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Código: PCD-GE-PE-097 PROCESO DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS SOCIALES ETAPA PARA PRESTAR SERVICIOS SOCIALES CON ESTÁNDARES DE CALIDAD PROCEDIMIENTO DE CERTIFICACIÓN DE POBLACIÓN ESPECIAL Versión: 3 Fecha: 19-MAR-13 Página: 1 de 12 La versión de este documento puede estar desactualizada, consulte la versión oficial vigente en la intranet – Sistema Integrado de Gestión 1. Objetivo del procedimiento Identificar y certificar a las personas mayores de 18 años que residen en el Distrito Capital, y cumplen con las condiciones de población especial: habitante de la calle o persona mayor en abandono, con el fin de facilitar su acceso a los servicios de salud y demás programas sociales. 2. Glosario Persona mayor en abandono: Persona mayor de 60 años que carece de vivienda, ingresos, red familiar y social que asuma su cuidado y protección. Cédula de Ciudadanía: Documento único de identificación válido para todos los actos civiles, políticos, administrativos y judiciales según la ley 39 de 1961 expedido por la Registraduría Nacional para los ciudadanos Colombianos al cumplir los 18 años de edad. F-EP-003 Código: PCD-GE-PE-097 PROCESO DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS SOCIALES ETAPA PARA PRESTAR SERVICIOS SOCIALES CON ESTÁNDARES DE CALIDAD PROCEDIMIENTO DE CERTIFICACIÓN DE POBLACIÓN ESPECIAL Versión: 3 Fecha: 19-MAR-13 Página: 2 de 12 Certificación: Documento mediante el cual se da garantía por escrito, que el-la ciudadano-a identificado-a y valorado-a cumple con las condiciones de población especial. Este documento se emite conforme a los parámetros establecidos por el artículo 5 del acuerdo 77 de 1997. Certificado de Población Especial (CPE): Formato establecido por la Secretaria Distrital de Integración Social, acorde con lo establecido en el acuerdo 77 de 1997 emitido por el Ministerio de la Protección Social, en el cual se relacionan los datos recopilados en el procedimiento de certificación. Ciudadano o ciudadana habitante de calle: La sentencia T-533/1922, lo define como aquella “Persona que carece de recursos económicos para subsistir dignamente y se encuentran incapacitados para trabajar, debido a su condición, edad o estado de salud” y ha elegido la calle como lugar habitual y de permanencia. En tanto que el VI Censo realizado por la Secretaría Distrital de Integración Social en Bogotá en 2011 lo define como: “Es todo ciudadano o ciudadana que permanece en calle (al menos treinta días continuos) o se ubica temporalmente en un lugar especial de alojamiento (instituciones privadas o públicas, paga diarios o lugares de consumo) y hace de la calle su espacio físico, social y cultural en donde solventa todas sus necesidades”. Ficha SIRBE: Es el instrumento base del Sistema de Información para Registro de los Beneficiarios – SIRBE de la Secretaría Distrital de Integración Social, su diligenciamiento da cuenta de la información que brinda el solicitante al momento de realizar la entrevista. Población Especial: Ciudadanos y ciudadanas habitantes en Bogotá, mayores de 18 años de edad, habitantes de calle o personas mayores de 60 años en abandono, que carecen de vivienda, ingresos, red familiar y social, y por lo tanto se encuentran en situaciones de vulnerabilidad y fragilidad social. Solicitante: Se denominan así a todos los actores (Hospitales, Entes de control, Organizaciones No Gubernamentales o Ciudadanía en general), que intercedan en la solicitud de certificación para población especial. F-EP-003 Código: PCD-GE-PE-097 PROCESO DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS SOCIALES ETAPA PARA PRESTAR SERVICIOS SOCIALES CON ESTÁNDARES DE CALIDAD PROCEDIMIENTO DE CERTIFICACIÓN DE POBLACIÓN ESPECIAL Versión: 3 Fecha: 19-MAR-13 Página: 3 de 12 3. Condiciones generales Con el fin de garantizar la restitución de los derechos básicos en salud y el acceso a otros servicios sociales del Distrito, las personas que soliciten y se les expida el Certificado de Población Especial, deben cumplir con los siguientes requisitos: Personas mayores de 18 años. En abandono, sin red de apoyo familiar y/o social. Carecer de vivienda, renta e ingresos fijos o estables. Así mismo es importante tener en cuenta la siguiente normatividad: La Ley 100, expedida en 1993, reglamenta el Sistema General de Seguridad Social integra en Colombia. Cada municipio identifica la población potencial mediante la aplicación de la «encuesta SISBEN» o Sistema de Selección de Beneficiarios a Programas Sociales, mediante el listado censal de las comunidades indígenas, mediante la certificación de la población infantil abandonada expedida por el ICBF, o mediante la identificación de la población indigente en los formatos establecidos o en los instrumentos que hagan sus veces. Por otra parte, el Capítulo II - Libro Cuarto Servicios sociales complementarios Artículo 257.-Programa y requisitos. Establecerse un programa de auxilios para los ancianos indigentes que cumplan los siguientes requisitos: a) Ser colombiano; b) Llegar a una edad de sesenta y cinco o más años; c) Residir durante los últimos diez años en el territorio nacional; d) Carecer de rentas o de ingresos suficientes para su subsistencia, o encontrarse en condiciones de extrema pobreza o indigencia, de acuerdo con la reglamentación que para tal fin expida el Consejo Nacional de Política Social, y e) Residir en una institución sin ánimo de lucro para la atención de ancianos indigentes, limitados físicos o mentales y que no dependan económicamente de persona alguna. En estos casos el monto se podrá aumentar de acuerdo con las disponibilidades presupuéstales y el nivel de cobertura. En este evento parte de la pensión se podrá pagar a la respectiva institución. PARAGRAFO. 1º- El Gobierno Nacional reglamentará el pago de los auxilios para aquellas personas que no residan en una institución sin ánimo de lucro y que cumplan los demás requisitos establecidos en este artículo.” Artículo 5 del acuerdo 77 de 1997 del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud para la identificación de F-EP-003 Código: PCD-GE-PE-097 PROCESO DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS SOCIALES ETAPA PARA PRESTAR SERVICIOS SOCIALES CON ESTÁNDARES DE CALIDAD PROCEDIMIENTO DE CERTIFICACIÓN DE POBLACIÓN ESPECIAL Versión: 3 Fecha: 19-MAR-13 Página: 4 de 12 poblaciones especiales, mediante el cual se reglamenta el procedimiento para vincular a la población habitante de calle al Sistema de Salud a partir de la ley 100. “Cuando una persona, sea considerada indigente, por carecer de vivienda e ingresos, deberá ser identificada por la respectiva Alcaldía Municipal de conformidad con el formato que para el efecto defina Ministerio de Salud.” Acuerdo 244 de 2003 del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud, mediante el cual se modifica y actualiza la vinculación al Sistema de Seguridad Social. Decreto 136 de mayo 6 de 2005 enmarca nuestra labor en el Plan de Atención Integral al Ciudadano-a habitante de Calle que exige mayor y mejor coordinación de los entes Distritales para avanzar en el manejo adecuado de la problemática de habitabilidad en calle. Declaración Universal de los Derechos Humanos ONU de Diciembre de 1948. Artículo 3. Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona. Constitución Política de Colombia 1991. Articulo 48: La seguridad social es un servicio público y obligatorio que se prestara bajo la coordinación del estado en sujeción a los principios de eficiencia, universalidad y solidaridad en los términos que establezca la ley. Acuerdo 415 de 2009 del Ministerio de la Protección Social por medio del cual se modifica la forma y condiciones de operación del Régimen Subsidiado del Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones: Capítulo II - Artículo 6. Identificación de beneficiarios mediante instrumentos diferentes de la encuesta SISBEN. La identificación de las poblaciones especiales se podrá realizar mediante listados censales diligenciados por la entidad responsable, dentro de sus facultades legales y reglamentarias, sin que sea exigible la aplicación de la encuesta SISBEN, así:-“Personas mayores en centros de protección. Las personas mayores de escasos recursos y en condición de abandono que se encuentren en centros de protección, se identificarán mediante listado de beneficiarios elaborado por las alcaldías Municipales o Distritales.” Es necesario que el solicitante cuente con el número de cédula de ciudadanía o documento en físico emitido por la Registraduría Nacional del Estado Civil. La ficha SIRBE en su diligenciamiento no debe tener tachones ni enmendaduras; a su vez debe ir firmada por la persona a certificar, el solicitante (si aplica), y el servidor público de la subdirección técnica que diligencia la ficha. Al aprobarse la expedición del certificado y una vez firmado por el Subsecretario/a, se registra en el SIRBE el estado Activo. La no expedición del certificado se registra en el SIRBE como actuación de Egreso por los motivos reportados en el software. F-EP-003 Código: PCD-GE-PE-097 PROCESO DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS SOCIALES ETAPA PARA PRESTAR SERVICIOS SOCIALES CON ESTÁNDARES DE CALIDAD PROCEDIMIENTO DE CERTIFICACIÓN DE POBLACIÓN ESPECIAL Versión: 3 Fecha: 19-MAR-13 Página: 5 de 12 4. Relación con otros procedimientos y procesos Direccionamiento Político Mantenimiento y Soporte de TIC´S . Directrices orientadoras Políticas públicas Sistemas informáticos e Infraestructura CERTIFICACION DE POBLACION ESPECIAL Oportunidades equitativas, Garantía de derechos C I U D A D A N I A F-EP-003 Código: PCD-GE-PE-097 PROCESO DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS SOCIALES ETAPA PARA PRESTAR SERVICIOS SOCIALES CON ESTÁNDARES DE CALIDAD PROCEDIMIENTO DE CERTIFICACIÓN DE POBLACIÓN ESPECIAL Versión: 3 Fecha: 19-MAR-13 Página: 6 de 12 5. Diagrama de flujo del procedimiento SOLICITANTE SUBDIRECCIÓN INVESTIGACIÓN E INFORMACIÓN SUBDIRECCIÓN TÉCNICA SUBSECRETARIA REGISTROS INICIO 1. SOLICITAR LA EXPEDICIÓN DEL CPE 2 2. VERIFICAR EN EL SISTEMA ESTADO DEL SOLICITANTE 3. REALIZAR CRUCE Y VERIFICACIÓN BASES DE DATOS INSTRUCTIVO DE CONSULTA SISBEN INSTRUCTIVO DE CONSULTA DE INFORMACION DE ORIGEN EXTERNO INSTRUCTIVO DE CONSULTA FOSYGA 4. REGISTRAR NOVEDADES 4. Forma to Fi cha SIRBE 5. REALIZAR ENTREVISTA Y DILIGENCIAR FICHA SIRBE 5. Forma to Fi cha SIRBE 6. INGRESAR INFORMACION EN EL SISTEMA MISIONAL SIRBE NO CUMPLE 6, Regi s tro en s i s tema SIRBE 8. REGISTRAR EN EL SISTEMA MISIONAL SIRBE NOVEDAD DE EGRESO 7. Memora ndo 8, Regi s tro en s i s tema SIRBE SI 3 7.REGISTRAR ENSISISTEMA MISIONAL SIRBE NOVEDAD "PENDIENTE DE PROCESO" Y REMITIR A SII MEMORANDO SOLICITANDO CRUCE MASIVO Fin 9. VALIDAR INFORMACIÓN CON EL SISTEMA MISIONAL SIRBE Y GENERAR CERTIFICADOS DE POBLACION ESPECIAL 9. Certi fi ca do de Pobl a ci ón Es peci a l genera do por el SIRBE 1 F-EP-003 Código: PCD-GE-PE-097 PROCESO DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS SOCIALES ETAPA PARA PRESTAR SERVICIOS SOCIALES CON ESTÁNDARES DE CALIDAD PROCEDIMIENTO DE CERTIFICACIÓN DE POBLACIÓN ESPECIAL ESPECIAL A LOS-AS SOLICITANTES. SOLICITANTE SUBDIRECCIÓN TÉCNICA SI LOS CERTIFICADOS CUMPLIERON SU VIGENCIA? SUBDIRECCIÓN INVESTIGACIÓN E INFORMACIÓN SUBSECRETARIA Versión: 3 Fecha: 19-MAR-13 Página: 7 de 12 REGISTROS 3 NO 14.REMITIR OFICIO PARA ASEGURAMIENTO A SECRETARIA DISTRITAL DE SALUD. 10. MEMORANDO REMISORIO CON REPORTE DEL CRUCE MASIVO FIN 11. MEMORANDO REMISORIO Y CERTIFICADOS PARA FIRMA 12. MEMORANDO REMISORIO Y CERTIFICADOS FIRMADOS 14. OFICIO REMISORIO A SECRETARIA DISTRITAL DE SALUD F-EP-003 Código: PCD-GE-PE-097 PROCESO DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS SOCIALES ETAPA PARA PRESTAR SERVICIOS SOCIALES CON ESTÁNDARES DE CALIDAD PROCEDIMIENTO DE CERTIFICACIÓN DE POBLACIÓN ESPECIAL Versión: 3 Fecha: 19-MAR-13 Página: 8 de 12 6. Aclaración de las actividades Actividad 1. Solicitar la expedición del CPE Para dar cumplimiento al trámite de certificación de población especial, la solicitud se puede generar por dos vías: - Directa. Cuando el ciudadano-a vinculado-a en los servicios de Atención Integral a Personas habitantes de calle (Hogar de Paso Nº 1 - Área de salud) o Atención Integral a la persona mayor en centros de protección solicita la certificación. - Otro solicitante: A través del Área de Trabajo Social de los Hospitales, Organizaciones No Gubernamentales, reportando la solicitud de visita y entrevista al teléfono 2016807/ correo electrónico certificadospoblacionespecial@gmail.com de la Subdirección para la Adultez, o al número telefónico 2956829 / 3279797 Ext 1945 en la Subdirección de Vejez. Actividad 2 y 3. Verificar en el sistema estado del solicitante. Realizar cruce de verificación de bases de datos. Los datos de identificación suministrada por el solicitante se cruzan con las bases de datos que dan cuenta sobre identificación, vinculación al Sistema General de Seguridad Social o a los servicios de la Secretaria Distrital de Integración Social y tenencia de bienes: - SISBEN: Sistema de Identificación de Potenciales Beneficiarios de Programas Sociales COMPROBADOR DE DERECHOS, FOSYGA – Fondo de Solidaridad y Garantía, RUAF – Registro Único de Afiliados a la Protección, CATASTRO: Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN: Verificación datos de identificación, REGISTRADURÍA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL SIRBE: El Sistema de Registro de Beneficiarios para los Programas Sociales del Distrito. Para realizar esta actividad de verificación en base de datos de entidades tanto del nivel distrital y nacional es necesario tener en cuenta los instructivos aprobados desde el proceso de Gestión del Conocimiento de Consulta de SISBEN, Consulta de F-EP-003 Código: PCD-GE-PE-097 PROCESO DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS SOCIALES ETAPA PARA PRESTAR SERVICIOS SOCIALES CON ESTÁNDARES DE CALIDAD PROCEDIMIENTO DE CERTIFICACIÓN DE POBLACIÓN ESPECIAL Versión: 3 Fecha: 19-MAR-13 Página: 9 de 12 Información de Origen Externo y Consulta de FOSYGA. ENTIDAD Departamento Planeación. DNP Nacional INSTRUMENTOS de Secretaría Distrital de Salud Procuraduría General de la Nación Ministerio de la Protección Social – Registraduría Nacional del Estado Civil Alcaldía Mayor de Bogotá – Unidad Administrativa especial de Catastro Distrital - Sector Hacienda Secretaría Distrital de Integración Social SISBEN: Identificación Beneficiarios Sociales. CONSULTA Sistema de de Potenciales de Programas Permite identificar si el solicitante cuenta con aplicación de la encuesta y lo ha clasificado como potencial beneficiario del Régimen Subsidiado en Salud y otros programas sociales. Reporta los resultados de la encuesta en los niveles 1,2 ó 3 según condición de la población. Comprobador de Derechos Reporta el estado actual de afiliación de las personas en el SDS. Sistema General de Seguridad Social en salud D.C. SIRI – Consulta de Antecedentes Permite verificar que el número de identificación corresponda a la persona entrevistada. FOSYGA – Fondo de Solidaridad Permite verificar la afiliación al sistema de salud de los ciudadanos/as y Garantía. en su base de datos única de afiliados (BDUA) Subsidiados y Compensados a nivel Nacional. RUAF – Registro Único de Permite Consultar la afiliación de una persona en el sistema: Afiliados a la Protección Datos básicos de la persona, Afiliación en salud, en pensión, en Social.SISPRO: Sistema Integral Riesgos Profesionales, Cajas de Compensación Familiar, de la protección Social Cesantías y Vinculación a Programas de Asistencia Social. Página de la Registraduría- Permite consultar e imprimir la vigencia de las cédulas expedidas Certificados de vigencia de por la Registraduría a nivel Nacional. cédulas de ciudadanía CATASTRO: Unidad Permite verificar si el solicitante tiene propiedades y bienes Administrativa Especial de inmuebles en el Distrito Capital. Catastro Distrital. SIRBE:Sistema de Registro de Permite verificar si el solicitante recibe beneficio de alguno de los Beneficiarios para los Programas programas sociales brindados por la Secretaría Distrital de Sociales del Distrito Integración Social. F-EP-003 Código: PCD-GE-PE-097 PROCESO DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS SOCIALES ETAPA PARA PRESTAR SERVICIOS SOCIALES CON ESTÁNDARES DE CALIDAD PROCEDIMIENTO DE CERTIFICACIÓN DE POBLACIÓN ESPECIAL Versión: 3 Fecha: 19-MAR-13 Página: 10 de 12 Actividad 5. Realizar entrevista. Esta se realiza directamente al ciudadano o ciudadana para evaluar su condición de habitabilidad en calle o estado de vulnerabilidad. Se adelanta directamente en los puntos donde funcionan los servicios dirigidos a la población Habitante de la Calle y Persona Mayor en condición de vulnerabilidad en el momento de la solicitud. En este caso, se realiza la verificación en las bases de datos y se diligencia la ficha SIRBE directamente con el ciudadano. Entrevistas a ciudadanos y ciudadanas ubicados en Hospitales u hogares de protección: Se programa la visita previa solicitud del Área de Trabajo Social y en el término de 24 a 48 horas luego del reporte se realiza entrevista con el ciudadano-a. Actividad 6. Ingresar información en base de datos SIRBE Las respuestas suministradas en la entrevista y registradas en la ficha se ingresan al sistema SIRBE en lo posible, el día siguiente hábil para que internamente el software realice el cruce de variables y valide la información. Actividad 9. Validar información con SIRBE y generar certificados: Al realizar el cruce de variables, el sistema SIRBE genera respuesta afirmativa o negativa para la expedición del certificado en promedio de las siguientes 8 horas. Si la respuesta es afirmativa, el software autoriza la impresión del certificado y se genera con un código diferente para cada rejilla expedida, cada Subdirección Técnica organiza en una carpeta para traslado y solicitud de firma de la Subsecretaría de Integración Social. Si la respuesta es negativa, el sistema informa el argumento por el cual no se expide y así dar respuesta al solicitante. Actividad 11. Entregar formatos con memorando y relación a la Subsecretaria, con previa confirmación o aprobación de S.I.I: Desde la Subdirección Técnica se realiza un listado en Excel relacionando los certificados aprobados con nombres, apellidos, fecha de nacimiento y número de cédula. Este listado se envía por correo al funcionario responsable en Subsecretaría, reportando adicionalmente la entrega de la carpeta con los folios relacionados en el listado. Esto para la firma de la Subsecretaria Distrital de Integración Social y retorno de la carpeta a la Subdirección Técnica en el término de 5 días. F-EP-003 Código: PCD-GE-PE-097 PROCESO DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS SOCIALES ETAPA PARA PRESTAR SERVICIOS SOCIALES CON ESTÁNDARES DE CALIDAD PROCEDIMIENTO DE CERTIFICACIÓN DE POBLACIÓN ESPECIAL Versión: 3 Fecha: 19-MAR-13 Página: 11 de 12 Actividad 13. Entregar certificados a los-as solicitantes: A los-as solicitantes se les hará entrega de la CPE expedida una vez sean devueltos los certificados firmados por Subsecretaría a las Subdirecciones Técnicas a partir del quinto día. Actividad 14. Remitir oficio para aseguramiento a la Secretaría Distrital de Salud: En formato excel diseñado por la Secretaría de Salud se relacionan los datos de cada uno de los certificados firmados y se graba en un CD para ser entregado mediante oficio radicado a la Oficina de Aseguramiento de la Secretaría Distrital de Salud haciendo claridad del tipo de población relacionada, es decir habitantes de calle o personas mayores en protección certificados por la Secretaría Distrital de Integración Social. Lo anterior con el fin de garantizar su vinculación al Sistema de Salud y actualización de la información en el Comprobador de Derechos como Población Especial. Reporte de novedades: Al generarse cambio de condición de un ciudadano que haya superado la habitabilidad en calle o la vulnerabilidad, por inclusión socio familiar o ubicación laboral con aportes al Régimen Contributivo, se realiza el respectivo informe a la Oficina de Aseguramiento de la Secretaría de Salud para reportar su retiro de condición especial. F-EP-003 Código: PCD-GE-PE-097 PROCESO DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS SOCIALES ETAPA PARA PRESTAR SERVICIOS SOCIALES CON ESTÁNDARES DE CALIDAD PROCEDIMIENTO DE CERTIFICACIÓN DE POBLACIÓN ESPECIAL Versión: 3 Fecha: 19-MAR-13 Página: 12 de 12 7. Posibles productos o servicios no conformes CRITERIO DE ACEPTACIÓN TRATAMIENTO REGISTRO 3. Realizar cruce y verificación bases de datos Consultas externas realizadas Coherencia Las consultas deben realizarse siguiendo totalmente los instructivos establecidos por las entidades que administran las bases de datos Repetir la consulta F-IM-PRO 5. Realizar entrevista Entrevista realizada Oportunidad La entrevista debe realizarse dentro de las 48 horas siguientes al reporte El supervisor de la trabajadora social debe recordarle cada 8 horas F-IM-PRO NOMBRE CARGO ELABORO GLADYS GOMEZ PARRA ANDRES PENAGOS CLAUDIA EVELYN RIVERA FABIO ANDRES BUSTOS PILAR TRESPALACIOS Profesional SUBDIRECCIÓN PARA LA VEJEZ Coordinadora y Promotor Social Área de Salud Hogar de Paso SUBDIRECCIÓN PARA LA ADULTEZ PREVENTIVO PRODUCTO O SERVICIO ACTIVIDAD REVISO LUIS PINZON SANDRA GALEANO GESTORES SIG DIRECCION TERRITORIAL APROBO MARTHA CÁRDENAS YOLANDA CASANOVA ORLANDO ROBBY SUBDIRECTORA PARA LA VEJEZ SUBDIRECTORA PARA LA ADULTEZ SUBDIRECTOR DE INVESTIGACIÓN E INFORMACIÓN MILTON FABIAN FORERO ASESOR SUBSECRETARIA PAULA ANDREA GALEANO ELIZABETH CORTÉS HAROLH GÓMEZ DANIEL MORA DIRECTORA POBLACIONAL DIRECTORA DE ANÁLISIS Y DISEÑO ESTRATÉGICO (E) SUBSECRETARIO DIRECTOR TERRITORIAL (E) (LÍDER DEL PROCESO) F-EP-003