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Consejo Superior del Poder Judicial Secretaría General CIRCULAR N° 80-98 ASUNTO: Método para consignar el número de cédula. A LAS AUTORIDADES JUDICIALES DEL PAÍS SE LES HACE SABER: Que el Consejo Superior en sesión N° 70-98 celebrada el 8 de setiembre de 1998, artículo CX, acordó ponerles en conocimiento la circular N° 2-98, emitida por el señor Jorge A. Vargas Meneses, Director General a.i. de Informática del Ministerio de Hacienda, que literalmente dice: “ASUNTO: MÉTODO PARA CONSIGNAR EL NUMERO DE CÉDULA FECHA: SETIEMBRE, 1998 Siguiendo las normas para la estandarización del número de cédula a nivel nacional, de acuerdo con el Decreto 15126-H-PLAN, del 4-1-84, se han establecido tres tipos de cédula para el caso de los servidores ACTIVOS Y PENSIONADOS a saber: 1) Cédula Nacional tendrá el “Tipo” en blanco y su estructura será la siguiente, a partir del mes de noviembre del presente año. Ejemplo: Cédula Nacional 1-142-305 debe reportarse así: CÉDULA Tipo Número 1-0142-0305 Si la cédula pertenece a los casos en que el número del tomo ya superó el 999, como sucede con la provincia de San José, se debe indicar ese número sin anteponer un cero, tal como se había establecido anteriormente. Para efectos de información computarizada en lo que respecta al TIPO, este debe ser grabado como un “0” (cero); el resto de la información deberá grabarse tal y como se especifica en el ejemplo. 2) Cédula de Residencia, expedida por la Dirección de Migración y Extranjería, su “Tipo” será una letra R y su numeración se estructurará con la primera y segunda parte de la cédula completa. Ejemplo: Consejo Superior del Poder Judicial Secretaría General Cédula de Residencia 175-43958-2138, debe reportarse así: CÉDULA Tipo R Número 175-043958 Como puede apreciarse en este caso, la segunda parte de la numeración de la cédula de Residencia se debe rellenar con ceros a la izquierda hasta completar seis dígitos. Para efectos de información computarizada en lo que respecta al TIPO, éste debe ser grabado como 1 en representación de la letra “R”; el resto de la información deberá grabarse tal como se especifica en el ejemplo. 3) Permiso Especial de Trabajo, expedido por la Dirección de Migración y Extranjería a personas que no cuentan con cédula de residencia, previa autorización del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, su “Tipo” será una letra “X”. Ejemplo: Permiso de Trabajo a Extranjeros 96-479, debe reportarse así: CÉDULA Tipo X Número 96-0000479 Los primeros dos dígitos se refieren al año de otorgamiento y el resto es un número consecutivo que ha de rellenarse con ceros a la izquierda hasta completar siete dígitos. Para efectos de información computarizada en lo que respecta al “Tipo”, éste debe ser grabado como 8 en representación de la letra “X”; el resto de la información deberá grabarse tal como se especifica en el ejemplo.” San José, 17 de setiembre de 1998. Silvia Navarro Romanini Secretaria General CC: Diligencias Archivo Sría. PUBLICACIÓN: Boletín Judicial N° 192 del 2 de octubre de 1998 rmb*/circulares/1998.