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CONCEJO DE MEDELLIN ACUERDO MUNICIPAL N° _______ DE 2008 Por el cual se crea en Medellín el “Centro Integrado de Servicios Sociales para adultos y adultas mayores” –AMAUTTA-1 EL CONCEJO DE MEDELLÍN en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial los artículos 44, 45 y 93 de la Constitución Política y la Ley 12 de 1991 y el Decreto 1137 de 1999. ACUERDA ARTICULO 1. Créase en la Secretaría de Bienestar Social del Municipio de Medellín el Programa denominado “CENTRO INTEGRADO DE SERVICIOS SOCIALES PARA ADULTOS y ADULTAS MAYORES –AMAUTTA-”. Dicho programa incluye servicios de atención, sistemas de información y gestión de servicios de promoción y prevención en comunidad para la población adulta mayor en la ciudad. ARTICULO 2. La Secretaría de Bienestar Social del Municipio puede operar el funcionamiento del programa “CENTRO INTEGRADO DE SERVICIOS SOCIALES PARA ADULTOS y ADULTAS MAYORES AMAUTTA” en forma directa o a través de contratos según la ley, con entidades públicas u organizaciones de reconocida idoneidad en estas disciplinas. ARTÍCULO 3: El objeto del presente Acuerdo es habilitar un Centro Articulador donde confluyan los programas y proyectos dirigidos a población adulta mayor con el fin de ofrecer servicios bajo criterios de calidad, eficiencia, pertinencia, discriminación positiva y equidad, que garanticen la efectiva atención de esta población. 1 Significa Sabio en Quechua. Centro integrado de servicios para adultos y adultas mayores –Amautta- 1 CONCEJO DE MEDELLIN ACUERDO MUNICIPAL N° _______ DE 2008 ARTÍCULO 4. El Centro brindará servicios de asistencia social, promoción y prevención a la población de hombres y mujeres mayores de 50 años, indigentes y/o en riesgo de indigencia mental o que presenten diagnóstico de enfermedad catastrófica o infecto contagiosa. ARTÍCULO 5: Los objetivos Generales del Centro AMAUTTA son: Ofrecer orientación clara y oportuna sobre información de los distintos programas (subsidios, servicios, convocatorias, actividades, Presupuesto Participativo etc.) dirigidos a adultos y adultas mayores en Medellín, como acceso, requisitos e inscripciones a los diferentes programas de atención a esta población. Desarrollar servicios integrales en un espacio físico céntrico y acogedor Habilitar un centro de referencia con carácter de observatorio social que depure, sistematice y analice la información concerniente a la caracterización y situación actual de adultos mayores en Medellín (con documentos estadísticos, así como enlaces a portales con información de interés en esta área) Brindar información sobre la agenda cultural para la población adulta mayor. Realizar gestión nacional e internacional para atención de esta población. Promover el Cabildo Mayor como un escenario de reflexión, debate, respeto, reconocimiento y participación democrática, suscitando la interlocución con la Administración Municipal en la identificación de necesidades y programas en beneficio de la población adulta mayor de la ciudad de Medellín. Articular los programas, proyectos y acciones de las secretarías de despacho de la administración municipal. ARTICULO 6: Operatividad del Centro: los servicios se enmarcan en los lineamientos de los Programas que operan actualmente en la ciudad y desde el Centro se ofrecerá orientación y remisión a: Atención Preventiva en Comunidad al anciano, Asistencia al anciano en la UATE, Red de Asistencia Social al Adulto Mayor (Dormitorio Social, Alimentación), Hogares Sustitutos para el adulto mayor, Protección Social al adulto mayor, Programa Nacional Juan Luis Londoño de la Cuesta, Almuerzos Calientes. Centro integrado de servicios para adultos y adultas mayores –Amautta- 2 CONCEJO DE MEDELLIN ACUERDO MUNICIPAL N° _______ DE 2008 ARTICULO 7: La dirección del CENTRO INTEGRADO DE SERVICIOS SOCIALES CISAM para adultos y adultas mayores – AMAUTTA -” estará a cargo de un Líder de Proyecto, con experiencia en estos programas. ARTÍCULO 8: Los servidores y servidoras o contratistas que atiendan el Centro AMAUTTA serán profesionales en trabajo social, terapia ocupacional, psicología y gerontología. Podrán nombrarse otros (as) profesionales que se requieran de acuerdo a las necesidades del Centro. ARTÍCULO 9: La Administración Municipal dispondrá de los recursos del Plan de Desarrollo para el funcionamiento de este Centro. ARTÍCULO 10: La Secretaría de Bienestar Social podrá celebrar convenios, contratos, que permitan el ingreso de recursos para el CENTRO INTEGRADO DE SERVICIOS SOCIALES CISAM, de tal forma que se logren aportes significativos para su autosostenimiento. ARTÍCULO 11: El presupuesto del CENTRO INTEGRADO DE SERVICIOS SOCIALES CISAM se hará con sujeción a los lineamientos que determine la Secretaría de Hacienda y la Secretaría de Bienestar Social. ARTÍCULO 12: Este Acuerdo rige a partir de su publicación en la Gaceta del Municipio. Dado en Medellín a los diez (10) días del mes de marzo de 2008, Acta N° 52. FEDERICO GUTIERREZ ZULUAGA Presidente LEON DARIO RAMÍREZ VALENCIA Secretario Post scriptum: Este Acuerdo tuvo dos (2) debates en días diferentes y en ambos fue aprobado. LEON DARIO RAMÍREZ VALENCIA Secretario Centro integrado de servicios para adultos y adultas mayores –Amautta- 3