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PARLAMENTO EUROPEO 1999 2004 Comisión de Derechos de la Mujer e Igualdad de Oportunidades 25 de abril de 2000 OPINIÓN de la Comisión de Derechos de la Mujer e Igualdad de Oportunidades para la Comisión de Empleo y Asuntos Sociales sobre la comunicación de la Comisión "Hacia una Europa para todas las edades - Fomentar la prosperidad y la solidaridad entre las generaciones" (COM(1999)221 - C5-0185/99 - 1999/2159(COS)) Ponente de opinión: Christa Prets AD\411291ES.doc ES PE 286.986 ES PROCEDIMIENTO En la reunión del 25 de noviembre de 1999, la Comisión de Derechos de la Mujer e Igualdad de Oportunidades designó ponente de opinión a Christa Prets. En las reuniones de los días 22 de marzo y 18 de abril de 2000, la comisión examinó el proyecto de opinión. En la última de estas reuniones, la comisión aprobó las enmiendas por unanimidad con 1 abstención. Estuvieron presentes en la votación los diputados: Theorin (presidente), Eriksson (vicepresidente), Prets (ponente de opinión), Gröner, Izquierdo Rojo (suplente de Ghilardotti), Klass, Kratsa, Lulling, Müller E.F., Sörensen y Swiebel. PE 286.986 ES 2/6 AD\411291ES.doc BREVE JUSTIFICACIÓN Introducción En su comunicación con ocasión del Año Internacional de las Personas de Edad, la Comisión aborda un tema complejo, de gran importancia para la cohesión económica y social de las sociedades de la UE por la evolución demográfica ulterior que cabe esperar. La competencia de la Comunidad en esta materia resulta de numerosas disposiciones de los Tratados referentes al fomento del desarrollo económico y social así como a la protección social, la evitación de discriminaciones por razones de edad o de sexo, por ejemplo, y a cuestiones de educación, formación y salud. Sólo mediante el examen de los distintos factores -como empleo, formación y perfeccionamiento profesional así como cobertura sanitaria y de pensiones- a la luz del material estadístico disponible y de las condiciones previsibles en el futuro pueden desarrollarse políticas estructurales que conduzcan a resolver de modo satisfactorio para todos el problema del envejecimiento progresivo de la población. Esta comisión ha de estudiar las consecuencias que esta situación social entraña para las mujeres y presentar propuestas al respecto. 1. Sector del empleo El relativo retroceso de la población activa y las menores tasas de natalidad ofrecen oportunidades tanto a las mujeres jóvenes como a las de mayor edad, tal como ya revela la creciente participación de la mujer en la vida laboral. En las directrices para el empleo de 1998, la Comisión califica la creciente tasa de actividad de las mujeres, con razón, de condición previa para el aumento del empleo y el mantenimiento del nivel de vida. No obstante, las mujeres sólo pueden aprovechar las oportunidades citadas si se cumplen varios requisitos. Por una parte, no puede atribuírseles en exclusiva la tarea de compatibilizar vida laboral y familiar. Los hombres también han de asumir dicha tarea. La división vertical y horizontal de los ámbitos profesionales que se constata con frecuencia sólo puede suprimirse haciendo realidad la igualdad de oportunidades, es decir, el reparto justo de las cargas entre hombres y mujeres también en el ámbito de los cuidados a la familia. Esto presupone una mayor oferta de formas flexibles de trabajo para mujeres y hombres. Para posibilitar también a las trabajadoras de más edad una mayor duración de su vida laboral, los lugares de trabajo deberían dotarse, mediante tecnología moderna y medidas ergonómicas, de condiciones favorables al mantenimiento de la capacidad laboral. Por último, deberían agotarse todas las posibilidades de abandono gradual de la vida laboral o de trabajo temporal que tengan en cuenta la capacidad de rendimiento de las afectadas. En este contexto se requieren, también en el interés general, una cooperación responsable de los interlocutores sociales comprometida con el bien común así como los correspondientes impulsos del legislador. AD\411291ES.doc 3/6 PE 286.986 ES Además debe permitirse a la mujer, mediante medidas de perfeccionamiento y reciclaje profesional, que se reintegre a la vida profesional tras los períodos dedicados al cuidado de los niños y la atención a la familia. El hecho de que en el futuro crecerá la necesidad de recursos humanos más cualificados y capaces de ocupar múltiples puestos entraña oportunidades adicionales para las mujeres, que, por término medio, tienen ya un mejor nivel de formación que los hombres jóvenes. Esta comisión ya reveló en su opinión sobre los futuros puestos de trabajo (Sornosa Martínez) la existencia de múltiples posibilidades, sobre todo en el sector terciario, como ámbito principal de crecimiento. 2. Jubilación La jubilación de las mujeres presenta particularidades desfavorables frente a la de los hombres, como consecuencia de "biografías" casi siempre diferentes. Las nuevas estructuras familiares, el incremento del número de hogares unipersonales y de mujeres que asumen solas el sustento y la educación de los niños llevan con frecuencia a prestaciones de jubilación insuficientes, por haber desarrollado una actividad menos cualificada, presentar interrupciones en la vida profesional o depender económicamente del cónyuge o de su pensión. El problema de las mujeres de edad que viven en el umbral de la pobreza está muy extendido. Por consiguiente, se plantea la necesidad de contar con unas prestaciones básicas, por lo que ya abogaba el Parlamento en su informe de marzo de 1997. 3. Prestaciones sanitarias y asistenciales La función de la mujer no puede ser perpetuar esquemas tradicionales de comportamiento, siendo quien principalmente se encarga del cuidado de las personas mayores y discapacitadas, pues dispone de menos tiempo y fuerzas para ello, toda vez que las mujeres ejercen de forma creciente una actividad profesional. Ello representaría una carga múltiple injustificable. Pero la renuncia a ejercer una profesión más cualificada en aras de la atención a la familia no sólo entraña una pérdida de ingresos y, por consiguiente, una mayor dependencia económica durante la etapa activa de la vida de la mujer, sino que repercute también en la denominada cuarta etapa de la vida cuando la pensión de jubilación se revela insuficiente. Es discutible que la sociedad muestre su reconocimiento por el enorme ahorro de gastos que esto le supone. Hace algunos años, sólo en el Reino Unido, se estimaba que el coste de los cuidados informales prestados por familiares superaba los 100 millones de ecus anuales. Las medidas de cualificación profesional o la creación de perfiles profesionales hoy inexistentes dirigidos al cuidado de los mayores darían lugar a tareas más exigentes y, por tanto, a perspectivas profesionales más favorables. 4. La asistencia a las mujeres de edad La mayoría de las personas mayores son mujeres, que -según aumenta su edad- quedan PE 286.986 ES 4/6 AD\411291ES.doc solas y pasan a su vez a necesitar cuidados. A las personas mayores debe permitírseles, al igual que a los jóvenes, el acceso a una asistencia sanitaria adecuada. Tales prestaciones deben adaptarse además de modo específico a sus necesidades. La rehabilitación juega en este contexto un papel de especial importancia para mantener la movilidad corporal. En este ámbito, las necesidades de establecimientos de bajo coste registrarán un fuerte crecimiento en el futuro. CONCLUSIONES La Comisión de Derechos de la Mujer e Igualdad de Oportunidades pide a la Comisión de Empleo y Asuntos Sociales, competente para el fondo, que incorpore los siguientes elementos en la propuesta de resolución que apruebe: 1. Acoge favorablemente la comunicación de la Comisión referente al Año Internacional de las Personas de Edad y aboga por que se celebre un amplio debate con y entre los interlocutores sociales, la sociedad civil y representantes de los grupos afectados sobre esta importante cuestión social, para que, tanto al nivel de la Comunidad como de los Estados miembros, se produzcan sin demora las necesarias iniciativas políticas de reforma; 2. Señala las consecuencias que tendrá en las pensiones de jubilación de las mujeres su mayor participación en el trabajo a tiempo parcial, en sistemas de trabajo precario o formas de trabajo atípico; 3. Constata que, dentro del proceso de envejecimiento de la sociedad, la situación de la mujer presenta particularidades en cuanto al empleo, la jubilación y la asistencia sanitaria que deben tenerse en cuenta para evitar discriminaciones; 4. Pide a los Gobiernos y los interlocutores sociales que faciliten a las mujeres el acceso a carreras profesionales seguras y mejor remuneradas y garanticen al mismo tiempo la igualdad de trato en lo que concierne al perfeccionamiento profesional y la ampliación de conocimientos durante toda la vida laboral; 5. Se fija como objetivo la compatibilidad de la vida familiar y laboral y pide un mejor reparto de las cargas familiares entre hombres y mujeres así como una política de empleo y de protección social que tenga más en cuenta las obligaciones de las mujeres y los hombres en lo referente al cuidado de los ancianos y los niños; propugna un mayor empleo de las políticas en materia de familia y fiscalidad para fomentar la tasa de actividad de las mujeres; 6. Pide a los Gobiernos de los Estados miembros y a los interlocutores sociales que materialicen en todos los sectores profesionales el principio establecido en el artículo 141 del Tratado relativo a la igualdad de retribución para un mismo trabajo o de igual AD\411291ES.doc 5/6 PE 286.986 ES valor, y que también se aplique la igualdad de trato en relación con la contratación, la promoción y el perfeccionamiento profesionales y los ascensos; 7. Pide a los Estados miembros y los interlocutores sociales que adopten medidas específicas que permitan a las mujeres (y madres de familias monoparentales) regresar al mercado de trabajo y reintegrarse en el mismo tras interrupciones de su vida laboral; 8. Pide medidas especiales para adaptar los insuficientes regímenes de pensiones a las necesidades de las mujeres, teniendo en cuenta su mayor dedicación a actividades asistenciales y las consiguientes interrupciones de su vida profesional; 9. Subraya la necesidad de mantener la capacidad de rendimiento de los trabajadores y trabajadoras de más edad con ayuda de la ergonomía y la tecnología; 10. Señala la creciente necesidad de establecimientos destinados a prevención sanitaria, rehabilitación y cuidado de los ancianos así como de servicios sociales, y pide que sean accesibles y asequibles a todos; aboga por fomentar la creación de redes locales y regionales para favorecer la integración social y la solidaridad entre las generaciones. PE 286.986 ES 6/6 AD\411291ES.doc