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Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado Artículo 46.- Ningún trabajador podrá ser cesado sino por justa causa. En consecuencia, el nombramiento o designación de los trabajadores solo dejara de surtir efectos sin responsabilidad para los titulares de las dependencias por las siguientes causas: V.- Por resolución del Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje, en los casos siguientes: a) Cuando el trabajador incurriere en faltas de probidad u honradez o en actos de violencia, amagos, injurias, o malos tratamientos contra sus jefes o compañeros o contra los familiares de unos u otros, ya sea dentro o fuera de las horas de servicio. Reglamento de Condiciones de Trabajo para el personal No Docente Artículo 123. Ningún trabajador podrá ser cesado sino por justa causa, en consecuencia, el nombramiento o designación de los trabajadores sólo podrá dejar de surtir efectos sin responsabilidad para el Titular del I.P.N., por las siguientes causas: V. Por resolución del Tribunal, en los casos siguientes: a) Cuando el trabajador incurriere en falta de probidad y honradez o en actos de violencia, amagos, injurias o malos tratamientos contra sus jefes o compañeros o contra familiares de unos u otros, ya sea dentro o fuera de las horas de servicio. Reglamento de Condiciones de Trabajo para el personal Docente Artículo 146. Ningún académico podrá ser cesado sino por justa causa, en consecuencia, el nombramiento o designación de los académicos sólo dejará de surtir efecto, sin responsabilidad para los titulares de las unidades o centros de trabajo, por las siguientes causas: V. Por resolución del tribunal, en los casos siguientes: a) Cuando el académico incurriere en faltas de probidad u honradez o en actos de violencia, amagos, injurias, o malos tratos contra sus jefes o compañeros o contra los familiares de uno u otros, ya sea dentro o fuera de las horas de servicio.