Download convenio de fortalecimiento institucional mutuo entre el ministerio
Transcript
CONVENIO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA Y LA COMISIÓN HONORARIA DE LUCHA CONTRA EL CÁNCER.En la ciudad de Montevideo, el día 14 de agosto de 2015, comparecen por una parte: el MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA (en adelante “MEC” o el “Ministerio”), representado por la Sra. Ministra, Dra. María Julia Muñoz, con domicilio en la calle Reconquista Nº 535, de la ciudad de Montevideo y por otra parte: la COMISIÓN HONORARIA DE LUCHA CONTRA EL CÁNCER (en adelante “CHLCC” o la “Comisión”), representada por su Presidente, el Dr. Álvaro Luongo, con domicilio en la calle Brandzen Nº 1961, apto. 1104 de la ciudad de Montevideo, quienes acuerdan celebrar el presente convenio: PRIMERO (ANTECEDENTES): I) El MEC, a través de su Dirección de Innovación, Ciencia y Tecnología para el Desarrollo, tiene entre sus cometidos elaborar e impulsar las políticas, lineamientos y estrategias del Ministerio en materia de innovación, ciencia y tecnología. Además, debe articular las acciones con otros organismos públicos y privados, vinculados directa o indirectamente con estas políticas, oficiando como soporte del sistema en materia de elaboración técnica, evaluación, seguimiento y generación de información relevante para la toma de decisiones.---------------------------------------II) La CHLCC es una persona jurídica de derecho público no estatal, que posee como cometidos, entre otros, el promover, coordinar y desarrollar planes y programas concernientes a la prevención, diagnóstico, tratamiento y rehabilitación de las personas afectadas de cáncer, estimulando en coordinación con otras instituciones los esfuerzos para el intercambio de información.-----------------------------------------------------------------------------------------III) Asimismo, el presente acuerdo tiene como antecedente el Convenio de cooperación suscrito entre instituciones uruguayas y francesas (Ministerio de Salud Pública, ASSE-Hospital Maciel, la Universidad de la República, el Instituto Pasteur Montevideo, la Facultad de Medicina de Paris VII, la Asistencia Pública de los Hospitales de París y el Instituto Nacional de la Salud y de la Investigación Médica - INSERM), para promover el desarrollo en el campo de la investigación clínica en el tema cáncer, así como para elaborar un proyecto de investigación que dio paso a las actividades del grupo de trabajo del “Proyecto Cáncer MEC-DICyT”, y a la elaboración del “Plan Cáncer Uruguay. Una iniciativa a escala nacional, para un acceso equitativo a la investigación biológica y clínica en Cáncer” (en adelante, “Plan Cáncer Uruguay”).--------------SEGUNDO (OBJETO): El objeto del presente Convenio consiste en establecer las pautas generales a las cuales se deberán atener las relaciones de intercambio interinstitucional, así como las actividades de colaboración y de cooperación entre el MEC y la CHLCC, relativas al Plan Cáncer Uruguay, que permitan utilizar los conocimientos acumulados en la Dirección de Innovación, Ciencia y Tecnología para el Desarrollo del MEC. En ese sentido, el convenio tiene por finalidad aprovechar y continuar con el fructífero abordaje multidisciplinario que en relación al cáncer ha llevado adelante –en el marco del citado proyecto- el grupo de trabajo coordinado por el Profesor Dr. Raúl Gabús, en representación del MEC (conforme Resolución Ministerial M-882/13, de 30 de agosto de 2013).------------------------------------------------------------------------------TERCERO (PRINCIPIOS DE LA COOPERACIÓN).- I) El MEC se compromete a: i) cooperar en la gestión e intercambio de información que se genere por los grupos de trabajo que se constituyan en el marco del Plan Cáncer Uruguay, participando en la promoción y difusión de sus actividades; ii) continuar aportando los recursos de que actualmente dispone para la integración, soporte y coordinación del grupo de trabajo del Plan Cáncer Uruguay la Dirección de Innovación, Ciencia y Tecnología para el Desarrollo del MEC.-----------------------II) Por su parte, la CHLCC se compromete a: i) brindar un espacio físico en sus instalaciones para que se lleven adelante las reuniones y demás actividades de trabajo relativas al Plan Cáncer Uruguay; ii) apoyar la difusión del conocimiento y de los resultados obtenidos en las investigaciones; iii) poner a disposición del Plan Cáncer Uruguay, y grupos de trabajo que se constituyan en torno al mismo, los insumos y servicios necesarios para su correcto funcionamiento, con exclusión de los rubros que puedan corresponder a inversiones y salarios, de modo que sea posible la consecución de los objetivos planteados y la implementación de este acuerdo.-------------------------------------------------------------III) Las partes se comprometen a que, en la medida de sus posibilidades, aportarán los recursos necesarios para la ejecución de las actividades amparadas por este acuerdo. Cualquier acción derivada de las actividades de cooperación enmarcadas en el presente Convenio realizada por una parte, que implique un costo o una obligación financiera para la otra parte, deberá ser necesariamente convenida con antelación y su realización estar autorizada previamente por la parte económicamente afectada, la que lo valorará de conformidad con sus prioridades.-------------------------------------------------------------IV) Las partes se comprometen, conforme surge de la cláusula siguiente, a instrumentar los acuerdos o anexos específicos que se requieran para el desarrollo de actividades concretas, que por su particularidad, duración o importancia, así lo ameriten.-------------------------------------------------------------------CUARTO (ACUERDOS ESPECÍFICOS): I) Las obligaciones específicas que ambas partes decidan asumir de común acuerdo se instrumentarán a través de anexos o acuerdos específicos de colaboración, en los cuales se identificará de manera clara y precisa su objetivo, duración, costos financieros, seguimiento, y en general las cláusulas necesarias para su debida ejecución. Lo dispuesto en el presente Convenio regirá las actividades de colaboración que se dispongan en el futuro, salvo la estipulación en contrario prevista en los acuerdos específicos que se celebren.-------------------------------------------------------------------II) Ambas partes, de común acuerdo, podrán solicitar la participación de otros organismos públicos o privados para elaborar, ejecutar y evaluar los programas y proyectos a que se refieran los acuerdos específicos que puedan complementar a este Convenio. A tales efectos se apoyarán mutuamente en las gestiones que deban realizarse ante organismos nacionales e internacionales y ante entidades públicas y privadas nacionales y del extranjero.-------------------------------------------------------------------------------------------III) La suscripción de acuerdos específicos que puedan implicar gastos para cualquiera de las partes comparecientes, se encontrará supeditada a la viabilidad y disponibilidad presupuestaria o de recursos de cada parte.-----------QUINTO (REPRESENTANTES): Cada una de las partes designará uno o más representantes para actuar en los grupos de trabajo que se generen para la aplicación, coordinación o seguimiento del presente convenio, comunicándolo por nota a la otra parte. Las personas designadas o comisionadas por alguna de las partes para el desarrollo de actividades relacionadas con el presente Convenio, no crearán relaciones de carácter funcional o laboral con la otra parte.-------------------------------------------------------------------------------------------------SEXTO (PLAZO): Las partes otorgan el presente Convenio por el plazo de un año a partir del día de hoy, renovable, en forma automática, por períodos iguales y consecutivos. Cualquiera de las partes podrá dar por concluido el presente convenio mediante la simple comunicación a la otra, por cualquier medio fehaciente, con una antelación de por lo menos treinta días.----------------Para constancia, se otorgan y suscriben tres ejemplares de un mismo tenor, en el lugar y fecha indicados.-----------------------------------------------------------------------