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PROTECCIÓN PROTECCIÓN DE DE LA LA MATERNIDAD MATERNIDAD (EMBARAZO (EMBARAZO Y Y LACTANCIA LACTANCIA NATURAL) NATURAL) RIESGOS HIGIÉNICOS Santander, 12 de marzo de 2014 M. Arenas Sardá montserrat_arenas@fremap.es Introducción. Gestación y cambios fisiológicos Riesgos para la trabajadora y para el feto Normativa específica y normativa relacionada Identificación y valoración de los riesgos. Pautas de actuación Maternidad y lactancia natural Agentes químicos Agentes físicos Agentes biológicos 2 Introducción Derecho a la protección de la salud Constitución Constitución Española Española Artº Artº 40.2 40.2 :: “Los “Los poderes poderes públicos públicos velarán velarán por por la la seguridad seguridad ee higiene higiene en en el el trabajo” trabajo” Artº Artº 43.1: 43.1: “Se “Se reconoce reconoce el el derecho derecho aa la la protección protección de de la la salud…” salud…” Ley Ley 31/1995 31/1995 Artº Artº 14: 14: Obligación Obligación empresarial empresarial de de proteger proteger la la seguridad seguridad yy la la salud salud de de los los trabajadores trabajadores aa su su servicio servicio Artº Artº 15: 15: Principios Principios de de la la acción acción preventiva preventiva Artº Artº 25: 25: Trabajadores Trabajadores especialmente especialmente sensibles sensibles Artº Artº 26: 26: Protección Protección de de la la maternidad maternidad 3 Introducción Principios de la acción preventiva Protección salud trabajadores Eliminando riesgos (pr o Su duc stitu tos , pr ción o ces os, …) Minimizando riesgos s a d i vas d Me enti ción ev ustitu r P ≠s 4 Introducción Trabajadores sensibles Trabajadores sensibles Condiciones personales Menores Menores Hiperreactividad Hiperreactividad química química Otras Otras alteraciones alteraciones no no incapacitantes incapacitantes Estado biológico conocido Embarazo Parto reciente Lactancia Discapacidades reconocidas Físicas Físicas Psíquicas Psíquicas Sensoriales Sensoriales (Ley PRL. Art. 25) 5 Introducción Principios básicos Riesgo Riesgo clínico clínico Factores Factores sociodemográficos: sociodemográficos: edad edad materna materna <15 <15 aa oo >35 >35 aa índice índice de de masa masa corporal corporal <20 <20 oo >29 >29 consumo consumo de de alcohol, alcohol, tabaco,... tabaco,... Antecedentes Antecedentes reproductivos reproductivos (abortos (abortos de de repetición, repetición, partos partos pretérmino, pretérmino, etc) etc) Antecedentes Antecedentes médicos médicos (hipertensión, (hipertensión, cardiopatías, cardiopatías, problemas problemas respiratorios, respiratorios, tratamientos tratamientos crónicos, crónicos, sensibilizaciones sensibilizaciones químicas,...) químicas,...) Embarazo Embarazo actual actual (patología (patología obstétrica) obstétrica) REM REM yy RLN RLN Agentes Agentes físicos físicos químicos químicos yy biológicos, biológicos, procedimientos procedimientos yy condiciones condiciones de de trabajo trabajo que, que, no no suponiendo suponiendo riesgo riesgo en en otra otra situación, situación, lo lo pueden pueden ser ser para para la la trabajadora trabajadora embarazada embarazada oo en en situación situación de de lactancia lactancia natural natural 6 Gestación y cambios fisiológicos Riesgos laborales / Repercusiones sobre la madre. EMBARAZO ALTERACIONES FUNCIONALES Y METABÓLICAS DIM. CORPORALES CAMBIOS HORMONALES Ag. químicos Ag. físicos (Tª, Vibraciones) Ag. biológicos Aumento actividad tiroidea Frecuencia cardiaca Frecuencia respiratoria sudoración excesiva DIM. CORPORALES ergonomía del puesto > Exigencias O2 7 Gestación y exposiciones laborales (efectos sobre el feto) Teratogénesis Cáncer Aborto espontáneo Muerte AGENTES QUÍMICOS AGENTES FÍSICOS AGENTES BIOLÓGICOS Energía radiante Efectos térmicos (RNI) Cáncer (RI) Energía térmica Efectos térmicos Energía mecánica Sordera/ Abortos Toxoplasma y Virus rubeola Aborto/muerte fetal/ malformaciones Resto AABB Infecciones/ anomalías/muerte 8 Protección de la maternidad Normativa específica Directiva Marco PRL 89/391/CE Art. 15 Ley 31/1995(Art. 15) Artº 25. T. Especialmente sensibles Artº 26. Maternidad T. Especialmente sensibles RD 39/1997 Artº 4.Contenido de la evaluación Directiva 92/85/CE RD 298/2009 Maternidad Modificación RD 39/1997 9 Protección de la maternidad Normativa relacionada Ley 39/1999 Ley 3/2007 Para promover la conciliación de la vida familiar y laboral de las personas trabajadoras Para la igualdad efectiva de mujeres y hombres Modificaciones a: RD39/199 7 Ley 1/1995 Estatuto de los Trabajadores Ley 2/1995 de procedimiento laboral Ley 31/1995 de prevención de RRLL Suspensión de contrato por riesgo de embarazo Nulidad de la rescisión de contrato por situación de embarazo,… Evaluación de riesgos específica. Adecuación del pt Cambio de pt RD298/2009 10 Objetivo de las normas Cumplimiento Normas PRL Trabajadores, en general Ley 39/1999 RD 39/1997 RD298/2009 Trabajadoras en situación de embarazo, parto reciente o lactancia 11 RD 298/2009 ANEXO VII (Riesgos que necesitan valorarse) lista no exhaustiva de agentes, procedimientos y condiciones de trabajo (*) que pueden influir negativamente en la salud de las trabajadoras embarazadas o en período de lactancia natural, del feto o del niño durante el período de lactancia natural…. (*) sin especificar. Se tendrán en cuenta las consideradas por La Directiva COM (2000), 466 final 12 RD 298/2009. Anexo VII (REM y RLN) Agentes. Agentes físicos, cuando se considere que puedan implicar lesiones fetales o provocar un desprendimiento de la placenta, en particular: a) choques, vibraciones o movimientos. b) manejo manual de cargas c) ruido e) radiaciones no ionizantes f) frío y calor extremos 13 RD 298/2009. Anexo VII (REM y RLN) Agentes Agentes biológicos.- Agentes biológicos de los grupos de riesgo 2, 3 y 4, según la clasificación de los agentes biológicos establecida en el RD 664/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo, en la medida en que se sepa que dichos agentes o las medidas terapéuticas que necesariamente traen consigo ponen en peligro la salud de las trabajadoras embarazadas o del feto y siempre que no figuren en el anexo VIII (Toxoplasma y virus de la rubeola) 14 RD 298/2009. Anexo VII (REM y RLN) Agentes. Agentes químicos .– Los siguientes agentes químicos, en la medida en que se sepa que ponen en peligro la salud de las trabajadoras embarazadas o en período de lactancia, del feto o del niño durante el período de lactancia natural y siempre que no figuren en el anexo VIII: a) Las sustancias etiquetadas R 40, R 45, R 46, R 49, R 68, R 62 y R63 por el Reglamento sobre clasificación, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas, aprobado por el Real Decreto 363/1995, de 10 de marzo, o etiquetadas como H351, H350, H340, H350i, H341, H361f, H361d y H361fd por el Reglamento (CE) n.º 1272/2008 del Parlamento Europeo, en la medida en que no figuren todavía en el anexo VIII. 15 RD 298/2009. Anexo VII (REM y RLN) b) Los agentes químicos que figuran en los anexos I y III del Real Decreto 665/1997 c) Mercurio y derivados d) Medicamentos antimitóticos e) Monóxido de carbono f) Agentes químicos peligrosos de reconocida penetración cutánea Procedimientos. Procedimientos industriales que figuran en el anexo I del Real Decreto 665/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo.» 16 RD 298/2009 ANEXO VIII (Prohibido el riesgo de exposición) Parte A: lista no exhaustiva de agentes y condiciones de trabajo a las que la trabajadora embarazada no podrá exponerse Parte B: lista no exhaustiva de agentes y condiciones de trabajo a las que la trabajadora en periodo de lactancia no podrá exponerse 17 RD 298/2009. Anexo VIII-A (REM) Agentes a) Agentes físicos: Radiaciones ionizantes. Trabajos en atmósferas de sobrepresión elevada b) Agentes biológicos: Toxoplasma. Virus de la rubeola. Salvo si existen pruebas de que la trabajadora embarazada está suficientemente protegida contra estos agentes por su estado de inmunización. c) Agentes químicos: Las sustancias etiquetadas R60 y R61 Los C y M sin VLA Plomo y derivados absorbibles por el organismo 18 RD 298/2009. Anexo VIII-A (REM) Condiciones de trabajo: Trabajos de minería subterráneos RD 298/2009. Anexo VIII-B (RLN) Agentes químicos Las sustancias etiquetadas R64 Los C y M sin VLA Plomo y derivados absorbibles por el organismo Condiciones de trabajo: Trabajos de minería subterráneos 19 El procedimiento, paso a paso CAMBIO Puesto trabajo Comprobar si se trata de un puesto incluido en la “lista de puestos exentos de riesgo REM o RLN” Obligación empresarial: Disponer de una lista de puestos exentos de riesgo durante el embarazo y la lactancia natural. (Ley 39/1999, de 5 de noviembre, para promover la conciliación de la vida familiar y laboral de las personas trabajadoras y modificación correspondiente en la Ley 31/1995. Artº 26). 20 Si no está incluido, seguir diagrama de la imagen La trabajadora COMUNICA su estado a la empresa NO EXISTEN condiciones de riesgo para su situación 1 EXISTEN condiciones de riesgo para su situación Suspensión contrato por REM Adecuación de condiciones de trabajo no 3 Cambio de puesto de trabajo no si 2 Condiciones seguras Revisión EIR 3 si 2 21 Textos de consulta para la valoración de riesgos durante el EMBARAZO y la LACTANCIA 22 23 Guías para la valoración del riesgo durante el EMBARAZO y la LACTANCIA, propuestas por el Mº Trabajo e Inmigración Informe SEGO (Sdad. Española de Ginecología y Obstetricia). Año 2008 “Orientaciones para la valoración del riesgo laboral y la incapacidad temporal durante el embarazo” Informe AEP (Asociación Española de Pediatría). Año 2008 “Orientaciones para la valoración del riesgo laboral durante la lactancia natural” 24 Guías para la valoración del riesgo durante el EMBARAZO y la LACTANCIA, propuestas por el Mº Trabajo e Inmigración Guía INSHT (Mº de Empleo y Seguridad Social). Noviembre/2011 “Directrices para la evaluación de riesgos y protección de la maternidad en el trabajo” 25 Otras guías para la valoración de riesgos durante el EMBARAZO y la LACTANCIA “guía clínico-laboral para la prevención de riesgos durante el embarazo, Parto reciente y lactancia en el ámbito sanitario. (Asociación Española de Especialistas en Medicina del Trabajo. AEEMT. Grupo Sanitario). Año 2008 “guía de valoración de riesgos laborales en el embarazo y lactancia en trabajadoras del ámbito sanitario” (ANMTAS. Asociación Nacional de Medicina del Trabajo en el Ámbito Sanitario) , s/acuerdo con ENMT (Escuela Nacional de Medicina del Trabajo) del Instituto de Salud Carlos III. Año 2008 26 Otras guías para la valoración de riesgos durante el EMBARAZO y la LACTANCIA a “guía médica para la valoración de los riesgos profesionales efectos de la Prestación de Riesgo durante el embarazo y Riesgo en la lactancia” (AMAT. Asociación MATEPSS). Año 2008 “prevención de riesgos laborales de la trabajadora en situación de embarazo, que haya dado a luz o de lactancia” (OSALAN. Inst. Vasco Seguridad y Salud). Año 2005 27 Otras guías para la valoración de riesgos durante el EMBARAZO y la LACTANCIA “guía sindical para la prevención de riesgos laborales para la reproducción, el embarazo y la lactancia” (ISTAS. Inst. Sindical de Trabajo, Ambiente y Salud - CCOO) 2ª Ed. Noviembre/2008 Bases del estudio: •Directiva 92/85/CE •Directrices de la Comisión Europea COM (2000) 466 final •Guías de Buenas Prácticas (Mº Trabajo y Asuntos Sociales) •Recomendaciones de Comisiones Obreras •Informe SEGO •Informe AEP 28 Otras guías para la valoración de riesgos durante el EMBARAZO y la LACTANCIA “Reproducción, embarazo y lactancia . Guía para la Prevención de riesgos laborales” (UGT). Edición 2001 Utiliza los criterios de valoración del riesgo durante embarazo y lactancia recogidos en las Guías Técnicas correspondientes, publicadas por el INSHT 29 Resumen de contenidos de las Guías Utilizan criterios comunes, basados en la Directiva 92/85/ CE así como en los informes SEGO y AEP, a excepción de los contenidos en la Guía de UGT, por su fecha de publicación anterior a éstos. En su favor, la utilización de criterios de las Guías Técnicas del INSHT. 30 Procedimiento para la valoración del riesgo durante el EMBARAZO y la LACTANCIA, 1 Identificación de REM o RLN (RD 298/2009) 2 Valoración de la situación 1. Informes SEGO/AEP 2. Normativa PRL y Guías INSHT 3. Guías AEEMT y ANMTAS 31 RD 298/2009 ANEXO VII (embarazo y lactancia) Agentes Físicos (excluidas MMC y r. posturales) Exposiciones a valorar AGENTES FÍSICOS, cuando se considere que puedan implicar lesiones fetales o provocar un desprendimiento de la placenta, en particular: Comparación de normas Directiva 92/85/CE Anexo I RD 298/2009 Anexo VII a) choques, vibraciones o movimientos. a) choques, vibraciones o movimientos. c) ruido c) ruido d) Radiaciones Ionizantes (*) Anexo VIII e) Radiaciones No Ionizantes (RNI) e) Radiaciones No Ionizantes (RNI) f) frío y calor extremos f) frío y calor extremos (*) EURATOM 80/836 y posteriores actualizaciones EURATOM 96/29 33 Agentes Físicos (excluidas MMC y r. posturales) Exposiciones a valorar Choques, vibraciones o movimientos RIESGOS Los efectos de las vibraciones pueden agravar las condiciones de salud de la trabajadora gestante, por los cambios funcionales asociados al embarazo. POSIBLES EFECTOS DE LAS VIBRACIONES EFECTOS POTENCIADORES POR ALTERACIONES FUNCIONALES EN EL EMBARAZO Lumbalgia, lumbociática, hernias discales (VCE) Lordosis lumbar Afecciones osteoarticulares (VMB) STC por retención de líquidos y > compresión en muñecas (st, en el último trimestre) Problemas vasculares Periféricos (hemorroides, varices,…) Compresión sobre la vena cava inferior, por aumento de peso del útero (hemorroides, varices,…) Deben añadirse los efectos mecánicos asociados a los desprendimientos de placenta, partos pre-término y abortos espontáneos 34 Agentes Físicos (excluidas MMC y r. posturales) Exposiciones a valorar Choques, vibraciones o movimientos VALORACIÓN y MED. PREV. Informe SEGO La exposición a las vibraciones que abarquen a todo el cuerpo (manejo de tractores, maquinaria pesada, manejo de vehículos de gran tonelaje en terrenos irregulares, etc) son de riesgo para el embarazo, sobre todo en el último trimestre. 35 Agentes Físicos (excluidas MMC y r. posturales) Exposiciones a valorar Choques, vibraciones o movimientos VALORACIÓN y MED. PREV. Guía INSHT – protección maternidad Las frecuencias de las vibraciones de cuerpo entero más importantes, pues coinciden con las frecuencias fundamentales de vibración de órganos y tejidos, son las comprendidas entre 1 y 80 Hz (vehículos de transporte,tractores, maquinaria automotora) 36 Agentes Físicos (excluidas MMC y r. posturales) Exposiciones a valorar Choques, vibraciones o movimientos VALORACIÓN y MED. PREV. Guía INSHT - vibraciones / COM(2000) 466 final Guía INSHT – protección maternidad organizar el trabajo de modo que las mujeres embarazadas NO REALICEN ACTIVIDADES QUE CONLLEVEN UN RIESGO DERIVADO DE VIBRACIONES INCÓMODAS EN TODO EL CUERPO, especialmente a bajas frecuencias 37 Agentes Físicos (excluidas MMC y r. posturales) Exposiciones a valorar Choques, vibraciones o movimientos VALORACIÓN y MED. PREV. APENDICE 1.- “no se ha encontrado ningún estudio que permita establecer un valor límite de exposición, a las vibraciones de cuerpo entero, aplicable a mujeres embarazadas. Sin embargo, algunos de estos estudios desaconsejan el trabajo en las siguientes situaciones: • • • • • • • • Conducción de autobuses de largas distancias Conducción de metro, tranvías o equivalentes Conducción de grúas eléctricas Conducción de carretillas elevadoras Conducción de vehículos pesados y agrarios Conducción de camiones de transporte Conducción de helicópteros y situaciones similares Trabajo sobre compactadoras de cemento “ 38 Agentes Físicos (excluidas MMC y r. posturales) Exposiciones a valorar Choques, vibraciones o movimientos VALORACIÓN y MED. PREV. APENDICE 2.salvo situaciones de especial susceptibilidad del trabajador el riesgo se considera ACEPTABLE cuando no se alcanza el valor que da lugar a una acción: • • Vibraciones Cuerpo Entero (VCE), 0,5 m/s2 Vibraciones Mano-Brazo (VMB), 2,5 m/s2 39 Agentes Físicos (excluidas MMC y r. posturales) Exposiciones a valorar Choques, vibraciones o movimientos VALORACIÓN y MED. PREV. Guía clínico-laboral AEEMT Los valores de referencia legales se consideran de riesgo para el embarazo sobre todo en el último trimestre del mismo (parto prematuro o feto de bajo peso al nacer, y mayor porcentaje de abortos espontáneos, por desprendimiento de placenta y/o lesiones fetales). El trabajo se organizará de modo que las mujeres embarazadas o que hayan dado a luz recientemente no realicen actividades que conlleven un riesgo derivado de vibraciones incómodas en todo el cuerpo, especialmente a bajas frecuencias, o de choques o sacudidas en la parte inferior del cuerpo. 40 CASO REAL: Sentencia Juzgado de lo Social nº ASUNTO: Azafata de AVE, que solicita prestación desde el comienzo de su embarazo 41 Agentes Físicos (excluidas MMC y r. posturales) Exposiciones a valorar Ruido RIESGOS El ruido va a afectar al feto cuando se esté desarrollando su sistema de audición. Las medidas de protección que deba utilizar la madre no protegen al feto. POSIBLES EFECTOS DEL RUIDO EFECTOS POTENCIADORES POR ALTERACIONES FUNCIONALES EN EL EMBARAZO Hipoacusia N.A. Otros (estrés, aumento de la presión sanguínea, fatiga, alteraciones del sueño,…) Aumento de la frecuencia cardiaca y respiratoria 42 Agentes Físicos (excluidas MMC y r. posturales) Exposiciones a valorar Ruido VALORACIÓN y MED. PREV. Informe SEGO Los efectos patológicos para el embarazo son desprendimientos de placenta, mayor probabilidad de parto pretérmino y abortos espontáneos. En condiciones de ruido excesivo (más de 80 dB) se debe retirar a la mujer embarazada de dichos puestos a partir de la semana 20 o 22. 43 Agentes Físicos (excluidas MMC y r. posturales) Exposiciones a valorar Ruido VALORACIÓN y MED. PREV. Guía técnica INSHT y Guía clínico-laboral AEEMT A partir de la semana 24 de gestación se empieza a desarrollar la cóclea del futuro niño y en la semana 28 las vías auditivas funcionan correctamente. La transmisión del sonido a través del líquido amniótico se produce de forma que los ruidos de baja frecuencia (125 Hz) son amplificados 3,7 dB de media mientras que los de alta frecuencia (4000 Hz) son atenuados en más de 10 dB. 44 Agentes Físicos (excluidas MMC y r. posturales) Exposiciones a valorar Ruido VALORACIÓN y MED. PREV. Guía INSHT – protección maternidad los ruidos más lesivos son esencialmente aquellos en los que predominan las bajas frecuencias, siendo el período crítico el último trimestre 45 Agentes Físicos (excluidas MMC y r. posturales) Exposiciones a valorar Ruido VALORACIÓN y MED. PREV. Guía técnica INSHT y Guía clínico-laboral AEEMT El Comité Médico Provincial de salud en el trabajo del Québec así como otros investigadores recomiendan no exponer a las mujeres embarazadas de más de 25 semanas a un nivel diario equivalente superior o igual a 80 – 85 dB(A). Aconseja especial atención a la exposición combinada a ruido y otros factores de riesgo como ototóxicos, vibraciones o turnos. 46 Agentes Físicos – Vibraciones y Ruido LACTANCIA NATURAL VIBRACIONES Las vibraciones en general y las de cuerpo entero en particular, no presentan mayor riesgo para las trabajadoras lactantes. RUIDO Con respecto al ruido, no existen publicaciones que demuestren que se produzca un mayor riesgo en las trabajadoras lactantes que en otras trabajadoras. 47 Agentes Físicos (excluidas MMC y r. posturales) Exposiciones a valorar POSIBLES EFECTOS DE LAS RADIACIONES NO IONIZANTES Radiaciones No Ionizantes RIESGOS EFECTOS POTENCIADORES POR ALTERACIONES FUNCIONALES EN EL EMBARAZO Efectos térmicos sobre órganos N.A. poco vascularizados (ojos, testículos) 48 Agentes Físicos (excluidas MMC y r. posturales) Exposiciones a valorar Radiaciones No Ionizantes VALORACIÓN Y MED. PREV Informe SEGO Son dudosos los efectos genéticos y sobre la reproducción Las radiaciones no ionizantes presentes en las pantallas de visualización de datos, líneas de alta tensión, aparatajes de uso médico…, en las dosis de los puestos de trabajo con ellos relacionados, no se ha demostrado que tengan un efecto negativo en el embarazo y, por tanto, no deben tenerse en cuenta en este sentido. 49 Agentes Físicos (excluidas MMC y r. posturales) Exposiciones a valorar Radiaciones No Ionizantes VALORACIÓN Y MED. PREV COM(2000) 466 final No puede excluirse la posibilidad de que la exposición electromagnética, incluida la vinculada a: • los tratamientos por onda corta, • la soldadura de plásticos y la • vulcanización de adhesivos pueda aumentar el riesgo para el feto. Se aconseja reducir al mínimo esta exposición 50 Agentes Físicos (excluidas MMC y r. posturales) Exposiciones a valorar Radiaciones No Ionizantes VALORACIÓN Y MED. PREV Guía clínico-laboral AEEMT Guía de valoración ANMTAS aunque no existen evidencias científicas para considerarlas de alto riesgo, como medida de precaución: se deberá reducir al mínimo la exposición a radiaciones no ionizantes (sobre todo onda corta) durante el embarazo 51 Agentes Físicos (excluidas MMC y r. posturales) Exposiciones a valorar Radiaciones No Ionizantes VALORACIÓN Y MED. PREV Guía INSHT –protección maternidad Los posibles efectos biológicos de las radiaciones de RF y MO sobre el organismo son en todo caso los que se describen para el resto de individuos y todos parecen derivarse del calentamiento previo de órganos y tejidos. El aumento de temperatura (1ºC) necesita de una dosis de cierta magnitud (0,4 W/Kg), que no es fácil alcanzar, siendo necesario que la fuente emisora disponga de suficiente potencia y que la trabajadora permanezca cerca de la fuente (BPT) 52 Agentes Físicos (excluidas MMC y r. posturales) Exposiciones a valorar Estudios basados en mediciones de Radiaciones No Ionizantes 53 Agentes Físicos (excluidas MMC y r. posturales) Exposiciones a valorar Estudios basados en mediciones de Radiaciones No Ionizantes Estudio I+D+i 2008/FREMAP Tras efectuar 39 mediciones personales (dosimetrías) a fisioterapeutas y auxiliares de rehabilitación que aplicaran tratamientos con equipos de microondas y de magnetoterapia, se obtuvieron las siguientes conclusiones: El 100% de los datos < 10% VA (ocupacional*) El 100% de los datos < VLE (público**) (*) Directiva 2004/40/CE – exposición laboral a CEM de 0 a 300 GHz VA (Valor de exposición que da lugar a una acción) (**) RD 1066/2001 - protección del espacio radioeléctrico VLE (valor límite de exposición para el público en general ≅ 20% VA ocupacional) 54 Agentes Físicos – Radiaciones LACTANCIA NATURAL RADIACIONES NO IONIZANTES No se ha demostrado ningún efecto negativo sobre la lactancia natural 55 Agentes Físicos (excluidas MMC y r. posturales) Exposiciones a valorar POSIBLES EFECTOS DE LAS TEMPERATURAS EXTREMAS Frío y Calor extremos RIESGOS EFECTOS POTENCIADORES POR ALTERACIONES FUNCIONALES EN EL EMBARAZO Hipotermia Mecanismos termorreguladores comprometidos (vasoconstricción, tiritera,..) Hipertermia (deshidratación, taquicardia, fallos circulatorios, golpe de calor) Aumento de la frecuencia cardiaca Aumento de la frecuencia respiratoria Sudoración excesiva Mayores requerimientos de oxígeno Cambios bruscos de temperatura Incapacidad de respuesta inmediata de los mecanismos termorreguladores 56 Estimación cuantitativa de los cambios fisiológicos que afectan a los mecanismos de termorregulación Metabolismo basal Frecuencia cardiaca Volumen sanguíneo Consumo de O2 Peso corporal 20% 20 ppm 25-45% 20-30% 0,3 Kg/sem Agentes Físicos (excluidas MMC y r. posturales) Exposiciones a valorar Frío y Calor extremos VALORACIÓN y MED. PREV. Informe SEGO se estima que, desde el inicio de la gestación: • la mujer embarazada debe ser retirada de puestos de trabajo en condiciones de temperatura extrema (por encima de 36º C) •la mujer embarazada debe ser retirada de puestos de trabajo en condiciones de temperatura extrema (inferiores a 0º C.) 58 Agentes Físicos (excluidas MMC y r. posturales) Exposiciones a valorar Frío y Calor extremos VALORACIÓN y MED. PREV. Guía INSHT – protección maternidad Restringir las tareas que comportan el riesgo 59 Agentes Físicos (excluidas MMC y r. posturales) Exposiciones a valorar Frío y Calor extremos VALORACIÓN y MED. PREV. Guía clínico-laboral AEEMT Las embarazadas presentan una tolerancia menor al calor y son más propensas a los desmayos o al estrés debido al calor. Las trabajadoras embarazadas no deben estar expuestas al calor ni al frío excesivo y prolongado en el lugar de trabajo, por lo que se limitaran este tipo de tareas cuando se identifiquen. 60 Agentes Físicos – Temperaturas extremas LACTANCIA NATURAL CALOR EXTREMO No parece existir mayor riesgo en las trabajadoras lactantes que en otras trabajadoras. Solamente podría hacerse mención a que el calor excesivo podría producir una deshidratación en la mujer lactante y alterar la producción de leche. Este riesgo se minimiza si se dispone de bebidas en el lugar de trabajo. 61 Agentes Físicos – Temperaturas extremas LACTANCIA NATURAL FRÍO EXTREMO En situación de frío extremo, no existen referencias bibliográficas que indiquen un mayor riesgo para la madre lactante que para el resto de las trabajadoras. 62 Agentes Biológicos Exposiciones a valorar AGENTES BIOLÓGICOS en la medida en que se sepa que dichos agentes o las medidas terapéuticas que necesariamente traen consigo ponen en peligro la salud de las trabajadoras embarazadas y del niño aún no nacido Comparación de normas Directiva 92/85/CE Anexo I RD 298/2009 Anexo VII AG. Grupos 2, 3 y 4, ≠ toxoplasma ≠ rubeola, -ID- 63 Agentes Biológicos Exposiciones a valorar POSIBLES EFECTOS DE LOS AGENTES BIOLÓGICOS Infecciones, que pueden afectar al feto, en forma de: • teratogénesis • bajo peso al nacer • parto pretérmino • mortinato AABB ≠ Toxoplasma y Rubivirus RIESGOS EFECTOS POTENCIADORES POR ALTERACIONES FUNCIONALES EN EL EMBARAZO N.A. Aunque hay infecciones que cursan con mayor agresividad, en la mayoría de los casos los problemas que originan en mujeres embarazadas derivan de las limitaciones de éstas frente a la adopción de determinadas medidas terapéuticas. 64 Agentes Biológicos Exposiciones a valorar Todos los AABB, ≠ Toxoplasma y Rubivirus VALORACIÓN y MED. PREV. Informe SEGO En los riesgos de infección debe actuarse con la lógica de la intensidad del teórico contagio. Es factible el riesgo en personal sanitario en planta o centros de infecciosos pero no es tan claro el riesgo en el resto de trabajos, si se toman las precauciones debidas. 65 Agentes Biológicos Exposiciones a valorar Todos los AABB, ≠ Toxoplasma y Rubivirus VALORACIÓN y MED. PREV. Guía técnica INSHT • Programa de vacunación. • Equipos de protección personal y estricta higiene individual. • Limitar el contacto con material infeccioso o fluidos biológicos. • Separación temporal del puesto de trabajo en tanto no haya transcurrido el periodo de incubación después del ultimo caso detectado 66 Agentes Biológicos Exposiciones a valorar Todos los AABB, ≠ Toxoplasma y Rubivirus VALORACIÓN y MED. PREV. Guía técnica INSHT Para el estudio de la posible repercusión en la salud de la mujer trabajadora y el feto, los agentes biológicos pueden dividirse en dos grandes grupos: Agentes causantes de la rubeola y la toxoplasmosis El resto de agentes recogidos en el Anexo II, especialmente……. 67 Agentes Biológicos Exposiciones a valorar Todos los AABB, ≠ Toxoplasma y Rubivirus VALORACIÓN y MED. PREV. Guía técnica INSHT 68 Agentes Biológicos Exposiciones a valorar Todos los AABB, ≠ Toxoplasma y Rubivirus VALORACIÓN y MED. PREV. Guía clínico-laboral AEEMT Algunas infecciones, como por ejemplo la varicela pueden ser más graves durante el embarazo. Las infecciones transplacentarias por algunos virus como el parvovirus, la varicela y la rubeola se han asociado con abortos, malformaciones congénitas y retraso mental. Otras enfermedades en las que el agente infeccioso se puede transmitir al feto son el CMV, VHB, Herpes simple, gripe y sarampión. 69 Agentes Biológicos Exposiciones a valorar Todos los AABB, ≠ Toxoplasma y Rubivirus VALORACIÓN y MED. PREV. Guía clínico-laboral ANMTAS …, durante la gestación existe cierta supresión de la inmunidad celular y humoral haciendo que la embarazada sea más sensible y vulnerable, más especialmente en el primer trimestre de la gestación, a la mayoría de las viriasis. 70 Agentes Biológicos Exposiciones a valorar Todos los AABB, ≠ Toxoplasma y Rubivirus VALORACIÓN y MED. PREV. Guía clínico-laboral ANMTAS 71 Todos los AABB, ≠ Toxoplasma y Rubivirus VALORACIÓN y MED. PREV. Agentes Biológicos Exposiciones a valorar Guía clínico-laboral ANMTAS ALTO RIESGO BIOLOGICO / ASIST. SANITARIA SERVICIOS AREAS QUIRÚRGICAS URGENCIAS CIRUGIA CARDIACA a corazón abierto VIA HEMATÓGENA PROCEDIMIENTOS CIRUGIA MAXILOFACIAL CESÁREAS RCP, en politraumatizados SERVICIOS VÍA RESPIRATORIA URGENCIAS, UCI, NEUMOLOGIA, HOSPITALIZACION INFECCIOSOS, PEDIATRIA BRONCOSCOPIAS INDUCCION DE ESPUTO PROCEDIMIENTOS TERAPIAS DE AEROSOLES INTUBACION ENDOTRAQUEAL ASPIRACION SECRECIONES 72 Agentes Biológicos LACTANCIA NATURAL VHB La transmisión por la leche materna es posible aunque no es frecuente. Existe la posibilidad de tratamiento al lactante en el momento de conocer la infección mediante vacuna e inmunoglobulina. VHC no se trasmite por la lactancia materna según todos los estudios que se recogen en la literatura científica. 73 Agentes Químicos Exposiciones a valorar Comparación de normas Directiva 92/85/CE Anexo I AGENTES QUÍMICOS En la medida en que se sepa que ponen en peligro la salud de las mujeres embarazadas y del niño aún no nacido a) R40, R45, R46, R47, que no figuren en Anexo II RD 298/2009 Anexo VII a) R40, R45, R46, R49, R68, R62 y R63 (H351, H350, H340, H350i, H341, H361f, H361d, H361fd), que no figuren en Anexo VIII b) Los AQ del Anexo I de la Directiva 90/394/CE b) Los AQ de los anexos I y III del RD 665/97 (trasposición Dir) c) Mercurio y derivados c) Mercurio y derivados d) Medicamentos antimitóticos d) Medicamentos antimitóticos e) Monóxido de carbono e) Monóxido de carbono f) f) AQ peligrosos de penetración cutánea formal AQ peligrosos de reconocida p. cutánea 74 Agentes Químicos Exposiciones a valorar Todos los Agentes Químicos VALORACIÓN y MED. PREV. Guía INSHT – protección maternidad los límites de exposición profesional no pueden considerarse a priori un criterio de valoración adecuado para la determinación del riesgo por exposición a agentes químicos para la trabajadora embarazada o en período de lactancia 75 Agentes Químicos Exposiciones a valorar Todos los Agentes Químicos VALORACIÓN y MED. PREV. Guía técnica INSHT Vigilancia de la salud Incluirá la protección de los trabajadores especialmente sensibles como consecuencia de que el empresario debe garantizar la protección de todos aquellos trabajadores que puedan verse afectados de forma singular por algún riesgo identificado en el puesto de trabajo 76 Agentes Químicos Exposiciones a valorar Todos los Agentes Químicos VALORACIÓN y MED. PREV. Guía técnica INSHT La vigilancia de la salud será un requisito obligatorio para trabajar con un agente químico cuando así esté establecido en una disposición legal o cuando resulte imprescindible para evaluar los efectos de las condiciones de trabajo sobre la salud del trabajador …….se deberían determinar cuáles son las circunstancias personales que pueden convertir a un trabajador (de forma permanente o temporal) en especialmente sensible a un agente químico y todo ello con la finalidad de establecer una protección singularizada. 77 a) Cancerígenos, mutágenos y perjudiciales para la fertilidad FRASE “R” FRASE “R” RD 353/95 Reglamento 1272/2008 R40 R68 R45 R46 R49 R62 R63 H351 H341 H350 H340 H350i H361f H361d R62-63 H361fd Significado frases •Posibles efectos cancerígenos (C3) •Posibilidad de efectos irreversibles (M3) •Puede causar cáncer (C1-2) •Puede causar alteraciones genéticas hereditarias (M1-2) •Puede causar cáncer por inhalación (C 1-2) •Posible riesgo de perjudicar la fertilidad (R2) •Posible riesgo durante el embarazo de efectos adversos para el feto (R / M) •Posible efecto de perjudicar la fertilidad + posibles efectos sobre el feto (R / M) 78 AGENTES DE LOS ANEXOS I y III del RD 665/1997 (C y M con VLA) Anexo I.LISTA DE SUSTANCIAS, PREPARADOS Y PROCEDIMIENTOS auramina. hidrocarburos aromáticos policíclicos polvo, humo o nieblas de níquel. ácidos fuertes (*) Anexo III RD349/2003 2ª modificación RD 665/1997(*) Benceno Cloruro de vinilo monómero Polvo de maderas duras 1ª modif. RD 665/1997: RD 1124/2000 (benceno) 2ª modif. RD 665/1997: RD 349/2003 (CVM y polvo maderas duras) 79 EFECTOS SOBRE EL ORGANISMO Mecanismos de actuación MERCURIO Y DERIVADOS MERCURIALES (AEEMT) Mercurio.No es bien conocido su efecto patológico en embarazo. Atraviesa barrera placentaria y hematoencefálica Puede provocar la parálisis cerebral del recién nacido. Derivados mercuriales.Los compuestos orgánicos de mercurio pueden tener efectos nocivos en el feto. Las pruebas en animales y las observaciones en seres humanos han demostrado que la exposición a estas formas de mercurio durante el embarazo puede frenar el crecimiento del feto, afectar a su sistema nervioso y provocar el envenenamiento de la madre. 80 EFECTOS SOBRE EL ORGANISMO Mecanismos de actuación MEDICAMENTOS ANTIMITÓTICOS (AEEMT) la mayoría de recomendaciones publicadas sobre manejo de citostáticos desaconsejan su manipulación a mujeres embarazadas, a las que planifiquen un embarazo a corto plazo, a madres en período de lactancia, madres de hijos con malformaciones congénitas o con historias de abortos espontáneos, personas con historias de alergias o tratamientos previos con citostáticos, radiaciones o ambos. En cualquier caso en el manejo de medicamentos citotóxicos o citostáticos se debe hacer una VALORACIÓN INDIVIDUALIZADA DE LOS PUESTOS DE TRABAJO. 81 Excepciones en cuanto a la clasificación y etiquetado de sustancias químicas empleadas en el medio sanitario Tanto los medicamentos de uso humano como las sustancias radiactivas están excluidas del ámbito de aplicación del Reglamento de Notificación de Sustancias Nuevas y Clasificación, Envasado y Etiquetado de Sustancias Peligrosas (RD 363/1995 y sus modificaciones posteriores) ya que se regulan por sus reglamentos específicos. 82 EFECTOS SOBRE EL ORGANISMO Mecanismos de actuación MONÓXIDO DE CARBONO (AEEMT) El monóxido de carbono atraviesa fácilmente la placenta y puede privar al feto de oxígeno. El monóxido de carbono durante el embarazo tiene alto riesgo para la madre y el niño, aumentando las complicaciones, desórdenes del desarrollo, lesiones cerebrales por anoxia y muerte fetal. Valor de referencia (Guía INST): 10 ppm 83 LISTA DE AGENTES QUÍMICOS DE RECONOCIDA PENETRACIÓN CUTÁNEA RD 363/1995 (hasta 01/12/10) Reglamento 1272/2008 Excepto las siguientes y las R67 H336 R20 R21 R22 R62 R63 H332 H312 H302 H361f H361d R40/20,21,22 R48/20,21,22 H351 H372 R23 R24 R25 R29 H331 H311 H301 EUH029 R31 EUH031 R 33 H373 Significado Toxicidad intrínseca La inhalación de vapores puede provocar somnolencia y vértigo Baja Nocivo por inhalación Nocivo en contacto con la piel Nocivo por ingestión Posible riesgo de perjudicar la fertilidad Posible riesgo durante el embarazo de efectos adversos para el feto Posibles efectos cancerígenos, (R, C, D) Riesgo de efectos graves en caso de exposiciones prolongadas (R, C, D) Moderada Tóxico por inhalación Tóxico en contacto con la piel Tóxico por ingestión En contacto con agua, libera gases tóxicos En contacto con ácidos, libera gases tóxicos Peligro de efectos acumulativos Alta 84 LISTA DE AGENTES QUÍMICOS DE RECONOCIDA PENETRACIÓN CUTÁNEA RD 363/1995 (hasta 01/12/10) R40 R41 R64 Reglamento 1272/2008 H351 H318 H362 R39/23,24,25 H370 R48/23,24,25 H372 R26 R27 R28 R32 R39/26,27,28 H330 H310 H300 EUH032 H370 R60 y R61 (exposiciones prohibidas) R45 R46 Significado Posibles efectos cancerígenos Riesgo de lesiones oculares graves Puede perjudicar a los niños alimentados con leche materna Peligro de efectos irreversibles muy graves (R, C, D) Riesgo de efectos graves (R, C, D) Muy tóxico por inhalación Muy tóxico en contacto con la piel Muy tóxico por ingestión Toxicidad intrínseca Alta Muy alta Peligro de efectos irreversibles muy graves (R, C, D) - H350 H340 Puede causar cáncer Puede causar alteraciones genéticas hereditarias Extrema 85 Sustancias químicas y LACTANCIA NATURAL Características que favorecen su difusión en la leche LIPOFILIA pH LIGERAMENTE BÁSICO (la leche es más ácida que el plasma) BAJO PESO MOLECULAR 86 Sustancias químicas y LACTANCIA NATURAL Monóxido de carbono.- No hay ninguna indicación de que un niño alimentado con leche materna sufra efectos nocivos derivados de la exposición de su madre al monóxido de carbono ni de que la madre sea especialmente más sensible al monóxido de carbono tras el parto. 87 Sustancias químicas y LACTANCIA NATURAL Clasificación según riesgo (Hosp. Marina Alta) NIVEL 0.- Seguras. Compatibles con la lactancia NIVEL 1.- Con efectos adversos leves 88 Sustancias químicas y LACTANCIA NATURAL DE ESPECIAL CONSIDERACION, EN ASISTENCIA SANITARIA Productos farmacéuticos Nivel 1 Glutaraldehído Medicamentos administrados en aerosol Nivel 0 Pentamidina Otros agentes y sustancias No constan efectos adversos (*) Gases anestésicos Oxido de etileno (*) se deben extremar las precauciones reglamentarias 89 Procedimientos Exposiciones a valorar Comparación de normas Directiva 92/85/CEE Anexo I RD 298/2009 Anexo VII Los que figuran en el Anexo I de la Directiva 90/394/CEE (id. Anexo I RD 665/1997) 1. Fabricación de auramina. PROCMTOS. RD 665/1997 2. Trabajos que supongan exposición a los hidrocarburos aromáticos policíclicos presentes en el hollín, el alquitrán o la brea de hulla. 3. Trabajos que supongan exposición al polvo, al humo o a las nieblas producidas durante la calcinación y el afinado eléctrico de las matas de níquel. 4. Procedimiento con ácido fuerte en la fabricación de alcohol isopropílico 90 Condiciones de trabajo a valorar Directiva 92/85/CEE Anexo I Comparación de normas RD 298/2009 Anexo VII (Sin definir en la norma. Se consideran los relacionados en la COMM(2000) 466 final) CONDICIONES Trabajos de DE TRABAJO minería subterráneos Fatiga mental y física y tiempo de trabajo: jornadas de trabajo prolongadas, trabajo por turnos, horario nocturno Posturas forzadas Trabajo en altura Trabajo en solitario Estrés profesional (> vulnerabilidad) Bipedestación y sedestación Ausencia de zonas de descanso Instalaciones sanitarias inadecuadas Disponibilidad de agua Condiciones de los lugares de trabajo (superficies deslizantes, olores, desplazam.) Utilización de ropa de trabajo y EPIs 91 Condiciones de trabajo a valorar Comparación de normas Utilización de ropa de trabajo y EPIs LIMITACIONES 1.Ropa de trabajo: volumen corporal 2.EPIs: • ropa de protección: • volumen corporal • características de aislamiento térmico, peso de las prendas de protección y tiempo de uso • protección respiratoria • altos requerimientos de oxígeno 92 RD 298/2009 ANEXO VIII-A (embarazo) Exposiciones prohibidas Comparación de normas Directiva 92/85/CE Anexo II-A AGENTES FÍSICOS RD 298/2009 Anexo VIII-A - Radiaciones Ionizantes Trabajos en atmósferas de sobrepresión elevada, por ejemplo en locales a presión, submarinismo. Trabajos en atmósferas de sobrepresión elevada, por ejemplo en locales a presión, submarinismo. 94 Exposiciones prohibidas Radiaciones ionizantes RIESGOS Pueden afectar al embarazo, desde su viabilidad (abortos) hasta desarrollo de cáncer infantil en los primeros años de vida, según la etapa. POSIBLES EFECTOS DE LAS RADIACIONES IONIZANTES EFECTOS POTENCIADORES POR ALTERACIONES FUNCIONALES EN EL EMBARAZO Abortos, en fase de preimplantación (en las dos primeras semanas) Efectos teratógenos (entre la tercera y la octava semana) Retraso mental N.A. (entre la octava y la vigésimoquinta semana) Cáncer o leucemia (último trimestre) 95 Exposiciones prohibidas Radiaciones ionizantes RIESGOS Las alteraciones funcionales propias del embarazo no son condiciones que potencien su acción sobre el organismo El RD 298/2009 las incluye en su Anexo VIII como riesgo para el que debe garantizarse la ausencia de exposición. La Directiva 92/85/CE remite a los criterios establecidos en la Directiva 80/836/29/EURATOM, trasladados a la normativa española para la protección radiológica (RD 783/2001). 96 Exposiciones prohibidas Radiaciones ionizantes VALORACIÓN Y MED. PREV. Informe SEGO El efecto depende del momento de la gestación. Si en las primeras semanas el efecto puede provocar aborto, posteriormente las lesiones son teratogénicas con mayor afectación del sistema nervioso central y de los órganos de los sentidos (sobre todo a nivel del ojo). No está claro qué dosis puede recibir una mujer sin que tenga repercusión sobre el feto. La única dosis que podemos considerar de seguridad absoluta es la dosis cero. 97 Exposiciones prohibidas Radiaciones ionizantes VALORACIÓN Y MED. PREV. Informe SEGO la condición de embarazo de una trabajadora expuesta a radiaciones ionizantes no presupone obligatoriamente la separación del puesto de trabajo, haciendo necesaria la evaluación de las condiciones del mismo y de los riesgos a los que está expuesta para cumplir con los requisitos legales vigentes. Para llevar a cabo dicha evaluación, deberá existir una coordinación total entre el servicio de prevención de riesgos laborales, el director o supervisor de la instalación y el responsable de protección radiológica 98 Exposiciones prohibidas Radiaciones ionizantes VALORACIÓN Y MED. PREV. Directiva 92/85/CE / RD 783/2001 Guía clínico-laboral AEEMT y Guía de valoración ANMTAS … la protección del feto deberá ser comparable a la de los miembros del público. … condiciones de trabajo de la mujer embarazada: dosis equivalente al feto sea tan baja como sea razonablemente posible …. improbable que dicha dosis exceda de 1 mSv, al menos desde la comunicación de su estado hasta el final del embarazo. 99 Exposiciones prohibidas Radiaciones ionizantes VALORACIÓN Y MED. PREV. Medidas complementarias Guía clínico-laboral AEEMT y Guía de valoración ANMTAS Niveles de riesgo para trabajadoras gestantes, s/dosis sobre la piel del abdomen (*) (*) debe contarse con datos de dosis a la altura del abdomen 100 Exposiciones prohibidas Radiaciones ionizantes VALORACIÓN Y MED. PREV. PRL frente a la contaminación radiactiva Medidas generales Se trabajará bajo condiciones de trabajo establecidas y justificadas por el Servicio de Protección Radiológica de la instalación que, además, deberá supervisar su cumplimiento. Las trabajadoras embarazadas estarán excluidas de participar en los planes de emergencia de la instalación 101 Exposiciones prohibidas Radiaciones ionizantes VALORACIÓN Y MED. PREV. Medidas PRL frente a la contaminación radiactiva Medidas específicas • Evitar que las trabajadoras expuestas gestantes desarrollen su actividad laboral en zonas en las que exista riesgo significativo de contaminación radiactiva. • Garantizar que las condiciones de trabajo supongan una probabilidad de contaminación radiológica prácticamente nula. Estas condiciones de trabajo contemplarán, según proceda: • La adecuada ventilación de las zonas • Utilización de ropa específica para el trabajo • Uso de guantes desechables (evitar contaminación a través de la piel) • Antes de abandonar la instalación, comprobar que no se han contaminado ni las manos ni la ropa. • Evitar la ingesta de alimentos en zonas de contaminación radiactiva • No usar cosméticos • Trabajar con blindajes ante la posibilidad de aerosolizaciones 102 Exposiciones prohibidas Radiaciones ionizantes VALORACIÓN Y MED. PREV. Guía de valoración ANMTAS (fragmento de tabla resumen) 103 Exposiciones prohibidas Trabajos en atmósferas de sobrepresión elevada VALORACIÓN Y MED. PREV. SEGO En los casos de trabajos expuestos a sobrepresión atmosférica (trabajos por debajo del nivel del mar, en general trabajo de submarinismo) o en condiciones de sobrepresión atmosférica (personal sanitario de cabinas hiperbáricas), es una situación de CLARA INCOMPATIBILIDAD PARA EL EMBARAZO 104 Exposiciones prohibidas Trabajos en atmósferas de sobrepresión elevada VALORACIÓN Y MED. PREV. AEEMT Actividades afectadas: submarinismo profesional , profesionales del medio aeroespacial; cabinas presurizadas en aviónica y trajes presurizados en vuelos espaciales. AEEMT / ANMTAS A nivel sanitario, ¿la cámara hiperbárica?. NO. “…los sanitarios que proporcionan los tratamientos y que manejan la cámara hiperbárica no se encuentran expuestos a estos ambientes, por lo que no participan de estos riesgos”. 105 Exposiciones prohibidas Trabajos en atmósferas de sobrepresión elevada VALORACIÓN Y MED. PREV. AEEMT Las trabajadoras embarazadas NO DEBEN TRABAJAR EN UN ENTORNO DE AIRE COMPRIMIDO aunque se desconoce si corren un riesgo mayor, es posible que las burbujas de gas puedan causar daños importantes al nonato No puede exigirse a las trabajadoras embarazadas que practiquen el submarinismo. El empresario debe asegurarse de que las trabajadoras embarazadas son conscientes de que el embarazo constituye una razón médica para no practicarlo 106 Exposiciones prohibidas AGENTES BIOLÓGICOS Comparación de normas Directiva 92/85/CE Anexo II-A RD 298/2009 Anexo VIII-A Salvo si existen pruebas de que la trabajadora embarazada está Toxoplasma suficientemente protegida Virus de la rubeola contra estos agentes por su estado de inmunización 107 EFECTOS SOBRE EL ORGANISMO Mecanismos de actuación TOXOPLASMA Parásito intracelular, de transmisión placentaria Efectos sobre el adulto: desde infecciones asintomáticas hasta infecciones graves (cerebrales, oculares, musculares) y la muerte Efectos sobre el feto: muerte intrauterina infecciones asintomáticas que pueden derivar en daños cerebrales, hidrocefalia, inflamación ocular 108 EFECTOS SOBRE EL ORGANISMO Mecanismos de actuación TOXOPLASMA Profesionales potencialmente afectados: • • • • • Personal sanitario (asistencial, laboratorios,…. ) Personal de actividades agropecuarias Personal de mataderos Personal dedicado al cuidado y venta de mascotas (gatos) Personal de mantenimiento de jardines,…. 109 MEDIDAS PREVENTIVAS TOXOPLASMA Evitar contacto con carne infectada y heces de gato Utilizar guantes Higiene personal Realizar pruebas de inmunización frente al agente. Los resultados negativos indicarán la prohibición de la exposición profesional (un gran porcentaje de la población está inmunizada frente al parásito, por contacto anterior con él en los cinco primeros años de vida 110 EFECTOS SOBRE EL ORGANISMO Mecanismos de actuación VIRUS DE LA RUBEOLA (RUBIVIRUS) Virus, de transmisión placentaria Efectos sobre el adulto: enrojecimiento de la piel, inflamación de párpados, dolores articulares Efectos sobre el feto: infección asintomática que pueden derivar en: sordera, cataratas, defectos cardiacos, alteraciones del conocimiento y el aprendizaje, y bajo peso al nacer Profesionales potencialmente afectados: • Personal sanitario (asistencial, laboratorios,…) • Personal en contacto con niños (guarderías) 111 MEDIDAS PREVENTIVAS VIRUS DE LA RUBEOLA (RUBIVIRUS) • Inmunización, por vacunación previa de la madre (*). Los resultados negativos indicarán la prohibición de la exposición profesional (*) es previsible que la gran mayoría de mujeres haya sido vacunada, de acuerdo con los planes sanitarios del SNS español. 112 Exposiciones prohibidas Directiva 92/85/CE Anexo II-A AGENTES QUÍMICOS Comparación de normas RD 298/2009 Anexo VIII-A - R60, R61 (H360F, H360D, H360FD, H360Fd, H360Df) - Los C, M sin VLA (tabla 2 VLA/2009) Plomo y derivados absorbibles por el organismo humano Plomo y derivados absorbibles 114 Exposiciones prohibidas RD 363/1995 Agentes químicosPlomo y derivados Significado (hasta 01/12/10) Reglamento 1272/2008 R60 R61 H360F H360D Puede perjudicar la fertilidad (F) Riesgo durante el embarazo de efectos adversos para el feto (D) Toxicidad intrínseca Extrema R60-61 R60-63 R61-62 H360FD H360Fd H360Df Fertilidad + Efectos feto Fertilidad + posibles efectos feto Efectos feto+ posible efecto fertilidad 115 C y M sin VLA 116 Exposiciones prohibidas Plomo y derivados PLOMO Y DERIVADOS ABSORBIBLES POR EL ORGANISMO HUMANO EFECTOS Existen claros indicios de que la exposición al plomo, tanto intrauterino como después del parto, trae consigo problemas de desarrollo, especialmente del sistema nervioso y de los órganos de formación de la sangre. Las mujeres, los recién nacidos y los niños pequeños son más sensibles al plomo que los adultos de sexo masculino 117 Exposiciones prohibidas Comparación de normas Directiva 92/85/CE Anexo II-A CONDICIONES DE TRABAJO RD 298/2009 Anexo VIII-A Trabajos de minería subterráneos 118 Exposiciones prohibidas Trabajos de minería subterráneos CONDICIONES DE RIESGO • • • • • • Consumo metabólico elevado Vibraciones Polvo Temperatura y humedad Confinamiento …. 119 RD 298/2009 ANEXO VIII-B (lactancia natural) Informe AEP (Asociación Española de Pediatría): “Orientaciones para la valoración del riesgo laboral durante la lactancia natural” Consideraciones previas • La AEP, a través de su comité de lactancia materna recomienda la alimentación al pecho durante los primeros seis meses de vida del niño • Todas las enfermedades infecciosas son menos frecuentes en los lactantes alimentados al pecho en comparación con los que reciben alimentación artificial • En ocasiones, determinadas patologías de la madre o del niño van a limitar e incluso a desaconsejar la lactancia. En estas situaciones dicha limitación no puede de ninguna manera achacarse a la actividad laboral de la madre 121 Exposiciones prohibidas Comparación de normas Directiva 92/85/CE Anexo II-B AGENTES FÍSICOS RD 298/2009 Anexo VIII-B No incluidos 122 Riesgo por RADIACIONES IONIZANTES durante la LACTANCIA natural (R.D. 783/2001) Artículo 10.2 “Desde el momento en que una mujer, que se encuentre en período de lactancia, informe de su estado al titular de la práctica, no se le asignarán trabajos que supongan un riesgo significativo de contaminación radiactiva. En tales supuestos deberá asegurarse una vigilancia adecuada de la posible contaminación radiactiva de su organismo”. 123 Riesgo por RADIACIONES IONIZANTES Guía INSHT – protección maternidad Por riesgo de contaminación radiactiva, es aconsejable separar a la mujer lactante de todo puesto de trabajo en el que se utilicen o manipulen radionucleidos, como puede ser el caso de instalaciones de medicina nuclear o de laboratorios de radioinmunoensayo. Estas áreas han de estar señalizadas adecuadamente. 124 Riesgo a SOBREPRESIÓN ATMOSFÉRICA durante la LACTANCIA natural En los casos de trabajos a sobrepresión atmosférica, trabajos por debajo del nivel del mar, o en condiciones de sobrepresión atmosférica en el personal sanitario de cabinas hiperbáricas para el tratamiento de buzos, fundamentalmente, NO EXISTEN DATOS QUE INDIQUEN UN MAYOR RIESGO PARA LA MADRE LACTANTE respecto al resto de las trabajadoras. 125 Exposiciones prohibidas Comparación de normas Directiva 92/85/CE Anexo II-B AGENTES QUÍMICOS RD 298/2009 Anexo VIII-B N.A. R64 ó H362 N.A. Los C, M sin VLA Plomo y sus derivados, en la medida en que estos agentes sean susceptibles de ser absorbidos por el organismo humano 126 Exposiciones prohibidas RD 363/1995 (hasta 01/12/10) R64 Reglamento 1272/2008 H362 Agentes Químicos específicos Significado Puede perjudicar a los niños alimentados con leche materna 127 C y M sin VLA 128 Sustancias químicas y LACTANCIA NATURAL Características que favorecen su difusión en la leche LIPOFILIA pH LIGERAMENTE BÁSICO (la leche es más ácida que el plasma) BAJO PESO MOLECULAR 129 Sustancias químicas y LACTANCIA NATURAL Clasificación según riesgo (Hospital Marina Alta) NIVEL 2.- Poco seguras. Pueden ocasionar efectos adversos moderados NIVEL 3.- Contraindicadas en lactancia natural PAUTAS DE ACTUACIÓN: Prohibir exposiciones a riesgos químicos de Nivel 2, o superior, durante el periodo de lactancia 130 Sustancias químicas y LACTANCIA NATURAL DE ESPECIAL CONSIDERACION Metales Nivel 2 Plomo Sustancias orgánicas Nivel 2 Bifenilos clorados, pesticidas, disolventes (trementina, DMSO, tetracloroetileno..) Otros agentes y sustancias Nivel 2 Anilina 131 Sustancias químicas y LACTANCIA NATURAL DE ESPECIAL CONSIDERACION, EN ASISTENCIA SANITARIA Productos farmacéuticos Niveles 2 / 3 Citotóxicos Medicamentos administrados en aerosol Nivel 2 Ribavirina 132 Exposiciones prohibidas Agentes Químicos específicos El plomo pasa de la sangre a la leche con el consiguiente riesgo para el niño si la madre ha sufrido una exposición importante antes y durante el embarazo. 133 Exposiciones prohibidas Otros Agentes Químicos específicos 134 Exposiciones prohibidas Directiva 92/85/CE Anexo II-B CONDICIONES DE TRABAJO Comparación de normas RD 298/2009 Anexo VIII-B Trabajos de minería subterráneos 135 Condiciones de trabajo Minería subterránea CONDICIONES DE RIESGO • • • • • • Contaminación (metales, partículas radiactivas, …) Ausencia de zonas de descanso Disponibilidad de agua Disponibilidad de instalaciones sanitarias Condiciones de los lugares de trabajo …. 136 Otros (No incluidos en Anexos) Agentes Biológicos LACTANCIA NATURAL VIH El conocimiento o sospecha de su presencia propiciaría la contraindicación de la lactancia, ya que existe el riesgo de infección a través de la leche materna. Además, los fármacos que se utilizan como tratamiento en los casos de infección son incompatibles con la lactancia (existe transmisión) 137 RESUMEN Riesgos durante la LACTANCIA AGENTES RIESGO AFECTA FISICOS RADIACIONES IONIZANTES NO (irradiación) SI (contaminación) RNI NO OTROS NO QUÍMICOS AGENTES QUIMICOS SI (lipófilos, básicos, bajo peso molecular) BIOLÓGICOS VIH VHB VHC SI OCASIONAL (Ttmto) NO 138 Riesgos durante la LACTANCIA NATURAL (Otros criterios) Mismas consideraciones que en situación de embarazo Analiza las repercusiones de la exposición a: • agentes químicos R64 y R33 • radiaciones ionizantes (aplicación RD 783/2001) • agentes biológicos (“si la actividad laboral implica el contacto directo con materiales infecciosos…, se debe tener un gran cuidado para evitar la contaminación de la piel y la ropa de la madre, tanto para prevenir la mastitis como las infecciones del recién nacido”) 139