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Jurisprudencia, RRDGRN y bases gráficas registrales Dra. Calzadilla Medina acmedina@ull.es Facultad de Derecho - ULL 15 de diciembre de 2009 Nuevas tecnologías Mejora de la calidad del servicio Modernización del Registro de la Propiedad Geoportal Es un punto de acceso vía Internet a información geográfica. «Geoportal Inspire»: un sitio internet o equivalente que preste servicios de proveedor de acceso a los servicios mencionados en el artículo 11, apartado 1 de la Directiva. La base gráfica registral Es la traducción gráfica de la inscripción registral, o sea es la planimetría registralmente inscrita en el folio. Sin inscripción no puede haber base gráfica. Constituyen una herramienta importante para el Registrador. eficaz e Proyecto Geobase Programa informático para la Implantación de Bases Gráficas Registrales en España Proyecto Igriam Información gráfica registral iberoamericana http://www.igriam.org/ Procedimiento El título presentado a inscribir es revisado por el Registrador para determinar si, en base a los datos identificativos aportados, es aceptable o no el estudio de la representación gráfica de la finca registral. Si no es aceptable, se prescinde de llevar a cabo ninguna operación gráfica. Si es aceptable, el técnico configura (traza digitalmente un perímetro gráfico sobre la ortofotografia o cartografía del terreno) la base gráfica de la finca registral en base al material identificativo aportado en el título presentado a inscribir. Terminada la configuración, el técnico somete su trabajo a la consideración del Registrador para que este “valide” la base gráfica registral o decida no hacerlo. La validación es aquella operación jurídica de carácter registral en virtud de la cual el Registrador manifiesta que la base gráfica creada es coincidente en su identidad con la descripción alfanumérica o literaria que de la misma se hace en los libros registrales. Las bases gráficas validadas quedan en el archivo de bases gráficas de cada Registro y se expiden con el resto de publicidad a los ciudadanos. Las bases gráficas no validadas quedan con carácter provisional, sin producir de manera directa efecto jurídico alguno. Algunas ventajas de las bases gráficas registrales Evita la doble inmatriculación Facilita la apreciación registral de los “excesos de cabida” Permite acumular una visión histórica de las fincas Ayuda a la identificación de las fincas (sobre todo de las viales y de las discontínuas) pues permiten saber dónde se encuentran las mismas y cuáles son sus linderos exactos Etc. Pero… … en la práctica, se plantean dos problemas diferentes i.- LA APLICACIÓN DE LAS BASES GRÁFICAS ¿Aplicarán en un supuesto de hecho concreto nuestros tribunales y/o la DGRN lo que las bases gráficas registrales reflejan? ¿Puede un geoportal jurisprudencia? ¿Se aplicarse en ha aplicado ya en alguna ocasión? la ii.- De aplicarse ¿qué efectos tendrán? ¿Tienen o pueden llegar a tener efectos jurídicos propios? La aplicación… … prácticamente momento no existe hasta el Estudio desde la óptica de INSPIRE temas relacionados con la información territorial, el catastro y su tradicional necesidad de coordinación con el Registros de la Propiedad (lo cuál cobra aún mayor importancia en el tema de la delimitación de la finca), la inmatriculación de las fincas, los límites de la publicidad de los datos de puro hecho, etc. LA DGRN RDGRN, 13-10-2009, “(…) puede ser que la descripción que ahora se pretende registrar sea totalmente coincidente con el Catastro, pero no sólo no se acredita que sea la misma finca inscrita, sino que todas las deducciones lógicas llevan a la conclusión que la finca catastral nada tiene que ver con la finca registral”. RDGRN, 17-2-2009 Se dirige recurso gubernativo contra la negativa del Registrador de la Propiedad a la constancia registral de la superficie de una finca urbana al existir contradicciones con lo que señala la certificación catastral de la finca. no es posible que la superficie construida, de 297 metros se sitúe en solo dos plantas, siendo la superficie del solar de 66 metros cuadrados. LA JURISPRUDENCIA TSJ Madrid de 6 de febrero de 2008 Se menciona el programa GEOBASE pero no se utiliza ni analiza. AP Sta Cruz de Tenerife, Sección 3ª, S 575 de 15 de Diciembre de 2008 Permuta de finca como cuerpo cierto (se define por los linderos y no por la cabida). Se utiliza la base gráfica como una prueba documental más. EFECTOS Existen opiniones contradictorias. Dependiendo de cómo haya sido validada la base gráfica ésta tendrá un valor diferente: Como mero dictamen profesional u opinión del Registrador: en los casos en los que el titular registral no está de acuerdo. Con efectos identificativos similares a los de la inscripción registral: cuando está de acuerdo el titular registral. Con efectos descriptivos: cuando estén de acuerdo el titular registral y los colindantes y se utilice soporte cartográfico oficial. Conclusiones 1.- El sistema de bases gráficas registrales se erige en un pilar básico en el sistema registral en España, con una proyección exterior y hacia el futuro enorme. 2.- Con carácter general, los geoportales, las bases gráficas van a poder ser utilizados como medios de prueba en los Tribunales y, probablemente, dada su digitilización y dinamismo, irán consolidándose en nuestro sistema jurídico. 3.- Hasta el día de hoy, dada su reciente creación, ni la DGRN ni la Jurisprudencia (salvo las excepciones mencionadas) han tenido ocasión de pronunciarse sobre cómo deben ser aplicados y sobre cuál es exactamente su valor probatorio. MUCHAS GRACIAS