Download REPUBLIQUE FRANCAISE
Document related concepts
no text concepts found
Transcript
1. ------IND- 2016 0673 F-- ES- ------ 20161228 --- --- PROJET REPÚBLICA FRANCESA Ministerio de Economía y Hacienda Proyecto de Orden de [] Por la que se modifica la Orden, de 19 de octubre de 2006, relativa al empleo de coadyuvantes tecnológicos en la fabricación de determinados productos alimenticios NOR: El Ministro de Economía y Finanzas, la Ministra de Asuntos Sociales y Sanidad, el Ministro de Agricultura, Agroalimentación y Bosques, portavoz del Gobierno, y la Secretaria de Estado responsable de Comercio, Artesanía, Consumo y Economía Social y Solidaria, Visto el Reglamento (UE) 1333/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de diciembre de 2008, sobre aditivos alimentarios; Vista la Directiva (UE) 2015/1535 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de septiembre de 2015, por la que se establece un procedimiento de información en materia de reglamentaciones técnicas y de reglas relativas a los servicios de la sociedad de la información, conjuntamente con la notificación n.º 201X/XX/F con fecha de X de X de 201X, enviada a la Comisión Europea; Visto el Código de Consumo, en particular el artículo L 412-1; Visto el Decreto n.º 2011-509, de 10 de mayo de 2011, por el que se fijan las condiciones de autorización y empleo de los coadyuvantes tecnológicos que pueden emplearse en la fabricación de productos alimenticios destinados a la alimentación humana, en particular el artículo 5; Vista la Orden, de 19 de octubre de 2006, modificada, relativa al empleo de coadyuvantes tecnológicos en la fabricación de determinados productos alimenticios; Vistos los dictámenes de la Agencia Nacional de Seguridad Sanitaria de Alimentación, de Medio Ambiente y de Trabajo, de 31 de julio de 2015, de 14 de septiembre de 2015, de 22 de diciembre de 2015, de 18 de marzo de 2016 y de 28 de octubre de 2016; Disponen: Artículo 1 1 Se modifican los anexos I y II de la Orden de 19 de octubre de 2006 mencionada anteriormente, de conformidad con las disposiciones del anexo de la presente Orden. Artículo 2 La Directora General de Competencia, Consumo y Represión del Fraude, el Director General de Sanidad, el Director General de Alimentación y el Director General de Empresas serán los responsables, en ejercicio de sus respectivas competencias, de la ejecución de la presente Orden, que se publicará en el Boletín Oficial de la República Francesa. A [ ]. El Ministro de Economía y Finanzas, En nombre del Ministro y por delegación: La Ministra de Asuntos Sociales y Sanidad, En nombre de la Ministra y por delegación: El Ministro de Agricultura, Agroalimentación y Bosques, portavoz del Gobierno, En nombre del Ministro y por delegación: La Secretaria de Estado responsable de Comercio, Artesanía, Consumo y Economía Social y Solidaria, en nombre de la Secretaria de Estado y por delegación 2 ANEXO 1. Se añaden las siguientes disposiciones al anexo I-A de la Orden, de 19 de octubre de 2006, mencionada anteriormente: Coadyuvantes tecnológicos Emulsión acuosa de grasas, ceras y resinas duras extraídas del lúpulo (CAS 8060-28-4, EINECS 232-504-3, FEMA 2578). Monensina CAS n.º 22 373-78-0 (sal sódica de poliéter del ácido mono-carboxílico de fórmula C36H61O11Na) producido por Streptomyces cinnamonensis. Copolímeros de acrilamida y de acrilato de sodio (constituidos por un 20 % de motivo acrilamida y un 80 % de motivo acrilato). Copolímeros de acrilamida y de acrilato de sodio (constituidos por un 90 a 50 % de motivo acrilamida y un 10 a 50 % de motivo acrilato). Categoría del coadyuvante tecnológico Producto alimenticio Industria Antiespumante. cervecera. Agente de descontaminació n de productos de origen vegetal. Preparado desincrustante. Floculante y coagulante. Alcohol etílico de origen agrícola. Condiciones de empleo/función Contenido residual máximo En una dosis máxima de 100g de emulsión/hl (es decir, < 8 g de extractos de lúpulo/hl) En una dosis máxima de 0,5 mg/l de jugo de difusión o de sirope. Contenido residual técnicamente inevitable. Contenido residual técnicamente inevitable. Autorizado en las fermentaciones destinadas a la producción de alcohol etílico. El uso debe ser ocasional y de corta duración, y debe limitarse a los casos en que la flora bacteriana sea > 106 gérmenes/ml. Azúcar ≤ 10 g/m3 de jugo azucarado. Contenido residual ≤ (semi)blanco 0,8 mg/kg de azúcar. cristalizado. Azúcar ≤ 6 g/m3 de jugo azucarado. Contenido residual ≤ (semi)blanco 0,8 mg/kg de azúcar. cristalizado. 2. Las siguientes disposiciones sustituyen a las disposiciones relativas al cloro gaseoso y al hipoclorito de sodio para la fabricación de frutas y hortalizas y champiñones destinados a la fabricación de conservas y a ser congelados, y frutas y hortalizas y champiñones crudos, listos para el consumo (la llamada cuarta gama) en el anexo I-A de la Orden de 19 de octubre de 2006 mencionada: 1 Coadyuvantes tecnológicos Cloro gaseoso. Categoría del coadyuvante tecnológico Producto alimenticio Condiciones de empleo/función Contenido residual máximo Frutas y hortalizas y champiñones destinados a la fabricación de conservas Agente de y a la descontaminació Concentración en cloro libre de congelación y n de productos baño de cloración: 80 ppm como frutas, de origen máximo. Aclarado obligatorio. hortalizas y vegetal. champiñones crudos listos para el consumo (la llamada cuarta gama). Contenido en residuos organoclorados: inferior a 200 microgramos por kilogramo (expresado en forma de organohalógeno absorbible AOX). 2 Hipoclorito de sodio. Frutas, hortalizas y champiñones destinados a la elaboración de conservas Agente de y a la descontaminació congelación y n de productos frutas, de origen hortalizas, vegetal. chmapiñones y hierbas aromáticas listas para el consumo (la llamada cuarta gama). Concentración en cloro libre de baño de cloración: 80 ppm como máximo. Aclarado obligatorio. Contenido en residuos organoclorados: inferior a 200 microgramos por kilogramo (expresado en forma de organohalógeno absorbible AOX). 3. Se añaden las siguientes disposiciones al anexo I-C de la Orden, de 19 de octubre de 2006, mencionada anteriormente: Coadyuvantes tecnológicos Acetolactato descarboxilasa resultante de una cepa modificada genéticamente de Bacillus Licheniformis (JB) que contiene el gen que codifica para el acetolactato descarboxilasa de Bacillus brevis Categoría del Producto coadyuvante alimenticio tecnológico Enzimas. Industria cervecera. Condiciones de empleo/función Contenido residual máximo Hidrólisis del alfa-acetolactato precursor del diacetilo. Contenido residual técnicamente inevitable. 3 Alfa-amilasa resultante de una cepa de Bacillus Subtilis (NBA) modificada genéticamente que contiene el gen que codifica para la alfa-amilasa derivada del Alicyclobacillus pohliae Enzimas. Alfa-amilasa resultante de una cepa de Enzimas. Aspergillus niger (SB) modificada genéticamente que contiene el gen que codifica para la alfa-amilasa de Rhizomucor pusillus Amiloglucosidasa (o glucoamilasa) resultante de una cepa modificada genéticamente de Aspergillus niger (BW) que contiene el gen que codifica para la glucoamilasa de Gloeophyllum trabeum Enzimas. Panificación (a excepción del pan tradicional francés) y panificación especial, galletas, pastelería, biscotes y bollería. Almidonería, industria del alcohol. Panificación (a excepción del pan tradicional francés) y panificación especial, galletas, pastelería, biscotes y bollería. Industria almidonera. Industria del alcohol Hidrólisis de los enlaces alfa-1-4- Contenido residual glicosídicos de polisacáridos técnicamente inevitable. Hidrólisis de los enlaces alfa-1-4- Contenido residual glicosídicos de polisacáridos técnicamente inevitable. Hidrólisis de los enlaces alfa-1-4- Contenido residual glicosídicos de polisacáridos técnicamente inevitable. 4 Amiloglucosidasa (o glucoamilasa) resultante de una cepa modificada genéticamente de Aspergillus niger (BR) que contiene el gen que codifica para la glucoamilasa de Trametes cingulata Enzimas. Asparaginasa resultante de una cepa modificada genéticamente de Aspergillus niger (AGN) que contiene un gen modificado que codifica para la asparagina de Aspergillus niger Enzimas. Industria almidonera. Industria cervecera. Industria del alcohol Panificación (a excepción del pan tradicional francés) y panificación especial, galletas, pastelería, biscotes y bollería. Productos de cereales (salvo el pan tradicional francés), incluidos los cereales para el desayuno, los productos fritos a base de patata. Hidrólisis de los enlaces alfa-1-4- Contenido residual glicosídicos de polisacáridos técnicamente inevitable. Utilización para la preparación de Contenido residual alimentos con L-asparaginasa e técnicamente hidratos de carbono, cocinados a inevitable. temperaturas superiores a 120 ºC para disminuir los niveles de Lasparagina (principal precursor de la formación de acrilamida). 5 Asparaginasa resultante de una cepa modificada genéticamente de Aspergillus oryzae (OA) que contiene un gen modificado que codifica para la asparagina de Aspergillus oryzae Enzimas. Productos de cereales (salvo el pan tradicional francés), incluidos los cereales para el desayuno, los productos fritos a base de patata. Utilización para la preparación de Contenido alimentos con L-asparagina e técnicamente hidratos de carbono, cocinados a inevitable. temperaturas superiores a 120 ºC para disminuir los niveles de Lasparagina (principal precursor de la formación de acrilamida). Pretratamiento de los granos verdes de café Beta-amilasa resultante de una cepa de Bacillus licheniformis (JA) modificada genéticamente que contiene el gen que codifica para la beta-amilasa de Bacillus flexus Enzimas. Pretratamiento del cacao Industria almidonera. Hidrólisis de los enlaces alfa-1-4 de las cadenas de almidón Contenido residual técnicamente inevitable. 6 Beta-galactosidasa (lactasa) resultante de una cepa de Bacillus licheniformis (BT) modificada genéticamente que contiene el gen que codifica para la lactasa de Bifidobacterium bifidium Enzimas. Leche con bajo Hidrólisis de la lactosa contenido en lactosa, lactoserum, productos lácteos fermentados y quesos, a excepción de aquellos que cuentan con denominación de origen protegida, establecidos según unas condiciones que permitan garantizar la inactivación de las enzimas. Contenido residual técnicamente inevitable. 7 Endoxilanasa resultante de una cepa de Enzimas. Aspergillus niger (XEA) modificada genéticamente que contiene el gen que codifica para la endoxilanasa de Rasamsonia emersonii Lipasa resultante de una cepa modificada genéticamente de Aspergillus oryzae (PH) que contiene el gen que codifica para la lipasa de Fusarium oxysporum Enzimas. Industria cervecera. Industria del alcohol. Panificación (a excepción del pan tradicional francés) y panificación especial, bizcochería, biscotes, pastelería y bollería. Hidrolizados de proteínas Hidrólisis de los enlaces osídicos Contenido de las hemicelulosas. técnicamente inevitable. Hidrólisis de lípidos durante el tratamiento de materias primas utilizadas para la producción de hidrolizados de proteínas Contenido residual técnicamente inevitable. 4. Las siguientes disposiciones sustituyen a las disposiciones relativas a la asparaginasa de Bacillus subtilis (CK), a la exo-alfa amilasa maltogénica (o 4-D glucano maltohidrolasa) de Bacillus licheniformis (MDT06-221), a la proteasa de Aspergillus niger GEP 44 y a la xilanasa de Trichoderma longibrachiatum (CBS-114044) en el anexo I-C de la Orden de 19 de octubre de 2006 mencionada: Coadyuvantes tecnológicos Categoría del coadyuvante tecnológico Producto alimenticio Condiciones de empleo/función Contenido residual máximo 8 Asparaginasa resultante de una cepa Enzimas. modificada genéticamente de Bacillus subtilis (CK) portadora del gen que codifica una asparaginasa de Pyrococcus furiosus. Productos de cereales (salvo el pan tradicional francés), incluidos los cereales para el desayuno, los productos fritos a base de patata, extractos de levadura. Utilización para la preparación de Contenido residual alimentos con L-asparaginasa e técnicamente hidratos de carbono, cocinados a inevitable. temperaturas superiores a 120 ºC para disminuir los niveles de Lasparagina (principal precursor de la formación de acrilamida). Pretratamiento de los granos verdes de café. 9 Exo-alfa amilasa maltogénica (o 4-D Enzimas glucano maltohidrolasa) de una cepa genéticamente modificada de Bacillus licheniformis (MDT06-221) que contiene el gen sintético que codifica una exo-alfa amilasa maltogénica de Geobacillus stearothermophilus. Almidonería, producción de jarabe de glucosa. Hidrólisis de los enlaces alfa-1-4 de las cadenas de almidón y oligosacáridos. Industria cervecera. Industria del alcohol de consumo. Proteasa de Aspergillus niger recombinada (GEP 44). Enzimas. Panificación (a excepción del pan tradicional francés) y panificación especial, galletas, pastelería, biscotes y bollería. Cerveza. Hidrólisis del enlace peptídico a Hidrolizados de nivel del grupo carboxil de los proteínas. residuos prolina. Contenido residual técnicamente inevitable. Proceso de trigo almidonero (industria del azúcar). 10 Xilanasa resultante de una cepa modificada Enzimas genéticamente de Trichoderma longibrachiatum (CBS-114044) portadora de un gen mutado que codifica una xilanasa de Thermopolyspora flexuosa (sinónimo anterior de Nonomuraea flexuosa). Industria almidonera. Industria cervecera. Industria del alcohol. Panificación (a excepción del pan tradicional francés) y panificación especial, bizcochería, biscotes, pastelería y bollería. Hidrólisis de los enlaces osídicos Contenido de las hemicelulosas. técnicamente inevitable. 5. Se añaden las siguientes disposiciones al anexo I-D de la Orden, de 19 de octubre de 2006, mencionada anteriormente: Coadyuvantes tecnológicos Asparaginasa resultante de una cepa modificada genéticamente de Aspergillus niger (AGN) que contiene un gen modificado que codifica para la asparagina de Aspergillus niger Categoría del Producto coadyuvante alimenticio tecnológico Enzimas. Cereales infantiles, galletas y biscotes destinados a los recién nacidos y niños de corta edad. Condiciones de empleo/función Contenido residual máximo Utilización para la preparación de alimentos con L-asparagina e hidratos de carbono, cocinados a temperaturas superiores a 120 ºC para disminuir los niveles de Lasparagina (principal precursor de la formación de acrilamida). El tratamiento térmico aplicado bajo responsabilidad del fabricante debe garantizar la desnaturalización de la enzima. Contenido técnicamente inevitable. La enzima debe estar desnaturalizada en el producto final. 11 Asparaginasa resultante de una cepa modificada genéticamente de Aspergillus oryzae (OA) que contiene un gen modificado que codifica para la asparagina de Aspergillus oryzae Enzimas. Lipasa resultante de una cepa modificada genéticamente de Aspergillus oryzae (PH) que contiene el gen que codifica para la lipasa de Fusarium oxysporum Enzimas. Cereales infantiles, galletas y biscotes destinados a los recién nacidos y niños de corta edad. Utilización para la preparación de alimentos con L-asparagina e hidratos de carbono, cocinados a temperaturas superiores a 120 ºC para disminuir los niveles de Lasparagina (principal precursor de la formación de acrilamida). El tratamiento térmico aplicado bajo responsabilidad del fabricante debe garantizar la desnaturalización de la enzima. Hidrolizados de Hidrólisis de lípidos durante el proteínas tratamiento de materias primas utilizadas para la producción de hidrolizados de proteínas Contenido técnicamente inevitable. La enzima debe estar desnaturalizada en el producto final. Contenido residual técnicamente inevitable. 6. Las disposiciones siguientes sustituyen las disposiciones relativas a los copolímeros de acrilamida y de acrilato de sodio del punto IV del anexo II de la Orden de 19 de octubre de 2006 mencionada: COADYUVANTES TECNOLÓGICOS CRITERIOS DE PUREZA Copolímeros de acrilamida y de acrilato de sodio. Monómero de acrilamida: no más de 200 mg/kg. Monómero de ácido acrílico: no más de 5 000 mg/kg. 12