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nº 454 / 1 marzo 2015 correspondencia: justo.aznar@ucv.es Destacan en este número tres temas. El primero de ellos hace referencia a los últimos trabajos sobre el uso de células reprogramadas pluripotenciales con finalidad clínica. También se comenta el nacimiento del primer niño de una mujer a la que se le había trasplantado un útero con, al parecer, resultados positivos. Finalmente, se hace referencia a una novedosa noticia de última hora, difundida por algunos medios de comunicación, en la que se comunica que un doctor italiano propone la posibilidad de realizar trasplantes de cuerpo entero. Desde un punto de vista ético nos parece inaceptable difundir noticias que no tengan una evidencia médica objetiva de que puedan llevarse a cabo, especialmente cuando lo propuesto no tiene un soporte técnico demostrable. 4. Nace el primer niño tras un trasplante de útero 5. Algunos aspectos éticos y médicos sobre la sedación paliativa 6. Las victimas olvidadas de la violencia sexual: los niños nacidos de la guerra 7. El aborto en África 1. En el Partido Popular español solo caben los abortistas 2. ¿Se puede hacer algo para disminuir el número de suicidios? 3. Embarazos múltiples en la reproducción asistida 4. Aumentan los embarazos múltiples 5. Se utiliza la reducción embrionaria en embarazos gemelares 6. El plagio en la investigación científica 7. La defensa de la homosexualidad parece prioritaria en el programa político de Obama 1. Células adultas reprogramadas. Nuevos avances 2. Maraña biológica, legal y familiar en el Reino Unido 3. Se utilizan células de retina derivadas de células madre embrionarias para tratar la degeneración macular de la retina 8. Nuevo efecto secundario negativo de la fecundación in vitro aa En un reciente trabajo (Nature 516,172-173, 11 diciembre 2014) Wu e Izpisua evalúan los sistemas de reprogramación de células somáticas adultas a partir de cinco estudios recientes. En el primero de ellos (Nature 516; 192-197, 2014) se comenta un nuevo proceso de reprogramación que ha dado lugar a un nuevo tipo de células pluripotenciales reprogramadas, que han denominado células F. Estas células, identificadas por Tonge y colaboradores en el referido trabajo, se producen cuando los factores de reprogramación no son silenciados por otros factores que se expresan en las células huéspedes una vez que la pluripotencialidad se ha alcanzado. Una característica muy importante de las células F es que se pueden producir a gran escala, lo que es muy favorable para su posible aplicación clínica en la medicina regenerativa y reparadora, aunque su uso también puede tener dificultades, pues pueden ser portadoras de mutaciones hasta ahora no bien controladas. De todas formas, se está tratando de solucionar este problema. Indudablemente estos estudios, además de su indudable repercusión científica, tienen un gran interés ético, pues no hay que olvidar que las células reprogramadas, especialmente las iPs, ofrecen grandes posibilidades terapéuticas sin ningún problema ético. aa Por primera vez un soltero acude a la subrogación y es padre de un bebé que es su hijo y su hermano a la vez. Miles, nacido hace 8 meses, concebido por fecundación in vitro, fecundado un óvulo de una donante desconocida con esperma de Kyle Casson. El embrión, así fecundado, se implantó en la madre de Kyle, que actuó como madre subrogada. Por lo cual Miles fue dado a luz por su abuela. El periódico inglés, The Telegraph del 7 de marzo, afirma, “La madre de un hombre gay, Anne-Marie Casson, de 46 años, ha dicho cómo dio a luz a su bebé después de un embarazo subrogado, por lo cual Kyle Casson, su hijo, se ha transformado en el primer hombre soltero que tiene un hijo a través de subrogación en el Reino Unido y el primero en utilizar a su propia madre como sustituta. Hablando públicamente por primera vez, Casson de 27 años, que trabaja en un supermercado, dijo: “entiendo que no todo el mundo esté de acuerdo conmigo. Pero tengo un hijo y estoy muy contento. Mientras las personas tengan medios económicos, no veo por qué negar el derecho a ser padre a cualquier persona, independientemente de su tendencia sexual, siempre y cuando se pueda sustentar al niño, no veo cuál es el problema. Yo pagué por ello, no es dinero de los contribuyentes, soy dueño de mi propia casa y voy a volver a trabajar.” El artículo continúa analizando los aspectos legales del caso y afirma, “No es ilegal para padres solteros llegar a un acuerdo de subrogación, pero la ley les impide adoptarlos como hijos o incluso les niega el permiso legal para criarlos en el Reino Unido.” Sin embargo, el Tribunal inglés no lo entendió así y sancionó la adopción solicitada por el padre biológico, respeto a lo cual el artículo manifiesta, “En un fallo del Tribunal Superior dictado la semana pasada, la jueza Theis dijo que bajo la Ley de Fertilización humana y Embriología del 2008, la cual rige los acuerdos de subrogación, la mujer que dio a luz al niño es la madre legal, su esposo es el padre, porque consintió el embarazo, y ambos son mencionados en el certificado de nacimiento de Miles.” El artículo señala otra dificultad legal, manifestando que “La ley estipula que una madre sustituta debe entregar un niño a dos padres ‘en una relación familiar perdurable’. Bajo la ley mencionada es un 2 crimen entregar el bebé al padre biológico soltero.” Pero el juez dictaminó, ‘que la adopción no violaba la ley porque el bebé y su padre estaban legalmente relacionados como hermanos’.” Por fin se refiere el autor, a los muchos “críticos que han calificado la sentencia del juez Theis como ‘dudosa’ y pidieron reformas urgentes para prevenir los abusos de la ley de fertilidad.” Sin entrar en los aspectos legales, consideramos que los derechos del niño y su dignidad quedan afectados por la sentencia, que lo priva de ser cria- do por un padre y una madre dentro de un ámbito familiar, único que permite un adecuado desarrollo de la persona. Por otra parte, nos parece que la identidad del niño como persona se puede ver gravemente afectada al impedirle conocer quién es su madre biológica, por lo que la ley lo condena a ser un huérfano de por vida, sin mencionar la confusión a que queda expuesto Miles, entre los roles de padre-hermano, abuela-madre, abuelo-padre, madre biológica y subrogada, etc. aa El pasado 7 de febrero se publicó un artículo en The Lancet (385; 509, 2015)) en el que se comunicaban los resultados del tratamiento de 18 pacientes con degeneración macular asociada a la edad, una enfermedad que conduce a la ceguera. Los pacientes fueron seguidos durante 22 meses. Se pudo comprobar que la agudeza visual mejoró en diez ojos y en uno disminuyó. Los ojos no tratados no mostraron ninguna modificación en su agudeza visual. Estos estudios indican que el uso de este tipo de células, para esta patología concreta, puede ser una estrategia viable, probablemente porque el pequeño tamaño de la lesión, menor de 6 mm, hace que no se requieran grandes cantidades de células. Sin embargo, esta terapéutica no se mostró eficaz en otra enferme- dad retiniana, la distrofia macular de Stargard. Es indudable, que estas experiencias son de interés clínico, pero no hay que olvidar que para obtener las células madre embrionarias hay que destruir embriones humanos, lo que sin dudad es una grave dificultad ética. Por ello, en una nota de la propia revista Lancet (385; de 7 de febrero de 2015, pág. 487), en la que se comenta este tema, se hace referencia a otras experiencias, éstas llevadas a cabo con células iPs (células adultas reprogramadas), por un equipo japonés (Nature 513; 287-288, 2014), para tratar la degeneración macular asociada a la edad, con la ventaja, desde nuestro punto de vista, de que el uso de éstas no presenta inconveniente ético alguno. aa En 2013, a una mujer de 35 años, con ausencia congénita de útero, se le practicó un trasplante de útero. El útero fue donado por una mujer sana de 61 años, que había tenido dos hijos. La paciente tuvo su primera menstruación a los 43 dias del trasplante y continuó menstruando regularmente. Al año del trasplante, se le transfirió un embrión y quedo embarazada. Tuvo tres episodios de ligero rechazo, que fueron solucionados con corticoides. El embarazo transcurrió normalmente. A las 31 semanas y cinco dias, la mujer sufrió una pre-eclampsia, por lo que a las 16 horas se le practicó una cesárea, naciendo un niño, con un peso normal para su edad gestacional (1775 gr). Se describe por tanto (The Lancet 385; 607-616, 2015, 14 de febrero de 2015) el nacimiento del primer niño tras un trasplante de útero, a partir de una donante viva post- menopaúsica. No hay duda de la importancia de esta experiencia clínica, sin embargo no hay que olvidar los aspectos éticos de esta práctica médica, a los que os hemos referido en una publicación anterior (http://www. observatoriobioetica.org/2014/10/nace-el-primernino-tras-un-trasplante-de-utero/5607 ) 3 aa La sedación paliativa es una práctica médica con indudable repercusión ética. Con motivo de la polémica social suscitada por la propuesta de la ley francesa sobre la “Atención al final de la vida”, nos parece de interés reproducir un artículo publicado en El País (24-V-2010), firmado por Javier Rocafort Gil, en ese momento presidente de la Sociedad Española de Cuidados Paliativos, y que de forma objetiva define los principales aspectos médicos de la “Sedación Paliativa“, lo que sin duda nos parce útil para que nuestros lectores puedan conocer bien los fundamentos clínicos de una práctica médica, como ya hemos dicho de tan gran repercusión ética. si permite periodos libres de sedación, lo cual intentamos cuando el paciente no está en fase agónica. Así, en las horas libres de sedación el enfermo podrá relacionarse y tomar alimentos. Si en dichos periodos el sufrimiento o síntoma refractarios se hacen intensos, o si se hace presente la situación de últimos días (agonía), debemos cambiar a una sedación continua. La indicación de Sedación Paliativa la establece el médico al comprobar la refractariedad del síntoma o sufrimiento, consultando a otros expertos si es posible, y requiere además el consentimiento informado, preferiblemente del paciente, y, si no es posible, el de su familia por representación. La sedación paliativa, en sí misma, es un recurso terapéutico que, bien aplicado, es éticamente correcto. Son las circunstancias en las que se aplica y el fin que busca lo que en determinados casos pueden convertirla como una técnica reprobable. La sedación no debe instaurase para aliviar la pena de los familiares o la carga laboral y la angustia de las personas que lo atienden. La aplicación de sedación paliativa exige del médico la comprobación cierta y consolidada de las siguientes circunstancias: - Que existen síntomas y/o sufrimiento intensos y refractarios al tratamiento. - Que el enfermo o, en su defecto la familia, ha otorgado el adecuado consentimiento informado, y éste ha quedado correctamente registrado en la historia clínica. - Que el enfermo ha tenido oportunidad de satisfacer sus necesidades familiares, sociales y espirituales. - Que se puede realizar un adecuado seguimiento del paciente y su familia durante la sedación. El inicio de la sedación no descarga a los profesionales de su deber de continuidad de los cuidados. Aunque esta sedación pueda durar más de lo previsto, no pueden suspenderse los cuidados básicos e higiénicos exigidos por la dignidad del enfermo por el cuidado y el aseo de su cuerpo. Comenzaremos definiendo dos conceptos fundamentales para guiar la adecuada atención al final de la vida desde el punto de vista clínico y ético: El síntoma refractario: es aquel que no puede ser controlado con los tratamientos disponibles, aplicados por médicos expertos, en un plazo de tiempo razonable. En estos casos el alivio del sufrimiento requiere la disminución de la conciencia para que el paciente no note el síntoma. La sedación paliativa: es la disminución deliberada de la conciencia del enfermo mediante la administración de los fármacos apropiados, con el objetivo de evitar un sufrimiento insostenible causado por uno o más síntomas refractarios. A veces, incluso, se aplica en pacientes con los síntomas físicos controlados si existe un sufrimiento emocional refractario que no se logre aliviar con la mejor valoración y atención integral a sus necesidades psicológicas y espirituales. Cuando el enfermo se encuentra en sus últimos días u horas de vida, hablamos de sedación en la agonía. La sedación puede ser superficial o profunda. Graduamos su aplicación buscando el menor grado de sedación que permita un adecuado control del síntoma o sufrimiento refractario. Puede ser intermitente, 4 aa Entre los cientos de cristianos y minorías secuestrados por los terroristas del Estado Islámico se encuentran mujeres y niñas obligadas a casarse y a ser esclavas sexuales. Mientras que los líderes mundiales titubean para responder a los ataques del ISIS, otra crisis se avecina: el arriesgado futuro de estas mujeres y jóvenes, y los niños que concebirán durante su cautiverio. A lo largo de la historia, los niños nacidos de la guerra han sido sometidos a toda una vida de rechazo y privación de necesidades básicas como la asistencia médica y la educación debido a las trágicas circunstancias de su nacimiento. Los niños noruegos de Lebensborn, huérfanos que fueron procreados por nazis durante la ocupación alemana en la Segunda Guerra Mundial, e hijos de las guerras de la ex Yugoslavia en la década del noventa son algunos ejemplos. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos en el primer caso, y organismos como Unicef, en el segundo, han rechazado las solicitudes de indemnización o atención especial para estos sobrevivientes de la violencia sexual y del espantoso estigma que padecieron desde las guerras. Hoy en día, varias agrupaciones sin fines de lucro están trabajando en entornos afectados por conflictos en África para ayudar a la actual generación de niños nacidos de la guerra. El pasado 12 de marzo un panel de expertos se reunió en la ONU para despertar conciencia y debatir modos de ayudar a los gobiernos y responsabilizar a los organismos internacionales para que hagan un mejor trabajo en cuanto a reconocer y satisfacer los derechos humanos básicos de estos niños. Eunice Apio ha estado trabajando durante más de una década en Uganda del Norte con mujeres raptadas por el grupo guerrillero Lord’s Resistance Army y con sus hijos nacidos en cautiverio. Presentará su investigación que compara cuatro casos que incluyen Uganda, Sierra Leona, la República Democrática de El Congo y el sur de Sudán. Apio afirma que muchos funcionarios no comprenden que las sobrevivientes de la violencia sexual no pueden reintegrarse si sus hijos no se integran. Es preciso hacer más para cambiar las actitudes de las comunidades de la posguerra, que los ven como «los hijos del enemigo». A menudo la postura de los organismos de la ONU está conformada por la agenda de derechos reproductivos cuyos defensores consideran a los niños «coagresores» de sus madres, o simplemente los ven como una consecuencia indirecta de la violación que no merece el reconocimiento de sus propios derechos. No obstante, como aclara Jules Shell en su ponencia “Sonríele al hombre que te hizo esto”, las madres a menudo aman a sus hijos y quieren que sean exitosos. Tal es el propósito de la Fundación Ruanda, agrupación que ella cofundó en 2008. Unos 20000 niños nacieron producto de violaciones durante el genocidio de 1994 en Ruanda. Como los niños nacieron después del genocidio, no tuvieron derecho a acceder a programas para sobrevivientes y fueron olvidados. Su agrupación financia la educación de más de 800 de ellos pero no existe un plan para ayudar al resto, y los recursos para su trabajo siempre se estiran al máximo, asegura. El secuestro de mujeres y niñas por Boko Haram en Nigeria captó la atención mundial y los medios sociales se encendieron con pedidos que rezaban #BringBackOurGirls (devuelvan a nuestras niñas). ¿Pero qué sucederá cuando regresen las jóvenes? Obianuju Ekeocha presentará los resultados de entrevistas que realizó acerca del modo en el que el país planea responder a los niños nacidos de matrimonios forzados y de la esclavitud sexual. Ekeocha explica por qué la cultura africana de recibir con agrado a los niños a menudo enfrenta a los gobiernos con quienes promueven el aborto como la mejor solución para los niños concebidos en situaciones de violencia sexual (Center for Family and Human Rights. 7-III-2015). 5 aa La Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos, que vigila el cumplimiento del Protocolo a la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos sobre Derechos de las Mujeres, llamado Protocolo de Maputo, dio a conocer el Comentario General n° 2 al artículo 14 de ese Protocolo. Soyata Maiga, Relator Especial sobre los Derechos de la Mujer en África, emitió la Observación general o Comentario General en nombre de la Comisión de 11 miembros. Es de notar que en la redacción del Comentario se cita explícitamente al Ipas, una ONG que entre sus objetivos tiene: “garantizar que las mujeres puedan obtener servicios de aborto seguro, respetuoso y comprensivo, incluyendo consejería y anticoncepción para prevenir futuros embarazos no deseados”. “Debe tenerse en cuenta que el Protocolo de Maputo es el primer tratado que reconoce el aborto, bajo ciertas condiciones, como derecho humano de las mujeres, que deben disfrutar sin restricciones ni temor a ser enjuiciadas”, dice el documento. La Comisión Africana “acoge con satisfacción la ratificación de este importante documento” por parte de la mayoría de los Estados miembros de la Unión Africana. Sin embargo, señala que en muchos países están aún por comenzar las reformas legislativas en el ámbito de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres. El Comentario General sigue afirmando que emitir leyes nacionales contra el aborto es “discriminatorio”, refiriendose a las creencias religiosas y culturales como “barreras” a eliminar, insistiendo en que los Estados deben tomar “las medidas necesarias para que esos programas también lleguen a las mujeres de las escuelas privadas, incluyendo las escuelas religiosas”. El documento rechaza la autorización de los padres o del cónyuge, al declarar que la responsabilidad de “proteger” debe incluir “las medidas necesarias para impedir que terceros interfieran en el disfrute de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres’, incluyendo, pero sin limitarse, a padres, tutores, cónyuges’”. En cuanto a la objeción de conciencia se refiere, “Los Estados deben garantizar que sólo el personal de salud que participa directamente en la prestación de servicios de planificación de la anticoncepción/familiar goza del derecho a la objeción de conciencia y que no lo es para las instituciones”, expresa el documento (Noticias Globales.10-III-2015). 01 Celia Villalobos, y que después de recibir entre diputada del Parti6 y 10 sesiones terapéuticas, do Popular y Vicepresidenta para tratar de disuadirlos de Primera del Congreso de los sus intenciones suicidas, se Diputados español, ha afirpudo comprobar que a los 5 mado en una entrevista teleaños los índices de suicidios visiva que “lo que no cabe en habían disminuido un 26% y mi partido son personas que se habían evitado 23 muertes. dicen no al aborto” (Programa “La sexta Noche”, El grupo evaluado se comparó con 17.304 personas 21 de febrero 2015). que habían intentado suicidarse y no recibieron sesiones terapéuticas. Disminuye la incidencia de suicidios tras recibir los potenciales suicidas un programa Embarazos gemelares en la reproducción terapéutico. Investigadores daneses evalúan a 5.678 asistida. El porcentaje de embarazos múltipersonas de su país que habían intentado suicidarse ples tras fecundación in vitro varía desde 14.7% en 02 03 6 Corea del Sur a 29.0% en Dinamarca (Fertility and Sterility 103; 179-183, 2015). por publicar ha conducido a que en algunos países más del 15% de los artículos publicados contengan textos plagiados (PNAS 112; 6-7, 2015). 04 Durante los últimos 30 años el número de embarazos gemelares se ha incrementado 100 veces debido a las técnicas de procreación asistida. También han aumentado los gemelos homocigóticos, no estando clara la razón por lo que esto ocurre (Fertility and Sterility 103; Suppl 2 febrero 2015). 07 El 25 de febrero pasado, el Secretario de Estado, norteamericano, John Kerry, manifestó que “la defensa y promoción de los derechos humanos de las personas GBT (lesbianas, gays, bisexuales y transexuales) es el centro de nuestro compromiso con la población de los derechos humanos en todo el mundo, es el corazón y la conciencia de nuestra diplomacia” (Noticias Globales. Gacetilla nº 1246. Buenos Aires. 28-II- 2015). 05 La reducción embrionaria es una práctica, a nuestro juicio difícil de justificar desde un punto de vista ético, pero aun nos parce menos justificable cuando se quiere aplicar, como recientemente se ha hecho (Fertility ans Sterility Vol. 103, nº 2, febrero 2015), para reducir embarazos gemelares a embarazos de un solo feto, por pensar que estos últimos tienen menos incidencia de prematuridad y mejores resultados perinatales. 06 08 Se ha comunicado que las mujeres que quedan embarazadas por técnicas de reproducción asistida tienen más riesgo de no poder seguir amamantando a sus hijos, que las que lo han sido por vía natural (Fertility Sterility 103; 89-94, 2015). En el año 2012 se publicaron más de 2 millones de artículos científicos. Esta presión 7