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1/2 Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya Núm. 6534 - 7.1.2014 CVE-DOGC-B-13357069-2014 ANUNCIOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚM. 15 DE BARCELONA EDICTO sobre autos de divorcio contencioso (exp. 459/2013). D/ña. M. Dolores Blanco Perez Secretaria Judicial del Juzgado Primera Instancia 15 Barcelona HAGO SABER: Que en este Juzgado se tramitan bajo núm. 459/2013 actuaciones de Divorcio contencioso (art.770-773 Lec) a instancia de Debora Cecilia Gutierrez De Delmau representado por el Procurador/a Sr/a. LAURA DE MANUEL TOMAS contra Juan Carlos Delmau sobre Divorcio en los que en resolución dictada el dia de la fecha se ha acordado notificar por edictos a D. Juan Carlos Delmau por ignorarse su paradero, la sentencia cuyo encabezamiento y fallo es del tenor literal siguiente: Juzgado Primera Instancia 15 Barcelona Gran Via de les Corts Catalanes, 111 Barcelona Barcelona TEL.: 935549415 FAX: 93 554 95 15 Procedimiento Divorcio contencioso (art.770-773 Lec 459/2013 Sección ED OBJETO DEL JUICIO : Civil Parte demandante Debora Cecilia Gutierrez De Delmau Procurador LAURA DE MANUEL TOMAS Parte demandada Juan Carlos Delmau SENTENCIA Nº 634/13 En la Ciudad de Barcelona a dieciséis de diciembre de dos mil trece. Vistos por mí Mª José Inés Martínez Alvarez Juez Magistrada Juez de Primera Instancia nº 15 de Barcelona, los presentes autos de Divorcio Contencioso núm. 459/13 instados por la Procuradora Dª Laura de Manuel Tomás en nombre y representación de Dª Debora Cecilia Gutiérrez Delmau asistida por el Letrado D. Dan Miró García contra D. Juan Carlos Delmau el cual ha sido declarado en situación de rebeldía procesal en este procedimiento. Con intervención del Ministerio Fiscal. FALLO Que estimando parcialmente la demanda de Divorcio presentada por la Procuradora Dª Laura de Manuel Tomás declaro disuelto por Divorcio el matrimonio con todos los efectos legales inherentes formado por DEBORA CECILIA GUTIERREZ DELMAU Y JUAN CARLOS DELMAU con todos los efectos legales inherentes a dicha declaración y establecimiento de las siguientes medidas definitivas: 1) Guarda y custodia del hijo menor a la madre. Siendo el ejercicio de las funciones parentales atribuido a la madre. 2 No se acuerda establecer régimen de visitas alguno a favor del padre, sin perjuicio de que si el padre lo ISSN 1988-298X http://www.gencat.cat/dogc DL B 38014-2007 2/2 Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya Núm. 6534 - 7.1.2014 CVE-DOGC-B-13357069-2014 interesara debería hacerlo por el procedimiendo de modificación de medidas correspondiente. 3) Pensión de alimentos en vista de los gastos del menor a pesar de no estar acreditada la capacidad econòmica del padre y de acuerdo con lo dispuesto en el art. 770.3 de la LEC, se ha de fijar una pensión de alimentos a cargo del padre y a favor del hijo menor en la cantidad de 250 euros mensuales. Dicha cantidad deberá hacerse efectiva por el padre a favor del hijo menor en la cuenta bancaria que a estos efectos designe la madre y serà revalorizada conforme las variaciones que experimente anualment el IPC. 4) Los gastos extraordinarios gastos médicos y sanitarios no cubiertos por la Seguridad Social deberán ser abonados la mitad por cada progenitor. Los demàs gastos extraordinarios deberán ser abonados la mitad por cada progenitor previo acuerdo entre las partes y en su defecto con autorización judicial. No se hace expresa condena en costas. Firme esta sentencia comuníquese al Registro Civil en que conste inscrito el matrimonio del solicitante, expidiéndose el oportuno despacho para la anotación marginal. Notifíquese la presente resolución a las partes, con advertencia de que frente a la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días a partir de su notificación. Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en 1ª Instancia, lo pronuncio, mando y firmo. Y para que sirva de notificación al demandado D. Juan Carlos Delmau en ignorado paradero libro el presente. Barcelona, 17 de diciembre de 2013 La secretaria judicial, firma ilegible (13.357.069) ISSN 1988-298X http://www.gencat.cat/dogc DL B 38014-2007