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CARTA N° 156 -2005/2G3100 Lima 18 de enero de 2005 Señores: Postores del CP 0028-2004-SUNAT/2G3100 Primera Convocatoria Presente De nuestra consideración, De conformidad con lo estipulado en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 26850 y su Reglamento, el Comité Especial hace de su conocimiento las respuestas a las Observaciones presentadas por la empresa Ingeniería de Software y soluciones Integrales SRL. y Sistemas C SAC. por el proceso del Concurso Público 00282004-SUNAT/2G3100 Primera Convocatoria, convocado para la contratación del servicio de desarrollo del software “Programa de Declaración Telemática”, para tal efecto sírvanse remitirse al documento adjunto. Sin otro particular, quedo de ustedes. Atentamente, _____________________ Comité Especial ABSOLUCION DE OBSERVACIONES EMPRESA : SISTEMAS C SAC. En el Anexo 06 Evaluación Técnica, en el segundo punto ( pag. 50) : “ Cantidad de proyectos de Desarrollo de Software realizados en Lenguaje C o C++ o combinación de ambos donde se hayan usado o definido librerías o interfaces gráficas y que se ejecuten en alguna versión del sistema operativo Linux o Debian”. Debemos indicar que el sistema operativo Debian esta basado en Linux , tan es así que se lo conoce como GNU/Linux. Ver la siguiente página Web: www.debian.org. También debemos indicar que Linux es un sistema operativo de libre distribución de tipo Unix. El Kernel de Linux es del mismo tipo que el del Unix. Ver la siguiente página Web www.linux.org. Cabe resaltar que la principal contribución del Linux es que es un sistema operativo de libre distribución al que se la han incorporado programas de interfaces gráficas por defecto que hacen más fácil la operación del mismo. La tecnología para fabricar estas interfaces ya existía en Unix. Por ejemplo el Unix AIX de IBM, el Unix OpenServer de SCO, el Unix UNIXWARE de SCO o el Unix SOLARIS de Sun cuentan con interfaces gráficas para administración. En consecuencia en este punto de evaluación técnica, como la tecnología es la misma se podrían presentar también trabajos desarrollados para el sistema operativo Unix en C y C++. Respuesta .No se acoge esta observación. Como se especifica en el numeral 14.1.1 de las Especificaciones Técnicas, el software deberá ser ejecutado en sistemas operativos Windows, Linux y Debian, por lo que el segundo criterio de evaluación del anexo 6 califica la experiencia solamente en estos 2 últimos sistemas operativos. EMPRESA : Ingeniería de Software y Soluciones Integrales SRL 1. En el Anexo Nª 06 – Evaluación Técnica - las bases otorgan puntaje a los postores que demuestren haber realizado proyectos en cuatro categorías. Se indica que el puntaje máximo de cada categoría se otorgará a los postores que demuestren haber realizado hasta un máximo de 10 proyectos de dicha categoría, o al postor que tenga el número más alto de proyectos, asignándose puntos al resto de postores en forma proporcional. Nuestro conocimiento del mercado nos permite prever que en al menos una de estas categorías ningún postor pueda presentar proyectos realizados. Por tal razón , nos permitimos sugerir que se agregue la consideración siguiente: “De no haber propuestas con al menos un servicio, se asignará el puntaje máximo a todos los postores”. Respuesta .No se acoge esta observación, teniendo en cuenta que el servicio a contratar requiere de la experiencia con la que cuentan las empresas que postulen. Los criterios a evaluar han sido determinados a fin de verificar dicha experiencia. 2. Las bases en su numeral 4.3 exigen la acreditación de la participación de cada uno de los profesionales encargados de la construcción del software en un mínimo de cuatro proyectos de desarrollo de software en el lenguaje de programación ofrecido por el postor. Los lenguajes C y C++ son muy potentes y sofisticados pero necesitan profesionales mucho más calificados y por tanto costosos que los lenguajes de mayor difusión, que se consideran más comerciales. Esto quiere decir que el costo de desarrollo y el de mantenimiento de software escrito en lenguaje C es mayor que el de otros lenguajes. Por estas razones, el lenguaje C es considerado muy poco comercial y son pocos los proyectos de desarrollo que utilizan este lenguaje. Esto quiere decir que si bien existen profesionales brillantes y con experiencia sólida en el desarrollo de software con este lenguaje, es posible que varios de ellos no puedan acreditar participación en cuatro proyectos anteriores y queden fuera del proyecto. En este sentido, nos permitimos sugerir que la restricción sea reducida a haber participado en al menos un proyecto. Respuesta .No se acoge esta observación, teniendo en cuenta que el servicio a contratar requiere de la experiencia con la que cuentan las empresas que postulen. Los requisitos han sido determinados a fin de verificar dicha experiencia. 3. Las bases otorgan puntaje al porcentaje del personal especificado en el numeral 4.3 que hayan llevado cursos de lenguaje C o C++ , al mismo tiempo que en dicho numeral exige la acreditación de la participación de cada uno de dicho personal en un mínimo de cuatro proyectos de desarrollo de software en el lenguaje de programación ofrecido por el postor. Nuestra posición es que la experiencia práctica en estos temas es más determinante que el conocimiento teórico, razón por la cual debería adjudicarse puntaje a la cantidad de proyectos en los que ha participado cada profesional. Asimismo, consideramos que el puntaje asignado a la experiencia práctica debe ser mayor al puntaje asignado a la participación en cursos. Respuesta .No se acoge esta observación, teniendo en cuenta que la experiencia práctica se considera importante para la contratación del servicio, por lo que se establece como requisito mínimo para la presentación de propuestas. 4. Las bases otorgan puntaje al porcentaje del personal especificado en el numeral 4.3 que hayan llevado cursos de lenguaje C o C++ , pero no mencionan nada sobre los estudios universitarios en especialidades afines a la programación en C y C++, como pueden ser Ingeniería de Sistemas, Ciencias de la Computación o Ingeniería Electrónica. Consideramos que se debe modificar el esquema de puntuación para no ignorar las ventajas de una sólida formación universitaria en la especialidad. Respuesta .No se acoge esta observación. Teniendo en cuenta que la programación en C o C++ es una actividad que es materia principal del servicio a contratar , sólo se asigna puntaje al personal del equipo de trabajo del Postor que cumpla con esta característica. 5. Las bases indican que el software debe ser desarrollado para funcionar en una diversidad de sistemas operativos, que son Windows 95, Windows 98, Windows 2000, Windows ME, Windows XP, Windows NT, Windows 2003, Linux Red Hat y Debian 3.0 o superior. Hacemos notar que por las características muy diferentes de los sistema operativos indicados, se trata de dos desarrollos distintos: uno para los sistemas operativos de la familia Windows y, la otra para los sistemas operativos Linux y Debian, que deben ser programados por separado. Esta condición hace que el costo y el riesgo para el desarrollador sean dobles. Nuestra posición es que se haga honor a la situación que de hecho existe en el medio peruano, donde hay una presencia universal de los sistemas operativos Windows, que son los que se encuentran en las estaciones de las cabinas internet y que vienen preinstalados en las computadoras nuevas desde hacen casi 10 años. Hasta donde es de nuestro conocimiento, las diversas distribuciones de Linux se utilizan en nuestro medio como servidores, pero no conocemos casos en los que se usen como estaciones de trabajo, ya que además el tema de la interfase gráfica no es nativo en Linux sino que se incorpora como un módulo adicional, del cual existen varias versiones como KDE, Gnome, Lindows, etc. Además consideramos que si algún contribuyente utiliza el Linux en sus estaciones de trabajo, seguramente tiene algunas con sistemas Windows para soportar el software de uso generalizado como Office, etc (a las computadoras que se les instala Linux se les suele activar un administrador de “booteo” o arranque para trabajar bien con Linux o con Windows). Por lo expuesto nos permitimos sugerir que se mantenga la condición de obligatoriedad para los sistemas de la familia Windows y se considere como opcional o deseable a los sistemas Linux Red Hat y Debian 3.0 o superior indicados. Respuesta .No se acoge esta observación. El requerimiento es que el Programa de Declaración Telemática se ejecute tanto en el sistema operativo Windows como en Linux y Debian.