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CIRCULAR FEPC Nº 12/16 Cochabamba, 18 de enero de 2016 PARA: CONSEJO DIRECTIVO, SECTORES Y FUNDACIONES DE: DIRECCIÓN EJECUTIVA ASESORÍA LEGAL ASUNTO: LEY DE PROMOCIÓN DE ALIMENTACIÓN SALUDABLE Adjunta a la presente, se remite, en formato digital, la Ley N° 775 de fecha 8 de enero de 2016; la cual tienen por objeto establecer lineamientos y mecanismos para promover hábitos alimentarios saludables en la población boliviana, a fin de prevenir las enfermedades crónicas relacionadas con la dieta. Esta Ley regula también la publicidad y etiquetado de alimentos y bebidas no alcohólicas procesadas para el consumo humano, los cuales deberán utilizar un sistema gráfico con barras de colores de manera clara, legible, destacada y comprensible, de acuerdo al nivel de concentración de grasas saturadas, azúcar añadida y sodio. Así mismo esta Ley establece que los fabricantes, productores, distribuidores, importadores, proveedores, propietarios o administradores de kioscos y comedores, así como las empresas de alimentos; se adecuarán a lo dispuesto en la presente ley en un plazo máximo de un año calendario a partir de su publicación. Atentamente, Dr. Alberto Arze Barrenechea DIRECTOR EJECUTIVO Dr. Joaquin Lang Arze ASESOR LEGAL