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EL ABORTO PRESENTADO POR: ELIZABETH DANIELA PIZA PARDO COLEGIO COOPERATIVO SEPTIMO SAN GIL 2010 EL ABORTO PRESENTADO POR: ELIZABETH DANIELA PIZA PARDO PRESENTADO A: ING. MARTHA LILIANA DURAN RODRIGUEZ COLEGIO COOPERATIVO SEPTIMO SAN GIL 2010 TABLA DE CONTENIDO Introducción………………………………………………. Objetivo…………………………………………………….. El aborto……………………………………………………. Conclusiones…………………………………………….. Bibliografías………………………………………………. INTRODUCCION El aborto es la expulsión espontánea o provocada del feto antes de que sea viable. La expulsión del feto a término se denomina parto. Si el feto se expulsa antes de tiempo pero es viable, se denomina parto Prematuro. Se denomina aborto cuando el feto expulsado antes de término no es viable por Falta de desarrollo. Si la falta de viabilidad no se debe al desarrollo escaso, sino a lesiones patológicas, en un feto de peso viable, tampoco se trata de aborto El aborto es un método simple que termina con el embarazo. A través de la historia alrededor del mundo y en muchas religiones, las mujeres han utilizado el aborto como parte de su cuidado de salud. No todas las mujeres creen que está bien abortar, pero toda mujer tiene el derecho de tomar su propia decisión. Escritos griegos y romanos, describen con toda clase de detalles, instrumentos que servían para dilatar el cuello de la matriz o útero, así como infinidad de plantas utilizadas como brebajes y ungüentos abortivos. Aristóteles defendía el aborto para limitar los nacimientos en las familias numerosas o humildes. Hipócrates, considerado el padre de la medicina moderna, demostraba conocer fórmulas abortivas, pero haciendo honra a su reputación científica, llamaba la atención sobre los riesgos para la salud que su uso implicaba. Según Cicerone la madre que practicaba un aborto no era castigada si mediaba el consentimiento del marido. Con la llegada del Cristianismo no mejoró la consideración respecto a la mujer pero en cambio empeoró bastante la postura frente al aborto al introducir el derecho de protección del “no nacido”. Desde sus comienzos, la Iglesia consideró el aborto como homicidio condenándolo severamente. Durante la Edad Media, se consideraba el aborto como homicidio o lo dejaban al libre criterio de los expertos judiciales, según los casos. En el siglo XIX, las normas jurídicas respecto a, aborto se endurecen, muchos países europeos comienzan a promulgar leyes que persiguen la Interrupción de los embarazos. Los aztecas utilizaban hierbas para facilitar la expulsión del feto, tanto en el aborto como en el parto. Algunas técnicas a lo largo de la historia como abortivas, se han seguido utilizando en la medicina moderna, como por ejemplo el cornezuelo de centeno que ingerido en forma de granos era un eficaz abortivo. A partir de los descubrimientos modernos sobre enfermedades genéticas, y mezclando los hechos conocidos con muchas sugerencias puramente hipotéticas, se vienen planteando ya hace unos años multitud de problemas, siempre con el objeto de presentarlo como justificación cierta de aborto. Lo que representa estas pretensiones de suprimir vidas humanas, por comparación con la eutanasia, señalando “una fuerte diferencia: el objeto de la eutanasia es ahorrar sufrimiento que parece innecesario al enfermo, mientras que el objeto de la eliminación de un niño incapacitado es impedir el sufrimiento de su familia y la sociedad”. OBJETIVO Mi objetivo es ir más a fondo con este tema para saber que es el aborto, y saber cómo se lleva a cabo este procedimiento. Pretendo evaluar los pormenores de la polémica que ha desatado este controversial tema. EL ABORTO Qué es el Aborto.- Es la interrupción dolosa del proceso fisiológico del embarazo causando la muerte del producto de la concepción o feto dentro o fuera del claustro materno, viable o no. Principales Consideraciones La expresión aborto deriva de la expresión latina Abortas: Ab=mal, Ortos=nacimiento, es decir parto anticipado, privación de nacimiento, nacimiento antes del tiempo. Nuestro ordenamiento legal en el capítulo de aborto, tutela vida humana dependiente, es decir de aquella vida humana que no tiene la calidad de persona, es un ser concebido pero no nacido, una esperanza de vida entra uterina. El feto no es todavía una persona humana, pero tampoco es una cosa. El feto solo deviene en persona con el nacimiento, por lo que su aniquilamiento no constituye delito de homicidio. Se entiende por delito de aborto, aquel cometido de manera intencional, y que provoca la interrupción del embarazo, causando la muerte del embrión o feto en el claustro de la madre o logrando su expulsión. Para la ejecución del delito se requiere: Que la mujer esté embarazada Que el embrión o feto esté vivo En caso que no se dieran los presupuestos señalados, estaríamos ante un delito imposible por la absoluta impropiedad del objeto. Nuestro código penal, considera al aborto terapéutico como único caso no punible. Contempla así mismo nuestro ordenamiento dos condiciones para el aborto: Ética, cuando la mujer resulta embarazada como consecuencia de una violación. Eugenésica, cuando existe la probabilidad que el niño nazca con graves taras físicas o psíquicas. CONCLUSIONES El Estado no ha considerado los derechos sexuales y reproductivos de hombres ni de mujeres, ya que las normas emitidas sobre salud y planificación familiar se dan en función de una política de población que tiene como objetivo central, eliminar la pobreza. Para el sistema jurídico peruano, prevalece el concepto de derecho a la vida entendido como función biológica y no como calidad de vida que ejerce la libertad y la voluntad de la persona, en este caso, la mujer. Las contemplaciones al aborto por móvil de honor que existían en este primer período respondían a los intereses de una sociedad donde primaban los derechos de las familias, evidentemente, por encima de los derechos de la mujer. El aborto consentido se establecía como forma atenuada ya que, en muchos casos, era la familia que tenía más interés que la propia mujer, en que ella abortara. Por lo tanto, la ley penal tomaba en cuenta las veces en que la mujer deseara abortar por su propia voluntad y no por motivos ajenos a ella En cuanto al delito de lesiones, es muy importante determinar al sujeto activo con pruebas comprometidas y sancionar de acuerdo a ley. BIBLIOGRAFIA www.elricondelvago.com www.google.com www.monografias.com