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PARLAMENTO EUROPEO 1999 2004 Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Política del Consumidor 1999/0259(COD) 4 de abril de 2000 PROYECTO DE OPINIÓN de la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Política del Consumidor para la Comisión de Agricultura y Desarrollo Rural sobre la propuesta de directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a las sustancias y productos indeseables en la alimentación animal (COM(1999)654 - C5-0344/1999 - 1999/0259(COD)) Ponente de opinión: Marit Paulsen PA\387911ES.doc ES PE 232.882 ES PE 232.882 ES 2/9 PA\387911ES.doc PROCEDIMIENTO En la reunión del 23 de febrero de 2000, la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Política del Consumidor designó ponente de opinión a Marit Paulsen. En la reunión del .../En las reuniones de los días ..., la comisión examinó el proyecto de opinión. En esta última reunión/En la última de estas reuniones, la comisión aprobó las enmiendas por ... votos a favor, ... voto(s) en contra y ... abstención(es)/por unanimidad. Estuvieron presentes en la votación los diputados: ... (presidente(a)/presidente(a) en funciones), ... (vicepresidente(a)), ... (ponente de opinión), ..., ... (suplente de ...), ... (suplente de ..., de conformidad con el apartado 2 del artículo 153 del Reglamento), ... y ... . PA\387911ES.doc 3/9 PE 232.882 ES BREVE JUSTIFICACIÓN Inocuidad de los alimentos La ponente considera que esta directiva sobre sustancias indeseables en la alimentación animal debe considerarse como una parte importante de la legislación sobre la inocuidad de los alimentos que se supone verá la luz cuando se aplique el Libro Blanco sobre la inocuidad de los alimentos mediante una normativa coherente y completa en este ámbito. Por consiguiente, la ponente considera que debe ser la Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Política del Consumidor quien se encargue de esta directiva. La Comisión y el Consejo han tramitado esta propuesta de directiva de conformidad con los artículos 152 y 251 del Tratado de la Unión Europea. Los escándalos de estos últimos años en relación con los alimentos nos han hecho entender que las personas reciben en su alimentación lo que se les da a los animales en la suya. Resultaría bastante difícil establecer listas valederas, positivas o negativas, de los piensos para animales. Sin embargo, es posible establecer valores máximos permitidos exactos y precisos para todas las sustancias nocivas o indeseables que no deben estar presentes en ningún tipo de pienso. La redacción de la directiva debe permitir que la futura Autoridad Alimentaria pueda introducir cambios rápidos y eficaces en los valores máximos permitidos cuando las últimas investigaciones así lo requieran, y añadir nuevas sustancias al anexo a medida que nuevas sustancias químicas vayan saliendo al mercado. En su forma actual, el anexo a la directiva debe ser revisado en su totalidad, limitando los valores máximos permitidos, poniéndolo al día y completándolo con otras sustancias, como por ejemplo varias toxinas de mohos. Muchos de los valores máximos permitidos han quedado obsoletos, sobre todo en lo que se refiere a restos de pesticidas, que también deben completarse con nuevas sustancias y coordinarlas con los valores para las sustancias alimenticias. Un sistema de valores máximos permitidos actualizados y reducidos para todos los tipos de alimentos para animales es la manera más eficaz y racional para controlar que los metales pesados, las toxinas de los mohos y otras sustancias indeseables y nocivas no entren en la cadena alimenticia. Higiene de los alimentos para animales Tan importante como la fijación de valores máximos permitidos reducidos es la elaboración de una directiva sobre la higiene en los alimentos para animales. Dado que la resistencia de las bacterias a los antibióticos es cada vez mayor, sobre todo la de las bacterias presentes en los alimentos, como las salmonellas, los campylobacter, etc., estas enfermedades serán dentro de poco un problema de salud pública. Por ello resulta extremadamente importante detener el contagio en la fuente misma mediante una intransigencia total en relación con la presencia de bacterias nocivas en los alimentos para animales. Por este motivo se necesita desarrollar toda una serie de exigencias de higiene en la producción y fabricación de estos alimentos, así como el control pertinente. Junto con la resistencia a los antibióticos, el desarrollo creciente de los mohos constituye un riesgo serio para la salud. Ciertas toxinas de mohos son sustancias PE 232.882 ES 4/9 PA\387911ES.doc tóxicas potentes que se transmiten a los productos alimenticios. Otro ejemplo en relación con la cuestión de la higiene de los alimentos para animales y sustancias indeseables es la calidad de las materias grasas. Conclusiones de la ponente La ponente invita a la Comisión a presentar una propuesta de legislación relativa a la higiene de los alimentos para animales más global, y propone reforzarla y completarla con la inclusión de las sustancias vegetales y de la fabricación de todos los tipos de piensos compuestos. Vista la opinión del Comité Económico y Social, y dado que no hay motivo para considerar la cuestión de los alimentos para animales de manera diferente a la de la inocuidad de los alimentos, la ponente recomienda que esta legislación se caracterice por una perspectiva global, y que, en aras de la claridad, todas las disposiciones relativas a los alimentos para animales se reúnan en una normativa conjunta. La ponente recuerda a la Comisión que una legislación de este tipo debe concebirse de manera proactiva, e incluir exigencias de control de los programas GMP (good manufacturing program) para la higiene de los alimentos para animales, así como sistemas de garantía de calidad, según el principio de HAACP (control de puntos críticos), entre otros. La ponente insta a la Comisión a incluir el agua que se da a beber a los animales en la legislación relativa a la higiene de los alimentos para animales. La ponente recuerda a la Comisión que esta directiva relativa a las sustancias indeseables puede también incluir las cuestiones relativas a las características químicas y físicas del agua. La ponente insta a la Comisión a revisar el anexo a la directiva en cuestión en su totalidad y propone que se reduzcan y actualicen los valores máximos permitidos y que la lista se complete con otras sustancias como las toxinas de mohos, los metales pesados y otros elementos que contaminan los minerales extraídos de las minas (y que se utilizan como complementos minerales a los alimentos). La ponente recomienda a la Comisión que, como ejemplo de nuevos valores máximos permitidos y/o de sustancias adopte las propuestas que aparecen en el anexo a esta opinión. ENMIENDAS La Comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Política del Consumidor pide a la Comisión de Agricultura y Desarrollo Rural, competente para el fondo, que incorpore en su informe las siguientes enmiendas: PA\387911ES.doc 5/9 PE 232.882 ES Propuesta de la Comisión 1 Enmiendas del Parlamento Propuesta de la Comisión (Enmienda 1) Anexo I.A.2 (Plomo) Sustancias, productos Piensos Contenido máximo en mg/kg (ppm) en piensos referido a un contenido de humedad del 12% (1) (2) (3) A. Sustancias Materias primas para la alimentación animal, excepto: - forrajes verdes - fosfatos - levaduras Piensos completos Piensos complementarios excepto: - piensos complementarios minerales 2. Plomo 10 40 30 5 5 10 30 Propuesta del Parlamento (Enmienda 1 ) Anexo I.A.2 (Plomo) Sustancias, productos Piensos Contenido máximo en mg/kg (ppm) en piensos referido a un contenido de humedad del 12% (1) (2) (3) A. Sustancias Materias primas para la alimentación animal, excepto: - forrajes verdes - fosfatos - levaduras Piensos completos Piensos suplementarios excepto: - piensos complementarios minerales 2. Plomo 1 Pendiente de publicación en el DO. PE 232.882 ES 10 10 15 5 5 10 30 6/9 PA\387911ES.doc Propuesta de la Comisión (Enmienda 2) Anexo I.B.1 (Aflatoxina) Sustancias, productos (1) B. Productos 1. Aflatoxina B1 PA\387911ES.doc Piensos Contenido máximo en mg/kg (ppm) en piensos referido a un contenido de humedad del 12% (2) (3) Materias primas para la alimentación animal, excepto: cacahuete, copra, palmiste, semillas de algodón, babasú, maíz y los derivados de su transformación 0,05 Piensos completos para bovinos, ovinos y caprinos, excepto: - ganado lechero - terneros, corderos y cabritos 0,05 0,02 0,005 0,01 Piensos completos para cerdos y aves (excepto animales jóvenes) 0,02 Otros piensos completos 0,01 Piensos complementarios para bovinos, ovinos y caprinos (excepto piensos complementarios para ganado lechero, corderos y cabritos) 0,05 Piensos complementarios para cerdos y aves de corral (excepto animales jóvenes) 0,03 Otros piensos complementarios 0,005 7/9 PE 232.882 ES Propuesta del Parlamento (Enmienda 2) Anexo I.B.1 (Aflatoxina) Sustancias, productos (1) B. Productos 1. Aflatoxina B1 Piensos Contenido máximo en mg/kg (ppm) en piensos referido a un contenido de humedad del 12% (2) (3) Piensos completos para bovinos, ovinos y caprinos, excepto: - ganado lechero, caprinos y ovinos lecheros terneros, corderos y cabritos 0,05 Cereales y forraje basto para ganado lechero bovino, ovino y caprino 0,001 Otras materias primas para ganado lechero bovino, ovino y caprino 0,01 Materias primas para otros tipos de animales 0,05 Piensos compuestos para ganado lechero bovino, ovino y caprino 0,003 Piensos completos (incluidos los forrajes bastos) para ganado lechero bovino, ovino y caprino 0,0015 Piensos completos para cerdos y aves (excepto animales jóvenes) 0,02 Otros piensos completos 0,01 Piensos suplementarios para bovinos, ovinos y caprinos (excepto piensos complementarios para ganado lechero, corderos y cabritos) 0,05 Piensos suplementarios para cerdos y aves de corral (excepto animales jóvenes) 0,03 Otros piensos complementarios 0,005 Justificación: Debe limitarse la cantidad permitida de Aflatoxina en los piensos para el ganado lechero para evitar que su presencia aumente en los productos lácteos. Los productos lácteos son productos alimenticios de gran importancia que se consumen en cantidades relativamente considerables en todas las tradiciones culinarias europeas, y que los niños consumen en cantidades especialmente importantes. PE 232.882 ES 8/9 PA\387911ES.doc (Enmienda 3) Anexo I.B (Productos) 21a-c (nuevo) Sustancias, productos (1) B. Productos Piensos Contenido máximo en mg/kg (ppm) en piensos referido a un contenido de humedad del 12% (2) (3) 21a. Metoxiclor Todos los piensos 0,5 21b. PCB Materias primas para piensos Otros piensos 0,2 0,02 21c. Hidrocarburos de cloruro (Cx Hy Clz) Especificados de otra manera (juntos o por separado) Todos los piensos 0,5 Justificación: Es necesario fijar normas más estrictas para estas sustancias. Además, esta directiva debe someterse continuamente a revisión, debido a la gran cantidad de nuevos productos químicos que salen al mercado. PA\387911ES.doc 9/9 PE 232.882 ES