesias que no estaban sujetas al Pad~oudo regio>.Este fue, ciertamente, una pieza c l a ~ een la arquitectura del poder mondrquico en Portugal, tanto en 10 que a1 desarrollo y administracibn de su politica imperial se refiere, como en el propio control de una Parte importante de las instancias eclesizisticas del reino, cuya geografia diocesana adquiere, en los do sistema po~cicode Antigo Regime>>,Rmistu de Hzstb~ad a ldeim, 22 (2001), pp. 133- 174; id., 0 )oder ~ O ujctos, J O r d m amoro~ae dinamica poZz9ica no Portugal de Antigo Rtgime (tesis doctorai), Lisboa, Universidade Nova d e Lisboa, 2000; HESPANHA, Anthio M. y X A V I EAngela ~ Barreto: <(Arepresentagä da sociedade e do poder>>> en I ~ L ~ ~ o Josi s o , ed, Hzjthia de Portugal, vol, IV: HESPANU,Ant6NO M. coord., 0 Antigo Regime, Lisboa, Esrampa>1993, pp. 121-145. En relacibn, por otro lado, conla recepcibn en el Portugai de los siglos XVI y XVII de las teorias aregalisras)),viase TORGAL, Luis Reis: 1deZologi~poZ.lticae jeok do E s ~ d ona Restawagäovols. I y 11, Coimbra, Bibkoteca Gerd da Universidade, 1982, pp. 256-268 y 45-92, respectivamente. 5 Mientras en Carilla, el rey gozaba del derecho de designar adj~aesmtationma los prelados diocesanos del reino, en Porrugai, dicha designaci6n se hacia en idknticos tkrminos en el caso de las iglesia integradas en el Padroado portuguks (las erigida en los territorios dtramarinos y las sedes de Portalegre, Leiria, Miranda, Elvas, Madeira y Angra,do Heroisrno), La elecci6n de los prelados Para las dibcesis rnh ricas e irnporrantes del rein0 (Lisboa, E~ora,Braga, Cohbra y Opono) se regia por un rkgimen de designacih ad ~u.plicationm, que, juridicamente, dejaba aighn rnargen de maniobra ai pont%ce, aunque, en la prgctica, isre seguia generahente las indicaciones al respecto del monarca portugu6s. Sobre esra cuestibn, vkase, ALMEIDA, Forcunato de: Histd~adu 1gvda rn Portugal 119 102 11, torno 11, Lisboa-Oporto, Livraria Civilizagäo1968,pp. 47-49. En relaci6n con el Padroado portuguks, cuyo aniiisis rnereceria un trabajo desde perspectivas historiogrificas nuevas, remitimos a.i estudio clisico de REGO, Ant6nio da Silva: 0 P d r o d Po~ragnZsdo Onenre, Esbojo hzjthrico, Lisboa, Agtncia Geral das Col6nias, 1940. Vkase igualmente) aunque desde una perspectiva esencialmente candnica, JACQUES, Roland: De Casjro Makm a Pafi: Ndissance et dhelopjment da >adroadopovtugazj 80rtent & o~iginod 1659, Lisboa, FCG, 1999; asf como algunos de los estudios sobre la cuesti6n incluidos en Congresso lntemacionaL de Histdtia, Mzsjiozagä portggma e eBcontyo de cdtara. Acta, vol. 111: Igreja, Sociedade e Missiona~äo Braga, UCP-CNCDP-FEC, 1993. EN TORNO A FELIPE I1 Y EL PODER ECLESIASTICO EN EL PORTUGAL DE FINALES DEL SIGLO XVI 67 afios centrales del siglo XVI y bajo la mirada atenta del monarca, una nueva fisionomfa, que permaneceria inalterada hasta el siglo XVIII~.En todo caso, si el rkgimen de padroado constituy6 un instrumento de especial importancia en el desarrollo de la polftica religiosa de la Corona portuguesa, 6sa se articul6 igualmente por medio no solo de la creacion, en 1536, de un tribunal del Santo Oficio, bajo moldes similares a los de la Inquisici6n espafiola, como mediante la instituci6n de un 6rgano consultivo, la Mesa da Conscihcia, erigido en 1532 con el objeto de dar resoluci6n a las materias que tocaban a la çconcienciadel monarca. Integrada en la arquitectura burocritica regia, la Mesa fue, en la prictica, el instrumento por medio del cual la Corona daba curso, entre otras, a todas aquellas cuestiones relativas a su politica misionera, al gobierno de la Universidad de Cohbra, a la protecci6n de determinadas instituciones de asistencia y, desde 1551, a la administracidn de las 6rdenes militares de Cristo, Santiago y Avis, cuyos destinos, tal como ocurriera en Castilla y Aragon, quedaron sujetos desde entonces a la autoridad regia7. No obstante la reformulaci6n de que fueron objeto las relaciones de la Corona con el papado durante el siglo XVI~,la creciente influencia e injerencia de aquilla en los asuntos que tocaban a 10 religioso y 10 eclesiistico, y su decidido papel, desde la segunda mitad de la centuria de 1500, en la definicibn de una polftica confesional alineada con los presupuestos ideoldgicos del catolicismo tridentino, conviene no rnenospreciar, sin embargo, la posici6n que las estructuras eclesihticas mantuvieron dentro del carnpo politico portugu6s. En este sentido, mis alli de la creciente influencia y capacidad de intervencidn de los tribunales inquisitoriales, sujetos en ultima instancia a la autoridad regia por medio de la insercibn del Conselho Gerat do Santo Oficio en el sistema polisinodal de gobierno de la moPAIVA,J o d Pedro: çDiocesee organizacä eclesi&tica~,en AZEVEDO, Carlos Moreira dir., Histhia Religiosa de Portugal, vol. 11, op. cit., sobre todo, pp. 187-194. Durante el reinado de Felipe 11, hubo una propuesta, que no tuvo ixito y que parti6 de D. Jorge de Ataide, capeläo-moy rniembro del Consejo de Portugal, de creaci6n de una nueva di6cesis en la ciudad de Santaretn; Jorge de Ataide, Consulta a Felipe I1 (6 de mayo de 1593), Biblioteca Nacional de Lisboa (=BNL), Pornbalina 641, fol. 635. 7 La bibliografia sobre la ~ M e s ada Consciencia e Ordens)) continha siendo escasa. V6anse apenas, CRUZ,Maria do RosArio S. Themudo Barata de Azevedo, aA Mesa da Consciencia e Ordens, o Padroado e as perspeccivas da missionagäo~ en Cong~essoInternational de Hist6via. Missiona@oportugaesa e encontro de culturas. Actas, op. cit., vol. 111, pp. 627-647; DE WITTE, Charles Martial: çL 'regimento' de la 'Mesa da ConsciGncia' du 24 novembre 1 5 5 8 ~ ,Revista Portuguesa de HistSria, 9 (1960), pp. 277-284. 8 Para esta cuestih, la escasa bibliografia existente continba siendo deudora en buena medida de la obra del Visconde de SANTAKEM: Quadro elementar das relages politicas e diplomiticas de Portugal am a~diversas pottncias do mundo, desde o principio da monarchia portuggeza a t i aas nossos dias, vol. 10, Lisboa-Paris, Typ. da Academia Real das Sciencias-J.P. Aillaud, 1842, asi como de los repertorios de fuentes diplorniticas portuguesas. Algunos aspectos sobre las lineas de fuerza que marcaron las relaciones de la Corona portuguesa y el papado a 10 largo del siglo XVi, en PAIVA,J o d Pedro: ç Igreja e o poder~,op. cit., passim. 68 FEDERICO PALOMO narqufa portuguesa, cabe Uamar la atenci6n sobre un fen6meno ~esencial,por 10 dem&, en la propia configuracibn de la confesionaiizaci6n cat6lica en Portugalcomo es la recepcih de que h e objeto la legislaci6n emanada del concilio de Trento. Si bien es verdad que la adopcibn de sus decretos como leyes del reino, en 1564, no distaba de 10 que sucedi6 en los territorios de la monarquia de Felipe 11, en el caso portuguis, dicha recepcih se produjo sin que obstase cualquier reserva al texto conciliar, ni siquiera en aquellas Partes del mismo que cercenaban o podian disminuir la autoridad y jurisdiccibn regiasg. En principio, la explicacidn de una medida de esta naturaleza cabria buscarla en el papel desempefiado por el cardenal D. Enrique, entonces regente, dentro del contexto politico y religioso del Portugal de la segunda mitad del siglo X V I ~ O . Con todo, una parte de la legislaci6n elaborada a rah de la publicaci6n del concilio data, en realidad, del reinado efectivo de Sebastih I. Si la ausencia de injerencias por pane de la Corona en sfnodos y concihos provinciales pOKUgUeses, celebrados a fin de adoptar los decretos tridentinos en el h b i t o diocesano, marca asimismo una diferencia sustancial en el proceso de recepci6n de los mismos con respecto a 10 sucedido en los dominios de Felipe 11, las disposiciones regias publicadas en tiempo de Sebastihn I aumentan tales diferencias, ya que, por medio de las mismas, se reconocieron toda una serie de prerrogativas a la justicia episcopal, que repercutian directamente sobre la jurisdicci6n regia. Ya algunos de los decretos publicados bajo la regencia del cardenal D. Enrique otorgaban poderes bastante amplios a los diocesanos portugueses en la persecucidn de pecados pfiblicos y delitos comprendidos entre las materias consideradas mixtiforo. Con todo, el aha& publicado en 1569 por el rey D. Sebastihn supuso una verdadera disminuci6n de la jurisdicci6n regia frente a la eclesiistica, cuyos lfmites, dentro del reino, pasaron a estar definidos por el propio derecho can6nico y por los decretos tridentinos. Solo los nurneroSOS conflictos que surgirian entre los representantes de arnbas instancias Uevaron a 9 Para esta cuesti6n, sigue siendo obligada la consulta de CAETANO, Marcelo: Ç recepgä e execugä dos decretos do Concilio de Trento em Portugal~,Rwista da Faculdade de Direito da Universidade de Lisboa, 19 (1965), pp. 7-87. En relaci6n con el rnismo proceso, dentro de los territorios peninsulares de la monarquia de Felipe 11, vease, TELLECHEA, Josi Ignacio: ~FilippoI1 e il Concilio di T r e n t o ~ en , JEDIN, Hubert ed., Il Concilio di Trento come crocwza della politica europea, Bolonia, I1 Mulino, 1979, pp. 109-135; y, sobre todo, el excelente andisis de FEKN~NDEZ TERMCABKAS, Ignasi: Felipe II y el d e n secdar. La apiicaci6n del concilio de Trento, Madrid, Sociedad Estaral Para la Conmemoracih de los Centenarios de Felipe I1 y Carlos V, 2000. l0 La figura del cardenal D. Enrique no ha sido hasta la fecha suficientemente esmdiada, a pesar de constituir uns presencia clave del Portugal de mediados del siglo XVI, gracias a la posici6n privilegiada que, dentro del contexto politico y religioso de reino, le suministraron los diferentes cargos que ocup6 (arzobispo de Braga y, posteriormente, de ~ v o r ay Lisboa, inquisidor general, legado papal, regente y monarca). Sobre el misrno, cabe referir: BETHENCOURT, Francisco: voz <Henri, cardinal du Portugal~,in AUBERT, R dir., Dictionnah d'Hz~toiree t de Geographie icciesiastiquts, vol. XXIII, Paris, Letouzey er Ani, 1990, cols.1207-1213; SILVA,Maria Amilia Pol6nia da: 0 Cardeal Infante D. Henrique, Arcebispo de bora. Um prelado no limiar da viragem tridentina, (Tesis de ~Mestrado~), Oporto, Universidade do Porto, 1989. EN TOKNO A FELIPE I1 Y EL PODER ECLESIASTICOEN EL PORTUGAL DE FINALES DEL SIGLO XVI 69 reconsiderar la situaci6n y a elaborar la iiamada Concordia de 1578, en la que, reconociendo amplios poderes jurisdiccionales a los ordinarios, &OS,con todo, se vieron lumtados y, sobre todo, susceptibles de ser recurridos ante la justicia regia, que surgia asi como garantfa frente a eventuales abusos de la autoridad episcopalll. Es indudable, en todo caso, que los obispos portugueses, por medio de los tribunales diocesanos, de una renovada estructura burocritica, sobre la que tendremos oportunidad de volver, y mediante el recurso a instrumentos eficaCes de control del territorio gozaron de una capacidad considerable de intervenci6n sobre las poblaciones primomodernas, sometidas a la acci6n regular de los diocesanos y de sus oficialesl*.En realidad, m b allk de las sustanciosas renras que la Iglesia portuguesa poseia, es esa presencia del poder episcopal sobre el territorio (por medio de visitadores, pero tambidn mediante la existencia de vicarios foriineos, arciprestes y, en Ultimo tkrmino, pkrrocos), asi como la autonomia jurisdiccional de la que gozaba, reforzada por amplias atribuciones en 10 que al ejercicio de la justicia se refiere, situaban a los ordinarios lusos en una posici6n inmejorable dentro del propio campo politico, a pesar del creciente control que sobre los mismos vino a ejercer el poder regio. Esta situaci6n privilegiada -sobre todo, cuando la comparamos con la de los obispos castellanos- permite entender mejor los recelos que encontr6 Felipe I1 Para ver reconocida su candidatura entre los prelados portugueses y la singularidad que, en el marco de las negociaciones con los diferentes grupos representados en Cortes, asumi6 aquella que los representantes del monarca mantuvieron con el brazo eclesitistico. Lo cierto es que, salvo casos manifiestamente favorables, como los de D. Andre de Noronha, D. Jer6nimo Osbrio, D. Pedro de Castilho y D. Jorge de Ataide (0, por el contrario, empeiiados en la Causa antoniana, como fue el caso de D. Joä de Portugal, obispo de Guarda), la jerarqufa diocesana mantuvo, en general, una actitud expectante y poco entusiasta ante el advenimiento del rey castellano al trono portugu6s13. A ello se unia, ademis, el protagonismo que, en el curso de la crisis sucesoria, asumi6 el clero contrario a la candidatura filipina, que no dud6 en recurrir a piilpitos y confesionarios Para atizar la oposicih a Felipe II1*.EI monarca, como ya hemos seiialado y en su dia expuso Fernando Bouza, adopt6 en Tomar una estrategia en relaci6n con los representantes del brazo eclesihstico orientada, por un lado, 1 CAETANO, Marcelo: "A recepcä..." passim; CARVALHO, Joaquim Rarnos: Ç jurisdicä episcopal sobre leigos em matkria de pecados phblicos: As visitas pastorais e o comportamento rnoral das populafles ponuguesas de Antigo Regime~,Rwista Portuguesa de HistSria, 24 (1988), pp. 12 1-163. E1 texto de la Concordia de 1578 se encuentra en: CASTRO, Gabriel Pereira de: Monomacbia sobre as concordias quefiteram os Reys wm os Prelados de Portugal nas duvidas da jurisdicam ecciesiastica e temporal, Lisboa, Josi Francisco Mendes, 1738, pp. 228-256. 12 Sobre estas cuestiones, adernis del trabajo citado de Joaquirn Ramos CARVALHO, viase la bibliograffa referida en las notas 54 a 56. '3 BOUZA,Fernando: Portugalen la Monarquia Hzqhinica, vol. 11, pp. 580-581. 1 Sobre la cuesti6n del USO de los puJpitos en la crisis sucesoria, viase, sobre todo, MARQUES, Joä Francisco: A pareneticaportuguesa e a flomina@o§ltpinaOporto, INIC, 1988, pp. 29-61. 70 FEDENCO PALOMO a garantizar los privilegios hasta entonces adquiridos por la Iglesia portuguesa y recogidos, en buena medida, en la mencionada Concordia de 15 78;por otro, a respetar el principio de indigenato en la colacibn de los beneficios del reino; finalmente, a mantener las instituciones eclesiiisticas a salvo de contribuciones extraordinarias15. En resumen, Felipe I1 no dud6 en sancionar el rkgimen hasta entonces existente en las relaciones entre el poder regio y el eclesiiistico, a pesar del mismo ser menos favorable a la autoridad del monarca que el existente en Castilla, obteniendo asi el apoyo de un grupo -el episcopado portuguis-, cuyas bases de poder 10 convertian en un instrumento esencial Para legitimar y consolidar el nuevo reinado. Consciente del peso que tenian las diferentes instituciones eclesihsticas, asi como de la presencia notable de clirigos y religiosos en el carnpo antoniano, Felipe 11, al abandonar el reino que acababa de incorporar a su Corona, opt6 por una f6rmula que, en realidad, iba mis alli del llarnado ~virreinatode sangreÈ cuya importancia como instrumento de incorporacih de Portugal a la Monarquia Hispiinica ha sido recientemente sefialadalG.AI hacer recaer en su sobrino la carga virreinal, el rey no solo escogfa como representante de su Persona a un miembro de su dinastfa, sino que, ademis, se decidia por la figura de un eclesihtico que, con el favor del pontffice, habria de ser investido como legado ad latere Y, aiios despuis, tambiin como inquisidor general, colocando asi al cardenal Alberto en la cfispide del poder poh'tico y religioso portuguks. En la carta que en 1581 enviara a Gregorio XIII, Felipe I1 exponia de forma expresiva las razones que 10 llevaban a solicitar la designacibn de su sobrino Para la legacia del reino: (Haviendo mirado mucho 10 que importa acertar a teuer buena orden y concierto en 10 Ecclesiastico deste Reyno, assi por 10 q'ello es en si como por 10 quedepende desso una gran Parte del sosiego y quietud del en 10 seglar, movido del exemplo pasado de aver sido tantos afios Legado el Ser.mo Rey D o n Enrique mi Tio, antes que viniesse a heredar, y el bien que de serlo se seguio, y vista la necessidad presente que tan grande la tiene de remedio, he haiiado conveniente mucho ponerle por el mismo camino)>17. 5 Patente das Merces, Gragas, e Privilegios, de que ElRei Dom Phelippe nosso Senhor fez rnerce a este seus Regnos, Lisboa, Ant6nio Ribeiro, 1583 (BNL, Res. 64A, fols. 86-105) 16 BOUZA, Fernando: Ç "saudade" dos reines e a "semelhan~ado rei". Os vice-reinados de principes no Portugal dos Filipes~,en id., Portugal no tempo dos Filtpes. Polhica, Cultura, Representawes (1580-1668), Lisboa, Cosmos, 2000, pp. 113-126 (antes publicado en Ruggiero Rornano, org., Govema~eU mondo. L'impero spagnolo dal XV al XIX secolo, Palermo, Societk Siciliana per la Storia Patria, 1991, pp. 125-139). 7 Felipe 11, Carra al Papa Gregorio XI11 (Almada, 26.6.1581), Archivo General de Simancas (AGS), Estado-Rorna, leg. 939, fol. 145. Citada en CAEIRO,Alberto: 0 arquiduque Alberto de Aus- EN TORNO A FELIPE I1 Y EL PODER ECLESIASTICO EN EL PORTUGAL DE FINALES DEL SIGLO XVI 71 Ciertamente, en la intencibn de Felipe 11, la elecci6n del cardenal Alberto como legado ad latere obedecia a una necesaria estrategia de supresi6n de la oposici6n a su candidatura proveniente de algunos sectores religiosos; tarea en la que, por 10 dem& el papado, despuis de una aparente ambigüedainicial, motivada por su deseo de intervenir directamente en la cuesti6n sucesoria, acab6 apoyando al monarca castellano por medio, como se ver&a continuaci6n, de la sucesiva promulgacih de breves y monitorias que conminaban a la persecuci6n y juicio de los eclesiiisticos y religiosos seguidores de D. Antonio. En todo caso, los objetivos que el monarca persegufa por medio de esta acumulacibn de poderes en la persona del cardenal Alberto iban m&s all&de esta halidad inmediata, reconociendo expresamente el papel que desempefiaban las instancias eclesiisticas y religiosas a la hora de lograr çesosiego y quietud del Reino~,y poniendo de manifiesto, por consiguiente, la necesidad de, en alguna medida, tutelarlas Para poder consolidar su sefiorio sobre Portugal. En realidad, la situacih en 1583 era especialmente delicada y requeria, por tanto, de fdrmulas que, no solo supliesen adecuadamente la ausencia del monarca en un reino que, hasta entonces, siempre habia contado con la presencia de su rey natural, sino que permitiesen asimismo ejercer la autoridad sobre una poderosa jerarquia eclesihstica y religiosa, heredada y no siempre afecta o entusiasta de la nueva dinastia (si bien es cierto que, en este punto, las posturas de los distintos grupos e individuos estuvieron lejos de ser uniformes). Asi, por medio de la persona del cardenal Alberto, Felipe I1 recurria a un modelo que ya habfa sido ensayado en el periodo -tarnbiin delicado desde el punto de vista p o l i t i c o ~de la minorfa de Sebastian I, cuando el cardenal D. Enrique uni6 a sus funciones de legado e inquisidor general las de regente, hasta que, en 1568, su sobrino asumi6 el gobierno directo del reino18. Los amplios poderes que, tal como 10 habfa solicitado el monarca en 1581, Gregorio XI11 atribuy6 al cardenal Alberto como legado ad latere en Portugal, contemplaban, entre otros aspectos, la posibilidad de visitar iglesias, monasterios Y, en general, lugares pios, incluidos aquillos exentos; la facultad para actuar la reforma de congregaciones religiosas; el castigo a ~desobedientes~, falsarios y toda suerte de delincuentes, sin que al respecto obstase exencidn de foro alguna; la capacidad Para tomar conocimiento, sin perjuicio de la autoridad episcopal, de cualquier Causa que anduviese en los tribunales ordinarios eclesiAsticos19.Pertrechado, por tanto, de una extensa capacidad jurisdiccional que, de hecho, le permitia un amplio margen de actuacidn sobre las instancias tria. Vice-rei e inquindor-mw de Portugal, curdeal legado du Papa, gwemador e depois soberano dos Paises Baixos. Histiria e Arte, Lisboa, ed. do autor, 1961, pp. 292-293. l8 Para este periodo, vease CRUZ, Maria do Rosirio S. Themudo Barata: As regzncias na minoridade de D. SebustiäoElementen para uma hist6ria estrutural, 2 vols., Lisboa, Imprensa Nacional-Casa da Moeda, 1992. 9 Gregorio XIII, Breve de 9 de febrero de 1583, AGS, Estado-Roma, leg. 1855, fol. 169. Reproducido en CAEIRO,Alberto, 0 arquiduque., pigs. 532-539. Hispania, LXIV11, nim. 2 16 (2004) 63-94 72 FEDERICO PALOMO eclesiiisticas, tanto regulares como seculares, la legacia pontificia sirvi6 al cardenal Alberto para desarrollar unos de los ejes fundamentales de la politica de Felipe I1 en los primeros afios de su reinado portuguis, como era la de acallar la contestacibn que, por Parte de algunos grupos e individualidades provenientes del campo religioso, ponia en Causa su legitimidad como monarca, sosteniendo el partido de D. Antonio, Prior de Crato. En este sentido, la acci6n del cardenal Alberto a 10 largo de su gobierno se hizo sentir con alguna intensidad en el h b i t o de las 6rdenes religiosas, donde la oposici6n a la candidatura fipina parecia haber tenido cierta incidencia. En realidad, el control sobre las jerarqdas de los institutos religiosos fue un objetivo esencial desde los primeros momentos de la crisis sucesoria, cuando se hizo necesario frenar los efectos negativos que estaban teniendo las acciones de los regulares y que, en ocasiones, podian envolver a enteras comunidades de religiosos. Son conocidas, de hecho, las indicaciones que el monarca castellano envi6, ya en 1579, a su embajador en Roma para que lograse del general de la Compafifa de Jesus, Everardo Mercuriano, la prohibicidn de que sus stibditos portugueses se inmiscuyesen en las cuestiones que tocaban a la sucesi6n del reinoZ0.Asimismo, durante la crisis de 1580-81, la elecci6n de un nuevo provincial dominico, tras la muerte de Fr. Antonio de Sousa, se vio condicionada por la intervenci6n del cardenal Riario, el cual, en calidad de legado pontificio y, ciertamente, alentado por Felipe 11, impuso provisionalmente a Fr. Luis de Granada como superior de la orden en Portugal, evitando que dicha funci6n pudiese recaer en quien era contrario al monarca castellano y situando en la misma a quien no dud6 en iniciar de inmediato las acciones can6nicas necesarias contra los religiosos de la orden que, abiertamente, se habian colocado del lad0 antoniano21. En el caso de los Can6nigos Regulares de San Agustin, tarnbiin conocidos como crdzios por ser el monasterio de Santa C m de Coimbra el m6s emblemhtiCO de esta congregacion en Portugal, la deposicibn del vicario general de la provincia, D. Lourengo Leite, directarnente involucrado en las acciones de D. Antonio, pas6 por la movilizaci6n de dos de los visitadores de la orden, pertenecientes al monasterio de SZo Vicente de Fora en Lisboa y partidarios de la candidatura filipina. La deposici6n fue ratificada por el propio representante pontificio, que nombr6 al prior de SäVicente, D. Pedro da Assung50, como vicario general y visitador de la congregacibn, permitiendo asi la sustitucih de los superiores de los diferentes monasterios de la orden y la convocatoria de un capitulo general, 2 Una copia de la carta enviada por Felipe I1 a su ernbajador, Juan de ZŸfiiga en BRANDÄO Mario: Alguns docurnentos relatives a 1580, Coimbra, Coimbra Editora, 1943, pp. 24-26. Vkase, adernk, RODRIGUES, Francisco: Histaria da Companhia deJesus na assittncia de Portugal, vol. I1 (2), Oporto, Aposrolado da Imprensa, 1938, pp. 400-409. 21 A prop6sito de las acciones canonicas contra los dominicos partidarios de D. Antbnio, vkase la patente de Fr. Luis de Granada, de 28 de enero de 1581, publicada en Colecci6n de Documentas In^itospara la Historia de Espafia (CODOIN), t. XXXV, pp. 177-181. EN TORNO A FELIPE I1 Y EL PODER ECLESIASTICOEN EL PORTUGAL DE FINALES DEL SIGLO XVI 73 celebrado en 1581, en el que aquil füreelegido como provincial22. A pesar de tales diligencias,la congregaci6n agustina no h e , ciertamente, una de las m& sosegadas durante la crisis sucesoria y la necesidad de controlar el acceso al gobierno de la orden, impidiendo la presencia de simpatizantes de la Causa antoniana, se harfa sentir ahn en 1584 y 1590. La injerencia de Felipe I1 en los capftulos de la congregacidn se hizo explicita en sendas ocasiones a travis de la acci6n de su sobrino, que, con ocasi6n del capitulo celebrado en marzo de 1584, escribi6 a los padres capitulares advirtiindoles de que no admitiesen a la elecci6n de vicario general a quienes habian sido inculpados por apoyar a D. Antdnio y resemhndose la confirmacibn de la Persona que el capftulo eligiese para ejercer dicha funci6n23.En 1590, era D. Jorge de Atafde quien, en su calidad de miembro del Consejo de Portugal, advertia en una consulta ai monarca de la necesidad de poner sobre aviso al archiduque Alberto de la inminente celebracion del capitu10 crdzio, con el fin de que irnpidiese nuevarnente la participacih de antiguos antonianos en la elecci6n del provinciai, porque, como afirmaba, ~estdesta religiä quieta e temo, se estes homens uotarem, que elejä algum que, posto que nZo aja sido dos parciaes de D. Antostseja froxo na goarda da obseruancia da ordern, que he o que estes reZigiosos amigos de D. AntO,pretendem mais que outra c o u s a ~ ~ ~ . Como se ve, una dicada despuis de la incorporaci6n de la Corona portuguesa a la Monarqufa de Felipe 11, los Animos se encontraban lejos de estar aquietados en el seno de algunas de las congregaciones religiosas que se habian visto m6s afectadas por los acontecimientos de la crisis sucesoria y que, tras el desembarco de D. Ant6nio en las costas portuguesas, en 1589, continuaban despertando algunos recelos en el poder filipino25. Este tipo de interferencias del poder regio sobre los mecanismos de gobierno de determinadas 6rdenes religiosas afect6, por 10 dem&, a otras congregaciones, como los carmelitas calzados26, los jer6nimos27 o los benedictino~~~, y, a pesar de la particular co22 CRUZ,Marcos da: Crmica da Mojteiro de Sä Vicente, Biblioteca Geral da Universidade de Coimbra, ms. 632, fols. 108v-115. Texto parcialmente publicado en BRANDÄOMario: Coimbra e D. Antinio Rei de Portugal, vol. 111: Documentos de 1582 a 1598, Cofmbra, Publica~Gesdo Arquivo e Museu da Universidade de Coimbra, 1947, pp. 155-167. 23 E1 traslado de la carta del archiduque Alberto, fechada el16 de marzo de 1584, ibidem, p. 166. 24 Jorge de Ataide, Consulta a Felipe I1 (8 de abril de 1590), BNL, Pombalina 641, fol. 591. 25 En 1589, por ejemplo, las sospechas de que los carmelitas calzados del convento de Lisboa almacenasen armas para apoyar a los antonianos, llev6 al archiduque Alberto a nombrar a J e r h i m o Graciin, a pesar de ser miembro de la rama descalza, como visitador de la orden. La actuaci6n del virrey, de hecho, llev6 al envio inmediato desde curia carmelita en Roma de un visitador apost6lic0, Fr. Miguel Carranza, con el objeto de sustituir a Gracizin; BAYON,Balbino Velasco: Histiria da Ordern do Carmo em Portugal, Lisboa, Ed. Paulinas, 2001, pp. 120-124. 26 Ya en 1588, el cardenal Alberto hizo valer sus poderes de legado para impedir la presencia de Fr. Pedro Brandä en el capitulo provincial de la orden, si bien la intervencion del sobrino de Felipe I1 sobre las estructuras de gobierno de la congregaci6n carmelita se hizo mis incisiva con ocasi6n del capftulo celebrado en 1591, tras la visita realizada por Graciin y, posteriormente, por Carranza. En dicha ocasih, el cardenal envi6 una patente en la que ordenaba que no se eligiese otro 74 FEDERiCO PALOMO yuntura polftica, no distaban formalrnente de los procedimientos empleados en el pasado por los monarcas portugueses, dentro de 10 que fue una politica de reforma de los institutos regulares que corri6 paralela a la habida en otros territorios de la Peninsula y que, de hecho, tuvo similares raices espirituales y no pocas influencias reciprocas29. Lo cierto es que las injerencias de Felipe 11, por medio del cardenal Alberto, en la vida interna de algunas congregaciones religiosas, adem& de obedecer a una necesidad de aislar a los grupos antonianos, no se pueden disociar tarnpoco de una voluntad de encerrar los procesos de reforma iniciados por sus predecesores y de llegar, en algunos casos, a f6rmulas que permitiesen un mayor control, por parte de la Corona, de las estructuras de gobierno de determinadas congregaciones, tal como habfa sucedido en Castilla. Es a q d , de hecho, donde cabrfa inserir algunos proyectos de ~ u n i 6 nde brdenes~, que apenas se materizaliarian, sin embargo, en el caso de los religiosos jer6nimos, cuyos conventos fueron incorporados a la congregacibn castellana en 159530. provincial que no fuese alguno de los cuatro religiosos que 61 mismo proponia, Corno, de hecho, sucesi6; COTIUM, Jorge: Recuerdos del Carmelo Lueitano, que conrienen los capitolos Provin$iales, que se celebraron en la dicha Provingia desde su stabilidad, hasta el precente aiio de 1675 (ed. Balbin0 Velasco Bay6n y Manuel Gomes Quintäos)Carmek Lusitano, 14 (1996), pp. 155 y 156-157. Viase, igualmente, B A Y ~ NBalbino , Velasco: Histdria da Ordern do Carmo ern Portugal, p. 124. 7 SANTOS,Ckndido dos: Os Jerdnimos em Portugal. Das origens aos finais do siculo XVI, Oporto, INIC. 1980., *D. 32. 28 La intervenci6n sobre la congregacibn benedictina portuguesa se rnateriaiiz6 mediante el nornbramienro, en 1588, de dos visitadores provenientes de la congregacibn de Valladolid, Fr. hvaro de Salazar y Fr. Sebastihn de Villoslada, que se encargaron de cerrar el proceso de reforma de los benedictinos, inciado ya en tiempos de Juan 111y concluido con la uni6n juridica a la congregacibn benedictina portuguesa de varios rnonasterios y con la elaboraci6n y aprobacibn de constituciones, en 1590. A este respecto, vease, ZARAGOZAPASCUAL, Ernesto: (<Lacongregacibn benedictina observante de Valladolid y la reforma de los monasterios benedicrinos portugueses (1390-1590)~,en Os Beneditinos na Europa. 1' Congresso international, 23 a 26 de Novembro de 1995. Santo Tirso, Santo Tirso, Carnara Municipal, 1998, pp. 237-246. En todo caso, la preocupaci6n del poder regio por la presencia de antonianos dentro de la congregacibn bepedictina se hace patente en las referencias al respecto que surgen en el rnemorial çsecretoque Fr. Alvaro de Salazar envi6 al cardenal Albetto tras la realizacibn de la visita; rnemorial publicado por ZARAGOZA PASCUAL, Ernesto: ~Reformade los benedictinos portugueses (1588-1589)~,Theologica, 2a sirie, 17 (1982), pp. 143-218. 29 En relaci6n con las reformas de las diferentes farnilias y congregaciones portuguesas a 10 largo del siglo XVI,sigue siendo irnprescindible el trabajo de DIAS,Jos6 Sebastiäda Siiva: Correntes de sentimento religioso em Portugal (Sees. XVI a XVIII), 1. 1(1),Cohbra, Universidade, 1960, pp. 93- 177. Sobre las elernentos de uni6n entre los procesos de reforma desarrollados en Portugal y en los otros territorios de la Peninsula, ademis de este trabajo, son igualrnente esenciales el ensayo clhico de ASENSIO,Eugenio: <(Eierasmismo y las corrientes espiritudes afines. Conversos, franciscanos, itaiianizantes*, Rwista de Filologia Espanokz, 36 (1952), pp. 31-99, y, mis recientes, los estudios de CARVALHO, ]OS& Adriano de Freitas: Gertrudes de He& e Espanha, Oporto, INIC, 1986; id., Nobru leteras... Fermosos uoluW... Inventaks das bibliotecas dos franOScanw obsewantes em Portugal no simlo XV. Os tragos de uniä das nformus peninsulares, Oporto, Faculdade de Letras, 1995. 3 SANTOS,Chndido dos: OsJerhimos em Portugal, pp. 32-37. EN T O N 0 A FELIPE I1 Y EL PODER ECLESIASTICOEN EL PORTUGAL DE FINALES DEL SIGLO XVI 75 En definitiva, el control sobre los instrumentos de gobierno de los institutos regulares, piezas fundamentales, por 10 demis, en la actividad de disciplinamiento social desarrollada por los grupos religiosos de la 6poca31 y en la propia polftica de expansidn y evangelizacion de los territorios asiiiticos y americanos bajo dominio de la Corona portuguesa, constituy6 una estrategia fundamental del poder filipino, que se hizo sentir de forma miis acentuada durante el virreinato del cardenal Alberto, en su calidad de legado pontificio. Con todo, el control de los resortes del poder eclesiiistico, mds alli de las acciones que se llevaron a cabo sobre los institutos regulares, h e , sin duda, Uno de los principales objetivos que, desde un primer momento, persigui6 tanto el partido antoniano como el propio Felipe 11. Es bien conocido que D. Antdnio supo rodearse de un grupo relativamente importante de clirigos, entre los cuales, ademhs del obispo de Guarda, D. JoZo de Portugal, se encontraban personajes como Lourenso Leite y Afonso Henriques, prior y canbnigo, respectivamente, del monasterio Santa Cruz de Cofmbra; SimZo Mascarenhas, deAn de la catedral de ~ v o ~Fr. a ; Heitor Pinto (OSH) y Gaspar Dias Estaso, candnigos de Cofmbra y Evora; o Fr. Luis de Sotomayor (OP), profesor de Teologia en la universidad conimbricense. Junto al auxilio de este grupo, cuyos miembros, por su estatuto y su cercanfa al pretendiente portuguis, quedaron excluidos del perd6n de 1581, las acciones de D. Antbnio, tras su proclamaci6n en Santarim, dejan percibir los intentos por controlar las instancias eclesiisticas seculares alli donde fue estableciendo sus bases de poder y de resistencia a los ejircitos de Felipe 11. Asf, mientras el arzobispo D. Jorge de Almeida, a la saz6n Uno de los gobernadores del reino, hub0 de refugiarse en la villa de Alhandra tras la entrada del Prior en Lisboa, el obispo-chantre, D. Manuel de Almada, no dud6 en ocupar el lugar del prelado con un gesco tan significativo como el de recibir en la catedral y bajo palio a D. Antdnio, sumindose de este modo a las ceremonias de aclamaci6n que tuvieron lugar a la llegada del mismo a la ciudad32. Junto a este tipo de hechos, otros elementos dejan un margen de duda aŸ menor en cuanto a las prerensiones del Prior de Crato por ~ i n s t i t u i una r ~ Iglesia que le fuese adepta. En este sentido, cabe seiialar determinados gestos de carhcter polftico-institucional, como el nornbramiento de Afonso Henriques como cupeläo-mo o el USO de los derechos que el Padroado otorgaba al monarca portuguis, materializado en la colaci6n de beneficios de varias iglesias del reino33. 3 Sobre este particular nos permitimos remitir a PALOMO, Federico: Fazer dos campos escolas excelentes. Oswuftas de hora e us missöedo inferior an Portugal (1551-1 63 O), Lisboa, FCG-FCT, 2003. 32 Un breve relato de dichas ceremonias, en el que se hace mencibn al recibimiento de D. Antonio en la catedral de Lisboa por D. Manuel de Almada, en SOARES,Pero Roiz: Memorial (ed. de M . Lopes de ALMEIDA), Coimbra, Universidade, 195 3, pp. 166-167. 33 Vkanse, en este sentido, algunas de las cartas de presentacion de D. Anthio, dirigidas a diVersos obispos porcugueses, que se conservan en el fondo de las Chacelarias de D. Sebastiä e D. Henrique de la Torre do Tombo (Lisboa) y que ~ u b l i c 6SERR€Joaquim Verissimo: 0 reinaa'o de D. Hispania, LXIV/l, nŸm 216 (2004) 63-94 Con todo, mis expresivos de las intenciones de D. Ant6nio a este respecto fueron los sucesos de la isla Tercera, cuando, en 1581, el Prior se dirigi6 al cabildo de Angra, conminiindolo a que, ante la ausencia del obispo D. Pedro de Castilho (retirado a la isla de SäMiguel por sus desavenencias con el corregidor Cipriso de Figueiredo), eligiese un nuevo vicario general del obispado, e insthndolo, ademhs, a que no obedeciese al prelado. A diferencia de 10 que ocurri6 en la isla de Madeira, cuyo cabildo catedralicio se neg6 a acatar una carta escrita en tkrminos similares, los can6nigos de Angra, de hecho, eligieron al tesorero de la catedral como nuevo vicario general, que pas6 asf a gobernar el obispado durante el periodo en el que las herzas de D. Ant6nio controlaron la mencionada isla del archipiilago de Azores3*. A pesar de la aparente fragilidad del poder filipino ante la acci6n desarrollada por predicadores y confesores -probablemente, la forma miis efectiva de respuesta a la candidatura castellana, por su capacidad movilizadora de la opini6n y por recurrir a argumentos de indole religiosa que buscaban debilitar la legitimidad de Felipe I1 -, no cabe duda de que la capacidad del monarca para, en los momentos iniciales de la crisis, controlar los instrumentos del poder eclesiiistico acab6 siendo bastante eficaz, gracias a su afirmacih militar y a su disposicih para la negociacion, como tambien, en parte, debido al apoyo que halrnente obtendria de Gregorio XIII. Si en un principio la presencia del nuncio Frumento en la proclamaci6n de D. Ant6nio en Santarkm parecia confirmar las supuestas simpatfas del representante pontificio por el partido del prior, y si las diligencias dilatorias de Felipe 11, en 1580, para evitar la entrada en el reino del cardenal Riario, como nuevo legado ad taten, respondfan a la necesidad de impedir cualquier tipo de injerencia papal en la soluci6n de problema sucesorio portuguks, la riipida afirmacih militar y negociadora de Felipe 11, la propia proclamaci6n de su realeza en Castro Marim, por una parte de los gobernadores del reino, asi como la debilidad del partido antoniano y algunos de sus excesos, condujeron no solo a la salida de Frumento de Portugal, como a la adopcibn, por parte de Riario (y con 61, del pontifice), de una postura de abierto sosten al monarca castellano. Es entonces cuando el nuevo legado comienza a ordenar a los prelados diocesanos que instauren procesos can6nicos Contra todos los clirigos involucrados en los hechos de guerra que estaban teniendo lugar35, afiadiendo posteriormente, a 11 de febrero de 1581, un edicto por el que se condenaba con la excomuni6n a aquellos predicadores y confesores que, en el USO de sus ministerios, tratasen las cuestiones que tocaban a la Anthzio, Prior da C m ,Cohbra, Institute de Alta Cultura, 1956, pp. 548-549, 55 1-552, 565-566 y 571-574. 34 Se da noticia de este episodio, incluido en un memorial conservado en el Archivio Segreto Vaticano, en CASTRO, J o d de: 0 Prior da Crato, Lisboa, Uniä Grifica, 1942, pp. 287-289. 35 Ibidem, pp. 253-254. EN TOKNO A FELIPE I1 Y EL PODER ECLESIASTICOEN EL PORTUGAL DE FINALES DEL SIGLO XVI 77 sucesih del reino36, y una carta monitoria en la que ordenaba a todos los clerigos regulares y seculares que habia tomado arrnas en favor de D. Ant6nio que se presentasen en el plazo de nueve dias ante el propio legado, para descargo de las culpas en las que habian incurrido37. A partir de entonces y durante los aiios que siguieron, se asiste a la promulgaci6n de toda una serie de decretos pontificios, por medio de los cuales se favorecfa la persecucih y castigo de clerigos y religiosos que de forma manifiesta habian sostenido y sostenfan el partido antoniano. Si, por medio de un breve, expedido a 18 de marzo de 1582, el Papa encomendaba a D. Andre de Noronha, obispo de Leiria y sujeto de la confianza de Felipe 11, el juicio de D. Joä de Portugal, obispo de Guarda38, las concesiones de Gregorio XI11 a la estrategia del nuevo monarca portuguis habrian de adquirir contornos bastante mhs significativos cuando, a 15 de octubre del aiio siguiente, un nuevo breve convidaba a los prelados diocesanos portugueses a que, sin que obstase cualquier tipo de inmunidad de foro, entregasen a la justicia secular a los eclesiiisticos -seculares y regulares- contrarios al partido fdipino; breve que se vio completado, dias despuks, por un nuevo reescrito en el que se delegaba en el cardenal Alberto el juicio de dichos sujetos39. En reaiidad, si el primero de estos diplomas suponia, aparentemente, un consentimiento a la intromisidn de la justicia regia en causas que, por el estatuto de aforados de sus protagonistas, apenas podian ser juzgadas por tribunales eclesiisticos, 10 cierto es que el breve, con todo, dejaba esta posibilidad al criterio de los obispos portugueses, que, en este sentido, podian conservar, si asi 10 entendian, dichas causas bajo su jurisdiccion. No asi el reescrito que Felipe I1 alcanz6 e14 de noviembre, por medio del cual, si bien el juicio de los referidos miembros del clero portuguis se mantenia en al iimbito de la jurisdiccibn eclesiistica, esta debia ser ejecutada, en dichas causas, apenas por el cardenal Alberto, en su condicion de legado pontificio. La aplicacibn de esta Ÿltim disposicih de Gregorio XIII, de hecho, no dej6 de suscitar recelos y algŸ que otro conflicto con los diocesanqs portugueses, como el que, en 1584, enfrent6 al cardenal con el arzobispo de Evora, D. Teot6nio de Braganza, en relacih con el proceso del candnigo eborense Gaspar Dias Estaco. La disputa fue parcialmente reconstruida por Jose de Castro, a partir de la documentaci6n conservada en los archivos vaticanos, y muestra, no solo el empeiio de Felipe 11, en fÜnci6del rescrito de 4 de noviembre de 1583, por apartar a los diocesanos de las causas Contra los clkrigos antonianos, como las resistencias de algunos prelados frente a 10 que entendian ser una intromisidn o, al menos, una disminucion de su jurisdiccion. En efecto, entre los argumentos presentados por D. Teot6nio al pontifice, en defensa de su actuacih, el arzobis36 Aiejandro Riario, Edicto de 11 de febrero de 1581, Corpo Diploma'tico Portquez (ed. de Jaime Constantino de Freitas Moniz), tomo XI, Lisboa, Academia Real das Sciencias, 1902, pp. 1-2. 37 Id., Carca monitoria de 18 de febrero de 1581, ibidem, pp. 2-3. 38 Gregorio XIII, Breve Proparte, de 18 de marzo de 1582, ibidem, pp. 8-10. 39 CASTRO, J o d de: 0 Prior do Crato, p. 339. Hispania, LXIVI1, n h . 2 16 (2004) PORTUGAL H I S P ~ I C OSIGLOS , XVI-XVII INTRODUCCION La realidad historiografica susceptible de ser comprendida bajo la categoria de Portugal hi.nico posee h t e s precisos y, a la vez, borrosos. Si las fechas elegidas para encuadrar tarnafio asunto fieran las de 1580 -afio de la incorporaci6n de la corona portuguesa a la Monarquia de Felipe II- y 1640 -aclarnaci6n del duque de Braganca como rey de Portugal-, una relativa aunque engaiiosa comodidad saldria en asistencia nuestra para cancelar toda preocupaci6n. Tampoco, si opthramos por alargar el ciclo hasta la firma de la paz luso-espaiiola de 1668, podrian objetarse demasiados reparos. Sin embargo, las servidumbres a que obliga una cronologfa tallada a golpe de calendario nos impedirian contemplar la amplitud real que alcanz6 aquella relaci6n plasmada no solo en los campos visibles de 10 politico, social, econ6mico y cultural, sino tambiin en los menos cuantificables -Y, por ello, tan fascinantes y debatidos- de 10 mental y afectivo. E1 Portugal hispiinico discurri6 paralelo a una Espafia portuguesa: sin aquil, ista resultaria ininteligible, mixime a la hora de comprender y explicar 10 sucedido en las entidades politicas peninsulares entre la Edad Media y la Alta Edad Moderna. De este largo y denso proceso, por tanto, el Portugal hispiinico -ese tiemPO lax0 que bien podemos situar durante los siglos XVI y XVII-, constituy6 el eslab6n miis grueso de una cadena que cost6 iisperos esfuerzos romper. Hasta que ello sucedi6 definitivamente, 10 que tuvo lugar bajo el triunfo del nacionalismo liberal, se aiternaron capitulos de tensidn, jŸbilo rivalidad o guerra, pero nunca indiferencia, como sucederia despuis. Tal vez sea este el rasgo que mejor caracterice la frontera que divide las edades Media y Moderna de la Contemporiinea en 10 que respecta a las relaciones hispano-portuguesas. Tentativas hub0 luego de aproximar Espafia y Portugal desde el conocimiento, como la propuesta del midico Ricardo Jorge de fundar un centro çbinacionalconsagrado enteramente a una nueva ciencia: la hispanologia. Ni la idea ni la obra donde qued6 registrada -A Intercultura de Portugal e Espanha no passado e no fituro, Hispania, LXIVj1, nŸm 216 (2004) 9-12 Oporto, 1921-, germinaron. Afortunadamente, y bajo un espiritu bien distinto al de aquellos afios, varias circunstancias han contribuido hoy a modificar esta situacidn, de modo que este ntimero monogrgfico de Hispania representa Para la revista uno de sus logros mis felices, no solo por 10 que supone de deuda saldada con nuestro pais vecino sino, ademis, por la calidad de los trabajos que en kl se recogen. Desde el principio concebimos esta empresa como una conmemoracidn de la madurez alcanzada por los estudios de un campo ya sblidamente renovado y en expansibn. Hace apenas quince o veinte aiios un aserto de esta naturaleza habria sonado temerario. Per0 el reflujo del paradigma historiogrifico estatalista frente a otro inspirado en la reconstruccidn de los valores y f6rmulas politicas coetineas ha producido generosos resultados. Por 10 que se refiere a nuestro caso, digase que el auge del lusitanismo hispinico ha nacido de desvincular este campo de estudios del de las relaciones entre estados; en otras palabras, mhs que de historiar sobre Portugal y Espafia, se trataria de investigar sobre los diferentes agentes del poder inmersos en las comunidades polfticas que integraban las coronas lusa e hispinica. Gracias a la obra de autores como Antbnio de Oliveira, Joaquim Rornero Magalhiies, Antbnio Manuel Hespanha, Stuart B. Schwartz, Fernando Bouza, Diogo Rarnada Curto, Francisco Bethencourt, Ana Isabel Buescu, Josk Pedro Matos Paiva, Nuno G. Monteiro o J.S. de Luxin Melkndez, por citar algunos, ha sido posible abrir camino a una nueva generacih de investigadores que, como Pedro Cardim, Angela Barreto Xavier, Jean-Frkdkric Schaub, Fernanda Olivai, Mafalda Soares da Cunha, Federico Palomo, Guida Marques o Maria Leonor Freire Costa, iluminan desde sensibilidades distintas e innovadoras sobre la vastedad de un mundo hasta la fecha casi en sombras. E1 lector hallari aquf una muestra de 10 que ellos significan. En general, se ha primado conscientemente la difusidn de aquellos autores mis noveles o, como en el caso de Romero Magalhäesde un maestro consagrado cuya obra tal vez resulte menos conocida entre nosotros. Los temas tratados, por su Parte, revelan la complejidad de perspectivas con las que el Portugal hispinico puede ser abordado desde el rigor y la riqueza documental que atesoran los archivos lusos y espafioles, asf como la imposibilidad de pretender explicar y comprender la llamada ~historiade Espafia~o ~historiade Portugal~sin antes percatarse de la dificultad que implica esta artificiosa clasificaci6n. Nada hub0 antafio mis fragil y permeable que la raya, en su sentido histdrico, sirnbdlico y cultural, como demuestra el artfculo de Ana Isabel Buescu sobre el USO del castellano entre los portugueses. Este mismo trasiego empapaba las estrategias matrimoniales de las grandes casas de ambos lados de la frontera, segtin analizade modo sutil Mafalda Soares. Tampoco el clero de la Contrarreforma ni las Ordenes Militares escaparon al hechizo de aquellas ventajas que pudieron extraer de la Union de Coronas, como nos recuerdan Federico Palomo y Fernanda Olival, respectivamente. Y ni siquiera el Brasil, tan pr6ximo como lejano de la nueva dinastfa reinante segtin se 10 aconsejase la imparable dinimica de su ex- PORTUGAL HISPANICO, SIGLOS XVI-XVII 11 pansih, permaneci6 al margen de aquel proceso, visto con precisibn por Pedro Cardim. La Restauracih bragancista cerr6 el periodo filipino, aunque las herzas puestas en movimiento por los Austrias desde 1580 mhs las desatadas en 1640 confluyeron en un combate politico que, en ocasiones, anduvo cerca de 10 que podriamos denominar guerra civil. Divididos en el siglo XVII Corno 10 estuvieron en el XVI, los portugueses hubieron de arrostrar desde 1640 un espinoso debate tributario sobre c6mo financiar la desagregacih, de resultas de 10 cual emergi6 un asombroso impuesto proporcional y universal -1a dkcima-, quizhs Ÿnic en la Europa del privilegio, del que Joaquim Romero Magalhäenos ha regalado una magnffica disertacibn. En conjunto, el estudio de la secesi6n de Portugal es una forma empirica de responder al problema historiogrkfico de la decadencia de Espaiia. Solo esto bastaria Para cautivar al lector en cuyas manos haya podido caer este nŸmero Evocar con normalidad festejante un pasado comŸ y, al misrno tiempo, lleno de particularidades, constituye el mayor y mhs cualificado hornenaje que la revista Hispania podia otorgar al mundo cientifico peninsular tras haber superado su m6.s de medio siglo de historia. FEDERICO PALOMO 78 PO contestaba la propia legitimidad del mencionado reescrito, toda vez que, en su opinidn, 6ste habia sido alcanzado mediante argumentos falsos, que acusaban a los prelados portugueses de incuria en el procesamiento de los clkrigos arebeldes,,. Bien es verdad que, en este caso, las pretensiones de Felipe I1 fueron a dar con un personaje que, como se ver& fŸ particularmente consciente de sus prerrogativas jurisdiccionales y del sigruficado que bstas adquirfan como instrumento Para el ejercicio de su autoridad como diocesano, dentro de la configuraci6n del poder eclesihstico que el concilio tridentino habia establecido y que atribufa a los obispos un papel central en el gobierno de la Iglesia y de sus fieles. Esto explica que, D. Teothio de Braganza avanzase con una causa que el tribunal diocesano de Evora, en realidad, habia iniciado en 1582. E1 prelado hacfa asi caso omiso, por un lado, del reescrito de noviembre de 1583, de los edictos publicados posteriormente por el auditor de la legacfa y de la carta del monarca en la que se le conminaba a que entregase el proceso al cardenal Alberto; por otro lado, dictaba sentencia condenatoria Contra el candnigo; finalmente, contestaba la inhibici6n sobre la causa lanzada por la legacfa, dado que isa habia sido ya encerrada por los jueces del auditorio eclesiiistico eborense4*. EL PODER EPISCOPAL Y LA CONSOLIDACI~NDE LA REALEZA DE FELIPE 11 EN PORTUGAL A pesar de episodios como dste, no se puede afirmar que las relaciones entre el poder regio filipino y los obispos portugueses, durante el reinado de Felipe 11, estuviesen regidas por sentimientos ~protonacionalistas~ que alimentasen una oposici6n latente a la nueva dinastfa. Bien por el contrario, fueron los elementos de naturaleza corporativa, directamente ligados a la manutencibn y garantfa de conservacih de los privilegios del episcopado, los que hndamentaron unas relaciones caracterizadas por un grado importante de concordia y cooperacibn. Conviene no olvidar, por un lado, que los diocesanos constituyeron el grueso de los representantes con los que Felipe I1 tuvo que negociar los capitulos relatives al estado eclesidstico, en un Estatuto de Tomar que quedaba ahn demasiado pr6ximo en el tiempo Para que füessusceptible de alteraciones o incumplimientos significativos. Por otro, es asirnismo necesario subrayar la continuidad, en relaci6n con los reinados anteriores, de una implicaci6n directa de las jerarqufas eclesiiisticas portuguesas en las propias tareas de gobierno del reino, siendo posible afirmar que la presencia de las misrnas en las mds alias instancias de la administracibn del Portugal filipino füuna constante, al menos durante los reinados de los dos primeros representantes de la dinastfa de Habsburgo. Si en 1593 y 1603, respectivamente, el arzobispo de Lisboa, D. Miguel de Castro, y el obispo de Cofmbra, D. Afonso de Castelo Branco, fue40 Ibidem., pp. 340-348. Hispania, LXIVI1, n h . 216 (2004) 63-94 ron elegidos como gobernadores del reino, mucho miis decisiva result6, sin duda, la implicacih de personajes como D. Jorge de Ataide, obispo de Viseu y capelzo-mor, que pas6 a formar parte del reciin creado Consejo de Portugal, o como D. Pedro de Castilho, obispo de Angra y, miis tarde de Leiria, presidente del m6s importante tribunal regio lisboeta -el Desernbargo do Pago-, que seria nombrado, ya en tiempo de Felipe 111, inquisidor general (1605-15) y virrey de Portugal (1605-07 y 1612-13)41. Al mismo tiempo, la renovaci6n progresiva de la jerarquia diocesana portuguesa habria de jugar a favor de Felipe I1 y sus sucesores, que, siguiendo una politica idintica a la observada en otros territorios de la Monarquia y a la que los propios monarcas portugueses habian empleado a 10 largo del siglo XVI, hicieron de sus prerrogativas de presentacion un instrumento de control y de generacibn informal de fidelidades personales dentro del campo religioso portuguks, como, de hecho, se haria patente en la crisis de 1640, con las importantes fracturas que Se produjeron entre los diferentes grupos eclesiiisticos (obispos, Inquisici6n, 6rdenes religiosas)*Z. Sin obviar el peso que los criterios de naturaleza religiosa tuvieron en la colaci6n de las sedes episcopales, cuyo estudio, probablemente, ofreceria nuevas pistas en relacion con la politica confesional observada durante los diferentes reinados filipinos en Portugal, las sucesivas vacantes que, por muerte o renuncia de sus titulares, se fueron creando en el mapa episcopal del reino portugu4s entre 1580 y 1598, sirvieron para, en algunos casos, ~ p r e m i a ra~quienes se habian mostrado o se mostraban particularmente afectos al poder de Felipe I143. Si la eficaz resistencia a los embates antonianos del prelado de Madeira, D. Jer6nimo Barreto, y, sobre todo, de D. Ant6nio de Castilho, obispo de Angra, durante la crisis de 1580-83, les vali6, 41 Sobre la figura de D. Pedro de Castilho, que, al igual que D. Jorge de Ataide, rnereceria una monografia que pusiese de manifiesto su papel central en el gobierno filipino de Portugal, v6ase el ensayo de argaga, Carlos M. VEIGA:*D. Pedro de Castilho. Esbogo de urna carreira no governo espanhol de Portugals, en Primeiras Jornadus de Histdria Modenza, vol. I , Lisboa, Centro de Hist6ria da Universidade de Lisboa, 1986, pp. 356-370. A prop6sito de D. Jorge de Ataide cabe rernitir a los relatos biogrAficos de la kpoca, como los que se conservan rnanuscritos en Biblioteca da Ajuda (=BA), c6d. 5 1-IX-9, fols. 260-265 y 274-281; Biblioteca Nacional de Madrid (=BNM), rns. 1175 1. 42 Para Portugal, un primer anhlisis sobre esta cuesti6n se encuentra en PAIVA,Jos6 Pedro: ( ( 0 s mentores: Bispos~,en AZEVEDO, Carlos Moreira dir., Histdria Religiosa de Portugal, vol. 11, pp. 225-235. Para Espafia y, en concreto, para el periodo de Felipe 11, son fundamentales los estudios de FERNANDEZ TERKICABRAS, Ignasi: Felipe II y et den secular, pp. 2 11-246; id., çPouna geografia del Patronato Regio: te6logos y juristas en las presentaciones episcopales de Felipe IIÈen MARTINEZ RUIZ, Enrique, y SUAREZGRIMON, Vicente eds., Iglesia y Sociedad en el Anrigao Rbgimen, Las Palmas, Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, 1994, pp. 591-599. 43 Las Ÿnica sedes episcopales que, durante todo el reinado portugu6s de Felipe 11, mant,yieron el mismo titular, nombrado antes de la llegada al trono del monarca castellano, fueron Evora (D. Teothio de Braganga) y Lamego (D. Ant6nio Teles de Meneses), y, dentro de los territorios asiiticos, Macau (D. Fr. Leonardo de Sh) y Malaca (D. Joä Ribeiro Gaio); cfr. ALMEIDA,Fortunato de: Histdria da Ig~ejaem Portugal, vol. 11, pp. 597-678. 80 FEDERICO PALOMO respectivamente, la promoci6n a las sedes de Faro (1585) y Leiria (1583), fueron igualmente significativas, desde el punto de vista politico, la designaci6n de D. Jorge de Atafde como capelao-mor, la transferencia del obispo de Portalegre, D. Andre de Noronha, a la sede castellana de Plasencia (1581), la promoci6n de otro miembro de esta familia, D. Nuno de Noronha, a los obispados de Viseu (1586) y Guarda (1594) y la eleccibn, en 1582, de D. JoZo Afonso de Meneses, un vehemente defensor de la candidatura filipina, para ocupar el arzobispado de Braga, tras la renuncia al mismo de Fr. Bartolomeu dos Mhrtires. Identicos criterios, de hecho, debieron animar la eleccih para la misma sede, en 1587, de un personaje como Fr. Agostinho de Castro, cuya trayectoria como reformador de la orden agustina en Alemania 10 habia vinculado estrechamente a la emperatriz Da. Maria, hermana de Felipe I144. Junto a este tipo de lazos ~politicos~, construidos a 10 largo del reinado, el respeto por la letra del estatuto de Tomar, garante de los privilegios de que gozaba la Iglesia portuguesa y, por consiguiente, de la autoridad diocesana sobre el territorio y las poblaciones del reino, no dej6 de ser, como seiialhbamos, un factor esencial en la propia articulacibn de las relaciones entre el poder regio representado por el nuevo monarca y el episcopado portuguis, que acab6 por convertirse en instrumento de consolidaci6n y legitimacibn del poder filipino. En este sentido, resulta significativo el hecho de que los conflictos entre los diocesanos y la autoridad regia hesen puntuales, aumentando apenas con la aIteraci6n que la salida del cardenal Alberto del reino produjo en el seno del campo politico portugues y en las relaciones de fuerza entre los diferentes polos de poder que 10 integraban. Es en ese contexto en el que las luchas de jurisdicci6n, entendidas como forma de ejercicio de la politica altomoderna, se ven favorecidas, debido, entre otros factores, a la ausencia de un monarca, cuya representacih no asentaba ya en una Persona unida al rey por vhculos de sangre, sino en un nhmero reducido de gobernadores, miembros todos ellos de los grupos privilegiados portugueses45. En efecto, analizados desde esta perspectiva, cobran sentido episodios como el que protagoniz6, una vez mis, el arzobispo de Evora, D. Teotonio de Bra44 Sobre la figura de Fr. Agostinho de Castro, que hasta la fecha de su elevacih a la dignidad arzobispal fue superior de los agustinos portugueses, vkanse apenas las notas incluidas por ALMEIDA, Fortunato de: Hist6rza da Igreja em Portugal, p. 601. 45 Sobre la akeraci6n que en el campo politico portuguis supuso la salida del reino del cardeFernando: nal Alberto, favoreciendo la confiictuosidad entre los grupos de poder, v k e : BOUZA, ~Enrreas Alteracöede Beja (1593) e a "Revolta dos Ingleses" (1596), em Lisboa. Lura politica no Ultimo Portugal do primeiro Filipen, en id., Portugal no tempo dos Filipes, pp. 125-157 (antes publicado en Studia Historia - Historia Madema, 17 (1997), pp. 91-120). En relaci6n con la cuesti6n de las luchas jurisdiccionales como ejercicio de la politica en los siglos XVI y XVII,centrado ademis en el Ultimo periodo de Portugal filipino, es fundamental la consulta de SCHAUB, Jean-Fridkric: Le Portugal au temps du Comte-Duc d'Oliuare~(1 62 1-1 640). Le conjTit de jurisdictions comme exercice de la politique, Madrid, Casa de Velizquez, 2001. I N TORNO A FELIPE I1 Y EL PODER ECLESIASTICOEN EL PORTUGAL DE FINALES DEL SIGLO XVI 81 ganza, en 1593. Originado en una disputa jurisdiccional sobre una Causa testamentaria entre los oficiales del auditorio diocesano eborense y el provedor regio46,el conflicto füadquiriendo dimensiones de mayor gravedad, como consecuencia del propio empefio del arzobispo en la defensa de su autoridad, que le valdria juicios como el que expresaba el gobernador Juan de Silva en una carta al monarca, en la que calificaba a D. Teothio de no ser çta prudente que sepa hager diferengia entre el gelo y la porfia~,10 que le llevaba a hacerse {protector de la Jurisdision eclesiastica, empefiando en ello la honrra y la congiensiap47.Lo cierto es que, a las escaramuzas iniciales entre el oficial regio y los representantes diocesanos, sigui6 la imposici6n de un entredicho sobre la ciudad de Evora, por parte del prelado; la petici6n de comparecencia ante el principal tribunal regio, el Desembargo do Pay, del vicario general del arzobispado y, la renovacih en sede pontificia de posteriormente, del propio D. Teot6ni0~~; una vieja cuestidn, suscitada en varios mornentos a 10 largo del siglo XVI, en torno a un capitulo de las Ordenagöedel reino, que sometian al juicio seglar a los cl6rigos exentos (es decir, a los que carecian de Superior dentro de Portugal, como era el caso de los arzobispos)49; la publicaci6n, en abril de 1594, de la bula In coena domini, en toda su extensibn y acompafiada de carta del nuncio Aldobrandini en la que se denunciaban los atropellos de que era objeto la justi46 Realizamos un primer anilisis de este conflicto en PALOMO, Federico: *La autoridad de los prelados postri{entinos y la sociedad moderna. EI gobierno de don Teotonio de Braganza en el arzobispado de Evora (1578-1602),Hispania Sacra, 47 (1995), pp. 611-614. 4 Juan de Silva, Carta a Felipe I1 (Marzo de 1594), BNM, ms. 1439, fol. 248. 48 E1 propio Juan de Silva informaba al rey de c6m0, ante la petici6n de cornparecencia ante el Desembargo do Pago del vicario general eborense, el arzobispo revoc6 la jurisdicci6n de su oficial, asurniindola 61 misrno y colocando asi al tribunal regio en la tesitura de tener que convocar al propio prelado; ibidem, fols. 248-248v. Sobre esta cuesti6n y la preocupaci61-1que la situaci6n provoc6 al poder filipino en Portugal, vianse asimisrno algunas de las cartas enviadas a D. Pedro de Castilho, presidente del Desernbargo do Paco, por el cardenal Alberto, que, a pesar de haber abandonado ya el reino portuguis, manrenfa su cargo de legado pontificio; BA, c6d. 5 1-VIII-12,docs, 9 y 30. Vkase ademh una misiva del propio D. Pedro de Castilho a Felipe 11, en la que planteaba una serie de dudas al monarca sobre el rrato V consideraci6n aue se debia tener en la mesa del Desembargo con el arzobispo, en el caso de que iste finalmente compareciese ante el tribunal regio; BA, ~ 6 d 5. 1-VIII-7, ~ O C .60. 49 E1 capitulo en cuesti6n, recogido posteriormente en las Ordma@sfilIpinas (1603),en Ordenaffies manuelinas, Liv. 11, cap. 1, $ 1. Viase al respecto HESPANHA, Ant6nio Manuel: Visperas del Leviatdn. Instituciones y poderpolftico (Portugal, sigio XVII), Madrid, Taums, 1989, pp. 260. En relacih con las polimicas y dudas que dicho capitulo suscit6, tanto en el reinado de Juan 111, por denuncia del nuncio Lippomano, como durante el reinado de Sebastian I, cuando 6ste plante6 a Gregorio XIII una sehe de dudas de conciencia con respecto a las leyes del reino y su compatibilidad con La bula In coena domini, vkase, ALMEIDA, Fortunato de: Histbria da Igrqa em Portugal, vol. 11, pp. 312 y 334. E1 arzobispo, de hecho, ya habia suscitado anteriormente esta cuesti6n ante el propio Felipe 11, durante la estancia que realiz6 en la corte de Madrid, en 1591; cfr., Memoria do pepasou o Arcebispo com S.M. e Jeus minissobre a ley deportugal e da.ida a Roma e dt outras cousas, Biblioteca PŸblic e Arquivo Distrital de Evora (=BPADE), c6d. CIXl2-8, noS.76-78y 80. 82 FEDERiCO PALOMO cia eclesi6stica50; finalmente, la expedicidn de un breve, de 2 de agosto de 1594, en el que el pontifice se quejaba ante Felipe I1 de los excesos que se cometfan en el reino contra las libertades de la Iglesiajl. En realidad, mhs que como una simple respuesta frente a un ataque contra la inmunidad eclesihstica, este gdnero de conflictos debe ser encuadrado, como apunthbamos, dentro de las ldgicas de la prhctica politica de una ipoca en la que la defensa de la jurisdiccih no hacfa sino traducir la necesidad de salvaguardar la propia ca~acidaden el ejercicio del poder. En este sentido, no se debe desdeiiar el importante papel que la accidn de los obispos tuvo en el propio discipiinamiento de los fieles, y, por consiguiente, la repercusidn que dicha actividad, como ya seiialamos, tenia sobre las poblaciones del Antiguo Rkgimen. A pesar de episodios de desencuentro como el que enfrentb a D. Teotdnio con el poder regio o como el que se desencadenaria en torno a 1595, con motivo de la contribucidn solicitada por Felipe I1 a los obispos portugueses Para la construcci6n de un nuevo puente en la ciudad de Coimbra52, el poder episcopal fue un elemento insustituible en la politica confesional filipina, tal como venia sidndolo desde mediados del siglo XVI. En el interds de la Monarquia de Felipe I1 y de su afianzamiento en el nuevo reino, por consiguiente, se encontraba no solo controlar la jerarquia diocesana portuguesa, como facilitar o, al menos, no irnpedir el desarrollo de determinadas estrategias de afirmacibn de la autoridad episcopal, frente a otros actores que, dentro del timbito diocesano, intervenian en el campo religioso, siendo, en ocasiones, un serio obsthculo para la actividad de los ordinarios53. En relacidn con esta cuestibn, no est6 de m6s seiialar la satisfactoria intermediacih que algunos ordinarios portugueses consiguieron de Felipe I1 para la obtencidn y traslado a sus respectivas didcesis de las reliquias de aquillos a quienes se atribufa la fundacibn de este o aquel obispado, con el 50 Publicada en GOMES, Pinharanda: 0 arcebispo de h o r a dorn Teothio de Braganga (Escritos Pastarais), Braga, Ed. do autor, 1984, p. 99. Sobre las reservas del poder filipino a la bula In coena domini y en relaci6n con la forma de publicaci6n de la misrna en los territorios de la Monarquia Hispinica, viase, HERA, Alberto de la: ((Labula in coena domini. E1 derecho penal can6nico en Espafia y las IndiS V , en MARTINEZ RUIZ, Enrique, y PI COREALES, Magdalena de Pazzis eds., Institudonw en la Eparia modema, vol. XI: Dogmatismo e intolerancia, Madrid, Actas, 1997, pp. 71-87. 31 Clemente VIII, Breve C l a w grauwm (2 de agosto de 1594), en Corpo Diplomiitico Portuguez, t. XII, pp. 57-60. 5 2 Una copia de la carta que, sobre esta cuesti6n, Felipe I1 mand6 en 1595 al obispo de Coimbra, al igual que al resto de los prelados portugueses, en BBANDÄO MArio: D. Antdnio Rei de Portugal, vol. 111, pp. 109-110. La cuesti6n estaba aŸ pendiente dos aiios despuks, por la negativa de los ordinarios a contribuir Para esta obra sin que mediase el acuerdo papal al respecto. La opci6n que el rnonarca se planteaba, si persist:a la oposici6n de los diocesanos, era la de enviar a sus oficiales a las distintas parroquias del reino Para recaudar direcramente la contribuci6n; Pedro de Castilho, Carta a Felipe I1 (Lisboa, 8 de agosto de 1597), BA, c6d. 51-VIII-17, doc. 18. 53 Aunque referido al imbito italiano, es de particular interes, desde esta perspectiva, el anAlisis de TOW, Angelo: Çvescovo di Antico Regime: un approccio configurazionale~,Critica starica, 31 (1996), pp. 199-216. Hispania, LXIV/l, nŸm 216 (2004) 63-94 EN T O N 0 A FELIPE I1 Y EL PODER ECLESIASTICO EN EL PORTUGAL DE FINALES DEL SIGLO XVI 83 claro prop6sito de, por medio de las mismas y de su culto, subrayar simb6licamente la figura y el poder del diocesano, tal como las directrices trindentinas, por 10 dem&, preconi~aban*~. Con todo, junto a este tipo de gestos, durante el reinado del primer Habsburgo portuguis encontramos otro tipo de iniciativas episcopales de mayor calado institucional, desarrolladas aparentemente sin cualquier obstruccih del poder regio. Si, como ya indicamos, las celebraciones conciliares y sinodales que, en casi todos los obispados y provincias eclesiAsticas, tuvieron lugar tras la clausura del concilio de Trento respondian a la necesidad de incorporar los decretos establecidos en dicha asamblea a la legislaci6n y realidades diocesanas, dando lugar, en muchos casos, a la elaboracion de nuevas constituciones sinodales y provinciales, una fase posterior, sin embargo, trajo consigo todo un proceso de redefinici6n y adaptaci6n de las estructuras episcopales de gobierno, mediante el cual materializar, desde le punto de vista administrativ0 e institucional, ese pretendido fortalecimiento de la autoridad del obispo dentro el espacio diocesano. Este fen6meno de reorganizacibn burocratica, que, en el caso de las di6cesis espafiolas, parece haber tenido lugar en esos mismos afios de finales del siglo XVI y durante el XVII,se plasm6 en una serie de textos normatives o regimentos, por medio de los cuales se regulaba el funcionamiento y competencias de los diferentes tribunales y oficiales de las curias o auditorios episcopales. Los reglamentos de Oporto (1585), Funchal (1589)) Coimbra (1j 9 l ) , Leiria (1598) o Evora (1598), por citar apenas 10 que se elaboraron entre 1580 y 1598, ponen de manifiesto una voluntad de modernizar y fortalecer los aparatos burocriiticos dependientes del obispo, rnediante la concentracih de competencias en figuras como el vicario general y el provisor, que surgen como depositarios de la jurisdiccih espiritual y temporal del ordinario Y,por consiguiente, como figuras principales en el funcionamiento de la justicia y de la administraci6n diocesanas, frente al peso que en kpocas 34 Fue el caso del traslado de unas reliquias de San Mancio, primer obispo de ~ v o r a al , arzobispado eborense, en 1591. La obtenci6n de las mismas, que se conservaban en el monasterio benedictino castellano de San Mancio, se debi6 al propio Felipe 11, que, a petici6n del arzobispo D. Teotonio, inter. esta cedi6 ante el abad de Sahagiin para que las referidas reliquias fuesen trasladadas a ~ v o r a Sobre cuestidn, vianse algunas relaciones y actos notariales de la cesion, a~tentificacihy traslado de las reliquias en BNL, c6d. 146, fols. 17-22v; Arquivo do Cabido da Se de Evora, docs. EE-224 EE-22-g y EE-22-j. Esta prhctica de reafirmaci6n sirnb6lica de la figura del prelado diocesano mediante el <<descubrimiento~o traslado de las reliquias de quien, en la Antigüedacristiana, habia sido el primer obispo fue comhn a finales del siglo XVI, siendo el ejernplo mis conocido el de las reliquias de San Ambrosio en Milan. Sobre el fen6meno del culto de reliquias en la peninsula Ibirica durante el periodo moderne, viase: BOUZA~ V A R EJos6 Z , Luis: Religiosiciad contmrreformista y cultuira simb6lica del Bamco, Madrid, CSIC, 1990. En concreto, para Portugal, cabe referir los estudios recientes de MARQUES, Joä Francisco: <<Ositinerhrios da santidade: milagres, reliquias e devocöes~ en AZEVEDO,Carlos Moreira dir., Hist6ria Religiosa de Portugal, vol. 11, pp. 359-365; y de CARVALHO, Tos6 Adriano de Freitas: <<Os recebimentos de reliquias em S. Roque (Lisboa 1588) e em Santa Cruz (Coimbra 1595). Reliquias e espiritualidade. E algunaa ideologia~,Via spiritus, 8 (200 I), pp. 95- 155. Hispania, LXiV/1, mim. 216 (2004) 63-94 84 FEDERICO PALOMO anteriores habian tenido otras instancias como los cabildos55. Se procede igualmente -y en relacibn directa con el ejercicio de la justicia episcopal- al desarrollo de instrumentos adecuados para lograr un mejor control del territorio (de las fiibricas eclesihsticas, de los agentes parroquiales y de los fieles). Con este objetivo, se definen, por un lado, las competencias atribufdas a toda una serie de oficiales (arciprestes y vicarios forhneos), que se vinculan estrechamente a la autoridad del prelado y que, a modo de red periferica, ejercen un control regular sobre la vida religiosa y moral del clero y la sociedad56; por otro, se crean instancias y cargos, dentro de las curias diocesanas, encargados especificamente de organizar y desarrollar anualmente visitas pastorales por diferentes Partes del obispado. EI recurso sistemiitico a las mismas, siendo que su prictica fÜ expresamente encomendada en Trento como parte integrante de las obligaciones del prelado, es un excelente indicio de la repercusih que el gobierno episcopal tuvo sobre las sociedades catdicas del periodo modern0 y, en particular, sobre las poblaciones portuguesas, sometidas asi a un mecanismo complementario de las acciones desarrolladas por otras instancias, como el Santo Oficio, dado el caricter jurfdico que la visita pastoral asumi6 en Portugal y de las 55 No habiendo sido particular objeto de estudio entre los historiadores ibkricos, las estructuras burocrtiticas diocesanas, con todo, han merecido en los Ultimos tiempos alguna atenci6n, tanto en 10 que a su organizaci6n se refiere, corno a la actuaci6n de las mismas. Para el caso portugufa, ademh de PAIVA,Josk Pedro: Ç administracädiocesana e a presenga da Igreja. 0 caso da diocese de Coimbra nos skcdos XVII e XVIIIÈ Lusitania Sacra, 2a sirie, 3 (1991), pp. 77-110; id., ~Burocraciae organizacäeclesi~tica~, en AZEVEDO, Carlos Moreira dir., Histbria Religiosa de Portugal, pp. 187199, nos permitimos remitir a nuestro trabajo, ya citado, çLautoridad de los ~reladostridentinos y la sociedad moderna. E1 gobierno de don Teotonio de Braganza en el arzobispado de Evora (15781 6 0 2 ) ~pp. , 593-607. Para el caso de Espafia, son de notar los trabajos de PEREZ-PRENDES, Jos6 Manuel:, ((EI tribunal eclesitistico (sobre el aforamiento y la estructura de la Curia diocesana de justicia)~,en MARTINEZ RUIZ,Enrique, y PI CORRALES, Magdalena de Pazzis, eds., Institucimes en la E w a modema, vol. I : Las jurisdicciones, Madrid, Actas, 1996, pp. 143-169; BENLLOCH POVEDA,Antonio: çJurisdicci6eclesihtica en la edad moderna: el procesow, ibidem, pp. 113-142; PEREZMUNOZ, Isabel: Pecar, delinquir y castigar. El tribunal eclesihtico de Coria en los siglos XVI y XVI1, Ckceres, E1 Brocense-Excma.Diputaci6n Provincial, 1992; CANDAUCHACON,Maria Luisa: ~Delitoy autoridad eclesiktica en la Sevilla de Carlos IIIÈen Coloquio International Carlos 111 y su Siglo. Actas, vol. 11, Madrid, Universidad Complutense, 1990, pp. 183-197; GUTIERREZ G A R ~BRAZATES, A M.: çEConsejo de la Gobernaci6n del Arzobispado de Toledo~,Anales T o l h s , 16 (1983), pp. 63-138. s6 PALOMO,Federico: ((La autoridad de los prelados postridentinos. y la sociedad moderna. E1 gobierno de don Teotonio de Braganza en el arzobispado de Evora (1578-1602)~,phgs. 603-607; CESPO, Victor, y GALANCAVILLA, Jos6 Luis: <La iglesia rural rnadrilefia. Organizaci6n y control religioso (siglos XVI y x v l l ) ~en , MADRAZO, S., y PINTO, V. eds, Madrid en la 4oca modema. Espacio, sociedad y cultura, Madrid, Universidad Aut6noma de Madrid-Casa de Velizquez, 1986, pp. 69-95. Para Italia, donde este tipo de oficialidad perifirica ha merecido mayor atencibn, cabe destacar: ZAKDIN,Danilo: (<"Ersubito eseguirb quanto la mi ordini". Contesto locale, vicari foranei e curia arcivescovile di Milano sul fmire del Cinquecento*, en La citta dz Angera, judo dei Borromeo (sec. XVXVIII), Garivate, Nicolini, 1995, pp. 253-289; y TURCHINI,Angelo: ~Officialiecclesiastici fra centro e perifieria. A proposito dei vicari foranei a Milano nella seconda meti del XVI secolo~,Studia bowomaica, 8 (1994), pp. 153-213. ya referidas capacidades de los ordinarios lusos Para actuar sobre un nfimero irnportante de delitos llamados de foro mixte*'. Para comprender la posicih de la Corona frente a este proceso de reorganizaci6n burocratica y de afirmacih del poder episcopal dentro del espacio diocesano, es necesario tener presente las propias concepciones de la 6poca en torno a la constituci6n politica de la sociedad. En realidad, frente a las tradicionales visiones ~estatalistas~ de la misma, un paradigma corporativo hacia que la autoridad regia, ocupando una posici6n preeminente dentro del campo polftico, se viese, sin embargo, confrontada con una pluralidad normativa y con la presencia de cuerpos polfticos aut6nom0s3~.En este contexto, la capacidad jurisdiccional de la Iglesia y las bases de organizacih burocriitica con las que contaba el poder diocesano portuguks permitieron que 6ste desempeiiase un papel esencial, no ya en el disciplinamiento moral y religioso de los fieles, sino como autoridad dentro de iimbitos perifericos en los que la presencia de la Corona era en muchas ocasiones miis debil39. En definitiva, el obispo -en Portugal como en otros territorios de la Europa catblica- acabr5 ejerciendo una funcidn, en cierta medida, subsidiaria de la propia autoridad regia, alli donde 6sta se mostraba mas fragil, ocupando en buena medida una posicibn privilegiada en la comunicaci6n entre el centro (el monarca) y la periferia de los 57 En relaci6n con las visitas pastorales en Portugal y su singularidad, de naturaleza juridica, frente a los procedimientos utilizados en otros territorios de la Europa catolica, adernis del estudio ya citado de Joaquim Ramos CARVALHO, es irnprescindible la consulta de CARVALHO, Joaquim Ramos, y PAIVA,Jos6 Pedro: Ç evolucädas visitas pastorais na diocese de Coimbra nos siculos XVII e XVIIIÈ Lsr hist6ria, 15 (1989), pp. 29-41; PAIVA,los6 Pedro: ~ U m ainstrucä aos visitadores do bispado de Coimbra (s6culo XVII?) e OS textos regulamentadores das visitas pastorais em Portude Histiria das Ideias, 15 (1993), PP. 637-661; id., ÇAvisitas pastorais~,en AZEVEDO, g a l ~Rwista , Carlos Moreira dir, Hist6ria Religiosa de Portugal, vol. 11, pp. 250-255; id., (<Lar6forrne catholique au portugal: les visites ~astoralesdes iveques~,Arquivos do Centro Cultural Calouste Gulbenkian, 43 (2002), pp. 159-175. Sobre la complernentariedad entre la acci6n inquisitorial y las visitas pastorales en Portugal, v6ase, asimisrno, PAIVA,Jos6 Pedro: ~Inquisicäe visitas pastorais. Dois mecanisrnos complementares de controlo social?~, Rwista de Histdria das Ideias, 11 (1989), pp. 85-102. 58 Una excelente visibn de la cuesti6n de la constituci6n politica del Antiguo Regimen, del problerna h i ~ t o r i o g r ~ cdel o ~Estadomoderno~y de la posici6n ocupada por el poder real dentro de esa constelaci6n de poderes presente en las formas de organizacion politica de las sociedades rnodernas, es la de HESPANHA, Ant6nio Manuel: Visperasd e l h i a t d n , pp. 19-37. Es igualrnente de particular interes la sintesis sobre los diferentes paradigmas politicos existentes en el Portugal de Antiguo Rigimen y, en especial, en relacitn con el paradigma corporativo, el estudio ya citado de HESPANHA, Antdnio MaAngela Barreto: Ç representacä da sociedade e do podet~,passim. nuel, y XAVIER, 59 HESPANHA, Ant6nio Manuel: ~Centroe periferia nas estruturas adrninistrativas do Antigo Regime*, Ler Historia, 8 (1986), pp. 35-60; id., Vkperas del Leviatdn, pp. 154-172. Una excelente visi6n de shtesis sobre el problema del centro polftico y las periferias en el gmbito de las Monarquias europeas durante la edad moderna, es la de GI~.PUJOL,Xavier: ~Centralismoou Localismo? Sobre as relacöe encre Capital e Territ6rios nas Monarquias europeias~,PenUope. Fazer e desfazer a Histbria, 6 (1991), pp. 119-144. FEDENCO PALOMO 86 territorios (parroquias y fieles)@,y pudiendo contribuir, en Ultimo tkrmino, a la creaci6n de consensos politico-religiosos. En efecto, el episcopado portuguks no dej6 de ser participe, en ocasiones, de las propias estrategias regias de instrumentalizaci6n del discurso religioso en beneficio de los intereses politicos de la Corona. Ya durante la crisis sucesoria se dieron ejemplos significativos en este sentido, como fue el caso de la carta pastoral que, en 1582, public6 el arzobispo de Braga, D. Joä Afonso de Meneses, en la que se declinaba una vehemente defensa de la legitimidad de Felipe 11, recordando a los fieles la obligacihn que tenian de reconocerlo como su sefior natural e intimidando con las correspondientes penas a quienes contestaSen la realeza del nuevo monarca61. Ciertemente, a la hora de comprender la iniciativa del prelado bracarense, conviene no olvidar el hecho de que la suya fue una de las primeras nominaciones episcopales realizadas por Felipe I1 en Portugal. Con todo, el papel de los obispos portugueses en favor de determinados proyectos politicos del poder representado por el nuevo monarca no se restringieron al periodo de la crisis sucesoria y a las diferentes intervenciones que, en ese momento, füeronecesarias Para aplacar la contestacibn al candidato castellano. Un buen ejemplo de su intermediacibn entre la Corona y las poblaciones del reino, favoreciendo asf la adhesi6n en torno a la figura de Felipe I1 y de su politica, es la actitud que el episcopado mantuvo en 1588, cuando, en visperas de la Amada de Inglatewa, acudi6 a la petici6n del monarca Para que se celebraSen, en las diferentes iglesias de sus respectivas didcesis, las correspondientes ceremonias religiosas destinadas a encomendar a Dios el buen suceso de la expedici6n y Para que çmouid o pouo desto, maneira a maior deuasäopessa tambem de Deus com maior uehemengia ma a j u d d 2 .EI propio D. Teot6nio de Braganza, que, como se ha sefialado, no siempre aprob6 las opciones del poder Filipino en 10 que a la jurisdiccihn eclesiistica se refiere, no dej6 ahora de secundar el pedido del monarca y, por medio de una carta pastoral, convoc6 a todas las personas del arzobispado eborense, seculares y eclesihticas, a participar en una oraci6n colectiva que, durante cuarenta horas, debfa celebrarse en las iglesias parroquiales y en los monasterios de la archidihcesis, con el objeto de que, C { ...} fasse Deos seruido por sua misericordia guiar e encaminhar t u d o a sua maior gloria e exaltagiio de sua sancta fee, bem e amplificacä e recuperacä de 60 PRODI,Paolo: ~ T r centro a e periferia: le istituzioni diocesane post-tridentine~,en BENZONI, Gino, y PEGRARI,Maurizio eds., Cultura, religione e politica nelteth di Angelo Maria Qaerini. Atti del convegno di studipromosso dal Comune di Brescia in collaborazione con la Fondazione Giorgio Cini di Venezia (Venezia-Brescia,2-5 dicembre 1980), Brescia, Morcelliana, 1982, pp. 209-223. 6 Joä Afonso de Meneses, Carta pastoral (Braga, 20 de diciembre de 1582), s.L: s.n., 1582 (BNL, Res. 1119A). 6* Vkase, por ejemplo, la carta que, en este sentido, Felipe I1 envi6 el 15 de febrero de 1588 al obispo de Cohbra, D. Afonso de Castelo-Branco, de la que retiramos la cita; BRANDÄOMario: Coirnbra e D. Antdnio Rei de Portugal, vol. 111, p. 69. Hispunia, LXIVI1, nŸm 216 (2004) 63-94 sua Igreja; e por que se deixa bem considerar do aparato desta armada das grandes necessidades que a Christandade padece pollas continuas perseguig6es nä somente dos Turcos e Infieis, mas tambem dos hereges, e a muita christandade e zello de sua Magestade, que o seu intento he dar algum socorro a alguma Igreja que esteja oppremida e tyrannizada, ou arrancar e desarreygar dalgumas prouincias OS errores em que estam e plantar a nossa Sancta fe catholica, e ser neguocio este que tanto vai a todos em geral como christiios, e OS que viuemos nestas partes muito mais, que se afastem e se alarguem de nos longe OS enemiguos da Crux de Christo, dos sacramentos, da Virgem gloriosa nossa senhora e de todos OS santos, perturbadores da uniä d a Igreja catholica Romana, e destruidores das Republicas e do politico gouerno dellas~63. Las intenciones perseguidas por Felipe I1 aparecian asi revestidas de defensa de la Cristiandad Contra la tiranfa de unos herejes que, por 10 dem&, fueron una amenaza continua para las costas pormguesas durante aquellos afios. Se apelaba, de este modo, a una identidad cat6lica ~supranacional~, pero, al mismo tiempo, estrechamente iigada a la propia identidad regnicola portuguesa6*, con el fm de suscitar el asentimiento de las poblaciones hacia las iniciativas regias. No en vano, algunos episodios significativos de este periodo adquirieron significados sirnilares y se vieron sustentados por discursos de naturaleza confesional que contribufan tanto a reforzar el poder fllipino, como a deslegitirnar un persistente partido antoniano a los brazos de los herkticos. que, definitivarnente, se habrfa ~entregado~ Asi, ademAs del impulso que con un particular valor politico -de vinculaci6n del reino portuguks a la nueva dinastfa y a su Monarqufa- se dio al proceso de canonizaciI5n de Santa Isabel, reina de Portugal e infanta de Aragbn, otros episodios de carActer religioso fueron igualmente objeto de USOS polfticos en beneficio de la realeza austriaca. E1 recibimiento, en 1588, de la colecci6n de reliquias que D. Juan de Borja ofreci6 a la iglesia jesuita de SZo Roque en Lisboa, por ejemplo, asumi6 una dimensi6n politico-confesional evidente, no solo por constituir, dentro del contexto portuguks, Uno de los primeros actos de este gknero que, como consecuencia de los propios objetos ~celebrados~ (en su mayoria, reliquias procedentes de Alemania), adoptaba un registro inequfvocamente contrarreformista, sino tambikn por la ~apropiaci6n~ que de este acto haria el poder filipino, tanto por medio de la presencia del cardenal Alberto en las ceremonias, como por su posterior empeiio en fijar y hacer circular la memoria escrita de un evento que, como afirmara el jesuita Indcio Martins en el s e r m h que pronunciI5 Para la ocasih, no era sino expresibn del favor de Dios Teotonio de Braganza, Cana pastoral (5 de marzo de 1588),BPADE, cod., CIXl2-7, n". 42 y 43. En relaci6n a esta cuestion, cabe citar los trabajos de SILVA,Ana Cristina Nogueira da, y HESPANHA, Ant6nio Manuel: Ç identidade porruguesan, en MATTOSO,Jose dir., Historia de Portugal, vol. IV, pp. 19-37; THOMAS, Luis Filipe, y ALVES, Jorge Santos: <Da Cruzada ao Quinto Impkr i o ~en , BETHENCOURT, Francisco, y CURTO,Diogo Ramada eds.: A m e h i a da n q à ¤ oLisboa, S i da Cosra, 1991, pp. 81-165. 63 64 Hispania,LXIVjl,nŸm 216 (2004)63-94 hacia la ciudad de Lisboa y de su voluntad de defenderlaG5.Una vez mis, el peligro apdstata, materializado en las continuas agresiones inglesas, y la necesidad de luchar y defenderse del mismo se hacia presente en un acto de naturaleza religiosa, que cont6 ademiis con una participacion masiva de gentes venidas de todo el reino, sirviendo, en buena medida, de cimiento a la politica europea de quien se presentaba y era reconocido como principal valedor de la Iglesia catolica. Similar lectura, aunque con una dimensi6n propiamente interna, merecen algunas de las actitudes desarrolladas frente a determinados fenbrnenos de caricter profdtico que fueron surgiendo a 10 largo del reinado. Si el conocido Memorial de Pero Roiz Soares, de tono anti-castellano, constituye, por la abundancia de registros en este sentido, un buen ejemplo de la importancia que podian llegar a asurnir toda suerte de signos y fendmenos astrol6gicos en el funcionamiento del propio campo p o l i t i ~ o conviene ~~, no olvidar que nos encontrarnos en una dpoca en la que es frecuente la presencia de personajes, cuyo carisma y fama de santidad los hicieron acreedores de una autoridad profktica que, en no pocas ocasiones, podia resukar una amenaza politica o, por el contrario, un excelente sostkn Para el poder regioG7. En este sentido, m& alli de los falsos sebastianes y de una doctrina -el sebastianismo- de caricter mesihnico, que solo comenzd a tomar cuerpo a finales del sigio X V I ~ el ~ ,caso m& paradigmitico, en 65 La memoria de este recibirniento se materializ6, por orden del cardenal Alberto, en el escrito de CAMPOS,Manuel de: Relacam da solenne recebinunto que sefez em Lisboa d~santas refiquias que se lwaram & igreja de sam Roque da Companhiu deJesus MS X X V deJaneiro de 1588, Lisboa, Anthio Ribeiro, 1588. A propbsito de esta celebradn, vkanse los analisis, realizados desde perspectivas diferences, del trabajo ya citado de CARVALHO, Jos6 Adriano: çOrecebimentos de reliquias em S. Roque (Lisboa, 1588) e em Santa Cruz (Coirnbra, 1595). Reliquias e espiritualidade. E alguma ideologia~,y de CURTO, Diogo Ramada: A culturftpofitica em Portugal (1578-1642). Comportamentos, ritos e neg6atis (Tesis doctoral), vol. I, Lisboa, Universidade Nova de Lisboa, 1994, pp. 92-101. 66 SOARES, Pero Roiz: Memorial, passim. 67 En relaci6n con el fen6meno ~rofiticoY sus impiicaciones en ei campo . oolitico durante el pedodo moderne, la bibliografia comienza a ser ya abundante en 10 que concierne al conjunto del espacio europeo. Para la peninsuia Ibkrica, ademh del estudio de KAGAN,Richard L.: Los suefios de Lucrecia. Politica y profecia en fa esparia delsiglo XVI (trad. de Francisco Carpio), Madrid, Nerea, 1991, cabe destacar, el contexto especi'fico portuguh, los trabajos de CARVALHO, Jos6 Adriano de Freitas: à ‡ profeta U de Corre na Corte: o Caso (1562-1576) de SimZo Gomes, o ~SapateiroSanto)) (1516-1576)~,en Espiriuafiahde e Corte em Portugal (Siculos X V I a XVIZI), Oporto, Institut0 de Cultura Portuguesa, 1993, pp. 233-260; id., à ‡ "beato U vivo": o P. Ant6nio da Concei~äo C.S.J.E., conselheiro e profeta no tempo de Filipe IIÈViaspiritus, 5 (1998), pp. 13-5 1. 68 Siendo particularmente extensa la bibliografia sobre el sebastianismo, remitimos apenas a algunas de las interpretaciones mis recientes, como son las de CURTO,Diogo Ramada: Ç Bastiäo 0 BastiäoActos politicos e modalidades de crenga, 1578-1603)) en CENTENO,Yvette K. coord.: Portugal. Mitos rwisitados, Lisboa, Salamandra, 1993, pp. 139-176; OLIVARI,Michele: ((Note sul sebastianismo portoghese al tempo di Filippo IIÈStudi storici, 21200, pp. 451-470; id., çUnpropaggine italiana del sebastianismo portoghese: variazioni introno a un vecchio saggio e ad un Gbro recenteÈAnnafi ddia Scuofa Normale Superiore di Pisa. Cfasse di Letten e Pilosoja, 4"serie, 4 (1999), pp. 499-5 17; BERGE,Yves-Marie: Le Roi cacbl. Sauveurs et zmposteun. Mytbespolitiques ppdairej dans L'Europe moderne, Paris, Fayard, 1990. el Portugal de la kpoca, de los çusos politicos que podian derivar de la actividad visionaria y de la imputada santidad de un sujeto, es el conocido episodio de la monja del convento dominico de la Visitacibn, en Lisboa. Sin entrar a relatar un suceso que, de hecho, ha sido numerosas veces analizado, en virtud de la propia implicaci6n que en el mismo tuvieron figuras tan seheras como Luis de Granada69, cabe, sin embargo, llamar la atenci6n sobre el giro que, a partir de determinado momento tomaron algunas de las acusaciones vertidas Contra la religiosa lisboeta. En realidad, de ser foco de la devoci6n de rŸstico y nobles, incluido el propio cardenal Alberto, la monja dominica, tras la derrota de la armada invenczble (en la que se significb por haber bendito los estandartes de las compaiiias portuguesas) y despuks de la condena inquisitorial por sus ~fingimientos~, pas6 a ser asociada, en tanto que elemento perturbador del buen orden (en este caso religioso), a los grupos de oposici6n a Felipe I170.Del mismo modo que la santidad en vida y las atribuidas profecias del loio Ant6nio da ConceigSo fueron aprovechadas Para servir de apoyo al poder filipin07~,en aquellos mismos ahos y, en buena medida, como consecuencia del caso de Maria da Visitagiio, surgen otros episodios de falsa santidad femenina que, en algunos casos, füeroexpresamente asociados al partido antoniano, como sucedi6 con Maria Dias, arrestada y, posteriormente, denunciada a la Inquisicih por el obispo de Coimbra, D. Afonso de Castelo-Branco. En efecto, en una misiva a los miembros del Conselho Gerat do Santo Oficio, el prelado advertia de la familiaridad de esta visionaria con personajes reputados por haber defendido en el pasado el partido de D. Ant6ni0~~. En la actitud del ordinario conimbricense se adivina, no solo el grado de colaboraci6n que buena Parte del episcopado portuguks mantuvo con la Corona, como la acentuada sintonia que, en general, existi6 entre el poder diocesano y Uno de los instrumentos principales de la polftica confesional que desarroll6 el poder regio en Portugal, desde mediados del siglo XVI: el Santo Oficio. En realidad, dicha sintonia -no falta, con todo, de epis6dicos desencuentros- habria de ser una constante en las relaciones entre el episcopado luso y las autoridades inquisitoriales, fruto, no solo de una conformidad ideol6gica en 10 que a la ortodoxia religiosa y su defensa Se refiere (sobre todo en relaci6n con la cuesti6n judeoconversa), sino tarnbikn por la notable circulaci6n que se produjo entre los propios agentes de ambas instituciones, cuyas jerarquias a menudo construyeron 69 HUERGA, hvaro: çIntroducci6na GRANADA, Luis de: Historia de Sor Maria de la Visitacih y Sermö' de las caiahpŸblicasBarcelona, Juan Flors, 1962; id., <<Lavida pseudomistica y el proceso inquisitorial de Sor Maria de la Visitaci6n~,Hispania Sacra, 12 (1959), pp. 35-96 y 333-356. 7 Una revisi6n de la lectura polftica tradicional de este episodio, es la realizada por CURTO, Diogo Ramada: A culturapolitica em Portugal, vol. I , pp. 67-81. 7 Sobre este personaje y el aprovechamiento politico de sus çprofecias~ viase el trabajo de CARVALHO, Josi A. de Freitas: çU"beato vivo": o P. Ant6nio da ConceicäoC.S.J.E., conselheiro e profeta no tempo de Filipe llÈ,pa~& 72 ANTT, Conselho Geral do Santo Oficio, Liv. 91, doc. 35. 90 FEDERICO PALOMO sus carreras en el h b i t o inquisitorial y en el dioce~ano'~. Tras un periodo inicial, entre 1536 y ca. 1575 de organizacidn y desarrollo burocritico e institucional, que tuvo en el cardenal D. Enrique a su principal arquite~to?~, el Santo Oficio portugu6s conoceria, a 10 largo de los reinados de Felipe I1 y de Felipe 111, una etapa que ha sido calificada de çexpansid plena~del aparato inquisitorial, durante la cual, sin que se produjesen alteraciones sustanciales a las lineas de actuaci6n trazadas con anterioridad, Se pusieron en marcha algunas iniciativas que se vertan coronadas con la elaboracidn de un nuevo regimiento inquisitorial (1613)73. Es en el imbito de algunas de dichas iniciativas donde la actitud del episcopado portugu6s resultd fundamental a la hora de concretar los proyectos del Santo Oficio, patrocinados por los tres personajes que sucesivamente ocuparon el cargo de inquisidor-mor en las iiltimas dos dkcadas del siglo XVI: D. Jorge de Almeida, arzobispo de Lisboa (1 578- 1585), el cardenal Alberto (1585-1593196) y D. Antbnio Matos de Noronha, obispo de Elvas (15931961600). La polftica inquisitorial de este periodo estuvo marcada por una progresiva uniformizaci6n de los estilos observados por los diferentes tribunales y una mejor definicidn de las competencias sobre determinados delitos, por los intentos de desarrollar instrumentos de control del territorio que facilitasen la actuaci6n judicial y censora del Santo Oficio, y por la continuacidn de una politica de persecuci6n preferentemente centrada sobre la comunidad judeoconversa, que se movilizaria en los afios finales del reinado de Felipe 11, con el objeto de obtener del monarca un nuevo perd6n general, concedido apenas en 160576. Si la visita de los tribunales inquisitoriales, ordenada por el cardenal Alberto en 1592, constituy6 un primer paso en esa homogenizacih de las prhcticas procesuales observadas en los diferentes distritos del rein0 (Lisboa, Evora y Coimbra), es a raiz de la misma cuando se elaboraron algunas instrucciones no solo orientadas a impedir la actuaci6n de los inquisidores sobre determinados casos, como la blasfemia o aquellos delitos de hechicerfa que pertenecian a la jurisdiccih diocesana77, como destinadas a garantizar una mejor articulacion entre las visitas pastorales y las intervenciones inquisitoriales. En este sentido y con el objeto de garantizar el secreto que sustentaba la eficacia de las acciones 73 PAIVA,Josk Pedro: NOSbispos e a Inquisisäportuguesa (1536-1613)~,Lusitc2nia Sacra, 2a s&ie, 1 5 (2003), pp. 43-76. 74 Sobre el establecimiento del Santo Oficio en Portugal y los prirneros tiempos de construcci6n de su arquitectura institucional y procesual, vhase, en particular, BETHENCOURT,Francisco: La Inquisicidn en la @oca moderna. EspaGa, Portugal, ltalia, siglos XV-XlX, Madrid, Akal, 1997. 73 MAGALHAES, Joaquim Rornero: çE busca dos "tempos" da Inquisicä(1573-1 61S)È Revista de Histwia das ldeias, 912 (1987), pp. 191-228. 76 Ibidem. 77 Treslado da Visitasäde 1592. Publicado en Joaquim Romero Magalhäesop. dt., pggs. 21522 1(la disposici6n relativa a los deiitos de blasfemia y hechiceria, en pig. 2 15). En relacion con la actuaci6n del epsicopado ponuguhs sobre los casos de brujeria, rernitirnos al excelente analisis de PAIVA,Jos6 Pedro: Bmxaria e s@ersti@ numpah 3em 'IqaOs bmxos", 1600-1774, Lisboa, Noticias, 1997. Htspania, LXIVfl, niim. 216 (2004) 63-94 emprendidas por el Santo Oficio, el archiduque Alberto, en su calidad de inquisidor general, solicitaria en esa misma fecha a todos los prelados del reino su colaboraci6n y la de sus oficiales Para que se observasen determinadas cautelas a la hora de proceder Contra quienes, durante el curso de una visita pastoral, fuesen denunciados por culpas pertenecientes al foro inquisitorial78. La respuesta de los ordinarios portugueses a este pedido no parece haber suscitado particulares objeciones, siendo en algunos casos manifiesta la adhesih de los mismos a los procedimientos que dictaba el Santo Oficio, como fue el caso del propio D. Afonso de Castelo Branco79. Con todo, la articulaci6n entre el poder episcopal portuguis y las instancias inquisitoriales se haria patente en relacihn con otros muchos aspectos y, en concreto, con respecto a esa politica de expansi6n que caracteriz6 este periodo, durante el cual se comenzaron a dar algunos pasos -a6n timidos- en la creaci6n de redes perifkricas de oficiales, por medio de los cuales garantizar una mayor presencia de la Inquisicih sobre el territorioso. A este prop6sito, m6.s alli del aprovechamiento que, eventualmente, se hizo de las propias estmcturas diocesanas (arciprestes y vicarios) Para la organizacih de las redes de comisarios, es significativo el apoyo explicito que, en 1584, se pidi6 a los ordinarios portugueses para que nombrasen oficiales en los puertos, encargados de la inspecci6n de barcos y de la entrada de libros prohibidos en el reino81, incidiendo asi en la activa polftica de censura de la Inquisici6n portuguesa, que, en este sentido, recurri6 a kste y otros procedimientos, como la elaboraci6n y publicacion de indices y edictos particulares, la visita a librerias y el ejercicio de revisi6n previa de las obras que se publicaban en el reino8*. 7 La solicitud del archiduque, de hecho, pretendia evitar que los visitadores episcopales iniciaSen cualquier procedirniento judicial Y, en concreto, cualquier interrogatorio que involucrase tanto al denunciado corno a eventuales testigos, siendo, en todo caso, el obispo quien actuase en ese sentido y garantizando la obligacibn del secreto, antes de rernitir la Causa al correspondiente tribunal d e la Inquisicih Asirnisrno, se pedia que no se encarcelase a los sospechosos sin que hubiese indicios de que pudiesen sustraerse al juicio inquisitorial. Viase: Albert0 de Austria, Carta a D. Pedro d e Castilho, obispo de Leiria (Lisboa, 28 de julio de 1592), BA, c6d. 5 1-VIII-8, doc. 50. 79 Sobre este particular y, en general, acerca de este prelado portuguis y de su estrecha colaboraci6n con los tribundes inquisitoriales, cabe referir el trabajo citado de PAIVA,Jose Pedro: <<Os bispos e a Inquisisäportuguesa (15 36-161 3)*, pp. 48-5 3. 0 En relaci6n con la implantaci6n de las redes de cornisarios y familiares de la Inquisici6n portuguesa, bastante rnis tardia y lenta que en el resto de la peninsula Ibirica, viase, BETHENCOURT, Francisco: La lnquisici6n en la $oca moderna, pp. 75-84; TORRES, Josi Veiga: çDrepressäreligiosa para a promocä social: a Inquisicä como instiincia legitimadora de promogä social da burguesia comercial~,Revista Critica de Ciincias Sociais, 40 (1994), pp. 109-135. 1 BETHENCOURT, Francisco: La Inquisition en la Spoca moderna, pp. 258-259. 82 Ibidem, pp. 231-232 y 255-260. Ademks de las pkginas que dedica esta autor a L a actividad censora de la Inquisicih portuguesa, sobre esta cuestih, viase igualmente, REIS, Maria Fitirna dos: *Um livro de visitas a naus estrangeiras. Exernplo de Viana do Castelo (1635-165 l ) ~ en , SANTOS, Maria Helena Carvalhädos, ed.: ,Inquisigio, vol. 11, Lisboa, Universitiria Editora, 1989, pp. 709742; SA, Anur Moreira de, ed.: Indices de livns pyoibidos em Portugal no siculo XVI, Lisboa, INIC, 1983; &GO, Raul: Os i'ndices e x p u r g a t h e a cultura portuguesa, Lisboa, Institute de Cultura e Lfngua 92 FEDERiCO PALOMO Con todo, el problema judeoconverso tue, sin lugar a dudas, la cuesti6n que despertaria un mayor grado de consenso entre la jerarquia diocesana lusa de finales del siglo XVI y las autoridades inquisitoriales, como consecuencia del rigor ortodoxo que caracterizada el catolicismo moderno, pero tambikn de la progresiva reestructuraci6n, desde mediados de la centuria, de las jerarquias eclesiisticas del reino, en funci6n de la propia presencia e impacto de la actividad desarrollada por el Santo Oficio portuguis83. La vehemente recusa de los prelados portugueses a la propuesta, lanzada en 1592 por el cardenal Alberto, de que se elaborase un catecismo especificamente orientado al adoctrinamiento de los conversos84, los avisos para que la Inquisici6n visitase determinadas regiones en las que se sospechaba que hubiese una importante presencia de judaizantess5 y, sobre todo, la movilizaci6n de la jerarquia diocesana portuguesa en visperas del perd6n general de 1605, con el objeto de impedirloS6, son muestras expresivas de la postura adoptada a este respecto por la generalidad de las elites religiosas y eclesiiisticas del Porcugal de finales del siglo XVI, que vieron en la actuaci6n represora inquisitorial un instrumento indispensable para la consecuci6n de la pretendida homogeneidad confesional del reino. En dehitiva, es en esta 6ptica de la confesionalizaci6n cat6lica y de los trazos que la caracterizaron dentro del contexto portuguks de la segunda mitad de la centuria de 1500, donde cabe inscribir la politica religiosa seguida por Felipe I1 en relaci6n con las jerarquias eclesiiisticas y religiosas de la Corona incorporada en 158 1 a su Monarquia. A pesar de los numerosos aspectos que cabria abordar en torno a esta cuesti6n y siendo que, en las presentes piiginas, apenas se ha pretendido esbozar algunos de los elementos que orientaron dicha politiCa, todo parece indicar, sin embargo, que la estrategia del monarca estuvo caracterizada por la continuidad en el desarrollo de 10 que habian sido las lineas de fuerza establecidas, con un marcado tenor confesional, por los Ultimos representantes de la dinastia de Avis. En este sentido, las condiciones que, a 10 largo del siglo XVI, articularon las relaciones entre la Corona portuguesa y los diferentes grupos de poder religioso constituyeron la base sobre la cual asentaria la posici6n de la jerarquia eclesiistica portuguesa en las negociaciones de Portuguesa, 1982; REVAH, I.S.: La censure inquisitoriale portugaise au XVIe siede, Lisboa, Institute de Aha Cultura, 1960. 83 BETHENCOURT, Francisco: Inquis& en La +oca modema, p. 458. 84 Varias de las cartas de los obispos portugueses, escritas a prop6sito de esta cuesti6n, se encuentran en ANTT, Conselho Geral do Santo Oficio, Liv. 91, docs. 50, 51,64, 69, 70 y 72. 85 Aunque para un periodo relativamente posterior, cabe sefialar el papel que desempefi6 el obispo D. Francisco de Meneses en la campaiia represora que emprendi6 la Inquisici6n en la di6cesis del Aigarve, en la dkcada de 1630; MAGALHÄES Joaquim Romero: Ç assim se abriu juidaismo no Aigarve~,Rwista da Universidadede Coimbra, 29 (1983), pp. 1-73. 86 En relaci6n con el perd6n general de 1605 y la movilizaci6n de la jerarquia eclesiAstica portuguesa, vianse los estudios clisicos de AZEVEDO,Josk LŸci de: Histbria dos CristüoNovos Portugueses [1921}, Lisboa, Livraria Clissica, 1975, pp. 149-170; y de CAROBAROJA,Julio: Los judios en la Espana modema y contmpordnea, vol. I, Madrid, Istmo, 1986, pp. 359-369. Tomar y, posteriormente, su peso en el espacio politico del Portugal filipino. La elecci6n del archiduque Alberto como virrey, tras la salida de Felipe I1 en 1583, supuso el recurso a una f6rmula que no se distanciaba de las ensayadas en el pasado por la propia monarquia portuguesa, situando a la cabeza del poder secular y eclesihstico del reino a quien, en su condicibn de miembro de la dinastia de Habsburgo y hombre de Iglesia, estaba en situacibn de acumular la funci6n de representacibn del monarca con las no menos estrategicas de inquisidor general y legado pontificio. Los amplios poderes que, en esta Ÿltim ocupacidn, el Papa concedi6 al sobrino de Felipe 11, dieron al nuevo monarca un margen de maniobra suficiente a la hora de suprimir la contestacibn a su candidatura, que habia tenido una particular incidencia entre algunos grupos y miembros del clero, asi como resortes extraordinarios -mhs allh de los instrumentos habituales- con los que poder controlar el gobierno de determinadas congregaciones religiosas y tutelar una poderosa jerarquia diocesana. A pesar de enfrentamientos epis6dicos, que no se pueden deslindar de 10 que tue un aspecto recurrente en las relaciones entre la Corona y el poder eclesiistico durante el periodo modern0 y que se deben interpretar, ademhs, en funci6n de las l6gicas que, en la ipoca, regfan el ejercicio de la politica, los obispos portugueses no dejaron de ser un Instrument0 fundamental en la propia legitimacibn y consolidaci6n de la realeza de Felipe 11. Dentro del marco de garantia de sus privilegios como cuerpo, establecido en un Estatuto de Tomar demasiado cercano en el tiempo Para que pudiese sufrir alteraciones de peso, la jerarquia diocesana portuguesa no solo continu6 teniendo una presencia importante en las mis altas instancias de gobierno del reino, como consigui6 rnantener una capacidad considerable de intervencih sobre la sociedad, por medio del ejercicio de una justicia miis amplia que la reconocida a los obispos castellanos, y mediante el desarrollo de estructuras y mecanismos burocriiticos de gobierno y control del territorio, orientados a reforzar la propia autoridad de los ordinarios dentro del espacio diocesano. Esta presencia del poder episcopal, en realidad, hizo de los prelados lusos piezas esenciales a la hora de construir consensos en torno a la figura del nuevo monarca y de su politica, especialmente allf donde los objetivos perseguidos por Felipe I1 permitian una mejor movilizaci6n de argumentos de carhcter religioso, por medio de los cuales apelar a una identidad cat6liCa, que bien se podfa ver amenazada por los peligros hereticos representados por las continuas incursiones de los aliados ingleses de D. Antonio, bien encontraba toda suerte de tibiezas y sospechas en una comunidad judeoconversa, sometida a la accih que, bajo la mirada de la Corona y con el s o s t h decidido de los diocesanos, desarrollaban los tribunales inquisitoriales portugueses.