Download reglamento pastoral universitaria - Universidad Católica los Ángeles
Document related concepts
no text concepts found
Transcript
www.uladech.edu.pe RECTORADO REGLAMENTO DEL SERVICIO DE PASTORAL Y ESPIRITUALIDAD, SPES VERSIÓN 004 Aprobado por acuerdo de Consejo Universitario, de fecha 27 de mayo de 2013 CHIMBOTE – PERÚ Versión: 004 Código: R – RSPES F. Implementación: 27-05-13 Elaborado por: Rector Revisado por: Gerencia de Calidad Pag.: 1 de 7 Aprobado con Resolución N°0737-2013-CU-ULADECH CATÓLICA CAPÍTULO I GENERALIDADES Artículo 1º.- El presente reglamento tiene por finalidad establecer las normas del proceso, Servicio de Pastoral y Espiritualidad, en adelante SPES, que incluye asignaturas en todos los planes de estudio de las carreras profesionales. Está adscrito a la Coordinación de Preventorio de la División de Bienestar Universitario, como Coordinación del Servicio de Pastoral y Espiritualidad. El dueño de proceso es el Capellán de la Universidad, designado a propuesta del Gran Canciller. La Coordinación del Servicio de Pastoral y Espiritualidad cuenta con capellanes y promotores SPES en la Sede Central, los centros académicos y filiales. Artículo 2º.- El Capellán de la Universidad es el docente titular de las asignaturas de: • Vida espiritual • Fe cristiana y compromiso pastoral Diseñados a través de un SPA integrado, incluido en todos los currículos de estudio de las Escuelas Profesionales de la Universidad y que responde a las competencias socio espirituales que promueve la Iglesia Católica a través de la Universidad. Artículo 3º.- El SPES responde a la expectativa de fidelidad y especificidad católica de la Universidad de acuerdo a la Constitución Apostólica Ex corde eclessiae, y de los acuerdos de la Federación Internacional de Universidades Católicas (FIUC) y la Organización de Universidades Católica de América Latina y El Caribe (ODUCAL), al servicio del Perú y de la Iglesia universal. Artículo 4°.- El SPES debe: a) Implementar acciones para acompañar la vida de todos los miembros de la comunidad universitaria, promoviendo un encuentro personal y comprometido con Jesucristo. Versión: 004 Código: R – RSPES F. Implementación: 27-05-13 Elaborado por: Rector Revisado por: Gerencia de Calidad Pag.: 2 de 7 Aprobado con Resolución N°0737-2013-CU-ULADECH CATÓLICA b) Implementar el diálogo entre fe y razón, fe y cultura. c) Implementar la formación espiritual de docentes, estudiantes y administrativos, desarrollando compromisos personales y comunitarios fundados en la Doctrina Social y el Magisterio de la Iglesia Católica. d) Orientar los contenidos y ejecución de las asignaturas transversales de índole filosófica, teológica, pastoral y espiritual. Artículo 5º.- La base legal del presente reglamento comprende: La Constitución Apostólica Ex Corde Ecclesiae, la Ley Universitaria Nº 23733, el Estatuto Institucional y el Reglamento General Institucional, el Decreto N° 0422008/OBIS/CH que reconoce como católica a la Universidad, el Plan Estratégico Institucional, el Convenio Interinstitucional entre la Universidad y el Obispado de Chimbote, los planes estratégicos y operativos de las escuelas profesionales y los currículos de estudio de las diferentes escuelas profesionales. Artículo 6°.- El Obispo de Chimbote, en su calidad de Gran Canciller de la Universidad, debe: a) Proponer al Capellán de la ULADECH Católica y a los capellanes adjuntos dentro de su jurisdicción, para su ratificación por el Consejo Universitario. b) Proponer al Promotor SPES de la Sede Central, para su ratificación por el Consejo Universitario. c) Solicitar a los Ordinarios del lugar la designación de los capellanes y la propuesta de los promotores SPES de los centros académicos y filiales, para su nombramiento por el Consejo Universitario. d) Supervisar la ejecución del programa anual de actividades del SPES. e) Asegurar y supervisar las asignaturas de formación de índole filosófica, teológica, pastoral y espiritual de las diversas carreras profesionales y programas de postgrado. f) Velar por la integridad de fe y costumbres de los docentes tutores de las asignaturas del SPES, renovando anualmente el mandato canónico de Versión: 004 Código: R – RSPES F. Implementación: 27-05-13 Elaborado por: Rector Revisado por: Gerencia de Calidad Pag.: 3 de 7 Aprobado con Resolución N°0737-2013-CU-ULADECH CATÓLICA los mismos. g) Cuidar el perfil humano, académico y cristiano de los estudiantes, docentes, investigadores y administrativos de la Universidad. CAPÍTULO II DEL SERVICIO DE PASTORAL Y ESPIRITUALIDAD (SPES) Artículo 7º.- El SPES cumple con la labor evangelizadora de la Iglesia en la Universidad y la presencia del mundo universitario en la Iglesia. Está a cargo de un equipo conformado por estudiantes, docentes y administrativos, representantes de las diferentes carreras profesionales y coordinado por el Capellán de la ULADECH Católica. El equipo SPES de la sede central, centros académicos y filiales es responsable del acompañamiento espiritual, la animación socio-pastoral y el diálogo fe-cultura de la comunidad universitaria. Artículo 8°.- Los estudiantes que acompañan al SPES tienen prioridad para el otorgamiento de medios de apoyo, como son categorizaciones y becas. Los docentes y administrativos del Equipo SPES gozan de los permisos para participar en las actividades. Artículo 9°.- El Capellán de la Universidad, debe: a) Acompañar espiritualmente a la comunidad universitaria a nivel nacional. b) Promover la animación socio-pastoral y el diálogo fe-cultura, en coordinación con los demás capellanes, los promotores del SPES y los docentes de las asignaturas SPES a nivel nacional. c) Asegurar la implementación del SPES a nivel nacional. d) Verificar la planificación, ejecución, evaluación y registro de las actividades del SPES. e) Representar al Gran Canciller en la ULADECH Católica y a la Universidad en la Iglesia diocesana. f) Informar al Gran Canciller de la ULADECH Católica sobre el desarrollo de las actividades del SPES. Versión: 004 Código: R – RSPES F. Implementación: 27-05-13 Elaborado por: Rector Revisado por: Gerencia de Calidad Pag.: 4 de 7 Aprobado con Resolución N°0737-2013-CU-ULADECH CATÓLICA g) Promover la comunicación y la colaboración pastoral entre la Diócesis y la Universidad. h) Coordinar con las diferentes unidades operativas de la ULADECH Católica y otras instituciones eclesiales y/o sociales para la planificación y ejecución de los proyectos de pastoral universitaria. i) Proponer la designación de capellanes y promotores del SPES ante el Obispado. Artículo 10°.- El Capellán adjunto de la Sede Central debe: a) Acompañar espiritualmente a la comunidad universitaria de la Sede Central. b) Asegurar la implementación y coordinar las actividades del SPES a nivel nacional en coordinación con el promotor SPES de la Sede Central. Artículo 11º El Capellán de centro académico o filial debe: a) Representar a la Iglesia Particular en el centro académico o filial respectivo. b) Coordinar la planificación, ejecución y evaluación de las actividades del SPES en el centro académico o filial respectivo. c) Acompañar espiritualmente a la comunidad universitaria. d) Promover la animación socio-pastoral y el diálogo fe-cultura, en coordinación con los docentes del SPES. e) Informar al Obispo ordinario sobre el desarrollo de las actividades del SPES, de acuerdo al Convenio suscrito entre la Diócesis y la Universidad. f) Promover la comunicación y la colaboración pastoral entre la Iglesia Local y la Universidad. Artículo 12º.- El promotor del SPES en la Sede Central, Centro académico o Filial es un profesional de apoyo a las labores que le asigne el Capellán ULADECH Católica. Versión: 004 Código: R – RSPES F. Implementación: 27-05-13 Elaborado por: Rector Revisado por: Gerencia de Calidad Pag.: 5 de 7 Aprobado con Resolución N°0737-2013-CU-ULADECH CATÓLICA CAPÍTULO III DE LAS ASIGNATURAS TRANSVERSALES DEL SPES Artículo 13º.- Las asignaturas del SPES son de carácter obligatorio y están incluidas en los currículos de estudio de las diferentes escuelas profesionales. Artículo 14º.- Las asignaturas del SPES no son convalidables, salvo el caso de haber sido aprobadas dentro de una carrera profesional de la ULADECH Católica o en una institución superior católica de estudios. Artículo 15º.- Las asignaturas del SPES tendrán pre-requisitos una de otra y no podrán llevarse de forma paralela. Artículo 16º.- Los sílabos y planes de aprendizaje, SPA, de las asignaturas del SPES están articulados a las actividades de pastoral universitaria, diseñadas por el Capellán de la Universidad en su calidad de docente titular. Artículo 17º.- Las matrículas de las asignaturas del SPES serán en el ciclo correspondiente según modalidad y plan de estudios. Artículo 18º.- Las asignaturas del SPES son desarrolladas con uso intensivo de nuevas tecnologías que dispone la Universidad de acuerdo al Modelo Didáctico ULADECH Católica y la Norma de Calidad de Asignatura. Artículo 19º.- Las asignaturas del SPES cumplen la normatividad académica de la Universidad para los aspectos metodológicos y de evaluación. Artículo 20º.- La distribución de grupos de estudiantes se realizará según asignatura, modalidad, carrera, facultad y sede central, centro académico y filial, considerando un mínimo de cuarenta (40) estudiantes y un máximo de cincuenta (50). En casos excepcionales, se podrán integrar cursos con estudiantes de diferentes centros, facultades o carreras, todo ello a cargo del Versión: 004 Código: R – RSPES F. Implementación: 27-05-13 Elaborado por: Rector Revisado por: Gerencia de Calidad Pag.: 6 de 7 Aprobado con Resolución N°0737-2013-CU-ULADECH CATÓLICA Capellán ULADECH Católica, en calidad de Coordinador del Servicio de Pastoral y Espiritualidad. CAPÍTULO IV DE LOS DOCENTES Artículo 21º.- Para las asignaturas del SPES los docentes tutores deben poseer el mandato canónico del Obispo del lugar cuando fuere posible, de lo contrario, a petición del Capellán de la ULADECH Católica, dicho mandato será concedido por el Obispo de Chimbote, en calidad de Gran Canciller. Los docentes también deben tener la certificación en competencias TIC y en perfeccionamiento pedagógico emitidos por la División de Innovación Pedagógica. Artículo 22°.- Los docentes tutores de las asignaturas del SPES, forman parte del Equipo SPES, y dinamizan las actividades del SPES en sus respectivas escuelas profesionales. Artículo 23°.- La formación continua de los docentes tutores de las asignaturas del SPES, es responsabilidad del Capellán de la ULADECH Católica. Artículo 24º.- Los aspectos no considerados en el presente reglamento se incluirán en instructivos de trabajo de obligatorio cumplimiento aprobados por la Gerencia de Calidad a propuesta del SPES. Chimbote, mayo de 2013. JBDG. Versión: 004 Código: R – RSPES F. Implementación: 27-05-13 Elaborado por: Rector Revisado por: Gerencia de Calidad Pag.: 7 de 7 Aprobado con Resolución N°0737-2013-CU-ULADECH CATÓLICA