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Área de Formación, Empleo y Promoción Económica Centro de Iniciativas Municipales c/ Rincón de las Eras 10 (Barrio de Los Valles) 28400 Collado Villalba - Madrid T. 918 40 64 31 F. 918 49 38 17 Email. afepe@ayto-colladovillalba.org DISTINTAS FORMAS JURÍDICAS. REQUISITOS Y CARCTERÍSTICAS A la hora de constituir nuestra empresa tendremos que tener claro la forma jurídica que mas nos convenga para la constitución, podemos distinguir ocho tipologías que son: EMPRESARIO INDIVIDUAL SOCIEDAD CIVIL COMUNIDAD DE BIENES SOCIEDAD ANÓNIMA SOCIEDAD LIMITADA SOCIEDAD COOPERATIVA SOCIEDAD ANÓNIMA LABORAL SOCIEDAD LIMITIDA LABORAL A continuación haremos un análisis de cada una de las tipologías teniendo en cuenta criterios tales como la definición del tipo, los requisitos para su constitución, los trámites necesarios para llevarla a cabo y por último, las posible ventajas y desventajas de la opción elegida frente a las otras posibilidades. 1 Área de Formación, Empleo y Promoción Económica Centro de Iniciativas Municipales c/ Rincón de las Eras 10 (Barrio de Los Valles) 28400 Collado Villalba - Madrid T. 918 40 64 31 F. 918 49 38 17 Email. afepe@ayto-colladovillalba.org EMPRESARIO INDIVIDUAL DEFINICIÓN Persona física que ejercita habitualmente y en nombre propio, por sí o por medio de representantes, una actividad constitutiva de empresa (comercial, industrial o profesional). REQUISITOS Tener capacidad legal para el ejercicio habitual del comercio. Mayoría de edad. Libre disposición de sus bienes. TRÁMITES DNI (No requiere ningún trámite especial). CIF (Modelo 036). VENTAJAS Ventajas fiscales frente a las sociedades cuando el tipo aplicable en el IRPF se sitúa por debajo del 35% (30% para empresas de reducida dimensión). DESVENTAJAS Responsabilidad ilimitada. Responde frente a sus acreedores con todos sus bienes presentes y futuros. No existe, en cuanto a su responsabilidad, distinción alguna entre sus obligaciones civiles y mercantiles. Desventajas fiscales frente a las sociedades cuando el tipo aplicable en IRPF se sitúa por encima del 35% (30% para empresas de reducida dimensión). 2 Área de Formación, Empleo y Promoción Económica Centro de Iniciativas Municipales c/ Rincón de las Eras 10 (Barrio de Los Valles) 28400 Collado Villalba - Madrid T. 918 40 64 31 F. 918 49 38 17 Email. afepe@ayto-colladovillalba.org SOCIEDAD CIVIL DEFINICIÓN Se trata de un contrato por el cual dos o más personas se comprometen a poner en común bienes, dinero o trabajo para realizar negocios y repartir ganancias. Para que esta sociedad tenga personalidad jurídica se exige que los pactos que lleven a cabo sean públicos (estén inscritos en algún registro). REQUISITOS Mínimo 2 socios. Para realizar un contrato de sociedad civil es suficiente con el consentimiento de las partes, no requiriendo ninguna formalidad específica, excepto si se aportan bienes inmuebles, en cuyo caso hay que inventariarlos y unirse a la escritura pública que es obligatoria en estos casos. TRÁMITES DNI de los promotores. Contrato público o privado de constitución. CIF de los promotores de la Sociedad (Modelo 036). Liquidación del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) sobre aportación de bienes al tipo impositivo del 1% si se pretende que la sociedad tenga personalidad jurídica. VENTAJAS En general, la constitución requiere muy pocos trámites, complejidad y costes mínimos. Debido a que los rendimientos se imputan a los asociados sobre la base de lo pactado, desde el punto de vista fiscal es aplicable lo comentado para el empresario individual. Ventajas fiscales frente a las sociedades cuando el tipo aplicable en el IRPF se sitúa por debajo del 35% (30% para empresas de reducida dimensión). DESVENTAJAS Los socios responden mancomunada y subsidiariamente frente a terceros. Debido a que los rendimientos se imputan a los asociados en base a lo pactado, desde el punto de vista fiscal es aplicable lo comentado para el empresario individual. 3 Área de Formación, Empleo y Promoción Económica Centro de Iniciativas Municipales c/ Rincón de las Eras 10 (Barrio de Los Valles) 28400 Collado Villalba - Madrid T. 918 40 64 31 F. 918 49 38 17 Email. afepe@ayto-colladovillalba.org COMUNIDAD DE BIENES DEFINICIÓN Las comunidades de bienes son las formadas por varias personas que ostentan la propiedad y titularidad de una cosa o derecho indiviso. El capital compuesto por las aportaciones de los socios y carece de personalidad jurídica. REQUISITOS Mínimo dos comuneros. Ninguna exigencia formal (no necesaria escritura pública ni inscripción en el Registro Mercantil), salvo si se aportan bienes inmuebles. TRÁMITES DNI de los promotores. Contrato público o privado de constitución. CIF propio de la Comunidad de Bienes (modelo 036). Liquidación del ITP sobre aportación de bienes al tipo impositivo del 1%. VENTAJAS Simplicidad en la constitución y costes mínimos. Los rendimientos se imputarán a los comuneros en proporción a las cuotas pactadas, por lo que fiscalmente es aplicable lo comentado para el empresario individual. DESVENTAJAS Responsabilidad ilimitada y solidaria de los socios. 4 Área de Formación, Empleo y Promoción Económica Centro de Iniciativas Municipales c/ Rincón de las Eras 10 (Barrio de Los Valles) 28400 Collado Villalba - Madrid T. 918 40 64 31 F. 918 49 38 17 Email. afepe@ayto-colladovillalba.org SOCIEDAD ANÓNIMA DEFINICIÓN Es una sociedad mercantil de tipo capitalista en la que el capital está dividido en acciones que pueden ser transmitidas libremente y en la que los socios no responden personalmente de las deudas sociales. REQUISITOS No se establece número máximo de socios. Puede constituirse con un único socio, denominándose sociedad unipersonal. Capital social mínimo: 60.000 €, dividido en acciones. Aportaciones de capital: suscritas totalmente y desembolsadas, al menos, en un 25% del valor nominal de cada acción al constituirse la sociedad. El resto según se establezca en los Estatutos, con un plazo máximo de 5 años para aportaciones no dinerarias. Mínimo dos comuneros. Las aportaciones no dinerarias son objeto de informe de un experto designado por el registro mercantil. Órganos de la Sociedad: De carácter deliberante: Junta General. De Gestión: Administradores ( único o dos o más ) o Consejo de Administración. TRÁMITES Escritura Pública (Notario). Inscripción en el Registro Mercantil. Liquidación del ITP al tipo impositivo del 1%. Modelo 036 (Declaración censal) para obtención del CIF. 5 Área de Formación, Empleo y Promoción Económica Centro de Iniciativas Municipales c/ Rincón de las Eras 10 (Barrio de Los Valles) 28400 Collado Villalba - Madrid T. 918 40 64 31 F. 918 49 38 17 Email. afepe@ayto-colladovillalba.org SOCIEDAD LIMITADA DEFINICIÓN Es una sociedad de naturaleza mercantil con un capital determinado dividido en participaciones iguales, acumulables e indivisibles, que no podrán incorporarse a títulos negociables ni denominarse acciones y cuyos socios no responden personalmente de las deudas sociales. REQUISITOS Mínimo 1 socio. El capital social estará integrado por las aportaciones de los socios, no podrá ser inferior a 3.000 € y desde su origen ha de estar totalmente suscrito y desembolsado. Los órganos de gobierno son similares a los de las SA. TRÁMITES Escritura Pública (Notario). Inscripción en el Registro Mercantil. Liquidación del ITP al tipo impositivo del 1%. Modelo 036 (Declaración censal) para obtención del CIF. VENTAJAS Responsabilidad limitada al capital aportado. Mismo carácter democrático en los órganos de Gobierno que en las SA. Tipo general de tributación en el Impuesto sobre Sociedades es del 35 %. Para las empresas con una facturación inferior a 5 millones € será del 30% para los primeros 90.151,8 € de beneficios y del 35% para el resto. DESVENTAJAS Exigencia de capital mínimo. En determinados niveles de beneficio el tipo fijo de gravamen del 30-35% puede ser una desventaja frente al tipo variable en IRPF. Costes fiscales: 1% sobre la cifra de capital social en el momento de la constitución en concepto de ITP. 6 Área de Formación, Empleo y Promoción Económica Centro de Iniciativas Municipales c/ Rincón de las Eras 10 (Barrio de Los Valles) 28400 Collado Villalba - Madrid T. 918 40 64 31 F. 918 49 38 17 Email. afepe@ayto-colladovillalba.org SOCIEDAD COOPERATIVA DEFINICIÓN Son sociedades formadas por personas que tienen intereses o necesidades socioeconómicas comunes, para cuya satisfacción desarrollan actividades empresariales imputándose a los socios los resultados económicos, una vez atendidos los fondos comunitarios en función de la actividad cooperativizada que desarrollan. Las sociedades cooperativas pueden ser de primer grado (de trabajo asociado, de servicios, de seguros...) o de segundo grado (constituidas por dos o más cooperativas de la misma o distinta clase). REQUISITOS Mínimo 3 socios para las cooperativas de primer grado y más de dos socios en las de segundo grado salvo aquellos supuestos en que por ley se determine otro mínimo. Capital mínimo: 1.803 €, desembolsado en un 25%. TRÁMITES Escritura Pública. Inscripción en el Registro Administrativo de Cooperativas y Sociedades Laborales. Liquidación del ITP al tipo impositivo del 1%, salvo las cooperativas fiscalmente protegidas, que se hallan exentas. Modelo 036 (Declaración censal) para obtención del CIF. VENTAJAS Equiparación de derechos políticos y económicos entre los socios: cada socio tiene un voto sea cual sea su capital. Los socios podrán percibir, si lo prevén los estatutos, intereses por sus aportaciones de capital social. Existen importantes beneficios fiscales dependiendo de sí la Cooperativa se considera protegida o especialmente protegida: Exenciones en Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y reducciones del tipo impositivo y en los tributos locales. Responsabilidad limitada a la aportación inicial de los socios. 7 Área de Formación, Empleo y Promoción Económica Centro de Iniciativas Municipales c/ Rincón de las Eras 10 (Barrio de Los Valles) 28400 Collado Villalba - Madrid T. 918 40 64 31 F. 918 49 38 17 Email. afepe@ayto-colladovillalba.org DESVENTAJAS Dificultad en la adopción de acuerdos cuando existen discrepancias entre los socios dado que cada socio tiene derecho a un voto independientemente del capital que posea. Limitación en la capacidad de contratación (al 25% del número de horas de los socios). 8 Área de Formación, Empleo y Promoción Económica Centro de Iniciativas Municipales c/ Rincón de las Eras 10 (Barrio de Los Valles) 28400 Collado Villalba - Madrid T. 918 40 64 31 F. 918 49 38 17 Email. afepe@ayto-colladovillalba.org SOCIEDAD ANÓNIMA LABORAL DEFINICIÓN Sociedad anónima en la que al menos, el 51% del capital social pertenece a los trabajadores que prestan en ella sus servicios (trabajan) de forma retribuida, personal, directa, por tiempo indefinido y en jornada completa. REQUISITOS Mínimo 3 socios. Capital dividido en ACCIONES nominativas. Mínimo: 60.000 €. Al menos el 51% en poder de los socios trabajadores. Suscrito totalmente y desembolsado en el plazo que señalen los Estatutos Sociales. Las acciones o participaciones pueden ser de clase laboral o clase general. Límite por socio: 1/3 del capital social. Obligación de constituir un Fondo Especial de Reserva (10% del beneficio líquido de cada ejercicio). Órganos sociales: los mismos que en la anónima con la particularidad de que cuando existan dos clases de accionistas, ambas estarán representadas en dichos órganos. TRÁMITES Escritura Pública. Inscripción en: Registro Mercantil. Registro Administrativo de Cooperativas y Sociedades Laborales. Liquidación del ITP: exenta. Modelo 036 (Declaración censal) para obtención del CIF. VENTAJAS Responsabilidad de los socios limitada al capital suscrito por cada uno de ellos. Las sociedades laborales que destinen al Fondo especial de reserva el 25% de los beneficios líquidos, gozan de los siguientes beneficios en el ITP: Exención por constitución, aumento capital y transformación en SLL.. 9 Área de Formación, Empleo y Promoción Económica Centro de Iniciativas Municipales c/ Rincón de las Eras 10 (Barrio de Los Valles) 28400 Collado Villalba - Madrid T. 918 40 64 31 F. 918 49 38 17 Email. afepe@ayto-colladovillalba.org Bonificación del 99% por transmisiones patrimoniales, por la escritura de transformación, por las escrituras de constitución de préstamos para inversión en activos. DESVENTAJAS Exigencia de capital mínimo. Órganos sociales más complejos, en el supuesto de dos clases de acciones. 10 Área de Formación, Empleo y Promoción Económica Centro de Iniciativas Municipales c/ Rincón de las Eras 10 (Barrio de Los Valles) 28400 Collado Villalba - Madrid T. 918 40 64 31 F. 918 49 38 17 Email. afepe@ayto-colladovillalba.org SOCIEDAD LIMITADA LABORAL DEFINICIÓN Las sociedades de responsabilidad limitada en las que la mayoría del capital social sea propiedad de trabajadores que prestan en ella servicios retribuidos en forma personal y directa, cuya relación laboral lo sea por tiempo indefinido, podrán obtener la calificación de "Sociedad Laboral" cuando concurran ciertos requisitos establecidos. REQUISITOS Mínimo 3 socios. Dividido en PARTICIPACIONES sociales. Capital Mínimo: 3.000 €. Al menos el 51% en poder de los socios trabajadores. Totalmente suscrito y desembolsado. Las acciones o participaciones pueden ser de clase laboral o clase general. Límite por socio: 1/3 del capital social. Obligación de constituir un Fondo Especial de Reserva (10% del beneficio líquido de cada ejercicio). Órganos sociales: los mismos que en la anónima con la particularidad de que cuando existan dos clases de accionistas, ambas estarán representadas en dichos órganos. TRÁMITES Escritura Pública. Inscripción en: Registro Mercantil. Registro Administrativo de Cooperativas y Sociedades Laborales. Liquidación del ITP: exenta. Modelo 036 (Declaración censal) para obtención del CIF. VENTAJAS Responsabilidad de los socios limitada al capital suscrito por cada uno de ellos. Las sociedades laborales que destinen al Fondo especial de reserva el 25% de los beneficios líquidos, gozan de los siguientes beneficios en el ITP: Exención por constitución, aumento capital y transformación en SLL.. 11 Área de Formación, Empleo y Promoción Económica Centro de Iniciativas Municipales c/ Rincón de las Eras 10 (Barrio de Los Valles) 28400 Collado Villalba - Madrid T. 918 40 64 31 F. 918 49 38 17 Email. afepe@ayto-colladovillalba.org Bonificación del 99% por transmisiones patrimoniales, por la escritura de transformación, por las escrituras de constitución de préstamos para inversión en activos. DESVENTAJAS Exigencia de capital mínimo. Órganos sociales más complejos, en el supuesto de dos clases de acciones. 12