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Según el informe anual de seguimiento del cumplimiento del Código de Cerveceros de España Las compañías cerveceras cumplen en 2005 con los compromisos asumidos en su Código de Autorregulación Publicitaria El pasado año, la Comisión de Seguimiento del Código no recibió ninguna reclamación directa por parte de los consumidores El Código responde al objetivo del sector cervecero de garantizar unas comunicaciones comerciales responsables incluso más allá de lo establecido por la legislación Se trata del compromiso pionero en el sector de alimentación y bebidas en España, firmado en 1995 y actualizado en 2003 con la Confederación de Consumidores y Usuarios y Autocontrol Madrid, 28 de marzo de 2006- Durante el pasado año, la actividad publicitaria de las compañías pertenecientes a Cerveceros de España fue coherente con los principios recogidos en su Código de Autorregulación Publicitaria, el cual establece normas más estrictas que la propia legislación dirigidas especialmente a la protección de los menores y conductores. Así se desprende del informe de seguimiento del cumplimiento del mismo correspondiente a 2005 y elaborado por una Comisión de Seguimiento formada por la Confederación de Consumidores y Usuarios (CECU) y Cerveceros de España. Esta comisión ha detectado un número muy bajo de incidencias, lo que da muestra de la responsabilidad del sector en sus comunicaciones comerciales y de la eficacia de los mecanismos de autorregulación publicitaria. La Comisión de Seguimiento, encargada de la interpretación y vigilancia del cumplimiento de todas las normas del Código, sólo detectó en 2005 mínimas incidencias relativas a las limitaciones, establecidas voluntariamente por el sector, sobre el horario de emisión de spots de marcas de cerveza en televisión. Hay que recordar que el Código establece unas normas que van más allá de la legislación, permitiendo únicamente la emisión de anuncios de cerveza a partir de las 20.30 horas (horario peninsular) La Comisión, a través del informe facilitado por la empresa de planificación de medios Mediaedge:cia (fuente: SOFRES), ha confirmado un cumplimiento de la norma en la Península y Baleares del 98,95% y del 92,98% en el caso del archipiélago canario. Además, las incidencias registradas se han realizado en horarios muy próximos a los autorregulados y el formato de la publicidad corresponde a “cortinillas” o patrocinios de escasa duración (5 o 10 segundos) y no a spots tradicionales que, en algunos casos (patrocinio de partidos de fútbol), fueron programadas por la propia organización del evento y corregidas de inmediato por las compañías anunciantes. Por otra parte, únicamente se registró un error en el apartado dedicado al patrocinio de eventos, ya que una marca de cerveza esponsorizó una actividad dirigida especialmente a menores, circunstancia que fue rápidamente subsanada por la empresa anunciante. Escaso número de reclamaciones sobre comunicaciones comerciales de cerveza La Comisión paritaria de Seguimiento, tal y como establece el artículo 8 del Código, es la encargada de recibir cualquier queja o reclamación que pueda formularse sobre una comunicación comercial de cerveza, de informar sobre la recepción y admisión a trámite de la misma, de estudiarla detenidamente, de comunicar por escrito la decisión a las partes y, si procede, de requerir al anunciante que rectifique o cancele su anuncio. Sin embargo, no recibió ninguna reclamación directa por parte de los consumidores en 2005, frente al año anterior en el que se registraron cinco reclamaciones de este tipo. Cabe destacar, además, que el año pasado Autocontrol recibió únicamente dos reclamaciones sobre publicidad de cerveza. Ambas se resolvieron de manera satisfactoria: una con la aceptación de la reclamación por parte del anunciante y con su compromiso a cesar o rectificar la publicidad, no siendo precisa la intervención del Jurado, y la segunda siendo desestimada por éste. Por otro lado, se realizaron 50 consultas previas “Copy Advice”. En 46 de los casos no se apreciaron inconvenientes al contenido del anuncio, en dos de ellos se recomendó introducir alguna modificación al mismo y en otros dos se recomendó su no difusión. Un código pionero en el sector de alimentación y bebidas El Código de Autorregulación Publicitaria de Cerveceros de España, pionero en el sector de la alimentación y bebidas, se firmó en 1995 y su actualización fue suscrita en 2003 por CECU y Autocontrol de la Publicidad. Se trata de un compromiso asumido por el sector cervecero de forma voluntaria mediante el establecimiento de principios y normas éticas que garanticen unas comunicaciones comerciales de cerveza responsables de forma aún más estricta que la propia Ley. El sector apuesta, así, por la autorregulación al considerar que, de cara al consumidor, aporta importantes ventajas frente a la legislación, como son una mayor efectividad y flexibilidad en el tratamiento de cada caso concreto, además de una mayor capacidad de reacción. Menores y conductores, segmentos de la población a los que el Código presta especial atención En el Código se definen, entre otras medidas, ciertos aspectos relacionados con la obligatoriedad de la inserción del mensaje de consumo responsable en todas las comunicaciones comerciales: tamaño del mensaje, ubicación y tiempo de exhibición en los spots publicitarios de TV. Asimismo, se incluyen normas que prohíben de forma expresa las actividades publicitarias y promocionales dirigidas a menores y a conductores. Por ejemplo, en el caso de los conductores, se establece la prohibición de la publicidad o patrocinio en revistas, espacios televisivos o de radio específicos de motor, quedando además prohibida cualquier labor de patrocinio de sus eventos. En el caso de los menores, el Código especifica que las comunicaciones comerciales no podrán utilizar diseños o códigos de comunicación susceptibles de estar destinados al público infantil y menores de edad. Igualmente, no se producirá ni distribuirá ningún tipo de producto/bebida ni material promocional especialmente diseñado para este público y las comunicaciones comerciales de cerveza no podrán ser exhibidas en sitios visibles a la entrada o salida de colegios. Cerveceros de España es la entidad que representa en nuestro país, desde 1922, al conjunto de grupos empresariales del sector cervecero. Está compuesta en la actualidad por 6 grupos que suponen la práctica totalidad de la producción de cerveza en España: Heineken España, Mahou-San Miguel, Grupo Damm, Compañía Cervecera de Canarias, Hijos de Rivera y La Zaragozana. Para más información: Marta Avilés Gabinete de prensa de Cerveceros de España Tf: 91 384 67 21 marta_aviles@es.bm.com