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DIÓCESIS DE ROCKFORD POLÍTICAS QUE RIGEN EL USO DE LAS INSTALACIONES POR GRUPOS NO AFILIADOS O PATROCINADOS POR UNA PARROQUIA, ESCUELA O LA DIÓCESIS I. Introducción Estas políticas han sido desarrolladas para ayudar a los párrocos/administradores y administradores diocesanos a determinar bajo qué circunstancias permitir a un grupo que no sea de la parroquia, la escuela o diocesano utilice las locaciones una vez, periódicamente o a largo plazo. II. Principios 1. 2. 3. III. Las parroquias, escuelas y grupos diocesanos tienen prioridad en el uso de la parroquia, la escuela y las locaciones diocesanas. Conceder el uso de una parroquia o centro diocesano a un grupo u organización que no esté afiliada o patrocinada por una parroquia o escuela o la diócesis no constituye un aval por la parroquia local o la escuela, la diócesis, o la iglesia católica de los principios o la filosofía del grupo al que se le está concedido uso de las instalaciones. El párroco /administrador de la parroquia y la escuela y el administrador de la instalación Diocesana podrán establecer directrices sobre el uso de las instalaciones de la parroquia/instalación diocesana si esas directrices no son incompatibles con esta Política Política 1. El párroco de la parroquia y planteles escolares o administrador de una locación diocesana determinará si la parroquia/escuela/centro diocesano estarán disponibles para uso de los grupos que no estén afiliados con o patrocinados por la parroquia / escuela/Diócesis. Al hacer esta determinación, el párroco/administrador/ administrador diocesano/ tomará en consideración las necesidades y las operaciones de la parroquia/escuela/Diócesis. 2. Existe una diferencia entre los edificios de la Iglesia que están construidos exclusivamente para adoración y los edificios que pueden tener múltiples usos. El propósito principal y la función del edificio de la Iglesia, es la oración y la adoración de los fieles. Cualquier otro uso propuesto para hacerse en el edificio de la iglesia no debe ser de carácter que pueda contradecir el objetivo y función del edificio de la iglesia, en consonancia con las normas canónicas que regulan el espacio sagrado. 4. En casos donde el párroco/administrador/ administrador diocesano/ haya decidido poner a disposición un centro parroquial/escolar/Diocesano a individuos o grupos no afiliados con o patrocinados por la parroquia/escuela / Diócesis, una instalación de ese tipo puede ser alquilada a un individuo o grupo una sola vez, periódicamente o a largo plazo. El contrato de uso de las instalaciones debe estar totalmente diligenciado para utilizar cualquier acuerdo para la utilización única o periódica de una parroquia / escuela/ facilidad Diocesana. Este documento está adjunto a esta Política y también se encuentra en ‘Diocese of Rockford Parish Administrative Resource Manual’. Un acuerdo para el uso de una locación parroquia/escuela/centro diocesano a largo plazo debe ser completado y debidamente registrado en un contrato de arrendamiento por escrito, el cual debe ser revisado y aprobado por el Consejo General de la Diócesis antes de que las partes lo firmen. El Consejero General de la Diócesis ayudará al párroco/administrador/administrador Diocesano/ en la preparación del contrato de arrendamiento. 5. El uso de una parroquia/escuela/locación diocesana no se le concederá a cualquier individuo, grupo u organización: cuyo propósito, principios, actos u omisiones u objetivos contradigan la fe y la moral de la Iglesia Católica o las políticas de la Diócesis de Rockford, según lo determinado por el obispo de la diócesis de Rockford; y el propósito, principios, actos u omisiones o los objetivos de la persona, grupo u organización son intrínsecamente inseparables del uso propuesto de la instalación por el individuo, grupo u organización, según lo determinado por el Obispo; Cuando la actividad para que la instalación se va a utilizar contradiga la fe y la moral de la iglesia católica o las políticas de la diócesis de Rockford, según lo determinado por el obispo de la diócesis de Rockford; Cuando al hacerlo involucrara directamente a la Iglesia en la política partidista en apoyo a un candidato para un cargo civil y en oposición a otros candidatos para el mismo cargo; Cuando una actividad ilegal, insegura o peligrosa pueda ocurrir como resultado; Cuando el párroco/administrador/administrador diocesano/ o la Diócesis determine que la concesión de dicho uso no será en el mejor interés de la parroquia, sus feligreses, los fieles o de la Diócesis, o la negación de tal uso es necesaria para evitar el escándalo. Individuos y grupos u organizaciones no parroquiales y no diocesanos que deseen utilizar una parroquia o centro diocesano deberán obtener un certificado de seguro de cobertura de responsabilidad con límites de cobertura aceptable y nombrar a la parroquia y la diócesis como asegurados adicionales. El procedimiento para hacerlo se describe en la Solicitud de Cobertura de Eventos Especiales, Solicitud de Cobertura de Eventos Especiales para las reuniones periódicas, El seguro Especial para Eventos Especiales y el Procedimientos Seguros de Eventos Especiales memorando fechado en abril de 2014 y cualquier versión revisada del mismo. Estos documentos se anexan a esta Póliza y también se encuentran en ‘Diocese of Rockford Parish Administrative Resource Manual’. 6. Reconociendo la exención de impuestos de las parroquias y la Diócesis, se recomienda, que siempre que se solicite una donación para el uso de una parroquia o locación diocesana, el monto de la donación no debe exceder el costo estimado necesario del mantenimiento de las instalaciones y que la donación debe figurar claramente en los registros financieros de la parroquia. Efectivo desde marzo 3, 2015