Download Por el cual se establece el Plan Desarme en Medellín
Document related concepts
Transcript
CONCEJO DE MEDELLIN ACUERDO MUNICIPAL N° 06 DE 2007 Por el cual se establece el Plan Desarme en Medellín como política pública de prevención de la violencia a través del desestímulo al porte, uso y tenencia de armas. EL CONCEJO DE MEDELLIN. En uso de sus facultades constitucionales y legales otorgadas por el artículo 313 de la Constitución Política y en especial las conferidas por la Ley 136 de 1994, ACUERDA ARTÍCULO PRIMERO: Se establece en Medellín el Plan Desarme como política pública de prevención de la violencia, a través del desestímulo al porte y tenencia y uso de armas, dirigido a la población civil. El Plan estará orientado por el Acuerdo 03 de 2004 del Plan de Desarrollo Municipal de Medellín, el Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo – PNUD -, y el Proyecto de Convivencia y Seguridad Ciudadana del Área Metropolitana del Valle de Aburrá. ARTÍCULO SEGUNDO: OBJETO Desarrollar mediante la implementación de los componentes pedagógico y comunicacional, de participación social y gestión administrativa y el de control y vigilancia, procesos dirigidos a promover el desarme, para reducir el riesgo de homicidios o accidentes letales y contribuir a la construcción y fortalecimiento de tejido social y al desestímulo de los modelos culturales y construcciones sociales asociados a la valoración positiva de los sujetos vinculados al uso de las armas como instrumento de poder y distinción. ARTÍCULO TERCERO: Desarrollar procesos pedagógicos y estrategias comunicacionales orientadas a generar, convicción y cambios de actitud en los padres, niños y niñas, adolescentes y jóvenes, que logren contrarrestar el deseo bélico y el comportamiento agresivo y que a su vez, logren contrarrestar los modelos culturales y las construcciones sociales asociadas a la valoración positiva de los sujetos vinculados al uso de las armas y, lograr el rechazo y censura de la ciudadanía a quienes las portan. ARTICULO CUARTO: Articular procesos administrativos Interinstitucionales locales y metropolitanos, nacionales e internacionales, que permitan fortalecer y mejorar las acciones orientadas al control del porte y tenencia de armas por parte de los ciudadanos. ARTICULO QUINTO: Contribuir a aumentar la credibilidad en el Estado como el único y legítimo portador de las armas y como garante de la preservación de la existencia humana. ARTICULO SEXTO: Además de otras estrategias a desarrollar por la Administración para el logro de los objetivos propuestos, se encuentran las siguientes: 1. Componente Pedagógico y Comunicacional, 2. Componente Participación Social y Gestión Pública sobre el desarme, 3. Componente de Control y Vigilancia. Acuerdo Plan Desarme en Medellín Página 1 CONCEJO DE MEDELLIN ACUERDO MUNICIPAL N° 06 DE 2007 ARTICULO SÉPTIMO: Teniendo en cuenta la vinculación geográfica, los intereses sociales y políticos comunes a todos los municipios que conforman el Área Metropolitana, este acuerdo propenderá por la promoción de esta iniciativa en los Concejos Municipales de los demás Municipios del Valle de Aburrá. ARTICULO OCTAVO: Para la ejecución del proyecto la Alcaldía de Medellín, prestarán los apoyos logísticos y económicos necesarios. ARTICULO NOVENO: La Administración reglamentará el presente Acuerdo en un lapso de tres (3) meses a partir de su publicación ARTICULO DECIMO: El presente acuerdo rige a partir de su sanción y promulgación legal. Dado en Medellín a los quince (15) días del mes de mayo de dos mil siete (2007), Acta N° 622. MAURICIO TOBÓN FRANCO Presidente MANUEL SALVADOR BETANCUR MONCADA Secretario Post scriptum: Este Acuerdo tuvo dos (2) debates en días diferentes y en ambos fue aprobado. MANUEL SALVADOR BETANCUR MONCADA Acuerdo Plan Desarme en Medellín Secretario Página 2