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INMIGRACIÓN MEDIANTE INVERSIÓN EN LOS EE.UU Por: Abogado Jon Eric Garde, GUARDIAN INVESTMENT RESOURCES LTD. Introducción- El Servicio de Ciudadanía e Inmigración (CIS) del Departamento de Seguridad Nacional de EEUU (DHS), garantiza estatus de residente permanente a los inversionistas inmigrantes que inviertan de forma substancial en negocios que generen empleos en EEUU. Esto a través del programa EB5 (Quinta Preferencia Basada en Empleo), la cual otorga estatus condicional de residencia permanente, a su cónyuge e hijos solteros menores de 21 años. Después de dos años, el CIS revisa y verifica que esta inversión es genuina y que ha creado o salvado diez empleos, entonces otorga la residencia permanente incondicional al inversionista y su familia. El procesamiento de peticiones de inversionistas inmigrantes ha crecido de positivamente para las solicitudes con representación profesional que han sido preparadas minuciosamente. La economía estadounidense está recuperándose de la recesión y de la disminución de las ganancias de los negocios, y se están creando muchas oportunidades de negocios rentables y asequibles. Este ambiente, invita a inversionistas de todo el mundo con destrezas empresariales para que inicien nuevos negocios, o reestructuren negocios en declive y los vuelvan exitosos. Aquellas inversiones que reflejen un entendimiento de los mercados del empleo y del consumidor, son excelentes prospectos para las peticiones EB5. Requisitos Estándar para los Inversionistas Inmigrantes- Presentar petición de inmigrante usando el formato I-526 cuya tarifa es de US$1,500, con evidencias de que este ha invertido al menos un millón de dólares en cualquier parte de los EEUU. Existe una opción alternativa que permite presentar evidencia de que, se ha invertido, o que se va a invertir medio millón de dólares en las llamadas “áreas objetivo para el empleo”, las cuales están definidas como áreas rurales (incluyendo municipios con menos de 20,000 habitantes), y áreas con alto índice de desempleo (equivalente a un 150% o más del promedio nacional). El capital de inversión, puede provenir ya sea de forma individual o de grupos, y cada inversionista debe demostrar que el origen del capital es lícito. El capital de inversión que provenga de crédito, no se puede garantizar con la empresa que haya sido utilizada para la petición de la visa de inversionista inmigrante, pero si se puede garantizar con propiedades que sean separadas y distintas de la empresa de inversión. Durante los dos primeros años de residencia “condicional” permanente, los inversionistas deben demostrar que la inversión creó 10 empleos de tiempo completo para trabajadores estadounidenses (ciudadanos y residentes permanentes) dentro de la empresa objeto de la inversión y la economía regional. La creación de empleos que cuenta, no incluye al inversionista ni su familia. Bajo este programa, no basta con crear diez empleos, si estos provienen de causar que otros negocios se quiebren y pierdan sus trabajadores. Las inversiones que califican deben contribuir a la expansión de la economía local, o llenar o crear un nicho económico que contribuya al crecimiento de la economía. El peticionario, debe “invertir o estar en el proceso de invertir de forma activa” el capital requerido. Sin embargo, se debe tener en cuenta que actualmente el tiempo que toma procesar el formato I-526 puede exceder un año, y que entre menos dinero se invierta en la empresa al momento de presentar la I-526, más pesada será la Requisición de Evidencia (RFE) que el CIS pedirá alrededor de un año después de le presentación de la I-526. La RFE es la primera ronda de revisión del CIS para asegurarse que la inversión de capital prometida y la creación de empleo al momento de la petición, está dando frutos como condición para la aprobación de la I-526. El estatus de residencia permanente condicional crea la segunda ronda de revisión. El inmigrante inversionista, debe llenar el formulario I-829 (Petición para Remover las Condiciones de la Residencia), no antes de 90 días del lapso de los dos años del periodo “condicional”, cuya tarifa de presentación es de US$3,835, más US$85 por cada miembro de la familia. El formulario I-829 nunca se debe presentar después de que el periodo condicional expire. Durante el periodo condicional, se debe conservar la documentación detallada mensual del negocio (evidencia) para remisión al CIS como soporte de evidencia. Después de su presentación, el CIS la revisará minuciosamente para asegurarse que la inversión es genuina, suficiente e irremediable, y que se han cumplido los requerimientos de creación de empleo. No cumplir alguno de estos requisitos, causará que se niegue la petición, y entonces el inversionista y su familia quedarían sujetos a procedimientos de remoción para una nueva audiencia por parte de un juez de inmigración. La inversión para inmigrar tiene dos opciones, (1) a través de las inversiones directas, y (2) mediante el Programa Piloto del Inversionista Inmigrante. (1) La Inversión Directa puede crear nuevos negocios, o ser parte de la estructuración o expansión de negocios existentes. Una expansión calificada, debe incrementar el valor neto de un negocio en un 40%, o en número de empleados. Por consiguiente, se deben crear más de 10 empleos para las mayores adquisiciones. En el caso de compra de negocios con problemas (aquellos que han sufrido una pérdida neta de ingresos con anterioridad a la inversión del 20% en dos años, o del 10% por dos años consecutivos), se deben salvar 10 empleos en lugar de crearse por parte de cada inversionista. El CIS aprobará con más facilidad una petición EB-5 entre más empleos sean creados o salvados una vez se haya presentado la solicitud del estatus EB-5. La inversión debe ser activa y empresarial, o sea que este debe mantener un rol de hacer las políticas dirigiendo la empresa, o debe ser parcial o completamente responsable de las operaciones diarias. Las acciones, bonos, reventas de finca raíz, o la gerencia de unos cuantos arrendamientos no calificarán aunque el capital sea suficiente, ya que estás inversiones más pasivas no crearían suficientes empleos permanentes de tiempo completo ni requieren de la gerencia suficiente, activa y regular. Sin embargo, los desarrollos de finca raíz en curso, la propiedad de fábricas, minería, agricultura, ventas al por mayor y al detal, las estaciones de gasolina de 24 horas, restaurantes, y muchas otras formas de propiedad de negocios pueden ser inversiones que califican. (2)El Programa Piloto del Inversionista Inmigrante es distinto al de inversión directa, porque se hace a través de los Centros Regionales acreditados por el CIS. Los centros regionales son administrados por un equipo gerencial privado, o por agencias gubernamentales, estatales o municipales. Mientras que las empresas de inversión directa deben crear 10 empleos directamente, los centros regionales permiten la creación de los diez trabajos de forma indirecta según se demuestre por el lado del suministro o por el de distribución de la empresa de la inversión. Un centro regional dará fe de la creación de empleo a través de econometría prospectiva e histórica, y análisis del mercado regional. Los inversionistas por lo general son accionistas sin un control directo sobre la inversión, los cuales recuperan el capital invertido un periodo más largo, y obtienen unas utilidades más bajas que en las inversiones directas. Un minucioso plan de negocios debe soportar la petición EB5, incluyendo un plan y análisis del mercado regional y local, una descripción de la conformación del negocio, del desarrollo del sitio del negocio, de creación de empleo dentro de la economía local, planes de mercadeo específicos, proyecciones de ventas, y proyecciones financieras para los años 1, 3 & 5 para incluirlos en los reportes de ingresos y gastos. Los planes de negocios para inversiones directas, requieren de sondeos detallados en la economía local, y los planes de negocios de los centros regionales requieren adicionalmente de estudios econométricos regionales. Para efecto de soportar las conclusiones y proyecciones de los planes de negocios, deben explicarse las metodologías de los análisis. El origen de los fondos es un asunto crítico para los inversionistas. Sus declaraciones de impuestos deben probar el origen del ingreso por un periodo de cinco años para sustentar que los fondos son legales. Como alternativa, un activo antiguo, tal como una propiedad de un negocio o de finca raíz, adquirido más de cinco años atrás, podría ser liquidado o usado como un crédito colateral. Se debe establecer la evidencia de propiedad de cinco años del “activo antiguo”. Dependiendo de la caracterización del activo antiguo, aun es necesario demostrar el origen de los fondos u otros medios utilizados para la adquisición. Los préstamos de acreedores diferentes a bancos se deben acompañar con evidencia amplia de la capacidad del acreedor para extender el préstamo y de la capacidad del inversionista de pagarlo. No se necesita presentar la totalidad del patrimonio neto del inversionista, sólo debe probarse el origen lícito de los recursos con evidencia documental. Los giros o remesas deben cumplir con las leyes internacionales de exportaciones de capital, lo que requiere asesoría de inmigración a los EEUU, trabajando de cerca con el asesor del inversionista en su país de origen para asegurarse y documentar el cumplimiento de las leyes extranjeras y de EEUU. Prevención de la pérdida total del capital de inversión: La colocación de los fondos en un fideicomiso mientras está pendiente la aprobación de la petición, le asegura al inversionista su devolución si se le niega su petición (le ocurre al 17% de las peticiones para inversionista). El financiamiento de una inversión a partir de la aprobación de la petición, no garantiza una estrategia de salida para salvaguardar los fondos invertidos contra inflación, ni de rentabilidad durante el proceso de presentación de la petición ni durante ni después de la inversión, ni la creación de diez empleos en EEUU. Para preocupaciones respecto al conflicto de rentabilidad y estabilidad por una parte, y del cumplimiento de regulaciones federales por la otra, es importante evitar un conflicto de intereses potencial. No solo se deben seguir las leyes y regulaciones de inmigración, el efecto de los impuestos de una inversión debe considerarse en la protección de activos. Finalmente, se deben seguir las leyes y regulaciones de títulos y valores pertinentes a la conformación de la inversión y la banca. Para evitar conflictos de intereses, se requiere un equipo de profesionales independientes que puedan servir las diferentes necesidades de un inversionista EB5. Mientras que el asesor en inmigración es el miembro clave del equipo EB5 y debe desempeñar el rol de coordinación para asegurarse que el estatus legal sea otorgado, los otros profesionales claves deben proveer una evaluación independiente. Un consultor de inversión independiente y debidamente licenciado debería contratarse para que evalúe la estabilidad y rentabilidad de la inversión a largo plazo. Se necesitan un abogado de impuestos internacionales para asegurar una protección máxima de los activos y estructure las protecciones tributarias, y uno de valores/empresas que debe asegurarse de que todos los riesgos potenciales sean apropiadamente estructurados, detectados, explicados y minimizados. Cada profesional licenciado es potencialmente responsable de sus propios errores y omisiones a fin de servir y proteger los intereses generales del inversionista inmigrante. Una oficina de abogados o una empresa que suministre todos estos servicios directamente, potencialmente podría servir solo a sus propios intereses, y comprometer aquellos del inversionista. La petición del Estatus de Residencia Permanente se hace después de que el formulario I-526 haya sido aprobado. La aprobación de la I-526 establece la elegibilidad para inmigrar, pero está sujeta a causas de inadmisibilidad que incluyen acciones y condenas criminales, terrorismo, enfermedades transmisibles, etc. Por consiguiente, la petición de admisión como residente permanente, es un trámite separado y posterior, que puede hacerse, ya sea por un trámite consular en el país del solicitante, y tiene una tarifa de US$318 por persona, o ya sea dentro de EEUU para aquellas personas que por otras razones estén por fuera del alcance de este articulo y que sean elegibles para ajuste de estatus, cuya tarifa es de US$1,070 para mayores de 14 años, y de US$680 para niños de 14 años o menos. Para las personas aptas con estatus de no-inmigrantes dentro de los EEUU que buscan admisión, puede ser preferible el ajuste de estatus dentro de EEUU al proceso consular. Con ciertas excepciones al alcance de este artículo, las personas que mantengan un estatus válido de no-inmigrantes, pueden solicitar residencia permanente en EEUU en lugar de acudir al proceso consular. Existen varias opciones de no-inmigrante que son adecuadas para quienes buscan un estatus legal en EEUU como inversionistas, las cuales toman de dos a seis meses en procesarse para acelerar la admisión del inversionista. Sin embargo, se advierte que la admisión como turista o visitante de negocios, casi nunca facilita el ajuste a estatus de inmigrante. La inversión inmigrante requiere más tiempo de procesamiento del que se le puede extender a un turista o visitante de negocios, lo que forzaría al visitante a sobrepasarse del tiempo que le permite la visa, y lo llevaría a ser inelegible para ajuste de estatus. Las personas que son admitidas como turistas o visitantes de negocios, deben cambiar a uno o más estatus de inversionista no-inmigrante antes de presentar solicitud de ajuste de estatus mediante inversiones. Un comerciante por tratado E-1, es de un país que tenga tratados de amistad y comercio para entablar intercambio sustancial con EEUU, y que comercia y se procura los medios para sostener a su familia y a sí mismo. Un inversionista por tratado E-2, proviene de países que entablan acuerdos de inversión bilaterales con EEUU, y buscan permanecer en EEUU para desarrollar y dirigir una “inversión sustancial” de menores requerimientos de capital y creación de empleos que el EB5. El Tratado de Libre Comercio con Colombia califica para facilitar los estatus E-1 y E-2 a inversionistas colombianos Finalmente, el estatus L-1 de no-inmigrante transferido dentro de una empresa, provee otro paso mediante inversión. El no-inmigrante L-1 es un ejecutivo o gerente quien es transferido a EEUU siendo empleado como ejecutivo o gerente de alto nivel en su país de origen, por más de un año dentro de los tres años de admisión en estatus L-1. La transferencia debe hacerse dentro de empresas relacionadas. La inversión entra en juego cuando un empresario extranjero establece una nueva compañía en EEUU que está conectada con una compañía en su país de origen mediante una propiedad mayoritaria común. El L-1 con frecuencia es el estatus de inversionista no-inmigrante con el que cuentan los inversionistas extranjeros que no son de países con tratados. Sin embargo, el estatus L-1 también puede ser escogido por inversionistas de países con tratados, porque solo después de un año a partir de la admisión con estatus L-1, contando con que el negocio es estable y rentable, el no-inmigrante L-1 puede presentar solicitud, y obtener la residencia permanente bajo la categoría de preferencia EB1. El trámite del estatus de residencia permanente como L-1 y de un transferido entre compañías toma un tiempo 2 o 3 veces más largo, pero conlleva un 60-70% de las tarifas profesionales. Beneficios y obligaciones de la residencia permanente: Beneficios: Todos los hijos menores de 21 años tienen derecho a asistir a escuelas públicas hasta el grado 12, pero solo los residentes permanentes y ciudadanos pagan matrículas más bajas en las universidades donde residen. Los estudiantes no-inmigrantes pagan matrículas más altas, y después de cumplir los 21 años solo pueden estudiar bajo el estatus de estudiante internacional, lo cual conlleva unas dificultades que están por fuera del alcance de este artículo. Los residentes permanentes pueden escoger cualquier empleo después del término de su inversión y pueden viajar al exterior sin visa para regresar. En cambio los no-inmigrantes están confinados en la forma, lugar y duración definida en su empleo, y los viajes internacionales requieren que ellos soliciten visa en los consulados de EEUU en su país de origen antes de regresar a EEUU. Los residentes permanentes pueden solicitar la ciudadanía de EEUU a los cuatro años y nueve meses a partir de la fecha del estatus de residentes, y son elegibles para jurar como ciudadanos a partir del quinto año de residencia. El estatus de no-inmigrante no ofrece un paso directo a la ciudadanía. La ciudadanía obtenida sin fraude, no se pierde, pero el estatus de residente se puede perder por actividades ilegales o por abandono, y el estatus de no-inmigrante es aún menos durable. Obligaciones: Los residentes permanentes pagan impuestos sobre sus ingresos mundiales, y están sujetos a tratados recíprocos entre EEUU y sus países de origen que dan alivio a la doble tributación. Se debe consultar un especialista de impuestos extranjeros por parte de los inversionistas interesados en inmigrar a EEUU. También, un residente permanente que vaya a salir por más de 180 días, debe solicitar un permiso de re-entrada. Una ausencia más larga pondrá en riesgo de perder la residencia permanente si algún oficial en un puerto de entrada determina que la residencia permanente fue abandonada. Sin embargo, estas obligaciones son manejables y son superadas de lejos por los beneficios de la residencia permanente, haciendo de la inmigración por medio de la inversión un paso viable al sueño americano. Guardian Investment Resources LLC, es un consorcio de profesionales de leyes y de negocios debidamente licenciados en áreas funcionales necesarias para establecer un negocio operativo, y asegurar el estatus de inmigración a EEUU. Los miembros principales son: Jon Eric Garde, abogado con más de 20 años de experiencia en leyes de inmigración; Evelyn Matsumoto, agente licenciada de bienes raíces muy reconocida; y Anne Tedrick, quien fuera directora ejecutiva financiera con experiencia de 42 años en alta gerencia y adquisiciones. Guardian Investment Resources provee servicios de coordinación de negocios, análisis y coordinación de inversiones para ayudar a inversionistas en la selección del consorcio o grupo de profesionales requeridos para desarrollar e implementar la inversión, y las estrategias de inmigración ajustadas a cada inversionista y su familia. Nuestra firma está establecida en el estado de Nevada, pero asistimos a los inversionistas a establecer su equipo profesional en cualquier parte de EEUU. Nuestros representantes estarán disponibles para consulta los días Enero 31 y Febrero 1/2014 en el centro de negocios del Hotel Dann Carlton (Calle 103 con Cra 15) en Bogotá DC. Los interesados pueden contactarnos en EEUU a los tels 1-877-3063652 y 1-702-7495626, fax 702-8989680, emails guardian.jongarde@jeglaw.com ó guardian.luisgutierrez@jeglaw.com. Dirección: 4455 S Pecos Rd Suite B, Las Vegas, NV 89121.