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T.P ciencias sociales “Demografía y Población” Ariel Ochoa y Manuel Maron 12 Elegimos la política pública “Pensiones no contributivas” La política pública “Pensiones no contributivas” es una política Nacional cuyo objetivo es promover el acceso a derechos de personas y familias en situación de vulnerabilidad social mediante la asignación de pensiones que no requieren de aportes para su otorgamiento. Esta herramienta basa su funcionamiento por un lado, en una mirada social integral, que comprende a las personas como sujetos de derecho con sus particularidades sociales, económicas y regionales; por otro lado, en el trabajo territorial, que prioriza el contacto directo con los sectores más vulnerables y con las zonas de menor acceso a la información. En este sentido, se realizan periódicamente operativos de asesoramiento y gestión de pensiones en todo el país a través de la Comisión Nacional de Pensiones en el Territorio, que trabaja en Centros de Atención Local (CALs), Centros de Referencia y en el Tren de Desarrollo Social y Sanitario. Existen tres tipos de pensiones comprendidas por el programa. En todos los casos, los titulares de este derecho cuentan con cobertura médica integral administrada por el Programa Federal de Salud (PROFE) dependiente del Ministerio de Salud de la Nación: Pensiones a la vejez, por invalidez y a madres de 7 o más hijos: Se trata de un derecho que poseen las personas que se encuentran en una situación de vulnerabilidad social sin amparo previsional o no contributivo, que no poseen bienes, ingresos ni recursos que permitan su subsistencia y que no tienen parientes obligados legalmente a proporcionarles alimentos o que, teniéndolos, se encuentran impedidos para hacerlo. Las pensiones a la vejez se otorgan a personas mayores de 70 años, mientras que las que son por invalidez están dirigidas a quienes presenten un 76 por ciento o más de invalidez o discapacidad. Las destinadas a madres de 7 o más hijos contemplan a quienes sean o hayan sido madres de 7 o más hijos nacidos vivos, biológicos o adoptivos. Pensiones graciables: Son aquellas que se otorgan por medio del Congreso de la Nación de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 13.337 y por la Ley de Presupuesto General de la Nación. La función de la Comisión Nacional de Pensiones en este caso, consiste en verificar el cumplimiento de los requisitos establecidos por la Ley de otorgamiento y su posterior liquidación. Las Pensiones por Leyes Especiales. Abarcan las otorgadas a Presidentes y Vicepresidentes de la Nación; Jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación; Premios Nóbel; Primeros Premios Nacionales a las Ciencias, Letras y Artes Plásticas; Premios Olímpicos y Paralímpicos; Familiares de Personas Desaparecidas; Pioneros de la Antártida; Precursores de la Aeronáutica y Primera Conscripción Argentina (Cura Malal). Los trámites de gestión de pensiones pueden iniciarse en los Centros de Referencia de todo el país o en los centros de atención directa a la comunidad. Además, se trabaja articuladamente con los gobiernos provinciales y municipales, que despliegan espacios complementarios de atención y asesoramiento. Los objetivos de esta política generalmente se cumplen pero actualmente hay un problema en el que el titular de la ANSES, Diego Bossio, insiste en que no hay fondos para cumplir con los fallos judiciales, los números oficiales marcan que de los $280.000 millones del presupuesto del organismo para 2013, unos $ 200.000 millones serán para pagar los beneficios del sistema -como jubilaciones y pensiones, seguros de desempleo y asignaciones familiares. Pero el resto --$80.000 millones-- cubren prestaciones no contributivas que deberían tener un financiamiento propio porque no forman parte del régimen previsional, como la Asignación por Hijo, las pensiones no contributivas, los déficits de las cajas de Policía, FF.AA. y de Seguridad y Cajas provinciales no transferidas, diversos planes de empleo y el plan de computadoras Conectar para chicos en edad escolar. Las pensiones no contributivas son muy beneficiarias al abarcar grandes grupos de personas como diabéticos, celíacos y personas con Lupus, obesidad y VIH. Otro beneficio es que una vez otorgada la pensión, los beneficiarios contarán con la Obra Social “PROFE”. El monto se va actualizando a medida que se actualizan las jubilaciones ordinarias, dos veces al año, dispuestas por con Congreso de la Nación. Las contras de esta política social es que no acepta pensiones para madres solteras ya que hace un tiempo, la Provincia de Buenos Aires había lanzado una pensión para madres solteras, pero ésta fue absorbida por la Asignación Universal por hijo, dejando sin efecto ese beneficio. Además, en el caso de un matrimonio la pensión por invalidez, vejez o por madre de 7 hijos solo puede tramitarse a favor de solo uno de los cónyuges (salvo que se encuentren divorciados). Las Pensiones no Contributivas de Jubilación y de Invalidez son incompatibles: Entre sí, Con las pensiones asistenciales del Fondo de Asistencia Social (FAS), Con los Subsidios de Garantía de Ingresos Mínimos y por Ayuda de Tercera Persona de la Ley de Integración de los Minusválidos, Con la condición de causante de la prestación familiar por hijo o hija a cargo con discapacidad Para que la problemática sea completamente abordada, nosotros agregaríamos mas asistentes sociales (ya que no es muy controlado ) al servicio de cada familia o persona que cobra una pensión no contributiva, para así evaluar y abarcar mayormente el sector de personas y familias en una situación de vulnerabilidad. Una de las limitaciones de esta política es la limitación de ingreso, significa que si los ingresos alcanzan para tener una condición de vida digna no es necesario recibir una pensión no contributiva. Fuente: http://www.preguntasfrecuentes.net/2010/01/22/pensiones-no-contributivas/ http://www.desarrollosocial.gov.ar/pensiones/161 http://www.solesdebuenosaires.org.ar/pensiones.html