Download Solicitud de averiguación del domicilio del demandado (art. 156 LEC)
Document related concepts
no text concepts found
Transcript
(c) Copyright 2015, vLex. Tots els drets reservats. Solicitud de averiguación del domicilio del demandado (art. 156 LEC) Contratos y Formularios vLex (Desembre 2014) Id. vLex: VLEX-546718223 http://vlex.com/vid/546718223 Resum En los casos en que el demandante manifestare que le es imposible designar un domicilio o residencia del demandado, a efectos de su personación, se utilizarán por el Secretario judicial los medios oportunos para averiguar esas circunstancias, pudiendo dirigirse, en su caso, a los Registros, organismos, Colegios profesionales, entidades y empresa (artículo 156.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil). Text AL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO ….. DE ……... Don/Doña …………………………………., Procurador de los Tribunales, en nombre y representación de ………………………………, tal y como tengo acreditado en los autos del Procedimiento .................., ante este Juzgado comparezco y, como mejor en Derecho proceda, DIGO Que, en virtud del artículo 156 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), mediante el presente escrito formulo SOLICITUD DE AVERIGUACIÓN DE DOMICILIO DEL DEMANDADO, Don/Doña ..………………….. en base a los siguientes HECHOS PRIMERO.- Esta parte interpuso demanda de ……………… contra Don/Doña ………………..; demanda en la que se designó como domicilio el siguiente: ………………………. Versió generada per l'usuari icavor@icavor.com 04 de Marzo de 2015 (c) Copyright 2015, vLex. Tots els drets reservats. SEGUNDO.- Se intentó por este Juzgado notificación en fecha ……………….. acudiendo al domicilio designado sin que fuera posible la comunicación por no responder nadie y sin que ningún vecino pudiera dar indicaciones sobre si se trataba efectivamente del domicilio de Don/Doña ………………….. Adjuntamos como documento número ….. copia de la diligencia negativa del Secretario judicial. TERCERO.- Mi mandante desconoce cuál puede ser el paradero del demandado, por lo que solicita que el Secretario judicial utilice los medios oportunos para averiguar estas circunstancias mediante el acceso a Registros, organismos, Colegios profesionales y otras entidades. CUARTO.- Esta parte manifiesta haber intentado designar un domicilio a efectos de notificaciones a través de la consulta de archivos o registros públicos a los que tiene acceso sin resultados. A los anteriores hechos les son de aplicación los siguientes FUNDAMENTOS DE DERECHO PRIMERO.- COMPETENCIA Y JURISDICCIÓN. Es competente para conocer de la solicitud este Juzgado en virtud del artículo 45 de la LEC. SEGUNDO.- CAPACIDAD. Mi mandante tiene capacidad para ser parte y para comparecer en este procedimiento conforme a lo que establecen los artículos 6.1.1 y 7.1 de la LEC. TERCERO.- LEGITIMACIÓN. Se considera parte legítima a mi representado por cuanto el artículo 10 de la LEC establece que lo son quienes comparecen y actúan en juicio como titulares de la relación jurídica u objeto litigioso. CUARTO.- POSTULACIÓN Y REPRESENTACIÓN. De conformidad con los artículos 23 y 31 LEC, las partes han de estar representadas por procurador y dirigidas por un letrado. QUINTO.- FONDO DE LA PRETENSIÓN. Según el artículo 156.1, en relación con el 155.3 de la LEC, en los casos en que el demandante manifestare que le es imposible designar un domicilio o residencia del demandado, a efectos de su personación, se utilizarán por el Secretario judicial los medios oportunos para averiguar esas circunstancias, pudiendo dirigirse, en su caso, a los Registros, organismos, Colegios profesionales, cuando se tratare, de empresas y otras entidades o de personas que ejerzan profesión para la que deban colegiarse obligatoriamente. También podrá designarse como domicilio, a los referidos efectos, el lugar en que se desarrolle actividad profesional o laboral no ocasional. A mayor abundamiento, el Tribunal Supremo, en su sentencia 141/2011, de 3 de marzo, determina que el mencionado artículo 156 de la LEC, en concordancia con el artículo 164 LEC, impone la práctica de diligencias de averiguación del domicilio del demandado cuando el demandante alega su desconocimiento, contempla sin limitaciones la posibilidad de que el Versió generada per l'usuari icavor@icavor.com 04 de Marzo de 2015 (c) Copyright 2015, vLex. Tots els drets reservats. órgano judicial se dirija a entidades públicas y privadas y limita la comunicación mediante edictos a los supuestos en los que resultaren infructuosas las averiguaciones. SEXTO.- COSTAS. Según lo dispuesto en el artículo 394 de la Ley de Enjuiciamiento Civil las costas habrán de imponerse a la parte contraria. Por todo lo expuesto, SOLICITO AL JUZGADO: Que tenga formulada al Secretario Judicial de averiguación del domicilio de Don/Doña …………….., demandado, y se efectúe la notificación de la demanda; y, en el caso de que las averiguaciones resultaran infructuosas, que el Secretario judicial ordene que se lleve a cabo la comunicación mediante edictos (artículo 156.4 de la LEC). Es Justicia que pido en ……………….., a ……., de ………….., de ………….. FIRMA DEL LETRADO FIRMA DEL PROCURADOR Versió generada per l'usuari icavor@icavor.com 04 de Marzo de 2015