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Ministerio de Ambiente y Energía Dirección de Gestión de Calidad Ambiental San José, 02 de setiembre de 2016 DIGECA-405-2016 Señores Secretaría del Convenio de Estocolmo Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente Asunto: Procedimientos y mecanismos sobre el cumplimiento del Convenio de Estocolmo/Decisión SC-7126 Estimados señores: En relación con la solicitud de revisión del texto borrador contenido en el anexo de la decisión SC-7/26 "Procedures and mechanisms on compliance with the Stockolm Convention", versión del 15 de mayo de 2015, me permito manifestar los siguientes puntos de vista: • Párrafo 15: estamos de acuerdo con la primera propuesta de este párrafo, en la que se tiene la opción de realizar un proceso de votación luego de agotar la vía del consenso para la toma de decisiones en el seno del Comité de Cumplimiento. • Párrafo 26 (f): en cuanto a la creación de un fondo para la asistencia financiera, se debe tener en consideración aspectos importantes como: criterios de elegibilidad, administración del fondo, duración, donantes entre otros, los cuales no se encuentran en la propuesta que se revisó. • Párrafo 27 (c): referente a las posibles acciones que podría tomar la Conferencia de las Partes ante el cumplimiento del Convenio de cada uno de los países Parte, es importante a efectos de resguardar la seguridad jurídica en la aplicación del TElEFONO 2233-03-56 Ó 2257-18-39 FAcsíMil 2258-28-20 Apdo. postal. 10.104-1000 San José, Costa Rica Correo electrónico: digeca@minae.go.cr 111 COSTA RICA PAls QUE UNE Ministerio de Ambiente y Energía Dirección de Gestión de Calidad Ambiental instrumento, que se definan las palabras "repeated" y "persistent" non compliance, lo anterior a efectos de tener claridad a qué Partes se le estaría aplicando la sanción. • ;:>árrafo 28:. se propone una fusión parcial del párrafo 28 con el 28 bis en cuanto se deben corsiderar las condiciones de todos los países Partes del Convenio de Esto~olmo, leyéndose de la siguiente manera: "The Committee shall, in the context of these compliance procedures and mechanisms taking in account the needs of deve/oping countries, countries with economies in transition and the specia/ situations of /east deve/oped countries and small is/and deve/oping states". • . De manera general se considera que por tratarse de un dJcumento que pretende dar seguimiento al cumplimiento del Convenio, es conveniente que el verbo utilizado en las diferentes párrafos sea "shall" y no "mayo might", de modo que las disposiciones contempladas tengan un carácter de obligación/deber. Con muestras de nuestra más alta consideración y estima, me suscribo atentamente, ~.-I Shirley Soto Montero Directora de Gestión Ambiental Punto Focal Naciona/ Convenio de Estoco/mo Costa Rica EVC/MCS/MDM Ce: Sra. Irene Cañas. Viceministra de Gestión Ambiental y Energía. Sr. Roberto Avendaño, Ministerio de Relaciones Exteriores Sr. Rubén Muñoz. Punto Focal GEF, MINAE TE LE FONO 2233-03-56 Ó 2257-18-39 FACsíMIL 2258-28-20 Apdo. postal. 10.104-1000 San José, Costa Rica Correo electrónico: digeca@minae.go.cr 11 1 COSTA RICA