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GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES PROCURACIÓN GENERAL 2016. AÑO DEL BICENTENARIO DE LA DECLARACIÓN DE INDEPENDENCIA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA Dictamen jurídico C. Expte. Nº 30494/2009/MGEYA/AGC. AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL. L Vienen las presentes actuaciones a esta Procuración General a efectos de que emita opinión en relación al recurso administrativo, interpuesto mediante Presentación Agregar N° 1, contra el rechazo de la solicitud de habilitación del local ubicado en la calle Cabrera Nº 3058, Planta Baja y Entrepiso. G EN I.- ANTECEDENTES ER A Mi opinión es la siguiente: U R A C IO N A fs. 1/16, obra la solicitud de habilitación y la documentación correspondiente, iniciada por la firma MIE GERMAN CARS SRL., para desarrollar en el local referido ubicado en la calle Cabrera Nº 3058, Planta Baja y Entrepiso, la actividad de Mantenimiento y Reparación del Motor, Mecánica Integral, Reparación de Amortiguadores, Alineación de Dirección y Balanceo de Ruedas; Instalación y Reparación de Parabrisas, Lunetas y Ventanillas, Alarmas, Cerraduras, Radios, Sistemas de Climatización; Reparaciones Eléctricas, del Tablero e Instrumental, Reparación y Recarga de Baterías.- PR O C A fs 17, luce formulario de Observaciones Habilitación, por el cual se intimó a la firma peticionante a cumplir con las observaciones que en él se detallan dentro del plazo de 30 días y en caso de incumplimiento se procederá al rechazo del trámite de la habilitación solicitada. Este acto administrativo fue notificado en fecha 17 de Diciembre de 2009, conforme consta a fs. 17 y 21.A fs.- 21, se deja constancia que el autorizado, procede al retiro de la documentación de fs. 1 a 5, 6 a 8 y 9 a 13, a los efectos de su corrección y posterior agregación.A fs. 22, luce el Informe de Rubros Rechazados y Motivos, indicando, que toda vez que visto que con fecha 17/12/2009 la parte interesada retiró documentación y se notificó de las observaciones efectuadas, y al no haberse dado cumplimiento a éstas últimas, se rechaza la presente solicitud de habilitación. En virtud de IF-2016-17056722- -DGAINST Pagina 1/4 página 1 de 4 lo normado en el art. 9 del Decreto 93/2006.- El rechazo de la solicitud, fue notificado en fecha 5 de Mayo de 2014, conforme consta a fs. 23.Por Presentación Agregar Nº 1, a fs. 25 y en fecha 7 de Mayo de 2014, se presenta quien manifiesta ser apoderada de la empresa titular de la actividad, Arquitecta Mabel H. Carnevale, cumpliendo parcialmente la intimación cursada, no acredita la representación que invoca y plantea recurso de reconsideración, manifiesta que no han podido cumplir con las observaciones intimadas, por problemas personales los cuales hicieron imposible la dedicación al tema.A fs. 35/36, luce la DI-2015-9286-DGHP, que en su articulo 1° dispuso "Desestímese el Recurso de Reconsideración deducido por la firma MIE GERMAN CARS SRL., contra la denegatoria dispuesta para la habilitación del local sito en la calle José Antonio Cabrera N° 3058, PB y EP, de esta Ciudad, Mantenimiento y Reparación del Motor npc, Mecánica Integral, Reparación de Amortiguadores, Alineación de Dirección y Balanceo de Ruedas; Instalación y Reparación de Parabrisas, Lunetas y Ventanillas, Alarmas, Cerraduras, Radios, Sistemas de Climatización; Reparaciones Eléctricas, del Tablero e Instrumental, Reparación y Recarga de Baterías, para una superficie de 459,36 m2.Por Presentación Agregar Nº 2, a fs. 39, se presenta el autorizado Sr. Emiliano Escola, plantea recurso jerárquico y solicita una prórroga a los efectos de poder cumplimentar la intimación oportunamente cursada. A fs. 44, se efectúa un análisis de las presentes actuaciones y las remite a este Órgano de la Constitución a los efectos del tratamiento del recurso según los términos del articulo 111 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires. II.- ASPECTO FORMAL DEL RECURSO El recurso de reconsideración incoado contra el rechazo de la solicitud de habilitación, fue desestimado por DI-2015-9286-DGHP, por lo que corresponde a esta instancia efectuar el análisis correspondiente del recurso jerárquico subsidiario, a tenor de lo prescripto por el artículo 111 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires (texto consolidado Ley 5454). A su vez, mediante Presentación Agregar N° 2, a fs. 39, se presenta el Sr. Emiliano Escola, invocando la calidad de autorizado, que no acredita, planteando recurso jerárquico, el que debe ser considerado, no como recurso, sino como mejora o ampliación de los fundamentos del recurso de reconsideración, conforme la última parte del artículo 111 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de IF-2016-17056722- -DGAINST Pagina 2/4 página 2 de 4 GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES PROCURACIÓN GENERAL 2016. AÑO DEL BICENTENARIO DE LA DECLARACIÓN DE INDEPENDENCIA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA Buenos Aires. III.- ANÁLISIS DE LA CUESTIÓN: EN ER A L Por la presente actuación tramitó la solicitud de habilitación iniciada por la firma MIE GERMAN CARS SRL., para desarrollar en el local referido ubicado en la calle Cabrera Nº 3058, Planta Baja y Entrepiso, la actividad de Mantenimiento y Reparación del Motor, Mecánica Integral, Reparación de Amortiguadores, Alineación de Dirección y Balanceo de Ruedas; Instalación y Reparación de Parabrisas, Lunetas y Ventanillas, Alarmas, Cerraduras, Radios, Sistemas de Climatización; Reparaciones Eléctricas, del Tablero e Instrumental, Reparación y Recarga de Baterías.- N G Dicha solicitud fue rechazada, por cuanto la parte interesada, no cumplió con la intimación cursada. R A C IO En relación al recurso articulado como así también en la ampliación presentada mediante Presentación Agregar N° 2, de fs. 39, no se aportan argumentos ni documentos que permitan modificar el temperamento adoptado, de rechazo de la solicitud. C U En tal sentido, las anomalías detectadas e intimadas, que motivaron el rechazo de la solicitud de habilitación, en la actualidad aún no han sido subsanadas, lo que implica que debe procederse al rechazo del recurso jerárquico subsidiario. PR O En todas las actuaciones, en las que se invoca la calidad de apoderado o autorizado de la empresa titular de la actividad, no se agregan los instrumentos que acrediten esas calidades, lo cual deberá tenerse en cuenta en futuras articulaciones, a los efectos de proceder a tramitar las intimaciones pertinentes, en este caso en particular carece de sentido por cuanto la falta de agregación de la documentación habilitante, es parte del motivo del rechazo. IV.- CONCLUSION: Por lo expuesto opino que corresponde desestimar el recurso jerárquico subsidiario del de reconsideración que ya fuera oportunamente analizado y desestimado, mediante el dictado del pertinente acto administrativo que así lo resuelva, IF-2016-17056722- -DGAINST Pagina 3/4 página 3 de 4 indicándose que se ha agotado la vía administrativa (art. 113 Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires) En tal sentido me expido. Procuración General, jpr gac npp IF-2016-17056722- -DGAINST Pagina 4/4 página 4 de 4 Powered by TCPDF (www.tcpdf.org) G O B I E R N O DE LA C I U D A D DE B U E N O S A I R E S 2016-Año del Bicentenario de la Declaración de Independencia de la República Argentina Hoja Adicional de Firmas Dictamen jurídico Número: IF-2016-17056722- -DGAINST Buenos Aires, Lunes 11 de Julio de 2016 Referencia: -30494-MGEYA-2009 El documento fue importado por el sistema GEDO con un total de 4 pagina/s. Digitally signed by Carlos Ignacio Salvadores de Arzuaga Date: 2016.07.11 15:28:33 ART Location: Ciudad Autónoma de Buenos Aires CARLOS SALVADORES Director General D.G. DE ASUNTOS INSTITUCIONALES (PGAAIYEP) Digitally signed by Comunicaciones Oficiales DN: cn=Comunicaciones Oficiales Date: 2016.07.11 15:28:45 -03'00'