Download demo tema 42 seguridad en caso de incendio ayto. salamanca
Document related concepts
Transcript
www.alaescuela.net EVACUACIÓN DE OCUPANTES. Compatibilidad de los elementos de evacuación Los establecimientos de uso Comercial o Pública Concurrencia de cualquier superficie y los de uso Docente, Hospitalario, Residencial Público o Administrativo cuya superficie construida sea mayor que 1.500 m2, si están integrados en un edificio cuyo uso previsto principal sea distinto del suyo, deben cumplir las siguientes CONDICIONES: DEMO TEMA 42 ⇒ sus salidas de uso habitual y los recorridos hasta el espacio exterior seguro estarán situados en elementos independientes de las zonas comunes del edificio y compartimentados respecto de éste de igual forma que deba estarlo el establecimiento en cuestión, ⇒ sus salidas de emergencia podrán comunicar con un elemento común de SEGURIDAD EN CASO DE INCENDIO evacuación del edificio a través de un vestíbulo de independencia, siempre que dicho elemento de evacuación esté dimensionado teniendo en cuenta dicha circunstancia. Como excepción, los establecimientos de uso Pública Concurrencia cuya superficie construida total no exceda de 500 m² y estén integrados en centros comerciales podrán tener salidas de uso habitual o salidas de emergencia a las zonas comunes de circulación del centro. Cuando su superficie sea mayor que la indicada, al menos las salidas de emergencia serán independientes respecto de dichas zonas comunes. AYTO. SALAMANCA Dimensionado de los medios de evacuación Criterios para la asignación de los ocupantes Cuando en una zona, en un recinto, en una planta o en el edificio deba existir más de una salida, considerando también como tales los puntos de paso obligado, la distribución de los ocupantes entre ellas a efectos de cálculo debe hacerse suponiendo inutilizada una de ellas, bajo la hipótesis más desfavorable. Para calcular la capacidad de evacuación de las escaleras y de la distribución de los ocupantes entre ellas, cuando existan varias, no es preciso suponer inutilizada en su totalidad alguna de las escaleras protegidas, de las especialmente protegidas o de las compartimentadas como los sectores de incendio, existentes. © Alaescuela.net, Octubre 2014. Reservados todos los derechos. 7 ARQUITECTO TÉCNICO AYUNTAMIENTO DE SALAMANCA CTE DB SI: PROPAGACIÓN Y EVACUACIÓN En cambio, cuando deban existir varias escaleras y estas sean no protegidas y no compartimentadas, debe considerarse inutilizada en su totalidad alguna de ellas, bajo la hipótesis más desfavorable. En la planta de desembarco de una escalera, el flujo de personas que la utiliza deberá añadirse a la salida de planta que les corresponda, a efectos de determinar la anchura de esta. Dicho flujo deberá estimarse, o bien en 160 A personas, siendo A la anchura, en metros, del desembarco de la escalera, o bien en el número de personas que utiliza la escalera en el conjunto de las plantas, DEMO TEMA 42 cuando este número de personas sea menor que 160A. Puertas situadas en recorridos de evacuación Las puertas previstas como salida de planta o de edificio y las previstas para la evacuación de más de 50 personas serán ABATIBLES con eje de giro vertical y su sistema de cierre, o bien no actuará mientras haya actividad en las zonas SEGURIDAD EN CASO DE INCENDIO a evacuar, o bien consistirá en un dispositivo de fácil y rápida apertura desde el lado del cual provenga dicha evacuación, sin tener que utilizar una llave y sin tener que actuar sobre más de un mecanismo. Las anteriores condiciones no son aplicables cuando se trate de puertas automáticas. Se considera que satisfacen el anterior requisito funcional los dispositivos de apertura mediante manilla o pulsador, cuando se trate de la evacuación de zonas ocupadas por personas que en su mayoría estén familiarizados con la puerta considerada, así como en caso contrario, cuando se trate de puertas con apertura en AYTO. SALAMANCA el sentido de la evacuación, los de barra horizontal de empuje o de deslizamiento Abrirá en el sentido de la evacuación toda puerta de salida: a) prevista para el paso de más de 200 personas en edificios de uso Residencial Vivienda o de 100 personas en los demás casos, o bien. b) prevista para más de 50 ocupantes del recinto o espacio en el que esté situada. Cuando existan puertas giratorias, deben disponerse puertas abatibles de apertura manual contiguas a ellas, excepto en el caso de que las giratorias sean automáticas y dispongan de un sistema que permita el abatimiento de sus hojas en el sentido de la evacuación, ante una emergencia o incluso en el caso de fallo de suministro eléctrico, mediante la aplicación manual de una fuerza no superior a 220 N. 8 www.alaescuela.net Documentos reconocidos para la certificación de eficiencia energética. Con el fin de facilitar el cumplimiento de este Procedimiento básico se crean los denominados DOCUMENTOS RECONOCIDOS para la certificación de eficiencia energética, que se definen como documentos técnicos, sin carácter reglamentario, que cuenten con el reconocimiento conjunto del Ministerio de Industria, Energía y Turismo DEMO TEMA 53 y del Ministerio de Fomento. Los documentos reconocidos podrán tener el contenido siguiente: • Programas informáticos de calificación de eficiencia energética. • Especificaciones y guías técnicas o comentarios sobre la aplicación técnicoadministrativa de la certificación de eficiencia energética. • AHORRO DE ENERGÍA Cualquier otro documento que facilite la aplicación de la certificación de eficiencia energética, excluidos los que se refieran a la utilización de un producto o sistema particular o bajo patente. LA ETIQUETA DE EFICIENCIA ENERGÉTICA Obligación de exhibir la etiqueta de eficiencia energética. La obtención del certificado de eficiencia energética otorgará el derecho de utilización, durante el periodo de validez del mismo, de la etiqueta de eficiencia energética, AYTO. SALAMANCA cuyos contenidos se recogen en el documento reconocido correspondiente a la etiqueta de eficiencia energética, disponible en el Registro general. La etiqueta se incluirá en toda oferta, promoción y publicidad dirigida a la venta o arrendamiento del edificio o unidad del edificio. Deberá figurar siempre en la etiqueta, de forma clara e inequívoca, si se refiere al certificado de eficiencia energética del proyecto o al del edificio terminado o existente. Se prohíbe la exhibición de etiquetas, marcas, símbolos o inscripciones que se refieran a la certificación de eficiencia energética de un edificio que no cumplan los requisitos previstos en este Procedimiento básico y que puedan inducir a error o confusión. En ningún caso se autorizará el registro de la etiqueta como marca. © Alaescuela.net, Octubre 2014. Reservados todos los derechos. 17 ARQUITECTO TÉCNICO AYUNTAMIENTO DE SALAMANCA CTE DB HE: AHORRO ENERGÉTICO Obligación de exhibir la etiqueta de eficiencia energética. 1.º Todos los edificios o unidades de EDIFICIOS DE TITULARIDAD PRIVADA que sean frecuentados habitualmente por el público, con una superficie útil total superior a 500 m², exhibirán la etiqueta de eficiencia energética de forma obligatoria, en lugar destacado y bien visible por el público, cuando les sea DEMO TEMA 53 exigible su obtención. 2.º Todos los EDIFICIOS O PARTES DE LOS MISMOS OCUPADOS POR LAS AUTORIDADES PÚBLICAS y que sean frecuentados habitualmente por el público, con una superficie útil total superior a 250 m², exhibirán la etiqueta de eficiencia energética de forma obligatoria, en lugar destacado y bien visible. 3.º Para EL RESTO DE LOS CASOS la exhibición pública de la etiqueta de AHORRO DE ENERGÍA eficiencia energética será voluntaria, y de acuerdo con lo que establezca el órgano competente de la Comunidad Autónoma. Información sobre el certificado de eficiencia energética. Cuando un edificio se venda o alquile, antes de su construcción, el vendedor o arrendador facilitará su calificación energética de proyecto expidiéndose el certificado del edificio terminado una vez construido el edificio. Cuando el edificio existente sea objeto de contrato de compraventa de la AYTO. SALAMANCA totalidad o parte del edificio, según corresponda, el certificado de eficiencia energética obtenido será puesto a disposición del adquiriente. Cuando el objeto del contrato sea el arrendamiento de la totalidad o parte del edificio, según corresponda, bastará con la simple exhibición y puesta a disposición del arrendatario de una copia del referido certificado. CONDICIONES TÉCNICAS Y ADMINISTRATIVAS Calificación de la eficiencia energética de un edificio Los PROCEDIMIENTOS PARA LA CALIFICACIÓN DE EFICIENCIA ENERGÉTICA DE UN EDIFICIO deben ser documentos reconocidos y estar inscritos en el Registro General. Cuando se utilicen componentes, estrategias, equipos y/o sistemas que no estén incluidos en los programas disponibles, para su consideración en la calificación energética se hará uso del procedimiento establecido en el documento informativo de Aceptación de soluciones singulares y capacidades adicionales a los programas de referencia y alternativos de calificación de eficiencia energética de edificios, disponible en el Registro General. 18