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Subcomisión de Firma Electrónica Avanzada
PROCEDIMIENTO DE VERIFICACIÓN DE LA UNICIDAD DE LA
CLAVE PÚBLICA
Versión
1.0
Fecha de
elaboración
25 de julio del 2006
Fecha de
aprobación
23 de agosto del 2006
1
Fecha de
publicación en
Internet
24 de agosto del 2006
Subcomisión de Firma Electrónica Avanzada
PROCEDIMIENTO DE VERIFICACIÓN DE LA UNICIDAD DE LA
CLAVE PÚBLICA
Se entiende por validación de unicidad de clave pública a la consulta que se
realiza a un repositorio de claves públicas para verificar que una nueva clave no
ha sido registrada previamente mediante otro Certificado emitido por alguna AC
que integre la ITFEA.
Este procedimiento lo deben realizar las AC como paso previo a la emisión de un
Certificado Digital, y se llevará a cabo a través de la Institución Encargada de
Verificar la Unicidad de la Claves Públicas.
Si se llegara a detectar por medio de este servicio la colisión de dos claves
públicas, las AC tienen la obligación de revocar inmediatamente el Certificado
comprometido, y la AC emisora no expedirá el Certificado requerido.
Para que las AC de la ITFEA puedan verificar la unicidad de las claves públicas,
es necesario que cumplan con los siguientes requisitos:
1. Obtener un Certificado para efectos de comunicación, emitido por la
Institución Encargada de Verificar la Unicidad de las Claves Públicas. Este
Certificado de comunicación será utilizado exclusivamente para establecer
la conexión entre una AC y la Institución antes referida.
2. Mantener una conexión dedicada y permanente con la Institución
Encargada de Verificar la Unicidad de la Claves Públicas.
3. Implantar el Protocolo de Mensajes Firmados que para tales efectos se
acordará entre la AC y la Institución Encargada de Verificar la Unicidad de
las Claves Públicas.
Solicitud de Certificado de Comunicación
Las AC solicitarán el Certificado para efectos de comunicación ante la
Subcomisión y ésta lo gestionará con la Institución Encargada de Verificar la
Unicidad de las Claves Públicas.
Dicho Certificado será independiente del Certificado raíz que las AC utilizan para
la emisión de Certificados Digitales de FEA.
Conexión con la Institución Encargada de Verificar la Unicidad de las Claves
Públicas
Para establecer comunicación con la Institución Encargada de Verificar la Unicidad
de las Claves Públicas se requiere de un enlace dedicado de al menos 512kb con
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disponibilidad 24x7. Dicho enlace deberá contar con una continuidad del
99.999%, contemplando redundancia del mismo.
Protocolo de Mensajes Firmados
Las AC obtendrán el Protocolo de Mensajes Firmados a través de la Institución
Encargada de Verificar la Unicidad de las Claves Públicas y realizarán las pruebas
tecnológicas que este último determine a fin de comprobar su conectividad.
Esquema del mecanismo de verificación de la unicidad de las claves
públicas
El mecanismo de verificación de la unicidad de las claves públicas se describe en
la Figura 1.
AC
SFP
AC
SAT
INSTITUCIÓN
ENCARGADA DE
VERIFICAR LA
UNICIDAD DE LAS
CLAVES PÚBLICAS
AC
APF
AC
SE
AC
“X”
AC
PSC
Figura 1
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