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COMISIÓN EUROPEA Bruselas, 16.2.2016 SWD(2016) 26 final DOCUMENTO DE TRABAJO DE LOS SERVICIOS DE LA COMISIÓN RESUMEN DE LA EVALUACIÓN DE IMPACTO que acompaña al documento Propuesta de REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO sobre medidas para garantizar la seguridad del suministro de gas y por el que se deroga el Reglamento (UE) nº 994/2010 {COM(2016) 52 final} {SWD(2016) 25 final} ES ES Ficha resumen Evaluación de impacto relativa a la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre medidas para garantizar la seguridad del suministro de gas y por el que se deroga el Reglamento (UE) nº 994/2010. A. Necesidad de actuar ¿Por qué motivo? ¿Cuál es el problema que se afronta? Máximo 11 líneas Aunque la UE ha aumentado su nivel global de seguridad del suministro con la aplicación del Reglamento (UE) nº 994/2010, un análisis reciente [pruebas de resistencia realizadas en el verano de 2014, COM(2014) 654 final] muestra que sigue estando expuesta a perturbaciones graves del suministro de gas. Explican esa vulnerabilidad factores tales como los sesgos de comportamiento de los Estados miembros, la insuficiente atención prestada a los riesgos externos, los problemas técnicos y el limitado ámbito de aplicación del Reglamento vigente. La evaluación de impacto explica detalladamente cuál es el alcance de estos problemas y por qué razón aparecen. Además, la evaluación de impacto llega a la conclusión de que, de no adoptarse nuevas medidas, la preparación y la capacidad de la UE para responder eficazmente a una crisis de suministro de gas serían limitadas. Reforzar la capacidad de resistencia de la UE para atenuar los efectos de una interrupción del suministro de gas es un aspecto esencial de la política energética de la UE y constituye un objetivo clave de la Unión de la Energía de la UE, cuya primera dimensión («Seguridad energética, solidaridad y confianza»), anuncia, como medida concreta, la revisión del Reglamento sobre la seguridad del suministro de gas en la UE [Reglamento (UE) nº 994/2010]. ¿Qué espera alcanzar esta iniciativa? Máximo 8 líneas El principal objetivo es aumentar la seguridad del suministro de gas a través de una mayor prevención, por una parte, y mejores medidas de atenuación, por otra, garantizando al mismo tiempo que esos objetivos se alcanzan con el menor coste posible para los consumidores de la UE. A tal fin, el Reglamento revisado se propone específicamente intensificar la cooperación regional, mejorar la evaluación y el examen de los factores de riesgo externos, reforzar las obligaciones relacionadas con las infraestructuras de gas y ampliar su alcance geográfico a la Comunidad de la Energía. ¿Cuál es el valor añadido de la actuación a nivel de la UE? Máximo 7 líneas Es preciso actuar a escala de la UE por cuanto el riesgo de una interrupción importante del suministro de gas a la UE no queda circunscrito a las fronteras nacionales y puede afectar directa o indirectamente a varios Estados miembros. Además, la creciente interconexión de los mercados de gas de la UE exige la coordinación de las medidas. A falta de coordinación, las medidas aplicadas a escala nacional pueden resultar perjudiciales para otros Estados miembros o comprometer la seguridad del suministro a escala de la UE. Por otra parte, las pruebas de resistencia han puesto de manifiesto que una coordinación adecuada permite atenuar con mayor eficacia los efectos de una interrupción del suministro y reducir su impacto. También puede ser necesario intervenir a escala de la UE en determinadas situaciones (por ejemplo, una emergencia a escala de la Unión o regional), cuando la seguridad del suministro de la UE no pueda ser garantizada de manera suficiente por los Estados miembros por sí solos. [Aspectos transnacionales. Límites de la acción de los Estados miembros.] B. Soluciones ¿Qué opciones legislativas y no legislativas se han estudiado? ¿Existe o no una opción preferida? ¿Por qué motivo? Máximo 14 líneas Para alcanzar los objetivos previstos se han evaluado cuatro opciones, desde una aplicación reforzada del Reglamento vigente (opción no legislativa) hasta la plena armonización a escala de la UE de un conjunto de principios y medidas que han de aplicar los Estados miembros, incluidas las normas vigentes. Cada opción consiste en un conjunto de medidas que combinan los instrumentos existentes, en su caso actualizados y mejorados, y nuevos instrumentos. A grandes rasgos, dichas opciones pueden presentarse del siguiente modo: 2 Opción 0: ninguna intervención a escala de la UE (hipótesis de base); Opción 1: aplicación reforzada y medidas de Derecho indicativo (opción no legislativa); Opción 2: coordinación más estrecha con mayores posibilidades de aplicar soluciones a medida (opción legislativa); Opción 3: mayor coordinación, con algunos principios o normas establecidos a escala de la UE (opción legislativa); Opción 4: plena armonización a escala de la UE (opción legislativa). Todas estas opciones se examinan en la evaluación de impacto y se comparan con la hipótesis de base (opción 0: ninguna intervención a escala de la UE) y entre sí. Tras este análisis, se ha elegido la opción 3 por ser la más eficaz para alcanzar los objetivos perseguidos y, dados sus efectos, también la más eficiente y coherente con las demás políticas. ¿Quién apoya cada opción? Máximo 7 líneas Las diferentes opciones e ideas se basan en una ponderación de las opciones y los argumentos presentados por todas las partes interesadas pertinentes en la consulta pública y otros foros (por ejemplo, seminarios). La evaluación de impacto presenta, especialmente en la sección en que se describen las opciones, referencias concretas al apoyo prestado por las partes interesadas a las distintas opciones e incluso a medidas específicas dentro de cada opción. Las opciones más respaldadas por el sector del gas en su conjunto (incluidas las autoridades públicas), son la opción 2 y, en particular, la opción 3. En general, el apoyo a la opción 4 es limitado y la mayoría de las partes interesadas —especialmente la industria, aunque también algunos Estados miembros— son contrarias a ella. C. Impacto de la opción preferida ¿Cuáles son las ventajas de la opción preferida (si existe, o bien de las principales)? Máximo 12 líneas La opción preferida (opción 3) tiene en cuenta la gran probabilidad de que las crisis de suministro de gas importantes afecten a varios Estados miembros y, en consecuencia, la necesidad de examinar posibles supuestos de interrupción del suministro y las correspondientes medidas de prevención y atenuación en un contexto transfronterizo. Esta opción permitirá crear un marco adecuado para desarrollar sinergias, detectar en una fase temprana las medidas que puedan comprometer la seguridad del suministro de una determinada zona o de la UE en su conjunto, y fomentar la solidaridad entre los Estados miembros en caso de crisis en el sector del gas, todo lo cual entrañará un mayor nivel de protección de todos los consumidores de gas de la UE. La opción 3 también contiene mecanismos para mejorar el intercambio de información y garantizar que se tengan debidamente en cuenta los riesgos externos en la evaluación general de riesgos y en la concepción de las medidas. Por otra parte, establece un marco concreto de cooperación entre las Partes contratantes de la Comunidad de la Energía y los Estados miembros de la UE. Por último, la opción 3 mejoraría el marco legislativo relativo a las infraestructuras al introducir obligaciones más precisas y efectivas para tomar debidamente en consideración todos los costes y beneficios en cuestión. ¿Cuáles son los costes de la opción preferida (si existe, o bien de las principales)? Máximo 12 líneas En general, el coste de los instrumentos propuestos en la opción preferida (3) será muy limitado. Algunas medidas pueden acarrear costes más elevados que las opciones 1 y 2 (por ejemplo, obligaciones de flujo en sentido inverso), aunque estos seguirán siendo muy limitados. Las medidas son en su mayoría de carácter administrativo y se basan en una mayor cooperación entre las partes interesadas. Por lo tanto, los costes son también de naturaleza administrativa y no muy significativos. Además, algunas propuestas (por ejemplo, en lo que respecta a la norma relativa al suministro) tratan incluso de evitar costes innecesarios y aprovechar sinergias en las medidas relativas a la seguridad del suministro, lo cual debería reducir los costes globales del marco de seguridad del suministro para todos los consumidores. ¿Cómo se verán afectadas las empresas, las pymes y las microempresas? Máximo 8 líneas 3 La opción preferida debería tener efectos positivos globales en todos los participantes en el mercado y los consumidores, incluidos en este caso los consumidores no domésticos. Contiene disposiciones destinadas a garantizar transparencia y rentabilidad en el cumplimiento de una serie de normas (por ejemplo, la norma relativa al suministro), según lo solicitado por el sector. Las pymes seguirán formando parte de los «clientes protegidos» si un Estado miembro así lo decide, por lo que esta opción no tendrá efectos negativos para ellas. Con todo, no estarán necesariamente amparadas por el principio de solidaridad. Debe tenerse en cuenta que dicho principio está concebido para hacer frente a situaciones muy extremas en las que está en juego el suministro a los hogares y los servicios sociales esenciales (por ejemplo, los hospitales), que se considera una prioridad esencial. Se trata, pues, de un mecanismo de último recurso en caso de extrema necesidad, situación que la totalidad del Reglamento revisado tiene por objeto evitar, pero para la que es preciso estar preparados. ¿Se producirán efectos significativos sobre los presupuestos nacionales y las administraciones? Máximo 4 líneas Los efectos en términos de costes y carga administrativa se mantendrán muy limitados. Aunque varias disposiciones exigen una cooperación regional mucho más estrecha, las pruebas ya realizadas (por ejemplo, pruebas de resistencia) han allanado el camino para esa cooperación reforzada y también se propone una serie de medidas complementarias para compensar y atenuar el posible aumento de la carga administrativa (por ejemplo, modelos, ampliación del período de revisión para la actualización de los planes, etc.). ¿Se producirán otros efectos significativos? Máximo 6 líneas No. D. Seguimiento ¿Cuándo se revisará la política? Máximo 4 líneas Los resultados de la aplicación global se evaluarán seis años después de la entrada en vigor del Reglamento revisado. El calendario propuesto garantizará un panorama completo de su aplicación, basado, en particular, en la evaluación de dos ciclos completos de planes de seguridad del suministro (plan de acción preventivo y plan de emergencia). 4